REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA. SESION 34ª, EN MIERCOLES 30 DE ABRIL DE 1969. (Ordinaria: de 16 a 19.24 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES VALENZUELA VALDERRAMA, DON HÉCTOR Y STARK. SECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE. PROSECRETARIO, EL SEÑOR MENA. ÍNDICE GENERAL DE SESIONES I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se califica la urgencia hecha presente para el despacho de un proyecto de ley 3539 2.- Los señores Garay y Poblete rinden homenaje al Japón, en el natalicio de su Emperador .'. ... 3540 3.- Los señores Pareto y Momberg rinden homenaje en memoria del Libertador y Unificador de las Repúblicas Centroamericanas, General Francisco Morazán 3543 4.- Se acuerda preferencia para tratar el proyecto que interpreta el artículo 6º de la ley Nº 6.482, en lo relativo a la constitución de la propiedad minera , 3545 5.- La Cámara se ocupa del proyecto de Declaración de la Cámara sobre la política armamentista argentina y no hay acuerdo para votarla 3546 6.- Se acuerda ampliar diversos plazos concedidos a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia 3546 7.- Se acuerda preferencia para tratar, en quinto trámite constitucional, el proyecto que reforma el Código Penal en lo relativo a delitos contra la salud pública y lo despacha 3547 8.- Se aprueban las peticiones de preferencia para despachar los vetos del Ejecutivo a los proyectos de empréstitos a las Municipalidades de Chillan y Coquimbo 3549 9.- Se aprueba la proposición de archivo de diversos proyectos de acuerdo que han perdido su oportunidad 3549 10.- No se produce acuerdo para votar un proyecto de Declaración de la Cámara sobre la política armamentista argentina 3549 11.- La Corporación despacha el proyecto que interpreta el artículo 6º de la ley Nº 6.482, en lo relativo a la constitución de la propiedad minera 3550 12.- No se produce acuerdo para votar una proposición de un señor Diputado respecto del proyecto de Declaración de la Cámara sobre la política armamentista argentina 3552 13.- La Cámara despacha el proyecto que fija normas sobre protección del Patrimonio Histórico-Cultural del Estado 3552 14.- Se aprueba el proyecto de Declaración de la cámara de diputados sobre la política armamentista argentina . 3571 15.- La Cámara despacha el proyecto que crea los Consejos Regionales de Turismo en diversas provincias 3570 16.- La Cámara se ocupa de los vetos del Ejecutivo al proyecto que modifica la ley Nº 14-512 que autorizó a la Municipalidad de Chillan para contratar empréstitos y queda pendiente por falta de quorum 3599 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1/2.- Mensajes de S. E. el Presidente de la República, con los cuales inicia los siguientes proyectos de ley: El que exime del pago de derechos municipales a las construcciones de obras públicas, sea que se ejecuten por administración directa o delegada, o por medio de contratista; incluido en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones ... 3533 El que interpreta el artículo 6º de la ley Nº 6.482, en el sentido de que aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de las sustancias a que hace referencia esa disposición, y que han sido reservados al Estado, no pueden constituirse propiedad minera particular de ninguna especie 3533 3.- Oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que interpreta el artículo 6º de la ley Nº 6.482, en el sentido de que en aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de las sustancias a que se refiere esa disposición, y que han sido reservados al Estado, no pueden constituirse propiedad minera particular de ninguna especie 3535 4.- Oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que incluye entre los asuntos de que puede ocuparse el Congreso Nacional, en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, el Mensaje con el que se inicia el proyecto de ley que interpreta el artículo 6º de la ley Nº 6.482, en el sentido de que en aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de, las sustancias a que se refiere esa disposición, y que han sido reservados al Estado, no pueden constituirse en propiedad minera particular de ninguna especie 3535 5/6.- Oficios del señor Ministro de Tierras y Colonización, por los que da respuesta a los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, acerca de las materias que se señalan: Del señor Meló, respecto a la entrega de una hijuela a la reducción indígena Caullín Nº 526 3535 Del señor Montes, sobre situación de los ocupantes de la población Diagonal Novotavo, de San Carlos 3536 7.- Oficio del señor Ministro de Minería, respecto a las observaciones formuladas por el Diputado señor Irureta, relacionadas con actuaciones de la Anaconda Co., que serían perjudiciales a los intereses del país 3536 8/9.- Oficios de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, con los cuales solicita prórroga de los plazos para completar el estudio de las materias que se indican: En 15 días, a contar de su vencimiento, el plazo para estudiar las bases de una reforma constitucional y legal que modifique la doctrina del dominio eminente del Estado sobre las sustancias mineras , Hasta el 13 de mayo próximo, inclusive, el plazo para evacuar el 3536 segundo informe del proyecto que modifica el Código de Procedimiento Penal 3537 10/11.- Mociones con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley: Del señor Maira, que aclara el sentido del artículo 258 de la ley Nº 16.840, respecto al goce del beneficio de sueldo del grado superior en favor de determinados empleados semifiscales 3537 Del señor Pareto, que reconoce tiempo servido a don José Mario Gálvez Gálvez 3538 III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES Las actas de las sesiones 30ª y 31ª, Extraordinarias, celebradas en miércoles 16 y martes 22 del presente, de 11 a 20.18 y de 11.30 a 20.38 horas, respectivamente, se dieron por aprobadas, por no haber merecido- observaciones. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Conciudadanos del Senado y de la CAMARA DE DIPUTADOS: El artículo 63 de la ley Nº 15.840 estableció, textualmente, lo siguiente: "La Dirección General de Obras Públicas estará exenta de todo impuesto, contribución, comisión o derecho en favor de cualquier organismo del Estado o municipal, con excepción de los gravámenes y tarifas que afecten las importaciones de elementos destinados exclusivamente al cumplimiento de sus fines". Frente a la citada disposición contenida en la ley orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, esa Secretaría de Estado había entendido, sin lugar a dudas, que las construcciones que ella realiza a través de la Dirección General de Obras Públicas, esto es, las obras públicas, estaban exentas de todo impuesto o derecho, incluso los municipales, y ya fuere que dichas obras las ejecutare directamente, por administración o a través de contratos, esto es, conforme a cualquiera de los procedimientos que la misma ley citada autoriza. Sin embargo, la Contraloría General de la República, interpretando la disposición señalada en concordancia con la ley número 11.705, sobre Rentas Municipales, ha dictaminado que la exención sólo beneficia a la citada Dirección cuando las obras son ejecutadas directamente o por administración delegada, mas no cuando ellas lo son a través de contratos de obras públicas. Lo anterior ha derivado en una merma, considerable de los fondos para obras públicas de que dispone dicha Secretaría de Estado, porque el procedimiento normal en dicha ejecución, es el contrato. Por consiguiente, es indispensable corregir esta situación mediante una disposición que señale taxativamente que las construcciones de obras públicas, en cualquier forma que se realicen, estarán exentas de derechos municipales. Para dicho objeto, propongo a la consideración del Honorable Congreso Nacional, a fin de que sea tratado en la actual Legislatura Extraordinaria, el Siguiente Proyecto de ley: "Articulo único.- Declárase que las construcciones de obras públicas no estarán afectas a pagos de derechos municipales de ninguna especie, sea que se ejecuten por administración directa o delegada o por medio de contratista. Facúltase al Presidente de la República para que en casos calificados, por decreto del Ministerio del Interior y previo informe del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, deje sin efecto la exención dispuesta en el inciso anterior en beneficio de determinadas Municipalidades y por el plazo que se fije, cuando las construcciones de obras públicas se realicen por medio de contratistas." Santiago, 23 de diciembre de 1968. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. - Sergio Osm Pretot." 2.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Honorable Cámara: Es de conocimiento público y en especial de diversos organismos del Estado, que las disposiciones del Código de Minería, actualmente vigentes, no amparan adecuadamente los intereses de la comunidad nacional en lo que se refiere a la constitución de propiedad minera. Esta circunstancia permitiría que particulares constituyan pertenencias mineras sobre substancias que debieran quedar reservadas al Estado o a organismos estatales, alegando que lo hacen sobre substancias distintas, con lo que se hace ilusoria la reserva establecida por la ley en favor del Estado sobre determinadas substancias que coexisten con otras no reservadas al Estado. El anterior es el caso, por ejemplo, de la ley 6.482, que reserva, al Estado los yacimientos de calcio, fosfatos y sales potásicas que se encuentren en terrenos fiscales o nacionales de uso público o de las Municipalidades. Habitualmente estas pretensiones de particulares se fundan en un distingo que se hace entre el terreno y el yacimiento ubicado en dicho terreno. En el hecho, ese distingo hace absolutamente ineficaces las reservas establecidas en favor del Estado. A ello se presta no sólo la coexistencia de substancias reservadas y no reservadas, sino la proporción en que unas y otras se hallan generalmente mezcladas. Por lo anterior, la reserva de determinadas substancias para el Estado, se ha entendido en diversas leyes, y también en la ley 6.482 más arriba citada, que ella alcanza no sólo la substancia y el yacimiento, sino también el terreno respectivo, de tal suerte que debe entenderse que en los terrenos en que están ubicados los yacimientos de substancias a que se refiere ía Ley 6.482, no puede constituirse pertenencia minera por particulares, ni sobre las substancias reservadas por dicha ley al Estado ni sobre ninguna otra substancia. En virtud de todo lo anterior, y mientras se avanza, en el trabajo más lento de modificar nuestro Código de Minería, siendo de urgencia salvaguardar el interés nacional en la materia que nos ocupa, nos hemos permitido presentar a la consideración de la Honorable Cámara, el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º-Se interpreta la disposición del artículo 6º de la ley Nº 6.482, en el sentido de que en aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de las substancias a que se refiere esta disposición y que han sido reservados al Estado, no puede constituirse propiedad minera particular de ninguna, especie. Lo anterior no regirá respecto a las propiedades mineras que se encuentren legalmente constituidas y con acta de mensura inscrita a la fecha de la promulgación de la presente ley. Artículo 2º-No podrá hacerse manifestación ni practicarse mensura de pertenencias sobre substancias a que se refieren los incisos primero, segundo, cuarto y quinto del artículo 3º del Código de Minería en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades que contengan algunas de las substancias señaladas en el artículo 6º de la ley número 6.482, sin autorización expresa del Ministerio de Minería, la que la otorgará en el caso de que estime que su concesión no perjudicará los derechos de reserva otorgados al Estado. Artículo 3º-Corresponderá al Ministerio de Minería, previo informe del Servicio de Minas del Estado, u otro organismo que estime competente, determinar la existencia de substancias a que se refiere el artículo 6º de la ley Nº 6.482 en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades. En caso de duda sobre la existencia, de las substancias a que se refiere el artículo anterior, el Ministerio de Minería, por intermedio del Servicio de Minas del Estado o del Consejo de Defensa del Estado, indistintamente, podrá exigir en el expediente respectivo del Juzgado que esté conociendo de la propiedad minera, que el peticionario dentro de un plazo determinado, en cada caso, practique, a su exclusiva costa, catas u otras labores en los lugares que se le señalen y en número que no exceda de una por cada 4 hectáreas, o pedir otras diligencias pertinentes. Artículo 4°-Toda solicitud de manifestación o mensura que recaiga o pueda recaer en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades, deberá ser enviado por el Juzgado respectivo al Ministerio de Minería, para los fines previstos en los artículos 2º y 3º de la presente ley. Artículo 5º-Recibida en el Juzgado la resolución del Ministerio de Minería, el juez ordenará continuar la tramitación de la solicitud, proveyéndola de acuerdo con las correspondientes disposiciones legales, si la resolución hubiere sido favorable al solicitante. En caso contrario, ordenará archivar los antecedentes. Artículo 6°- Solamente podrán otorgarse mercedes de agua sobre salmueras que contengan álcalis o sales potásicas, a la Corporación de Fomento de la Producción, a la Empresa Nacional de Minería o a la Corporación del Cobre. Los concesionarios de estas mercedes se harán dueños de todas las substancias minerales que contengan dichas aguas. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.-Alejandro Hales Jámame." 3.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Nº 00172.- Santiago, 29 de abril de 1969. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley en el sentido de que en aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de las substancias a que se refiere la disposición del artículo 6º de la ley Nº 6.482, y que han sido reservadas al Estado, no puede constituirse propiedad minera particular de ninguna especie. Boletín 402. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.-Edmundo Pérez Zujo-vic." 4.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Nº 00173.- Santiago, 29 de abril de 1969. Adjunto tengo el agrado de enviarle un proyecto de ley para que sea incluida en la convocatoria extraordinaria y tratada por la Honorable Cámara, en la oportunidad que corresponda. El proyecto de ley tiene por objeto aclarar disposiciones de la ley Nº 6.482, a fin de que sea operante la reserva de algunas substancias mineras en favor del Estado y establecer los medios a través de los cuales el Estado podrá hacer valer las reservas estatales. Dios guarde a US.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Edmundo Pérez Zujovic." 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACIÓN "Nº 1360.- Santiago, 29 de abril de 1969. En respuesta a su oficio Nº 16.205, de 16 de octubre de 1968, en el cual el Honorable Diputado don Galvarino Melo P. solicita informe de la hijuela fiscal número 66-3, de la provincia de Arauco; posibilidad de hacer entrega, de dicha hijuela a la reducción indígena Caillín Nº 526, en el expediente de título de merced, de fecha 12 de mayo de 1987, y si estos terrenos están siendo explotados, sin autorización, por don Luis Rioseco y otras personas, puedo manifestar a Ud. que la Oficina Regional de Asuntos Indígenas de Cañete ha informado por oficio número 236, de 28 de diciembre de 1968, lo siguiente: "Se ha tratado de ubicar la reducción Maillín Nº 526, aludida en el oficio número 16.205, de 1968, de la Honorable CAMARA DE DIPUTADOS, cosa que no ha sido posible precisar. "Entre los títulos de merced concedidos a los indígenas de esta provincia, no figura dicha, reducción. Hay un lugar llamado Caillín en los cordones de la Cordillera de Nahuelbutá, distante más o menos 18 kilómetros de Cañete, pero allí no hay reducciones indígenas y por falta de caminos no es posible llegar al lugar mismo. "Seguramente la nota no se refiere a este lugar, por lo que convendría pedir al Honorable Diputado Meló se sirva tener a bien proporcionar algunos antecedentes como: ubicación precisa de la reserva indígena," comuna, nombre de los solicitantes, a fin de poder saber si son indígenas o particulares, a objeto de poder dar una respuesta concreta al respecto." Saluda atentamente a Ud.- (Fdo.) : Víctor González Maertens." 6.- OFICIO DFX, SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACIÓN "Nº 1361.- Santiago, 29 de abril de 1969. En respuesta a su oficio Nº 16.787, de 10 de diciembre de 1968, en el cual el Honorable Diputado don Jorge Montes Moraga solicita informe sobre la situación de los ocupantes de la población Diagonal Novotavo, de la ciudad de San Carlos, puedo manifestar a Ud. que la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales ha informado por oficio Nº 163, de 22 de enero del año en curso, lo siguiente: "Por ley Nº 17.007, de 25 de octubre de 1968, se autorizó a la Corporación de la Vivienda para transferir a título gratuito el dominio del terreno ocupado por la población de emergencia denominada Novotavo, ubicada en la comuna y departamento de San Carlos, provincia de Ñuble, de una cabida de 1.487 metros cuadrados. "Se autorizó también conceder a título gratuito los terrenos a aquellas personas que a la fecha de publicación de la ley citada precedentemente, se encontraren ocupando viviendas en la mencionada población." Saluda atentamente a Ud.- (Fdo.): Víctor González Maertens." 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERÍA "Nº 385.- Santiago, 29 de abril de 1969. Tengo el agrado de acusar recibo de su atento oficio Nº 17.233, de 21 de abril en curso, por el que tiene a. bien transcribir para mi conocimiento, las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Narciso Irureta Aburto, relacionadas con actuaciones de la Anaconda Co., que serían perjudiciales a los intereses de nuestro país. Al respecto, y como es del conocimiento de US., recientemente concurrí a una sesión de esa Honorable Cámara, para referirme personalmente a esta materia. Dios guarde a US.-(Fdo.) : Alejandro Hales Jámame." 8.- OFICIO DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA "Nº 173.- Santiago, 30 de abril de 1969. La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en sesión celebrada en el día de hoy, acordó solicitar de V. E. se sirva recabar de la Honorable Cámara el asentimiento para prorrogar en 15 días, a contar de su vencimiento, el plazo para estudiar las bases de una reforma constitucional y legal que modifique la doctrina del dominio eminente del Estado sobre las substancias mineras por un dominio efectivo. Lo que tengo a honra, poner en conocimiento de V. E., en cumplimiento del acuerdo de la Comisión. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Osvaldo Giannini Iñiguez, Presidente.-Clodomiro Bravo Michell, Secretario." 9.- OFICIO DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA "Nº 174.- Santiago, 30 de abril de 1969. La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en sesión celebrada en el día de hoy, acordó solicitar a V. E. se sirva recabar de la Honorable Cámara la prórroga del plazo para evacuar el segundo informe del proyecto que modifica el Código de Procedimiento Penal, hasta el 13 de mayo próximo, inclusive. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E., en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Comisión. Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Osvaldo Giannini Iñiguez, Presidente.-Clodomiro Bravo Michell, Secretario." 10.- MOCIÓN DEL SEÑOR MAIRA "Honorable Cámara: 1º_Por dictamen Nº 55.386, de la Con-traloría General de la República, de fecha 11 de septiembre de 1968, ha resuelto que el artículo Nº 258, de la ley Nº 16.840, publicado en el Diario Oficial del 24 de mayo de 1968, no tiene efecto retroactivo, pues rige solamente desde la publicación de dicha ley; en otras palabras, los funcionarios afectados que han cumplido con exceso el plazo de 5 años a que se refiere el artículo 59 del D.F.L. Nº 338, y que actualmente se encuentran percibiendo la renta de la categoría o grado superior, deberán completar nuevamente 5 años más a partir desde la publicación de dicha ley, para, poder tener derecho a gozar de ese beneficio. 2º-En consideración a que con el referido dictamen se mantiene la misma situación grave que cuando se inició anteriormente en el Congreso el trámite de dicho artículo Nº 258, por cuanto muchos funcionarios afectados, que ya estimaban solucionado su problema con la promulgación de ese artículo, tendrán nuevamente la intranquilidad económica que la Asociación de Empleados Semifiscales expuso en su oportunidad a los señores parlamentarios, debido que deberán devolver sumas de dinero que exceden en muchos millones, lo que traerá además las rebajas de sus rentas correspondientes a los quinquenios o renta de categoría o grado superior, que actualmente están percibiendo de acuerdo a las resoluciones cursadas por las diferentes cajas de previsión. 3º-Además, la Contraloría General de la República, en dictamen Nº 60.024, de fecha. 3 de octubre de 1968, ha resuelto que aquellos funcionarios que estaban designados por decreto en trámite y que no tenían los requisitos para ascender, no tienen derecho a percibir rentas del grado superior o categoría superior, por lo que tendrán que entrar a devolver las sumas ya percibidas desde 1960 por concepto de quinquenios o ascensos por mé- . ritos. 4º-Dado a que el referido dictamen afecta a varios funcionarios de la Caja de Previsión de EE. PP., que ingresaron pocos días después del 6 de abril de 1960, haciendo presente que este hecho se debe a causas no computables a estos funcionarios, sino que exclusivamente a la larga tramitación y aprobación de sus nombramientos, lo que hizo imposible asumir el cargo en la fecha correcta, pese a que los funcionarios fueron "designados" por decreto Nº 340,. del 31 de marzo de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, quedando así funcionarios en la misma sección, abandonados, desmoralizados y postergados, los cuales deben cumplir las mismas labores de los que fueron beneficiados por el artículo 258, y para más perjuicio de éstos quedan privados de poder ascender, ni percibir quinquenios ni trasladarse a otros departamentos por ser Actuariado una planta cerrada, desvirtuando así el deseo y la labor de justicia del legislador al proponer y sancionar como ley el artículo 258 de la ley Nº 16.840. 5°-Que el referido artículo aclaratorio no significa en modo alguno el otorgamiento de un nuevo beneficio ni mucho menos un nuevo mayor gasto como pudiera interpretarse erróneamente, por cuanto la Caja de Previsión de EE, PP. ha considerado en su presupuesto de cada año los valores para responder al pago de los ascensos y quinquenios que han debido cancelar en su oportunidad al personal. 6º-Que por tratarse de funcionarios, todos calificados en lista Nº 1 de méritos, durante estos años, y que cumplían con los requisitos exigidos en el D.F.L. 338, solicitan al Honorable parlamentario ratificar los pagos que los funcionarios afectados han estado percibiendo con un derecho ya adquirido y por estimarlo de estricta justicia, la inclusión del siguiente artículo aclaratorio: "Artículo...- Declárase, interpretado el artículo 258 de la ley Nº 16.840, que los funcionarios a que esa disposición se refiere han tenido y tienen el derecho a gozar ininterrumpidamente del beneficio establecido en los artículos Nºs 59 al 64 del D.F.L. Nº 338 de 1960, desde la fecha en que cumplieron los 5 años que dicho precepto exige, como igualmente que ella ha beneficiado a los funcionarios que fueron designados por decreto Nº 340, del 31 de marzo de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. (Fdo.): Luis Maira A." 11.- MOCIÓN DEL SEÑOR PARETO "Proyecto de ley: Artículo único,- Reconócense y abónanse por gracia, a don José Mario Gál-vez Gálvez, para los efectos de todas las disposiciones que las leyes establecen para los empleados del Congreso Nacional; incluso el goce de trienios y, en general, para, todos los efectos legales, 19 años, 1 mes y 15 días servidos en el Servicio de Seguro Social y 9 meses en el Servicio Militar Obligatorio, entre le 16 de abril de 1942 y el 31 de mayo de 1961 y entre los meses de abril a diciembre de 1949, respectivamente, tiempos que serán computados y anotados en su hoja de servicios. La diferencia de imposiciones por los correspondientes períodos será integrada, por el beneficiario. (Fdo.) : Luis Pareto G." V.- TEXTO DEL DEBATE -Se abrió la sesión a las 16 horas. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-En el nombre de Dios, se abre la sesión. Las Actas de las sesiones 30ª y 31ª, extraordinarias, se declaran aprobadas por no haber sido objeto de modificaciones. Se va a dar lectura a la cuenta. El señor MENA (Prosecretario), da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Terminada la Cuenta. 1.- CALIFICACIÓN DE URGENCIA. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto que dispone que en los terrenos donde existan yacimientos de algunas de las sustancias a que se refiere el artículo 6º de la ley N° 6.842 y que han sido reservados al Estado, no puede constituirse propiedad minera particular de ninguna especie. Si le parece a la Cámara y no se pide ninguna otra calificación, declararé calificada de "simple" la urgencia hecha presente. Acordado. El señor IRURETA.- ¿Me permite? El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Perdón, es otra materia señor Diputado? Sin perjuicio de la calificación de urgencia hecha recientemente a este proyecto de ley, solicito el asentimiento unánime de la Sala para eximirlo del trámite de Comisión y tratarlo sobre Tabla, en el primer lugar del Orden del Día de la presente sesión, otorgando hasta cinco minutos a cada Comité para referirse a dicho proyecto, en razón de que esta materia fue ampliamente debatida en la sesión celebrada por la Cámara la semana pasada y a la cual asistió el señor Ministro de Minería, Si le parece a la Sala, así se procederá. El señor LORCA, don Alfredo.-¿Qué cosa? El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-¿No hay acuerdo de parte de Su Señoría? El señor IRURETA.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra el señor Irureta. El señor IRURETA.-Señor Presidente, el proyecto que ha mandado el Ejecutivo a la Cámara es idéntico al proyecto que presentamos Diputados de diversos partidos hace ocho días. En realidad, es de suma urgencia que este proyecto se convierta pronto en ley, a fin de frustrar los trámites que realiza el grupo "Anaconda" para constituir pertenencias en los salares de Tara y Atacama. Yo creo que la proposición de la Mesa ayudaría a este propósito. Si alguna enmienda hubiera que hacerle, los diferentes partidos podrían lograrlas por intermedio de sus representantes en el Senado, y así ganaríamos tiempo. Creo que el proyecto del Gobierno no merece ninguna enmienda, porque es absolutamente igual al proyecto que habíamos presentado aquí los Diputados de diversos partidos, hace ocho días. Es lo que quería decir. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado, yo le voy a repetir cual es la proposición de la Mesa, para que Su Señoría la capte en toda su amplitud. Dije que sin perjuicio de la calificación de "simple urgencia" hecha recientemente a este proyecto, la Mesa ha solicitado el asentimiento unánime de la Cámara para eximirlo del trámite de Comisión y tratarlo ahora sobre Tabla, en el primer lugar del Orden del Día, otorgando hasta quince minutos a cada Comité para referirse a él, en razón de que esta misma materia objeto de esta iniciativa ya fue debatida ampliamente en una sesión realizada por la Cámara la semana recién pasada, a la que asistió el Ministro de Minería. .. El señor ACEVEDO.-No, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Naturalmente Su Señoría tiene derecho a oponerse. El señor ACEVEDO.-No es para oponerme, señor Presidente. Evidentemente, se trata de una materia que conocemos; pero el articulado mismo del proyecto, su texto mismo, no lo hemos leído, aun cuando la Mesa nos ha advertido que es muy bueno. Por lo demás, el señor Irureta me ha manifestado, la semana pasada, que habría previamente una reunión de Comités para conocer el proyecto y darle un tratamiento especial. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- Bien, no hay acuerdo respecto de la proposición. 2.- HOMENAJE AL JAPÓN, EN EL NATALICIO DE SU EMPERADOR.- NOTAS DE CONGRATULACIÓN. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-En cumplimiento de un acuerdo adoptado anteriormente por la Cámara, corresponde, en primer término, rendir homenaje, al Japón, con motivo de conmemorarse el natalicio de Su Majestad el Emperador Hiroito. Se han inscrito un representante del Comité Demócrata Cristiano y un representante del Comité Radical, hasta este momento. Puede usar de la palabra el señor Garay, en nombre del Comité Demócrata Cristiano. El señor GARAY.-Señor Presidente, esta fecha del 29 de abril, día del natalicio de Su Majestad el Emperador Hiroito, en el que el pueblo japonés celebra alborozado su Fiesta Nacional, nos ha encontrado durante estos cuatro años de permanencia en esta Corporación, dispuestos siempre a rendir nuestro homenaje a este pueblo. Nadie ignora en el mundo las condiciones raciales de los japoneses, su carácter afable, su sentido del trabajo, su responsabilidad nacional e internacional, y la manera cómo viven los hombres y mujeres de ese país, dando un ejemplo al resto de la humanidad. Cuando visitamos Japón en el año 1966 tuvimos oportunidad de conocer sus escuelas y sus niños. Admiramos cómo se presentan los niños en las calles con un sentido de disciplina, de responsabilidad, buscando siempre lo mejor. Y quedamos realmente impresionados del espectáculo como he dicho en otras oportunidades, en las anchas y hemosas calles y avenidas de la ciudad de Tokio, de grupos abigarrados, con más o menos un 60 por ciento de las mujeres vistiendo el quimono tradicional del Japón. Cuando hemos observado cómo un gran país ha logrado hacer de su economía algo fabulosamente firme, por el trabajo de sus hijos; cuando hemos tenido oportunidad de visitar y ver en el terreno sus gigantescas industrias y comprobar lo que puede el ingenio del hombre puesto al servicio de la humanidad; cuando hemos sido testigos de cuan gentiles son las mujeres del Japón -allá al igual que en el exterior, y como aquí mismo en Santiago- y cómo cumplen realmente su papel de embajadoras; por todo eso, por nuestro cariño por ese país, es que le hemos rendido, en esta fecha, durante cuatro años un homenaje en nombre de nuestro partido. Señor Presidente, no se trata ya de recordar o rememorar datos que todo el mundo conoce sobre el desarrollo fabuloso del Japón, o sus cifras estadísticas impresionantes. Sin embargo, quiero recorda, una vez más, cómo por ejemplo, ha logrado colocarse en el tercer lugar en el tonelaje de su marina mercante en el mundo entero, detrás de los inmensos países que son, en este aspecto, Estados Unidos e Inglaterra, con más de 15 millones de toneladas de sus barcos de cabotaje. Recordemos solamente que, en diez meses, los japoneses lograron construir en sus astilleros de Yokohama el casco de un barco petrolero de 306 mil toneladas, ¡ un barco de cerca de tres cuadras de largo en diez meses! Sabemos que nuestra patria no alcanza a tener en total este tonelaje de un solo barco que produce Japón. Todos los años convivimos con el pueblo japonés, por intermedio de su representación diplomática ten Santiago, en este día de Su Majestad el Emperador Hiroihito, quien, con sus familia, da ejemplo a su pueblo de lo que es un grupo familiar. Sabemos que Su Majestad es un investigador científico que dedica gran parte de su tiempo al estudio; y, por eso, él representa, en forma genuina, la inquietud de su pueblo en la búsqueda de nuevas fórmulas para un mejor convivir y, también, para un mayor desarrollo, que le permita combatir el hambre y la pobrera. Al recordar el famoso Fuji Yama; al recordar aquellos fabulosos trenes que a 150 y 180 kilómetros por hora atraviesan Ja ciudad de Tokio, para salir hacia todos los pueblos desde la gran línea central del Japón; al recordar el inmenso túnel que se está horadando, en estos momentos, para unir la isla central del Japón con la isla Hokkaido, por el norte, y que va a tener 45 kilómetros de largo por debajo del mar; al recordar, en fin, todas estas in-.mensas obras que la ingeniería japonesa ha hecho posible para que nosotros y todo el mundo, podamos, realmente, admirar a este gran país; quisiera que, en nombre de la Democracia Cristiana y en el mío propio, se hicieran llegar nuestros saludos a la representación japonesa en Santiago, en las personas del señor Embajador don Satoru Takahashi y su dignísima esposa; del Primer Consejero, señor Masao Ito; del Primer Secretario, señor Takeo Kuroko; del Tercer Secretario señor Mit-suhiro Kubo; de los Agregados Civiles señores Yasuhiko Kawanishi y Hiroyuki Kiíooto; y, también, del Presidente del Instituto Chileno-Japonés de Cultura al- que tenemos el honor de pertenecer-, señor Juan Hinrichsen. Igualmente, solicitaría que se enviara un cable de saludos al Presidente de la Cámara de Representantes, de la Dieta Japonesa., quien fue muy gentil con los cuatro parlamentarios que, con sus esposas, tuvieron la oportunidad de realizar esa visita inolvidable. Por eso, esos saludos no sólo están dirigidos por el Diputado que habla, sino, también, en nombre de los Diputados señores Carlos Sívori, Pedro Vi-dela y Renato Emilio de la Jara, con quienes tuvimos la hermosa ocasión de concurrir, entre otros actos oficiales a los cuales fuimos invitados por la Cámara de Representantes, a la Dieta Japonesa. Pongo término a mis palabras, pidiendo que el pueblo chileno recoja la lección que, en muehos aspectos, nos da el Japón en el orden nacional y en el orden internacional ; y haciendo votos por que Su Majestad el Emperador Hirohito y su digna familia, continúen dirigiendo al pueblo japones de acuerdo con la tradición y de acuerdo con la Constitución Política, que sabemos que permite al pueblo japonés vivir en una auténtica democracia, presidida por este hombre que, realmente, es un símbolo del pueblo japonés; Su Majestad Hirohito. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Si le parece a la. Cámara, se enviarán las no-' tas a que aludió el señor Garay. Acordado. Tiene la palabra el señor Poblete en el tiempo del Comité Radical. El señor POBLETE.-Señor Presidente, en la historia de la humanidad, pocos pueblos exhiben un desenvolvimiento tan fascinante, homogéneo y persistente como el del Japón. La característica típicamente insular de su territorio lo tuvo por siglos alejado de influencias foráneas. Esto le permitió consolidar una fisonomía racial de inconfundible caracteres, tanto en los aspectos morfológicos, físicos y psíquicos, los que llegaron, a lo largo del tiempo, a crear un pueblo con un espíritu propio difundido en toda su peculiar geografía y en cada uno de sus habitantes. Así, más que en cualquier otro caso, podría hablarse de una raza japonesa, con todos los atributos que determinan esa definición; o sea, cuerpo y alma transmitiéndose de generación en generación, sin pérdida de sus valores esenciales. A esta lenta, pero firme estructuración anímica, ha contribuido, sin lugar a dudas, la evolución progresiva de un grupo humano asentado en un territorio cuya configuración telúrica tan singular habría de gravitar sobre la psiquis de sus habitantes para imponerles, con la imponderable belleza de su tierra, un fuerte, un poderoso arraigo hacia ella y, luego, el orgullo natural de poseerla y el consiguiente afán de mejorarla. Porque si, realmente, el suelo japonés estaba y está disfrutando de la más armoniosa, conjunción de elementos que componen la belleza de la tierra, acentuado todo por un clima suave y plancentero, en cambio, los recursos para un desarrollo vigoroso en lo económico eran escasos. Ambos hechos derivaron en dos actitudes paralelas y que han llegado a incorporarse en la vida de este pueblo como una de sus manifestaciones específicas: su amor por la belleza, que lo condujo a la sublimidad de su arte expresado en todos los campos, y su laboriosidad infatigable, conducida a un minucioso cuando eficaz, aprovechamiento de sus disponibilidades. Ello le llevó a la perfección de sus técnicas de sobrevivencia. De pueblo agrícola y pesquero en crecimiento inusitado, fue capaz de alimentarse con sobriedad, pero inteligentemente, hasta lograr no sólo su autoabastecimiento, sino, además, alcanzar una prosperidad no conocida en otros pueblos, al parecer más modernizados, con factores culturales más propicios a su progreso. Como en todas las comunidades humanas, la prosperidad acarrea fenómenos sociales que tipifican estas etapas de evolución sociológica y, en el caso de Japón, acentuados estos problemas por la conformación territorial, el poder gubernativo fue haciéndose más difícil y, por lo mismo, más débil. Como en todas partes, el poder hizo sentir su embrujo y, para soostenerlo, debió hacer su aparición el militarismo. La dulzura pastoril de sus primeros milenios dio paso a la beligerancia de los clanes y castas que deseaban el dominio de una parte o del total del país. La ciencia militar, además de aguerrida, adquirió un sentido místico y una exclusividad aristocrática sostenida con virtudes humanas que iban más allá del individuo y, por cierto de su vida. Sin ser un pueblo conquistador, era, sin embargo, un país de fuerte poderío militar, el que, luego de largos períodos de convulsiones internas, lo llevó a establecer, como otro determinante de su carácter, un hondo sentido de la disciplina y de la obediencia; profundo respeto a la jerarquía y a la tradición; absoluta veneración por padres y antepasados y, consecuentemente, con su patria. Cuando, por la medianía del siglo XV, lograron penetrar al Japón los primeros mercaderes portugueses y luego los misioneros jesuítas, este país llenó de asombro al mundo por su extraña como poderosa vida, entrando de hecho en la etapa moderna al iniciar sus contactos con Occidente. Sólo en 1853, el Japón estableció relaciones comerciales y diplomáticas con el exterior; lo hizo primeramente con los Estados Unidos y, poco más tarde, con Rusia, Holanda, e Inglaterra.. Desde entonces ha corrido más de un siglo. Pero pocos pueblos han asimilado con mayor rapidez lo que las viejas civilizaciones de Occidente podían entregarle como aporte a su transformación económica, tecnológica y cultural. Transcurridos apenas algunos decenios, se convirtió en una potencia de todo orden. Pudo sostener victoriosas guerras con China en 1894 y con Rusia en 1904, después de las cuales era indiscutiblemente una de las cuatro potencias mundiales. La participación de este país en la Guerra del Pacífico y la ocupación de sü territorio por las tropas aliadas durante siete años, sirvieron para darle la nueva fisonomía política y social que hoy luce. En lo técnico, su actual poderío es simplemente impresionante. No deseo recurrir a cifras que, generalmente, confunden; pero nadie puede desconocer que hoy, aun en nuestro propio país, la influencia de su economía es visible en todas partes. Sus productos de la electrónica, como radios, televisores, grabadoras, pilas, etcétera, las encontramos por doquier. Máquinas fotográficas, de coser, tejer, automóviles, camionetas y camiones, trabajan y corren por todos nuestros caminos. En los puertos, desde las naves de poco tonelaje hasta los gigantescos cargueros están acoderados en los muelles chilenos del litoral nortino. Delicado instrumental de investigaciones en los colegios y universidades, en hospitales y laboratorios. Le compramos y nos compra. Mantenernos una balanza comercial cordial. Por eso, al pretender efectuar un homenaje a este país, cuya grandiosa influencia se exterioriza mediante tantos resortes culturales, nos abruma la magra disponibilidad de tiempo para un propósito que se desborda con toda su inabarcable realidad. Con el Japón ha habido siempre una inexplicable simpatía que hemos sentido desde niños. Tal vez porque, en el fondos de los siglos, un antiquísimo ancestro habrá unido estas razas de tan desconocido ori gen. Así, entonces, me congratulo de sostener la voz de mi partido para exaltar la grandeza de una nación y de sus gobernantes, especialmente de Su Majestad Imperial Hirohito y su pueblo, representados en Chile por el Excelentísimo Embajador señor Takahashi, a quien me es grato exr presar el deseo de un perenne progreso y prosperidad para el Japón. He dicho. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Si le parace a la Sala, se enviarán los oficios pedidos por el señor Poblete. Acordado. 3.- HOMENAJE EN MEMORIA DEL LIBERTADOR Y UNIFICADOR DE LAS REPÚBLICAS CENTROAMERICANAS, GENERAL FRANCISCO MORAZAN. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- A continuación, y en cumplimiento de un acuerdo de la Sala, corresponde rendir homenaje al Libertador y Unificador de las Repúblicas Centroamericanas, General Francisco Morazán. En primer lugar, se halla inscrito el señor Pareto, en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. Tiene la palabra Su Señoría. El señor PARETO.-Señor Presidente, hoy se ha inaugurado en nuestra capital un monumento al procer máximo de Centroamérica, al unificador de las cinco repúblicas hermanas que son: Honduras, su tierra natal; Costa Rica; El Salvador, Guatemala y Nicaragua. Nuestra ley Nº 12.665, a cuyo despacho oportunamente contribuimos, dispuso erigirle un monumento al General Francisco Morazán Quezada, como un reconocimiento chileno al Libertador centroamericano, quien tantas virtudes demostrara en su vida. Según afirma Jovello, "Morazán llevaba en su sangre el fulgor latino; sus ancestros se levantan orgullosos en la realidad de la Roma de los Césares; y luce, con dignidad, el germen de su destino incubado en el polen hispano, sirviendo de fondo el espíritu libre de nuestros aborígenes." Morazán, en el estudio de los humanistas, aprendió desde muy joven el valor de la libertad, y se consagró a la idea de obtenerla para su patria, junto con el anhelo de lograr una educación conveniente para sus connacionales. En 1821, al proclamarse en Guatemala la independencia centroamericana, Morazán comanda el primer batallón de soldados de Honduras para servir la causa emancipadora. Hombre de Estado, ocupa altas funciones; constitucionalista en 1825; en los campos de batalla actúa con gran éxito por la libertad y la unión de las cinco naciones centroamericanas; en 1830 es elegido Presidente de la República de Centroamérica. Entre sus muchas y extraordinarias virtudes cívicas, caben destacar su ciego sometimiento a las leyes, su fe en la causa de la integración americana y la honestidad y hombría de bien que caracterizaron todos sus actos. Estamos en presencia de un valor humano de selección que honra a Honduras y al continente americano. Esta estatua es el merecido homenaje de los chilenos a tan alto exponente de nuestra América. Pero sobre ella, es necesario agregar algo más, que compromete a los chilenos en forma especial para con Honduras. La patria de Morazán, al conocer la resolución chilena y ante gestiones del Comité Pro-Monumento a Morazán, resolvió donar la estatua del procer máximo centroamericano a nuestro país. Ello fue materia de un acuerdo del Congreso de la nación hermana. Este monumento, ejecutado por el artista hondureno Mario Zamora, se alzará para siempre, como un testimonio de la amistad estrecha y sincera de nuestros dos pueblos hermanos. Desde este sitial de Diputado por Santiago, digo, pues, la palabra de hondo reconocimiento a los Diputados de Honduras, quienes nos enviaron esta alta prueba de su afecto, revestida de la figura de Morazán y en bronce de eternidad. No olvidemos que maestros chilenos han enseñado a generaciones de hondurenos, muchos de los cuales han llegado también hasta nuestro país en busca de perfeccionamiento profesional. Estos resultados son generosos y estos lazos de amistad son fuertes, por que se incubaron en el corazón de una juventud. Chile entero agradece a Honduras esta donación de tan alto valor espiritual y material, que será altar para el anhelo de integración americana y para la amistad de chilenos y hondurenos. He dicho. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - En el tiempo del Comité Independiente, se haya inscrito el señor Momberg. Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOMBERG.-Señor Presidente, miles de panegíricos se han pronunciado en honor del general don Francisco Morazán. Por ello, mis palabras no pretenden ser sino poner de relieve la incorporación real y tangible del gran Padre-de la Patria Centroamericana en nuestro ámbito chileno. Me refiero a su estatua, que hoy se ha inaugurado en Santiago. Faltaba en Chile la prueba de su presencia. La prestancia de su patria hondurena no permitía ilustrar a nuestros cultores de la patria y honrar como se lo merecía a un hombre que, con tanto entusiasmo y celo, luchó por su gran causa. Su fama no desmerece en energía y heroísmo y, por lo tanto, en grandeza, a la fama de O'Higgins, Bolívar, Artigas, San Martín. Sirvan mis palabras para destacar, pues, a un gigante del pensamiento; a un héroe de la acción que ilumina no sólo a su país, sino a todo el continente. Morazán nació en Tegucigalpa, actual capital de Honduras. Tuvo una recia formación marcial que, más tarde, lo llevara al generalato; pero, como era costumbre en aquellos tiempos, la pudo compartir con estudios y práctica de Derecho, a la vez que colaboraba en faenas agrícolas de sus mayores y en la Alcaldía de su pueblo. Sus principios políticos eran: libertad e independencia para el pueblo americano. Nótese bien que quería una gran Cen-troamérica, unida y única. Tuvo la visión de Bolívar y, por períodos, la realizó con mayor éxito. Después de sus victorias militares en la lucha por la independencia, prestigiado en las deliberaciones por redactar la Constitución de 1825, en 1930, a los 38 años de edad, es designado Presidente de Centroamérica, después de desempeñar la Primera Magistratura de Honduras, nación ya incorporada a aquella. En 1823 había sido Secretario de Gobierno en Guatemala. Historiadores europeos han visto en los libertadores sólo al héroe militar -tal vez un imitador de Napoleón-, sin comprender que eran avanzados reformadores, cuya meta no se separaba del afán de lograr "la estructuración política de los pueblos libertados"; que sentían la patria en las venas, pero que querían, simultáneamente, organizar repúblicas democráticas, liberales e inspiradas en los postulados de Rousseau y Montesquieu. Su éxito no fue completo ni definitivo, considerando los vastos propósitos. Los mismos que Bolívar, que los hermanos Carrera, que San Martín o Artigas, que Sucre y que O'Higgins -acaso el más afortunado, en el sentido de que le tocó en suerte gobernar cinco años- sucumbió en el "duelo con el sino", como lo califica Encina. La Confederación Centroamericana se desintegró. Costa Rica llamó entonces a Morazán y le confirió la Presidencia, cargo desde el cual quiso resucitar la Confederación en 1842. Morazán es aprehendido sorpresivamente y, sin darle oportunidad de defensa, lo fusilaron. Falleció como un héroe. Sus últimas palabras son un testamento para toda América. El Congreso de Honduras acordó donar una estatua de su procer al pueblo chileno. Debemos agradecer, además, la tesonera labor del Comité Pro-Monumento de Morazán para llevar a efecto este gesto amistoso, organismo que encabezan los compatriotas César Guzmán Castro, General Roberto Fuentes y Luis Gómez Catalán. Es la oportunidad para rendir homenaje de justicia histórica a Francisco Morazán, el gran libertador, genio que sigue alumbrando iguales afanes de unidad americana y cuya materialización la constituyen hoy las agrupaciones regionales. ¡El triunfo póstumo de su genio! He dicho. 4.- INTERPRETACIÓN DEL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 6.482, EN LO RELATIVO A LA CONSTITUCIÓN DE LA PROPIEDAD MINERA. PREFERENCIA PARA TRATAR EL PROYECTO SOBRE LA MATERIA El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Se ha hecho presente a la Mesa que se ha retirado la oposición manifestada denantes para tratar el proyecto que modifica el artículo 6º, de la ley Nº 6.482, en los términos propuestos oportunamente. Si le parece a la Sala, se aprobará la proposición de la Mesa. Acordado, 5.- POLITICA ARMAMENTISTA ARGENTINA. PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CÁMARA SOBRE LA MATERIA El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-En sesión anterior, se acordó postergar el pronunciamiento de la Cámara sobre un proyecto de declaración acerca de la política armamentista argentina y enviarlo a la Comisión de Relaciones Exteriores. La Mesa ha sido informada de que habría acuerdo en esta oportunidad para votar la referida declaración, que ha sido, conocida por los diversos Comités. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para darle lectura y votarla. ¿Habría acuerdo? El señor MONTES.-Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor MONTES.-Señor Presidente, efectivamente la Cámara autorizó a la Comisión de Relaciones Exteriores para examinar el proyecto de declaración, lo que se hizo en la mañana de hoy; pero, por desgracia, no hubo acuerdo, al contrario de las informaciones que tiene el señor Presidente. De acuerdo con nuestros puntos de vista y según la interpretación que tenemos del problema, preferiríamos, de aprobarse su lectura y votación, abstenernos, porque algunos de sus párrafos no nos conforman íntegramente, aún cuando, al mismo tiempo, compartimos algunas formulaciones que contiene. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente) .-¿ Me permite, señor Diputado? ¿No se opondría Su Señoría a que se diera lectura y se tratara con la abstención de los Diputados comunistas? El señor MOMBERG.-Creo que sería conveniente que el Partido Comunista nos dijera cuáles son las objeciones que le merece esta declaración, para saber en qué terreno estamos pisando. Queremos saber cuál es la parte que no les gusta para conocer el predicamento del Partido Comunista al respecto. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado, ¿habría acuerdo, entonces? El señor MOMBERG.- No, mientras no digan en qué no están de acuerdo. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente) .-No hay acuerdo. El señor MOMBERG.-Que se defina el Partido Comunista. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- Si Su Señoría desea agregar algo, le ruego pedir la palabra. . El señor MONTES.- No es el señor Momberg el que tiene que pedirnos definiciones. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Ruego a los señores Diputados guardar silencio. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Momberg! ¡Señor Montes! 6.- AMPLIACIÓN DE PLAZOS CONCEDIDOS A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia ha solicitado de la Mesa que recabe el acuerdo de la Cámara, con el objeto de que se prorrogue, hasta el día martes 13 de mayo, inclusive, el plazo de que dispone para emitir el segundo informe del proyecto de ley que modifica el Código de Procedimiento Penal. Si le parece a la Cámara, se accederá a esta petición. Acordado. Esta misma Comisión ha solicitado de la Mesa que recabe el acuerdo de la Cámara para prorrogar en 15 días, a contar de su vencimiento, el plazo para estudiar las bases de una reforma constitucional y legal, que modifique la doctrina del dominio eminente del Estado sobre las sustancias básicas mineras por un dominio efectivo. Si le parece a la Sala, se accederá a esta petición. Acordado. 7.- REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO A DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA. QUINTO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. PREFERENCIA El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para despachar de inmediato y sin debate el proyecto de ley, en quinto trámite constitucional, que modifica el Código Penal, en lo relativo a delitos contra la salud pública y respecto del cual la insistencia de la Cámara impediría que hubiera ley sobre tres artículos que el Senado sustituyó por uno solo. De modo que lo que procedería sería no insistir. Si le parece a la Cámara, se procederá en esta forma. Acordado. El señor TEJEDA.-Perdón, señor Presidente. .. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado, la Mesa no advirtió oportunamente su oposición. Con la venia de la Sala, puede usar de la palabra Su Señoría. El señor TEJEDA.-Desearía ocupar unos minutos, nada más. Varios señores DIPUTADOS.-No se oye. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Un momento, señores Diputados. Señor Tejada, ¿Su Señoría advirtió bien la proposición de la Mesa? El señor TEJEDA.-Exactamente; que lo despachemos sin debate. Pero estimo necesario decir dos palabras en relación con el posible veto que podría solucionar el problema que advierto en esta disposición. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Primero, tendríamos que acordar el tratamiento para despacharlo. A continuación, pediría a la Sala que concediera unos minutos que solicita el señor Tejeda. El señor TEJEDA.-Perfectamente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Si le parece a la Sala, se aprobará la proposición de la Mesa. Acordado. En su oportunidad, recabaré el asentimiento de la Sala para concederle los minutos que solicita el señor Zepeda. -La modificación del Senado, en cuya aprobación insiste, y que la Cámara ha rechazado, es la siguiente: Artículo 3º Artículos 314 a, 314 b y 315 La que tiene por objeto sustituir estos artículos por otro signado con el Nº 315. "Artículo 315.- El que envenenare o infectare comestibles, aguas u otras bebidas destinados al consumo público, en términos de poder provocar la muerte o grave daño para la salud, y el que a sabiendas los vendiere o distribuyere, serán penados con presidio mayor en su grado mínimo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. El que efectuare otras adulteraciones en dichas sustancias destinadas al consumo público, de modo que sean peligrosas para la salud por su nocividad o por el menoscabo apreciable de sus propiedades alimenticias, y el que a sabiendas las vendiere o distribuyere, serán penados con presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a cincuenta sueldos vitales. Para los efectos de este artículo, se presumirá que la situación de vender o distribuir establecida en los incisos precedentes se configura por el hecho de tener a la venta en un lugar público los artículos alimenticios a que éstos se refieren. La clandestinidad en la venta o distribución y la publicidad de alguno de estos productos constituirán circunstancias agravantes. Se presume que son destinados al consumo público los comestibles, aguas u otras bebidas elaborados para ser ingeridos por un grupo de personas indeterminadas. Los delitos previstos en los incisos anteriores y los correspondientes cuasidelitos a que se refiere el inciso segundo del artículo 317, sólo podrán perseguirse criminalmente previa denuncia o querella del Ministerio Público o del Director General del Servicio Nacional de Salud o de su delegado, siempre que aquéllos no hayan causado la muerte o grave daño para la salud de alguna persona. En lo demás, los correspondientes procesos criminales quedarán sometidos a las normas de las causas que se siguen de oficio. No será aplicable al Ministerio Público ni a los funcionarios del Servicio Nacional de Salud respecto de estos delitos, lo dispuesto en los Nºs. 1 y 3 del artículo 84, respectivamente, del Código de Procedimiento Penal.". El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-En realidad, como la Cámara no va a insistir en su criterio, ahora sería la oportunidad de que el señor Tejeda hiciera uso de la palabra. Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor TEJEDA.