rdf:value = " MOCION DEL SEÑOR LEIGHTON
"Proyecto de ley:
Artículo único. Reconócense, para todos los efectos legales y, en especial, para los establecidos en el artículo 1º de la ley Nº 5.489, y sus modificaciones, y abónese en la Hoja de Servicios de don Humberto Boldrini Díaz, los seis años comprendidos entre el 1º de febrero de 1956 y el 30 de abril de 1958 y entre el 1° de agosto de 1959 y el 30 de abril de 1963, sin que rija en lo que a dichos servicios se refiere, la limitación establecida en el artículo 69 de la ley Nº 9.629.
Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deben integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas durante el período de su desafiliación.
Para determinar el monto de las imposiciones se tomará como renta imponible el primer sueldo mensual que haya disfrutado el beneficiario después del período de desafiliación.
(Fdo.) : Bernardo Leighton G.".
"