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"Nº 6606.Santiago, 3 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º Autorízase la erección, en la ciudad de Santiago, de un monumento a la memoria de don Valentín Letelier, que se financiará por suscripción popular.
Artículo 2º Una Comisión formada por un representante del Ministerio de Educación Pública, un representante de la Comisión de Monumentos Nacionales y un representante de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile, designados por el Presidente de la República, deberá determinar la ubicación y características del monumento y su recepción definitiva.
Autorízase para efectuar, anualmente, y por el tiempo que sea necesario para dar término a la obra a que se refiere el artículo 1º, una colecta pública en todo el territorio nacional que se denominará "Pro Monumento a don Valentín Letelier", cuyo producto se depositará en una cuenta especial, de la que sólo podrá girar el Presidente de la Comisión a que se refiere el inciso anterior para los fines específicos del cumplimiento de esta ley.
Artículo 3º Las donaciones que se efectúen para la erección del monumento
a que se refiere la presente ley, estarán exentas de todo impuesto, no requerirán del trámite de insinuación y se depositarán en la misma cuenta especial a que se hizo referencia en el artículo anterior.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
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