-Señor Presidente, este proyecto introdujo en el artículo 10 una disposición bastante interesante, que reclamaban todos los abogados y jueces, cual era modificar las cuantías en el Código Penal, para los efectos de la aplicación de sanciones. Pero la verdad es que se quedó corto al multiplicarlas por tres. Ocurre, por ejemplo, que los Juzgados de Policía Local pueden conocer de hurtos de una cuantía de hasta seis mil pesos actualmente. Multiplicando por tres, siempre va a quedar una competencia insignificante, que es conocer hasta dieciocho escudos. Entonces, se hace necesario multiplicar las cuantías por lo menos por diez; y para que guarde concordancia esta reforma de las cuantías en el Código Penal se hace necesario también elevar las cuantías en el Código de Procedimiento Penal, en lo que se refiere a las excarcelaciones, porque, si no, va a quedar una incongruencia entre los dos Códigos. Pediría que estas observaciones se transcribieran al Ejecutivo ante la posibilidad de que envíe un veto que mejore el proyecto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Como la proposición de la Mesa es no insistir en este quinto trámite, creo que lo justo sería hacer llegar al Ejecutivo las observaciones propuestas para que, por la vía del veto, pudiera resolverse la situación que plantea Su Señoría, con la cuál estoy plenamente de acuerdo. Con la venia de la Sala, el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia podría decirnos dos palabras sobre esto. El señor GIANNINI.-Señor Presidente, ratifico plenamente lo sostenido por el señor Tejeda. Al respecto, se conversó con el Ministro de Justicia, quien manifecto que el Gobierno está de acuerdo. Pero, en todo caso, estimo conveniente que la Cámara, por medio de un oficio, así se lo haga presente al Ejecutivo. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Si le parece a la Sala, se procederá en la forma propuesta por la Mesa. Acordado. Despachado el proyecto. 8.- EMPRÉSTITOS A LAS MUNICIPALIDADES DE CHILLAN Y COQUIMBO. PREFERENCIA PARA DESPACHAR LOS RESPECTIVOS VETOS A LOS PROYECTOS SOBRE LA MATERIA El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar, después de los dos primeros proyectos que figuran en la Tabla del Orden del Día, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que modifica la ley N° 14.512, que autorizó a la Municipalidad de Chillan para contratar empréstitos, otorgando hasta cinco minutos por Comité para referirse a esta materia. El señor AGUILERA.-El que viene a continuación también, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).-Estoy pidiendo la calificación para éste, primero. ¿Habría acuerdo? Acordado. El señor Aguilera pide que se dé el mismo tratamiento al veto del proyecto que viene a continuación, que autoriza a la Municipalidad de Coquimbo para contratar empréstitos. ¿Habría acuerdo para acceder, también a esta petición? Acordado. 9.-PROPOSICIÓN DE ARCHIVO DE DIVERSOS PROYECTOS DE ACUERDO QUE HAN PERDIDO SU OPORTUNIDAD El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Me permito hacer presente a la Sala que se encuentra pendiente en trámite de segunda discusión setenta y tres proyectos de acuerdo que datan, algunos, desde el año 1966, presentados por diversos Comités en el curso de las sesiones ordinarias y especiales celebradas durante los años de este período legislativo. La casi totalidad de estos proyectos de acuerdo han perdido sus oportunidad, y se hace inútil su discusión y votación, por lo que la Mesa se permite solicitar acuerdo, como medida de buen orden, para enviarlos al archivo, previa revisión que de ello hagan los distintos Comités, otorgando para este efecto un plazo de 10 días, en el cual podrán señalar cuál o cuáles proyectos de acuerdo desean que sigan su trámite reglamentario normal. Si le parece a la Cámara, así se procederá. Acordado. 10.- POLÍTICA ARMAMENTISTA ARGENTINA. PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CÁMARA SOBRE LA MATERIA El señor VALENZUELA VALDE-RRAMA, don Héctor (Presidente).- El Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores ha hecho presente a la Mesa el retiro de la oposición del señor Momberg para tratar la declaración de la Comisión de Relaciones Exteriores. ¿Habría acuerdo, entonces? El señor LORCA (don Alfredo.- Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¿Sobre esta materia? El señor LORCA (don Alfredo) .-Sí. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor LORCA (don Alfredo).-Quisiera saber si se va a poder opinar sobre esta declaración que se va a leer, o se va a votar simplemente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-La pro-posión es votarla. Si le parece a la Sala. .. El señor LORCA (don Alfredo)-Yo quisiera... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Perdóneme Su Señoría, estoy contestando. Si la Sala cree necesario, se podría conceder hasta cinco minutos por Comité. El señor MONTES.-¿Acerca de qué, señor Presidente? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Sobre la declaración de la Comisión de Relaciones Exteriores. La proposición es votarla. ¿Habría acuerdo? El señor LORCA (don Alfredo).-Votarla después que se use de la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Su Señoría fue Presidente de la Corporación, así que sabe cómo son las proposiciones de la Mesa. El Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores me está pidiendo que se respete la proposición que se ha hecho en el sentido de poder votarla. El señor LORCA (don Alfredo)-Estoy de acuerdo, señor Presidente, pero deseo saber si después de ser leída se podrá opinar sobre la declaración. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Hay oposición señor Diputado. En la Hora de Incidentes, Su Señoría puede opinar sobre lo que quiera. El señor LORCA (don Alfredo).-No hay acuerdo. Yo quiero opinar sobre la declaración. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-La Sala siempre ha tenido gran deferencia cuando se han tratado problemas que interesan a Su Señoría. El señor LORCA (don Alfredo).-¡ Pero esto interesa al país! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Llamo al orden a Su Señoría. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Amonesto al señor Alfredo Lorca. -Hablan varios señores Diputados a la vez- El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Voy a censurar al señor Alfredo Lorca. 11.- INTERPRETACIÓN DEL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 6.482, EN LO RELATIVO A LA CONSTITUCIÓN DE LA PROPIEDAD MINERA. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-El señor Secretario dará lectura al Mensaje con que el Ejecutivo inicia el proyecto que interpreta la disposición del artículo 6º de la ley Nº 6.482, sobre constitución de propiedad minera. El señor KAEMPFE (Secretario).-Dice, lo siguiente: "Es de conocimiento público y en especial de diversos organismos del Estado, que las disposiciones del Código de Minería, actualmente vigentes, no amparan adecuadamente los intereses de la comunidad nacional en lo que se refiere a la constitución de propiedad minera". "Esta circunstancia permitiría que particulares constituyan pertenencias mineras sobre substancias que debieran quedar reservadas al Estado e a organismos estatales alegando que lo hacen sobre substancias distintas, con lo que se hace ilusoria-la reserva establecida por la ley en favor del Estado sobre determinadas substancias que coexisten con otras no reservadas al Estado". "El anterior es el caso, por ejemplo, de la Ley 6482, que reserva al Estado los yacimientos de calcio, fosfatos y sales potásicas que se encuentren en terrenos fiscales o nacionales de uso público o de las Municipalidades. Habitualmente estas pretensiones de particulares se fundan en un distingo que se hace entre el terreno y el yacimiento ubicado en dicho terreno. En el hecho, ese distingo hace absolutamente ineficaces las reservas establecidas en favor del Estado. A ello se presta no sólo la coexistencia de substancias reservadas y no reservadas, sino la proporción en que unas y otras se hallan generalmente mezcladas." "Por lo anterior, la reserva de determinadas substancias para el Estado, se ha entendido en diversas leyes, y también en la ley 6482 más arriba citada, que ella alcanza no solo la substancia y el yacimiento sino también el terreno respectivo, de tal suerte que debe entenderse que en los terrenos en que están ubicados los yacimientos de substancias a que se refiere la ley 6482, no puede constituirse pertenencias mineras por particulares, ni sobre las substancias reservadas por dicha ley al Estado ni sobre ninguna otra substancia". "En virtud de todo lo anterior y mientras se avanza, en el trabajo más lento de modificar nuestro Código de Minería, siendo de urgencia salvaguadar el interés nacional en la materia que nos ocupa, nos hemos permitido presentar a la consideración de la Cámara, el siguiente "Proyecto de ley: Artículo lº-Se interpreta la disposición del artículo 6 de la Ley Nº 6.482, en el sentido de que en aquellos terrenos en que exista alguno de los yacimientos de las substancias a que se refiere esta disposición y que han sido reservado al Estado, no puede constituirse propiedad minera particular de ninguna especie". "Lo anterior no regirá respecto a las propiedades mineras que se encuentren legalmente constituidas y con acta de mensura inscrita a la fecha de la promulgación de la presente ley. "Artículo 2º-No podrá hacerse manifestación, ni practicarse mensura de pertenencias sobre substancias a que se refieren los incisos 1, 2, 4 y 5 del artículo 3 del Código de Minería en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades que contengan algunas de las substancias señaladas en el artículo 6 de la Ley Nº 6.482, sin autorización expresa del Ministerio de Minería, la que la otorgará en el caso de que estime que su concesión no perjudicará los derechos de reserva otorgados ai Estado. "Artículo 3º-Corresponderá al Ministerio de Minería, previo informe del Servicio de Minas del Estado, u otro organismo que estime conveniente determinar la existencia de substancias a que se refiere el artículo 6º de la Ley Nº 6.482 en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades. En caso de duda sobre la existencia de las substancias a que se refiere el artículo anterior, el Ministerio de Minería, por intermedio del Servicio de Minas del Estado o del Consejo de Defensa del Estado, indistintintamente, podrá exigir en el expediente respectivo del Juzgado que esté conociendo de la propiedad minera, que el peticionario dentro de un plazo determinado, en cada caso, practique, a su exclusiva costa, catas u otras labores en los lugares que se le señalen y en número que no exceda de una por cada 4 hectáreas, o pedir otras diligencias pertinentes. Artículo 4º-Toda solicitud de manifestación o mensura que recaiga o pueda recaer en terrenos del Estado o nacionales de uso público o de las Municipalidades, deberá ser enviado por el Juzgado respectivo al Ministerio de Minería para los fines previstos en los artículos segundo y tercero de la presenté ley. Artículo 5º-Recibida en el Juzgado la resolución del Ministerio de Minería, el juez ordenará continuar la tramitación de la solicitud, proveyéndola de acuerdo con las correspondientes disposiciones legales, si la resolución hubiere sido favorable al solicitante. En caso contrario ordenará archivar los antecedentes. Artículo 6º-Solamente podrán otorgarse mercedes de agua sobre salmueras que contengan álcalis o sales potásicas, a la Corporación de Fomento de la Producción, a la Empresa Nacional de Minería o a la Corporación del Cobre. Los concesionarios de estas mercedes se harán dueños de todas las substancias minerales que contengan dichas aguas. Firmado: Eduardo Frei Montalva, Presidente de la República; Alejandro Hales, Ministro de Minería. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Cada Comité tiene hasta cinco minutos, según el acuerdo adoptado anteriormente. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general este proyecto. Si le parece a los señores Diputados, se dará por aprobado. Aprobado. Se declara también aprobado en particular, ya que no ha sido objeto de indicaciones. Terminada la discusión del proyecto. 12.- POLÍTICA ARMAMENTISTA ARGENTINA. PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CÁMARA SOBRE LA MATERIA. El señor GIANNINI.-Señor Presidente, solicito un minuto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder un minuto al señor Giannini. Acordado. Con la venia de la Sala, puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor GIANNINI.-Señor Presidente, recientemente se propuso votar una declaración emanada de la Comisión de Relaciones Exteriores. Hubo oposición para votarla. Manifestó su oposición el Diputado señor Alfredo Lorca, quien deseaba referirse a algunos acápites de esta declaración. Creo que existe interés en que esta declaración sea aprobada por la CAMARA DE DIPUTADOS. Al mismo tiempo, habría algunas razones que indicarían la conveniencia de que las observaciones que se quisieran hacer se formularan con algunos resguardos mínimos- En esas condiciones me permito proponer a la Mesa que se constituya la Sala en sesión secreta para debatir, por un plazo determinado -podrían ser cinco minutos- esta declaración y aprobarla en los términos que aquí se acuerde. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Se manifiesta que no hay acuerdo para su proposición, señor Diputado. 13.- NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DEL ESTADO El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-En el Orden del Día corresponde tratar el primer proyecto que figura en la Tabla, con urgencia calificada de "suma" urgencia e informado por las Comisiones de Educación Pública y de Hacienda, que fija normas sobre protección del Patrimonio Histórico Cultural del Estado, cuyo debate se encuentra reglamentariamente cerrado. Corresponde aplicar el artículo 129 del Reglamento que otorga hasta diez minutos a cada Comité para que exprese su opinión, procediéndose, en seguida, a votar en general y en particular el proyecto. -El proyecto, impreso en los boletines Nºs, 11.021 y 11.021-A, es el siguiente: TITULO I De los Monumentos Nacionales Artículo 1º- Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antro-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones, y en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley. TITULO II Del Consejo de Monumentos Nacionales Artículo 2º-El Consejo de Monumentos Nacionales es un organismo técnico que depende directamente del Ministerio de Educación Pública y que se compone de los siguientes miembros: Del Ministro de Educación Pública, que lo presidirá; Del Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, que será su Vicepresidente Ejecutivo; Del Conservador del Museo Histórico Nacional; Del Conservador del Museo Nacional de Historia Natural; Del Conservador del Museo Nacional de Bellas Artes; Del Conservador del Archivo Nacional ; Del Director de Arquitectura de la Dirección General de Obras Públicas; h) Un representante del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; i) De un representante de la Sociedad Chilena de Historia y Geografía; j) De un representante del Colegio de Arquitectos; k) De un representante del Ministerio del Interior, que podrá ser un Oficial Superior de Carabineros; 1) De un representante del Ministerio de Defensa Nacional, que deberá ser un Oficial Superior de las Fuerzas Armadas; m) De un abogado del Consejo de Defensa del Estado, que será su asesor jurídico ; n) De un representante de la Sociedad de Escritores de Chile; o) De un experto en conservación y restauración de monumentos; y p) De un escultor que represente a la Sociedad Nacional de Bellas Artes y a la Asociación de Pintores y Escultores de Chile. El Presidente de la República designará cada tres años a los ocho últimos miembros, a propuesta en terna de las respectivas instituciones, a excepción del cargo de la letra o) que será propuesto por el Ministerio de Educación Pública. Artículo 3º-El Consejo tendrá un Secretario encargado de extender las actas, tramitar sus acuerdos y desempeñar las comisiones que se le encomienden y cuya remuneración se consultará anualmente en el Presupuesto del Ministerio de Educación. El Secretario tendrá el carácter de Ministro de Fe para todos los efectos legales. Artículo 4º- El Consejo designará anualmente de su seno un Visitador General, sin perjuicio de los Visitadores Especiales que pueda nombrar para casos determinados. Artículo 5º-El Consejo de Monumentos Nacionales podrá sesionar en primera citación con ocho de sus miembros y en segunda con un mínimo de cinco, y sus acuerdos se adoptarán por simple mayoría de votos. El Consejo podrá hacerse asesorar por otros especialistas cuando lo estime conveniente. Artículo 6º-Son atribuciones y deberes del Consejo: 1.-Pronunciarse sobre la conveniencia de declarar Monumentos Nacionales los lugares, ruinas, construcciones u objetos que estime del caso y solicitar de la autoridad competente la dictación del Decreto Supremo correspondiente. 2.-Formar el Registro de Monumentos Nacionales y Museos. 3.-Elaborar los proyectos o normas de restauración, reparación, conservación y señalización de los Monumentos Nacionales y entregar los antecedentes a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas para la ejecución, de común acuerdo, de los trabajos correspondientes, sin perjuicio de las obras que el Consejo pudiera realizar por si mismo o por intermedio de otro organismo y para cuyo financiamiento se consultaren o se recibieren fondos especiales del Presupuesto de la Nación o de otras fuentes. 4.-Gestionar la reivindicación o la cesión o venta al Estado o la adquisición a cualquier título por éste, de los Monumentos Nacinales que sean de propiedad particular. 5.-Reglamentar el acceso a los Monumentos Nacionales y aplicar o, en su defecto, proponer al Gobierno las medidas administrativas que sean conducentes a la mejor vigilancia y conservación de los mismos. 6.-Conceder los permisos o autorizaciones para excavaciones de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico en cualquier punto del territorio nacional, que soliciten las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras en la forma que determine el Reglamento, y 7.-Proponer al Gobierno el o los Reglamentos que deban dictarse para el cumplimiento de la presente ley. Artículo 7º-El Consejo de Monumentos Nacionales queda asimismo facultado para: 1.--Editar o publicar monografías u otros trabajos sobre los Monumentos Nacionales. 2.-Organizar exposiciones como medio de difusión cultural del patrimonio histórico, artístico y científico que le corresponde custodiar. Artículo 8º- Las autoridades civiles, militares y de carabineros tendrán la obligación de cooperar con el cumplimiento de las funciones y resoluciones que adopte el Consejo, en relación con las funciones y resoluciones que adopte, en relación con la conservación, el cuidado y la vigilancia de los Monumentos Nacionales. TITULO III De los Monumentos Históricos Artículo 9º-Son Monumentos Históricos los lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que por su calidad e interés histórico o artístico o por su antigüedad, sean declarados tales por Decreto Supremo, dictado a solicitud y previo acuerdo del Consejo. Artículo 10.- Cualquiera autoridad o persona puede denunciar por escrito ante el Consejo la existencia de un bien mueble o inmueble que pueda ser considerado Monumento Histórico, indicando los antecedentes que permitirían declararlo tal. Artículo 11.-Los Monumentos Históricos quedan bajo el control y la supervigilancia del Consejo de Monumentos Nacionales y todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos, estará sujeto a su autorización previa. Los objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico no podrán ser removidos sin autorización del Consejo, el cual indicará la forma en que se debe proceder en cada caso. Artículo 12.-Si el Monumento Histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente; no podrá destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, el que determinará las normas a que deberán sujetarse las obras autorizadas. Si fuere un lugar o sitio eriazo, éste no podrá excavarse o edificarse, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, como en los casos anteriores. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de uno a cinco sueldos vitales, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 38 de esta ley y de la paralización de las obras mediante el uso de la fuerza pública. Artículo 13.-Ninguna persona natural o jurídica chilena o extranjera podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por el Reglamento el que fijará las normas a que deberán sujetarse dichas excavaciones y él fijará las normas a que deberán sujetarse dichas excavaciones y el destino de los objetos que en ellas se encontraren. Artículo 14.-La exportación de objetos o bienes muebles que tengan el carácter de Monumentos Históricos queda sujeta a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Nº 16.441, de 22 de febrero de 1966, previo informe favorable del Consejo. Artículo 15.-En caso de venta o remate de un Monumento Histórico de propiedad particular, el Estado tendrá preferencia para su adquisición, previa tasación de dos peritos nombrados paritariamente por el Consejo de Monumentos Nacionales y por el propietario del objeto. En caso de desacuerdo, se nombrará un tercero por el Juez de Letras de Mayor Cuantía del Departamento del domicilio del vendedor. Las Casas de Martillo deberán comunicar al Consejo de Monumentos Nacionales, con una anticipación mínima de 30 días, la subasta pública o privada de objetos o bienes que notoriamente puedan constituir monumentos históricos, acompañando los correspondientes catálogos. El Consejo tendrá derecho preferente para adquirirlos. Corresponderá a la Dirección de Casas de Martillo aplicar las sanciones a que haya lugar. Artículo 16.-El Consejo de Monumentos Nacionales podrá pedir a los organismos competentes la expropiación de los Monumentos Históricos de propiedad particular que, en su concepto, convenga conservar en poder del Estado. TITULO IV De los Monumentos Públicos Artículo 17.-Son Monumentos Públicos y quedan bajo la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales las estatuas, columnas, fuentes, pirámides, placas, coronas, inscripciones y, en general, todos los objetos que estuvieren colocados o se colocaren para perpetua memoria en campos, calles, plazas y paseos o lugares públicos. Artículo 18.-No podrán iniciarse trabajos para construir Monumentos o para colocar objetos de carácter conmemorativo, sin que previamente el interesado presente los planos y bocetos de la obra en proyecto al Consejo de Monumentos Nacionales y sólo podrán realizarse estos trabajos una vez aprobados por el Consejo, sin perjuicio de las disposiciones legales vigentes. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de uno a cinco sueldos vitales, sin perjuicio de ordenarse la paralización de las obras. Artículo 19.-No se podrá cambiar la ubicación de los Monumentos Públicos, sino con la autorización previa del Consejo y en las condiciones que establezca el Reglamento. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de uno a cinco sueldos vitales, sin perjuicio de la restitución a su lugar de origen, a costa del infractor. Artículo 20.- Los Municipios serán responsables de la mantención de los Monumentos Públicos situados dentro de su respectiva Comuna. Los Intendentes y Gobernadores velarán por el buen estado de conservación de los Monumentos Públicos situados en las Provincias y Departamentos de su jurisdicción, y deberán dar cuenta al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier deterioro o alteración que se produzca en ellos. TITULO V De los Monumentos Arqueológicos, de las Excavaciones e Investigaciones Científicas correspondientes Artículo 21.-Por el solo ministerio de la ley, son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antro-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional. Para los efectos de la presente ley quedan comprendidas también las piezas paleontológicas y los lugares donde se hallaren. Artículo 22.-Ninguna persona natural o jurídica chilena podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma establecida por el Reglamento. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de cinco a diez sueldos vitales. Artículo 23.-Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deseen efectuar excavaciones de tipo antro-arqueológico y paleontológico, deberán solicitar el permiso correspondiente al Consejo de Monumentos Nacionales en la forma establecida en el Reglamento. Es condición previa para que se otorgue el permiso, que la persona a cargo de las investigaciones pertenezca a una institución científica extranjera solvente y que trabaje en colaboración con una institución científica estatal o universitaria chilena. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con la expulsión de los extranjeros del territorio nacional, la que se hará efectiva en conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 3.446, sin perjuicio del comiso de los objetos obtenidos en las excavaciones que hubieren realizado. Artículo 24.-Cuando las excavaciones hubieren sido hechas por el Consejo de Monumentos Nacionales, por organismos fiscales o por personas o corporaciones que reciban cualquiera subvención del Estado, los objetos encontrados serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento. Cuando las excavaciones o hallazgos hubieren sido hechos por particulares, a su costo, éstos tendrán derecho a recibir del Consejo un 10% del material extraído o encontrado, reservándose éste el derecho preferente para seleccionar y reservar aquel que considere de mayor interés científico, para los Museos del Estado. Artículo 25.-El material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, será repartido por iguales partes entre éstas y el Consejo, reservándose este último el derecho a la primera selección, y su distribución se hará por el Consejo según lo determine el Reglamento. La exportación del material cedido a dichas misiones se hará en conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley Nº 16.441 y en el Reglamento, previo informe favorable del Consejo. Artículo 26.- Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruiñas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de cinco a diez sueldos vitales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas a cargo de las obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo. Artículo 27.-Las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento. Artículo 28.-El Muso Nacional de Historia Natural es el centro oficial para las colecciones de la ciencia del Hombre en Chile. En consecuencia, el Consejo de Monumentos Nacionales deberá entregar a dicho Museo colecciones representativas del material obtenido en las excavaciones realizadas por nacionales o extranjeros, según lo determine el Reglamento. TITULO VI De la Conservación de los Caracteres Ambientales Artículo 29.-Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas. Artículo 30.-La declaración que previene el artículo anterior se hará por medio de decreto y sus efectos serán los siguientes : 1.-Para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, la que sólo se concederá cuando la obra guarde relación con el estilo arquitectónico general de dicha zona, de acuerdo a los proyectos presentados. 2.-En las zonas declaradas típicas o pintorescas se sujetarán al Reglamento de esta ley los anuncios, avisos o carteles, los estacionamientos de automóviles y expendio de gasolina y lubricantes, los hilos telegráficos o telefónicos y, en general, las instalaciones eléctricas, los quioscos, postes, locales o cualesquiera otras construcciones, ya sea permanentes o provisionales. TITULO VII De los Santuarios de la Naturaleza e Investigaciones Científicas Artículo 31.-Son santuarios de la naturaleza todos aquellos sitios terrestres o marinos que ofrezcan posibilidades especiales para estudios e investigaciones geológicas, paleontológicas, zoológicas, botánicas o de ecología, o que posean formaciones naturales, cuya conservación sea de interés para la ciencia o para el Estado. Los sitios mencionados que fueren declarados santuarios de la naturaleza quedarán bajo la custodia del Consejo de Monumentos Nacionales, el cual se hará asesorar para estos efectos por especialistas en ciencias naturales. No se podrá, sin la autorización previa del Consejo, iniciar en ellos trabajos de construcción o excavación, ni desarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiera alterar su estado natural. Si estos sitios estuvieren situados en terrenos particulares, sus dueños deberán velar por su debida protección, denunciando ante el Consejo los daños que por causas ajenas a su voluntad se hubieren producido en ellos. Se exceptúan de esta disposición aquellas áreas que en virtud de atribución propia, el Ministerio de Agricultura declare Parques Nacionales o tengan tal calidad a la fecha de publicación de esta ley. Artículo 32.