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La señora RETAMAL.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora RETAMAL.-
Señor Presidente, desde que el hombre existe, ha luchado denodadamente por vencer la naturaleza: la tierra, el aire y el mar; y lo ha conseguido a través de descubrir nuevas ciencias y nuevas técnicas. Y en su audacia ha tratado no sólo de dominar el globo terráqueo, sino más allá, y hollar con su pie otros planes. Así es como, este año, el hombre se ha posado en la luna.
No obstante, en esta humanidad formada por hombres y mujeres, con adelantos jamás soñados: puentes, puertos, barcos, submarinos con energía atómica, aviones a retro-impulso, de guerra y transporte, hospitales, laboratorios, industrias, máquinas de labranza, desde arados y cosechadoras hasta el cerebro electrónico, hay odios, resentimientos, miserias, olvidos, masacres, depravación, guerras e injusticias.
Y los pueblos llegan, algunos, a alcanzar su más alto grado de desarrollo, y luego caen en su propia destrucción, como el que sube una empinada cuesta y al llegar a la cima, cansado por el esfuerzo realizado, no es capaz de mantenerse en el sitial alcanzado y resbala al abismo.
¿Por qué preocuparse con exageración de descubrir qué existe en los otros planetas, y no tratar de buscar las causas por las cuales existe hambre, miseria, des-ambientación y perversidad? ¿Por qué tanto odio? ¿Cuáles son las causas de las guerras, de la ignorancia, de la corrupción física y mental?
A mi modesto entender, por olvido premeditado, calculado e interesado, se ha dejado marginada, por milenios de milenios, desde la prehistoria hasta hoy, a la otra parte de la humanidad, que somos las mujeres.
Si recordamos nuestra historia, encontraremos que pasaron siglos en que sólo se tomó en cuenta a la mujer para los trabajos o labores hogareños, porque era considerada ser sin inteligencia, ser que parecía acoger, sin revisar, ni optar, mandatos que la naturaleza o la sociedad le imponían. Cumplía el papel de esposa y madre "porque así tenía que ser". Había generosidad y aun heroísmo, pero ejercidos como subditas.
Gracias a la audacia temeraria de muchas compañeras se fueron logrando algunas conquistas con la ayuda de los pocos hombres y gobiernos visionarios, que comprendieron que estaban equivocados.
¿Por qué es tan fundamental que de ninguna tarea queda excluida del todo? Siendo la mujer uno de los pilares de la familia, conformadora de una "nueva sociedad más comprensiva", más humana, debe tener los mismos derechos que el hombre y, más aún, por su naturaleza, la mujer está llamada a formar al hombre del presente y del mañana, inculcándole el sentido del amor, y de la lealtad y rectitud, formando hombres que amen a la naturaleza, que vibren frente a un huerto florido, que se compadezcan ante la adversidad; temerarios ante el peligro, terminando con la indiferencia egoísta, fría y calculadora.
¿Quién moldea desde la gestación hasta su formación de hombre un corazón sincero y un cerebro equilibrado, un hombre en sus plenas facultades emotivas a quien le da seguridad y oportunidad de amar cuanto existe y de realizarse plenamente? Una mujer equilibrada, con conocimientos, sin prejuicio y consciente de los valores morales, científicos y técnicos, y de su valor como sustentadora de la especie y forjadora de una sociedad más humana; en una palabra, la concientización de la vida, pues la mujer no solamente tiene el deber de criar a su hijo, sino que su tarea es mucho más importante: darle la formación adecuada, inculcarle el respeto a la ley, el afán de justicia, la rectitud y la honradez de proceder. Si no se preocupara de esta tarea magnífica, "otros maestros" inculcarían sus propias ideas en esa mente virgen y otros derroteros tendría esa vida.
La Biblia dice: "¿Qué ganará el hombre con conquistar el mundo si perdiere su alma?" También se podría decir: ¿Qué ganará con la conquista del universo si se pierde la fe, la esperanza, formados en el orgullo, la deslealtad, la hipocresía y el oportunismo, levantando cada día murallas que separan, creando hostilidad, odio, guerra y matanza?
