rdf:value = " 21.-MOCION DEL SEÑOR JARAMILLO
"Honorable Cámara:
Proyecto de ley:
Artículo único. Reconócese a don Rigoberto Germán Riquelme Gómez como servicios efectivos y anótese en su hoja de servicios los lapsos comprendidos entre el primero de agosto de 1955 al 28 de febrero de 1957 y, desde el primero de marzo de 1961 al 30 de mayo de 1965, para todos los efectos legales, especialmente para el de trienios y lo dispuesto para la jubilación.
Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Para determinar el monto de las imposiciones se tomará como renta imponible el primer sueldo mensual de que haya disfrutado el beneficiario a la enseñanza fiscal.
El mayor gasto que demande la aplicación de la presente Ley se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.) : Alberto Jaramillo Bórquez."
"