REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesion 12ª, en martes 25 de noviembre de 1969 Ordinaria: de 16 a 20.42 horas).- Presidencia de los señores Mercado y Señoret. Secretario, el señor Mena. Prosecretario, el señor Lea-Plaza. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE. 1.- Se aprueban los acuerdos de los Comités Parlamentarios 1675 2.- Se acuerda el establecimiento de la Comisión Investigadora sobre acuñación y ventas de monedas de oro 1676 3.- Se acuerda el establecimiento de la Comisión Investigadora sobre problemas de las Universidades del país 1676 4.- Se acuerda el plazo para emitir informe a la Comisión encargada de estudiar las actividades de los Cuerpos de Paz en el país 1676 5.- Los señores Scarella, y Barahona rinden homenaje a la memoria de don Humberto Molina Luco, ex Intendente de Valparaíso 1676 6.- Se acuerda solicitar al Ejecutivo la inclusión en la Convocatoria de dos proyectos en la Legislatura Extraordinaria 1678 7.- El señor Palestro se refiere al descuento en las pensiones del Servicio de Seguro Social 1679 8.- La Cámara despacha las observaciones del Ejecutivo al proyecto sobre creación de la Junta Nacional de Guarderías Infantiles 1680 9.- Se despacha el proyecto de modificaciones a las leyes de control, cuya fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero 1701 10.- El señor Giannini rinde homenaje a la memoria de don Humberto Molina Luco, ex Intendente de Valparaíso 1718 11.- El señor Urra se refiere al Congreso Constituyente de la Confederación Nacional de Transporte Terrestre de Chile y a la política de transporte del Gobierno y queda pendiente su intervención 1719 12.- La Cámara se ocupa de un proyecto de acuerdo 1722 13.- El señor Urra continúa ocupándose de la materia señalada en el Nº 11 1723 14.- El señor Godoy se ocupa de las medidas para prever los efectos de las sequías sobre la producción frutícola de las provincias de Aconcagua y Valparaíso 1727 15.- El mismo señor Diputado se refiere a los fondos para desaguar la Laguna del Inca 1729 16.- El mismo señor Diputado se ocupa de los problemas de los pequeños agricultores de Putaendo y Petorca (Aconcagua) 1729 17.- El mismo señor Diputado se refiere a la instalación en Aconcagua de una industria productora de pulpa de madera, celulosa y papeles especiales 1730 18.- El señor Scarella se refiere a la reforma del Servicio Nacional de Salud y a los problemas hospitalarios de Valparaíso 1730 19.- El señor Klein se ocupa de la apertura de la agencia del Banco del Estado en Los Muermos, Maullín 1731 20.- El señor Sharpe se refiere a la expansión crediticia para los bancos de la provincia de Bío-Bío 1733 21.- El señor Fuentealba, don Clemente, hace un análisis sobre el estado de la Hacienda Pública 1733 22.- El señor González se refiere a la modificación de las tasas de contribución en la provincia de Magallanes 1740 23.- El mismo señor Diputado se ocupa del cierre de la Industria Sociedad Lanera Austral de Punta Arenas 1741 24.- El mismo señor Diputado se refiere al alza de pasajes de LAN en el tramo Santiago-Punta Arenas 1741 25.- El señor Jáuregui se ocupa de la terminación de caminos en la provincia de Magallanes 1742 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS. 1.- Oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que formula observaciones al proyecto de ley que consulta un plan de construcciones de viviendas destinadas a los jueces letrados del país y a otros funcionarios judiciales 1639 2.- Oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que incluye en la Convocatoria a la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, los siguientes proyectos de ley: El que modifica la ley Nº 7.- 205, que creó el Colegio de Farmacéuticos de Chile; 1640 El que establece normas para el cobro de los beneficios previsionales 3.- Oficio del Senado, con el que comunica los acuerdos en relación con las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que grava las empresas envasadoras de aguas minerales, en beneficio de las Municipalidades respectivas 1640 4/8.- Informes evacuados por las Comisiones que se indican, respecto de las materias que se expresan: De la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes, recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, que autoriza al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para indemnizar a las personas damnificadas por el accidente del avión T 33, ocurrido el 19 de septiembre de 1968 1641 De la Comisión de Agricultura y Colonización: El que otorga título gratuito de dominio a los ocupantes de los terrenos fiscales que forman parte de la Población Orlando Latorre, de Calama 1643 El que autoriza al Presidente de la República para transferir a la Sociedad Población La Favorecedora, el predio fiscal que indica 1644 El que autoriza al Presidente de la República para enajenar una propiedad ubicada en calle Teatinos con Moneda, en favor del Banco Central de Chile 1646 De la Comisión Especial encargada de conocer la acusación constitucional deducida en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra 1648 9.- Oficio de la Comisión Especial de Acusación Constitucional en contra del señor Ministro del Interior, con el que comunica que ha procedido a constituirse y a designar Presidente a don Edmundo Salinas Clavería 1670 10.- Oficio de la Comisión de Relaciones Exteriores, con el que solicita se le otorgue un nuevo plazo de treinta días para emitir informe respecto de la investigación encomendada acerca de las actividades de los Cuerpos de Paz, en el país 1670 11/13.- Mociones de los señores Diputados que se indican, con las cuales inician los proyectos de ley que se señalan: El señor Schnake, que establece que no se aplicará lo dispuesto en el artículo 1º del D. F. L. Nº 68, de 1960, al personal de la Corporación de Fomento de la Producción 1670 De los señores Ríos Santander y Alamos, que autoriza la división de los predios rústicos de más de 80 hectáreas básicas, y la grava con un impuesto destinado a financiar el Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social 1671 De los señores Garcés, Sanhueza, Giannini y Pareto, que establece la obligación para los Partidos Políticos, de llevar contabilidad completa a contar del 1º de enero de 1970 1673 14.- Comunicaciones 1674 III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. No se adoptó acuerdo alguno al respecto. IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. "Nº 1.793.- Santiago, 20 de noviembre de 1969. V. E. ha tenido a bien comunicar al Ejecutivo por oficio Nº 318 de 11 de noviembre del año en curso que el Honorable Congreso Nacional ha prestado su aprobación a un proyecto de ley que crea un Fondo de Construcciones de Justicia. Durante la tramitación de este proyecto de ley el Ejecutivo ha hecho presente que el programa de construcción de viviendas para los funcionarios del Escalafón Superior del Poder Judicial: Ministros de Cortes de Apelaciones, Fiscales, Relatores, Jueces y Secretarios de los Tribunales de Justicia, a que se refiere el artículo segundo, comprenderá aproximadamente 520 viviendas, las que se ejecutarán en el lapso de cinco años; se ha expresado también que el propósito del Ejecutivo es financiar su construcción o adquisición mediante el sistema nacional de ahorro y préstamo, cuyo efecto multiplicador permitirá la ejecución del programa dentro de] plazo señalado. De acuerdo con tales antecedentes no resulta conveniente la disposición del inciso segundo que obliga a destinar anualmente para el cumplimiento del programa una cantidad equivalente al 80% del rendimiento del Fondo que se establece en el artículo primero; en efecto, en el primer año de ejecución del programa la inversión consistirá únicamente en los gastos iniciales establecidos para el sistema de ahorro y préstamo: ahorro previo y gastos; en los años siguientes, dichos rubros se incrementan en forma creciente con el servicio de la deuda que corresponda a las viviendas construidas en los años anteriores, llegando a un máximo en el quinto año, en que se ejecutará la construcción de las últimas viviendas; desde el sexto año adelante el único gasto del fondo relativo al programa de viviendas consistirá en el servicio de la deuda, Así explicado aparece evidente la inconveniencia de afectar en forma permanente un porcentaje determinado a la ejecución del programa de viviendas, el que sólo se justifica en el año de mayor inversión. Para obviar el defecto mencionado se propone un texto sustitutivo del inciso segundo del artículo 2º del proyecto que, junto con garantizar la preferencia que tendrá el programa de viviendas y su ejecución en el plazo establecido, permite la utilización de los saldos del Fondo que no se inviertan en dicho programa en los demás objetivos señalados en el artículo primero. Por otra parte, teniendo presente que los objetivos que se persiguen con este proyecto de ley consisten no solamente en la ejecución de un programa de viviendas sin perjuicio de la prioridad que para él se establece, se formulan también observaciones respecto a los artículos quinto y séptimo conducentes a dejar en claro que tales disposiciones se refieren tanto a dicho objetivo transitorio como el objetivo permanente que se señala en el artículo primero del proyecto. En virtud de las consideraciones aducidas, y, en conformidad al artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley que crea un Fondo de Construcciones de Justicia, según se contiene en el oficio Nº 318 de 11 de noviembre del año en curso, de la Honorable Cámara de Diputados: Artículo 2º Substitúyese el inciso segundo por el siguiente: "Para el cumplimiento de este programa deberá, a lo menos, destinarse anualmente la cantidad necesaria que permita su ejecución dentro del plazo de cinco años, salvo que dichas cantidades resultaren superiores al 80% del rendimiento del Fondo establecido en el artículo anterior, en cuyo caso la inversión se limitará precisamente a dicho porcentaje." Artículo 5º Reemplázanse las palabras "este objeto" por la frase "la ejecución de los programas de construcción de viviendas y de los demás locales o establecimientos a que se refiere el artículo primero". Artículo 7º Intercálese, en el inciso primero, entre las expresiones "viviendas" y "a que se refiere esta ley" las palabra "y demás establecimientos". Por tanto, en conformidad al artículo 53 de la Constitución, adjunto a V. S. el proyecto remitido por oficio Nº 318 de 11 de noviembre de 1969, de la Honorable Cámara de Diputados. Dios guarde a V. S. (Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Gustavo Lagos Matus". 2.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 535.- Santiago, 20 de noviembre de 1969. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir entre las materias de que puede ocuparse el H. Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, los siguientes proyectos de ley: 1.- El que modifica la ley Nº 7.205, que creó el Colegio de Farmacéuticos de Chile. (Boletín Nº 25.630 del H. Senado) ; y 2.- El que establece normas para el cobro de los beneficios previsionales. (Boletín Nº 23.- 590 del H. Senado).- Dios guarde a, V. E. (Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Patricio Rojas Saavedra". 3.- OFICIO DEL SENADO "Nº 7245.- Santiago, 20 de noviembre de 1969. El Senado ha tenido a bien adoptar los siguientes acuerdos respecto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que grava a las empresas envasadoras de aguas minerales en beneficio de las Municipalidades respectivas: Artículos 1º y 2º Ha rechazado las que consisten en suprimirlos y ha insistido en la aprobación de los textos primitivos. Artículos nuevos Ha rechazado todos los artículos nuevos que se proponen, con excepción del siguiente, que ha aprobado: "Artículo.- Para agregar al Nº 15 del artículo 17 de la Ley de la Renta, suprimiendo el punto final (.) por una coma (,), la siguiente frase: "como asimismo las regalías de cualquiera naturaleza que se otorguen a los obreros y empleados agrícolas, siempre que éstas no se paguen en dinero. ". ". Lo que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 286, de fecha 28 de octubre de 1969. Devuelvo las antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo. ).- Tomás Pablo Elorza.- Pelagio Figueroa Toro". 4.- INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL, EDUCACION FISICA Y DEPORTES "Honorable Cámara: La Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", e incluido en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, por el cual se autoriza al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para indemnizar a las personas damnificadas por el accidente del avión T38, ocurrido el 19 de septiembre de 1968. Durante la discusión de este proyecto de ley, la Comisión contó con la colaboración del señor Subsecretario de Aviación, General de Brigada Aérea (R) don Aquiles Savagnac Sánchez, quien proporcionó todos los antecedentes que tenía en su poder y que se encuentran en la investigación sumaria realizada por la Fuerza Aérea de Chile en relación con el accidente antes mencionado. Como es de conocimiento público, el día 19 de septiembre de 1968 con motivo de la celebración del día de las Glorias del Ejército en el Parque Cousiño y mientras se realizaba la Gran Parada Militar, desde la base aérea "El Bosque" despegó una escuadrilla de aviones T33 de la Fuerza Aérea de Chile con el objeto de participar en la referida presentación militar. Durante el despegue de la escuadrilla una de las aeronaves que la componía se precipitó a tierra cayendo sobre un grupo de casas que forman la Población Santa Erna, ubicada en el Paradero 39 de la Gran Avenida. Como resultado del accidente, además de la pérdida de la aeronave y de la muerte del Alférez Catalán, se produjo el deceso de seis pobladores y la pérdida y deterioro de viviendas y enseres pertenecientes a las modestas familias que las habitaban. La Fuerza Aérea de Chile solicitó del Supremo Gobierno los fondos necesarios para indemnizar a los damnificados por los daños causados por el accidente. El Ejecutivo estimó que la petición hecha por la Fuerza Aerea de Chile era justa y remitió a la consideración del Congreso Nacional, como una forma de paliar los daños materiales y morales ocasionados, la iniciativa objeto de este informe. Por el artículo 1º, del proyecto de ley en informe, se autoriza al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para indemnizar a las personas damnificadas ya sea por haber perdido a sus familiares o por los perjuicios materiales que hubieren sufrido por el accidente ocurrido en las inmediaciones de la Base Aérea "El Bosque". La Fuerza Aérea de Chile realizó una investigación para determinar las causas y las responsabilidades que pudieran derivarse del accidente. De esta investigación sumaria administrativa y de las diligencias practicadas por las Visitadoras del Departamento de Bienestar de la Institución se obtuvo la nómina de los afectados y se determinó, de común acuerdo con ellos, el monto que debería pagarse por concepto de indemnizaciones. Por el artículo 3º, se autoriza al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para transferir a las personas que perdieron familiares o que sus propiedades no tenían reparación posible, un inmueble de propiedad fiscal que en la actualidad tiene asignada la Fuerza Aérea de Chile en la Población "Juanita Aguirre". Respecto de los afectados cuyas propiedades eran susceptibles de ser reparadas la Institución por intermedio de su departamento técnico realizó las reparaciones, sin costo alguno para los afectados, hasta dejar las viviendas en estado de ser habitadas. El artículo 4º, autoriza, asimismo, al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile para proceder al pago de las indemnizaciones de acuerdo con la nómina y monto que se especifican en el mismo artículo, cantidades, que como se ha dicho, se fijaron de común acuerdo con los interesados. Además, esta misma disposición obliga consultar en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, los fondos necesarios para financiar la mantención y educación, en las instituciones que se indican, de Carmen Gloria Silva Pizarro, hija natural de doña María Inés Pizarro Ortega, fallecida a consecuencias del mismo accidente. Los referidos fondos no podrán ser inferiores a un sueldo vital anual escala a) del departamento de Santiago. El artículo 5º y final, establece que el pago de las indemnizaciones y la transferencia de los bienes raíces a los afectados se hará mediante decreto supremo. La Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes, estimó de justicia, por las razones dadas a conocer recomendaros la aprobación de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º.- Autorízase al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea para que proceda a indemnizar a las personas que sufrieron la pérdida de miembros de su familia y perjuicios o la destrucción de bienes de su propiedad, a raíz del accidente del avión T33 de dicha institución, ocurrido el día 19 de septiembre de 1968 en las inmediaciones de la Base Aérea "El Bosque". Artículo 2º.- La nómina de los afectados y el monto de las indemnizaciones por perjuicios o destrucción de bienes materiales, son los que se determinaron en la Investigación Sumaria Administrativa que se instruyó por estos hechos. Artículo 3º.- El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea queda autorizado para transferir en dominio un inmueble, ubicado en la Población "Juanita Aguirre", donde actualmente viven, a cada una de las siguientes personas: doña Graciela Guerra Jaramillo; don Alonso Aguilar Carrillo; don Luis Porras García y don Raúl Infante Infante. Artículo 4º.- El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea pagará, además, las cantidades que se señalan, a las siguientes personas: 1.- Sra. Graciela Guerra Jaramillo Eº 19. 436,00 2.- Sr. Alonso Aguilar Carrillo 15. 209,00 3.- Sr. Luis Porras García. 14. 046,00 4.- Sr. Nelson Valenzuela Farías 7. 589,00 5.- Sr. Manuel Rojas Espinoza 8. 045,00 6.- Sr. Germán Riquelme Cancino 9. 322,00 7.- Sr. José Sergio Peralta Fárnica 11. 482,00 8.- Sr. Carlos Arturo Lara Pérez 10. 679,80 9.- Sr. Luis Alberto Figueroa Arriagada 2. 980,00 Además, anualmente, en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, deberán consultarse los fondos necesarios para pagar la mantención y educación hasta obtener la Licenciatura Secundaria o un Título Profesional o Técnico, en su caso, de la menor Carmen Gloria Silva Pizarro, hija de doña María Inés Pizarro Ortega, fallecida a consecuencias del accidente ocurrido, el 19 de septiembre de 1968, en las inmediaciones de la Base Aérea "El Bosque", Población Santa Erna, del avión T33 de la Fuerza Aérea de Chile. La Subsecretaría de Aviación entregará a la Casa Nacional del Niño o a la Institución, Universidad o Escuela donde la interesada realice sus estudios, como mínimo, la cantidad de un sueldo vital anual escala a) del departamento de Santiago. Artículo 5º.- El pago de estas indemnizaciones, ya sea que consistan en la transferencia de bienes raíces o en la entrega de cantidades de dinero, se hará mediante decreto supremo. Los que correspondan a pago de dinero se imputarán al ítem Obligaciones Pendientes del Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación. En los decretos en que se transfieran bienes raíces se contendrá la individualización legal y material de los mismos y los demás datos que sean necesarios para su inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente. Estos decretos serán reducidos a escritura pública que suscribirán el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea por el Fisco y el respectivo interesado". Sala de la Comisión, 19 de noviembre de 1969. Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Monares (Presidente), Acevedo, Avendaño, Cantero, Del Fierro, Espinoza, don Gerardo y Tagle. Se designó Diputado informante al señor Tagle. (Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión". 5.- INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización pasa a informaros un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, que autoriza al Presidente de la República para otorgar título gratuito de dominio a los ocupantes de los terrenos fiscales que forman parte de la Población "Orlando Latorre" de Calama. El año 1953 se produjo un sismo que afectó seriamente a la ciudad de Calama, el Gobierno de esa época acudió en ayuda de las personas que quedaron damnificadas y es así que con la ayuda que llegó del extranjero y los recursos provenientes del 2% constitucional para calamidades públicas, se construyeron, en terrenos fiscales, viviendas de emergencia para aquellas familias que fueron más seriamente afectadas. Debido a la urgencia en solucionar el problema habitacional de parte de la población de Calama, estos refugios de emergencia fueron construidos sin un ordenamiento técnico ni cumpliendo en forma estricta las disposiciones legales y reglamentarias existentes sobre esta materia y es así que ahora, al haber transcurrido más de 15 años, los beneficiarios de estas viviendas desean regularizar su título de dominio tanto con respecto del terreno en el cual se levantaron los refugios como con relación a los materiales y construcciones fiscales que en esa oportunidad les fueron entregados.- Además, cabe hacer presente que las 91 familias beneficiadas han ido efectuando mejoras e inversiones en su casa, las que hoy día llegan a una suma de alrededor de Eº 4.000. El Gobierno consciente de esta situación desea solucionar este problema transfiriendo a título gratuito las citadas casas de emergencia con el propósito principal de que las personas, junto con tener la seguridad de sus inversiones, puedan obtener préstamos tanto en el Banco del Estado de Chile como en Asociaciones de Ahorro y Préstamos para introducir nuevas mejoras a sus casas. El artículo 1º del proyecto de ley en informe autoriza al Presidente de la República para otorgar, sin más trámite, título gratuito de dominio a los ocupantes de los terrenos fiscales que forman parte de la Población "Orlando Latorre", de Calama, teniendo derecho a optar al beneficio las personas que sean ocupantes de los terrenos a la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial. Por el artículo 2º se faculta, asimismo, al Presidente de la República para transferir en la misma forma anterior, a las personas ya citadas las mejoras y construcciones fiscales existentes en los sitios que se les asigne. Finalmente, el artículo 3º establece que los beneficiarios no podrán gravar ni enajenar el sitio ni las mejoras durante los 5 años posteriores a la inscripción del título en el Conservador de Bienes Raíces. Se exime de esta prohibición tan sólo aquellos gravámenes en favor del Banco del Estado de Chile, de otras instituciones creadas por ley en las cuales el Estado tenga aportes de capital o representación y de las Asociaciones de Ahorro y Préstamos. Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización prestó su aprobación a esta iniciativa por unanimidad por considerar que ella viene a solucionar un grave problema que afecta a un grupo de ciudadanos y que es de justicia ir en su ayuda. Os propone que adoptéis igual acuerdo concebido en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para otorgar sin más trámite título gratuito de dominio a los ocupantes de los terrenos fiscales que forman parte de la Población "Orlando Latorre" de Calama, comuna del mismo nombre, departamento de El Loa, provincia de Antofagasta. Los títulos serán conferidos a través del Ministerio de Tierras y Colonización sin sujeción a las normas legales y reglamentarias que rigen las concesiones de dominio y la aprobación de planos en poblaciones de origen fiscal. Tendrán derecho a optar a este beneficio las personas que sean ocupantes de estos terrenos a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial. El decreto respectivo se dictará previo informe de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales que acredite la concurrencia de esta circunstancia. Artículo 2º.- Autorízase, asimismo, al Presidente de la República para transferir gratuitamente a los beneficiarios de título de dominio de la Población "Orlando Latorre" en conformidad a lo establecido en el artículo 1º de la presente ley, las mejoras y construcciones fiscales existentes en los sitios que se le asigne. Esta transferencia será sin más trámite que el informe previo favorable de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales. Artículo 3º.- La persona favorecida con un título de dominio otorgado de acuerdo con esta ley, no podrá gravar ni enagenar el sitio ni las mejoras durante los cinco años posteriores a la inscripción del título, pero la prohibición no afectará a la constitución de gravámenes en favor del Banco del Estado de Chile o de otras instituciones creadas por ley en las cuales el Estado tenga aportes de capital o representación, ni a las Asociaciones de Ahorro y Préstamos.". Sala de la Comisión, a 20 de noviembre de 1969. Acorado en sesión de fecha 19 de noviembre del año en curso, con la asistencia de los señores Toro (Presidente), Acuña, Ferreira, Koenig, Páez, Salinas Clavería, Salinas Navarro y Temer. Se designó Diputado informante al señor Koenig. (Fdo.): Luis Pinto Leighton, Secretario de la Comisión". 6.- INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización pasa a informaros un proyecto de ley, originado en un Mensaje que autoriza al Presidente de la República para transferir a la Sociedad Población La Favorecedora, de Antofagasta, un predio fiscal. La Corporación denominada Sociedad Población La Favorecedora, entidad de carácter mutualista y con personalidad jurídica otorgada por Decreto Nº 3.965, de 29 de septiembre de 1944, obtuvo del Ministerio de Tierras y Colonización, en el año 1946, que se le concediera en arrendamiento hasta el 31 de diciembre de 1966 un predio fiscal ubicado en la comuna de Antofagasta, provincia del mismo nombre, correspondiente a los sitios Nºs. 7 y 8 de la manzana C) de la Población "La Favorecedora". La citada institución construyó en el predio su sede social, la que representa una inversión de cuatro mil escudos. Este local ha sido destinado al funcionamiento de una Escuela para analfabetos, taller de modas, peluquería, biblioteca popular y otras actividades sociales que permita a sus socios y demás personas de la comunidad encontrar un lugar donde adquirir o mejorar sus conocimientos, sin que le reporte a estas personas un gasto por el servicio que le entrega la Sociedad mencionada. Ha sido preocupación permanente de la Sociedad Población La Favorecedora sanear el título de dominio de los terrenos que ocupa en calidad de arrendataria con el objeto de asegurar las inversiones ejecutadas y poder en el futuro ampliarlas y entregar, en esta forma otros servicios necesarios al sector donde funciona. El Ejecutivo está conforme con el deseo de esta institución y en este sentido ha patrocinado el proyecto de ley en informe. El artículo 1º autoriza al Presidente de la República para transferir a título gratuito a la Sociedad Población La Favorecedora el predio formado por los sitios Nºs. 7 y 8 de la manzana C) de la Población del mismo nombre. El artículo 29 establece que la citada Corporación beneficiada con esta transferencia deberá destinar el inmueble para alguno de los fines que se señalan en sus Estatutos y no podrá enajenarlo antes de 15 años contado desde la fecha de inscripción del dominio respectivo, quedando sin efecto la transferencia en el caso de que no se diere cumplimiento a estas obligaciones que se les impone. Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización prestó, por unanimidad, su aprobación a este proyecto de ley por considerar que los objetivos que persigue tienen un alto sentido social que va en beneficio de un sector de obreros que desean mejorar sus condiciones de vida y que, además, no se perjudica al patrimonio fiscal con la transferencia gratuita por ser los terrenos de un valor muy bajo. Os propone que adoptéis igual acuerdo concebido en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para transferir a título gratuito a la Corporación denominada "Sociedad Población La Favorecedora", el predio fiscal formado por los sitios Nºs. 7 y 8 de la manzana "C" de la Población La Favorecedora, de la comuna, departamento y provincia de Antofagasta, con una superficie de 450 metros cuadrados y los siguientes deslindes: Norte, sitio Nº 6, en 22,50 metros; Este, calle Eduardo Orchard, en 20 metros; Sur, calle Chillán, en 22,50 metros y Oeste, sitios Nºs. 16, en 10 metros y sitio Nº 15, en 10 metros. El inmueble se encuentra inscrito, en mayor cabida, a nombre del Fisco, a fs. 138, Nº 221 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 1919. Artículo 2º.- La Corporación beneficiada con esta transferencia deberá destinar el inmueble para algunos de los fines que se señalan en sus Estatutos, y no podrá enajenar el inmueble antes de quince años contados desde la correspondiente inscripción de dominio. En caso de incumplimiento de la obligación o de infracción de la prohibición indicada en el inciso precedente se dejará sin efecto la transferencia y el terreno volverá al dominio del Estado.". Sala de la Comisión, a 20 de noviembre de 1969. Acordado en sesión de fecha 19 de noviembre del año en curso, con asistencia de los señores Toro (Presidente), Acuña, Ferreira, Koenig, Páez, Salinas Clavería, Salinas Navarro y Temer. Se designó Diputado informante al señor Salinas Navarro. (Fdo.): Luis Pinto Leighton, Secretario de la Comisión". 7.- INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización pasa a informaros un proyecto de ley, de origen en un Mensaje y con urgencia calificada de "simple", que autoriza al Presidente de la República para enajenar una propiedad fiscal ubicada en calle Teatinos esquina de Moneda, de esta ciudad, en favor del Banco Central de Chile. Durante la discusión de este proyecto la Comisión escuchó al señor Víctor González, Ministro de Tierras y Colonización, Héctor Bórquez y Pablo Anguita, abogado e ingeniero del Banco Central de Chile, respectivamente, quienes explicaron los fundamentos de esta iniciativa y dieron respuesta a diversas consultas formuladas por los señores Diputados. El edificio que ocupa en la actualidad el Banco Central de Chile fue construido el año 1926 y hasta el año 1960 cumplía relativamente bien sus funciones pero, a partir de ese año el Banco dejó de ser una institución solamente bancaria y pasó, en virtud de las disposiciones del D.F.L. Nº 250, de 1960, que fusionó la Comisión de Cambios Internacionales con el citado Banco, a cumplir funciones relacionadas con materia de cambios. Esta fusión significó el aumento del personal en un 50% del que tenía en esa fecha el Banco, ya que todos los funcionarios de la Comisión de Cambios Internacionales pasaron a formar parte de la Planta del citado Banco Central. Posteriormente, diversas leyes y reglamentos han ido entregando a la Institución bancaria mencionada nuevas facultades y funciones, como ser exportaciones y otras, lo que ha significado que el edificio que en la actualidad ocupa, de una superficie aproximada de 17.000 metros cuadrados, se haga estrecho para dar cabida a todas las Oficinas y funcionarios que requiere el Banco para su normal funcionamiento. Cabe hacer presente que también funciona una oficina de Aduanas dentro del mismo edificio. Todas estas razones movieron a los ejecutivos del Banco Central de Chile a estudiar la posibilidad de construir un nuevo edificio que reuniera las condiciones necesarias para un servicio de esta naturaleza y es así como primeramente adquirieron un terreno de propiedad de la Caja de Previsión de los Empleados del Banco del Estado ubicada en calle Moneda esquina de Pedro León Ugalde; pero necesitan complementar dicho terreno ya que éste es bastante reducido. Ante esta situación solicitaron al Ministerio de Tierras y Colonización que se le transfiriera el terreno fiscal que se encuentra ubicado en calle Teatinos esquina de Moneda, el que se encuentra sin uso en la actualidad. El Gobierno consciente de la necesidad del Banco Central de Chile dio su aceptación a dicha transferencia teniendo en consideración, además, que por el momento no se construirán los edificios para el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y para el de Justicia, que en un principio se había proyectado levantar en esos terrenos. El inmueble que construirá el Banco Central en el terreno que se le transfiere tendrá 20.000 metros cuadrados de edificación y un número aproximado de 24 pisos. En el mes de mayo de 1970 se iniciarían las obras y se calcula que ellas estarían terminadas en el año 1972, además, se considera en el plano una plaza dentro de la misma superficie de los terrenos que se transfieren. Por otra parte, según informó el señor Ministro de Tierras y Colonización en la Comisión, el actual edificio del Banco Central de Chile será transferido al Fisco el que será destinado al funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores. El articulo 1º del proyecto de ley en informe autoriza al Presidente de la República para que proceda a enajenar la propiedad fiscal antes mencionada por el precio que corresponda al avalúo fiscal vigente determinado por la Dirección de Impuestos Internos, a la fecha del otorgamiento de la escritura pública respectiva. Se informó a la Comisión al respecto que el avalúo fiscal vigente a esta fecha es de Eº 2.425.629. Los artículos 2º y 3º se refieren a los deslindes del predio objeto de la transferencia y al procedimiento legal que se deberá seguir para los efectos de la firma de la escritura respectiva. Por último, el artículo 4º dispone que el valor que se obtenga de la enajenación del predio fiscal individualizado deberá ingresar en la Cuenta C-2-a) "enajenación Bienes Raíces". En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 153 del Reglamento de la Corporación, cabe hacer presente que el proyecto de ley en informe no deberá ser conocido por la Comisión de Hacienda; todos los artículos fueron aprobado por unanimidad y no se expresaron opiniones desidentes por parte de los señores Diputados durante la discusión general. Con relación al Nº 6 del artículo 153 del mismo Reglamento, se hace expresa mención que no se rechazó ninguna disposición del proyecto como tampoco ninguna indicación. Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización aprobó esta iniciativa ya que está consciente de la necesidad urgente que tiene el Banco Central de Chile de disponer de otro edificio en el cual pueda desarrollar sus importantes funciones en forma más normal y conforme a las exigencias que el momento actual requiere y, asimismo, estima que permitirá en breve tiempo disponer de un edificio para el Ministerio de Relaciones Exteriores, Secretaría de Estado que también ha crecido en sus actividades. Os propone que le prestéis también vuestra aprobación redactado en los siguientes términos: Proyecto de ley "Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para que, por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización, proceda a enajenar la propiedad fiscal con frente a la calle Teatinos esquina de Moneda, en favor del Banco Central de Chile, por el precio que corresponda al avalúo fiscal vigente determinado por la Dirección de Impuestos Internos, a la fecha del otorgamiento de la escritura pública respectiva, el que la institución bancaria compradora deberá cancelar de contado antes de suscribir dicha escritura. Artículo 2º.- El predio fiscal cuya enajenación se autoriza por la presente ley, tiene una superficie de 2.- 900 metros cuadrados, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes deslindes especiales: Norte, calle Moneda, en 44,65 metros; Este, calle Teatinos, en 65 metros; Sur, edificio de la Contraloría General de la República, en 42,15 metros, y Poniente, con propiedad del Banco del Estado de Chile, en 68,15 metros. Se encuentra individualizado en el Plano Nº 1. 279, confeccionado por el Departamento de Mensura del Ministerio de Tierras y Colonización, y está formado por los siguientes títulos de dominio fiscales: de fojas 928 Nº 1.812 del año 1929; fojas 7.651 Nº 13.786 del año 1952; fojas 8.818 Nº 15.867 del año 1952; y fojas 11.371 Nº 15.383 del año 1958, todos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Artículo 3º.- La escritura pública sobre la transferencia de dominio del predio fiscal que se le haga al Banco Central de Chile, que se disponga en el Decreto Supremo que ordene el cumplimiento de la presente ley que deba dictarse por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización, deberá disponer que sea suscrita por el Director de Tierras y Bienes Nacionales, en representación del Fisco y el representante legal de la institución compradora. Artículo 4º.- El valor que se obtenga de la enajenación del predio fiscal se ingresará en la Cuenta C2a "Enajenación Bienes Raíces"." Sala de la Comisión, a 21 de noviembre de 1969. Acordado en sesión de fecha 19 de noviembre del año en curso, con asistencia de los señores Toro (Presidente), Acuña, Ferreira, Koenig, Páez, Salinas Clavería, Salinas Navarro y Temer. Se designó Diputado informante al señor Temer. (Fdo.): Luis Pinto Leighton, Secretario de la Comisión". 8.- INFORME DE LA COMISION ENCARGADA DE CONOCER LA ACUSACION CONSTITUCIONAL DEDUCIDA POR DIEZ SEÑORES DIPUTADOS EN CONTRA DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR, DON PATRICIO ROJAS SAAVEDRA "Honorable Cámara: La Comisión de Acusación designada por la Corporación, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 39, atribución 1º, de la Carta Fundamental, pasa a informar la Acusación Constitucional deducida el día 19 de noviembre de 1969, por los señores Espinoza, don Gerardo, Jáuregui, Barahona, Ferreira, Palestro, Soto, Tavolari, Sabat, Allende, doña Laura y González, en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra por los delitos de "infracción a la Constitución y atropellamiento de las leyes". A) Relación de las actuaciones de la Comisión En conformidad con lo dispuesto en el artículo 261 del Reglamento Interior, la Corporación en sesión celebrada el día jueves 20 de noviembre en curso procedió a elegir por sorteo a los miembros de esta Comisión, la que quedó integrada por los señores Frías Morán, don Engelberto; Ramírez Vergara, don Gustavo; Salinas Clavería, don Edmundo; Vargas Peralta, don Fernando y Videla Riquelme, don Pedro, la que procedió a constituirse el mismo día jueves 20, a las 22 horas y eligió Presidente de ella al señor Diputado don Edmundo Salinas Clavería. De inmediato, por unanimidad, adoptó diversos acuerdos para el desarrollo de su cometido: a) Solicitar la asistencia del Cuerpo de Taquígrafos; b) Sesionar el día viernes 21 del presente, de 11 a 13; de 15 a 17 y de 17 a 20 horas, y c) Invitar al señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra y al Presidente del Sindicato Profesional de Periodistas Radiales de Santiago, don Darwin Contreras. Todas estas citaciones se cursaron oportunamente, sin perjuicio de la invitación al señor Ministro afectado para que concurriera a hacer su defensa oral o escrita, a contar de las 11 horas del día viernes 21 del presente.- Diversos señores Diputados formularon indicaciones para que se citara y escuchara además a las siguientes personas: El señor Frías, don Engelberto: 1) al Presidente del Colegio Nacional de Periodistas; 2) al Presidente del Colegio Regional de Periodistas de Santiago; 3) al señor Director del diario "La Segunda"; 4) al señor Director de "El Diario Ilustrado"; 5) al señor Director del diario "La Tarde"; 6) al señor Director del diario "El Mercurio" de Santiago; 7) al señor Director General de Investigaciones; 8) al señor Director General de Carabineros; 9) al Presidente de la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI), don Eduardo Mac Donald; 10) al señor Jefe de la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República (OIR) ; 11) al señor Intendente de Santiago; y 12) al abogado don Miguel Schweitzer. El señor Erich Schnake: 13) al señor Director del Canal 9 TV de Santiago; 14) al señor Director del Canal 13 TV de Santiago; 15) al Jefe de Informaciones del Canal 9 TV de Santiago; 16) al Jefe de Informaciones del Canal 13 TV de Santiago; 17) a la Directiva de la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI).- El señor Antonio Tavolari: 18) al Director del Canal 4 de TV de Valparaíso; 19) al Presidente del Colegio de Periodistas de Valparaíso; 20 al Presidente del Círculo de Periodistas de Valparaíso; 21) al Presidente del Centro de Alumnos de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile de Valparaíso, y 22) al Presidente del Sindicato de Periodistas de Valparaíso. Por no haber contado con la mayoría requerida, no prosperaron las indicaciones formuladas para citar y escuchar a las personas precedentemente mencionadas, por estimar dicha mayoría que no existían problemas de hecho que dilucidar, pese a las discrepancias manifestadas sobre este particular por los señores Frías y Vargas. Cabe hacer presente que durante su intervención en la sesión 2º, celebrada el viernes 21 del presente, el señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra expresó que, posteriormente, enviaría a la Comisión una exposición escrita de su defensa, acompañada de diversos antecedentes invocados por él. La Comisión acordó, posteriormente, que aún cuando dicha exposición y antecedentes llegaren después de practicada la votación, ellos pudieren ser considerados e incluidos como anexos del informe de la Comisión de Acusación. La Comisión celebró dos sesiones, la segunda de ellas en realidad corresponde a tres, ya que las empalmó, trabajó un total de 6 horas y 56 minutos y despachó un total de 6 oficios. Entre los oficios cursados, cabe destacar el que, por acuerdo unánime, se envió de todos los antecedentes relacionados con la tentativa de toma de la Planta de transmisión de la Radio Sociedad Nacional de Agricultura, que habría ocurrido en la madrugada del día 22 de octubre. B) Síntesis de la acusación Nos referiremos, a continuación, a la acusación interpuesta. El libelo acusatorio imputa al señor Ministro del Interior la comisión de dos delitos: a) Infracción de la Constitución, y b) Atropellamiento de las leyes. El libelo destaca que ella ha sido deducida en virtud de una denuncia y petición formulada por el Sindicato Profesional de Periodistas Radiales de Santiago, hecho éste que fue reconocido durante la exposición del señor Presidente de dicho Sindicato, don Darwin Contreras. Se sostiene por los acusadores que se ha vulnerado el precepto constitucional- sin señalarse cual- "al establecerse una censura previa, por cuanto se prohibió transmitir programas periodísticos o de comentario en forma absoluta y terminante, hecho señalado expresamente en una cadena nacional obligatoria de radio y televisión". La norma supuestamente infringida es el Nº 3 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado. Se afirma que la conducta del señor Ministro constituye un atropellamiento a las leyes ya que el Ejecutivo no está facultado por norma alguna para establecer la censura previa. Se aducen como fundamentos legales de estos cargos el artículo 1º de la ley Nº 16.643 y el artículo 24 del decreto del Interior Nº 4.581, de 1950, Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión, disposiciones que impedirían someter a censura previa cualquiera información. (Ver anexo de documentos, página 5).- Los acusadores concluyen que en tal virtud el sistema jurídico chileno se opone a toda forma de censura previa o limitación a la libertad de información. Agregan que la circunstancia de haberse declarado el estado de sitio no autorizaba al Ejecutivo para establecer una censura previa a las informaciones periodísticas o de comentarios "ya que ello sólo es procedente en virtud de una ley, tal como lo señala expresamente el Nº 13 del artículo 44 de la Constitución Política del Estado", aun cuando dicha norma sólo faculta restringir la libertad de imprenta y no la de información a través de otros medios distintos al señalado. Continúan los acusadores y agregan que con motivo de los hechos acaecidos en el Ejército entre los días 17 y 21 de octubre de 1969, el señor Ministro del Interior ha desconocido la garantía constitucional de la libertad de opinión. Agregan que conocidos los hechos ocurridos en el Regimiento Tacna, el señor Ministro dispuso una cadena nacional obligatoria que se mantuvo hasta las 13.30 horas del día jueves 23 de octubre. Después de esa oportunidad, se permitió a las radioemisoras transmitir libremente con excepción de los programas informativos periodísticos o de comentarios, medida ésta que fue adoptada después de la entrevista sostenida con la Directiva de la Asociación de Radiodifusores de Chile, de la cual informó oficialmente por cadena nacional el Presidente de la ARCHI, señor Eduardo Mac Donald, motivada, según lo expresó al señor Presidente del Sindicato Profesional de Periodistas de Radio de Santiago, don Darwin Contreras, en el perjuicio económico que le significaba a las radioemisoras no poder transmitir sus programas habituales de propaganda, que le sirven para financiar su funcionamiento. (Copia de la declaración del Presidente de la ARCHI se encuentra en el anexo de documentos, en la página 6).- Se sostiene en el libelo que la libertad de información fue conculcada cuando el señor Ministro del Interior impidió la transmisión de informativos periodísticos o de comentario a través de la radio y televisión, todo lo cual importa una flagrante violación de la Constitución, que asegura la libertad de emitir "sin censura previa, sus opiniones, de palabra o por escrito, por medio de la prensa o en cualquier otra forma", sin que se hubiere dictado ley alguna que lo autorizare. Reconocen los acusadores que el Ministerio del Interior tiene facultad, en virtud del artículo 24 del decreto 4.- 581, de 1950, para interrumpir el funcionamiento de las radiodifusoras; vale decir, para suspender las transmisiones, pero no para implantar una censura previa. Aceptan que el Ejecutivo al obligar a las radioemisoras y canales de televisión a transmitir a través de cadena nacional, de hecho interrumpió el funcionamiento de las radiodifusoras; pero que una vez terminada la cadena obligatoria, estiman que careció de facultad para impedir los programas informativos periodísticos o de comentarios, ya que ello significaba una censura previa". Como corolario de lo anteriormente expuesto, llegan a la conclusión que el Ministro del Interior no puede impedir la emisión de informativos periodísticos o do comentarios a través de las radios y canales de televisión cuando se encuentran funcionando. Finalmente, sin aportar mayores antecedentes, acusan al señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, "por la ilegal e inconstitucional censura previa y requisición ilegal de diversos diarios del país tales como "La Segunda", "La Tarde", "El Mercurio", "El Diario Ilustrado" y otros", (sic).- En esta virtud los acusadores solicitan que en definitiva sea acogida la acusación por los delitos ya referidos de infracción a la Constitución y atropellamiento de las leyes, dándose lugar a ella. C) Síntesis de los cargos formulados en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, en la Comisión. Como se dijo oportunamente, al analizar el texto del libelo acusatorio, los cargos que se formulan al señor Ministro y que constituyen los capítulos de acusación, son genéricamente dos: a) Infracción a la Constitución Política, por violación de la libertad de opinión que consagra el Nº 3 del artículo 10 y vulneración del artículo 44 Nº 13, que dispone que "sólo en virtud de una ley se puede restringir la, libertad de imprenta".- b) Atropellamiento de las leyes. Este se hace consistir en Ja violación del artículo 1º de la ley Nº 16.643, sobre Abusos de Publicidad, que impide someter a censura previa la publicación y transmisión pública de opiniones, sea en forma oral o escrita y en la trasgresión del artículo 3º, inciso segundo, del decreto de Interior Nº 4.581, de 1950, Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión, que impide establecer la censura previa de las transmisiones, discursos o números de programas cuyo contenido signifique emitir opiniones. Los acusadores expresaron en su libelo que esta acusación la presentaron a requerimiento del Sindicato Profesional de Periodistas Radiales de Santiago, y en tal virtud la Comisión de Acusación acordó invitar al Presidente de dicha entidad, señor Darwin Contreras, la que según el mismo manifestó tiene personalidad jurídica. El señor Darwin Contreras expresó durante su exposición, entre otras cosas, las siguientes: Como primera premisa, reconoció que el Sindicato que preside fue el promotor e instigador de esta Acusación. Que el día 21 de octubre recién pasado, todas las radioemisoras recibieron una orden telefónica de la O.I.R. en virtud de la cual desde ese instante entraban en cadena nacional obligatoria por tiempo indefinido, sin haberse consultado previamente a los periodistas sobre la procedencia o improcedencia de esa medida. Que a los dos días siguientes, el jueves 23 de octubre, el Supremo Gobierno anunció que el país volvía a la normalidad. En esa fecha, la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI) solicitó una audiencia al señor Ministro del Interior para representarle la inconveniencia de mantener la cadena radial obligatoria. Esta medida fue adoptada por la Directiva de ARCHI, en concepto del señor Darwin Contreras, no en defensa del derecho y la libertad de opinar, sino de sus intereses económicos, porque al estar suspendidos los programas habituales de propaganda comercial, se veía afectado seriamente el financiamiento de las empresas radiales. A consecuencia de la reunión habida entre la ARCHI y el señor Ministro del Interior, se anunció públicamente por el Presidente de dicha entidad, señor Eduardo Mac Donald, por cadena nacional, que las radios podían transmitir normalmente sus programas radiales, con excepción de los informativos periodísticos y de comentario. La Directiva que representa el señor Contreras se preguntó, en esa oportunidad, si se estaba censurando todo tipo de informaciones y por tal razón trataron de obtener de inmediato una entrevista con el señor Subsecretario del Interior, la que sólo lograron a las 18 horas de ese día. Antes de dicha audiencia, el Sindicato formado por periodistas de radio y TV, tuvo una Asamblea General, en la que se acordó solicitar un informe a la Contraloría acerca de la censura que se aplicaba a los periodistas y, asimismo, no trabajar en el caso de que esa censura siguiere. Expresó que el señor Ministro del Interior convocó a una reunión de Gerentes de Radioemisoras y Canales de la TV para debatir el problema, oportunidad en la que el señor Rojas Saavedra reiteró su decisión de que no hubiera información tanto de radio como de TV hasta nuevo aviso y que en esa ocasión "el señor Ministro del Interior resolvió que existía una censura limitada a los programas periodísticos, pero censura al fin" (sic).- Manifestó el señor Darwin Contreras que el informe de la Contraloría -a su juicio-, era favorable a la tesis sustentada por el Sindicato. Esta apreciación no se compadece con la conclusión del informe, que es categórico en afirmar que "actualmente no se ha establecido ninguna medida que signifique censura al ejercicio de la libertad de prensa en cualquiera de las formas en que ella se ejerce. (Ver anexo de documentos, página 7).- Interrogado el señor Contreras acerca de si existiría alguna norma legal que obligare a consultar a los periodistas acerca de la adopción de las medidas impuestas por el Supremo Gobierno de cadena nacional obligatoria, manifestó que no existía. Asimismo, reconoció que en ningún momento la autoridad administrativa había revisado por medio de un censor los textos de los libretos, de los boletines informativos o comentarios periodísticos. Expresó el señor Darwin Contreras, que en concepto del Sindicato que él representa, constituía censura la restricción de transmitir y la cadena radial obligatoria. Interrogado acerca de si se le censuró o impidió transmitir informaciones periodísticas, declaró que su Jefe de la Radio en que trabaja -Sociedad Nacional de Agricultura-, le expresó: "Hemos recibido esta orden de la O.I.R. en el sentido de que no podemos transmitir hasta nuevo aviso". Preguntado el señor Contreras por el señor Diputado don Erich Schnake si los directivos y periodistas de las emisoras y TV estuvieron de acuerdo en que se habían autoimpuesto no una censura, sino una limitación en la expresión de sus actividades para no causar una conmoción mayor, contestó que sí. Interrogado el mismo Presidente del Sindicato Profesional de Periodistas Radiales de Santiago acerca de si tenía algún antecedente concreto de que la autoridad policial o administrativa hubiere revisado los libretos contestó negativamente. Igualmente, contestó en el mismo sentido acerca de si poseía algún documento o prueba instrumental de haberse decretado o hecho efectiva la censura previa, se limitó a expresar que el único antecedente oficial que existía era la declaración transmitida por cadena nacional por el Presidente de la ARCHI. El señor Diputado don Erich Schnake expresó que en su concepto se había cometido una violación a la norma constitucional que garantiza el derecho de opinión cuando se limitó a las radios la facultad de transmitir programas informativos y comentarios, y sólo se le permitió determinado tipo de programas. En su concepto, eso constituye una censura. Expresó que era inefectivo que la TV hubiere tenido plena libertad de información, ya que el día jueves 23 de octubre el periodista Carlos Jorquera, que tiene a su cargo el programa "A Ocho Columnas" le expresó que no pudo transmitirlo porque el Gobierno le prohibió hacer todo tipo de programas informativos. El señor Antonio Tavolari, firmante del libelo, sin perjuicio de otras consideraciones de carácter político, con relación a la acusación expresó que se había atentado contra la libertad de información y de prensa. Que así lo habían manifestado públicamente en una declaración conjunta el Presidente del Colegio de Periodistas de Valparaíso, el Presidente del Círculo de Periodistas de Valparaíso, el Presidente del Centro de Alumnos de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile de Valparaíso y el Presidente del Sindicato de Periodistas de Valparaíso. Hizo presente que la O. I. R. trató de amedrentar y perseguir a aquellas emisoras que intentaron informar libremente y que contra el Canal 4 TV de Valparaíso se llegó a dictar una orden de clausura, la que no se consumó por gestiones que se hicieron a alto nivel. D) Síntesis de los descargos del señor Ministro acusado y defensa realizada en la Comisión. El señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, concurrió personalmente al seno de la Comisión e hizo su defensa oral y, posteriormente, la remitió por escrito, en los termines de que da constancia el documento que en carácter de Anexo se incorpora al final de este informe (página 20).