- El Museo Nacional de Historia Natural, centro oficial de las colecciones de ciencias naturales, reunirá las colecciones de "tipos" en dichas ciencias. Las personas e instituciones que efectúen recolecciones de material zoológico o botánico, deberán entregar a este Museo los "holotipos" que hayan recogido. TITULO VIII De los canjes y préstamos entre Museos Artículo 33.-Los Museos del Estado, dependientes de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos podrán efectuar entre ellos canjes y préstamos de colecciones u objetos repetidos, previa autorización del Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, otorgada mediante resolución fundada. Artículo 34.-Los Museos del Estado podrán efectuar canjes y préstamos con Museos o instituciones científicas de carácter privado, siempre que su solvencia garantice el retorno de las especies o colecciones dadas en préstamo, lo que será calificado por el Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, previo informe del Conservador del Museo respectivo. El Reglamento determinará las condiciones y modalidades de estos canjes y préstamos. Artículo 35.-Los Museos del Estado podrán efectuar canjes de sus piezas o colecciones o darlas en préstamo a Museos extranjeros, en las condiciones establecidas en el artículo 43 de la ley Nº 16.441, previo informe favorable del Consejo de Monumentos Nacionales. Artículo 36.-Las piezas o colecciones pertenecientes a Museos o a instituciones científicas chilenas que se envíen al extranjero en préstamo o en canje o por otro título traslaticio de dominio, como asimismo las que se reciban de Museos o instituciones extranjeras, estarán exentas de todo impuesto, tasa, derecho o gravamen y su exportación o importación no estará sujeta a otro trámite que la comprobación, ante la Aduana respectiva, de la calidad en que se envían o se reciben, lo que será acreditado con un certificado del Consejo de Monumentos Nacionales, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Nº 16.441, en su caso. TITULO IX Bel Registro e Inscripciones Artículo 37.-Los Museos del Estado y los que pertenezcan a establecimientos de enseñanza particular, universidades, municipalidades, corporaciones e institutos científicos o a particulares, estén o no abiertos al público, deberán ser inscritos en el Registro que para este efecto llevará el Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que establezca el Reglamento. Deberán, además, confeccionar un catálogo completo de las piezas o colecciones que posean, el que deberá ser remitido en duplicado al Consejo. Anualmente, los Museos de los servicios y establecimientos indicados en el inciso primero deberán comunicar al Consejo de Monumentos Nacionales las nuevas adquisiciones que hubieren hecho durante el año y las- piezas o colecciones que hayan sido dadas de baja, facilitadas en préstamo o enviadas en canje a otros establecimientos similares. Los Museos que se funden en lo sucesivo, se inscribirán previamente en el Registro a que se refiere el inciso primero de este artículo. TITULO X De las Penas Artículo 38.-Los particulares que destruyan u ocasionen perjuicios en los Monumentos Nacionales o en los objetos o piezas que se conserven en ellos o en los Museos, sufrirán las penas que se establecen en los artículos 485 y 486 del Código Penal, sin perjuicio de la responsabilidad civil que les afecte, para la reparación de los daños materiales que hubieren causado en los aludidos Monumentos o piezas. Artículo 39.- Los empleados públicos que infringieren cualquiera de las disposiciones de esta ley o que de alguna manera facilitaren su infracción, serán suspendidos de sus cargos por el término de uno a seis meses, sin perjuicio de la sanción civil o penal que individualmente mereciere la infracción cometida. Artículo 40.-Las obras o trabajos que se inicien en contravención a la presente ley, se denunciarán como obra nueva, sin perjuicio de la sanción que esta ley contempla. Artículo 41.-Toda infracción a las disposiciones de la presente ley, que no esté expresamente contemplada, será castigada con una multa de uno a cinco sueldos vitales, sin perjuicio de las otras sanciones que correspondan, según la ley común. Artículo 42.-Se concede acción popular para denunciar toda infracción a la presente ley. El denunciante recibirá, como premio, el 20% del producto de la multa que se aplique. Artículo 43.-Cada vez que esta ley se refiera al sueldo vital, deberá entenderse el sueldo vital mensual, Escala A, para el Departamento de Santiago. Artículo 44.-Las multas establecidas en la presente ley serán aplicadas por el juez de letras que corresponda al lugar en que se cometa la infracción, a petición del Consejo de Monumentos Nacionales o por acción popular. TITULO XI De los recursos Artículo 45.-La Ley de Presupuestos de la Nación consultará anualmente los fondos necesarios para el funcionamiento del Consejo de Monumentos Nacionales y el cumplimiento de los fines que la ley le asigna. Los Juzgados de Letras ingresarán mensualmente en la Tesorería Fiscal respectiva, en una cuenta especial, a la orden del Consejo de Monumentos Nacionales, el producto de las multas que apliquen por infracciones a la presente ley. TITULO FINAL Artículo 46.- Derógase el Decreto-Ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925, y todas las disposiciones legales contrarias a la presente ley. Artículo 47.-El Presidente de la República dictará el Reglamento para la aplicación de la presente ley dentro de los 180 días siguientes a su publicación. Artículo 48.-Los permisos ya otorgados por el Consejo de Monumentos Nacionales, para excavaciones de cualquier naturaleza, quedarán automáticamente caducados si no se solicitaren nuevamente en el plazo de 30 días, desde la fecha de la publicación del Reglamento de la presente ley en el Diario Oficial, y en la forma que determine dicho Reglamento." El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-En discusión el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor KOENIG.-Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-El Diputado señor Koenig puede hacer uso de la palabra en el tiempo del Comité del PA-DENA. El señor KOENIG.-Señor Presidente, aun cuando está cerrado el debate, creo que es mi deber, como Diputado informante de la Comisión de Educación Pública, expresar la satisfacción con que ésta recibió, trató y aprobó el Mensaje del Ejecutivo con el cual inicia un proyecto de ley que consulta normas para la protección del Patrimonio Histórico Cultural del Estado. Esta iniciativa viene a llenar una sentida aspiración de quienes en nuestra Patria se han estado preocupando desde hace años por la conservación de nuestros monumentos históricos, arqueológicos y naturales, conscientes de que ellos representan un testimonio de tradiciones seculares, cargados del mensaje espiritual del pasado y que la humanidad los considera patrimonio común. Por lo tanto, todos debemos sentirnos responsables de su conservación ante las generaciones futuras, a las que nos vemos obligados a transmitirlas en toda la riqueza de su autenticidad. En Chile, como dice el Informe, hasta el año 1925, ningún texto jurídico o legal había sido sancionado acerca de la protección de los bienes artísticos, históricos y culturales de la Nación. El proyecto de ley que nos ocupa ahora tiene como finalidad específica adaptar, con espíritu técnico y científico, las disposiciones legales vigentes en materia de preservación del patrimonio cultural e histórico chileno a las condiciones existentes en el ámbito nacional. En resumen, su objeto no es otro que el de perfeccionar las disposiciones del Decreto-Ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925, con el fin de otorgarles un mayor grado de operancia, agilidad y eficacia en su aplicación. La importancia y la cuantía del programa general de conservación, protección, restauración, investigación y divulgación del patrimonio cultural nacional, cuya ejecución persigue el Consejo de Monumentos Nacionales, implica la utilización de recursos económicos y técnicos que, en ocasiones, puede exceder las posibilidades del Erario. Podríamos recordar al respecto las consecuencias económicas que se derivan de una adecuada protección del patrimonio cultural, por medio de la industria turística. A manera cíe ejemplo, podríamos citar aquí, entre muchos otros, la importancia que tendría para el país y la zona, una completa e integrada restauración de los castillos españoles del estuario del río Valdivia, que representan uno de los complejos defensivos más interesantes de la América española. No podemos dejar de mencionar en este plano los posibles aportes de una cooperación internacional entre países del hemisferio o a través de la Organización de Estados Americanos y aun de la UNESCO. Citaremos aquí también la conveniencia de vincular a esta tarea a países extracontinentales, en especial a España, dada la participación histórica de la madre patria en la formación de nuestro patrimonio y en atención a la comunidad de valores culturales que la unen a nuestro país. En el plano interno, dada la trascendencia económica que debe reconocerse a los bienes del Patrimonio Cultural, se hace altamente recomendable que su preservación y protección se tengan en cuenta en la formulación de los planes nacionales de desarrollo. Esta medida, que fusionaría a la vez los intereses generales del país y los intereses regionales en una suma coordinada de esfuerzo, represntaría un paso importante dirigido a salvaguardar y preservar para las futuras generaciones nuestras bellezas naturales y la herencia monumental y artística que nos legaron las culturas precedentes. Sería, además, un estímulo para las nuevas creaciones, ya que sus autores se sentirían inmersos en una tradición viva a la cual entregarían sus propias obras con esperanza y confianza. Termino anunciando los votos favorables de los Diputados democratacristia-nos al proyecto en discusión. He dicho. El señor BASSO.-Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Dentro de los diez minutos del Comité Radical, puede usar de la palabra Su Señoría. El señor BASSO.- Señor Presidente, muy plausible es la iniciativa del Supremo Gobierno destinada a presentar este proyecto de ley para proteger el patrimonio histórico y cultural del Estado. Yo deseo aprovechar la presencia del señor Ministro de Educación Pública en esta sesión para representar al Gobierno, y por qué no decirlo, al país, un lamentable olvido, yo diría, una lamentable ingratitud de parte de los chilenos y del Ejecutivo en cuanto a conservar el recuerdo, el lugar donde nació el Padre de la Patria, General don Bernardo O'Higgins. Como se decía aquí, don Bernardo O'Higgins nació en el pueblo de Chillan Viejo. Ahí, antes del terremoto de 1939, había una rancha, donde se decía que había nacido el procer de la Patria. Después del terremoto del año 1939 desapareció esa rancha y se colocó una especie de latón. Al respecto, habría que recordar un episodio. Llegó a Chile un alto jefe de la policía de Perú hace algunos años; quiso o tenía el propósito de saber y conocer dónde había nacido nuestro Padre de la Patria. Por tal motivo, viajó a Chillan y le pidió al señor Intendente de aquella época que lo llevara a Chillan Viejo. Este funcionario, avergonzado, condujo a este alto jefe de la policía peruana al lugar y encontró allí este latón. Al verlo, exclamó: ¡Qué vergüenza para todos los chilenos que se tenga en estas condiciones el sitio donde nació el Padre de la Patria! Hay en Chillan, señor Presidente, una institución formada hace muchos años, creada por una ley que patrocinó el Presidente Carlos Ibáñez del Campo y que dio fondos para levantar allí un monumento conmemorativo a Bernardo O'Higgins. El Gobierno del Presidente Alessandri también destinó recursos con ese mismo objeto; pero, hay que decirlo y quiero que lo escuche él señor Ministro de Educación Pública, no ha sido posible conseguir un solo centavo de parte del Gobierno del señor Frei. Aquí hay varios proyectos de ley presentados, uno de ellos vetado por el Presidente de la República, que entregaba fondos para este monumento conmemorativo. Aprovecho esta oportunidad en que el señor Ministro de Educación Pública demuestra su preocupación por proteger nuestro patrimonio histórico, para pedirle que interceda ante el Presidente de la República, para que el Gobierno proporcione los recursos necesarios para que se pueda terminar en el pueblo de Chillan Viejo, donde nació el general Bernardo O'Higgins, Padre de la Patria, este monumento, cuya construcción se inició hace muchos años y donde ahora hay pastizales, piedras y abandono, lo que entristece no sólo a los chillanejos, sino que a todos los chilenos. Nada más. El señor MONTES.-Pido la palabra, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MONTES.- Señor Presidente, nosotros quisiéramos exponer muy brevemente nuestra opinión sobre este proyecto, que consideramos necesario, toda vez que, como se expresa en sus principios fundamentales, deben tomarse medidas y dictarse normas, disposiciones, leyes que signifiquen preservar, no sólo para las actuales generaciones, sino que también para las futuras, estos legados culturales. Por lo tanto, nosotros estamos a favor del proyecto y lo votaremos así. Sólo tenemos algunas pequeñas dudas respecto a la redacción de determinados artículos, y quisiéramos pedirle al señor Diputado informante que nos expresara cual es el juicio de la Comisión acerca de ellos, porque nosotros, por lo menos el Diputado que habla, no participamos en la discusión del proyecto en la Comisión de Educación. Observo, por ejemplo, que el artículo 18 contiene una disposición que, en general, estimo justa, aun cuando pudiera parecer un tanto excesiva. Establece que "no podrán iniciarse trabajos para construir Monumentos o para colocar objetos de carácter conmemorativo, sin que previamente el interesado presente los planos y bocetos de la obra en proyecto al Consejo de Monumentos Nacionales, etcétera". Evidentemente, el alcance de esta disposición, al tenor del contexto general del proyecto, es más o menos clara; pero tenemos que examinar también la letra del precepto. Y yo creo que podría ser exagerada esta segunda frase. La primera señala: "No podrán iniciarse trabajos para construir monumentos", y la segunda, agrega: "o para colocar objetos de carácter conmemorativo," sin especificar qué clase de objetos conmemorativos. Estaríamos de acuerdo en precisar que se trata de objetos de carácter histórico-conmemorativo, porque, de otro modo, la expresión podría abarcar una gama muy amplia de materias que podríamos considerar sin importancia, desde el punto de vista de la Historia, del Arte -como se me señala- y cuya colocación podría encontrar trabas en el texto mismo de esta disposición, por lo cual yo creo que, si ella no se ha visto en particular, podría examinarse con el objeto de ser tenida en cuenta para mejorarla. En todo caso, habría que precisar el contenido y el sentido de esta frase: "objetos de carácter' conmemorativo". Evidentemente que, llegando al extremo, podríamos acercarnos también un poco al ridículo. No es esa mi intención, ni creo que así podría interpretarse en adelante, de ser ella aprobada,, una disposición de esta naturaleza; pero en fin, ella se refiere a objetos de carácter conmemorativo, que puede ser una corona, puede ser una placa pequeña, etcétera. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Diputado, el señor Ministro desea solicitarle una interrupción, sin perjuicio del tiempo de Su Señoría. El señor MONTES.-Como no, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación).-En realidad, yo preferiría que el señor Montes terminara su exposición para en seguida aclararle las dudas que a él se le han presentado en cuanto al articulado del proyecto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Montes. El señor MONTES.-En cuanto a esta materia, señor Presidente, aunque yo creo es un detalle, como lo comprendo, en todo caso, un afinamiento y una declaración más expresa sobre el alcance de esta disposición podría mejorar el proyecto que, sin embargo, a mí me parece claro. En el artículo Nº 25, señor Presidente,, aparece también una disposición cuyo alcance creo entender; pero me gustaría que ya sea el Diputado informante, o el señor Ministro pudieran aclararla. La disposición expresa que "el material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, será repartido por iguales partes entre éstas y el Consejo, reservándose este último el derecho a la primera selección..." Este artículo 25 a mí me parece excesivamente benevolente, porque el espíritu de todas las disposiciones de esta ley tiende a resguardar el patrimonio artístico nacional, o sea, precisamente el material artístico y cultural de nuestro país. En consecuencia, creo que ésta es, realmente, una disposición demasiado generosa porque, tratándose de misiones científicas extranjeras dispone que debe repartirse "miti miti", por decirlo así, el material obtenido en los hallazgos o excavaciones, o sea, determinados tesoros culturales, artísticos, etcétera, de nuestro país. Repito que no entiendo bien cuál es la razón de esto. Puede tener fundamentación económica, evidentemente, porque podemos suponer que una misión científica extranjera que, a su propio riesgo, realiza determinado tipo de trabajo, finalmente tiene que obtener también algún resultado pecuniario al término de él. Pero, en todo caso, yo creo que esto no justifica la excesiva benevolencia con que es tratado el problema en esta disposición. Luego, en el número uno del artículo 30, se plantea también una observación que yo creo debe ser esclarecida. Se expresa : "Para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales,..." etcétera; y luego se establecen determinadas normas para obtenerla. Yo pienso que esta disposición habría que precisarla un poco más, porque ella podría ser, como en el primer caso que planteé, extraordinariamente amplia. Recién el Diputado señor Basso, por ejemplo, recordaba a Bernardo O'Higgins que nació en Chillan Viejo. Allí está la casa en que nació el procer de la independencia nacional, y ella está considerada como monumento nacional. Pues bien, de acuerdo al Título VI, que trata "De la Conservación de los Caracteres Ambientales", la zona en que está ubicada esta casa podría ser considerada típica o pintoresca. Entonces, para ejecutar en esa zona obras de reconstrucción o de mera conservación, en el fondo, para realizar determinados adelantos desde el punto de vista de los intereses de la población, se requerirían una serie de trámites que, a mi juicio, dificultarían, en último término, el progreso de la gente que vive en el lugar. Teniendo en cuenta este ejemplo, que puede ser valedero en muchos otros casos, yó planteo también mi duda acerca de la excesiva tolerancia, diría yo, o atribuciones que se entregan al Consejo de Monumentos Nacionales para resolver en relación a este problema. Las dos observaciones que he formulado en particular son, simplemente, consideraciones muy secundarias, adjetivas, que no dicen relación con el fondo del problema, y mi ánimo al plantearlas ha sido, evidentemente, tratar de obtener un mejoramiento de esta disposición legal que, en su contexto, nos parece un avance extraordinariamente positivo en nuestra legislación actual porque crea organismos, entrega una orientación, plantea un criterio en relación a un problema de extraordinaria importancia. Por estas razones, creo que la Cámara no vacilará en aprobar, como lo hacemos nosotros en este instante, la valiosa iniciativa que se ha puesto en discusión esta tarde en la Cámara. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Ha terminado eí tiempo de 10 minutos que concede a cada Comité el artículo 129 del Reglamento. A continuación, puede hacer uso de la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación).-Muchas gracias, señor Presidente. En primer lugar, me felicito de las palabras que acabo de escuchar al Diputado señor Jorge Montes, a nombre de la representación del Partido Comunista, en el sentido de reconocer que este proyecto significa un avance positivo en la legislación actual y que realmente se trata, mediante él de proteger en forma efectiva el patrimonio histórico-cultural del país. La elaboración de este proyecto ha demandado más o menos un año y en su preparación han intervenido todos los miembros que actualmente componen el Consejo de Monumentos Nacionales, sin perseguir otra finalidad que el proteger en forma más adecuada -repito- nuestro patrimonio histórico-cultural. El Diputado informante ha dado cuenta de las consideraciones que tuvo en vista la Comisión para aprobar este proyecto, que son semejantes a las que tuvo en vista el Ejecutivo para proponerlo a la Honorable Cámara. Al señor Diputado lo preocupa el sentido y el alcance de algunas disposiciones, que me voy a permitir esclarecer. En primer lugar, tiene dudas respecto de la redacción del artículo 18, que establece que "no podrán iniciarse trabajos para construir Monumentos o para colocar objetos de carácter conmemorativo, sin que previamente el interesado presente los planos y. bocetos de la obra en proyecto al Consejo de Monumentos Nacionales..." A través de esta disposición se busca, fundamentalmente, que no exista una proliferación de monumentos en los cuales se construyan o se realicen trabajos o se coloquen objetos de carácter histórico conmemorativo. El verdadero sentido y alcance de esta disposición es, entonces, el que señalaba el señor Montes, puesto que en ella nos referimos a objetos de carácter histórico conmemorativo y no simplemente conmemorativo. Tal vez habría sido más preciso haber colocado la frase "histórico conmemorativo"; pero, como todo el proyecto trata de la protección del patrimonio histórico cultural, no lo consideramos adecuado. Sin embargo, por el alcance que hace el señor Diputado, creo que la redacción se mejoraría agregando la palabra "histórico". Yo no tendría ningún inconveniente en proponer esta enmienda al ser discutido el proyecto en el Senado porque, realmente, ese es el sentido y alcance de la disposición en referencia. La segunda duda del señor Diputado se refiere al artículo 25, que establece que "el material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, será repartido por iguales partes entre éstas y el Consejo, reservándose este último el derecho a la primera selección y su distribución se hará por el Consejo según lo determine el Reglamento." ¿De qué se trata? Se trata de lo siguiente. En nuestro territorio se pueden realizar obras y excavaciones, tanto por misiones científicas nacionales como extranjeras. Creo que de algún modo hay que estimular también las obras que puedan ser realizadas por misiones científicas extranjeras, porque bien se sabe que estas excavaciones son extraordinariamente costosas. En consecuencia, si una misión extranjera, cualquiera que sea su país de origen, está dispuesta a colaborar con Chile en el descubrimiento de su patrimonio histórico cultural, evidentemente que no hay inconveniente alguno, en que, cuando obtenga resultados en sus excavaciones, el 50 por ciento del material hallado en las excavaciones sea del dominio de la respectiva misión y el otro 50 por ciento sea entregado al Consejo de Monumentos Nacionales. Hay que tener también en consideración, y creo que con esto contesto a una observación que tal vez estaba implícita en el alcance que hizo el señor Montes, que el hecho de reconocer a una misión científica extrajera el dominio sobre estas piezas arqueológicas no significa, en modo alguno, que pueda sacarlas del país, sino que podrá, por ejemplo, organizar con ellas un museo en Chile, para lo cual podrán disponer de ese 50 por ciento. Para sacarlas del país, rige otra disposición. La ley Nº 16.441 establece en su artículo 43 que "sólo el Presidente de la República, por decreto fundado, podrá autorizar la extracción, fuera del territorio nacional, de partes de edificios o ruinas históricas o artísticas...". En consecuencia, si viene una misión científica extranjera y hace excavaciones en Chile, a ella le corresponde un 50 por ciento de los objetos que extraiga de dichas excavaciones; pero para organizar un museo en Chile. En caso de que quiera sacarlos del país, tiene que cumplir otra modalidad, cual es pedir autorización al Presidente de la República, quien incluso podrá denegarla, aun cuando esta autorización se refiere al 50 por ciento que sería del dominio de la misión extranjera. Esta es la manera como, en todos los países del mundo, se ha dado la posibilidad de que puedan interesarse arqueólogos extranjeros o sociedades extranjeras en ayudar a realizar los descubrimientos de las riquezas arqueológicas nacionales, lo cual es bastante costoso. La otra observación del señor Montes se refiere a la interpretación del artículo 30, número 1, en el cual se establece: "La declaración que previene el artículo anterior se hará por medio de decreto y sus efectos serán los siguientes: "1.-Para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, la que sólo se concederá cuando la obra guarde relación con el estilo arquitectónico general de dicha zona, de acuerdo a los proyectos presentados". Hay ciertas zonas de una enorme riqueza, tanto típica y pintoresca como arqueológica. Voy a poner un solo ejemplo: la Isla de Pascua. Evidentemente, por su estilo, la Isla de Pascua es un monumento nacional, y no se puede autorizar allí cualquiera construcción, porque construir en esa isla, pongamos por caso, un hotel con un extraordinario "confort" de acuerdo a la línea arquitectónica moderna, como la del Hotel Carrera, por ejemplo, sería, sencillamente, un disparate, porque con ello se rompería toda la unidad típica de la isla, que tenemos la obligación de conservar. En consecuencia, si se quiere construir un hotel, o cualquier otro edificio, incluso edificios de departamentos, debemos procurar que sea dentro del estilo de los que hay en la Isla de Pascua, de tal manera que no se rompa la armonía, que es obligación nuestra conservar. Este es el sentido. Estoy de acuerdo con el Diputado señor Montes en cuanto a este criterio, que no va a ser aplicado por el Ejecutivo, sino por el Consejo de Monumentos Nacionales, que está integrado por especialistas. Que va a limitar el derecho al dominio. No cabe ninguna duda. Que puede limitar el progreso de una zona. Tampoco cabe ninguna duda. Y vuelvo al ejemplo de la Isla de Pascua. No nos interesa el progreso de una zona, desde el punto de vista material, sino la riqueza arqueológica, que tenemos la obligación de preservar, porque pertenece a la nación entera. Ese es el sentido y alcance de esta disposición. La prevención no tiene otro objeto que mantener ciertos lugares, que en nuestro país son bastante escasos, pero que es necesario conservar, porque de otra manera desaparecerían en su sentido unitario. El señor PONTIGO.-Señor Ministro, ¿podría concederme una interrupción? El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).-Con todo gusto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Su Señoría no dispone de tiempo. El Comité Comunista ya hizo uso de los diez minutos que le otorga el Reglamento. Pero con la venia de la Sala, podría hacer uso de la interrupción. ¿Habría acuerdo? Acordado. Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría. El señor PONTIGO.-Muchas gracias, señor Presidente. Señor Ministro, -y perdóneme usted- sólo de paso he leído el proyecto y no he encontrado ninguna disposición que establezca algo así como un registro de las piezas o colecciones arqueológicas privadas. En el país, especialmente en las provincias de Coquimbo y Atacama, hay muchas personas que se' han dedicado -con bastante entusiasmo y gran sentido práctico y cultural- a la búsqueda de esta clase de piezas. De ahí que, si no lo hay, podría considerarse la posibilidad de incluir en este proyecto algún artículo que obligara al Consejo de Monumentos Nacionales a llevar un registro de estas piezas o colecciones en poder de particulares, ya que ellas constituyen parte del patrimonio nacional, y aun cuando estén en poder de particulares, existe la conveniencia de tenerlas a mano. Más aún, si estas colecciones son grandes, por sobre 20, 30 ó 40 piezas, una parte de ellas debería pasar, desde el momento en que entre en vigencia la ley, a propiedad del Consejo de Monumn-tos Nacionales, como un modo de defender esta riqueza en beneficio del país. Quizás si estas ideas, mal expuestas y mal hilvanadas, pudieran servir, una vez fijado les conceptos, no diré para mejorar, sino para ampliar las ideas contenidas en este proyecto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).