Me agradaría hoy referirme "in extenso" a cada movimiento de la evolución y a las duras luchas que dieron aquellas visionarias heroínas, en todas las edades y épocas de la humanidad, de todos los pueblos de la tierra, que cuando estuvieron al margen de toda acción política-social, abrieron caminos para hacer posible la complementación del hombre y compartir deberes y derechos en el diario bregar por el progreso de la humanidad, por la justicia de ellos mismos y por la paz universal.
Pero, por el momento es necesario referirse a nuestro país, Chile. Como en los otros países americanos, nuestro Código Civil, basado en el Código de Napoleón, aplicó las duras leyes que imponían la sumisión legal de la mujer.
Sólo con la Constitución de 1925 que modificó la de 1833, fueron abolidas las más denigrantes, absurdas, insólitas incapacidades civiles de la mujer, autorizándola para servir de testigo, ser tutora o guardadora y disponer de su sueldo profesional.
Por decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1935, artículo 9°, se concedió a la mujer el derecho a participar en los comicios municipales.
El 14 de enero de 1949, fecha de publicación de la ley Nº 9.292, se otorga a la mujer la plenitud de sus derechos políticos para participar en la elección de Diputados, Senadores y Presidente de la República.
En 1952 votaron por primera vez las mujeres en una elección presidencial. En ese mismo año se nombró la primera Ministra de Estado, correspondiéndole la Cartera de Justicia.
En 1956 se publica a ley Nº 11.051 que establece el pago de asignación familiar de la mujer e hijos directamente a la cónyuge.
La ley Nº 12.401, de 1959, establece el pago de asignación familiar a contar desde el sexto mes de embarazo.
La ley Nº 12.462, de 1959, estableció el aumento de la asignación familiar de empleados y obreros del sector público y privado.
En 1960 se promulga la ley Nº 13.989 que establece el pago de asignación familiar a los hijos de empleados particulares que continúen estudios universitarios o de especialidad técnica.
La ley Nº 14.550, de 1961, establece que los actuales Juzgados especiales de Menores y los que se creen en el futuro se denominarán Juzgados de Letras de Menores, los que formarán parte del Poder Judicial y se regirán por las disposiciones que la ley señala.
La ley Nº 14.908, de 1962, fija el texto definitivo de la ley Nº9 5.750, de 2 de diciembre de 1935, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias.
En 1964 se publica la ley Nº 15.966, de 12 de diciembre, que establece la asignación postnatal. Gobierno del PresidenteEduardo Frei Montalva.
En 1965 es publicada, el 29 de septiembre, la ley Nº 16.311, que agrega incisos al artículo 136 del Código del Trabajo, que hace extensiva la prohibición del artículo 48, sobre trabajo nocturno, a las empleadas particulares; en la misma ley se agrega el artículo 136 bis, que hace extensiva a las empleadas particulares la prohibición del artículo 49 del Código del Trabajo, sobre prohibición de trabajos subterráneos.
La ley Nº 16.250, publicada el 21 de abril de 1965, considera trabajo extraordinario el que se efectúe entre las 23 y las 7 horas por las empleadas domésticas.
La ley Nº 16.317, publicada el 29 de septiembre de 1965, reemplaza el artículo 162 del Código del Trabajo y confiere a las madres particulares el mismo derecho que establece el artículo 318 del mismo Código, referente a amamantar a sus hijos.
La ley Nº 16.434, publicada el 26 de febrero de 1966, agrega incisos y reemplaza el inciso final del artículo 309, prolongando por seis semanas más el subsidio materno postnatal, si el cuidado del niño lo requiere, a juicio del Servicio Médico. Además, se establece la prohibición de trabajo a las mujeres embarazadas y puérperas, con la obligación de parte del empleador o patrón de reservarles sus empleos durante dichos períodos.
La ley Nº 16.494, publicada el 16 de junio de 1966, modifica la ley Nº 10.343 en lo relativo a la jubilación de la mujer funcionaría de la administración civil del Estado y de las Municipalidades.
