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- rdf:value = " 3.-EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO A LOS NO VIDENTES. OBSERVACION DEL EJECUTIVOEl señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Entrando en la Tabla de Fácil Despacho, corresponde ocuparse de la observación formulada por el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional, al proyecto que permite el ejercicio del derecho de sufragio a los no videntes.
La observación del Ejecutivo, impresa en el boletín Nº 11. 034-O, consiste en sustituir la frase "con los caracteres impresos en relieve, de modo que sean reconocibles por el tacto", por la siguiente: "con las características materiales que se determinen en el Reglamento, el que deberá ser dictado antes del 31 de diciembre de 1969".
En discusión la observación al artículo 1º.
El señor GIANNINI.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, sólo algunas breves observaciones sobre este veto del Ejecutivo, por cuanto estamos de acuerdo con la modificación que por él se introduce.
En el proyecto primitivo se indicaba, como ya tuvimos oportunidad de expresarlo en esta Cámara, que los no videntes siempre han tenido el derecho a sufragio, pero que no han podido ejercerlo por la falta de un mecanismo práctico que se lo permitiera. Por esta disposición se estableció que los no videntes emitirán su sufragio con la ayuda de una plantilla facsímil de la cédula electoral, elaborada por la Dirección de Registro Electoral, "con los caracteres impresos en relieve, de modo que sean reconocibles al tacto. "
El Ejecutivo, con bastante razón, ha indicado que la impresión de la cédula electoral, con caracteres en relieve de modo que sean reconocibles al tacto, es sólo una de las condiciones materiales que debe tener esta plantilla facsímil; de tal manera que hay otras condiciones materiales que, de alguna manera, serán establecidas seguramente por el reglamento, como son el tamaño, la forma y otros requisitos de esa naturaleza. Por eso, el Ejecutivo estima que es mejor sustituir la frase según la cual la plantilla debe ser impresa en relieve, por la siguiente: "con las características materiales que se determinen en el Reglamento, el que deberá ser dictado antes del 31 de diciembre de 1969".
Estamos de acuerdo con esta observación, porque elimina algunos de los problemas que se podrían crear con la aplicación de esta ley; sobre todo, la duda que surgiría de aplicarse el texto como estaba en su forma primitiva, acerca de si la impresión de esta plantilla sería en el sistema normal en relieve o por el sistema Braille, atendiendo a que en Chile, por algunas deficiencias que ya hemos señalado, como ser los altos derechos de internación de los instrumentos para el aprendizaje del sistema Braille, son pocos los no videntes que saben leer esta escritura.
En síntesis, los Diputados democratacristianos estamos de acuerdo con la observación del Ejecutivo. Creemos que mejora el proyecto, pues el reglamento que se dicte antes del 31 de diciembre establecerá las condiciones materiales.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Palestro; y, a continuación, el señor Acevedo.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, seré muy breve. Los Diputados socialistas también estamos de acuerdo con la observación formulada por el Ejecutivo a este artículo. En verdad, es mucho más amplia y permitirá emitir el sufragio con mayor libertad. Los no videntes, de acuerdo con su condición de tales, ejercitarán este derecho en forma más libre, más independiente, sin que el sistema se preste para dudas, como podría prestarse el establecido por el artículo primitivo aprobado por el Congreso Nacional. De ahí que es mucho más útil la observación del Ejecutivo. Alguna vez, el Gobierno debe "darle el palo al gato" y lo ha hecho, en esta ocasión, con un problema no tan grande ni de mucha envergadura.
Estamos de acuerdo con la observación del Ejecutivo y la vamos a votar favorablemente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, sólo para hacer presente a la Sala, en relación con la observación del Ejecutivo, la que consiste en reemplazar la frase a que ya han hecho mención los colegas Giannini y Palestro, que el proyecto se encuentra en un trámite constitucional y reglamentario en que no cabe a la Cámara ninguna alternativa sino prestarle su aprobación para que pueda haber ley sobre la materia, porque, en caso contrario, no la habría. Como el ánimo y el deseo de la Corporación, al aprobarlo en general en segundo trámite constitucional, fue aceptar la idea de legislar y cuando la idea primitiva del proyecto ha sido modelada posteriormente, a través del veto, en forma diferente del criterio que la Cámara tenía, naturalmente que a estas alturas -cuando el Senado, que fue donde tuvo origen este proyecto, ya ha tratado en primer trámite el veto y le ha prestado su aprobación- a nosotros no nos queda otro camino, manteniendo evidentemente la idea sobre la materia, que adoptar igual criterio que el Senado.
Por lo tanto, los Diputados comunistas vamos a adoptar en la votación de este veto del Ejecutivo el criterio que tuvo el Senado, vale decir, lo aprobaremos para que haya ley sobre esta materia.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor FRIAS.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FRIAS.-
Señor Presidente, los Diputados nacionales también vamos a contribuir con nuestros votos a la aprobación de las observaciones del Ejecutivo. Estimamos que de esta manera vamos a hacer realidad este derecho que contemplaba la ley, pero que no había sido posible poner en práctica por deficiencias materiales.
No obstante, quisiéramos dejar constancia de que, en general, no nos agrada la idea de que materias tan importantes como éstas, sean relegadas a la voluntad de un reglamento, y entiendo que este es el único reglamento que va a normar disposiciones de la Ley Electoral. Pero como desgraciadamente a esta altura del trámite parlamentario no podemos hacer modificaciones a este proyecto, que permite que los no videntes -sector muy respetable, y mucho más por las limitaciones naturales que tiene- puedan votar, vamos a concurrir con nuestros votos a la aprobación de las observaciones del Ejecutivo.
El señor GIANNINI.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, sólo para dejar de alguna manera salvadas las objeciones que ha expuesto el señor Frías manifestando que las demás disposiciones de la ley son las que reglamentan la forma en que se va a hacer uso de este derecho por los no videntes. En este caso, sólo se determina, a través del reglamento, la plantilla facsímil, pero los demás artículos del proyecto indican con mucha claridad las disposiciones de la ley de elecciones que se derogan o modifican. De esta manera, es la ley misma la que determinará las condiciones del voto de los no videntes.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la observación del Ejecutivo.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
Terminada la discusión de la observación.
"
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