-Señor Presidente, me hago cargo de la observación del señor Diputado. Efectivamente, se discutió y consideró que la riqueza arqueológica en manos del Estado, de museos o de particulares pertenece a la comunidad entera, que está obligada a protegerla y a saber en manos de quiénes se encuentran las piezas que la forman. El artículo 37, dice relación a la observación formulada por el señor Diputado, y dispone expresamente: "Los Museos del Estado y los que pertenezcan a establecimientos de enseñanza particular, universidades, municipalidades, corporaciones e institutos científicos o a particulares, estén o no abiertos al público, deberán ser inscritos en el Registro que para este efecto llevará el Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que establezca el Reglamento. "Deberán, además, confeccionar un católogo completo de las piezas o colecciones que posean, el que deberá ser remitido en duplicado al Consejo". En esta forma, creemos que se llevará un registro completo de todas las piezas arqueológicas que existen en el país. Por otra parte, el artículo 12 establece que: "Si el Monumento Histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente; no podrá destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, el que determinará las normas a que deberá sujetarse las obras autorizadas. "Si fuere un lugar o sitio eriazo, éste no podrá excavarse o edificarse, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, como en los casos anteriores". Incluso se establece una multa y una sanción para el caso de infracción. Es decir, no solamente se está resguardando el patrimonio histórico cultural que se halla en poder del Estado, sino que también el que está en manos de particulares, estableciendo para ello una serie de limitaciones esenciales con respecto al dominio, transferencia, destrucción o modificación de estos bienes. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Turna, ruego tomar asiento! ¡Señor Turna, llamo al orden a Su Señoría! Tiene la palabra la Diputada señora Inés Aguilera, dentro del tiempo del Comité Democrataeristiano. La señor AGUILERA, doña María Inés. -Señor Presidente, sólo dos palabras. Me había correspondido dar el informe de la Comisión de Hacienda, pero como no hubo tiempo para hacerlo, de acuerdo con el Reglamento, ahora me voy a limitar a decir que la Comisión, al estudiar los artículos 3º, 4º, 36 y 45, y después de oír los antecedentes del asesor jurídico del Ministerio de Educación Pública, don Luis Grez, acordó aprobarlos en los mismos términos en que lo había hecho la Comisión de Educación. En cuanto a las observaciones al artículo 25, si bien es cierto que el señor Ministro ya dio respuesta, quiero destacar algo de su primer inciso, que dice: "El material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, será repartido por iguales partes entre éstas y el Consejo" -y aquí viene lo que quiero recalcar- "reservándose este último el derecho a la primera selección...". Es decir, el Consejo, en este caso, tendría derecho a escoger lo que le parezca más conveniente. Es decir, el proyecto no tiene otra finalidad que adaptar, con espíritu técnico y científico, las disposiciones vigentes en materia de preservación del patrimonio histórico chileno, a las condiciones sociales, económicas y culturales existentes en el territorio nacional. En suma, la finalidad de esta nueva iniciativa legal no es otra que la de perfeccionar las disposiciones del Decreto-Ley Nº Nº 651, de 17 de octubre de 1925, con el fin de otorgarles un mayor grado de operancia, agilidad y eficacia en su aplicación. Eso sería todo, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Tiene la palabra el Diputado señor Zepeda. El señor ZEPEDA COLL.-Señor Presidente, los Diputados del Partido Nacional votaremos, en general, favorablemente este proyecto, porque sus disposiciones son altamente útiles para la finalidad propuesta por el Ejecutivo. Creemos necesaria la dictación de una ley así, como una manera de proteger los monumentos históricos de nuestra patria; de permitir la promoción e instalación de otros monumentos y, en general, de proteger el patrimonio artístico y cultural de Chile. Tenemos, sí, algunas reservas respecto del artículo 12. La señora AGUILERA, doña María Inés.-¿Del artículo 12? El señor ZEPEDA COLL.- Del 12, exactamente. En este artículo se impone una serie de obligaciones a los particulares dueños de monumentos históricos. Pero puede ocurrir el caso de particulares que se vean en la necesidad económica de tener que enajenar un bien, que además es monumento histórico, o que no estén en situación económica aceptable para mantenerlo debidamente o que no puedan realizar las reparaciones que este artículo aconseja y establece, con lo cual estas personas estarían expuestas a que se les aplicaran las sanciones contempladas en esta misma disposición. Creo que la mejor manera práctica de hacer operar el artículo 12, sería la de permitir la expropiación del monumento histórico por la institución que se crea por este proyecto de ley, dándole preferencia para adquirirlo en el caso de que su propietario no pudiere mantenerlo en la forma debida o no pudiera realizar las reparaciones del caso. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Lorca, don Gustavo; señor Basso, les ruego tomar asiento. El señor ZEPEDA COLL.- El señor Ministro me pide una interrupción, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia del señor Zepeda, puede hacer uso de la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).-Señor Presidente, agradezco al señor Zepeda que me haya concedido una interrupción, porque me permitirá aclararle el sentido y alcance del artículo 12 del proyecto en discusión. Esta disposición establece que "si el Monumento Histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente; no podrá destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización". O sea, puede enajenarlo, pero el nuevo adquirente tampoco puede destruirlo, transformarlo o repararlo. Es decir, el dueño de un monumento nacional tiene la obligación de conservarlo, pero no puede usar, gozar o disponer de él arbitrariamente, ni repáralo ni transformarlo, pero sí enajenarlo. Tomando el ejemplo del Diputado señor Zepeda, puede darse el caso de que un particular necesite, por razones económicas, enajenar un inmueble que sea monumento histórico, pero tendría que hacerlo con las mismas limitaciones que el dominio tenía para él. De otro modo -se comprende- si se le autoriza para transformarlo o repararlo, se destruiría como monumento histórico. En relación con esto, el artículo 15 establece que "en caso de venta o remate de un Monumento Histórico de propiedad particular, el Estado tendrá preferencia para su adquisición, previa tasación de dos peritos nombrados paritariamente por el Consejo de Monumentos Nacionales y por el propietario del objeto. En caso de desacuerdo, se nombrará un tercero por el Juez de Letras de Mayor Cuantía del Departamento del domicilio del vendedor". Es una expresa ratificación de que un monumento nacional es susceptible de enajenación, pero con las limitaciones a que he hecho referencia, con prioridad por parte del Estado para su adquisición. Gracias, señor Diputado. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Zepeda. El señor ZEPEDA COLL.-Señor Presidente, en ningún caso pretendo que se autorice la destrucción de un monumento nacional, sino que se arbitren toda clase de medidas para su conservación. Pero no tenemos que ser muy pragmáticos para darnos cuenta de que puede ocurrir que no se aplique, como deseamos, este artículo 12. Si una persona dueña de una propiedad, que es monumento nacional, no puede mantenerlo en la forma debida, porque no tiene medios suficientes para hacerlo; o no lo quiere enajenar, porque no le conviene hacerlo, vamos a estar en situación de permanente incertidumbre acerca del futuro de este bien, que es monumento histórico nacional. Por eso, creo que es necesario complementar este artículo 12, en el sentido de facultar a esta institución, a este Consejo que se crea, para proponer la respectiva expropiación, no de acuerdo con lo que dispone otro artículo después,- sino aquí mismo, en este caso, cuando el dueño no pueda mantener debidamente el monumento a causa de su situación económica precaria o cuando le sea indispensable para seguir viviendo, para seguir subsistiendo, tener que hacer alrededor construcciones que, evidentemente, perjudicarían el monumento histórico. Si el señor Ministro y la Honorable Cámara lo tuvieran a bien, me permitiría proponer que se agregara un inciso en este artículo 12, a fin de que se pudiera declarar de utilidad pública aquel monumento histórico que fuera inmueble de propiedad particular, si el propietario no pudiera conservarlo en la debida forma. No sé si el señor Ministro estaría de acuerdo con que complementáramos esa disposición. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -En el Senado. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Le concede una interrupción al señor Ministro? El señor ZEPEDA COLL.- Sí, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-El señor Ministro puede hacer uso de la interrupción. El señor" PACHECO (Ministro de Educación).-Gracias, señor Diputado. En realidad, me parece que el mecanismo, tal como aquí se ha establecido, en el sentido de que esa propiedad es susceptible de enajenación, no va a perjudicar gravemente a un particular. Esto, por una parte. Algún perjuicio, evidentemente, va a sufrir. Pero, en tal caso, hay un conflicto de intereses; está el interés particular, que generalmente es de orden económico, y por otro lado, está el interés de toda la nación por preservar un patrimonio histórico. Imaginemos, por ejemplo, que la Casa Colorada fuera de dominio privado. El dueño, en vista de su ubicación, querría vender ese inmueble; pero, por otro lado, estaría el interés de toda la comunidad chilena para conservarlo, porque forma parte del patrimonio histórico y cultural de la República de Chile. En consecuencia, en ese conflicto de intereses, no me cabe ninguna duda -conociendo el pensamiento del señor Diputado- de que tenemos que optar por el interés común, frente al interés individual. Ahora, respecto del inciso que Su Señoría sugiere, no estoy en condiciones, en este momento, de entrar a aceptarlo; pero estoy llano, sí, a conversar con el señor Diputado, para ver si esto no rompería la estructura del sistema. En tal caso, si no fuera así, podría perfectamente agregarse un inciso semejante en la discusión en el Senado. Estoy llano a conversarlo con el señor Diputado. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Zepeda. El señor ZEPEDA COLL.-Señor Presidente, el señor Ministro ha interpretado fielmente mi pensamiento y mi intención, en el sentido de que lo que aquí prevalece es el interés del país y de nuestros, conciudadanos para mantener esta clase de monumentos. Peroren el hecho, puede suceder que el particular sea negligente. .. El señor VALDES (don Arturo).-Se "jode" El señor ZEPEDA COLL.- ...o no pueda mantener en debida forma el monumento nacional. No sacamos absolutamente nada, como dice el señor Valdés, con su lenguaje folklórico, con sancionar al particular si se ha destruido el monumento. Lo que nos interesa no es sancionar al particular negligente, sino mantener el monumento. Por eso, cuando un particular no pueda mantenerlo en la debida forma, debería, lisa y llanamente, expropiárselo, y no correr el riesgo de sancionarlo posteriormente, una vez destruido el monumento. Creo que ésa es la mejor forma de mantener los monumentos. Finalmente, respecto del artículo 18, tengo una serie de dudas, porque creo que lo que realmente debemos procurar en este país es que el mayor número de personas e instituciones se dedique a colocar objetos de carácter conmemorativo en el mayor número de lugares posible, y no precisamente establecer un trámite hasta cierto punto burocrático y que, en el hecho, lo único que va a hacer es entrabar que se coloquen los objetos conmemorativos, que muchas veces son de utilidad para los estudiantes y, en general, para nuestros conciudadanos. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala se dará por aprobado en general el proyecto. Aprobado. De los 48 artículos de que consta el proyecto, hay 47 que no han sido objeto de indicación, de tal manera que reglamentariamente se dan por aprobados. Hay una indicación, señores Diputados, presentada, en realidad, fuera de plazo. El artículo 129, mediante cuyo arbitrio han podido usar de la palabra, dice expresamente que los 10 minutos son para que los señores Comités puedan exponer su opinión. No obstante, por asentimiento unánime, podría aceptarse esta indicación, que viene firmada por Diputados de diversos Comités y que, en relación con el artículo 29, propone agregar, en la lista de los representantes del Consejo de Monumentos Nacionales, una última letra: "q) Un representante del Instituto de Conmemoración Histórica de Chile." Si le parece a la Sala, se aceptará esta indicación. Aceptada. Si les parece a los señores Diputados, se dará por, aprobada. Aprobada. La Mesa se hace el deber de pedir facultades para arreglar el texto de este artículo 2º en los siguientes términos: trasladar la conjunción "y" del final de la letra "o)" al final de la letra "p)" y, en seguida, en el inciso final, donde dice "El Presidente de la República designará cada tres años a los ocho últimos miembros. ..", remplazar "ocho" por "nueve". . ¿Habría acuerdo? Acordado. Terminada la discusión del proyecto. 14.- POLÍTICA ARMAMENTISTA ARGENTINA. DECLARACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SOBRE ESTA MATERIA. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Se ha manifestado a la Mesa que se ha retirado la oposición que se había hecho presente en relación con la declaración de la Comisión de Relaciones Exteriores. Si le parece a la Sala, se entraría a votar de inmediato esta declaración, que los señores Diputados ya conocen. Acordado. Si le parece a los señores Diputados, se dará por aprobada. El señor ACEVEDO.-Con la abstención de los Diputados comunistas. El señor OSORIO.-Con nuestra abstención. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la abstención de los Diputados comunistas y socialistas populares. Aprobada. -La declaración a que se refiere el acuerdo anterior dice asi: "La CAMARA DE DIPUTADOS de Chile, consecuente con su criterio en materia de armamentismo y con su acuerdo de fecha 10 de octubre de 1967, formula la siguiente Declaración: "La CAMARA DE DIPUTADOS de Chile ha tomado nota de las adquisiciones de armas realizadas por el Gobierno argentino, dentro del contexto de un plan de reequipamiento militar conocido por la denominación de "Plan Europa", que propicia, además, la creación de una industria bélica pesada en el país hermano. "De acuerdo a los antecedentes disponibles, considera que el plan de reequipamiento de las Fuerzas Armadas Argentinas sobrepasa en medida apreciable la simple renovación de material anticuado, tanto en lo que se refiere al volumen de las compras programadas, como por la adquisición de armas ofensivas cuyo uso no se concibe en América Latina. "En consecuencia, denuncia la intención de iniciar un proceso armamentista que puede obligar a todos los países a destinar a la compra de armamentos recursos que deben dedicarse al desarrollo social y económico. "Recuerda el compromiso solemne suscrito por los Presidentes de América en Punta del Este, en el sentido de limitar los gastos militares a las reales exigencias de la seguridad nacional y de aplicar el máximo de recursos disponibles a satisfacer las exigencias de desarrollo económico y progreso social de nuestros pueblos. "Declara que el respeto a los tratados y el sometimiento al derecho en el ámbito latinoamericano es la única base de entendimiento leal y constructivo entre naciones cuyo destino irrevocable es unirse para consolidar su soberanía política, defender sus intereses culturales y económicos, y cooperar a la preservación de la paz. "Afirma que, al no existir entre Argentina y Chile otro diferendo que el provocado por una errada interpretación argentina del Tratado de Límites de 1881, materia que Chile ha sometido al arbitraje de Su Majestad Británica, procede que el Gobierno argentino se haga parte en el juicio arbitral en cumplimiento del Tratado General de Arbitraje plenamente vigente y obligatorio para ambos países. "La CAMARA DE DIPUTADOS, más allá de las legítimas diferencias políticas e ideológicas propias de una democracia, respalda unánimemente las gestiones internacionales del Gobierno en esta materia y deposita su plena confianza en las instituciones armadas de Chile." 15.- CREACIÓN DE CONSEJOS REGIONALES DE TURISMO EN DIVERSAS PROVINCIAS. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-A continuación, entramos reglamentariamente a tratar el proyecto que crea los Consejos Regionales de Turismo para diversas provincias del país. Diputado informante de la Comisión de Economía y Transporte es el señor Eduardo Sepúlveda; y de la de Hacienda, el señor Merino. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 11.018, es el siguiente: "Artículo lº.-Créanse Consejos Regionales de Turismo para las provincias de Atacama y Coquimbo; de Aconcagua, Valparaíso y Santiago; de O'Higgins y Col-chagua; de Talca, Linares y Maule; de Ñuble; de Malleco y Cautín, y de Llanquihue y Chiloé, con la calidad de personas jurídicas de derecho público. Cada uno de estos Consejos será presidido por el Alcalde de la comuna de su sede, o su representante y los integrarán: a) Los Intendentes de las provincias que correspondan, o quienes éstos designen en su representación; Un representante de cada una de las provincias respectivas elegido por los correspondientes alcaldes; El Director de Turismo o quien éste designe; Un representante de la Corporación de Fomento de la Producción, y Un representante de las actividades turísticas privadas de la región. El Presidente de cada Consejo será su representante legal. "Artículo 2º.-El Consejo Regional de Turismo de Atacama y Coquimbo tendrá su domicilio en la ciudad de La Serena; el de Aconcagua, Valparaíso y Santiago, en Viña del Mar; el de O'Higgins y Col-chagua, en San Fernando; el de Talca, Linares y Maule, en Constitución; el de Ñuble en Chillan; el de Malleco y Cautín, en Temuco, y el de Llanquihue y Chiloé, en Puerto Varas, sin perjuicio de que puedan reunirse y adoptar acuerdos en otras ciudades de su jurisdicción. En las municipalidades de la sede correspondiente funcionará la Secretaría del respectivo Consejo. "Artículo 3º.-Los Consejos Regionales de Turismo se relacionarán con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, tendrán las funciones y atribuciones que establece esta ley y, para los efectos de lo dispuesto en el Título III del Decreto con Fuerza de Ley Nº 47, de 4 de diciembre de 1959, se considerarán como servicios funcional y territorialmente descentralizados. Sólo los gastos e inversiones que realicen quedarán sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República. Artículo 4º.-Corresponderá a los Consejos Regionales de Turismo: Estudiar, programar y realizar la promoción del turismo en la zona de su jurisdicción; Fomentar el turismo social, fundamentalmente el popular mediante la creación de establecimientos adecuados; la concesión de créditos a sindicatos, juntas de vecinos, centros deportivos y otros grupos legalmente organizados, y la promoción de las vacaciones escolares que establece la letra h) del artículo 2º de la ley Nº 15.720, de acuerdo con la Junta de Auxilio Escolar y Becas respectiva; Coordinar los planes municipales sobre fomento y desarrollo del turismo en la región; Proponer al Presidente de la República la inclusión de determinados bienes en el patrimonio turístico nacional; Fiscalizar el cumplimiento de las leyes y reglamentos sobre turismo y de sus propias resoluciones, denunciando las infracciones a las autoridades que corresponda; Concurrir a la formación o participar en sociedades cuyo giro consista en actividades turísticas; Informar, como requisito previo, la concesión para el uso exclusivo por particulares de playas de mar y riberas de lagos y ríos en los territorios de su jurisdicción; Autorizar y reglamentar la destinación transitoria de residencias particulares para el alojamiento de turistas. El funcionamiento de estos establecimientos estará exento del pago de patente municipal; 9) Autorizar y fiscalizar, de acuerdo con las normas de la Dirección de Turismo, los viajes colectivos de turismo de carácter comercial, pudiendo exigir las garantías necesarias a las empresas interesadas ; Establecer oficinas de turismo en la región o contratar su instalación con la Municipalidad respectiva u otros organismos públicos, o autorizar su explotación por particulares; Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para la consecución de sus fines, y Cumplir las funciones de la Dirección de Turismo o atribuciones de su Director que se les deleguen por decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 5º.-Las labores de fiscalización que esta ley encomienda a los Consejos Regionales de Turismo se ejercerán por éstos a través de las municipalidades o de los organismos administrativos competentes. "Artículo 6º.-Antes del lº de noviembre de cada año los Consejos deberán someter a la aprobación del Presidente de la República sus presupuestos anuales de inversiones y de gastos administrativos para el año calendario siguiente. El presupuesto de gastos administrativos consultará el pago a los Consejeros de una remuneración por sesión a que asistan que, en el caso de los Consejos de Atacama y Coquimbo; de Aconcagua, Valparaíso y Santiago; de O'Higgins y Colchagua, y de Talca, Linares y Maule, no podrá exceder mensualmente de un sueldo vital mensual escala A), del departamento de Santiago, y en el caso de los Consejos de Nuble; de Malleco y Cautín, y de Llanquihue y Chiloé no será superior a un diez por ciento del referido sueldo vital por sesión a que asistan. Este presupuesto comprenderá también el pago de las remuneraciones del personal administrativo, cuyo monto por cada Consejo no podrá ser superior al 3% del respectivo presupuesto de inversiones. El personal administrativo se regirá exclusivamente por el Código del Trabajo y leyes complementarias y tendrá la calidad de empleados u obreros de la actividad privada. "Artículo 7º.-El funcionamiento de los Consejos Regionales se financiará: Con los recursos que les otorgue la ley anual de presupuestos; Con los aportes que les acuerden las Municipalidades de la región; Con los intereses y amortizaciones de los préstamos que otorguen; Con las utilidades provenientes de las explotaciones comerciales que realicen, las rentas de arrendamiento que perciban y los derechos por las concesiones que otorguen, y Con los recursos que obtengan los respectivos Consejos en virtud de lo dispuesto en los artículos 11 y 13 de la presente ley. "Artículo 8º.-El Consejo Regional podrá requerir la colaboración de cualquier institución del sector público para la consecución de sus fines o realización de sus planes o programas. La ejecución de las obras de construcción que acuerde el Consejo, deberá hacerse a través de la Dirección de Obras Públicas, la que procederá de acuerdo a las normas que la rigen. "Artículo 9º.-Modifícase el artículo 5° de la ley Nº 4.940 en el sentido de que el Casino Municipal de Viña del Mar funcionará, además del tiempo señalado en dicho precepto legal, los días viernes, sábado y domingo, como también los días festivos y sus vísperas, en el período que media entre los días 16 de marzo y 14 de septiembre de cada año, todo de conformidad con los horarios que determine el Reglamento de esta ley. Podrá, sin embargo, prolongarse hasta en tres horas la jornada de los días domingo y festivos, llevándola hasta las 3 horas del día siguiente, siempre que se disminuya en igual número de horas la jornada correspondiente a los viernes o vísperas de fesitvo. Las salas de juego de dicho Casino, y las de cualquier otro ubicado en el país, dejarán; de funcionar, cada año, entre las 21 horas del día 24 de diciembre y las 18 horas del día 25 del mismo mes. "Artículo 10.-El valor de las entradas de acceso al Casino de Viña del Mar y sus salas de juego, como asimismo las utilidades líquidas de la explotación del establecimiento, exceptuada la participación de 33% de ella del Servicio Nacional de Salud1, que se produzcan en el período indicado en el artículo anterior, se destinarán íntegramente, en la forma y condiciones indicadas en los artículos 4º y 7º, a ser invertidos en los fines que esos artículos señalan. Artículo 11.-Para fijar el monto de las utilidades de la explotación del Casino Municipal de Viña del Mar, se confeccionarán dos balances: uno correspondiente a la temporada indicada en el artículo 5º de la ley Nº 4.940, de cuyas utilidades líquidas corresponden el 63% y el 67%, respectivamente, al Servicio Nacional de Salud y a la Municipalidad de Viña del Mar, y otro, correspondiente al período indicado en el artículo 9º de la presente ley, de cuyas utilidades líquidas, a su vez, corresponden el 33 % al Servicio Nacional de Salud, el 17% al Consejo Regional de Turismo de Atacama y Coquimbo y el 50% restante al de las provincias de Aconcagua, Valparaíso y Santiago. Para el solo efecto de determinar la participación del Servicio Nacional de Salud, el 33% que le corresponde en las utilidades líquidas de las dos temporadas se calculará sobre la cifra que resulte de descontar de las utilidades brutas el gasto efectivo producido en el año, con un tope máximo del 53% de las utilidades brutas indicadas en el presupuesto anual. La mayor utilidad líquida que de tal cálculo pudiera resultar para el Servicio Nacional de Salud, será de cargo exclusivo de la Municipalidad de Viña del Mar, sin que el mismo cálculo altere en nada las participaciones de los Consejos Regionales de Turismo de Atacama y Coquimbo y de Aconcagua, Vaparaíso y Santiago. La participación del Servicio Nacional de Salud, en lo que exceda del mínimo a que se refiere el inciso anterior, se destinará por el Servicio a la construcción, reparación, mejoramiento o habilitación de policlínicas, centros materno-infantiles, postas de primeros auxilios y adquisiciones de ambulancias para las provincias de Valparaíso y Aconcagua, de acuerdo con las prioridades que determine el Director General del Servicio con informe de los Directores de las Áreas de Salud de la zona, no pudiendo la cantidad destinada a tal objeto ser inferior a un 15% de la participación total que corresponda al Servicio. En todo caso, las participaciones sumadas del Servicio Nacional de Salud en las dos temporadas de funcionamiento del Casino, equivalente al 33% de las utilidades líquidas de ambas, no podrá ser inferior, en cada año, a la suma que le habría correspondido percibir en el mismo año, por la temporada indicada en el artículo 5º de la ley Nº 4.940, conforme al convenio pactado entre la Beneficencia Pública, hoy Servicio Nacional de Salud, y la Municipalidad de Viña del Mar, por escritura pública de fecha 30 de agosto de 1939, otorgada ante el notario de Valparaíso don Ernesto Cuadra Miranda. En el evento de serlas, el saldo, hasta completar ese valor, deberá pagarlo la Municipalidad de Viña del Mar. "Artículo 12.