- Sostuvo el señor Ministro que la acusación no se ajusta a la realidad en los fundamentos de hecho invocados. Expresa que se le ha imputado haber trasgredido la Constitución y las leyes el establecimiento de una censura previa, a través de una prohibición impuesta a las radioemisoras y canales de televisión, en orden a impedirles informar sobre los hechos que ocurrieron en el país a contar del 21 de octubre de 1969. Manifestó en forma categórica que jamás y de ninguna manera el Gobierno estableció censura previa a las transmisiones de programas informativos periodísticos y comentarios. Hizo presente el señor Ministro acusado, durante su exposición, que para la valorización de los hechos que servían de fundamento al libelo había que tener en consideración, en todo momento, los graves hechos ocurridos en el Regimiento Tacna y en la Escuela de Suboficiales, que constituían una seria amenaza para la seguridad del Estado y la subsistencia del régimen democrático. Dijo el señor Rojas Saavedra que le sorprendía profundamente que las medidas adoptadas por el Supremo Gobierno, tendientes a velar por la seguridad institucional, pudieran haber servido, como ha ocurrido, para fundamentar una acusación constitucional en su contra. Destacó que los acusadores reconocen el derecho que le otorga al Ministerio del Interior el artículo 24 del decreto 4.581, sobre Reglamento de Transmisiones de Radiodfusión, para interrumpir el funcionamiento de las radiodifusoras, en resguardo de la Seguridad Interior del Estado. El señor Ministro reiteró que la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI), a mediodía del jueves 23 de octubre, le representó las graves consecuencias que le provocaba a esa entidad la cadena nacional obligatoria y le pidió que se autorizara transmitir los programas habituales libremente y "Recibí de parte de ello, asimismo, una petición en el sentido de que pudieran exceptuar los programas informativos periodísticos o de comentario" (sic).- La demostración de esta solicitud fue la declaración que en cadena nacional leyó el Presidente de la ARCHI, señor Eduardo Mac Donald (ver anexo de documentos, página 6).- Agregó que a pedido de la ARCHI se acordó que las emisoras integrarían cadenas nacionales para transmitir boletines informativos directamente desde la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República. En la tarde de ese mismo día 23 de octubre, en su Gabinete, se efectuó una reunión con los directores responsables de todas las radioemisoras de Santiago y canales de televisión, a los cuales el señor Ministro les hizo un análisis y evaluación de la situación que afectaba al país. En esa ocasión, los representantes que asistieron, ratificaron los acuerdos adoptados por la ARCHI y estuvieron contestes, ellos mismos, en establecerse libre y voluntariamente una autolimitación de su libertad de información. Sobre este particular, agregó que a partir del mediodía del 23 de octubre de 1969, las radioemisoras pudieron transmitir libremente sus programas y dos de ellas, entre las cuales señaló la Radio Nuevo Mundo, dieron noticias sin que el Gobierno entablara acción alguna en su contra ni interrumpiera la transmisión. Afirmó categóricamente que la autoridad administrativa a su cargo jamás prohibió transmitir noticias ni tampoco estableció censura previa y si las radioemisoras en algún momento determinado no pudieron hacerlo, fue por la situación de huelga de los señores periodistas, que interpretaron erróneamente la actitud del Gobierno en orden a que se había establecido una censura previa y prohibición de transmitir. "Sólo ha existido una aceptación de una solicitud expresamente formulada por los señores representantes de las radioemisoras del país". Corrobora esta afirmación la declaración del Consejo Nacional del Colegio de Periodistas, publicada en el diario "El Mercurio" el día sábado 25 de octubre de 1969 (contenida en la página 284 de la publicación efectuada por la Oficina de Informaciones del Senado sobre los hechos acaecidos en el Ejército), en la que repudia la actitud de la ARCHI con motivo del convenio celebrado entre dicha entidad y el Ministerio del Interior, que amagaba la libertad de prensa. Esta situación provocó, como se expresó en el seno de la Comisión, una querella interna entre ambas Directivas, que no justificó elevarla al rango de servir de fundamento de una acusación constitucional. Hizo presente que desde un punto de vista jurídico, el Supremo Gobierno tenía todas las facultades legales que le permitían suspender las transmisiones de radio y televisión. Invocó como fundamento de éstas las disposiciones contenidas en los artículos 21 y 175 del D.F.L. Nº 4, de 1959, que permiten al Gobierno, en los casos de conmoción interior, tomar a su cargo todos los servicios eléctricos y de radiodifusión, canales respecto de los cuales el Estado tiene un derecho de dominio y otorga una concesión para su uso. Lo mismo ocurre respecto de los canales de televisión. Agregó que el artículo 9º del D.F.L. 315, de 1960, que creó la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, otorgaba igual derecho al Gobierno en las mismas circunstancias; que el artículo 99 del decreto del Ministerio del Interior Nº 3.795, de 1944, Reglamento de Concesiones de Radiocomunicaciones, entrega al Gobierno el control y censura de las radiodifusoras en caso de conmoción interior. Igual facultad se contempla en el decreto 4.581, del Ministerio del Interior, de 1950, el Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión, que faculta a la O.I.R. para realizar cadenas radiales y para interrumpir el funcionamiento de las radios cuando fuere necesario para la seguridad interior del Estado. Reiteró que en la especie, el sistema puesto en vigencia no fue otra cosa que la aplicación de una solicitud propuesta por la ARCHI, que bien pudo no ser aceptada por el Gobierno pero, en ningún caso constituyó una censura previa, de acuerdo a la acepción que da de tal expresión el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia. Insistió en que el Gobierno no aplicó censura previa, pues jamás examinó y aprobó previamente el texto de las informaciones radiales ni de los programas de televisión. Asimismo, expresó que la Contraloría General de la República emitió un dictamen sobre el particular, de fecha 24 de octubre de 1969, en el cual llega a la conclusión que "actualmente no se ha establecido ninguna medida que signifique censura al ejercicio del derecho de la libertad de prensa, en cualquiera de las formas en que ella se ejerce". (Copia del referido dictamen se incluye en el Anexo de Documentos, página 7).- Como se podrá observar del análisis del citado informe, el sistema jurídico vigente consagra numerosas limitaciones legales a la libertad de expresión y de opinión. En el curso de su intervención, el señor Rojas destacó que este Gobierno propició la derogación de la denominada "Ley Mordaza", de un contenido liberticida del libre ejercicio del derecho de opinión. Reafirmó el concepto de que la conducta del Supremo Gobierno estuvo en todo momento orientada a preservar el orden público y la estabilidad institucional. Consultado por un señor Diputado acerca de si se dictó alguna resolución o decreto de cualquier naturaleza prohibiendo o limitando las transmisiones radiales y de televisión, contestó que ello no había ocurrido. Como se expresó oportunamente, otro de los cargos que se formulan al señor Ministro del Interior es "la ilegal e inconstitucional censura previa y requisición de diversos diarios del país. Sobre este particular, el señor Ministro del Interior manifestó que el diario "La Segunda" publicó una supuesta carta atribuida a militares pertenecientes a la Guarnición de Antofagasta, cuyo contenido el señor Intendente de la Provincia de Santiago estimó que era constitutivo del delito previsto en el artículo 4º, letra g) de la ley sobre Seguridad del Estado, y que en uso de la facultad que le confiere el artículo 9º de la misma ley, dicha autoridad dispuso la suspensión de la circulación de dicho diario, medida que fue ratificada por el señor Ministro Instructor de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, designado en virtud de la querella formulada por el Gobierno. (Ver Anexo de Documentos, página 15).- Al día siguiente, "El Diario Ilustrado" publicó íntegramente la información que había dado origen a la orden de requisición del diario "La Segunda". En presencia de esta situación, la autoridad advirtió al Director de dicho diario acerca de la inconveniencia de dicha publicación, que era constitutiva de un delito previsto y sancionado en la ley de Seguridad del Estado y que daría origen a un proceso criminal en su contra. El Director del mencionado diario comprendió esta situación y voluntariamente retuvo la circulación del periódico para suprimir y retirar de él dicha información. El Intendente de la Provincia oportunamente, por resolución Nº 2.169, de 18 de octubre de 1969, puso estos antecedentes en conocimiento del Juez del Crimen correspondiente. (Ver Anexo de Documentos, páginas 17 y 18).- Con relación a la situación que afectó al diario "El Mercurio", de Santiago, el señor Ministro expresó que ese problema había sido lata y públicamente debatido y aclarado a través de la prensa y en todo caso no existió requisamiento de dicho periódico. Con posterioridad, el señor Ministro acusado hizo llegar a la Comisión copia de la Resolución de la Intendencia de fecha 18 de octubre de 1969, que suspendió la publicación del diario "La Tarde" por reproducir la carta que había publicado el diario "La Segunda" el día anterior. (Ver Anexo de documentos, página 16).- Consultado el señor Ministro acerca de los procesos incoados contra la prensa por la publicación de informaciones relacionadas con los hechos ocurridos en el país en el mes de octubre recién pasado, expresó que eran los siguientes: a) Contra el diario "El Mercurio", de Antofagasta; b) Contra el diario "La Estrella", de Antofagasta; c) Contra el diario "La Segunda", de Santiago; d) Contra el diario "La Tarde", de Santiago; y e) Contra el diario "Austral", de Punta Arenas. Todas las querellas han sido interpuestas por infracción a la ley de Seguridad del Estado. Es importante destacar que frente a consultas formuladas al señor Ministro del Interior respecto de la situación de los canales de televisión con relación a la autolimitación de su libertad de información, manifestó que dichos Directores -los jefes de programas- reconocieron el estado conmocional que existía en el país en esa oportunidad; que ellos no formularon la petición que hizo ARCHI. Por lo tanto, estaban, más todavía que la radiodifusión, en una situación de absoluta libertad... sic).- "Cualquier canal de televisión pudo haber hecho las transmisiones que hubiere deseado, desde el momento que al mediodía del día 23 se suspendió este tipo de informaciones", (sic).- (Se refiere a la cadena nacional obligatoria).- E) Examen de las consideraciones de hecho que fluyen del libelo, de los cargos y descargos Del análisis de los hechos y consideraciones precedentemente expuestos, fluyen las siguientes conclusiones: a) Del propio libelo acusatorio: 1.- Que se impidió transmitir libremente por las radioemisoras y canales de televisión, mediante el establecimiento de una cadena nacional obligatoria. 2.- Que esta medida fue adoptada el día martes 21 de octubre, a las 10 horas, aproximadamente, y ella se mantuvo hasta el día jueves 23, a las 13.30 horas. 3.- Que a partir de las 13.30 horas del día jueves 23 de octubre, el Ministerio del Interior autorizó a las radioemisoras para transmitir en forma separada sus programas habituales, con una supuesta limitación impuesta por el Gobierno según sus acusadores. 4.- Que reconocen que los sucesos de carácter militar ocurridos los días 21 y 22 de octubre, conmovieron al país. 5.- Reconocen que el Ministerio del Interior está facultado por el artículo 24 del decreto 4.- 581, de 1950, Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión, para interrumpir el funcionamiento de las radiodifusoras cuando lo estime necesario para la seguridad interior y exterior del Estado. 6.- Que cuando el Ejecutivo obligó a transmitir en cadena nacional obligatoria, en el hecho interrumpió el funcionamiento de las radiodifusoras. b) De las declaraciones de cargo del señor Presidente del Sindicato Profesional de Periodistas Radiales de Santiago, don Darwin Contreras: 1.- Que el Directorio de la ARCHI solicitó a mediodía del jueves 23 de octubre al señor Ministro del Interior, que se autorizara a las radioemisoras para continuar separadamente sus transmisiones. 2.- Que el mismo Directorio habría ofrecido voluntariamente al Supremo Gobierno, por el estado conmocional por el que atravesaba el país, abstenerse de dar informativos periodísticos y comentarios de prensa a través de las radioemisoras. 3.- Que se habría convenido entre la ARCHI y el Gobierno que dichos boletines serían transmitidos por la O.I.R. en cadena nacional obligatoria. 4.- Que en ningún momento los textos de los libretos o programas fueron sometidos a control, revisión o censura previa, tanto los radiales como los periodísticos. 5.- Que el Gobierno no está obligado a consultar a los periodistas y órganos de prensa para la adopción de las medidas de control de los medios de radiodifusión que le otorgan las leyes. 6.- Que el único antecedente instrumental probatorio que podía exhibir como fundamento de cargo era la declaración del Directorio de la ARCHI, transmitida el día jueves 23 de octubre, por cadena nacional obligatoria. c) De los descargos: 1.- Que el país vivió una situación conmocional que afectó su estabilidad jurídica-institucional, en términos tales que el Presidente de la República el día martes 21 de octubre, en uso de sus facultades constitucionales, declaró el estado de sitio, situación que se mantuvo hasta el día 24 del mismo mes, en que el país volvió a la normalidad. Corrobora esta situación el antecedente aportado en la Comisión, relativo a la tentativa de toma de la planta de transmisión de la Radio Sociedad Nacional de Agricultura, por un grupo de aproximadamente 15 militares armados, no identificados, ocurrida el día 22 de octubre. (Ver Anexo de documentos, página 11).- 2.- Que la Directiva de la ARCHI ofreció voluntariamente autolimitar su libertad de información periodística y entregarla a la O.I.R. mediante cadenas nacionales a horas determinadas del día, a contar de las 13.30 horas del jueves 23, como lo reconoció el Presidente de esa entidad, señor Eduardo Mac Donald, en declaración que se acompaña. (Ver Anexo de documentos, página 6).- 3.- Que no existió limitación a la libertad de transmisión e información de los canales de TV. 4.- Que en ninguna oportunidad se dictó resolución alguna que estableciera la censura previa a los programas periodísticos de radio o TV, ni tampoco la prensa impresa. 5.- Que todas las medidas aplicadas por el Supremo Gobierno, en virtud de las cuales se estableció la cadena nacional obligatoria de radioemisoras, lo fueron en virtud de la facultad que el sistema jurídico vigente le otorga al Gobierno en los casos de conmoción interior o exterior. 6.- Que las medidas de requisición y de prohibición de circulación de determinados periódicos que se invocan en el libelo acusatorio como fundamento de hecho para dar por establecida la violación de la libertad de expresión y de imprenta, fueron aplicadas por los Intendentes en virtud de las disposiciones de la ley 12.927, sobre Seguridad del Estado, las cuales fueron ratificadas por la Justicia Ordinaria. 7.- Que con relación a las medidas que afectaron a "El Diario Ilustrado", la Dirección de dicho periódico aceptó el planteamiento del Intendente de la Provincia de Santiago y para no incidir en el delito previsto en la letra g) del artículo 4º de la ley sobre Seguridad del Estado, suprimió la reproducción del texto de la carta cuestionada. 8.- Que respecto de la prensa nunca existió censura de ninguna especie y la prueba más palpable de ella es la publicación de seis boletines de comentarios e informaciones de prensa relacionados con hechos acaecidos en el Ejército desde el día 17 de octubre al 7 de noviembre de 1969, efectuada por la Oficina de Informaciones del Senado, que la Comisión de Acusación tuvo a la vista. F) Aspectos constitucionales y legales de la acusación Como se ha dicho reiteradamente, los acusadores en uso de la facultad que les confiere la atribución 1º, letra b) del artículo 39 de la Carta Fundamental, iniciaron juicio político en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, porque a juicio de ellos había cometido dos delitos previstos en dicha nombra constitucional: En primer término, la infracción a la Constitución y, en segundo término, el atropellamiento de las leyes que se hacen consistir en el artículo 1° de la ley 16.643, sobre Abusos de Publicidad, y en el artículo 3º del decreto 4.581, de 1950, Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión. Analizaremos, en particular, someramente, los cargos y sus fundamentos. I.- Infracción a la Constitución El artículo 10 de la Constitución Política, que consagra las denominadas garantías constitucionales, en el Nº 3 establece la denominada libertad de opinión y libertad de prensa. Esta garantía constitucional faculta emitir las opiniones de palabra o por escrito, por medio de la prensa o en cualquiera otra forma, sin sujeción a censura previa, sin perjuicio de la responsabilidad por los delitos y abusos que se puedan cometer con ocasión del ejercicio de tal garantía. El artículo 44 Nº 13 de la Carta Fundamental, que regula las limitaciones o restricciones a ciertas garantías constitucionales, dispone que sólo se puede restringir la libertad personal y la de imprenta. . . cuando lo reclame la necesidad imperiosa de la defensa del Estado, de la conservación del régimen institucional, y sólo por períodos que no podrán exceder de seis meses. La declaración de estado de sitio que en virtud del artículo 72, atribución 17ª, puede hacer el Presidente de la República, sólo lo faculta para trasladar las personas de un lugar a otro o de arrestarlas en sus propias casas y en lugares que no sean cárceles ni otros que estén destina dos a la detención o prisión de reos comunes. Esto significa que la declaración de estado de sitio no faculta al Presidente de la República para restringir la libertad de imprenta. Es interesante destacar desde un punto de vista estrictamente doctrinario que la norma constitucional sólo autorizaría la restricción de la libertad de imprenta y no otras manifestaciones de la libertad de expresión. La doctrina jurídica, con el objeto de evitar los abusos y demasías que puedan derivar del ejercicio de la libertad de opinión y expresión, ha consagrado dos sistemas: El primero, denominado "represivo", que deja intacto el ejercicio del derecho de la libre emisión de las ideas y que somete al culpable de la comisión del delito en que haya incurrido, al fallo de los tribunales y al cumplimiento de la pena que las leyes le señalen. Garantiza la absoluta libertad de opinión mientras no se lesionen los derechos por los cuales la ley cautela. Sólo cuando se ha cometido el delito a través del ejercicio abusivo del derecho, se pone en movimiento un sistema jurídico represivo que persigue y sanciona al responsable. Por otro lado, existe el sistema denominado "preventivo", que restringe la libertad de expresión una vez que el pensamiento haya sido emitido, antes de que sea difundido, por medio de la censura previa, el depósito previo u otros medios. En Chile, por el espíritu democrático y libertario que inspira su sistema jurídico, impera el sistema represivo y sólo se sancionan los delitos que emanen del ejercicio abusivo del derecho. Para la inteligencia de los hechos debatidos, es interesante precisar si se ha establecido o no censura previa. La expresión "censura previa" empleada por el Constituyente no ha sido definida por el legislador, por lo que de acuerdo con el artículo 20 del Código Civil, que contiene las reglas de hermenéutica legal, debe entenderse en su sentido natural y obvio, y conforme lo ha declarado en forma reiterada la Excma. Corte Suprema, es tal el que le da el Diccionario de la Lengua, el que la define como "examen y aprobación que anticipadamente hace la autoridad gubernativa de ciertos escritos antes de darse a la imprenta". Del análisis de todos los hechos y de los antecedentes aportados en el seno de la Comisión, no se logró establecer en momento alguno que el señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, hubiere impuesto u ordenado aplicar la censura previa a la libertad de expresión, sea en sus manifestaciones realizadas a través de la imprenta, la radio o la TV. Fueron contestes todas las personas que declararon o emitieron opiniones sobre el particular durante el análisis del problema, que jamás funcionario público o policial alguno, en calidad de censor, sometió a examen o revisión previa, los artículos, libretos, programas o comentarios de imprenta, radio o televisión. La Comisión estimó que en mérito de estos antecedentes, carecía de fundamento y quedaba desvirtuado el cargo formulado al señor Ministro acusado de haber infringido la garantía del Nº 3 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado. II.- Atropellamiento de las leyes Sostienen los acusadores que el Ministro acusado ha atropellado las leyes. Hacen consistir este atropello en la violación del artículo 1º de la ley 16.643, sobre Abusos de Publicidad, cuyo inciso primero consagra el principio que la publicación de las opiniones por la imprenta y la transmisión pública de la palabra oral o escrita no está sujeta a autorización ni censura previa. En seguida, dan por infringido el artículo 3º del decreto 4.581, de 1950, Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión, cuyo inciso segundo prescribe que las facultades que corresponden a la Secretaría General de Gobierno para el control del contenido y realización de las transmisiones no puede llegar jamás a la censura previa. Sobre esta materia, en concepto de la mayoría de la Comisión; ha habido una errada interpretación de las normas legales o una referencia incompleta al contenido de ellas. En efecto, por las mismas razones que se dieron al referirnos a la supuesta infracción a la Constitución, imputada por los acusadores, en la especie jamás se han sometido a la prensa escrita, a las radios ni a los canales de televisión, a una censura previa del contenido de sus artículos, programas o informaciones, por lo que no se ha violado lo prescrito en el artículo 1º de la ley 16.643, supuestamente infringida. Los acusadores en su libelo mencionan, se ha dicho, como fundamento de la acusación, la infracción del artículo 3º del tantas veces citado decreto 4.581, que impide someter a censura previa las transmisiones radiales. Los acusadores han reconocido y no han cuestionado la facultad que el artículo 24 del citado decreto le otorga al Ministerio del Interior, en virtud del cual puede interrumpir el funcionamiento de todas las radioemisoras cuando lo estime necesario para la seguridad interior del Estado. Es evidente que en concepto del Ejecutivo existía una situación conmocional en el país el día 21 de octubre de 1969 que afectaba a la seguridad interior y la prueba más completa de ello es que por esa misma fecha, por decreto 1.454, publicando en el Diario Oficial de igual fecha, se decretó el estado de sitio en todo el territorio nacional, y entre sus fundamentos invocó expresamente "que existe en el país una situación de conmoción interior", hecho éste reconocido en el libelo. En esta virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del decreto 4.581, el Ministerio del Interior ordenó a todas las radioemisoras suspender sus audiciones aproximadamente a las 10 horas del día martes 21 de octubre. Para una mejor inteligencia del problema desde un punto de vista jurídico es importante tener presente, que de acuerdo con el dictamen Nº 68.578, de 7 de noviembre de 1968, de la Contraloría General de la República, cuya parte pertinente se encuentra reproducida en el dictamen 68.281, de 24 de octubre de 1969, del mismo Organismo (ver Anexo de documentos, página 7), emitido a petición del Presidente del Consejo Regional de Periodistas de Santiago, se deja constancia que las radioemisoras son un servicio público concedido, al cual el Estado puede imponerle las obligaciones que estime necesarias de transmitir para el servicio del Estado. Confirma esta tesis lo previsto en los artículos 21 y 175 del D.F.L. 4, de 1959, Ley General de Servicios Eléctricos. (Ver Anexo de Documentos, página 3).- Sobre este particular, el mencionado artículo 175 del D.F.L. 4, faculta al Gobierno en los casos de conmoción interior, tomar a su cargo el uso de los servicios eléctricos. Este principio de que el uso de los canales de radio y TV es del dominio del Estado y respecto de él éste los entrega en concesión para su uso y aprovechamiento a los particulares, se traduce en la práctica en el reconocimiento del derecho del Estado de retomar para sí la plenitud de tal derecho en los casos de conmoción interior o exterior. Es así como el decreto 3.375, del Ministerio del Interior, publicado el 22 de noviembre de 1944, Reglamento de Estaciones de Radiocomunicaciones, establece en su artículo 99 que las estaciones de radiocomunicaciones quedarán sometidas a las disposiciones de control y censura que el Gobierno adopte. El artículo 9? del D.F.L. 315, que creó la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, faculta al Gobierno en los casos de conmoción interior, movilización o de guerra, para tomar el control o hacerse cargo del total o parte de los servicios de telecomunicaciones. De lo expresado precedentemente, se desprende que el Ministerio del Interior tiene facultades para suspender las transmisiones radiales (artículo 24 del decreto 4.581), y para establecer cadenas radiales obligatorias (artículo 15 del mismo cuerpo legal).- Con relación a la limitación que el Gobierno habría impuesto a las radioemisoras a partir de las 13.30 horas del día jueves 23 de octubre, la Comisión llegó a la conclusión de que ella no existió y en cambio tuvo el antecedente que dicha autolimitación fue propuesta y solicitada por la ARCHI y aceptada por el Gobierno, respecto de las radioemisoras y que nunca existió respecto de los canales de TV. El otro hecho constitutivo de cargo, fundamento de hecho de la acusación, consiste en la "ilegal e inconstitucional censura previa y requisición ilegal a diversos diarios del país, tales como "La Segunda", "La Tarde", "El Mercurio", "El Diario Ilustrado" y otros". Como se dijo en su oportunidad, al hacer la síntesis de la defensa del señor Ministro, no existió tal censura ni requisición "ilegal" de diarios. Sobre el particular, la autoridad político-administrativa y judicial actuó dentro del riguroso marco de la ley, ya que los periódicos afectados habían publicado, reproducido o pretendido reproducir un documento, que en concepto de la autoridad mencionada y posteriormente del Tribunal competente, era constitutivo del delito previsto en el artículo 4º, letra g) de la ley sobre Seguridad del Estado. En esta virtud, la Comisión estimó que no podía servir de fundamento a la acusación constitucional la conducta observada por la autoridad administrativa dentro del ejercicio de sus atribuciones legales y que para ella constituyen un deber imperativo cumplir, hacer cumplir y respetar. Se expresó en el seno de la Comisión que podrían tenerse discrepancias de orden político, jurídico o doctrinario con las disposiciones contenidas en la legislación vigente, que le otorgan atribuciones y facultades al Ejecutivo para actuar en determinados momentos en la forma que han criticado los acusadores y en las que han pretendido fundamental el libelo, pero la verdad es que toda esa conducta ajustada a las normas legales y reglamentarias a las cuales se ciñó el Ejecutivo, son legítimas y, por ende, no pueden servir de base a una acusación constitucional como la planteada en la especie. E) Resolución adoptada por la Comisión Una vez cerrado el debate, la Comisión procedió a votar en forma separada los dos capítulos de la acusación. Por la unanimidad de tres votos, se rechazó el primer capítulo de cargos consistente en "infracción a la Constitución". Puesto en votación el segundo capítulo de la acusación, relativo al "atropellamiento de las leyes", resultó rechazado con la misma votación. En consecuencia, la unanimidad de tres votos de los miembros de la Comisión acordó desechar la proposición de admisibilidad de la acusación constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, por los delitos de infracción a la Constitución y atropellamiento de las leyes. Sala de la Comisión, 23 de noviembre de 1969. Acordado en sesión de fecha 21 del presente, con asistencia de los señores Salinas, don Edmundo (Presidente); Frías, Ramírez, Vargas y Videla. Se designó Diputado informante al señor Videla, don Pedro.(Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión." ANEXO DE DOCUMENTOS Comisión de Acusación Constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas S. Constitución Política Artículo 10.- La Constitución asegura a todos los habitantes de la República: 3º.- La libertad de emitir, sin censura previa, sus opiniones, de palabra o por escrito, por medio de la prensa o en cualquiera otra forma, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de esta libertad en la forma y casos determinados por la ley. Artículo 44.- Sólo en virtud de una ley se puede: 13.- Restringir la libertad personal y la de imprenta o suspender o restringir el ejercicio del derecho de reunión, cuando lo reclamare la necesidad imperiosa de la defensa del Estado, de la conservación del régimen constitucional o de la paz interior, y sólo por períodos que no podrán exceder de seis meses. Si estas leyes señalaren apenas, su aplicación se hará siempre por los Tribunales establecidos. Fuera de los casos prescritos en este número, ninguna ley podrá dictarse para suspender o restringir las libertades o derechos que la Constitución asegura. Artículo 72.- Son atribuciones especiales del Presidente: 17.- Declarar en estado de asamblea una o más provincias invadidas o amenazadas en caso de guerra extranjera, y en estado de sitio, uno o varios puntos de la República, en caso de ataque exterior. En caso de conmoción interior, la declaración de hallarse uno o varios puntos en estado de sitio, corresponde al Congreso; pero si éste no se hallare reunido, puede el Presidente hacerlo por un determinado tiempo. Si a la reunión del Congreso, no hubiere expirado el término señalado, a declaración que ha hecho el Presidente de la República se entenderá como una proposición de ley. Por la declaración de estado de sitio, sólo se conceden al Presidente de la República la facultad de trasladar las personas de un departamento a otro y la de arrestarlas en sus propias casas y en lugares que no sean cárceles ni otros que estén destinados a la detención o prisión de reos comunes. Las medidas que se tomen a causa del estado de sitio, no tendrán más duración que la de éste, pero con ellas no se podrán violar las garantías constitucionales otorgadas a los Diputados y Senadores. Ley 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado Artículo 4º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Título II del Libro II del Código Penal y en otras leyes, cometen delito contra la seguridad interior del Estado los que en cualquier forma o por cualquier medio, se alzaren contra el Gobierno constituido o provocaren la guerra civil, y especialmente: g) Los que propaguen de palabra o por escrito o por cualquier otro medio en el interior, o envíen al exterior, noticias o informaciones tendenciosas o falsas destinadas a destruir el régimen republicano y democrático de Gobierno, o a perturbar el orden constitucional, la seguridad del país, el régimen económico o monetario, la normalidad de los precios, la estabilidad de los valores y efectos públicos y el abastecimiento de las poblaciones, y los chilenos, que, encontrándose fuera del país, divulguen en él exterior tales noticias. Artículo 9º.- Queda prohibida la circulación, remisión y transmisión por los Servicios de Correos, Telégrafos, Cables, Aduanas y Transportes, de diarios, revistas u otros impresos o noticias constitutivos de delitos sancionados por esta ley, salvo que se trate de la difusión de doctrinas filosóficas o materias históricas, técnicas o teóricas. Los Intendentes y Gobernadores y los Jefes, Administradores o encargados de esas reparticiones o servicios, podrán suspender hasta por 24 horas la remisión, envío, transporte o transmisión de tales impresos, documentos o periódicos y darán cuenta de ello, dentro del mismo plazo, al Juez del Crimen correspondiente, quien breve y sumariamente resolverá si da curso o no a su envío, transporte, transmisión, comunicación o distribución. Los funcionarios o empleados a que se refiere el inciso precedente, que no dieren cumplimiento a la obligación que por él se les impone, serán castigados con arreglo al artículo 253 del Código Penal. Salvo en los casos expresamente señalados por las leyes, ninguna autoridad podrá proceder a la detención o apertura de la correspondencia epistolar o imponer censura sobre la prensa o comunicaciones telefónicas o radiales. Artículo 34.- Corresponde al Jefe Militar, especialmente: c) Prohibir la divulgación de noticias de carácter militar, estableciendo la censura de prensa, telegráfica y radiotelegráfica, que estime necesaria. Ley Nº 16.643, sobre Abusos de Publicidad Artículo 1º.- La publicación de las opiniones por la imprenta y, en general, la transmisión pública y por cualquier medio de la palabra oral o escrita, no está sujeta a autorización ni censura previa alguna. El derecho que garantiza a todos los habitantes de la República el Nº 3 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado incluye el de no ser perseguido a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras por cualquier medio de expresión. El abuso de este derecho sólo puede castigarse en los casos y formas señalados en la presente ley. Artículo 9º.- La persona que consienta en aparecer como director sin serlo y la que, en tal caso, ejerza de hecho la dirección, incurrirán en la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio. La apreciación de estas circunstancias se hará en conciencia por el tribunal que corresponda. Artículo 25.- Los Tribunales podrán prohibir la divulgación por cualquier medio de difusión de informaciones concernientes a determinados juicios de que conozcan. Los que infrinjan esta prohibición serán sancionados con reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de uno a cuatro sueldos vitales. La prohibición podrá decretarla el juez sólo cuando la divulgación pueda entorpecer el éxito de la investigación o atentar contra las buenas costumbres, la Seguridad del Estado o el orden público, y deberá ser publicada gratuitamente en uno o más diarios, que el juez determine, del departamento o de la capital de la provincia, si en aquél no lo hubiere. La no publicación de la referida prohibición dentro del plazo de cuarenta y ocho horas será sancionada como delito de desacato con la pena de reclusión menor en su grado mínimo. La resolución que impone la prohibición será apelable en el solo efecto devolutivo. El recurso podrá interponerse por las partes o por cualquier periodista colegiado y el Tribunal de Alzada conocerá de él en Cuenta. D.F.L. 4, de 1959, Ley General de Servicios Eléctricos Artículo 21.- Las concesiones se otorgarán sin perjuicio del derecho de tercero legalmente establecido, y en lo que ellos no provean, estarán sometidas a las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia. Artículo 175.- En el caso de conmoción interior o de guerra, el Gobierno podrá tomar a su cargo el uso de los servicios eléctricos, abonando al concesionario una compensación que se determinará tomando por base el término medio de las utilidades que hubiere tenido la empresa en los últimos tres años precedentes. Si la empresa requerida no hubiere completado tres años de explotación o no efectuare servicios remunerados, la compensación se determinará por convenios mutuos y, en defecto de éste, por tasación de peritos. La comisión pericial se constituirá en la forma establecida en el artículo 82. D.F. L. 315, de 1960. Crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones Artículo 9°.- En caso de conmoción interior, movilización o de guerra, el Gobierno podrá tomar el control o hacerse cargo del total o parte de los servicios de telecomunicaciones. Decreto 3.375, de Interior, de 28 de agosto de 1944 (Diario Oficial de 22 de noviembre de 1944), Reglamento de Estaciones de Radiocomunicaciones Artículo 99.- En caso de conmoción interior, catástrofe o guerra, las estaciones de radiocomunicaciones quedarán sometidas a las disposiciones de control y censura que el Gobierno adopte, el que podrá hacerse cargo de su gobierno y explotación. Decreto 4.581, de Interior (Diario Oficial de 23 de febrero de 1950).- Reglamento de transmisiones de radiodifusión Artículo 3º.- Corresponderá a la Secretaría General de Gobierno ejercer la supervigilancia respecto del contenido y realización de las transmisiones que efectúen las radiodifusoras del país, dar normas sobre la composición de los programas, impartir instrucciones relativas a la clase y calidad de los números a los cuales debe darse preferencia, los que no puedan ser incluidos o los que deban ser suprimidos en algunos de los programas mencionados, y, en general, dar todas las directivas necesarias para el mejoramiento de la calidad artístico-cultural de las transmisiones. Sin embargo, en la aplicación de dichas atribuciones no se podrá llegar, en caso alguno, a la censura previa de las transmisiones, discursos, o números de programas cuyo contenido signifique sólo emitir opiniones, sin perjuicio de perseguir oportunamente los delitos que puedan cometerse por el abuso de esta libertad. Las radiodifusoras estarán obligadas a dejar copia de toda transmisión que se refiera a noticias, charlas, conferencias, disertaciones, editoriales o discursos, y a enviarlos a la Secretaría General de Gobierno cada vez que ésta lo estime conveniente. Artículo 15.- Las estaciones de radiodifusión estarán obligadas a destinar el tiempo que para el servicio del Estado se haya establecido en el respectivo decreto de concesión. Estas transmisiones podrán ser en cadena nacional, cadena parcial o individuales. Artículo 24.- Las estaciones radiodifusoras deberán interrumpir su funcionamiento citando el Ministerio del Interior lo estime necesario para la seguridad interior y exterior del Estado. Texto leído por el Presidente de la Asociación de Radiodifusoras, por cadena nacional de emisoras, señor Eduardo Mac Donald, el día jueves 23 de octubre de 1969 "Estimados colegas radiodifusores: Hace pocos minutos nuestra directiva ha conversado con las autoridades de Gobierno, haciéndoles ver el problema que significa a las emisoras de todo el país, el mantenerse en una cadena obligatoria, por tiempo tan prolongado. La Asociación de Radiodifusoras de Chile, ARCHI, ha comprendido y comparte los motivos que ha tenido el Gobierno para mantener la red nacional de emisoras, ya que obedecen a razones del alto interés nacional. Por otra parte, a pedido de ARCHI, el Gobierno ha accedido a autorizar a las emisoras para transmitir en forma separada sus programas habituales desde las 12.30 horas de hoy jueves 23 de octubre, con excepción de los programas informativos, periodísticos o de comentarios. Todas las emisoras hasta nueva orden deberán integrar Cadena Nacional a las 13 y 21.30 horas, en que serán transmitidos los informativos directamente desde la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República. La Asociación de Radiodifusoras de Chile aprovecha esta oportunidad para reiterar su adhesión al Gobierno constitucional de la República. ARCHI considera que ha cumplido con su deber al haber prestado su colaboración en los momentos difíciles que ha vivido el país. Santiago, 23 de octubre de 1969." Contraloría General de la República Ref. 58.640. Atiende presentación de don Eduardo Rivas Contreras y otros N° 68281.Santiago, 24 de octubre de 1969. Don Eduardo Rivas Contreras, Presidente del Consejo Regional de Santiago del Colegio de Periodistas de Chile y diversos profesionales afiliados a esta Corporación, solicitan un pronunciamiento de esta Contraloría General sobre "el problema global de la censura de prensa en Chile", haciendo presente que la Agrupación de Periodistas de Radio y Televisión y aquel Consejo Regional han acordado formular tal consulta a este Organismo. Al respecto, el Contralor General infrascrito debe señalar que, atendidos los términos amplios en que aparece planteada la solicitud de dictamen, sólo puede analizar la materia en que ella incide en los mismos términos, es decir, referirse a las limitaciones que, en general, puede afectar al ejercicio de la libertad de imprenta, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente. En este sentido, debe anotar, desde luego, que con arreglo a lo prescrito en el número 39 de su artículo 10, la Constitución Política del Estado asegura a todos los habitantes de la República, "la libertad de emitir, sin censura previa, sus opiniones, de palabra o por escrito, por medio de la prensa o en cualquiera otra forma, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en la forma y casos determinados por la ley", y que, a su vez, el número 13 del artículo 44 del mismo texto constitucional declara que sólo en virtud de una ley se puede "restringir la libertad personal y la de imprenta, o suspender o restringir el derecho de reunión, cuando lo reclamare la necesidad imperiosa de la defensa del Estado, de la conservación del régimen constitucional o de la paz interior y sólo por períodos que no podrán exceder de seis meses. Si estas leyes señalaren penas, su aplicación será siempre por los Tribunales establecidos. Fuera de los casos prescritos en este número, ninguna ley podrá dictarse para suspender o restringir las libertades o derechos que la Constitución asegura". Por su parte, el artículo 1º de la ley Nº 16.643, que fijó el Texto Definitivo de la Ley sobre Abusos de Publicidad, dispone: "La publicación de las opiniones por la imprenta, y, en general, la transmisión pública y por cualquier medio de la palabra oral o escrita, no está sujeta a autorización ni censura previa alguna". "El derecho que garantiza a todos los habitantes de la República el número 39 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado incluye el de no ser perseguido a causa de sus opiniones y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras por cualquier medio de expresión". "El abuso de este derecho sólo puede castigarse en los casos y formas señalados en la presente ley". Además, debe recordarse que en el caso concreto del ejercicio de esta libertad a través de la radiodifusión, las radioemisoras se sujetan a las normas del Reglamentó, aprobado mediante Decreto del Ministerio del Interior Nº 4.581, de 1949, cuyo artículo 3º previene que "Corresponderá a la Secretaría General de Gobierno ejercer la supervigilancia respecto del contenido y realización de las transmisiones que efectúen las radiodifusoras del país, dar normas sobre la composición de los programas, impartir instrucciones relativas a la clase y calidad de los números a los cuales debe darse preferencia, los que no pueden ser incluidos o los que deban ser suprimidos en algunos de los programas mencionados y, en general, dar todas las directivas necesarias para el mejoramiento de la calidad artístico-cultural de las transmisiones". "Sin embargo, en la aplicación de dichas atribuciones no se podrá llegar, en caso alguno, a la censura previa de las transmisiones, discursos o números de programas cuyo contenido signifique sólo emitir opiniones, sin perjuicio de perseguir oportunamente los delitos que puedan cometerse por el abuso de esta libertad". A su turno, el inciso 4º del artículo 4º de la Ley Nº 16.643 dispone: "Las estaciones de radiodifusión están obligadas a dejar copia o cinta magnetofónica y conservarla durante 20 días de toda transmisión de noticias, entrevistas, charlas, comentarios, conferencias, disertaciones, editoriales o discursos y enviarlas, dentro de 5º día a la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República o de la Gobernación respectiva, a requerimiento suyo, la que a petición de parte deberá hacerlo en todo caso. El incumplimiento malicioso de la obligación anterior, así como la alteración de la copia o cinta magnetofónica será castigada con la pena establecida en el artículo 210 del Código Penal". En relación con esta materia, debe mencionarse que, entre otras conclusiones, el Dictamen Nº 68.578, de 7 de noviembre de 1968, de esta Contraloría General, expresó que, "dado el carácter de servicio público concedido que presentan las radioemisoras, la Administración, al otorgar la concesión, impondrá las condiciones que le permita el ordenamiento legal y reglamentario que regula esas concesiones, en especial, aquélla que se consigna en el artículo 15 del Reglamento de Transmisiones de Radiodifusión referente a que el concesionario deberá destinar un espacio de tiempo a transmisiones necesarias para "el Servicio del Estado", sea a través de cadenas nacionales, parciales o individuales y sin costo para el Estado". "Por transmisiones "al Servicio del Estado" debe entenderse -la amplitud del texto reglamentario no admite una interpretación restringida- a todas aquellas que condigan con una manifestación de la actividad estatal, sea del orden político, económico, administrativo, cultural, educativo, etcétera, prevista en el ordenamiento legal vigente. "La calificación del contenido de esas transmisiones compete a la Administración sin otra limitación que él implique la expresión o manifestación de una actividad estatal". "Si reglamentariamente el Poder Administrador, al otorgar la concesión de Radiodifusión, puede imponer la obligación al concesionario de transmitir para el "servicio del Estado", la fijación del horario en el cual se va a cumplir aquélla corresponde a la autoridad, no pudiendo quedar sujeta a la discrecionalidad del concesionario". "La autoridad impone la obligación, y ella, también, debe velar por su cumplimiento en el horario que se fije en cada oportunidad". El artículo 24 del citado Reglamento de Radiodifusión establece que: "Las estaciones radiodifusoras deberán interrumpir su funcionamiento cuando el Ministerio del Interior lo estime necesario para la seguridad interior y exterior del Estado". La Ley de Seguridad Interior del Estado, aprobada por Ley Nº 12.927, preceptúa en la letra c) de su artículo 34 que declarado el Estado de Emergencia, corresponde al Jefe Militar, entre otras funciones, "prohibir la divulgación de noticias de carácter militar, estableciendo la censura de prensa, telegráfica y radiotelegrafía, que estime necesaria, y agrega en su letra d) : "Reprimir la propaganda antipatriótica, ya sea que se haga por medio de la prensa, radios, cines, teatros o por cualquier otro medio". Por último, y al margen de la censura que aplica el Consejo de Censura Cinematográfica a las películas cinematográficas en conformidad con las prescripciones de los Decretos con Fuerza de Ley Nºs. 37 de 1959 y 334 de 1960, y del Decreto Reglamentario del Ministerio de Educación Nº 3.823 de 1960, debe destacarse que el artículo 25 de la citada ley Nº 16.643 faculta a los Tribunales de Justicia para "prohibir la divulgación por cualquier medio de difusión de informaciones concernientes a determinados juicios de que conozca". Lo anterior es cuanto el Contralor General infrascrito puede informar, al tenor de la solicitud de la referencia, sin perjuicio de señalar que, según informaciones proporcionadas por el Ministerio del Interior, actualmente no se ha establecido ninguna medida que signifique censura al ejercicio de la libertad de prensa en cualesquiera de las formas en que ella se ejerce. Transcríbase al señor Ministro del Interior. Dios guarde a Uds. (Fdo.): Héctor Hunieres M. Declara Estado de Sitio Santiago, 21 de octubre de 1969.S. E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue: Número 1.454.- Teniendo presente que existe en el país una situación de conmoción interior y que el Congreso no se halla reunido, en uso de la atribución que me confiere el Nº 17 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, Decreto: Declárase en estado de sitio todo el territorio nacional durante un mes. Tómese razón, comuníquese y publíquese.- E. FreiM.- Patricio Rojas S. Lo que transcribo a U. para su conocimiento. Dios guarde a U.- Juan Achurra Larraín, Subsecretario del Interior. REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior Santiago, 22 de noviembre de 1969. En respuesta a su oficio ,Nº 6, del día de ayer, me permito informar a Ud. que el día 22 de de octubre de 1969 se dio cuenta a este Ministerio por la Dirección General de Carabineros, de la Minuta Nº 16 emitida por la Primera Comisaría de Renca, de la Prefectura Rural de Santiago, en la cual se deja constancia que ese mismo día, a las 19.20 horas, llamó telefónicamente el Subcomisario de Colina, don Gonzalo Jiménez Rojas, Gerente Administrativo de la Radio Sociedad Nacional de Agricultura, informando que ese mismo día, a las Cero horas, aproximadamente, un grupo de 15 militares armados y movilizados en 3 jeeps a cargo de 2 oficiales, habían llegado hasta la antena que dicha Radio tiene en el interior del fundo La Montaña (Km. 15 de la Carretera Panamericana Norte), con intenciones de transmitir, para lo cual encañonaron al cuidador Juan Soto Catalán, sin haber logrado su propósito por no estar en onda. Posteriormente, el grupo se retiró sin que el cuidador hubiera podido percatarse del regimiento a que ese grupo pertenecía, ni tampoco de sus distintivos. El mismo día 22 de octubre visitó al Subsecretario del Interior el Secretario General de la Sociedad Nacional de Agricultura, señor Sergio Romero Pizarro, quien dio cuenta de estos hechos y dejó en poder del Ministerio copia de una carta dirigida por el Gerente Administrativo de la Radio al Gerente General de la misma, señor Gustavo Póssel, en la cual se hace una relación circunstanciada de la forma en que se produjo el intento de ocupar la planta transmisora de dicha Radio. A continuación me permito transcribir a Ud. el texto completo de dicha carta: "A continuación paso a detallarle los hechos que anoche configuraron un intento de toma de nuestros transmisores por parte de fuerzas uniformadas: Faltando poco minutos para la medianoche de ayer 21 de octubre de 1969, por la parte posterior (antena) de nuestra planta transmisora, o sea, por el interior del fundo La Montaña, apareció un grupo de aproximadamente 15 militares, de ellos dos eran oficiales, y procedieron á tomarse la caseta de nuestro transmisor de onda larga. En esos instantes estaba nuestro plantero señor Juan Soto Catalán (26 años en la empresa) y el mozo Antonio Zapata Campos (tres años a nuestro servicio), este último cuidador del predio en que están ubicados nuestros sistemas irradiantes. Dio la casualidad que a esa hora estaban los dos en la caseta, en atención a que se debía proceder a cambiar un tubo del transmisor de AM, labor que para efectuarse con rapidez debe ser cumplida entre dos personas. Los 15 militares, todos vistiendo uniforme de servicio, iban con cascos y armas de mano en tres vehículos. Uno de los oficiales, llevaba además, un micrófono y un comunicado para leerlo a través de nuestras ondas. La totalidad de nuestro personal técnico ha sido preparado para una posible emergencia de este tipo (y esto a raíz de la toma de una Emisora de Concepción, por parte del MIR hace como seis meses atrás) y en cada oportunidad que ha habido asomos de violencia, se las reiteramos a todos y cada uno de los empleados que están expuestos. Todas estas instrucciones se las damos verbalmente y el suscrito lo ha hecho en la mayoría de las veces personalmente. Al ver aparecer al grupo militar, el señor Soto Catalán, nuestro Radioperador de turno en la planta, procedió a la inmediata baja del equipo, apagándolo. Los militares le señalaron que deseaban que lo echara a caminar de nuevo a fin de ellos proceder a transmitir una aclaración al Gobierno, ya que las noticias oficiales faltaban a la verdad. Fueron muy cordiales y amistosos pero no lograron hacer cambiar de actitud a nuestro funcionario. Poco a poco se fueron tornando amenazantes hasta colocarle el cañón de un fusil en el pecho. Como no consiguieron su objetivo, un grupo de cinco militares llevó a Soto y a Zapata a otro lugar fuera de la planta mientras los demás uniformados trataban de hacer andar nuestro transmisor, cosa que no consiguieron. En el intertanto de los estudios llamaba el Centro de turno para saber cuál era la panne que había provocado esta caída de onda, respondiéndole uno de los uniformados de la siguiente manera "compañero de la OIR llamaron avisando que debíamos cortar de inmediato", acto seguido cortó. El personal de turno en los estudios llamó a la OIR para ratificar esto y allí fue confirmado en una comunicación dada por la señorita Juana Muñoz y ratificada por el señor Carlos Ruz, agregando que mañana (hoy miércoles) la radio debería salir a la hora de costumbre, pero seguir en cadena con la OIR. La coincidencia de lo dicho desde la Planta con la instrucción dada desde la OIR motivaron el no presentar la denuncia en la madrugada misma. El personal de turno en la noche en los estudios era Sergio Montoya Espil como locutor y Leonardo Freite Freite como radio-controlador. Entrego este relato de los acontecimientos a fin de que Ud. proceda a comunicarlo a quienes corresponde y a presentar la denuncia a las autoridades pertinentes." Es cuanto puedo informar a Ud. en relación a su oficio Nº 6, de fecha 21 de noviembre. Saluda atentamente a Ud.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro del Interior. Diario Oficial, viernes 24 de octubre de 1969. Deroga Estado de Sitio Santiago, 23 de octubre de 1969. S. E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue: Decreto: Derógase, a contar de esta fecha, el decreto de Interior Nº 1.454, de 21 de octubre del año en curso, que declaró en estado sitio todo el territorio nacional, durante un mes. Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- E. Frei M.- Patricio Rojas. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Dios guarde a U. Juan Achurra L., Subsecretario del Interior. Nº 465.Santiago, 17 de octubre de 1969. Vistos: lo dispuesto en el artículo 4º, letra g) de la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado; la facultad que me confiere el artículo 9º de la misma ley Resuelvo: Suspéndase la circulación del diario o periódico "La Segunda", edición de esta fecha, por los servicios de transportes. Cúmplase por los Servicios de Investigaciones y Carabineros y póngase los ejemplares correspondientes a disposición del Tribunal respectivo. Anótese y comuníquese.- Jorge Kindermann Fernández, Intendente de Santiago.- Ernesto Millar Vergara, Secretario-Abogado Suplente. Es copia fiel del original.- Ernesto Millar Vergara, Secretario-Abogado Suplente. Nº 470.- Santiago Vistos: lo dispuesto en el artículo 49, letra g) de la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado; la facultad que me confiere el artículo 9 de la misma ley, Resuelvo: Suspéndase la circulación del diario o periódico "La Tarde", edición de esta fecha, por los servicios de transportes. Cúmplase por los Servicios de Investigaciones y Carabineros y póngase los ejemplares correspondientes a disposición del Tribunal respectivo. Anótese y comuníquese.- Jorge Kindermann Fernández, Intendente de Santiago.- Ernesto Millas Vergara, Secretario-Abogado Suplente. Es copia fiel del oficinal.