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El señor STARK (Vicepresidente).-
En conformidad con el acuerdo de la Cámara, corresponde discutir y despachar, en estos últimos cinco minutos del Orden del Día de la presente sesión, el proyecto, eximido del trámite de comisión, que aclara lo relativo al reajuste de las pensiones de los obreros jubilados del Ministerio de Obras Públicas.
El proyecto está impreso en el boletín Nº 108-(69)-2.
Se va a dar lectura al proyecto.
El señor MENA (Secretario).-
El proyecto, informado por la Comisión de Hacienda, dice como sigue:
"Artículo único. Aclárase que la diferencia a que se refiere el inciso segundo del artículo 68 de la ley Nº 15.840, a cargo de la Dirección General de Obras Públicas, ha debido reajustarse en los mismos términos en que el Servicio de Seguro Social reajusta las pensiones de los obreros beneficiados con ella."
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