-Para determinar las utilidades del Casino Municipal de Viña del Mar durante el lapso indicado en el artículo 9º, se deducirá de las utilidades brutas del Casino, producidas en ese período, el costo de explotación del establecimiento en el mismo período, costo que se fija como máximo en una suma igual al 22% de la cifra presupuestada de las referidas utilidades brutas. Sin embargo, en materia de gastos por remuneración del trabajo del personal del Casino, incluso gastos: previsionales y beneficios sociales, sólo podrá imputarse al balance de la temporada indicada en el artículo 9º la parte de dichos gastos correspondientes a los días, efectivamente trabajados por dicho personal en la misma temporada, sin perjuicio de lo cual éste recibirá sus remuneraciones, correspondientes a todos los días de aquélla. En todo caso el costo de explotación del Casino Municipal de Viña del Mar durante el año calendario no podrá exceder del 55% de las utilidades brutas presupuestadas para el mismo año. El presupuesto anual de ingresos del Casino para las dos temporadas de funcionamiento del establecimiento, deberá, después de ser aprobado por la Municipalidad de Viña del Mar, ser sometido a la ratificación del Director del Servicio Nacional de Salud, quien deberá prestar o negar esa ratificación dentro del plazo de quince días contados desde la fecha en que la Municipalidad lo someta a su consideración. Si no se pronunciare dentro de dicho plazo, se entenderá ratificado el presupuesto. Si negare la ratificación, corresponderá al Ministro de Hacienda determinar el monto del presupuesto de ingreso, entendiéndose aceptado el presupuesto presentado por la Municipalidad si el Ministro no determinare aquel monto en la forma y plazo que determine el Reglamento de esta ley. Artículo 13.-Autorízase a los Consejos Regionales de Turismo de Atacama y Coquimbo; de Talca, Linares y Maule; de Ñuble; de Malleco y Cautín, y de Llanqui-hue y Chiloé para habilitar y explotar u otorgar en concesión sendos establecimientos para el esparcimiento y recreación turísticas en Peñuelas, departamento de Coquimbo; ten Constitución, departamento del mismo nombre; en las Termas de Chillan; en Pucón, departamento de Villarri-ca, y en el departamento de Puerto Varas, respectivamente, que funcionarán bajo el régimen de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 8° de la ley número 4.283, de 16 de febrero de 1928, y en el período que media entre el 15 de septiembre y el 15 de marzo del año inmediatamente siguiente, en los horarios y demás condiciones que fije el Presidente de la República. Las concesiones no podrán otorgarse sino por períodos hasta de cinco años renovables y de acuerdo con las bases que fije la Dirección de Turismo. "Artículo 14.-Los ingresos que produzcan las explotaciones directas o en concesión de los establecimientos a que se refiere el artículo anterior, descontados los gastos de explotación, se percibirán por los Consejos Regionales correspondientes para los fines que establecen los artículos 4º y 7º, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes. Artículo 15.-El Consejo Regional de Turismo de Atacama y Coquimbo deberá destinar primero estos ingresos y los que provengan de la aplicación del artículo 11, en lo que no corresponda a sus presupuestos de gastos administrativos, exclusivamente como aporte, en calidad de erogación caminera particular para los efectos legales, a la construcción y pavimentación de la parte chilena de la carretera definitiva entre La Serena y San Juan (República Argentina), hasta su terminación total. "Artículo 16.-El Consejo Regional de Turismo de Aconcagua, Valparaíso y Santiago, destinará el 10% de los recursos que se le asignan en el inciso primero del artículo 11 al financiamiento de la Orquesta Sinfónica Municipal de Viña del Mar y de la Orquesta de la Sociedad Filarmónica de Valparaíso, y un 15% de tales recursos a inversiones en las provincias de Valparaíso y Aconcagua, ya sea directamente o por medio de aportes, destinadas a la adquisición, construcción, mejoramiento o habilitación de edificaciones, locales, campos deportivos y sus dependencias, para el deporte no profesional. Las municipalidades respectivas debe-irán eaborar un plan de extensión que permita el funcionamiento de las orquestas referidas en el inciso anterior durante todo el año. Dicho plan deberá favorecer en forma especial a ciudades pequeñas y pueblos de las provincias de Valparaíso y Aconcagua. "Artículo 17.-El Consejo Regional de Turismo de Talca, Linares y Maule deberá destinar los ingresos del establecimiento de Constitución, como sigue: Un 30% a la Municipalidad de Constitución para su inversión en obras de adelanto de la comuna; Un 10% a la Municipalidad de Chanco para su inversión en obras de adelanto de la comuna; Un 10% a la Municipalidad de Cauquenes para su inversión en obras de adelanto de la comuna; Un 30% a la adquisición del terreno y a la construcción del Casino de Constitución y sus obras complementarias. Si el Consejo decidiere acumular estos recursos antes de iniciar las obras, deberá invertir tales fondos transitoriamente en la adquisición de certificados de ahorro reajustables del Banco Central de Chile; Un 10% a los fines de los artículos 4º y 7º de la presente ley, pero excluyendo de sus beneficios a las comunas de Constitución, Chanco y Cauquenes, y Un 10% como aporte, en calidad de erogación caminera particular para los efectos legales, para la construcción y pavimentación del camino definitivo que una a Cauquenes con Constitución. Artículo 18.-El Consejo Regional de Turismo de Malleco y Cautín deberá destinar los ingresos del establecimiento de Pucón, como sigue: a) Un 40% como aporte, en calidad de erogación caminera particular para los efectos legales, para la construcción y pavimentación de los caminos definitivos que unen a Victoria, Curacautín y Lonquimay hasta el límite con la República Argentina, en la provincia de Malleco, y a Freire, Villarrica, Pucón, Curarrehue hasta el límite de la República Argentina, en la provincia de Cautín; Un 30% a la Municipalidad de Pucón para su inversión en obras de adelanto de la comuna, y Un 30% a los fines de los artículos 4º y 7ºde la presente ley, pero excluyendo de sus beneficios a la comuna de Pucón. Terminadas las obras de la tetra a), los recursos correspondientes se destinarán también a los fines de los artículos 4º y 7º. Artículo 19.-El Consejo Regional de Turismo de Llanquihue y Chiloé deberá destinar los ingresos del establecimiento de Puerto Varas, como sigue: Un 30% como aporte, en calidad de eirogadión caminera particular para los efectos legales, para la construcción y pavimentación del camino definitivo (parte chilena) que una a Puerto Varas y Puerto Montt con San Carlos de Bariloche (República Argentina), hasta su terminación total. Un 30% a la Municipalidad de Puerto Varas para su inversión en obras de adelanto en la comuna. Un 30% a la adquisición del terreno y a la construcción del Casino de Puerto Varas y sus obras complementarias. Si el Consejo decidiere ¡acumular estos recursos antes de iniciar las obras, deberá invertir tales fondos transitoriamente en la adquisición de certificados de ahorro reajustabas del Banco Central de Chile. Un 10% a los fines de los artículos 4º y 7º, pero excluyendo de sus beneficios a la comuna de Puerto Varas. Terminadas las obras de las letras a) y c) los recursos correspondientes se destinarán también a los fines de los artículos 4º y 7º. "Artículo 20.-De la utilidad líquida que produzca la explotación del casino que se establezca en las Termas de Chillan de conformidad con las disposiciones de la presente ley, se destinará un 20% para el Centro Universitario de Ñuble de la Universidad de Chile. "Artículo 21.-Derógase el Nº 12 del D. P. L. Nº 237, de 28 de mayo de 1931. Artículo 22.-De los fondos contemplados en el artículo 27 de la ley Nº 16.624, correspondientes a la provincia de O'Hig-gins, la Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición del Consejo Regional de Turismo de O'Higgins y Colchagüa, las sumas necesarias para construir un hotel en San Fernando y una hostería en Las Nieves, y para terminar la pavimentación de los caminos de San Fernando a Pichilemu, en Colchagüa, y de Rengo a Las Nieves, en O'Higgins." El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Ofrezco la palabra. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-El Diputado señor Sepúlveda, informante de la Comisión de Economía y Transporte, puede hacer uso de la palabra. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Señor Presidente. En nombre de la Comisión de Economía y Transporte paso a informar el proyecto remitido por el Honorable Senado, con urgencia calificada de "simple", por el cual se crean Consejos Regionales de Turismo para las provincias de Atacama y Coquimbo; Aconcagua, Valparaíso y Santiago; O'Higgins y Colchagüa; Talca, Linares y Maule; Ñuble; Malleco y Cautín; y Llanquihue y Chiloé. Durante la discusión del proyecto, la Comisión contó con la colaboración de las siguientes personas: don Luis Fernando Luengo, Senador de la República; señora Lidia Zúñiga Godoy, Alcaldesa de la Municipalidad de Chillan; don Harol Hof-mann, alcalde de la Municipalidad de Puerto Varas; don Luis Eguiguren, Alcalde subrogante de la Municipalidad de Temuco; don Feliciano Morelli, Alcalde subrogante de la Municipalidad de Constitución; don José Prudencio Mora, Alcalde de la Municipalidad de Pucón; don Carlos Galleguillos, Alcalde de la Municipalidad de La Serena; don Guillermo Pinto, Secretario de la Municipalidad de Viña del Mar; don Manuel Llanos, Regidor de la Municipalidad de Viña del Mar; don Ernesto Noguera, abogado de la Municipalidad de Viña del Mar; don Víctor Sa-lazar, Subdirector del Departamento de Contabilidad de la misma Municipalidad; don Fernando Rosas, Director del Departamento Musical de la Universidad Católica de Valparaíso; don Romelio Araya, representante de los músicos componentes de la Orquesta Sinfónica dé Viña del Mar; don Darío Norambuena, Presidente del Sindicato Profesional de Empleados y Obreros del Casino Municipal de Viña del Mar; y los miembros de la directiva del señalado sindicato, señores Juan Aguirre, Daniel Estay, Osvaldo Navarro y Alfonso Pérez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado informante, ¿me permite? El Diputado señor Ramón Silva le solicita una interrupción. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Con mucho gusto se la concedo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Con la venia del señor Diputado, puede usar de la palabra el señor Silva. El señor SILVA ULLOA.-Señor Presidente, en él momento mismo en que inició el informe el colega señor Sepúlveda, quería consultarle sobre las razones para que no se haya establecido en este proyecto de ley la creación del Consejo Regional de Turismo para las provincias de Tarapacá y Antofagasta. Junto con el Diputado Clavel, formulamos indicación para que quedara incluida en la ley, también, la creación de este Consejo Regional de Turismo. Creemos nosotros que las provincias de Tarapacá y Antofagasta tienen derecho a que se las contemple en estos nuevos organismos que se crean, porque tienen atracciones de orden turístico de extraordinaria importancia. Bastaría citar una para justificarlo: el museo arqueológico de San Pedro de Atacama, ya no es sólo un punto de atracción nacional, sino que internacional, porque visitas ilustres que han llegado a nuestro país han pedido, precisamente, viajar a esa zona para conocer esas riquezas arqueológicas, que no existen en otras partes del país. No quiero extenderme, señor Presidente. Quiero, concretamente, que nos informen cuáles han sido las razones para que no se haya contemplado crear este Consejo Regional. Como tampoco queremos ser un obstáculo para el despacho de este proyecto de ley, que se encuentra ya, entiendo, en su segundo trámite constitucional, lo cual significa que el Senado no puede corregir su texto, quisiera que de inmediato, después de la información del colega señor Sépúlveda, recabar/a el asentimiento de la Sala para enviar un oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, con el objeto de que tuviera presente, en el caso de que formulara observaciones a este proyecto de ley, la creación del Consejo Regional de Turismo de las provincias de Tarapacá y Antofagasta. Nada más, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Puede con" tinuar el Diputado informante, señor Sepúlveda. El señor SEPULVEDA, (don Eduardo). -Señor Presidente, sobre la materia... El señor LORCA (don Alfredo).-¿Me permite, una interrupción? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado informante, el Diputado señor Alfredo Lorca le solicita una. interrupción. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Con todo respeto, les quisiera pedir a tos * colegas que, si fuera posible, las interrupciones me las hicieran al final, cuando siquiera haya terminado de dar cuenta 4e qué se trata,... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Puede continuar Su Señoría. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -.. .porque sólo estoy comenzando. Todavía no he dicho nada, y ya estoy interrumpido ... -Risas. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Así que les pediría, por servicio, que las interrupciones las hicieran después. Sin perjuicio de eso, si el señor Lorca cree que la interrupción es necesaria... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Concede la interrupción al señor Lorca, señor Diputado? El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -Sí, planteé que si él quería la interrupción de todas maneras... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Puede hacer uso de la interrupción el señor Lorca, don Alfredo. El señor LORCA (don Alfredo) .-Con la venia del señor Diputado informante, sólo quiero consultar a la Mesa cuál va a ser el procedimiento. ¿Va a haber debate? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Después que el Diputado informante termine su intervención, para lo cual no está limitado en el tiempo porque en este momento está informando en general y particular á la vez, procederá el informe del Diputado señor Merino, de la Comisión de Hacienda. Después de eso, si hemos llegado al término del Orden del Día, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 129 del Reglamento, cada Comité tendrá diez minutos para exponer sus puntos de vista. El señor LORCA (don Alfredo) .-Pido la palabra, en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Se halla inscrito ya el Diputado señor Basso. A continuación, Su Señoría. Puede continuar el señor Diputado informante. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). -En realidad, la respuesta al colega Silva Ulloa se la voy a dar en la relación que voy a hacer del informe de la Comisión, sin perjuicio de hacerle presente que su indicación fue rechazada por unanimidad, tanto en la Comisión de Economía como en la de Hacienda. Tenemos, sí, el acuerdo de que sean planteadas al Ejecutivo todas las observaciones, para que por la vía del veto, las considere, como es deseo de Su Señoría. Continúo, señor Presidente. Según consta de los antecedentes acompañados al proyecto en informe, esta iniciativa de ley tuvo su origen en un conjunto de indicaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a un proyecto de ley que se estudiaba hace tiempo en el Honorable Senado, las cuales no pudieron ser consideradas en esa oportunidad por razones de orden reglamentario; pero, en cambio, sirvieron de base a una moción de dos señores Senadores que ¡abordó específicamente la solución del problema de falta de financiamiento para realizar en nuestro país, por intermedio de organismos técnicos, toda clase de actividades de promoción turística. El proyecto en informe está estructurado sobre la base de diversos Consejos Regionales de Turismo, que abarcarán en su acción la casi totalidad del territorio nacional, pues algunos de ellos comprenden hasta tres provincias. Estos Consejos tendrán la calidad de personas jurídicas de derecho público y su calificación, dentro de la organización de los servicios existentes en el país a que hace referencia el decreto con fuerza de ley Nº 47, de 1959, en su Título III, es de servicios funcional y territorialmente decentralizados, que funcionarán en las ciudades que les fija como sede el artículo 2º, con plena autonomía para la programación de sus planes conforme a las facultades que les otorga el artículo 4º. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me permite, señor Diputado informante? Su Señoría no tiene límite en cuanto a la extensión de su informe dentro de los términos del Orden del Día; lamentablemente el Orden del Día llegó a su término a las 17 horas 45 minutos. De consiguiente, solamente con el asentimiento unánime de la Sala puede continuar informando. El señor MONCKEBERG.- No hay acuerdo. El señor IRURETA.-No hay acuerdo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Hay oposición. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-Solicito que se me concedan algunos minutos para seguir informando. El señor MONCKEBERG.- No hay acuerdo tampoco. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- En el tiempo de su Comité puede seguir haciendo uso de la palabra. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-Entonces, en virtud de esta, circunstancia tan especial, pediría que se insertaran en la versión los informes de la Comisión de Economía y Transporte y de la de Hacienda. A mi juicio, se hace imprescindible incorporar este texto para que la opinión pública pueda conocer los fundar mentas que tuvieron en cuenta las dos Comisiones, y con el objetó de que todos estén informados de como se votó el proyecto y cual es la finalidad que se persigue con esta proposición de ley. Tengo que destacar en forma especialísima el aporte que hicieron durante la discusión de este proyecto, los Alcaldes de las diversas comunas del país que tuvieron la gentileza de concurrir a la Comisión de Economía en su oportunidad y que esta tarde también están presentes aquí en las tribunas. Nosotros, a la vez, nos alegramos de que este proyecto, tan largamente esperado por estas comunas, pueda tener hoy día una respuesta en esta Cámara. Quiero recordar, finalmente, el compromiso que existe con determinados señores Diputados en orden a enviar oficio al señor Presidente de la República para que las indicaciones tendientes a mejorar y enriquecer el proyecto sean consideradas en su oportunidad en el veto del Ejecutivo, porque como este proyecto no contiene indicaciones de ninguna especie tendrá solamente dos trámites constitucionales. Esta es, en términos generales, la relación que yo puedo hacer sobre este proyecto y el estudio realizado en la Comisión. Lamento no haber tenido la oportunidad y tiempo para debatirlo aquí en la Sala, como era nuestro deseo. En todo caso, quiero dejar constancia de que el articulado del proyecto, en la forma propuesta por el Senado y estudiado por nosotros, merece nuestro respaldo y serán muy pocas las observaciones que deberán incorporarse. La mayoría de los señores Diputados tenía preocupación por conseguir que el articulado contuviera disposiciones expresas sobre la utilización de los recursos que se obtengan a través del funcionamiento de los casinos y de las obras principales que deben realizarse en su oportunidad. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me permite, señor Diputado? El señor Lorca, don Alfredo, le solicita una interrupción. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-Se la concedo con mucho agrado, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Lorca, don Alfredo. El señor LORCA (don Alfredo).-Señor Presidente, el Diputado que habla va a votar favorablemente este proyecto, en especial porque él tiene como fin solucionar problemas del Casino de Viña del Mar. Y además, por cuanto crea el casino de Puerto Varas, de acuerdo con la promesa que el Presidente de la República hizo en una audiencia con todas las fuerzas vivas de la provincia de Llanquihue; pero parto de la base que el Jefe de Estado va a vetar -porque así lo ha dicho- todos los artículos que crean casinos en las otras ciudades del país. Me parece un poco exagerado, de parte de los señores parlamentarios, querer tener un casino en cada ciudad. Quiero aprovechar la interrupción que me ha concedido el Diputado señor Sepúl-veda para decir que participo totalmente del punto de vista del Diputado señor Ramón Silva, quien ha manifestado su desacuerdo con la Comisión de Economía y la Comisión de Hacienda por haber rechazado artículos sólo por el hecho de que querían que este proyecto "caminara" con bastante rapidez y llegara cuanto antes al Presidente de la República para su promulgación o para la dictación de los decretos respectivos. Los artículos que yo he propuesto, señor Presidente, no tienen nada que ver con la creación de casinos, sino que están inspirados en los mismos planteamientos que el señor Silva Ulloa hizo respecto de las provincias de Tarapaca y Antofagasta, en relación con las provincias de Chiloé y Magallanes. Aquí se crea un Consejo Regional de Turismo para las provincias de Llanquihue y Chiloé, y se deja totalmente "huérfana" en cuanto a turismo a la provinica de Aisén. Quizás una de las provincias más bellas y con más posibilidades de atraer turistas extranjeros es la de Magallanes, pero tampoco se crea un Consejo de Turismo para ella. Por eso me permití presentar indicación en la Comisión de Economía, pero con muy mala suerte, porque fue rechazada, y después insistí en la Comisión de Hacienda, ya que no consistía, en crear ningún casino sino en establecer un Consejo Regional de Turismo para las provincias de Aisén y Magallanes. Sobre esto mismo quiero pedir que se oficie al señor Presidente de la República y que, oportunamente, el señor Presidente de la Corporación recabe la aprobación de la Sala para que se envíen estas indicaciones con el fin de crear en estas provincias Consejos de Turismo. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Sepúlveda. El señor SEPÚLVEDA (don Eduardo).-Quiero sólo destacar que, en realidad, la finalidad fundamental de estos Consejos Regionales de Turismo es promover la industria turística en las respectivas zonas de su jurisdicción, en forma descentralizada, y a través de la ejecución de obras materiales destinadas al mismo fin. La importancia y conveniencia de una industria turística desarrollada en alto grado en los planes nacionales e internacional es incuestionable, desde el punto de vista de la economía nacional. Pocos países en el mundo reúnen condiciones más favorables que Chile para afrontar un desarrollo intensivo de esta industria. La bondad de nuestro clima, benigno y regular, la belleza incomparable del paisaje, norteño o austrial, costero o cordillerano,... El señor GARAY.-Pido una interrupción, señor Presidente. El señor SEPÚLVEDA (don Eduardo).- ...la riqueza y calidad de sus vinos, frutas, pescados y mariscos, etcétera. . . El señor GARAY.-Solicito una interrupción al señor Sepúlveda, señor Presidente. El señor SEPÚLVEDA (don Eduardo).- ¡Déjeme terminar, por lo menos, la idea, colega! . . .nos permiten insistir en la conveniencia de que nuestro país se preocupe, con rapidez, del desarrollo de la industria turística. Este es sólo un primer paso que se da, ;y nosotros creemos que servirá para establecer las bases fundamentales de la infraestructura del desarrollo turístico en nuestra economía. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me permite, señor Eduardo Sepúlveda? Quiero aclararle al señor Félix Garay que la Mesa sólo puede pedir las interrupciones cuando el orador ha terminado la idea que está exponiendo. No puede cortar la idea mientras la está exponiendo. Ahora, con la venia del señor Eduardo Sepúlveda, puede hacer uso de una interrupción el señor Garay. El señor GARAY.-El problema está relacionado con la interrupción concedida al señor Alfredo Lorca, porque quería suscribir su petición. Como tien atingencia con la materia que planteó, estaba pidiendo la interrupción que el señor Presidente no quiso solicitar en el momento oportuno. Por eso, vuelvo atrás. Quiero suscribir la petición del señor Alfredo Lorca. Quienes conocemos Aisén y Magallanes, estimamos fundamental crear un Consejo de Turismo para estas dos provincias. Creo que en Chile un turismo sin Aisén y Magallanes, prácticamente no es turismo. Por eso, quiero destacar la proposición del señor Alfredo Lorca, que la suscribo. Además, me ha llamado la atención que en el Consejo Regional de Llanquihue y Chiloé, que funcionará en Puerto Varas, no haya un punto específico que me interesa dejar en claro y sobre el cual en esta oportunidad no voy a presentar indicación, pese a que había logrado el apoyo de varios colegas que consulté para aprobarla. La haré por intermedio del señor Ministro de Economía, porque creo que se harán algunos agregados. De manera que en este momento no deseo interrumpir el despacho de este proyecto de ley. Sin embargo, quiero dejar establecido que, con un pequeño esfuerzo, a través del artículo 19 se puede hacer un gran servicio al turismo en el sur, contribuyendo a arreglar y mejorar el sistema de transportes y comunicaciones del canal de Chacao, problema que es conocido de esta Honorable Cámara y de todos los organismos que tienen que ver con el turismo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Diputado, el señor Eduardo Sepúlveda pide recuperar el uso de la palabra. El señor GARAY.-Medio minuto más, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Queda exactamente un minuto. El señor GARAY.-Señor Presidente, quiero dejar establecido que oportunamente haré esta indicación, para que quede constancia de que será enviada al señor Ministro de Economía. Muchas gracias. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar el señor Eduardo Sepúlveda. Resta un minuto al tiempo del Comité de Su Señoría. El señor SEPÚLVEDA (don Eduardo).- Señor Presidente, en lo que respecta al caso especial del Casino de Viña del Mar, cabe hacer notar que se trata tan sólo de autorizar su funcionamiento en la temporada de invierno y que se destinarán los nuevos recursos que proporcionará en beneficio también de la industria turística, a través del Consejo Regional de Turismo de las provincias de Aconcagua, Valparaíso y Santiago. Cabe anotar, asimismo, que en el articulado del proyecto relativo a esta materia se da solución, con la conformidad de los directamente interesados y partícipes de las utilidades del establecimiento en la actual temporada de verano -el Servicio Nacional de Salud y la Municipalidad de esa comuna, a un viejo diferendo que mantenían desde hace años, relativo a la forma de distribuir entre ellos las utilidades producidas por el Casino en esa temporada. Resulta también conveniente acotar, como demostración de la importancia, de los casinos para el fomento del turismo, que Viña del Mar es la única ciudad de Chile que, gracias a los recursos obtenidos del Casino y a la atracción que este establecimiento por sí mismo significa, puede exhibir un aporte realmente importante al desarrollo de la industria turística de nuestro país. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me perdona, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de 10 minutos que le corresponden. Están inscritos el Diputado señor Basso, en el tiempo del Comité Radical; el Diputado señor Hardy Momberg, en el tiempo del Comité Independiente; y el Diputado señor Eduardo Koenig, en el tiempo del Comité del Partido Democrático Nacional. Puede usar de la palabra el Diputado señor Basso. El señor BASSO.-Señor Presidente, el artículo 20, relacionado con la creación del Consejo Regional de Turismo en la provincia de Ñuble, fue incluido en el Senado. Con el fin de completar la finalidad de este Consejo en la provincia, de Ñuble, me permití presentar una indicación en la Comisión de Hacienda. Ella no fue rechazada, pero se me solicitó retirarla para que, por la vía de la petición al señor Ministro de Economía y a Su Excelencia el Presidente de la República, se incluyera esta idea por medio del veto. Quiero dejar especial constancia de que esta solicitud me fue formulada por la mayoría de los miembros de la Comisión. Sin embargo, también solicito que se envíe oficio a Su Excelencia el Presidente de la República para que considere esta indicación, que tiene atinencia con el artículo 20. Tengo la impresión de que tanto en la Cámara como en el Senado existe unanimidad en cuanto a la creación de los Consejos Regionales de Turismo. El señor MONCKEBERG.-¡Eso está bien! El señor BASSO.-Pero el punto neurálgico del proyecto mismo es aquel que propone el funcionamiento... -Hablan varios señores Diputados a. la vez. El señor BASSO.- Señor Presidente, pido no ser interrumpido. Por lo menos, que se respete mi derecho. -Hablan varios señores Diputados' a la vez. El señor BASSO.