. . . . . " 10.-MOCION DE LA SE\u00D1ORA LAZO \n\"Honorable CAMARA: \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo 1\u00BA-Agr\u00E9gase al art\u00EDculo 497 del C\u00F3digo del Trabajo, despu\u00E9s del N\u00BA 3\u00BA, el siguiente n\u00FAmero: \"N\u00BA 4\u00BA-De las autorizaciones para exonerar a los trabajadores que gocen de inamovilidad a que se refiere el art\u00EDculo 10 de la ley N\u00BA 16.455, as\u00ED como de las suspensiones de \u00E9stos y de trabajadores que no gocen de inamovilidad, sujet\u00E1ndose estos procesos al procedimiento contemplado en el Libro IV, T\u00EDtulo I, P\u00E1rrafo 2\u00BA de este texto\". \nArt\u00EDculo 2\u00BA-Agr\u00E9gase al art\u00EDculo 518 del C\u00F3digo del Trabajo, como inciso se- \ngundo y final, el siguiente: \"En los casos a que se refiere el n\u00FAmero 4\u00BA del art\u00EDculo 497 de este texto, el Tribunal, de oficio, solicitar\u00E1 al Inspector del Trabajo de la comuna donde el trabajador presta sus servicios, un informe de las diligencias que \u00E9ste haya practicado relacionadas con la demanda\". \n(Fdo.) : Carmen Lazo Carrera,.\" \n \n " . . . .