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El señor VIDELA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor AGUILERA. -
Pido la palabra.
El señor VIDELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Aguilera.
El señor AGUILERA. -
Señor Presidente, en este instante, tengo la representación de la Comisión de Economía y Comercio, para dar a conocer a la Honorable Cámara una iniciativa presentada por el que habla junto con el señor Ramón Silva Ulloa, en la cual se señala que la Empresa Nacional del Petróleo debe establecer en nuestro país la compra de algunos barcos que le permitan transportar los productos y los subproductos del petróleo.
El proyecto primitivo decía que se puede realizar el transporte de combustible, y de subproducto de primera necesidad en estos instantes, como es el gas licuado, para el transporte y las ventas de los subproductos del petróleo queden bajo el control directo del Estado, incluyendo la instalación y el mantenimiento de estanques de almacenamiento, ubicados especialmente en el norte, que serían abastecidos por barcos gaseros.
Mediante el proyecto, se aprovecha de corregir el absurdo de que las Empresas del Estado estén comprando petróleo, gasolina y sus derivados a empresas particulares.
En efecto, empresas estatales, como por ejemplo, los Ferrocarriles del Estado, la Línea Aérea Nacional, la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, los
Servicios de Vialidad, están comprando combustibles directamente a empresas particulares como son la ESSO, la SHELL, e incluso, también, a la COPEC, en circunstancias que debieran comprarlos directamente a la Empresa Nacional de Petróleo, que es una empresa del Estado.
En atención a estas razones hemos presentado el proyecto de ley en debate, que dispone lo siguiente: la Empresa Nacional de Petróleo organizará un Departamento distribuidor para vender directamente a los consumidores del país, su producción de petróleo y sus derivados, en especial, de su gas licuado. Con la utilidad obtenida por la venta de estos combustibles, la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa Nacional del Petróleo arbitrarán las medidas conducentes para adquirir un barco "gasero" o dos si ello fuera necesario y para la construcción de estanques para el almacenamiento del gas licuado en zonas ubicadas en las provincias de Antofagasta y Coquimbo. La Empresa Nacional de Petróleo suspenderá totalmente la venta de gas licuado a las compañías particulares distribuidoras del combustible señalado.
Asimismo, las empresas del Estado, de preferencia, comprarán directamente para sus servicios los productos de la Empresa Nacional del Petróleo, entre ellos, gasolina, el petróleo y los subproductos que estimen convenientes; y, dentro de los noventa días, contados desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República dictará las normas que permitan a la Empresa Nacional del Petróleo, asegurar las ventas y la distribución, para el consumo nacional y sin intermediarios de esos combustibles, incluso del gas licuado.
Desde hace varios años, por disposiciones legales, se han constituido sucesivos Directorios para dirigir la Empresa Nacional de Petróleo. A través de esta dirección, se ha dado impuso y mucha pujanza a esta empresa estatal. Sin embargo, a nuestro juicio, se han cometido algunos errores al dejar sin efecto atribuciones propias de ella, lo que ha permitido el establecimiento de monopolios nacionales y extranjeros; esto ha ocurrido especialmente con la distribución y comercialización de los subproductos derivados del petróleo nacional; puesto que se ha dado oportunidad para que las compañías distribuidoras de nuestro gas natural, por su actual comercialización, hayan logrado enormes utilidades, en perjuicio de los consumidores nacionales. Han atropellado la ley Nº 9.618, promulgada en el año 1950, que creó la ENAP. Además, los que han dirigido esta empresa no han dado cumplimiento al decreto supremo Nº 1.208 del mismo año, promulgado por el Ministerio de Economía de esa época, que en su parte fundamental dice: "Las funciones y derechos que correspondan al Estado respecto de la exploración y explotación de los yacimientos petrolíferos respecto de la refinación y venta del petróleo obtenida de ellas como, los subproductos". Además, en los estatutos y en la reglamentación de la ENAP se deja establecido que deberá construir, instalar, adquirir, arrendar y operar las plantas para el tratamiento, la transformación, la refinación y el aprovechamiento del petróleo, sus derivados y subproductos.