-No quiero que mi intervención sea llevada a la chacota. Por lo menos, quiero que se me escuche, señor Momberg. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede continuar Su Señoría. La Mesa va a hacer respetar su derecho. Señor Momberg, ruego a Su Señoría guardar silencio. El señor BASSO.- Considero que el punto neurálgico de este proyecto son las indicaciones que algunos señores Senadores hicieron para la creación de algunos casinos a través del país. A esto me quisiera referir. Tengo entendido -como lo adelantó el señor Lorca, que es un hombre muy bien vinculado con las esferas de Gobierno-... Varios señores DIPUTADOS.-¡Era! -Risas en la Sala. El señor BASSO.-.. .que el Presidente de la República va a vetar todas estas ideas de los casinos, y que las únicas que dejará son la del de Puerto Varas y la de la ampliación del período de funcionamiento del Casino de Viña del Mar. Yo le doy crédito al Honorable colega Lorca por las vinculaciones que tiene. Yo tengo. . . El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Tuma, llamo al orden a "Su Señoría. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (Presidente).-Señor Tuma, amonesto a Su Señoría. El señor BASSO.-...la obligación y el deber de decir que en lo que respecta a la creación del Casino de Las Termas de Chillan, éste sería un establecimiento que tendría condiciones y características diferentes a las de los otros casinos. Para empezar, hay que observar que el acceso a las Termas de Chillan no es fácil, pues no están al lado de una vía férrea, ni al lado de un camino principal o internacional. Están en la cordillera, a noventa y tantos kilómetros de Chillan, de modo que sólo pueden llegar allá los que tienen medios de locomoción. No llega la clase media, ni el obrero ni el empleado; ni llega el funcionario. Llega la gente que tiene dinero, y la que está acostumbrada a ir al Casino de Viña, al Casino de Las Vegas o a los casinos que existen en Argentina y en el Perú. Estas son las personas que puede llegar y llegan a las Termas de Chillan. Ahora, ¿qué es lo que persigue Chillan, su Municipalidad, la opinión pública toda de Ñuble? Que a través de las Termas de Chillan, se pueda abrir allí una fuente turística de carácter internacional. Porque ;si se logra pavimentar el camino de Chillan a las termas; si se logra instalar los 14 kilómetros de andariveles que están botados en los patios del Hotel dé las Termas de Chillan; si se logra hacer funcionar los dos barrenieves que se guardan en una bodega, abandonados, porque no hay caminos; si se logra, no sacando el dinero del bolsillo del pobre, del funcionario público, del empleado o del obrero, sino de las entradas de este casino, la construcción de un hotel de turismo de primer orden; es lógico que atraeremos turistas del extranjero. Porque hay que destacar una cosa muy cierta: que una de las mejores canchas para practicar el deporte de invierno, el esquí -y aquí está el señor Zorrilla que puede informarnos porque ha recorrido todas las canchas del mundo... El señor ZORRILLA.-¡Es la mejor! El señor BASSO.-.. .una de las mejores canchas, repito, para practicar el deporte de invierno, el esquí, está precisamente, en los faldeos del volcán Chillan. Ha habido allí campeonatos de carácter internacional, a pesar de las incomodidades que tiene para los deportistas. Es lógico suponer que allá llegarían de todas partes del mundo para practicar este deporte en el invierno, como también para disfrutar de las cualidades medicinales de sus aguas termales en el verano. Por estas razones, nosotros sostenemos que un casino en las Termas de Chillan tendría condiciones y características totalmente diferentes a las de otros casinos; porque significaría atraer dólares; significaría atraer riquezas; significaría que el ciudadano chileno que tiene fortuna podría ir a entregarla allá, favoreciendo el progreso no sólo de la provincia de Ñuble, sino de todo el país. Yo dije en la Comisión de Economía y Transporte, y lo vuelvo a repetir aquí, que hubo una época en que el salitre de Chile trajo progreso a nuestro país y que, a través de su explotación, se realizaron muchas obras. Después vino el cobre, que fue otra veta que dio y está dando riquezas al país. Pues bien, está sin explotar el turismo chileno, en circunstancias que nuestra cordillera, nuestras playas, toda la hermosa naturaleza de Chile, podría atraer a muchísimos turistas extranjeros. ¿Por qué no hacer igual que Méjico, adonde entraron mil cien millones de dólares por concepto de turismo durante el año 1968? ¿Por qué no propender, entonces, a buscar un sistema, un medio, una fórmula, no para que en todo Chile haya casinos, pero, por lo menos, para hacer posible la instalación de unos tres? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me perdona, señor Basso? Ha llegado el término del tiempo del Comité de Su Señoría. Puede usar de la palabra el Diputado señor Koenig, quien estaba inscrito a continuación. El señor KOENIG.- Voy a conceder cinco minutos al señor Irureta, y cinco minutos al señor Valdés, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Puede usar de la interrupción el señor Irureta, hasta por cinco minutos. El señor IRURETA.-Muchas gracias. Sólo quería hablar para dejar constancia de la importancia que tienen algunas provincias de la zona sur, específicamente Llanquihue y Chiloé, desde el punto de vista del proyecto en discusión. La constitución de este Consejo Regional de Turismo, como, asimismo, la de los otros Consejos Regionales que se crean por el proyecto, nos hace abrigar la esperanza de dar un gran impulso al desarrollo turístico de nuestro país, en especial de la zona sur, de Llanquihue y Chiloé, que tienen grandes posibilidades en esta materia. Quiero destacar especialmente el hecho de que estos Consejos Regionales de Turismo, sobre todo en una zona como Llanquihue y Chiloé, sin recursos, sin un financiamiento adecuado que les permita desarrollar los programas que hay que realizar, sería una medida legal sin ninguna eficacia práctica. Por tal razón, se ha propuesto la creación de un casino en Puerto Varas. Son muchas las razones que se pueden dar en pro o en contra de la creación de un casino en cualquiera parte del país. Pero creo que nos alejamos de la realidad práctica al entrar a una discusión de esta especie. No quiero, ni por un instante, entrar a discurrir en torno del juego de azar. Quiero dejar constancia de lo siquiente: En primer término, de lo que ya decía: para que el Consejo Regional de Turismo de Llanquihue y Chiloé pueda operar con eficacia y contar con recursos para desarrollar el turismo en el sur del país, es de fundamental importancia la creación del casino de Puerto Varas. En segundo lugar, de que todos los planes de desarrollo turístico de la zona sur de Chile tienen que ver con la posibilidad de integración turística regional, que alcance, también, al sur de Argentina e, incluso, a Argentina entera y a países como Uruguay y Brasil, en donde hay casinos, en donde hay equipamiento turístico que nosotros estamos muy lejos de poseer. Por ejemplo, en Bariloche funcionan actualmente tres casinos. Para aquéllos que se preocupan mucho de que el juego pueda desbordar las reglamentaciones o disposiciones legales -es lógico que él debe mantenerse dentro de límites que le impidan que dañe el interés social- hay que destacar que, hoy día, en nuestra zona sur, provincias como Cautín, Valdivia, Llanquihue, Osorno y Chiloé están a pocos minutos de Bariloche. En nuestro mundo, hay gente que sigue midiendo las distancias por kilómetros y no quiere advertir que, en estos tiempos, las distancias se miden, no por kilómetros, sino por lo que una persona se demora, en minutos, en trasladarse de un punto a otro. Así, desde Puerto Varas, Osorno o Valdivia hasta Bariloche, no se tarda más de 3 ó 4 horas en automóvil, por el paso de Puyehue. Ir en avión no ocupa más de 15 minutos, desde el aeródromo Tepual, en Puerto Montt. En Bariloche hay doce mil camas de hotel -más de las que existen en las provincias de Santiago y Valparaíso juntas-, tres casinos, y cotos de caza y lugares de pesca y piscicultura, y todo un equipamiento turístico. En la última temporada veraniega, no había un solo lugar donde obtener alojamiento. Había turistas de todas partes del mundo, que iban no sólo a gozar de las bellezas panorámicas, sino, también, a cazar, a pescar y a jugar, lo que produce un ingreso cuantioso al Erario argentino. Si el sur de Chile no se equipa turísticamente, no tendremos ninguna posibilidad de integrarnos a este esfuerzo de nuestros vecinos argentinos, ni de procurarle al sur la parte que le corresponde tener en el proceso de desarrollo turístico. Por esta razón deseo destacar, como representante de la provincia de Llanquihue y en compañía del colega señor Héctor Téllez, que también es Diputado por la misma provincia, la importancia y la necesidad de que, junto con la creación del Consejo Regional de Turismo de Llanquihue y Chiloé, se apruebe la creación del casino de Puerto Varas. Eso es todo lo que quería decir. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la. venia del señor Koenig, tiene la palabra don Arturo Valdés. El señor VALDES (don Arturo). - Señor Presidente, lamento que haya quiénes se creen oráculos del Presidente de la República y pretenden saber de antemano los vetos que puede hacer. A mí me parece que todas las provincias tienen iguales derechos y están en igualdad de condiciones. Si para alguna parte se ha autorizado la creación de un casino, porque se estima que puede producir un bien, considero que las demás provincias, con igual razón, pueden pedir igual autorización. Ocurre que en la provincia de Coquimbo, en Peñuelas, se construyó un edificio para casino en la época de la remodelación de La Serena, durante el gobierno de don Gabriel González Videla, edificio que es un elefante blanco en el momento actual. En efecto, en este local, de vez en cuando o una vez cada dos años, se rinden homenajes, se hacen almuerzos, se realizan proclamaciones políticas, etcétera. Y, según entiendo, hasta llegó a funcionar como casino. Por consiguiente, estimo que se puede luchar para que en esa provincia, que está en situación económica difícil, haya, un factor que promueva el turismo, como una actividad de beneficio económico para la provincia, en la cual el Gobierno ha hecho serias inversiones en un camino que une La Serena con San Juan en Argentina, y en donde muchos colegas habrán visto, este año o el año pasado, centenares de automóviles del país vecino. Todavía, hace tres días, el lunes, tuve oportunidad de ver en la ciudad de Coquimbo dos microbuses con turistas de San Juan. Pero voy a hacer una observación, y es la siguiente: la indicación presentada para que Peñuelas sea sede de un casino de juego -¡entre paréntesis, debo decir que jamás he frecuentado un casino de juego, a pesar de lo cual hubo algunos irresponsables, en La Serena, que me calificaron de profitador del juego- yo la formulé a través de los Senadores Alejandro Noemí e Ignacio Palma, y de esta manera logré que ella se incluyera, solamente cuando supe que se había autorizado una sala de juego en la ciudad de Puerto Varas, consideré natural que, aun cuando el juego es un mal, si se autoriza allí para un beneficio, porqué no se puede autorizar en Coquimbo con el mismo beneficio, pensaba que tal medida sería de beneficio regional, la misma razón existía para autorizar el funcionamiento de un casino en la provincia de Coquimbo. Pero yo expresé mi extrañeza por lo dispuesto en el artículo 13 de este proyecto, que establece el funcionamiento de estas casinos durante los meses de verano y no de invierno, época esta última en que, precisamente, no funciona el Casino de Viña del Mar. En el invierno, la actividad turística de La Serena es muerta. Durante el verano no hay ninguna necesidad de tener casino, como un sistema de atracción turística, porque hay turistas de más. No hay donde colocarlos; duermen en las playas o pernoctan en sus autos. Es en el invierno donde hay necesidad de que exista algún medio de atracción turística. Por ello, ruego al señor Presidente, así como ha recabado la autorización para otros oficios, se sirva enviar uno en mi nombre al Presidente de la República para que, al redactar su veto, tome en consideración la idea de que en la ciudad de La Serena, por su clima y por su sociabilidad, es necesario que funcione un casino durante los meses de invierno. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Puede continuar el señor Koenig. Le resta un minuto al Comité de Su Señoría El señor BUZETA.-Pido la palabra. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Un momento, señor Diputado. El señor BUZETA.-Es un minuto; no me lo vaya a quitar. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Tiene la palabra Su Señoría, hasta por 30 segundos, en el tiempo del Comité Democrático Nacional. El señor BUZETA.- Deseo solamente que la Cámara tome en cuenta el procedimiento con que se ha tramitado este proyecto. Estas indicaciones de los señores Silva Ulloa y Alfredo Lorca no fueron puestas en votación en la Comisión de Economía y Transporte, que no aceptó ninguna modificación a este proyecto. Tales indicaciones no fueron tratadas ni en la Comisión técnica ni en la de Hacienda. Y puedo decir más todavía: que en la Comisión de Economía este proyecto ni siquiera fue aprobado en particular... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Ha terminado el tiempo del Comité Democrático Nacional. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Buzeta, ha terminado el tiempo de Su Señoría! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Buzeta, llamo al orden a Su Señoría! Por lo demás, la Mesa se hace un deber en recordarle que los Diputados señores Silva Ulloa, Alfredo Lorca y Arturo Valdés han pedido que se envíen oficios al Ejecutivo y que están en uso de su derecho al solicitarlos. La Cámara podrá acceder o no a estas peticiones. El señor BUZETA.- ¡Es que en las Comisiones no se trataron estas indicaciones ! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-A continuación, se encuentra inscrito el señor Turna. Puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor TUMA.-Señor Presidente, a mí me extraña que un señor Diputado integrante de la Comisión de Economía y Transporte sostenga que en ella se hizo algún "chanchullo" para aprobar un proyecto. Los Secretarios de las Comisiones. .. El señor PHILLIPS. - ¡Sus Señorías no votaron el proyecto! El señor TUMA.-... que son Ministros de Fe y personas responsables y respetables. .. El señor BUZETA. - ¡Escuchemos la cinta magnetofónica! El señor TUMA.-No es necesario. . . El señor BUZETA.-¡Ahí está la cinta magnetofónica! ¡Escuchémosla! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Buzeta! El señor TUMA.-. . .pronunciar frases sacramentales para aprobar un proyecto. El señor BUZETA.-¡Lo digo con responsabilidad! El señor TUMA.- Se abrió el debate; nadie hizo uso de la palabra. Se aprobó el proyecto y se acordó rechazar todas las indicaciones por malas; de modo que el proyecto quedó aprobado en particular. Si el señor Buzeta tenía interés en intervenir, debió llegar a tiempo a la Comisión, porque siempre llega atrasado. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Señor Turna, el señor Buzeta le solicita un interrupción. El señor TUMA.-Como integrante de la Comisión de Economía y Transporte, no acepto que él suponga actuaciones incorrectas en cuanto a la aprobación del proyecto. El señor BUZETA.-Tengo derecho a la palabra, porque ha sido aludido. -Habían varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¿Me permite, señor Turna ? El señor Buzeta podrá hacer uso de los cinco minutos, que le confiere el Reglamento, al final de la sesión. El señor BUZETA.-¡ Pero al final de la sesión mi intervención perderá oportunidad ! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor TUMA.-El señor Buzeta no tiene justificación para hacer uso de esos cinco minutos, porque no estamos haciendo otra cosa que contestar a lo que él está suponiendo. Su Señoría está atribuyendo a la Comisión una actitud incorrecta, en la que no hemos incurrido, como le consta al Secretario de ella, quien es Ministro de Fe. Aprobamos el proyecto en forma rápida, porque es así como debe trabajarse en las comisiones, si se está convencido de su necesidad. La Comisión lo aprobó por unanimidad cuando había una mayoría absoluta de los Diputados miembros de ella; entonces, no hay nada que discutir. Por lo demás, los Diputados de provincia -por lo menos el que habla, que representa todavía a la provincia de Cautín y votará favorablemente este proyecto ya estamos cansados de "sacar a los ciegos" El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - ¡Señor Turna! La Mesa dispondrá que se supriman de la versión las expresiones antiparlamentarias. -Los puntos suspensivos corresponden a expresiones suprimidas de la versión en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento. El señor TUMA.-Porque las ciudades de Santiago y Valparaíso se llevan siempre los beneficios, los privilegios y estas franquicias, y nunca hay nada para el sur. Nosotros, en Cautín, no tenemos industrias y, pese a nuestros esfuerzos nunca se ha legislado para crearlas en dicha zona, así como jamás se ha podido conseguir que de los fondos de la Ley del Cobre se destine una parte para nuestras provincias agrícolas, las que están alimentando al país con el trigo, la carne y el aceite que producimos; en cambio, nunca recibimos nada. No tenemos puertos, . .. El señor SANHUEZA.- No es culpa nuestra. El señor TUMA.-... ni producción de tabaco para aplicar impuestos a los cigarrillos. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¡Señor Buzeta, llamo al orden a Su Señoría! El señor TUMA.-No tenemos el impuesto a los fósforos, que se aplica en otras provincias. Sin embargo, poseemos bellezas naturales como hay pocas en el mundo. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¡Señor Castilla, Hamo al orden a Su Señoría! El señor TUMA.-¡Qué vergüenza, señor Presidente! En la ciudad de Pucón no tenemos ni siquiera urbanización, porque nuestra Municipalidad no recibe las entradas suficientes. Y cuando nosotros queremos participar también de los beneficios que entregan ciertas leyes, a Viña del Mar, por ejemplo, que tiene un casino; a Arica, que también tiene un casino, y donde hoy se pretende crear, aparte de la Junta de Adelanto de esa ciudad, un Consejo de Turismo para Tarapacá y Antofagasta, por lo que felicito a los parlamentarios del norte, pues no se quedan dormidos. En cambio, nosotros, sí, hemos quedado postergados y cuando estamos bregando para que en la provincia de Cautín haya también un casino, se levantan voces moralistas... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-¡Señor Buzeta, llamo al orden a Su Señoría! El señor TUMA.-... para defender el bolsillo de los turistas, para defender el bolsillo de los que van al casino. El que concurre a una sala de juego lo hace por su gusto. Incluso, este aspecto habrá que reglamentarlo, para no perjudicar a los empleados fiscales y a los obreros, cuya situación económica no les permita ir a un casino; concurrirá la gente que tiene dinero para gastarlo. ¿Qué significa la creación de estos casinos? Significa que habrá entradas suficientes para aportarlas a obras de bien público. Ahí tenemos la Universidad de Chile en su sede de Temuco, que carece de recursos para atender a 2.600 estudiantes; pese a que ocupa el tercer lugar en Chile, pues, a través de seis años ha duplicado el número de sus alumnos está desfinanciada, con un déficit de 1 millón 500 mil escudos. Pretendemos que, si la creación del casino de Pucón es aprobada, el Presidente de la República, a través del veto, cambie el financiamiento para que parte de las entradas se invierta en la educación y, concretamente, se financie el Colegio Regional de Cautín, o sea, la sede de la Universidad de Chile en Temuco. Por eso, parlamentarios de la provincia de Cautín estamos vivamente interesados en que se apruebe este proyecto, que crea los Consejos Regionales de Turismo en distintas provincias, principalmente en lo que atañe a Malleco y a nuestra zona. Tendremos fondos para pavimentar los caminos y para que los aprovechen también estos señores de la Derecha que hoy día se botan a moralistas. Ellos son los que explotan la madera y los que tendrán buenos caminos para cruzar, a través de Lonquimay y Pucón, la Cordillera de los Andes. Por eso defendemos este proyecto. Y me he quedado en Santiago -porque hoy día debía viajar a Temuco- para defender expresamente estas ideas. Si no estamos de parte del juego, suprimámoslo en todo Chile. Eliminemos la Lotería de Concepción, las carreras hípicas en Valparaíso y Santiago y también los casinos existentes en Chile. Pero no nos vengan, en caso contrario, con que sólo algunas provincias tienen derecho a este privilegio; y aunque se levanten las voces "moralistas" quienes piensan que no se pueden crear más casinos, defenderemos los intereses de Cautín. Por ello, votaré favorablemente este proyecto. Nada más. He concedido una interrupción al señor Aguilera. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de Su Señoría tiene la palabra el señor Aguilera hasta por tres minutos, tiempo que resta al Comité Socialista. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, queremos expresar muy brevemente nuestro pensamiento. Voy a dar lectura a lo que expresó el colega Buzeta en la Comisión de Economía y Transporte: "El señor Buzeta se pronunció en contra de la idea de legislar en la forma propuesta en el proyecto, o sea, sobre la base de un financiamiento de los Consejos Regionales de Turismo, mediante los recursos que produzcan las explotaciones de los casinos que se autoriza establecer y la ampliación de la temporada del funcionamiento del Casino de Viña del Mar durante el invierno, por cuanto ello implicaba propiciar el juego en el país. El señor BUZETA.-¡Eso es! El señor AGUILERA.-El Diputado Buzeta expuso un planteamiento que todos compartimos, pues creo que hay unanimidad para crear los Colegios Regionales de Turismo. El señor BUZETA. - ¡Estamos de acuerdo en eso! El señor AGUILERA.-Lo que nos está dividiendo en la Cámara es, precisamente, el financiamiento del proyecto. Debemos considerar que en Chile, país de 9 millones de habitantes, se establecerán como seis casinos, mientras que los Estados Unidos, nación capitalista con más de 180 millones de habitantes, no tiene, me parece, más de uno o dos casinos en sectores con nuestra población. En los países socialistas, no hay casinos, porque existen industrias y hay trabajo; es decir, la gente no necesita ir a enriquecerse con la suerte en salas de juego. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor AGUILERA.-Por eso, el Diputado Buzeta tiene razón cuando ha dicho que, con ocasión de esta iniciativa, se ha legislado precipitadamente; si se hubiera procedido en forma más mesurada; si se hubieran aceptados algunas indicaciones, ... -Hablan varios señores Diputaos a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Zepeda Coll, amonesto a Su Señoría! El señor AGUILERA.-... habríamos hallado el financiamiento adecuado, que la Cámara por unanimidad, podría haber aprobado, para proveer de recursos a estos Consejos Regionales de Turismo. Además, este proyecto nació muerto, porque Su Excelencia el Presidente de la República ha manifestado a tres Senadores de nuestra provincia -señores Hugo Miranda, Alejandro Noemi e Ignacio Palma, quienes, según la prensa, se entrevistaron con él que vetaría esta iniciativa de ley. Mientras tanto, este proyecto nos está haciendo pelear, en circunstancias que más adelante, el propio Gobierno lo vetará. Por eso, al pronunciarnos, en el segundo trámite constitucional,... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - ¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité de Su Señoría. Está inscrito, a continuación, el señor Momberg, dentro del tiempo del Comité Independiente. El señor PHILLIPS. - Por cinco minutos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOMBERG. - Señor Presidente, la verdad de las cosas es que, con motivo de este proyecto, se quiere hacer mucho caudal sobre el cuidado que debemos tener siempre con el juego. Planteado así el problema se cree que el juego es algo muy doloso; que la moral del individuo queda relajada; que es lo más nefasto para la sociedad. Esto no es así: ahí están los Casinos de Viña del Mar, de Arica y muchos otros en distintas partes del mundo, al servicio de una gran industria, el turismo. Voy a referirme específicamente al casino de Pucón, propuesto en el articulado de esta iniciativa de ley. Como muy bien manifestaba mi estimado colega señor Turna, el de Pucón constituye un caso muy especial. Se trata de una región totalmente allegada a la cordillera; y, hace poco, se pavimentó el camino internacional con el objeto de fomentar la gran industria del turismo. Se ha construido, gracias a la iniciativa privada, un andarivel último modelo, para incrementar el turismo en la época de invierno; está instalado en las mismas faldas del volcán Villarrica. Todo esto contribuye a que la zona de Pucón se consolide como centro turístico. La verdad es que el Casino de Pucón funcionó, hasta hace poco, en el hotel construido ahí por la HONSA. Allí se jugó, como que están las instalaciones y otros elementos que necesita esta actividad. En este país, ¿quiénes van a jugar? Los que tienen dinero, especialmente los turistas; ésta es una verdad muy grande. Para demostrarla, basta observar al público que concurre -al Casino de Viña del Mar, por ejemplo. ¿Quiénes tientan suerte, conscientes de que corren el riesgo de arruinarse? Solamente los desesperados de la vida, nada más. Y, en todo caso, el que tiene dinero va al Casino, juega de acuerdo con lo que tiene y se retira. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MOMBERG.-Yo creo que, si se trata de ser moralista, deberíamos aplicar también la ética en leyes, de distinta naturaleza, que están en vigencia. '¡Quién sabe si la moral de ellas podría, con mayor razón, estar en tela de juicio y con más fundamento que la que se trata de impugnar en estos momentos. Como Diputado por Cautín, estoy de acuerdo en que se favorezca a mi provincia. Conozco sus problemas y, especialmente, los de Pucón, donde sería instalado el casino. Debemos aprovechar la oportunidad de hacer progresar a la zona acentuando el mejoramiento que se está efectuando, en estos momentos, en su aspecto turístico. Por estas razones, aprobaré el articulado de este proyecto, que se refiere específicamente a la instalación del Casino de Pucón. Concedo una interrupción a mi colega señor Phillips. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Phillips. El señor PHILLIPS.-Señor Presidente, no creo que el proyecto de una zona se pueda fundar en el juego. No se trata de ser "santo" o no serlo en esta materia. Ahora bien, los que conocemos la Cámara y sus mecanismos sabemos lo que va a ocurrir. El proyecto será votado favorablemente. No soy contrario a que se trate de atraer turistas a Puerto Varas. Pero sabemos que el artículo que autoriza la instalación de casinos será vetado. Sin embargo, después vendrá la presión de los Diputados representantes de las zonas que se considerarán afectadas para que se vote en contra del veto, para que sea rechazado y quede vigente la disposición que permitirá que a lo largo del territorio nacional se instale una serie de casinos. En una parte, porque las aguas son buenas para los baños termales; en otra, porque en tal época hubo una casino. Habrá cien mil razones. Esto transformará al país en un garito de Arica a Magallanes. En consecuencia, con los colegas Zepeda y Monckeberg votaremos en contra del proyecto en la votación general. Un señor DIPUTADO.-¡Muy bien! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente)). - Está inscrito a continuación el señor Acevedo. El señor ACEVEDO. - Señor Presidente, para la creación de los Consejos Regionales de Turismo, cuyo objetivo será atender todo lo relacionado con el turismo en el país, tanto provenga de turistas extranjeros como de connacionales, se ha buscado una forma de financiamiento que se basa en hacer funcionar durante la temporada de invierno al actual Casino de Viña del Mar, y en autorizar la instalación o la entrega en concesión de establecimientos de esparcimiento y recreación turísticos en diferentes ciudades del país, como La Serena y Puerto Varas y en Pucón y las Termas de Chillan. La verdad es que la fórmula de financiamiento de los Consejos Regionales no es la más adecuada. No me parece acertado que la utilidad que se obtenga de la visita de quienes concurran a esos lugares de esparcimiento, como dicen el informe y algunos artículos del proyecto, financie los Consejos Regionales y fomente el turismo en el país. Uno de los lugares adonde mayor número de personas concurren es el Casino de Viña del Mar. Con esta nueva disposición legal la venta anual de entradas será del orden de las 600 a 700 mil. Es decir, alrededor de 700 mil personas visitarán durante los doce meses del año el Casino de Viña del Mar. Sin duda, en muchos casos, las mismas personas se van a repetir durante el curso del año. Pero la verdad es que estas 700 mil personas que irán al Casino de Viña, no serán todas extranjeras. El mayor porcentaje será, como lo es ahora, de chilenos, de ciudadanos radicados en el centro del país, desde Coquimbo hasta Concepción, que, por una u otra razón, viajan a Viña. El mayor anhelo es que pueda haber un verdadero fomento del llamado "turismo popular" y ayuda económica para su efectivo auge; que los sectores populares puedan conocer el país: los del norte, el sur, y viceversa; que los que viven en centros poblados como Santiago, Valparaíso o Concepción, puedan viajar, ya sea en verano como en invierno, a la cordillera o a la costa; que los que viven en Santiago, por ejemplo, puedan viajar durante la temporada de verano hacia los balnearios de la costa. El proyecto habla del fomento del turismo popular. Pero, realmente, no es eso lo que van a hacer estos Consejos Regionales de Turismo. Por estas consideraciones los Diputados conmistas vamos a votar en contra de la idea de legislar, y respecto de algunos artículos, por ejemplo, el 7°, pedimos división de la votación, para votar separadamente la letra d), sobre la cual nos interesa pronunciarnos especialmente, como asimismo sobre los artículos 9º, 13 y 14. Eso es todo. Le concedo una interrupción al colega Cipriano Pontigo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de Su Señoría puede usar de la palabra el señor Pontigo. El señor PONTIGO.-Señor Presidente, pretender desarrollar el turismo en base a casinos de juego es, simplemente, falta de imaginación. Ocurre que las provincias están viviendo una situación bastante difícil: hay-desocupación, crisis económica, carestía. Esto trae como consecuencia una baja en las ventas comerciales, dificultades del comercio para cumplir sus obligaciones tributarias, baja de la producción industrial, etcétera,, y se estima que el turismo podrá abrir una posibilidad nueva a la vida económica de cada región. Pero o nosotros, los comunistas, nos parece que el camino no es, como dijo el Diputado Phillips, transformar a Chile en un gran garito. Y aunque en el hecho existen casinos, hay una frase que dice: "un error no justifica otro error". No podemos seguir por ese camino. Si queremos desarrollar el turismo en Chile, construyamos caminos hacia Argentina, hacia Bolivia, mejoremos las relaciones con Perú. Eso atrae a los turistas. Tenemos un camino que une a La Serena con San Juan. Sin embargo, más del noventa por ciento de los argentinos que vienen en la época de verano a La Serena y a Coquimbo, no regresan por él, porque ese camino es el peor enemigo del turismo en la zona. Si se pavimentara, vendrían cientos, miles de turistas transandinos a aprovechar las playas de Coquimbo y La Serena. El turismo se desarrolla además fomentando las actividades deportivas: la pesca, la caza, el tenis, el fútbol. El turismo se desarrolla realizando actividades de tipo cultural y artístico. El turismo se desarrolla construyendo hoteles y hosterías que ofrezcan comodidades a los turistas que vienen a visitar nuestro país. El turismo se desarrolla mejorando los balnearios. De esta manera daremos a Chile y a todos los sectores donde es posible desarrollar el turismo, una nueva vida; pero no instalando garitos, que es verdaderamente una inmoralidad. El progreso de una zona debe estar radicado en el desarrollo de una vida económica independiente, sólida, y vigorosa. Por eso, los comunistas nos oponemos a la creación de tantos garitos en Chile, como lo propone este proyecto.. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Señores Diputados, ya han hecho uso de su tiempo... El señor BUZETA.-Pero, señor Presidente, yo había solicitado una interrupción. El señor LORCA (don Alfredo). - No se la dio el señor Acevedo. El señor ACEVEDO. - Se la concedo ahora. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Con la venia de Su Señoría puede hacer uso de la palabra el señor Buzeta. El señor BUZETA.-Seño Presidente, en primer lugar quiero agradecer al señor Aguilera que en su intervención haya dado cuenta de la posición que tuvo este parlamentario en la Comisión de Economía y Transporte, en el sentido de que no se oponía a la creación de los Consejos Regionales de Turismo, sino que le llamaba la atención el hecho de http://hecho.de que fuéramos a financiar el fomento del turismo en Chile sobre la base del juego, y en esto estoy de acuerdo con los señores Pontigo y Phillips. La Cámara tiene problemas mucho más importantes que éste. El señor Presidente ha dado cuenta de que hay alrededor de 72 proyectos que han perdido su actualidad, porque no ha habido tiempo para estudiarlos, y este proyecto ha sido despachado por la Cámara en menos de tres semanas, o en menos de tres sesiones. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-La Mesa se refirió a proyectos de acuerdo, señor Diputado. El señor BUZETA.-Quiero informar, porque la Sala debe estar interiorizada de esto, que en la Comisión de Economía había cuatro parlamentarios... Un señor DIPUTADO.-No es así. El señor BUZETA.-... la primera sesión, cuando se trató en general el proyecto, éramos cuatro Diputados, de la Democracia Cristiana. En ella se pidió votación. .. Un señor DIPUTADO.-¿Estaba el señor Turna? El señor BUZETA.-No estaba el señor Turna. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Ruego a los señores Diputados evitar los diálogos. El señor BUZETA.-.. .y se aprobó por tres votos a favor, de la Democracia Cristiana, y yo, para no ser obstáculo y se pudiera seguir tratando, di el quorum necesario, votando negativamente. Por otra parte, se acordó en la Comisión escuchar, a la semana siguiente, a representantes de las municipalidades de distintas provincias del país. Yo creía que por lo menos, se iba a invitar al Director de Turismo,... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor BUZETA.-... y no ha sido invitado ningún representante de la Dirección de Turismo. El señor IRURETA.-Terminó el tiempo del señor Buzeta. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Señor Buzeta, ha terminado el tiempo del Comité Comunista. Señores Diputados, ya han hecho uso de su tiempo todos los Comités. El señor Silva Ulloa, Diputado sin Comité, solicita que se le concedan los minutos correspondientes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 129. ¿Habría acuerdo? Acordado. Tiene la palabra el señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.-Señor Presidente, agradezco la deferencia de la Cámara. Mi intervención estará destinada, en primer término, a "demostrar al colega Juan Turna, que ha estado en un error cuando ha señalado que los parlamentarios de las provincias nortinas hemos tenido la habilidad -no sé si usó esta palabra en su, sentido peyorativo o reconociendo méritos de los parlamentarios de la zona norte- de haber obtenido que parte de los ingresos que proporciona la gran minería del cobre se inviertan en la zona productora. Eso es cierto, pero hasta por ahí no más. Porque resulta que el artículo 26 de la ley Nº 16.624, que es el texto refundido de las leyes Nºs. 11.828 y 16.425, destina un 30% de los ingresos a la construcción y pavimentación del camino longitudinal sur y obras de riego de Aconcagua al sur. Cuando estén terminados estos trabajos, destina un 45% de ese 30% a la construcción y pavimentación de caminos transversales de Santiago a Puerto Montt. El artículo 27 destina recursos para las universidades, incluyendo a la Universidad Austral de Valdivia. El artículo 51 destina el 9% de los ingresos al Ministerio de Obras Públicas, el cual debe invertir un 50% en las provincias productoras y el otro 50% en el resto del país. La verdad es que el trabajo realizado en el año 1954 por los parlamentarios que representábamos a las provincias productoras de cobre con motivo del estudio del proyecto que se convirtió en la ley Nº 11.828 no estuvo limitado a resolver exclusivamente los problemas de esas provincias, sino que tuvimos en vista el problema general del país. Ahora, si las indicaciones eran malas, la verdad es que los colegas pudieron haberlas mejorado, perfeccionado, y, naturalmente, nosotros no nos habríamos opuesto, sino que habríamos agradecido su colaboración para un estudio más acabado del proyecto. Lo que ocurrió, los que tenemos ya varios años aquí en la Cámara, lo sabemos perfectamente: había interés en despachar el proyecto a "golpes de campanilla". La verdad es que no fue estudiado. Yo estaba cuando se escuchó a los señores alcaldes y regidores y a los dirigentes sindicales del Casino de Viña, y me imaginé que de ese estudio iba a salir un proyecto concluido. No fue así, por. que no se aceptó una sola indicación: todas fueron rechazadas. De tal manera que no es responsabilidad de los parlamentarios lo que ocurrió. Ahora en cuanto a la estructura misma del proyecto, yo distingo dos aspectos, y por eso voy a votarlo favorablemente en general. Un aspecto es la creación de los Consejos Regionales de Turismo, destinados a promover una riqueza que el país no ha aprovechado hasta este instante y que indudablemente en países con mejor organización, es altamente explotada, no sólo en los del campo capitalista, sino que incluso en los del área socialista. Nosotros recordamos como está organizado el turismo, por ejemplo, en la Unión Soviética, en Checoslovaquia, en Hungría, en Alemania, para citar sólo algunos países. Es realmente admirable la forma cómo se preocupan de atender a los turistas y cómo tienen toda una estructura para ello. Eso es lo que creo que deben hacer los Consejos Regionales de Turismo. En cuanto al financiamiento, podemos diferir. Y por eso hemos solicitado oportunamente que las indicaciones que no fueron aceptadas por las comisiones técnicas, la de Economía o la de Hacienda de la Cámara, sean transcritas a Su Excelencia el Presidente de la República para que él, si desea, las incluya en las observaciones. Respecto de la zona norte, cuando formulamos la indicación con el colega señor Clavel, tuvimos presente las riquezas turísticas que existen ahí, y que, indudablemente, a pesar de las dificultades, a pesar de no existir una política de fomento del turismo', atraen no sólo a los ciudadanos chilenos, sino que también a los extranjeros. ¿Cómo no va a ser, repito, porque ya lo dije antes, un centro turístico el Museo Arqueológico de San Pedro de Atacama? ¿Cómo no va a constituir una atracción turística Pakará de Lassana, que es un monumento histórico que corresponde a la época del descubrimiento de Chile? ¿Cómo no va a constituir una riqueza turística el camino del Inca? ¿Cómo no va a constituir en la provincia de Tarapacá, por ejemplo, una riqueza turística ese hermoso y privilegiado Valle de Pica? Sin embargo, los cientos de turistas que van a visitarlo deben alojar en sus automóviles, porque no hay ninguna comodidad. La Municipalidad de Pica está luchando por la creación de "camping" para poder recibir los turistas especialmente a los que concurren a las festividades religiosas que se realizan en esa provincia y que constituyen*un atractivo no sólo en el país sino en Perú, Bolivia y Argentina, de donde llegan centenares de peregrinos. O sea, todo eso que constituye una riqueza de nuestro acervo folklórico, incluso debemos protegerlo a través de una estructura que debe concentrarse en los Consejos Ragionales de Turismo. Distinguimos nosotros el aspecto relativo a los casinos. Allí estará el Presidente de la República y el Poder Colegislador para entregar el financiamiento efectivo del turismo en Chile. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No obstante que ya terminó el tiempo de todos los Comités la Mesa se hace el deber de solicitar dos minutos para el señor Clave!. El señor PHILLIPS.- ¿Para qué?. . . No hay acuerdo para nada. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No hay acuerdo. Terminó el tiempo de los Comités que otorga el artículo 129 del Reglamento. En votación general el proyecto. -Durante la votación: El señor CASTILLA.-¡Cómo se va a oponer al turismo! ¡Es absurdo! La señora DIP. - ¿ Cómomo es posible?... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señora Dip, ruego a Su Señoría guardar silencio. La señora DIP. - Pero es que, señor Presidente. . . El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señora Dip, llamo al orden a Su Señoría. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 11 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente) - Aprobado en general el proyecto. Reglamentariamente se hallan aprobados los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 8º. Se ha pedido por diversos Comités votación separada respecto de los otros artículos. El señor ACEVEDO.-El artículo 7º también, señor Presidente. El señor ZEPEDA COLL.- Sí, falta el artículo 7°. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Me permite. . . El señor ZEPEDA COLL.-El artículo 7º también se halla reglamentariamente aprobado. Su Señoría había omitido el artículo 7º. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Respecto del artículo 1°, se ha pedido división de la votación por el señor Acevedo. Por eso la Mesa dijo que se encuentran reglamentariamente aprobados los artículos lº al 6º, y el artículo 8º. Respecto de los otros, se ha pedido votación separada. En votación el artículo 7º. El señor SANHUEZA.-¿Cuál es ése? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Perdón, señores Diputados, ruego a Sus Señorías se sirvan excursar a la Mesa. Se ha pedido que se vote separadamente la letra d) del artículo 7º. El señor ACEVEDO.- Exactamente. Nada más. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- En votación el artículo 7°, con exclusión de la letra d). Después se votará separadamente la letra d). Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo. Aprobado. En votación la letra d) del artículo 79. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señores Diputados, estamos en votación. Ruego a Sus Señorías guardar silencio. ¡ Señor Car-demil! -Hablan varios señores Diputados a la vez. -Efectuada, la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 14 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Aprobada la letra d) del artículo 7º. En votación el artículo 9º. -Durante la votación: El señor ZEPEDA COLL.-¡ Juanita, por Dios! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Señor Zepeda, llamo al orden a Su Señoría. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Zepeda, amonesto a Su Señoría. El señor PARETO. - El señor Zepeda... El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Señor Pareto, llamo al orden a Su Señoría. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRÁMA, don Héctor (Presidente).- Señor Momberg, llamo al orden a Su Señoría. El señor MOMBERG.- El señor Zepeda está votando a medias, . .. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Momberg, amonesto a Su Señoría. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 14 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 9º. En votación el artículo 10º. El señor ACEVEDO - ¿Por qué? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Porque otros señores Comités pidieron votación El señor ACEVEDO.- Conforme. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Daiber. ¡Señor Daiber, ruego a Su Señoría tomar asiento! -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 10. En votación el artículo 11. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Sanhueza, llamo al orden a Su Señoría. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 11. En votación el artículo 12. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Cerda, don Eduardo, ruego a Su. Señoría guardar silencio. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 3 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 12. En votación el artículo 13. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Pareto, ruego a Su Señoría guardar silencio. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 12 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 13. La señora Juana Dip ha presentado una indicación fuera de plazo, para que sea considerada a continuación del artículo 13. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para admitirla a votación. El señor MONCKEBERG.- Depende de la indicación. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No hay acuerdo. El señor CASTILLA.- ¡Qué poco caballeros con una dama! El señor MONCKEBERG.-¿Quién se opuso? El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Monckeberg, llamo al orden a Su Señoría. En votación el artículo 14. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 13 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 14. En votación el artículo 15. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Momberg, llamo al orden a Su Señoría. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 1 voto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 15. En votación el artículo 16. El señor LORCA (don Alfredo).- Con la misma votación. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará con la votación anterior. Un señor DIPUTADO.-Que se vote. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- En votación. -Efectuada la, votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 1 voto. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 16. En votación el artículo 17. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Ruego a los señores Diputados se sirvan votar en un solo acto. De lo contrarío la Mesa no puede contar los votos. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 3 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 17. En votación el artículo 18. -Durante la votación: El señor LAVANDERO.-Que se apruebe con la misma votación anterior. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Señor Diputado, ya se manifestó oposición para proceder de esa manera. El señor LAVANDERO.- Tratándose de Cautín no habrá oposición del Partido Comunista. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 18. En votación el artículo 19. -Durante la votación: El señor CASTILLA.- Hay que rechazarlo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Señor Castila, llamo al orden a Su Señoría. Estamos en votación. ¡Señor Basso, llamo al orden a Su Señoría! Señor Téllez, ya Su Señoría votó favorablemente; se está tomando la votación de los que rechazan el artículo. Señor Lorca, don Gustavo, llamo al orden a Su Señoría. El señor LORCA (don Gustavo),- Muchas gracias. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Lorca, don Gustavo, amonesto a Su Señoría. El señor LORCA (don Gustavo).-Muchas gracias. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Lorca, don Gustavo, censuro a Su Señoría. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 19. En votación el artículo 20. -Durante la votación: El señor CARDEMIL.- ¡Eso no le hizo gracia al señor Lorca! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente). - Seño* Cardemil, llamo al orden, también a Su Señoría. Señores Zepeda y Basso, llamo al orden a Sus Señorías. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 32 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 20. En votación el artículo 21. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará. El señor ZEPEDA COLL.- Habría que ver a qué se refiere la que se cita en este artículo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente)-.- En votación. -Durante la votación: El señor ZEPEDA COLL. -Tenemos derecho a saber de qué se trata. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Estamos en votación. El señor ZEPEDA COLL- Por lo menos, debemos saber qué se vota. El señor DAIBER.- ¡El artículo 72 sobre disolución del Congreso! El señor ZEPEDA COLL.-Yo tengo derecho a imponerme de eso. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- Señor Zepeda, ruego a Su Señoría guardar silencio. -Efectuada la votación en forma económica, no hubo quorum. El señor KAEMPPE (Secretario).- No hay quorum de votación. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No hay quorum de votación. Se va a repetir. En votación el artículo 21. -Durante la votación: El señor ZEPEDA COLL- Yo no voto porque no sé de qué se trata. -Efectuada la- votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 21. Finalmente, en votación el artículo 22. -Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- ¡Señor Laemmermann, ya votó Su Señoría! -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos; por la negativa, 2 votos. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Aprobado el artículo 22. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar al Ejecutivo los oficios pedidos por los señores Silva Ulloa, Lorca, don Alfredo; Basso y Valdés, don Arturo, en los términos propuestos por ellos. La señora DIP.- También en mi nombre, señor Presidente. El señor ZEPEDA COLL,-No hay acuerdo. -Hablan vanos señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No hay acuerdo. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-Estoy pidiendo un acuerdo unánime respecto a todos los oficios. El señor ZEPEDA COLL.- ¡ Que se expliquen ! El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- No hay acuerdo. 'Terminada la discusión del proyecto. El señor IRURETA.- ¡ Pero si estábamos todos de acuerdo! El señor ZEPEDA COLL.- ¡ Que se expliquen ! 16.- MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 14.512 QUE AUTORIZO A LA MUNICD7ALIDAD DE CHILLAN PARA CONTRATAR EMPRÉSTITOS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO El señor STARK (Vicepresidente).- En conformidad al acuerdo adoptado por la Sala, corresponde tratar las observaciones del Presidente de la República al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional que modifica la ley Nº 14.512, que autorizó a la Municipalidad de Chillan para contratar empréstitos. -El proyecto despachado por el Congreso Nacional figura en el boletín Nº 10.919-0. Las observaciones del Ejecutivo consisten en suprimir sus 15 artículos. El señor STARK (Vicepresidente).- En discusión las observaciones del Ejecutivo. El señor BASSO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría, hasta por cinco minutos. El señor BASSO.- Este proyecto, aprobado por unanimidad en la CAMARA DE DIPUTADOS... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor STARK (Vicepresidente).- ¡Ruego a los señores Diputados tomar asiento y guardar silencio! Señor Basso, ¿me excusa un momento? ¡ Señor Lorca, señor Torres, no ha terminado la sesión! ¡Señor Iglesias! ¡Señor Momberg! El señor BASSO.- Decía que este proyecto, aprobado por unanimidad en la CAMARA DE DIPUTADOS y en el Senado, fue vetado por el Ejecutivo. El veto se funda en la inconveniencia de prorrogar por diez años más, como se establece en este proyecto, diversos impuestos sobre, espectáculos públicos, sobre patentes de vehículos y también la tasa parcial de la contribución de bienes raíces de 3 por mil en la comuna de Chillan, establecido en el decreto de Hacienda Nº 2.047, de 1965. Habría que informar a la Honorable Cámara que estos impuestos llevan ya 10 años de vigencia y que, gracias a ellos, en Chillan ha habido un progreso inusitado. Por ejemplo, se han realizado obras de captación de agua potable, instalación de luz eléctrica, pavimentación de calles. Faltan, sí, muchas otras cosas, como redes de alcantarillado y, especialmente, ampliación de la red de agua potable en las poblaciones. Hay que subrayar que hasta la fecha, no ha habido una sola protesta de parte de la gente que asiste a los espectáculos públicos, y que, con la insignificante suma que significan estos impuestos contribuye al progreso de Chillan; ni ha habido un solo dueño de vehículo que haya protestado, al ir a retirar su patente a la Municipalidad, por tener que pagar cierto porcentaje adicional, porque el ciudadano chillanejo sabe que ello significa progreso para su comuna. Por lo tanto, no existe fundamento del Ejecutivo para vetar este proyecto de ley, ya que la unanimidad de la población de Chillan acepta estos, impuestos, que desde hace 10 años está pagando. Lo que se persigue con esta iniciativa legal, la filosofía de ella, es prorrogar su vigencia por 10 años más. ¿Qué se conseguirá con esta prórroga ? Construir redes de alcantarillado y hacer veredas en poblaciones marginales que hasta ahora están sumidas en el barro; extender la red de luz eléctrica a aquellos sectores de barrios populares que permanecen a obscuras; mejorar y construir caminos o calles que hoy están intransitables. En consecuencia, sin profundizar más en la materia, pediría a la Cámara que tuviera a bien rechazar el veto del Ejecutivo. Este proyecto constaba sólo de 5 artículos. Entiendo que por un error, aparecen incluidas en él otras Municipalidades, en circunstancias que, tanto el Senado como la Cámara, acordaron separar las disposiciones relativas al empréstito a la Municipalidad de Chillan porque ya las otras habían sido aprobadas en otros proyectos de empréstitos municipales. Precisamente, en sesión 31ª, de 4 de septiembre de 1968, la Cámara, a indicación del colega Lavandero, acordó por unanimidad separar este proyecto que beneficia a la Municipalidad de Chillan, el que también fue aprobado por unanimidad. Con estos antecedentes, si hubiera quorum en la Sala, rogaría a los colegas que tuvieran a bien rechazar el veto del Ejecutivo para beneficio y progreso de Chillan. El señor MONTES.-Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MONTES.-Señor Presidente, yo no sé si, en este momento, se puede aprobar o rechazar el veto del Ejecutivo. Me parece que debería mediar una circunstancia extraordinaria para que la Cámara pudiera tomar una resolución sobre la materia. En todo caso, a nuestro juicio, el veto del Ejecutivo aduce razones que realmente no son serias, no tiene fundamentos definidos que puedan llevarnos al criterio de que su opinión es razonable, toda vez que, por ejemplo, expresa que algunos de los impuestos que se proponen para financiar el plan de obras de la Municipalidad de Chillan rendirían muy poco. Creo que una argumentación semejante -repito- no es seria y no constituye, en verdad, una excusa, por tratarse de un problema que preocupa tanto a una comuna, como lo señaló el Diputado radical señor Basso. Evidentemente, esta Municipalidad necesita fondos para poder realizar y llevar adelante su plan de obras de adelanfo local y el mejoramiento de determinadas poblaciones. Por lo tanto, nosotros votaremos en contra del veto del Ejecutivo. Estimamos que, aunque no definitivamente, la aprobación de este proyecto podrá, en algún grado, en alguna medida, solucionar los graves problemas que tiene esa comuna. Desde el punto de vista del procedimiento y tomando en cuenta que el veto del Ejecutivo es para suprimir todo el proyecto, porque prácticamente no deja nada en pie, yo propondría que se votaran en un solo acto todos los artículos y con eso nos ahorraríamos un tiempo realmente importante. El pronunciamiento sería, entonces, votar todas las observaciones del Ejecutivo porque, de aprobarse la supresión de una de ellas, evidentemente se liquidarían las posibilidades reales y concretas de todo el proyecto. El señor STARK (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Como no hay número en la Sala, se va a llamar a los señores Diputados hasta por cinco minutos. -Transcurido el tiempo reglamentario: El señor STARK (Vicepresidente).- En conformidad con el artículo 90 del Reglamento, no habiendo quorum en la Sala, se levanta la sesión. -Se levantó a la 19 horas 20 minutos. Orlando Zumelzu Acuña, Subjefe de la Redacción de Sesiones.