. " \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \nCon la venia del se\u00F1or Silva Ulloa, tiene la palabra el se\u00F1or Valenzuela. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \nLa disposici\u00F3n a que se refiere el se\u00F1or Silva Ulloa es distinta, porque \u00E9sta trata de todo tipo de drogas, o sea, no s\u00F3lo de estupefacientes, sino de aqu\u00E9llas que produzcan efectos de dependencia y las que est\u00E1n incluidas como tales en los reglamentos a que se refiere el inciso segundo del art\u00EDculo 319 a), o sea, se refiere a drogas de tipo moderno que producen efectos de dependencia sicol\u00F3gica y son las llamadas alucin\u00F3genas. En cambio, yo me he referido a lo que normalmente, de acuerdo a convenciones internacionales, se consideran como estupefacientes. \nMuchas gracias. \n \n " . . . . . . . . . .