Durante la discusión del producto en la Comisión Especial del Petróleo, el Director de Servicios Eléctricos y de Gas informó que, en el año 1967, la Empresa Nacional de Petróleo entregaba el kilo de gas puesto en Concón a 125 pesos, y los distribuidores, por concepto de fletes desde Concón a Santiago, de sueldos, leyes sociales y depreciaciones, lo recargaban en 328 pesos, más los gastos de distribución; conservación y mantención de cilindros, por lo cual agregaban 147 pesos, quedando el kilo de gas licuado en 600 pesos.
De todo esto se desprende las enormes utilidades obtenidas por estas compañías distribuidoras particulares, que han multiplicado su capital de cinco hasta diez veces. En sesiones especiales que se han realizado en esta Cámara, se han podido comprobar estas enormes utilidades de algunas determinadas compañías, como el caso de GASCO que obtuvo, entre 1960 y 1964, 906 millones de pesos, en circunstancias que, en el año 1960, sólo ganó 66 millones de pesos y en 1964, aumentó su ganancia a 375 millones de pesos, con lo cual la utilidad que se vio aumentada en un 560%.
Abastible, en 1960, tuvo una utilidad de Eº 19.764. En 1964, su ganancia fue de Eº 382.000, es decir, aumentó su utilidad en 1.920%. CODIGAS S. A. también alcanzó una utilidad, en 1964, de 1.400%. Como se ve, las ganancias de estas empresas han ido aumentando a pasos agigantados.
Respecto de las compañías extranjeras, como SHELL y ESSO, sólo como ejemplo quiero dar a conocer las fabulosas ganancias que obtienen de nuestras materias primas, y en especial de nuestro petróleo.
Entre 1961 y 1964, la SHELL obtuvo ganancias del orden de los Eº 8.167.658, que vale la pena comparar con su capital pagado, que asciende a siete millones de escudos, para deducir que en sólo cuatro años esta empresa ha recuperado con creces su capital invertido. En la misma situación está la ESSO Standard Oil, que ha obtenido ganancias similares.
Como ejemplo de ahorro, veamos el caso de los Ferrocarriles del Estado. Una comisión tripartita, creada por decreto supremo Nº 278, de 30 de junio de 1966, que componían el Gobierno, la empresa y las organizaciones gremiales, acordó que Ferrocarriles comprara directamente su gasolina a la Empresa Nacional del Petróleo, lo que significó una economía estatal del orden de los Eº 2.131.457. Es de imaginarse lo que se ahorraría si la Línea Aérea Nacional, Vialidad y todos los ser vicios públicos compraran directamente a esta empresa estatal. Las ganancias serían para éstos y no para las compañías extranjeras.
Por todas estas razones, la Comisión acordó recomendar a la Sala el proyecto en debate, que en su artículo 1? dice: "Se faculta a la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) para organizar un departamento distribuidor para vender directamente a los consumidores del país su producción de gas licuado.
"Las empresas del Estado de preferencia comprarán directamente para sus servicios, los productos de la Empresa Nacional de Petróleo, entre ellos, la gasolina, petróleo y subproductos que necesiten".
De ahí que aprovechando que ahora soplan vientos de nacionalización de nuestras riquezas naturales sea conveniente ir eliminando a los intermediarios que encarecen cada día más el precio del gas licuado.
En 1967 señalé que el kilo de gas licuado puesto en Concón costaba 125 pesos. Ahora, los cilindros de 15 kilos se están vendiendo a 20 mil pesos. O sea, el kilo ha aumentado en 1.300 pesos.
¿Qué significa esto? Que las compañías alzan los precios, en circunstancias que. no tienen pérdidas. Agregúese a esto que todos los fletes son extremadamente recargados, porque no se puede concebir que de Concón a Santiago aumenten en 10 ó 15 veces el valor que normalmente cobran las empresas de transportes o los Ferrocarriles mismos.
Señor Presidente, ojalá que la Sala apruebe este proyecto, que es como un primer paso para que, de una vez por todas, nuestro petróleo, a través del departamento que debe formar la Empresa Nacional del Petróleo, sea vendido en especial a las empresas estatales. Y junto con ello, ojalá que el Estado venda directamente a los consumidores para evitar el monopolio y, a la vez, las enormes ganancias de las compañías extranjeras, que no consideramos que realicen una comercialización honesta, que corresponda a las utilidades de su capital, sino una comercialización deshonesta, que no puede seguir siendo aceptada.
Dejo la palabra y espero que la Honorable Cámara apruebe estas dos ideas.
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