- Ernesto Millar Vergara, Secretario-Abogado Suplente. Nº 470. Santiago, 18 de octubre de 1969. Vistos: lo dispuesto en el artículo 4º, letra g) de la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado; la facultad que me confiere el artículo 9 de la misma ley: Resuelvo: Suspéndase la circulación del diario o periódico "El Diario Ilustrado", edición de esta fecha, por los servicios de transporte. Cúmplase por los Servicios de Investigaciones y Carabineros y póngase los ejemplares correspondientes a disposición del Tribunal respectivo. Anótese y comuniquése. (Fdo.): Jorge Kindermann Fernández, Intendente de Santiago.- Ernesto Millar Vergara, Secretario Abogado Suplente. Es copia fiel del original: (Fdo.): Ernesto Millar Vergara, Secretario Abogado Suplente. INTENDENCIA DE SANTIAGO Cumplo con informar a US. que en la madrugada de hoy tuve conocimiento del contenido de la información que aparece en la página 1 de la edición correspondiente de "El Diario Ilustrado", cuyo tenor consta en el ejemplar que acompaño. En atención al carácter falso y tendencioso de dicha información, destinada a perturbar el orden constitucional y la seguridad del país, estimé necesario proceder de inmediato a ordenar que se suspendiese su circulación a través de los servicios de transportes, en uso de la atribución que me confiere el artículo 9º de la ley Nº 12.927, en relación con su artículo 4º, letra g) que define al delito que evidentemente se pretendía consumar. Sin embargo, cabe señalar que la Dirección del mencionado periódico, en conocimiento de la existencia de la orden, cuyo original pongo a disposición de US., resolvió mantener los ejemplares en la imprenta, de modo que la referida orden no ha sido, en verdad, cumplida, por cuanto, en virtud de su propia decisión, la Dirección no ha intentado llevar a cabo la circulación, que es precisamente la actividad que debe iniciarse para que tal orden se aplique. Por tanto, la presente comunicación sólo tiende a poner en conocimiento de US. la resolución adoptada, sus fundamentos y la real situación producida, ya que propiamente no se ha verificado la condición que, de acuerdo con el artículo 9º de la ley Nº 12.927, determinaría la obligación legal de informar, para los efectos consiguientes, puesto que tal condición consiste en el hecho de haberse cumplido la orden, mediante la efectiva suspensión de la circulación a través de los servicios de transportes, por parte de la autoridad. Debo manifestar, asimismo, que la orden en referencia fue adoptada teniendo presente, además, que en el día de ayer el señor Ministro Sumariante, don Marcos Aburto, ya había dispuesto el requisamiento de la edición de ese día del diario "La Segunda", por contener justamente la misma información que figura en la edición de "El Diario Ilustrado". Finalmente, debo expresar a US. que oportunamente la autoridad manifestó al Director de "El Diario Ilustrado" que sólo se aplicaría la orden de suspensión si los ejemplares que se distribuyesen contenían esa información, de modo que bien pudo la Dirección reemplazar su texto, o bien, como se ha dicho, insistir en su criterio primitivo y transportar la edición hacia el exterior de la imprenta, con el propósito de hacerla circular. Dios guarde a US. (Fdo.): Jorge Kindermann Fernández, Intendente de Santiago. Al señor Juez del 2º Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía. Presente. 9.- OFICIO DE LA COMISION DE ACUSACION CONSTITUCIONAL CONTRA EL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 1.- Santiago, 20 de noviembre de 1969. Tengo a honra poner en conocimiento de V. E. que la Comisión encargada de conocer de la acusación constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, procedió a constituirse en el día de hoy y designó Presidente al suscrito. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Edmundo Salinas Clavería, Presidente.- Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión." 10.- OFICIO DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES "Nº 62.Santiago, 25 de noviembre de 1969. La Comisión de Relaciones Exteriores, en sesión celebrada en el día de hoy, acordó dirigir oficio a V. E. con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva recabar el asentimiento de la Corporación, para prorrogar por 30 días el plazo de que dispone la Comisión para informar acerca de la investigación encomendada por la Cámara sobre las actividades que realizarían los Cuerpos de Paz en nuestro país. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. en cumplimiento del mencionado acuerdo. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Carlos Sívori Alzérreca, Presidente.- Raúl Guerrero Guerrero, Secretario." 11.- MOCION DEL SEÑOR SCHNAKE "Honorable Cámara: La Corporación de Fomento de la Producción es una entidad de alto nivel técnico que se enfrenta, frecuentemente, con una importante fuga de sus funcionarios motivada por el monto de las rentas del personal que no está adecuado a la preparación, a veces de rango internacional, que tienen esos profesionales. Esta situación que compromete fundamentalmente a los ejecutivos de la institución está llegando a los escalones medios de funcionarios provocando una situación de rentas que está representando que vayan disminuyendo notablemente las diferencias de rentas de las diferentes categorías. Así, entre un funcionario de Categoría "B" y el Vicepresidente Ejecutivo de la institución la diferencia de remuneración representa, tan sólo un 8,4% de esta última, en circunstancias que entre ambos niveles existen 8 escalones distintos. Esta situación se ha producido por cuanto la Corporación de Fomento se encuentra incluida entre los servicios afectos a la limitación de renta establecida en el D.F.L. Nº 68. Consciente de que este servicio debe tener un sistema independiente de determinación de sus rentas, dado el tecnicismo creciente que representa su funcionamiento, el Congreso Nacional aprobó un proyecto de ley que fue promulgado por el señor Presidente, a virtud del cual se facultaba al Consejo de la Corporación para fijar las rentas del personal. Esta facultad resulta inoperante si las rentas tienen un tope bastante más bajo que algunas rentas que se pagan en el país. Proponemos elevar esa limitación a la renta de que goza el señor Contralor General de la República dado que las responsabilidades y jerarquías del Vicepresidente de CORFO y de aquel funcionario pueden considerarse equivalentes. Por otra parte, como una forma de paliar la situación económica del personal, la Corporación le ha concedido a sus funcionarios en diversas oportunidades préstamos de carácter general, los que representan, por concepto de amortizaciones, una carga importante para esos empleados y que resultan en algunos casos una importante porción del desahucio del funcionario en caso de jubilación o retiro. Sugiero la condonación de esos préstamos como una forma de aliviar a los sectores de más bajas rentas de la entidad mencionada. En razón de lo expuesto, someto a la consideración de la Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- El artículo 1º del D.F.L. Nº 68 de 1960 no se aplicará al personal de la Corporación de Fomento de la Producción. Sin embargo, ningún funcionario de dicha entidad podrá percibir una remuneración superior a la que corresponda al Contralor General de la República. Artículo 2º.- Condónanse los préstamos generales otorgados por la Corporación de Fomento de la Producción a su personal, con cargo al Fondo de Bienestar, excepto aquellos con fines habitacionales. (Fdo.): Erich Schnake S." 12.- MOCION DE LOS SEÑORES RIOS SANTANDER Y ALAMOS "Honorable Cámara: No escapará del elevado criterio de los señores Parlamentarios, la importante función que cumple el Servicio de Seguro Social a través de todo el país. Entrega, atención médica gratuita, medicamentos, asignaciones familiares, préstamos, etc., funciones éstas que si bien es cierto en un principio son bien cumplidas, también es cierto que su dirección se enfrenta a grandes problemas para poder llevar en buena forma, la responsabilidad encomendada por todo el país. Este Servicio Previsional, de extraordinaria importancia en nuestra vida moderna, cumple también, y aquí merece esto comentario aparte, con entregar a miles de asegurados del país un beneficio que es la esperanza de todos aquellos hombres y mujeres de trabajo que por una vida entera se han entregado a una faena determinada. Me refiero a la jubilación. Ella en el fondo, es el premio o recompensa que el país le entrega a aquella persona por los servicios prestados a la sociedad. Es el fin de toda una vida de trabajo, donde, como en la mayoría de los casos, aquellas personas entregaron mucho más riqueza al país que los pocos dineros que en su jubilación perciben. Pero esto no es todo, si bien es cierto que muchos son los beneficiados con este beneficio previsional, también es cierto que muchos otros, cumpliendo con todos los requisitos señalados por la ley, se ven imposibilitados de percibirlo por el desfinanciamiento del fondo de pensiones del Servicio de Seguro Social, hecho éste por todos conocido. Pensando en la pronta solución de este problema, cuya responsabilidad no debemos eludir, hemos venido estudiando el presente proyecto de ley, que fuera de entregar un financiamiento interesante al Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, viene a solucionar en parte los mil problemas de orden legal que se viene arrastrando en parte de los seiscientos mil agricultores con que cuenta el país. Creemos que el estudio ele este proyecto, realizado con profundidad por los señores parlamentarios que se interesen en la solución de tan grave problema, que las intenciones en él explicadas claramente, no pretenden quebrar la actual ley de Reforma Agraria, pues las conclusiones que de él se desprenden, establecen en forma positiva, las limitaciones y los alcances que en la materia agrícola se refiere. Ponemos en vuestra consideración el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Establécese un impuesto del 5% sobre el avalúo fiscal vigente sobre toda división de predio rural rústico de más de 80 hectáreas básicas. Dicho impuesto deberá ser cancelado previamente a la autorización respectiva de que se tratará más adelante. Artículo 2º.- Se autoriza la división de predios rústicos de cualquier extensión. Toda persona que quiera dividir un predio agrícola, deberá presentar solicitud al Servicio Agrícola y Ganadero, en la oficina correspondiente a su zona, la que deberá ir acompañada de plano de división de predio, elaborado por Ingeniero Agrónomo, con indicación de calidad de suelo y un informe en el que se establezca que cada lote o hijuela resultante de la división, constituyen, a lo menos, una unidad económica que permita vivir a una familia con dignidad; deberá indicarse en dicho informe la distancia de los centros de consumo y hacerse una evaluación de cómo influye ella en las posibilidades de explotación de los lotes, parcelas o hijuelas que resulten. Artículo 3º.- El SAG deberá conceder o denegar la autorización dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de presentación de la solicitud con todos los antecedentes exigidos en el artículo precedente. Si no evacuare resolución al respecto dentro del plazo, se tendrá por aceptada la división en la forma propuesta por el peticionario. Artículo 4º.- El hecho de no haberse expedido resolución oportunamente se acreditará mediante certificado expedido por el jefe de la oficina del SAG en donde se presentó la solicitud y deberá expedirlo a petición escrita o verbal del interesado o de quien lo represente. Para los efectos de establecerse fehacientemente la fecha de la resolución, cada oficina del SAG deberá llevar un libro de Registro en el cual deberá anotarse en forma cronológica las resoluciones que resuelvan las peticiones, el que contendrá las siguientes indicaciones: Número del expediente administrativo; nombre del peticionario; fecha de la resolución; funcionario que la dictó; número de la resolución. Dicho Registro deberá ser llevado al día y certificarse, después de anotadas las resoluciones dictadas dicho día. Si la resolución debe ser dictada por un funcionario que no es de la oficina del SAG en donde se presentó la solicitud, el plazo para anotar la resolución será de 70 días. Artículo 5º.- Si la resolución fuere denegada, podrá interponerse reclamación ante el Tribunal Provincial Agrario dentro del plazo de 15 días, contado desde la fecha de notificación de la resolución. Esta podrá hacerse personalmente o por carta certificada enviada por el servicio de Correos; en este último caso, el plazo comenzará a correr tres días después de haberse recibido la carta por Correo. Artículo 6º.- El SAG podrá aprobar o denegar la solicitud; la aprobación puede ser total o con modificaciones. En este último caso, para poder efectuar la división, a su costa, el interesado deberá presentar los planos de acuerdo con las modificaciones propuestas. No podrá deducirse reclamación contra la resolución que apruebe la solicitud con modificaciones, salvo que éstas importen, en el hecho, la denegación de la petición. Artículo 7º.- Si la división propuesta fuere solamente para agregarse un lote o retazo a otro predio rural, en todo caso se concederá autorización siempre que el lote que queda constituya a lo menos, una unidad económica de que se habla en el artículo 2º. Artículo 8º.- Cuando el Plano Regulador de una ciudad o población modifique los límites urbanos y abarque un predio agrícola, de oficio o a petición de parte, la oficina de Impuestos Internos respectiva deberá hacer la separación de los roles, con sus respectivos avalúos. Asimismo, con el mérito del certificado de Impuestos Internos de haberse efectuado dicha división y minuta firmada por propietario, acompañada de plano firmado por Ingeniero Agrónomo, el Conservador de Bienes Raíces procederá a modificar la inscripción en el Registro de la Propiedad, dejándose constancia de los deslindes de la parte urbana y los de la parte rural. Si hubiese una expropiación en trámite de la CORA, ésta quedará sin efecto en la parte urbana. Artículo 9º.- El rendimiento de los impuestos establecidos en el artículo 1º, se destinará al financiamiento del Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social. Artículo 10.- Dicha ley no podrá aplicarse a los predios forestales. Artículo 11.- La presente ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial. (Fdo.): Mario Ríos Santander.- Hugo Alamos Vásquez." 13.- MOCION DE LOS SEÑORES GARCES, SANHUEZA, GIANNINI Y PARETO "Honorable Cámara: Es de público conocimiento que, periódicamente, el financiamiento de los partidos, grupos o movimientos políticos se transforma en motivo de debate público realizado con caracteres de escándalo. Contribuye poderosamente a ello el hecho de que las fuentes de recursos de tales entidades son desconocidas por la opinión nacional, lo que las hace fácil objeto de la suspicacia y de la sospecha. Esta situación constituye un factor de desprestigio para las colectividades que actúan en la vida pública y, por consiguiente, para el sistema democrático en el que nos desenvolvemos y que todos se han comprometido a respetar. Con frecuencia, sectores interesados en socavar el régimen de libertad esgrimen acusaciones, lanzan rumores y crean sospechas en torno a una o más colectividades políticas, con el propósito de desacreditarlas ante la opinión pública. Ese procedimiento no afecta, generalmente, sólo al partido en contra del cual va dirigido, sino a todos los que intervienen en el proceso cívico. Este recurso se ve favorecido por la circunstancia de que cada partido, grupo o movimiento debe afrontar ingentes gastos, principalmente de orden publicitario, haciendo surgir en el público la duda respecto a la procedencia de los recursos económicos utilizados. Es de conocimiento, igualmente, de los partidos, y de quienes los dirigen, el ingente sacrificio que involucra costear las actividades que los mismos desarrollan, como también, la seguridad de que, salvo excepciones muy escasas, ninguno echa mano de medios vedados para incrementar sus recaudaciones, las que, en inmensa proporción, son aportadas por sus militantes y simpatizanes, en las más diversas cuantías. Es del todo aconsejable, siendo así, que la opinión pública pueda tener acceso a la más amplia información respecto al punto que señalo, no sólo para poner fin a una maledicencia corrosiva en contra de la democracia, sino, además, para que pueda comprobarse el grado de abnegación que importa a un ciudadano ser miembro de un partido. Es por esta razón que vengo en proponer a la Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Todos los partidos políticos, grupos, independientes que postulen a cargos de representación popular, organizaciones que actúen como tales, cualesquiera que sea su denominación, y sea o no que tengan representación parlamentaria, estarán obligados a llevar contabilidad completa a partir del 1º de enero de 1970. Esta contabilidad se sujetará a las normas que establece el Servicio de Impuestos Internos, organismo que podrá fiscalizar la veracidad de sus asientos y la autenticidad de los documentos en que se funda. Anualmente los grupos o partidos a que se refiere este artículo deberán presentar un balance general del resultado de su ejercicio contable. Esta contabilidad y los respectivos balances serán públicos, pero para su conocimiento o examen deberá solicitarse a través del Servicio ya señalado. Todas las personas que ocupen o hayan ocupado durante el respectivo ejercicio contable cargos directivos dentro del respetivo grupo, partido o movimiento político serán solidariamente responsables, civil y penalmente, de las infracciones o delitos que con respecto al manejo financiero y contable se pudieren cometer. Las acciones pertinentes prescribirán de acuerdo a las normas generales. El retardo o la no presentación de los libros, balances y demás documentos de contabilidad al ser requeridos por el Servicio de Impuestos Internos de acuerdo a sus procedimientos administrativos, será sancionado con una multa no inferior a 5 sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago, ni superior a 10 sueldos vitales anuales, de la misma escala y departamento. La reiteración de la negativa a presentar dicha contabilidad será sancionada con una multa igual al doble de la anterior, sin perjuicio de ser aplicable a los dirigentes responsables de la organización, movimiento o partido, las medidas de apremio que contemplan los artículos 93 y siguientes del Código Tributario, y la sanción corporal contemplada en el Nº 5 del artículo 97 del mismo Código. Las entidades que no se conformaran con la clasificación del movimiento o partido político que les atribuyera el Ministro del Interior, los Intendentes o los Gobernadores, podrán reclamar de ella ante el Tribunal Calificador de Elecciones de la República. (Fdo.) : Carlos Garcés F.- Osvaldo Giannini I.- Fernando Sanhueza H.- Luis Pareto G." 14.- COMUNICACIONES Con la primera, la Junta de Adelanto de Arica, remite copia de una resolución y un acuerdo relativo al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Junta de Adelanto de Arica, para el año 1970. Con la segunda, la Corporación de Fomento de la Producción, informa sobre las contrataciones de personal efectuadas entre el 1º de julio y el 30 de septiembre de 1969. Con la última, el señor Ministro de Justicia, solicita permiso constitucional para ausentarse del país a contar del 6 de diciembre próximo y dice como sigue: "Conciudadanos de la Honorable Cámara de Diputados: En virtud de lo dispuesto en la letra b), inciso 1º, del artículo 39 de la Constitución Política del Estado, tengo el honor de solicitar a esa Honorable Cámara el permiso constitucional necesario para poder, en mi calidad de Ministro de Justicia, ausentarme del país a contar del día 6 de diciembre del presente año para viajar a Uganda, Africa. El viaje tiene por objeto concurrir a una reunión de juristas y especialistas en Ciencias Sociales que tendrá lugar en el país indicado en la segunda semana de diciembre con el objeto de estudiar fórmulas jurídicas e institucionales para la organización del sistema internacional en las próximas décadas. Concurriré a dicha reunión a título personal como miembro de un grupo de estudios al cual pertenecía antes de ocupar el cargo de Ministro de Justicia y del cual forman parte especialistas de la India, Japón, Unión Soviética, Africa, Europa Occidental, América Latina y Estados Unidos. El viaje no significará gastos de ninguna especie para el Gobierno de Chile. (Fdo.): Gustavo Lagos Matus." V.- TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 16 horas. El señor MERCADO (Presidente.- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Se va a dar lectura a la cuenta. El señor Lea-Plaza (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1.- ACUERDOS DE COMITES El señor MERCADO (Presidente.- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de Comités adoptados en la reunión celebrada en la mañana de hoy. El señor MENA (Secretario.- Reunidos los Comités parlamentarios bajo la presidencia del señor Mercado, y con asistencia de los señores Pareto, Merino, Tudela, Monares y Carrasco, por el Comité Demócrata Cristiano; Phillips, Tagle y Avendaño, por el Comité Nacional; Cademártori y Acevedo por el Comité Comunista; Basso y Jarpa, por el Comité Radical; Schnake y González, por el Comité Socialista, y Campos y Señoret, por el Comité Independiente, adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: 1º.- Enviar a la Comisión de Hacienda, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 200 del Reglamento, por un plazo de hasta treinta días, el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que autoriza al Banco del Estado de Chile para convenir la conversión de los créditos otorgados desde la vigencia de la ley Nº 16.253 y que determina diversas medidas de orden financiero; 2º.- Suprimir la sesión ordinaria que debía celebrar la Corporación el miércoles 26 del presente, trasladándose la Hora de Incidentes a continuación de la que corresponde a la sesión ordinaria del miércoles 3 de diciembre próximo. 3º.- Celebrar en el día de mañana una sesión especial, con el objeto de conocer de la acusación constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, don Patricio Rojas Saavedra, por los delitos de infracción a la Constitución y atropellamiento de las leyes, de 11 a 22 horas, con el siguiente procedimiento: a) El señor Diputado informante podrá usar de la palabra hasta por el término de dos horas; que establece el Reglamento; b) El señor Ministro acusado podrá hacerlo hasta por dos horas y media; c) Cada Comité Parlamentario tendrá un tiempo de hasta 45 minutos; d) No votar la acusación antes de las 21 horas; e) El Presidente podrá suspender la sesión a contar de las 13 horas sin la limitación reglamentaria; y f) El señor Diputado informante, el señor Ministro acusado y los Comités parlamentarios podrán usar de los tiempos concedidos a su arbitrio, pudiendo cederlos entre sí, y las interrupciones que se concedan serán con cargo al tiempo de quien respectivamente las obtenga. 4º.- Rendir homenaje a la República de El Líbano con motivo de su aniversario patrio, en la sesión ordinaria del miércoles 3 de diciembre próximo, inmediatamente después de la Cuenta, con un tiempo de hasta cinco minutos por Comité. 5º.- Formar una Tabla especial para la sesión ordinaria del miércoles 3 de diciembre próximo, para lo cual cada Comité deberá señalar a la Secretaría un proyecto observado por Su Excelencia el Presidente de la República, antes de las 12 horas del martes 2 de diciembre. Dichos proyectos deberán ser despachados en la sesión aludida. 6º.- Tratar y despachar, en primer lugar de la Tabla, que se formare para el miércoles 3 de diciembre las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Talca para adquirir y explotar el Matadero Frigorífico de Maule. El señor ACEVEDO.- ¿Cuál será la hora de votación en la sesión especial? El señor MERCADO (Presidente.- No antes de las 21 horas, señor Diputado. En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento, se declaran aprobados los acuerdos. 2.- ACUÑACION Y VENTAS DE MONEDAS DE ORO. RESTABLECIMIENTO DE LA COMISION INVESTIGADORA. El señor MERCADO (Presidente.- Solicito el acuerdo unánime de la Cámara para restablecer la Comisión Especial Investigadora relacionada con la acuñación y ventas de monedas de oro, constituida el día 13 de agosto del año en curso y a la cual se le otorgó un plazo de 60 días para el cumplimiento de su cometido, con la integración acordada anteriormente con los mismos miembros que tenía al vencimiento del plazo, y otorgándole un nuevo término de 60 días para emitir el informe correspondiente. Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. 3.- PROBLEMAS DE LAS UNIVERSIDADES DEL PAIS.- RESTABLECIMIENTO DE LA COMISION INVESTIGADORA. El señor MERCADO (Presidente.- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para restablecer la Comisión Especial Investigadora de los diversos problemas de las Universidades del país, constituida el 13 de agosto del año en curso y a la cual se le otorgó un plazo de 90 días para el cumplimiento de su cometido, con la integración acordada anteriormente, con los mismos miembros que tenía al vencimiento del plazo, y otorgándole un nuevo término de 90 días para emitir el informe correspondiente. Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. 4.- ACTIVIDADES DE LOS CUERPOS DE PAZ EN EL PAIS.- PRORROGA DEL PLAZO PARA EMITIR EL INFORME. El señor MERCADO (Presidente).- La Comisión de Relaciones Exteriores ha solicitado de la Mesa que recabe el acuerdo de la Sala para que se le otorgue un nuevo plazo de 30 días, a fin de emitir el informe que le encomendara la Cámara acerca de las actividades de los Cuerpos de Paz en el país. Si le parece a la Sala, se accederá a esta petición. Acordado. 5.- HOMENAJE A LA MEMORIA DE DON HUMBERTO MOLINA LUCO, EX INTENDENTE DE VALPARAISO.- NOTAS DE CONDOLENCIA. El señor MERCADO (Presidente).- Por acuerdo de la Corporación, corresponde rendir homenaje a la memoria del ex Intendente de Valparaíso, don Humberto Molina Luco, fallecido recientemente. Tiene la palabra el señor Scarella. El señor SCARELLA (de pie).- Señor Presidente, los Diputados nacionales adherimos al homenaje que esta Cámara rinde en memoria de don Humberto Molina Luco. Fallecido hace algunos días en Valparaíso, en medio del pesar de todo un pueblo, que recibió de su bondad sin límites tantas pruebas de afecto y preocupación, su vida fue un testimonio permanente de rectitud, desinterés, amor al prójimo y caballerosidad. Patrocinó numerosas iniciativas de bien público y no hubo institución de beneficencia o de socorro al desamparado que no contara con su cooperación entusiasta y generosa. Abogado distinguido, ejerció durante muchos años en Valparaíso, y defendió, con singular competencia y erudición, los intereses nacionales a través del Consejo de Defensa Fiscal, al que perteneció por años. Militante destacado del Partido Radical, desempeñó la Intendencia de Valparaíso durante el período presidencial del Excelentísimo señor González Videla. Su gestión administrativa y su labor desde la Intendencia fueron fructíferas y provechosas y desprovistas de toda fatuidad, que su innata modestia y señorío rechazaban por naturaleza. Fue tolerante en sus ideas y se mantuvo alejado de todo sectarismo odioso, lo que le permitió colaborar con sus adversarios políticos, siempre en forma efectiva y solidaria, cada vez que podía ayudar en iniciativas provechosas, aunque surgieran desde otros sectores doctrinarios. Formó un hogar respetable, en el cual florecieron las virtudes que él y su distinguida esposa cultivaron con abnegación y cariño ejemplares. Por mi intermedio, el Partido Nacional expresa sus condolencias a su familia, a las instituciones a que él perteneció y que hoy lamentan su alejamiento; y al Partido Radical -al que tanto respetamos los Diputados de estos bancos por su contribución a la historia de Chile y al desarrollo de la Patria-, que cobijara sus nobles inquietudes ciudadanas, y al que don Humberto Molina sirvió con la misma lealtad que pusiera en todos los actos de su vida. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Barahona. El señor BARAHONA (de pie).- Señor Presidente, hace apenas un mes Valparaíso fue conmovido por una triste, impresionante e irreparable noticia para muchos. Uno de los más dilectos y apreciados ciudadanos de Valparaíso, declarado hijo ilustre del primer puerto del Pacífico, don Humberto Molina Luco, había fallecido cuando, con la lentitud del tanto caminar por los escabrosos senderos de la vida, había ya cruzado el umbral de los 88 años. Nacido en esta capital en el año 1881, recibió en su mocedad la educación impartida por el Liceo Eduardo de la Barra. Y fue justamente allí, en su querida Perla del Pacífico, donde posteriormente ejerció sus funciones como abogado y entregó sus mejores energías al servicio de su ciudad y de su provincia. Desde temprana edad sintióse atraído por los revolucionarios principios doctrinarios del Partido Radical e hizo suyos el laicismo, respetando en sus congéneres su libertad de culto; el socialismo, propiciando la igualdad para todos sus conciudadanos; y el democrático, sustentando, desde todos los cargos públicos y privados en que le cupo desempeñarse, los mismos derechos para hombres, mujeres y niños. Su innata condición de radical; su extraordinaria capacidad, lealtad y disciplina puestas al servicio de su Partido Radical, al que se entregó libre de ambiciones personales o figuraciones desmedidas, fueron abriendo un surco a su paso de admiración, respeto y atención, que culminaron en su magnífico actuar como Intendente de Valparaíso bajo el Gobierno del Presidente González Videla. Desde allí, cobijado en su fortaleza moral, en su respeto a la ley y en el derecho para todos estatuido, brindó a su provincia una administración, aún hoy recordada por todos, ecuánime, serena, justa e imparcial, que motivó, posteriormente, su nombramiento, por parte de la Municipalidad de Valparaíso, de Hijo Ilustre de la ciudad, designación que antes que él gozaron sus protegidos, los humildes. Nadie como él había logrado antes que, una vez finalizada su labor, todos los partidos políticos, los más vastos y encontrados sectores de la ciudadanía, el empleado y el obrero, la mujer y el niño, ricos y pobres, desde el fondo más ignorados de una quebrada hasta la más escarpada cumbre de los cuarenta y dos cerros porteños, llegaran a manifestarle su adhesión, simpatía y reconocimiento por su nobleza, sacrificio y solidaridad para con los suyos y su colectividad política. Contrajo matrimonio con doña Teresa Boye, formando un hogar que más tarde se viera engalanado por una extensa rama familiar que hoy lloran y lamentan tan irreparable pérdida. He querido levantar mi voz en estos instantes, en calidad de personal amigo, en representación de las bancadas radicales, de nuestro Comité político y Directiva Nacional, para hacer llegar a esta Honorable Cámara nuestro reconocimiento por permitirme que, en nombre de ellos y de las provincias de Valparaíso y Aconcagua, y de sus departamentos de Valparaíso, Quillota y Calera, pueda hacer llegar estas sencillas, pero emotivas expresiones de condolencia a su distinguida familia, ante los designios que el sino nos deparó, al arrebatarnos a tan preclaro, disciplinado y magnífico soldado de las huestes radicales. Su vastísima obra, de incalculables proyecciones, se alza hoy, ante su inevitable ausencia, como un ejemplo para aquellos que en el plano de las funciones públicas ejercen sus cargos con fines mezquinos. Ahí están la creación del Centro de Amigos de la Isla de Pascua, fruto de sus desvelos constantes por abrir los ojos de las esferas gubernamentales e instarlas a cuidar y destacar sus extraordinarias e incalculables riquezas históricas tan codiciadas en el mundo científico e intelectual, y para lograr su definitiva incorporación al territorio nacional; su especial dedicación a la Liga de Estudiantes Pobres, crisol que permitió satisfacer la demanda de saber de los desposeídos por la fortuna; su actuar en pro de la raza en la Liga contra el Alcoholismo; su destacada participación en las asociaciones de vóleibol y básquetbol porteñas, en los "boyscouts", en el Rotary Club, entidad que por méritos le confirió su más alta distinción, la de Miembro Honorario, después de larga, laboriosa y fecunda obra; en la Cruz Roja, que viendo en él su mejor impulsor, lo distinguió por muchos períodos como tal vez su más sobresaliente presidente. ¡Cómo olvidar los instantes aquellos en que, mientras se alzaban las voces de la Asamblea Radical de Valparaíso, del Banco de Solidaridad Estudiantil, del Comité Central y Regional de la Cruz Roja Chilena, del Centro Radical "Rolando Rivas", de la Asociación de BoyScouts de Chile, del Supremo Consejo de la Francmasonería Grado 33 para Chile, de la Asociación de Básquetbol de Valparaíso, de la Respetable Logia "Aurora Nº 6" y del Rotary Club, eran aquellos pensamientos fúnebremente matizados por incontenidos sollozos de quienes sólo así podían testimoniar sus penas y angustias ante esta señera figura ya para siempre lejana! ¡Cómo olvidar esa cadena ritual, cuyo roto eslabón nos obliga a meditar en lo que es Vida y es Muerte! ¡Cómo no recordar aquella frase que todo lo dice y que aquel día en el camposanto fuera expresada con voz quebrada: "Si cada uno de los que recibieron de él una bondad, una ayuda oportuna, un servicio eficaz, hubiera traído una rosa como muestra de su gratitud, don Humberto Molina Luco dormiría su sueño de paz bajo una montaña de flores"! Solicito, señor Presidente, que se envíen notas de condolencia a las entidades mencionadas, en nombre de la Cámara, y agradezco la oportunidad que me ha dispensado la Honorable Cámara para expresar estas palabras en nombre de mi Partido. El señor MERCADO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviarán las notas de condolencia solicitadas, en nombre de la Cámara. Acordado. 6.- INCLUSION DE DOS PROYECTOS EN LA LEGISLATURA EXTRAORDINARIA. OFICIO El señor MERCADO (Presidente).- Solicito la venia de la Sala para conceder dos minutos al Diputado Ríos y tres minutos al Diputado señor Palestro. Acordado. Puede hacer uso de la palabra el señor Ríos. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, quería solicitar el acuerdo de la Cámara para dos proyectos de ley. Uno, que presenté la semana pasada, crea un fondo de previsión social gratuita para indigentes inválidos. Este proyecto viene a complementar otro, que está en trámite parlamentario, que se refiere a pensiones para ancianas y ancianos indigentes. Está incluido en el boletín Nº 305-(69)-1. El otro proyecto, que pasó de la Comisión de Salud a la de Hacienda y está suscrito por el Diputado que habla y por los Diputados socialistas Jáuregui y Sabat, se refiere a la creación de un fondo de asistencia médica gratuita nacional. También deseo que se consiga del Ejecutivo que lo incluya en la Legislatura Extraordinaria de Sesiones. Nada más, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Si le parece a la Sala y no hay oposición, se enviará el oficio, solicitando la inclusión de dichos proyectos en la convocatoria. Acordado. 7.- DESCUENTO EN PENSIONES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL.- OFICIO. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, pecaría de irresponsable y de cobarde si no me hiciera cargo de una denuncia que me han hecho llegar decenas de modestos pensionados del Servicio de Seguro Social con respecto al descuento que se les ha hecho, en el último mes de octubre, en sumas ascendentes a 30, 35 ó 40 escudos, de sus modestas y esmirriadas pensiones. Esto, a mi juicio, es inconstitucional y, en segundo lugar, es inhumano, por tratarse de uno de los sectores tal vez más olvidados y más aporreados de la ciudadanía, como los pensionados del Servicio de Seguro Social. Se les ha dicho, en distintos corrillos, que estos descuentos hechos en el mes de octubre estarían destinados a formar el fondo necesario para pagar los aumentos de las Fuerzas Armadas, a financiar el proyecto de las Fuerzas Armadas. Me parece, señor Presidente, que con el pretexto de que no lo califiquen a uno de golpista, de estar impulsando el golpe con opiniones o de estar al lado de los uniformados, seríamos los más cobardes si no denunciáramos esto que, a nuestro juicio, es un abuso y, sobre todo, es ilegal, inconstitucional, porque hasta ahora no creo que haya una ley, un decreto, que autorice al Gobierno para hacer estos recortes en las pobres pensiones del Servicio de Seguro Social. Como esto es sumamente grave y, en el fondo, se trata de lanzar a un grueso sector de nuestra ciudadanía, como son los pensionados del Servicio de Seguro Social, en contra de las Fuerzas Armadas, quiero solicitar de la Cámara que se envíe el oficio correspondiente al Ministro del Trabajo y Previsión Social a objeto de que comunique quién ha autorizado, quién dio la orden de hacer estos descuentos y, sobre todo, cuál es el objetivo de los fondos que se están recortando de las pobres pensiones del Servicio de Seguro Social. Hasta ahora nadie ha levantado la voz para denunciar esto que, a nuestro juicio, es un crimen. Nosotros hemos visto cómo esta pobre gente ha venido a mostrarnos sus miserias y sus angustias en innumerables ocasiones aquí, a los jardines, o ha repletado las tribunas y galerías de la Cámara. No es posible decir que se pretende financiar un aumento de sueldos, en este caso de los uniformados, sencillamente, esquilmando a gente que está muriéndose de hambre todos los días. Esto yo lo he visto, porque han llegado decenas de pensionados a expresar sus dudas de por qué se les ha hecho este descuento en sumas que, como digo, alcanzan al 20 ó al 25% de las miserables pensiones que perciben. De ahí que pido que, ojalá a nombre de la Cámara, se envíe oficio al Ejecutivo, a quien corresponda, a fin de saber quién ha emitido alguna orden en el sentido de que el Servicio de Seguro Social recorte estas pensiones y, en segundo lugar, cuál es el objetivo de estos descuentos y a qué fondo se están dando. Esto, a mi juicio, señor Presidente, es inhumano para ese modesto sector de ex trabajadores de nuestro país. El señor MERCADO (Presidente).- Solicito la venia de la Sala para enviar el oficio solicitado por el Honorable Diputada señor Palestro, en nombre de la Cámara. Acordado. 8.- CREACION DE LA JUNTA NACIONAL DE GUARDERIAS INFANTILES.- OBSERVACIONES El señor MERCADO (Presidente).- Entrando a la Tabla del Orden del Día, corresponde ocuparse de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que crea la Junta Nacional de Guarderías Infantiles. Boletín 11.029.0. Me permito hacer presente a la Sala que estas observaciones deberán ser despachadas en la presente sesión, en cumplimiento de un acuerdo adoptado por la Cámara al respecto. -Las observaciones, impresas en el boletín 11.0290, son las siguientes: "Artículo 1º Para agregar en el artículo primero, a continuación de la frase: "tendrá a su cargo" las palabras "crear y". Artículo 16. Para introducir las siguientes modificaciones al inciso primero del artículo 16: a) reemplazar la palabra "trimestralmente" por "semestralmente". b) suprimir las palabras "enero" y "julio". Para sustituir, en el inciso segundo del artículo 16 la mención: "de la Corporación de la Vivienda" por "del Ministerio de la Vivienda". Artículo 18 Para suprimirlo. Para incluir el siguiente artículo nuevo, en el Título V del Proyecto: "Artículo 23.- Facúltase al Presidente de la República para que proceda a dictar las normas que estructuren y hagan obligatorio el Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio para las mujeres que cumplan 18 años de edad." "En uso de esta facultad, el Presidente de la República podrá dictar las disposiciones que estime convenientes, aunque abarquen materias propias de ley o establezcan sanciones de carácter penal, civil o administrativo." Artículo 42 Para suprimirlo. Artículo 43 Para suprimirlo. Artículo 44 Para agregar en el inciso 4º del artículo 44, a continuación de la palabra "fiscales" y anteponiendo una coma (,) la frase: "de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas". Artículo 47 Para suprimir en el número 1 del artículo 47 la frase: "al trámite de toma de razón, si éste procediere". Para agregar los siguientes números al artículo 47: "7.- Substitúyese el texto de la letra e) del artículo 13, por el siguiente: "Proponer a la Junta el personal de la planta Directiva, Profesional y Técnica de la Junta Nacional y designar a los Secretarios Provinciales y Locales a propuesta del Presidente de la respectiva Junta y al personal de las plantas administrativas y de servicio, a propuesta del Jefe de la Sección correspondiente." 8.- Suprímese la letra h) en los artículos 16 y 19. 9.- Para agregar en el artículo 31, a continuación de las palabras: "a lo menos", la frase: "en primera citación". Para agregar los siguientes artículos nuevos: "Artículo...- El Ministro, el Subsecretario y los Directores de Educación podrán delegar funciones mediante una Resolución del Ministro de Educación Pública sometida al trámite de toma de razón". "Artículo...- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días fije las normas por las que habrán de regirse los establecimientos particulares de enseñanza no subvencionados pudiendo señalar los requisitos de existencia y funcionamiento y las causales de clausura temporal y definitiva." El señor MERCADO (Presidente).- En discusión la primera observación, a que el señor Secretario dará lectura. El señor MENA (Secretario).- En el artículo 1º, para agregar, a continuación de la frase "tendrá a su cargo", las palabras "crear y". El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro de Educación. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, vengo en dar a conocer el fundamento de la observación primera de Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que crea la Junta Nacional de Guarderías Infantiles. El artículo 1º del proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional establece: "Créase una corporación autónoma con personalidad jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, domiciliada en Santiago, denominada "Junta Nacional de Jardines Infantiles", que tendrá a su cargo planificar, coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de jardines infantiles." Aunque el sentido del artículo es claro, resulta de toda conveniencia, para evitar erradas interpretaciones, dejar literalmente establecida la facultad del organismo para crear, bajo su dependencia, jardines infantiles, sin perjuicio de las actividades de fomento y supervigilancia que le corresponda desarrollar respecto de aquéllos ajenos a su administración directa. Es por ello, señor Presidente, la observación del Ejecutivo de agregar en el artículo 1°, a continuación de la frase "tendrá a su cargo", las palabras "crear y". Nada más, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor KOENIG.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor KOENIG.- Señor Presidente, nosotros vamos a aprobar este veto... Varios señores DIPUTADOS.- ¡No se oye! El señor KOENIG.- Decía que vamos a aprobar este veto, porque nos parece que el agregar estas palabras "crear y", entre la denominación del organismo y sus funciones, viene a perfeccionar el artículo y mejora, en consecuencia, la redacción del proyecto de ley. Nada más. La señora BALTRA.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra la señora Baltra. La señora BALTRA.- Señor Presidente, creo que esta primera modificación de los vetos del Ejecutivo realmente no merece mayor comentario. Es arreglar una redacción, dar a entender que la Junta Nacional tendrá, como misión primera, crear guarderías infantiles. El señor MUÑOZ.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Muñoz. El señor MUÑOZ.- Nosotros, señor Presidente, los Diputados radicales, votaremos, desde luego, afirmativamente esta observación, en razón de que se trata de mejorar la redacción del artículo 1º y de perfeccionar el alcance de sus disposiciones, al agregar las palabras "crear y". Parece obvio que la Junta Nacional de Jardines Infantiles que se establece tenga, en primer término, la atribución de crear jardines infantiles y, luego, supervigilarlos. Eso es todo. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada esta modificación. Acordado. En discusión la primera observación al artículo 16. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro de Educación. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, la segunda observación del Ejecutivo es en relación con el inciso primero del artículo 16 aprobado por el Congreso Nacional. Este inciso establece: "Los patrones o empleadores del sector privado estarán obligados a depositar trimestralmente el valor de una cuota de ahorro de la Corporación de la Vivienda por cada trabajador, empleado u obrero que se encuentre a su servicio. Las cantidades indicadas deberán ingresarse junto con las imposiciones de los meses de enero, abril, julio y octubre, en el organismo de previsión respectivo, el que estará obligado a transferir de inmediato estos fondos a la Junta Nacional de Jardines Infantiles para el cumplimiento de los objetivos que señala la presente ley. El incumplimiento de esta obligación hará personalmente responsable al representante legal del respectivo organismo de previsión, por el monto de los aportes no transferidos". En Chile, en 1960, según los datos del censo, existían 1.650.914 niños de un día a seis años. Se estima que en 1969 existen 2.000.000 de niños en esta edad. De ellos 44.923 estaban atendidos, en el año 1968, en establecimientos dependientes del Ministerio de Educación; 1.610 en los del Servicio Nacional de Salud; 1.562 en los de la Corporación de Servicios Habitacionales; y 12.679 en establecimientos particulares. En cuanto al costo de la construcción y equipamiento de un jardín infantil para 40 ó 50 niños, sin considerar el equipo para la atención médico-dental, es de 250.000 escudos y el costo mensual por niño se calcula en alrededor de Eº 200. Pero si bien estamos en conocimiento del número total de párvulos existentes en la actualidad, falta aún precisar el porcentaje que hará uso del servicio prestado por los jardines infantiles, pues es obvio que, por diversas razones, no todos estarán en la necesidad de impetrar dicho servicio, lo que hará reducir considerablemente su número. Por otra parte, será también importante determinar las zonas o regiones donde la urgencia de parvularios es mayor y los lugares donde realmente se justifican, lo que indudablemente es una tarea previa a la construcción de los mismos. A lo anterior tendrá que ir aparejado el proceso de montaje administrativo que requiere la organización de los jardines infantiles y, además, el estudio, por parte de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, de los proyectos de construcción de los jardines infantiles que se programen. He querido, señor Presidente, dar esta información, porque me parece fundamental para pronunciarse sobre la observación del Ejecutivo. El artículo 16, tal como lo aprobara el Congreso Nacional, obliga a los patrones o empleadores del sector privado a depositar trimestralmente el valor de una cuota de ahorro CORVI por cada trabajador, lo que representaría un financiamiento de 68 mil escudos anuales, si se considera el valor de cuatro cuotas CORVI de 10 escudos por empleado y obrero que trabaja, y se calcula que el número de estos trabajadores es de un millón 696 mil personas. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ha estimado que el impacto que sobre los costos de producción tendría esta contribución del sector privado provocaría una peligrosa incidencia inflacionaria, que es necesario evitar, por lo cual se propone disminuir este aporte a la mitad. En tal virtud, el Ministerio de Hacienda representó la necesidad de proponer un veto al financiamiento establecido en el artículo 16, que redujera la contribución del sector privado a sólo dos cuotas CORVI anuales, lo que representa 34 millones de escudos. Con la suma anterior y realizadas las investigaciones y programas antedichos, se pondría en marcha, a contar del próximo año, un programa experimental de parvularios, instalando tantos cuantos fuere posible con el financiamiento mencionado. En consecuencia, el Ejecutivo propone introducir las siguientes modificaciones al inciso primero del artículo 16: reemplazar la palabra "trimestralmente" por "semestralmente"; suprimir las palabras "enero" y "julio". En consecuencia, reducir las cuatro cuotas CORVI anuales a dos cuotas CORVI. Nada más. El señor KOENIG.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor KOENIG.- Señor Presidente, el Ejecutivo propone reducir a la mitad el monto de las cuotas de ahorro Corvi que los patrones o los empleadores del sector privado debieran depositar por cada trabajador, empleado u obrero, a su servicio. Eso significa, en cifras de estos días, rebajar de 40 a 20 escudos anuales su aporte por trabajador, por estimar que estas sumas podrían tener un impacto sobre los costos de producción, una alta incidencia inflacionaria. No se ha pensado en la posibilidad de obtener esta cifra de las ganancias. En todo caso, la redacción propuesta por el veto del Ejecutivo pone en serio peligro la ley misma que estamos viendo en este momento, pues reduce exactamente a la mitad esta parte del financiamiento que aprobó el Congreso Nacional. Así podríamos llegar a elaborar una hermosa ley de jardines infantiles, pero a la postre inaplicable, si no se otorgan los recursos fundamentales para su financiamiento. Por estas razones, los Diputados democratacristianos vamos a rechazar el veto del Ejecutivo y vamos a insistir en la redacción aprobada por el Congreso. El señor ANDRADE.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ANDRADE.- Señor Presidente, de las doce observaciones que el Ejecutivo ha hecho a este proyecto, ésta es, tal vez, una de las más importantes, porque, como lo acaba de decir el Diputado señor Koenig, significa reducir el financiamiento a la mitad. El mismo señor Ministro nos ha dicho que el número de niños entre uno y seis años sería, más o menos, de dos millones en el país. Sin duda, no todos esos niños van a utilizar los jardines infantiles, pero una inmensa mayoría de ellos los va a necesitar, puesto que sabemos bien que la inmensa mayoría de las madres necesita dejar el hogar para trabajar. De modo que el problema es voluminoso. Es muy grande. Con la suma de 34 millones de escudos, más algunos miles de escudos que entrega otra disposición que hay más adelante, se alcanza, más o menos, a la suma de 40 millones de escudos, con lo cual ni siquiera se rozaría el problema, por la magnitud que tiene. Los Diputados comunistas pensábamos que, si el Ejecutivo reducía a la mitad el financiamiento otorgado por el artículo 16, por lo menos debía haber sustituido ese financiamiento por otro. Podría haber sido mediante un veto aditivo. Por otra parte, como recientemente decía el. Diputado señor Koenig, lo correcto sería que los empresarios cargaran estas cuotas Corvi a sus utilidades, porque dentro de sus obligaciones está, desde luego, contribuir a que las madres puedan asistir a su trabajo con la tranquilidad que les reportaría la existencia de las guarderías infantiles. Por tratarse de un asunto muy serio, que significaría "no poder llevar a la práctica las disposiciones del proyecto para evitar que éste resulte un remedo de solución del problema, los Diputados comunistas vamos a estar por el rechazo de la observación del Ejecutivo. Nada más. La señora BALTRA.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra la señora Mireya Baltra. La señora BALTRA.- Señor Presidente, al discutirse este veto del Ejecutivo, creo que debe dejarse bien claramente establecido que este proyecto de ley es fruto irrebatible de la organización, unidad y movilización permanente de las mujeres chilenas para crear en el país la educación preescolar, que tenga vínculo y unidad con todo el proceso educacional, partiendo del niño de cero a seis años de edad hasta el muchacho en edad universitaria. Por este motivo, consideramos inaceptable este veto que rebaja al 50% el financiamiento del proyecto. Tendríamos pleno derecho a pensar que la observación es demagógica porque pretende dejar sin financiamiento adecuado una iniciativa que es fruto de la unidad de las mujeres. Además, debemos señalar, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que el artículo 315 del Código del Trabajo obliga a los patrones a mantener salas cunas en las industrias. Sin embargo, las estadísticas indican que el 80% de los patrones burlan esta ley. Ese dinero ha sido acumulado, pero no se ha invertido en entregar los niños pequeños al cuidado de personal especializado. Por ello, nosotros rechazaremos el veto del Ejecutivo e insistiremos en el artículo aprobado por el Congreso. El señor MAIRA.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el Diputado señor Maira. El señor MAIRA.- Gracias, señor Presidente. Para manifestar, compartiendo los criterios ya expresados por diversos colegas, que personalmente también estimo que el financiamiento con que quedaría el proyecto, de ser aprobado el veto del Ejecutivo, en la práctica no permitiría cumplir los objetivos mínimos que cada una de las Comisiones del Congreso, en su oportunidad, consideró para entregar el financiamiento adecuado. En efecto, este proyecto tenía un financiamiento original que se formaba con el 2% del Fondo de Asignación Familiar, financiamiento que fue rechazado por la Cámara y sustituido por el que ahora nos ocupa. Ahora bien, para cuantificar este financiamiento, la Cámara consideró un desarrollo del programa de construcción y mantenimiento de las guarderías infantiles, que partía de la necesidad de atender aproximadamente a 200 mil niños, 100 mil de los cuales quedarían atendidos por la reconversión del sistema de las salas cunas que establece esa misma ley, convirtiendo en una obligación para los empresarios mantener ahora guarderías infantiles. Atender a los 100 mil restantes significaba la necesidad de un financiamiento mínimo, del orden de los 60 millones de escudos ó 70 millones de escudos por año. Por consiguiente, el problema quedaría superado en el plazo de 10 años, si se consideran los índices de crecimiento de la población chilena y el aumento de nuestra población infantil y también las posibilidades de mantenimiento y habilitación de las guarderías infantiles que ya estaban construidas. De tal manera que, si aprobáramos el veto, que cercena el financiamiento y lo reduce exactamente a la mitad, tendríamos que mantener esa proyección durante 20 años, cuando tendríamos resuelto el problema. Entiendo que el deber de los legisladores es entregar soluciones realistas y racionales. Por tal razón, al no haber un financiamiento adecuado, tendremos que insistir en el financiamiento propuesto. Por lo demás, yo me atrevo a cuestionar la afirmación hecha en el veto, en el sentido del impacto inflacionario que podría significar el pago por parte de los empresarios de cuatro cuotas de ahorro al año, por trabajador. En definitiva, para una empresa que tiene 500 trabajadores, este pago es de apenas Eº 5.000 por trimestre, y todos sabemos que por un conjunto de otros rubros, que también forman parte de los costos, hay otras consideraciones que inducen a las empresas, por concepto de publicidad y propaganda, a efectuar gastos considerablemente más subidos. De tal manera que, para mantener la vialidad de esta ley y, como se ha dicho ya, impedir que se convierta en una ilusión, o en un texto jurídicamente aceptable, pero sin vigencia real, yo creo indispensable rechazar el veto, como lo han manifestado todos, e insistir en el financiamiento original que propuso el Congreso Nacional. El señor RIOS (don Mario).