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El señor TEJEDA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, en su segundo discurso.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, la observación del señor Clavel parece justa, en apariencia únicamente, porque el artículo del Senado sanciona mejor y más enérgicamente los delitos a que él se refiere. El articulado de la Cámara castiga sólo en el caso de que se expendan o se distribuyan sustancias alimenticias inaptas, descompuestas, infectadas, envenenadas, etcétera; en cambio, el artículo del Senado aplica la sanción aunque no haya expendio, aunque no se distribuya, por el solo hecho de envenenar o infectar los comestibles, aguas u otras bebidas destinadas al consumo público, aunque no se usen, repito, siempre castiga. De manera que es mucho más jurídico y está más de acuerdo con nuestra legislación penal lo que ha establecido el Senado. No me explico por qué el señor Clavel halla mejor los artículos de la Cámara, en circunstancias que el Senado, además, castiga por el solo hecho de envenenar las aguas o infectar los comestibles, aun cuando no se hayan expendido.
El señor CLAVEL.-No
, colega. Ellos no envenenan el agua; la venden.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Puede continuar el señor Tejeda.
¿Terminó Su Señoría?
El señor TEJEDA.-
Sí, señor Presidente.
"