La ley Nº 16.511, publicada el 24 de julio de 1966, que modifica el artículo 315 del Código del Trabajo, hace extensiva la obligación de tener salas-cunas a los establecimientos que ocupen obreras y empleadas, y aumenta el plazo para amamantar a los hijos, de uno hasta dos años.
En la misma ley se agrega un inciso segundo al artículo 315, disponiendo que la Dirección del Trabajo puede ordenar el establecimiento de salas-cunas aun en aquellas industrias que ocupen menos de 20 obreras o empleadas, si las circunstancias imperantes en la respectiva industria lo hacen aconsejable.
La ley Nº 16.610, publicada el 10 de febrero de 1967, aclara las disposiciones sobre asignación familiar en el caso de que la madre del imponente sea el causante.
La ley Nº 16.511, publicada el 25 de febrero de 1967, modifica la ley Nº 7.295, que establece la asignación familiar.
La ley Nº 16.880, publicada el 7 de agosto de 1968, que establece las normas por las cuales deberán regirse las Juntas de Vecinos, reconoce y legaliza, en el artículo 39 de su Título III, los Centros de Madres.
Señor Presidente, todas estas leyes han sido dictadas en favor de las mujeres de nuestro país. Además, se encuentra en Tabla y en el último trámite: el del veto, el proyecto de ley que crea la Junta Nacional de Guarderías Infantiles. Esta es otra conquista de las mujeres. Como ya se ha hablado mucho de ello, no me voy a referir "in extenso" a este proyecto, que pronto será publicado como ley, porque ya está, como digo, en su último trámite.
También se está estudiando la reforma al estatuto jurídico de la mujer, de gran importancia para las relaciones de la vida familiar. La Comisión ha efectuado diversos estudios para considerar las modificaciones que es necesario introducir a las normas que regulan la situación legal de la mujer. Salvo parciales reformas, la legislación que rige la condición jurídica de la mujer está contenida en el Código Civil,- que data del siglo pasado. Se ha llegado a la conclusión de que es indispensable otorgar a la mujer casada su plena capacidad civil por un nuevo régimen legal matrimonial y no por la simple modificación del vigente, que fue concebido sobre la base de la incapacidad relativa de la mujer.
Sin descuidar su función fundamental de madre, esposa y defensora del núcleo familiar, la mujer chilena proporciona un gran aporte al proceso económico, social y cultural de nuestro país.
Según informaciones de la Oficina de la Mujer, de nuestro país, el 25% de la fuerza de trabajo de Chile está constituido por mujeres que laboran en distintos campos ocupacionales: 6.300 ocupan cargos de gerentes, directoras y administradoras de empresas privadas y públicas, de las cuales el 31% son casadas. En cuanto a educación, el 81% lee y escribe. De éstas, el 0,25% va a la Universidad; el 0,35% recibe instrucción comercial, y el 0,5%, instrucción técnica); 70.900 trabaja en áreas profesionales, técnicas y afines (de éstas, 46.700 son profesoras y 16.900 profesionales paramédicos) ; 69.800 se desempeñan como empleadas de oficinas o en labores de esa área; 81.200 desarrollan funciones de vendedoras y ocupaciones semejantes; 24.600 trabajan en faenas agrícolas; 114.800 laboran como artesanas y operarías; trabajadoras textiles, sastres, envasadoras, peleteras, etcétera; 241.700 realizan actividades de servicios personales, empleadas domésticas (cocineras, aseadoras, etcétera).
Esta fuerza de trabajo es otra conquista fundamental del valor inapreciable del desenvolvimiento como persona de la mujer, que se añade a la conquista política, esto es, al derecho a elegir y ser elegida para todos los cargos de representación popular y para ocupar cargos públicos como funcionaría, sin considerar también la conquista de la cultura, de la educación, palanca fundamental que promueve la libertad de los hombres y mujeres y que obstruye la esclavitud en todos los aspectos y niveles.
Todo esto, que suma décadas de trabajo lograrlo, ha sido en un sentido individualista, y han podido usufructuarlo sólo algunas mujeres de nuestro país...
El señor CAMPOS (Vicepresidente).-
Perdón, señora Retamal, ha llegado la hora de votación de proyectos de acuerdo.
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