. . . . . " MODIFICACION DEL ARTICULO 6\u00BA DE LA LEY N\u00BA 16.455, SOBRE TERMINACION DELCONTRATO DE TRABAJOEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente). \n \nSe\u00F1ores Diputados, corresponde discutir el primer proyecto de la Tabla de F\u00E1cil Despacho. \nEl proyecto, impreso en el bolet\u00EDn N\u00B0 80692, es el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA.Modif\u00EDcase el art\u00EDculo 6\u00B0 de la ley N\u00B0 16.455, en los siguientes t\u00E9rminos : \nReempl\u00E1zase en el inciso primero la expresi\u00F3n \"comuna\" por \"departamento\"; \nReempl\u00E1zase el inciso segundo por el siguiente: \n\"En aquellos departamentos que no fue \nren asiento de un Juzgado Especial del Trabajo, ser\u00E1 competente el Juez de Polic\u00EDa Local con asiento en la comuna donde el trabajador presta sus servicios, si fuere abogado; en caso contrario, el Juez de Polic\u00EDa Local de la ciudad cabecera de departamento a que corresponda la comuna.\" \nArt\u00EDculo 2\u00BA.Agr\u00E9gase al inciso primero del art\u00EDculo 10 de la ley N\u00BA 16.455, despu\u00E9s de la palabra \"Juzgado\" y antes de la coma, la expresi\u00F3n \"Especial del Trabajo que corresponda\".\". \n \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente). \n \nPuede usar de la palabra la se\u00F1ora Laura Allende. \n \nLa se\u00F1ora ALLENDE. \n \nSe\u00F1or Presidente, este proyecto, presentado por nosotros en la Comisi\u00F3n de Trabajo, tiene por objeto modificar el art\u00EDculo 6\u00BA de la ley N\u00BA 16.455, que fij\u00F3 normas para la terminaci\u00F3n del contrato de trabajo. Concretamente, el Art. 6\u00BA faculta a Jueces de Polic\u00EDa Local para intervenir en los conflictos del trabajo. La disposici\u00F3n tuvo por fin permitir a los obreros que pudieran concurrir, en forma menos gravosa para ellos, a los Juzgados de Polic\u00EDa Local. Sin embargo, la pr\u00E1ctica ha demostrado que los Jueces de Polic\u00EDa Local, aunque son abogados, no tienen el estudio profundo que tienen los Jueces de los Juzgados especiales del Trabajo. Por eso, y como hemos visto en muchos conflictos que los obreros saldr\u00EDan beneficiados si sus casos fueran estudiados por Jueces especiales del Trabajo, hemos presentado esta modificaci\u00F3n. \nA la Comisi\u00F3n de Trabajo concurri\u00F3 el Subsecretario del ramo, quien estuvo totalmente de acuerdo con la modificaci\u00F3n. A\u00FAn m\u00E1s, ayud\u00F3 a su redacci\u00F3n, haci\u00E9ndola m\u00E1s clara y, al mismo tiempo, m\u00E1s eficiente. \nPor eso, solicito a la Honorable C\u00E1mara que apruebe esta modificaci\u00F3n, porque va en beneficio de los trabajadores, que, \nen esta forma, estar\u00E1n atendidos por jueces especiales del trabajo. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or CARMINE. \n \nPido la palabra. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente). \n \nEl se\u00F1or Carmine puede hacer uso de ella. \n \nEl se\u00F1or CARMINE. \n \nMuchas gracias. \nTal como lo acaba de se\u00F1alar su autora, la Diputada se\u00F1ora Laura Allende, el proyecto en estudio tiene por objeto modificar el art\u00EDculo 6\u00BA de la ley N\u00BA 16.455 en cuanto a la competencia para conocer de dos \u00F3rdenes de materia. En primer lugar, de todas las cuestiones a que d\u00E9 lugar la terminaci\u00F3n del contrato de trabajo y, en segundo t\u00E9rmino, de los casos de desafuero. \nLa idea central del proyecto es que tanto la primera materia como la segunda, sea de la competencia exclusiva de los jueces especiales del Trabajo. Y realmente los Diputados nacionales estimamos que \u00E9sta es una idea positiva y \u00FAtil, que contribuye a darles mayor garant\u00EDa a las partes en conflicto, ya que, indiscutiblemente, la especializaci\u00F3n propia de estos Tribunales dar\u00E1 mayor garant\u00EDa de justicia eficaz, tanto a la parte patronal como a la parte obrera. \nEn consecuencia, anuncio los votos favorables de los Diputados nacionales a laa dos disposiciones que contienen los art\u00EDculos 1\u00B0 y 2\u00BA de este proyecto. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente). \n \nOfrezco la palabra sobre este proyecto. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n general el proyecto. \nSi le parece a la Sala y no se pide votaci\u00F3n ni se manifiesta oposici\u00F3n, se dar\u00E1 por aprobado en general. \nAprobado. \nComo no ha sido objeto de indicaciones, queda aprobado tambi\u00E9n en particular. \nTerminada la discusi\u00F3n del proyecto. \n \n " . . . . . . . . . . . . "MODIFICACION DEL ARTICULO 6\u00BA DE LA LEY N\u00BA 16.455, SOBRE TERMINACION DELCONTRATO DE TRABAJO"^^ .