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor RIOS (don Mario).- Señor Presidente, después de las explicaciones dadas por el Ministro señor Máximo Pacheco, los Diputados nacionales votaremos favorablemente el veto, por varias razones... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RIOS (don Mario).- Nos parece importante dar a conocer algunos hechos que han quedado al margen en el debate de este proyecto. En primer lugar, yo le encuentro razón a la Diputada Mireya Baltra, en relación a que algunos industriales no han cumplido con lo que establece la ley, pero en este sentido hay organismos del Estado que deben estar constantemente alertas para fiscalizar que la ley se cumpla en todo momento. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RIOS (don Mario).- Ahora bien, nos parece importante y creemos que vale la pena analizar... El señor AMUNATEGUI.- ¡Déjenlo hablar! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MERCADO (Presidente).- Señores Diputados, les ruego guardar silencio. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RIOS (don Mario).- Señor Presidente, yo ruego que se me dé oportunidad para dar a conocer mi opinión. El señor PALESTRO.- ¡Esto es para la juventud, no para los momios! El señor AMUNATEGUI.- ¡Quieren dirigir ustedes el debate! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PALESTRO.Esto es para la juventud, no para los momios. El señor MERCADO (Presidente).- Señor Palestro, le ruego guardar silencio. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RIOS (don Mario).-El artículo 16. . . El señor ACEVEDO.- ¿Por qué supone intenciones? -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MERCADO (Presidente).- Ruego guardar silencio, señores Diputados. Puede continuar con el uso de la palabra Su Señoría. El señor RIOS (don Mario).- Señor Presidente, el artículo 16 dice: "Los patrones o empleadores del sector privado". Al decir esto, indudablemente incluye también a todos los empleadores y patrones del sector agrícola. A nosotros nos parece que esta ley -que en realidad es muy importante para desarrollar la educación de la juventud en los primeros años- debe estar centralizada, fundamentalmente, en las grandes ciudades, o en los pueblos donde existen industrias, y donde las mujeres están laborando, también, junto a ellas... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RIOS (don Mario).- Nos parece importante señalar que los sectores laborales de todo Chile, en esta ocasión, entregarán un aporte en el fondo, a los hijos de aquellos trabajadores, de aquellos obreros que están laborando en sus respectivas faenas agrícolas y no les van a entregar los beneficios que esta ley concederá a todos aquellos niños que viven en la zona rural. Por lo tanto, votaremos a favor del veto del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor MUÑOZ.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el señor Muñoz. El señor MUÑOZ.- Señor Presidente, a los Diputados de estos bancos nos parece, desde todo punto de vista, inconveniente aprobar estas observaciones, por cuanto tienen incidencia directa en el financiamiento del proyecto de ley. En efecto, la primera de ellas que sustituye la palabra "trimestral" por "semestral", quiebra el sistema de financiamiento acordado por el Congreso Nacional para esta iniciativa de ley, por cuanto reduce exactamente a la mitad de su monto los recursos que se han calculado que pudieran ser los necesarios para el cumplimiento de sus fines. Este sistema de financiamiento, basado en el aporte patronal de cuatro cuotas "Corvi" por cada empleado u obrero, fue el resultado de una iniciativa de Diputados de Gobierno, apoyados por las Comisiones de Hacienda y de Educación Pública. Al estudiar las enmiendas del Senado al proyecto, se acordó pedir al Ejecutivo mantener este sistema, por ser el único aconsejable y el menos gravoso para la población. El Gobierno fundamenta el veto en la conveniencia de evitar mayores consecuencias inflacionarias. Pero, a decir verdad, en los últimos tiempos han sido numerosas las iniciativas legislativas despachadas con el patrocinio del Ejecutivo, que tienen necesariamente esas mismas consecuencias inflacionarias; de modo que no sería equitativo que fuera precisamente en este proyecto donde se aplicara, con mayor estrictez, una solución antinflacionaria, más todavía, si se considera que el proyecto observado beneficiará directamente a un número aproximado de dos millones de niños en edad parvularia, que necesitan de la atención y asistencia especializada del Estado a través de los jardines infantiles. Por eso, rechazaremos las dos primeras enmiendas que, en su veto, formula el Ejecutivo a este artículo. En cambio, prestaremos nuestro apoyo a la tercera observación, que incide en el inciso 2º del artículo 16, puesto que tiene la finalidad de determinar que será el Ministerio de la Vivienda, y no la Corporación de la Vivienda, el organismo que recibirá los fondos que la Junta Nacional de Jardines Infantiles destine a la construcción de guarderías y jardines infantiles. Nos parece muy valedera la razón dada por el Ejecutivo, en el sentido de que la construcción de guarderías infantiles estará a cargo de la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario, la cual depende directamente del Ministerio de la Vivienda. Eso es todo. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Carrasco. El señor CARRASCO.- Señor Presidente, nosotros que participamos del interés y la inquietud del Gobierno por detener el proceso inflacionario, lo que creemos justo, no consideramos que el veto expuesto aquí sea demagógico, sino muestra de un sano interés por controlar el fenómeno inflacionario. Pensamos, sin embargo, que un punto más en el proceso inflacionario no está en equivalencia con lo que el financiamiento de este proyecto significa para cientos de miles de niños. Es por eso que estamos en desacuerdo con este veto. De tal manera que los Diputados de este partido -y entendemos también la posición de los Diputados del Partido Nacional, aunque no es mi colega Ríos, tan joven, quien debió haberla planteado- vamos a rechazar el veto. Porque nosotros, especialmente los que somos profesores; los que hemos estado, hasta hace poco, en contacto directo con los niños y conocemos el trabajo y la lucha que han dado nuestras colegas parlamentarias por esta ley; los que sentimos en las madres el deseo de que se proteja a sus niños; nosotros, que hemos vivido permanentemente en contacto con los niños; reconocemos que el futuro de nuestro país depende especialmente de la juventud; y, por eso, vamos a estar en contra de este veto. Porque nada sacaríamos con tener una ley de jardines infantiles si no tuviéramos los recursos necesarios como para abordar, en su integridad, este tremendo flagelo que nos aflige en estos momentos. De tal manera que, a pesar de estar con el Gobierno en su lucha por detener la inflación, en estos momentos creemos que es más útil salvaguardar la integridad física y moral de nuestros niños, que detener la inflación en un solo punto. Por eso, vamos a rechazar el veto. La señora ALLENDE.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra la Diputada señora Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, los socialistas vamos a rechazar el veto. No nos habríamos imaginado nunca que el Ejecutivo, aun en contra de lo que habían estudiado los Diputados de la Democracia Cristiana que presentaron esta indicación, iba a rebajar en esta forma lo poco que se ha podido obtener para poder establecer estas guarderías infantiles, que debieran ser muchas más. En realidad, esto va a beneficiar a la madre obrera que cargada de niños, no puede atenderlos a todos. Además, va a beneficiar a los niños, ya que se les dará en estas guarderías alimentación adecuada y tendrán un control de parte de personal preparado científicamente y de médicos. Nosotros creemos que el futuro de Chile, que está en estos niños, quedará asegurado y que esta raza subdesarrollada por falta de alimentación y de medios, podrá crecer en mejores condiciones. Con esto, se ha dado un paso que asegura tranquilidad a la mujer obrera. Por eso, nosotros nos extrañamos de este veto del Ejecutivo; consideramos que es una falta de sensibilidad y lo vamos a rechazar, señor Presidente. El señor CAMPOS.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Campos, don Héctor. El señor CAMPOS.- Señor Presidente, personalmente, estoy de acuerdo con el financiamiento del proyecto, y rechazaré el veto del Ejecutivo. Lo hago por una razón muy especial. En mi ciudad de Curicó, hace 10 años, con muy escasos recursos, ocupamos una casa del Seguro Obrero y la acomodamos para una guardería infantil. Esos niños se mantienen con una pequeña cuota que da mensualmente el Servicio Nacional de Salud y que, en este momento, es alrededor de 65 escudos mensuales, una cifra extremadamente baja. Como en esta guardería hay actualmente una población infantil de 48 niños, quiere decir que durante sus 10 años de funcionamiento, han pasado por ella cerca de 750 niños, ya formados y colocados en algunas familias responsables, que están yendo a la escuela y se están educando. Por eso, yo pienso que el financiamiento debe ser el que aprobó la Cámara. Este otro no permitiría desarrollar un plan como el que necesitan todas las ciudades de Chile. De acuerdo con los datos que se nos han dado, si se rebaja su monto, el financiamiento daría sólo 34 millones de escudos; en cambio, si se aprueba el criterio de la Cámara, daría 60 y tantos millones de escudos. Pero yo pienso que en el primer año de aplicación de esta ley, no se van a utilizar totalmente los recursos, ya que habrá que empezar por organizar este instituto y, en seguida, ir planificándolo a través de las distintas ciudades. Estimo, pues, que del total de los recursos no se va a utilizar, sino una parte, durante el primer año de vigencia de esta ley. Declaro que estoy en favor del criterio de la Cámara y en contra del veto del Ejecutivo. El señor SALINAS (don Anatolio).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SALINAS (don Anatolio).- Señor Presidente, es para recordarle a los colegas nacionales, que no son ellos solamente los que van a hacer este sacrificio; porque si creen que sus representantes son los que van a pagar... El señor ARNELLO.- ¡Lo va a pagar todo el país! El señor SALINAS (don Anatolio).-...- es también la clase media y otros muchos, tal vez, de la clase inferior; puesto que algunos tienen en sus casas "ayudantes de hogar", o lo que ellos llaman "empleada doméstica". Todos ellos también van a contribuir con una cuota al año para su empleada o ayudante de hogar. Así que no crean que sólo son los señores industriales o los dueños de fundo los que van a aportar esta cuota. Lo van a hacer todos, especialmente los que tienen hijos menores y necesitan tener una ayudante de hogar. Nada más. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 58 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. Si le parece a la Sala, se insistirá con la misma votación, a la inversa, en el proyecto del Congreso. Acordado. En votación la segunda observación del Ejecutivo al artículo 16. Si le parece a la Sala, se rechazará también con la misma votación, y se insistirá en el proyecto del Congreso con igual votación, a la inversa. Acordado. En discusión la tercera observación al artículo 16, a la cual el señor Secretario dará lectura. El señor MENA (Secretario).- Para sustituir, en el inciso segundo del articulo 16, la mención: "de la Corporación de la Vivienda" por "del Ministerio de la Vivienda". El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo ha establecido que, de acuerdo con los sistemas de programación, así como de los contratos de obras de equipamiento de los propios sectores, que en su mayor parte se ejecutan a través de la Dirección de Planificación y Equipamiento Comunitario, es un servicio dependiente de esa Secretaría de Estado, correspondería que los recursos de esta ley fueran colocados a disposición del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Ese es el motivo de la indicación del Ejecutivo, en este caso. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se aprobará esta observación. Aprobada. En discusión la observación del Ejecutivo al artículo 18, que consiste en suprimirlo. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, el artículo 18, aprobado por el Congreso, dispone: "Establécese un recargo de un 2% sobre el valor total de las patentes de los vehículos motorizados de cuatro ruedas o más, en favor de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. "Los fondos que por este concepto perciban las respectivas Municipalidades, deberán ser transferidos por éstas de inmediato a dicha Junta Nacional". El 2% sobre el valor total de estas patentes significa, aproximadamente, 3.600.000 escudos. El Ministerio de Hacienda ha hecho presente que los impuestos que afectan a las patentes de los vehículos motorizados son actualmente bastante elevados. Y por disposición del artículo 7º de la ley Nº 16.426 los precios de estos vehículos son reajustados mediante la determinación que de ellos efectúa el Servicio de Impuestos Internos. En esta eventualidad, dichos tributos son cobrados anualmente en valores prácticamente reales, por lo que cualquier otra imposición sobre esta base repercutiría como un costo también real para los contribuyentes. Por otra parte, es conveniente recordar que existe interés para promover el desarrollo de la industria automotriz, en atención a su efecto económico multiplicador, que se traduce en prosperidad para las empresas conexas, por lo que no se considera oportuno, en el concepto del Ministerio de Hacienda, un mayor gravamen a los vehículos motorizados. En consecuencia, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 18. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Koenig. El señor KOENIG.- Señor Presidente, una vez más, mediante el veto a este artículo, se disminuye el financiamiento propuesto en el proyecto. Es decir, repitiendo lo que decía denantes con oportunidad de la reducción de las cuotas CORVI, se llegaría a dictar una ley inaplicable por falta de financiamiento. Estimamos que las personas que están en posesión de un vehículo motorizado de cuatro ruedas o más, pueden perfectamente contribuir con un 2% del valor del total de las patentes, máxime si el fin para el cual harán esta contribución es financiar en parte la ley de Jardines Infantiles, que, por lo demás, toda nación reclama. Este artículo financiaría veinte jardines infantiles anuales. En consecuencia, los Diputados democratacristianos vamos a rechazar este veto e insistiremos en la redacción primitiva del Congreso Nacional. El señor MUÑOZ.- Pido la palabra. El señor RIOS (don Héctor).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Muñoz; a continuación, el señor Ríos. El señor MUÑOZ.- Señor Presidente, nosotros rechazaremos esta observación, por cuanto la supresión del impuesto del 2% a las patentes de vehículos motorizados forma parte necesaria e indispensable del financiamiento del proyecto. Si a ello agregamos la disminución del 50% de los recursos que se propone a través del veto del artículo 16, tendremos que convenir en que el Gobierno da muy buenas razones para modificar los recursos entregados por el Congreso Nacional para hacer aplicable este proyecto; pero, en cambio, no sustituye dichos fondos por otra fuente de financiamiento. Si el proyecto tenía primitivamente apenas los recursos requeridos, ahora, en la práctica, lógicamente, resultará inaplicable, a menos que se señalen nuevas fuentes. No parece aconsejable, por eso, que una política antinflacionaria sea ejercida con tanta severidad, como ocurre en este caso con un proyecto tan necesario para los niños del país. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ríos. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, nosotros, los Diputados radicales, vamos a estar por la supresión del artículo 18, es decir, vamos a estar con el criterio del Ejecutivo, porque los que hemos sido regidores o alcaldes sabemos el recargo que tienen las patentes de los vehículos. Al Fisco se le entrega el 200% del valor de la patente que paga cada vehículo. En consecuencia, están sumamente recargadas, y este 2% vendría a recargarlas más. Por eso, vamos a aprobar el veto del Ejecutivo, en el sentido de eliminar el artículo 18, que suprime ese 2% con que se gravarían las patentes de los vehículos motorizados. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos; por la negativa, 51 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. Si le parece a la Sala, se insistirá con la votación inversa. Acordado., En discusión la observación al artículo nuevo que ha pasado a ser 23. El señor SCARELLA.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SCARELLA.- Señor Presidente, los Diputados del Partido Nacional, si bien, en principio, creemos que la mujer chilena debe contribuir en alguna forma al progreso social del país, nos pronunciaremos en contra del veto del Ejecutivo, porque hay razones muy importantes de orden biológico y sicológico para que la educación y el cuidado de los párvulos sean entregados a personas especializadas. Por lo demás, existe una carrera que enseña la manera de tratar a los párvulos, y es altamente peligroso en la formación sicológica del niño, que ello sea entregado a personas que no tengan una adecuada preparación. Además, en el inciso segundo se faculta al Presidente de la República para crear una penalidad y, también, para establecer sanciones, en forma absolutamente libre y discriminatoria. Por lo tanto, los Diputados nacionales votaremos en contra de este artículo nuevo propuesto por el Ejecutivo. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Arnello. El señor ARNELLO.- Renuncio a ese tiempo, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Koenig. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Excúseme, señor Diputado. Está pidiendo la palabra el señor Ministro. Tiene la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, la quinta observación del Ejecutivo se relaciona con el servicio del trabajo parvulario gratuito obligatorio. La génesis de esta disposición estuvo en el Senado, en una moción hecha por el Senador señor Salvador Allende. Posteriormente vino a la Cámara, y en ésta se consideró que la idea, en sí, era buena, pero que la articulación era defectuosa, por lo cual se mantuvo el Título V "Del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio" y se suprimieron todos los artículos que reglamentaban este título. El Ministerio de Educación Pública considera indispensable hacer participar a la juventud femenina de nuestro país en el constante proceso de transformación social y de integración de la comunidad en la que todos por igual, tanto hombres como mujeres, estamos vivamente interesados. Marginar de este proceso a la mujer chilena, que ha dado constantes muestras de civismo y de incansable abnegación, sería restarle participación en un proceso de evolución en el que está empeñada y en el que tiene derecho y obligación de intervenir. Por otra parte, su natural condición, desprendimiento y solidaridad frente a sus semejantes haría que la labor que pudiera desarrollar a través del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio, sea eficaz y altamente conveniente a los intereses de la Nación. En cuanto al número de mujeres que estarían en condiciones de participar en el citado Servicio, según informe de la Dirección de Estadística y Censos, al 30 de junio del presente año existían en el país aproximadamente 53.400 mujeres de 18 años, solteras y que no trabajan. Las razones expuestas motivan al Ejecutivo a proponer la inclusión del siguiente artículo nuevo, en el Título V del proyecto: "Facúltase al Presidente de la República para que proceda a dictar las normas que estructuren y hagan obligatorio el Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio para las mujeres que cumplan 18 años de edad." Ahora, el Ejecutivo no ha podido presentar en el veto, como era la idea de algunos señores Diputados, un articulado completo... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MERCADO (Presidente).- Señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio y escuchar con la atención que se merece el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Digo, señor Presidente, que el Ejecutivo no ha podido presentar un articulado completo para este Título, como era la proposición que recibimos de algunos señores Diputados, porque la materia en sí es extraordinariamente compleja. En el único país donde existe una institución semejante es en Israel. He recibido últimamente la legislación que sobre el particular existe en la República de Israel, y de su lectura se desprende que, evidentemente, el problema es complejo, las circunstancias son muy disímiles y que hay que estudiarla con mucha prolijidad para ver cuáles de aquellos artículos podrían tener aplicación en nuestro país. Por eso, el Ejecutivo solicita una facultad para dictar las normas que estructuren y hagan obligatorio este Servicio. Creemos que en el uso de esta facultad estamos, obviamente, obligados, cuando se haga uso de esta reglamentación, si es que el Congreso Nacional estima conveniente dar esta facultad, a escuchar a todos los sectores, porque la materia es extraordinariamente compleja, en la cual todos pueden hacer una contribución. He conversado a este respecto con el que tuvo la idea, hay que reconocerlo, con el Honorable Senador don Salvador Allende. El me ha manifestado que efectivamente el articulado que él propuso contiene algunos errores que se pueden corregir, pero que, en su concepto la idea en sí es valiosa, y éste es el mismo criterio que sustenta el Ejecutivo. Nada más. El señor ANDRADE.- Pido la palabra. La señora ALLENDE.- Pido la palabra. El señor ARNELLO.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Koenig; y, a continuación, el señor Andrade, la señora Allende y el señor Arnello. El señor KOENIG.- Señor Presidente, este artículo nuevo propuesto por el Ejecutivo se refiere nuevamente al discutido tema del Servicio del Trabajo Parvulario Femenino. El Senado debatió ampliamente este tema, derivado de una indicación presentada, como dijo el señor Ministro, por el Honorable Senador don Salvador Allende en el segundo trámite constitucional. En su discusión tuvo el respaldo de Senadores de diferentes colectividades políticas. Puedo citar, por vía de ejemplo, a nuestro camarada Ricardo Valenzuela y al Senador nacional señor Pedro Ibáñez. En el tercer trámite, si bien la Cámara aprobó el texto del epígrafe, rechazó el articulado y lo propio hizo el Senado, llegando así el proyecto al Ejecutivo. El Partido Demócrata Cristiano, considerando las distintas posiciones que sobre la materia han expresado los Diputados y el hecho de que tampoco los Diputados socialistas apoyaron en la Cámara la indicación del Senador don Salvador Allende sobre la materia, ha dado libertad de acción en la votación de este artículo nuevo. Personalmente, estimo de provecho el establecimiento del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio. Concuerdo con las razones que da el Ejecutivo en la página 2 del boletín que tenemos a la vista. Así lo expresé también en la discusión del proyecto en su tercer trámite constitucional, apoyándome en las palabras pronunciadas por algunos señores Senadores. Estimo que su establecimiento será de gran provecho para la Nación y para la mujer chilena. Por eso, dentro de la libertad que sobre la materia me ha dado mi partido, votaré favorablemente el veto del Ejecutivo, apoyando la creación de este Servicio y facultando al Presidente de la República para dictar las normas del caso. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el señor Andrade. El señor ANDRADE.- Señor Presidente, los Diputados comunistas estimamos que de los vetos del Ejecutivo a este proyecto éste es uno de los más importantes. El proyecto salió del Congreso sin esta disposición, y debe quedar bien en claro que el Ministerio de Educación lo ha repuesto o pide facultades para que se legisle sobre el particular. Recalco esto, porque, a mi juicio, es un asunto muy delicado. Así se lo decíamos al señor Ministro de Educación en una discusión que sobre el particular hubo, hace poco, en la reunión de Comités. El Ministerio de Educación tiene la obligación de velar en gran medida por la formación de los niños y de la juventud y también tiene la obligación de salvaguardar la idoneidad del cargo de profesor o de formador de niños. Y con la reposición o con la petición de que se reponga esta disposición, el Ministerio de Educación no está cumpliendo con esta obligación que tiene, tan primordial, tan delicada. Estimo que no se puede experimentar, como ha dicho el señor Ministro de Educación, con un asunto complejo. Si se trata de un asunto tan complejo, proponer el Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio, proponer el trabajo femenino obligatorio en la formación de párvulos, me parece muy temerario de parte del Ministerio de Educación. Creo que es un error muy grande de e3te Ministerio hacer este tipo de proposiciones. Por eso, esta Secretaría de Estado tiene responsabilidad muy importante en esto, a pesar de que el señor Ministro decía, en aquella reunión a que aludí, que no había sido indicación del Ministerio de Educación. Primitivamente no lo fue, pero la ley salió del Congreso sin ella y ese Ministerio ha propuesto su reposición. Luego, tiene igual responsabilidad. Sin embargo, quiero establecer que, incluso, no es necesario hacer lo que he mencionado para poner en marcha la ley, ya que se podría argumentar que, por falta de personal idóneo o de financiamiento, tendría que recurrirse a estas personas, a mujeres mayores de 18 años para que cumplieran este servicio parvulario obligatorio. ¡No! Si la ley apenas entrega la cantidad de 80 millones de escudos a la Junta Nacional de Guarderías Infantiles, si le otorga esta suma de dinero, se puede deducir que el ritmo de construcción de este tipo de establecimientos no será muy acelerado. En consecuencia, no se necesitará una gran cantidad de personal, y, en estos instantes, en el país hay 700 profesoras parvularias ya recibidas. El artículo 15 de este mismo proyecto faculta al Ministerio de Educación para preparar a mayor número de personas para estas funciones de educación parvularia. Por lo tanto, no es preciso recurrir a personas que no van a tener la idoneidad correspondiente para una labor tan delicada, en una edad de tanta plasticidad del niño, como es la que media entre uno y seis años. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra la señora Laura Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, como lo ha expresado el señor Ministro, esta indicación la presentó originalmente el Senador Salvador Allende, pero estaba redactada en otra forma. Posteriormente, el Senador Allende, como resultado de conversaciones que sostuvo el Comando de Guarderías Infantiles, que luchaba por la aprobación de esta ley, aceptó retirar esta indicación. Ahora bien, la idea inicial fue que las personas que hicieran este servicio obligatorio, se encargaran de los trabajos menores, como ayudantes de parvularias. Pero existe el peligro, y por eso me alegro que se haya retirado la indicación, de que no haya matrícula o no haya fondos para estimular como corresponde el estudio de las jóvenes que se dedicarán a parvularias y que, debido a tal situación, pasen a desempeñar esas labores estas muchachas, que no tendrán la preparación que se les debería exigir. Hemos visto cómo, en esta administración, se ha preparado, en forma acelerada, profesores a quienes se les llamaba "Marmicoc", porque siguen cursos de 'pocos meses. Por eso, hemos denunciado el peligro que existe al conceder estas amplias facultades para que estas muchachas, que van a trabajar gratis, puedan ocupar el cargo de parvularias. Por esa razón, el Senador Salvador Allende, después de conversar con el Comando, retiró la indicación, y por eso nosotros, los socialistas, vamos a votar en contra de este veto del Ejecutivo. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).- Señor Presidente, quisiera hacer una aclaración a las observaciones del Diputado señor Andrade. El dice que ha sido el Ejecutivo y, concretamente, el Ministro de Educación el que ha repuesto esta indicación. Esto, en realidad, no es exacto, porque si los señores Diputados tienen a la vista el texto del proyecto del Congreso, que aparece en la página 23 del boletín comparado, comprobarán que dice exactamente: "Título V. Del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio". O sea, el Congreso Nacional despachó un título sin articulado. En consecuencia, ha manifestado que existe la idea de que se legisle sobre el particular. Es una cosa bastante extraña que haya un título sin articulado, pero así ocurre en el texto actual. Por consiguiente, no ha sido el Ministro de Educación Pública el que ha creado esta institución. En segundo lugar, quisiera aclararle al Diputado señor Andrade que el Ejecutivo ha pedido estas facultades para poder legislar en debida forma; pero no solamente sobre el trabajo parvulario, sino también sobre otro tipo de trabajo social por parte de la mujer. En tercer lugar, en caso alguno estas personas van a sustituir a las educadoras de párvulos, porque se establece expresamente en la ley que los jardines infantiles serán regidos y dirigidos por una educadora de párvulos. De tal manera que esas personas sólo colaborarán con ellas, pero me parece que la labor de una zarán. Me parece que la labor de una educadora es irreemplazable en la dirección de un jardín infantil. El señor ARNELLO.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor ARNELLO.- Señor Presidente, yo comparto la idea que pretende establecer este artículo, porque ella significa darle a la mujer chilena una participación activa y responsable en las labores educacionales de su país, tarea que es perfectamente capaz de realizar. Llama la atención que los señores Diputados que han sostenido con gran entusiasmo y énfasis que la mujer mayor de 18 años debe tener derecho a voto, a elegir parlamentarios y Presidente de la República, ahora pretendan declararla incapaz de asumir una responsabilidad de este tipo, cuando, por su inteligencia, por su sentido de responsabilidad, por su propia naturaleza, está preparada para hacerlo. La señora BALTRA.- ¡No sea demagogo! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ARNELLO.- Parece que algunos conocen mejor lo que yo siento de la mujer chilena... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ARNELLO.- Lo que sí sucede es que son precisamente los demagogos, los que están toda su vida hablando de la juventud, quienes no creen que ésta tenga capacidad para enfrentar esta responsabilidad. Naturalmente que ustedes quisieran también eliminar el servicio militar. Estarían mucho más tranquilos si éste no existiera... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ARNELLO.- Pero nosotros consideramos que estos hechos son importantes para que se vaya entendiendo cuál es realmente el concepto que tenemos de la juventud. Cuando se discutió este proyecto en la Sala, los Diputados nacionales fuimos los únicos que aprobamos esta modificación propuesta por el Senado, no obstante que se nos dijo por algún Diputado radical, que era una idea socializante, cosa que parece alarmar a ese partido laico y socialista, como ellos se califican. También fue rechazada la disposición por los Diputados socialistas, a pesar de que el Senador Allende fue quien la propuso en el Senado. Sin embargo, en esta oportunidad, el veto contiene dos ideas: una de fondo, que es la de establecer este servicio obligatorio; y otra, que consiste en crearlo después de haber sido rechazado en la Sala, con los votos de la Democracia Cristiana, por la vía de facultades que se le otorgarían al Ejecutivo. Pero éstas serían absolutamente discrecionales, y no de carácter normativo. Incluso, en su inciso segundo hay disposiciones que me parece que van demasiado lejos. Porque una cosa es pedir facultades aun respecto de materias propias de ley, lo que es lógico en toda delegación de este tipo; pero otra es reclamar atribuciones para imponer sanciones de carácter penal, civil o administrativo. Es decir, se quiere legislar en materia penal por la vía de una delegación de facultades tan amplias, lo que realmente es peligroso, aun cuando, repito, comparto absolutamente el fondo de la idea del servicio obligatorio. En consecuencia, deseo plantearle al señor Ministro que el Gobierno podría perfectamente trabajar un poco más y enviar, dentro de la actual convocatoria, un proyecto específico, completo, sobre la materia. En ese caso, encontrará buena disposición en el Congreso para legislar sobre el particular. El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Alessandri, don Gustavo. El señor ALESSANDRI (don Gustavo).- Señor Presidente, junto con compartir absolutamente lo que aquí ha expresado mi colega señor Mario Amello, me voy a permitir rectificar al señor Ministro, en cuanto aseveraba que la idea contenida en este artículo 23 se habría originado en una indicación formulada por el Senador señor Salvador Allende en esa Corporación. Sobre esta materia, a fin de colaborar en cierta medida y evitarle un mayor trabajo al señor Ministro, si es que realmente le preocupa esta situación, le voy a recordar que en la anterior administración, el Presidente Alessandri envió un proyecto completo sobre el particular, del cual se dio cuenta en la sesión primera, del martes 20 de octubre del año 1964. En la exposición de motivos, el Presidente de la época, entre otras cosas, decía: "Siendo así, pienso que la mujer está llamada a cumplir una misión importante en la consideración de estos problemas, y que la mujer chilena por sus extraordinarias aptitudes y su singular abnegación, sensibilidad y comprensión, está especialmente capacitada para colaborar en forma eficaz en su solución, a través de una labor eminentemente social que contribuirá a elevar el nivel de vida de nuestro pueblo. "¿Cuántas madres no saben cómo deben criar y cuidar' bien de sus hijos recién nacidos y desconocen los principios elementales de higiene y relativos a la alimentación que deben observar para lograr su formación y desarrollo normal?" En otro acápite de la exposición de motivos, decía: "La Acción Social colocará a la mujer en el rol preponderante que debe corresponderle dentro de la colectividad, y le permitirá, dentro del superior concepto de solidaridad, cooperación y estímulo que deben presidir la labor asistencia, entregar a la comunidad lo mejor de su espíritu y de su capacidad de servir. Se realizará a través de los organismos asistenciales del Estado, semifiscales, autónomos, de empresas del Estado, Municipales, particulares habilitados y de los establecimientos de enseñanza del país que determine el Consejo de la Acción Social. Se entiende por organismos particulares habilitados, los que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento. "Estarán sujetas a la Acción Social, las mujeres solteras que hayan cumplido 18 años de edad y cursado 6º año primario. El Consejo de la Acción Social determinará los cursos de capacitación que deban hacer y la naturaleza del servicio que puedan prestar de acuerdo con los estudios que hayan efectuado. "La Acción Social tendrá dos finalidades fundamentales: una, de formación de la joven, destinada a prepararla en las tareas, deberes y responsabilidades que habrá de cumplir más tarde en el hogar; y, otra, de prestación de servicios a la colectividad." Luego, en su largo articulado, establecía en su Título I las disposiciones generales. Decía el artículo 1º: "Institúyese la Acción Social como el aporte ciudadano de la mujer a la comunidad. Se regirá por las disposiciones de la presente Ley y su Reglamento." El Título II se refiere al cumplimiento de la Acción Social; y el Título III, trata "De la Organización de la Acción Social." Nosotros comprendemos y estimamos que ésta es una forma seria de legislar, que esto es precisamente lo que debe hacer cualquier Ejecutivo o cualquiera que se encuentre en el Mando Supremo. Pero, como lo han señalado los colegas Ríos y Amello, no podemos aceptar este artículo tan simple, mediante el cual se otorgan al Ejecutivo facultades amplísimas para dictar una legislación muy completa. Si bien es cierto, como se ha señalado con tanta propiedad, que nosotros estamos de acuerdo con esta idea, cuyo autor, como lo acabo de expresar, fue el ex Mandatario de la República, queremos expresar nuestro deseo de que el señor Ministro de Educación, en el futuro, nos envíe un proyecto de ley completo sobre esta materia. De las diversas opiniones que aquí han formulado los representantes de los distintos partidos políticos, queda indudablemente en evidencia que la Cámara, por unanimidad, aprobaría un proyecto de ley en los términos que he señalado. Gracias, señor Presidente. El señor SCARELLA.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).-Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso. El señor SCARELLA.- Señor Presidente, la verdad es que, tal vez, en esta Cámara, pocos como yo conocen tan de cerca el valor de la mujer chilena,... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SCARELLA...- porque en mi profesión he estado durante muchos años sirviendo a la mujer. Sé perfectamente de su inmensa capacidad de servicio público y doliente, de su disposición de espíritu para colaborar activamente en cualquier orden de acción social. Pero es muy distinto el pretender entregar una misión específica, altamente especializada, porque corresponde a la formación sicológica de un niño, a personas que no estén realmente preparadas, y que se deje en manos del Ejecutivo el dar las normas sobre cómo habrán de ejecutar su misión en estas labores tan importantes. Nosotros estamos ciertos de que, si llega a esta Cámara un proyecto de ley debidamente articulado, como fue el que mencionó el Diputado señor Alessandri, a través del cual se legisle ampliamente sobre múltiples actividades que podría desarrollar la mujer dentro de la actividad social del país, no habría oposición de nuestra parte. Pero, como médico, yo no puedo aceptar que se entregue la educación y la formación biológica y sicológica de los niños a personas que no hayan tenido una preparación previa que les permita desarrollar y cumplir sus funciones. Nadie duda de que la mujer chilena tiene la capacidad y el espíritu de servicio público necesarios para ello; pero nadie duda tampoco el que tratar a niños y educarlos constituye una especialidad y requiere estudios que deben ser debidamente considerados por esta Cámara. Nada más. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Muñoz. La señora BALTRA.- He pedido la palabra tres veces. El señor MERCADO (Presidente).- Está anotada, señora Diputada. El señor MUÑOZ.- Señor Presidente, por esta observación el Ejecutivo pretende renovar la idea de legislar acerca del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito y Obligatorio para la mujer chilena en el país, idea que fue rechazada por esta Cámara, tanto en la Comisión de Educación Pública como en la Sala, por adolecer las disposiciones correspondientes de diversos defectos e inconvenientes que dicen relación con problemas de trascendencia social. Se persigue dar al Presidente de la República facultades aún más amplias que las contenidas en las disposiciones rechazadas categóricamente por la Cámara de Diputados, que eran taxativas y precisas; y, en cambio, estas facultades que ahora se propone conceder son amplísimas, lo que nos parece desde todo punto de vista altamente improcedente. En virtud de estas facultades, el Presidente de la República podrá actuar sin limitación alguna en la organización de este Servicio Obligatorio, en circunstancias que este sistema ha originado un amplio rechazo por parte de los sectores populares, que son los que se verían afectados en mayor grado con su aplicación. Se ha dicho, y con razón, que este trabajo obligatorio tiene numerosos inconvenientes, pues, además del natural rechazo de las madres hacia cualquiera persona extraña que pretende tomar a su cargo el cuidado de sus hijos, preceptúa una obligatoriedad para desempeñar una función tan delicada como la maternal, en una etapa también tan delicada de la existencia del niño, como es la parvularia, función que quedaría confiada a personas que han sido improvisadas para realizar una tarea tan trascendente como es el cuidado del niño en ausencia de la madre. Por otra parte, cabe señalar que el sistema de sanciones que se han programado para hacer aplicable este sistema no es el más adecuado para lograr un resultado exitoso en este orden de cosas, ya que una persona que deba realizar forzadamente una tarea jamás podrá cumplirla con la delicadeza y el cariño que es inherente a quienes tienen vinculaciones de afecto con el niño. Además, la sanción y la obligación recaerán necesariamente, por las condiciones socioeconómicas del país, en los sectores más apremiados de la población. Por estas razones y algunas otras que por la escasez de tiempo no podemos hacer presente, nosotros votaremos negativamente el establecimiento de este sistema obligatorio de trabajo parvulario que, desde todo punto de vista, es inconveniente para nuestro medio social. Respecto a un alcance que hizo el estimado colega Amello, puedo agregar que ya tenemos una experiencia en esto de la obligatoriedad de algunos servicios. El señor MERCADO (Presidente).- ¿Me excusa, señor Muñoz? La señora Mireya Baltra le solicita una interrupción. El señor MUÑOZ.- Termino de inmediato, colega. Para terminar, antes de conceder la interrupción, señalo que ya tenemos algunas experiencias en lo que respecta a la obligatoriedad de determinados servicios. En el Servicio Militar Obligatorio sabemos que son cientos los niños "bien" que "tienen pie plano" y que, por este motivo, se eximen de cumplir con esta obligación. En consecuencia, nos asalta la duda de que con la aplicación de este sistema obligatorio podría ocurrir lo mismo y que sólo fueran obligados a realizar este trabajo aquellos elementos de extracción social que, indudablemente, no tienen subterfugios para obviar el cumplimiento de esta ley. Concedo con todo agrado la interrupción a la colega Baltra. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la interrupción la señora Baltra. La señora BALTRA.- Señor Presidente, para nosotros los comunistas esta ley tiene, en primer lugar, la finalidad de atender al niño párvulo, de orientarlo hacia conductas positivas, en el amor al trabajo y a la vida para hacer de él un hombre íntegro. El Comando Nacional de Jardines Infantiles fue el que envió una carta al compañero Allende, planteándole las resoluciones de la conferencia internacional realizada en 1964, en Ginebra, que trató sobre aspectos pedagógicos, de la orientación, la educación y el cuidado asistencial del niño en edad prescolar. Ahora tengo una inquietud, y la planteo a los colegas juristas. Se trata de lo siguiente. Para nosotros, la obligatoriedad legal no significa hacer participar a la mujer chilena en las actividades de la vida nacional. Nosotros creemos que esta participación presupone diferentes factores movilizadores de la conciencia para cumplir determinados trabajos. En este caso, reafirmando esta idea, creemos que el imperativo legal no significa un elemento movilizador para que se entregue un trabajo gratuito, sino que es un freno premeditado a las posibilidades de trabajo de un inmenso contingente de muchachas de 18 años, que verán perdida la oportunidad de estudiar para llegar a ser auxiliares de educadoras de párvulos. La OMEP, Organización Mundial de la Educación Preescolar, con sede regional en Chile, ha dicho una palabra completa y clara de este servicio obligatorio parvulario: "Es una distorsión a la educación preescolar". Y basados en esto, nosotros, desde la primera oportunidad en que se presentó esta iniciativa la hemos rechazado. Además, colegas, se trata fundamentalmente, de atender al niño párvulo; pero también de liberar a nuestras mujeres del peso feudal que recae sobre ellas en los trabajos del hogar. En los Estados Unidos, trabajan 25 millones de obreras. En Francia trabajan 9 millones. En la Unión Soviética, de cada cien trabajadores, 48 son mujeres. Y aquí, en nuestra patria, 681 mil mujeres trabajan. Pero no todas hacen trabajo productivo. Ahí está esa cifra que significa una ignominia: más de 300 mil mujeres trabajan en labores domésticas. Se trata también de cuidar el binomio: madre e hijo; y de luchar contra esta carga creada por un sistema injusto. Por eso, nosotros los comunistas vamos a rechazar el veto del Ejecutivo. El señor MERCADO (Presidente).- Puede continuar el señor Muñoz. El señor MUÑOZ.- Concedo una interrupción al señor Cabello. El señor MERCADO (Presidente).- Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la palabra el señor Cabello. El señor CABELLO.- Ya en una oportunidad anterior, al debatirse este proyecto en la Cámara, nosotros rechazamos la indicación. Y ahora queremos clarificar más nuestra posición, porque se ha dicho que, en cierto modo, estamos combatiendo una disposición de tipo socialista, a pesar de que, en la oportunidad anterior nosotros fuimos bastante claros al decir que, en un sistema de socialismo integral, no tendríamos ningún inconveniente en apoyarla. Ya, aquí, se han dado bastantes ejemplos referentes a lo que sucede con estas funciones voluntarias que siempre recaen en los grupos más desvalidos. Yo quisiera decir, no directamente al señor Ministro, sino, en general, que, hasta cierto punto, significa desconocer la realidad sobre nuestro pueblo el querer obligar a muchas mujeres, de la edad de 18 años y -¿por qué no decirlo?- prácticamente a todas, a servir en el cuidado de los niños. Podrá ser muy humano; pero al tratar de imponerla se pretende desconocer que en los hogares chilenos en que hay muchísimos hijos, es indiscutible que los mayores ya han servido en forma exhaustiva para proporcionar mayores posibilidades a la patria. Quizás a aquellos que por la suerte o por las facilidades económicas que les ha dado la vida podría obligáseles -aún cuando deberían hacerlo como deber moral- a ir a colaborar en una obra que es de bien social. Pero hay muchas situaciones que no hemos solucionado, porque no hemos llegado aún al socialismo integral. Y de ahí que las plantee directamente al señor Ministro, presente en la Sala, a fin de no tener que enviarle oficio respecto a este problema. Da lástima, señor Ministro, ver cómo muchas educadoras del hogar hoy están pidiendo que se les dé trabajo. El Ministerio de Educación y el Gobierno, en general, no han dado solución al problema de ellas, no se han creado los cargos que debían desempeñar y están sirviendo, incluso, en ocupaciones que son de carácter doméstico. De ahí, entonces, que nosotros, como ya se ha manifestado acá, insistamos en que se clarifique bien nuestra posición y nuestro deseo de que la solución para este problema se lleve por un buen rumbo y se dicte una ley, con la posibilidad de que todos podamos colaborar; pero en ningún caso debe entregarse a personas que no están todavía capacitadas para servir en esta obra que es de beneficio social. En varias oportunidades, nosotros hemos hecho este planteamiento, no sólo con relación a este problema específico, sino que a otros sobre aspectos de la actividad de nuestros trabajadores, porque todo cuanto se refiere a socialización dentro de nuestro país, indiscutiblemente la Derecha siempre lo aplica al sector trabajador,... -Hablan varios señores Diputados a vez. El señor CABELLO.-...incluso al sector profesional. Y aun cuando muchos puedan criticar al gremio médico, la verdad es que a este gremio, junto con los compañeros de la Salud se les aplican medidas muy socialistas; pero en ningún caso se hace lo mismo con la gran empresa, para que vaya entregando también parte de sus utilidades en beneficio de los grupos sociales más desvalidos. De ahí, señor Presidente, que en este caso nosotros vamos a votar, no en contra de una medida que es socialista, sino en contra de su aplicación, porque desconfiamos de la forma como ella se va a aplicar al conglomerado social que nosotros pretendemos defender. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el Diputado señor Carrasco. Advierto a Su Señoría que queda un minuto y medio para el debate. El señor CARRASCO.- Señor Presidente, quiero hacer un poquito de historia respecto a los jardines infantiles. Quiero decir que en la Comisión de Educación Pública, en la cual nosotros participamos, no fue rechazada la idea de legislar sobre esta materia, sino que se rechazó el articulado que se había propuesto. Pero todos los miembros participamos de la idea general. En la Sala, durante el tercer trámite, sucedió lo mismo. Rechazamos el articulado que se nos presentó. Pero todos los parlamentarios estuvimos de acuerdo en que la idea era buena. Incluso había planteado un compromiso para poder legislar sobre esta materia. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CARRASCO.- De tal manera, señor Presidente, que ya ahora los conceptos están cambiando. En consecuencia, de acuerdo con la idea general, nosotros vamos a apoyar el veto del Ejecutivo, porque pensamos que un Gobierno que ha sido capaz de hacer la reforma agraria... El señor MERCADO (Presidente).- Señor Diputado, ha llegado el término del tiempo destinado al Orden del Día. Cerrado el debate. En votación el artículo nuevo que se agrega al Título V del proyecto. -Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 44 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. El señor CLAVEL.- ¡Se salvaron las guaguas! El señor MONCKEBERG.- ¡Se acabaron las guarderías infantiles! El señor MERCADO (Presidente).- En votación la observación que consiste en suprimir el artículo 42. Si le parece a la Sala,... El señor MUÑOZ.- Que se lea. El señor MERCADO (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura al veto. El señor MENA (Secretario).- La observación es para suprimir el artículo 42. El señor MERCADO (Presidente).- En votación. Si le parece a la Sala, se rechazará el veto. Varios señores DIPUTADOS.- No, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 31 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. En votación la insistencia en el criterio del Congreso Nacional. Si le parece a la Sala, se acordará insistir. Acordado. En votación la observación que suprime el artículo 43. Durante la votación: El señor ACEVEDO.- Aquí falta fiscalización, y a los que fiscalizan los arrestan. ¡Esta disposición va contra los "momios" que no cumplen! El señor PHILLIPS.- ¡O sea, a Su Señoría lo van a "guardar"! El señor ACEVEDO.- Ahora a los que fiscalizan los arrestan por 15 días. El señor ARNELLO.- ¿Quién es más momio aquí? -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 46 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. Si le parece a la Sala, se acordará insistir con la votación inversa. Acordado. En votación la observación al inciso cuarto del artículo 44. Si le parece a la Sala se aprobará. Aprobada. En votación la observación que suprime una frase en el número 1 del artículo 47. Si le parece a la Sala se aprobará. Aprobada. En votación las observaciones al artículo 47, que consisten en agregar los números 7, 8 y 9. Si le parece a la Sala,... El señor PHILLIPS.- Votemos por números, Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- En votación el número 7. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos, por la negativa, 39 Aprobada. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazada la observación. En votación la observación general el número 8. El señor MERCADO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el veto. Aprobado. En votación el número 9. Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación. Aprobada. Artículos nuevos. En votación la observación que consiste en agregar un artículo nuevo. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. El señor PHILLIPS.- Que se vote. El señor MERCADO (Presidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado. El señor MERCADO (Presidente).- La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. Se va a repetir. -Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 20 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Aprobada la observación. En votación el segundo artículo nuevo. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Despachado el proyecto. 9.- MODIFICACIONES A LAS LEYES DE CONTROL, CUYA FISCALIZACION CORRESPONDE AL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO. OFICIO. El señor MERCADO (Presidente).- Señores Diputados, corresponde tratar y despachar, a continuación, el proyecto de ley, con urgencia calificada de "simple", que introduce diversas modificaciones a las leyes de control, cuya fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero. Diputado informante de la Comisión de Agricultura y Colonización es el señor Páez. -El proyecto impreso en el Boletín Nº 260(69)2, es el Siguiente: "Artículo 1°.- Modifícanse las siguientes leyes de control, cuya fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero: 1.- Substitúyense las penas de prisión contempladas en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 34, de 1931, por la de multa. El valor de la multa no podrá exceder de diez sueldos vitales anuales para empleado particular de la industria y del comercio del departamento de Santiago. En caso de reincidencia, se podrá aumentar hasta el doble la multa que se hubiere aplicado por una infracción anterior. Estas multas serán aplicadas por el Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero o por el funcionario de ese Servicio en quien el Director hubiere delegado esa facultad. Esta facultad se ejercerá conforme a las normas y al procedimiento contemplados en el párrafo III, Capítulo IX, Título X, de la Ley Nº 16.640. A las especies decomisadas en virtud de la Ley Nº 4.601 y del D. F. L. Nº 34, de 1931, se les aplicará lo dispuesto en el artículo 235, letra e), de la ley Nº 16.640. 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 8º del D. F. L. R.R.A. Nº 16, de 1963, artículo cuyo texto fue reemplazado por el D. F. L. Nº 15, de 1968, expedido a través del Ministerio de Agricultura: a) Subtitúyese, en el inciso primero, la frase "en los plazos que determine el Ministerio de Agricultura, previo informe del Servicio Agrícola y Ganadero", por la siguiente: "en los plazos que determine el Servicio Agrícola y Ganadero". b) Agrégase el siguiente inciso final: "Las resoluciones que ordenen medidas sanitarias estarán exentas del trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República. Dichas resoluciones entrarán en vigencia desde que sean publicadas en el Diario Oficial o desde la fecha posterior que en la misma resolución se determine". 3.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Nº 17.105, de 14 de abril de 1969, que fijó el texto coordinado, sistematizado y refundido de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres: a) Suprímese el término "de enología" en la letra g) del artículo 2º y en el inciso tercero del artículo 9º. b) Intercálase la frase "o de residuos de fabricación de azúcar de caña" a continuación de la frase "alcohol potable de residuos de fabricación de azúcar de betarraga", que aparece en los incisos primero y segundo del Nº 2 del artículo 27. c) Agrégase en el inciso primero del Nº 3 del artículo 27, a continuación de la frase "materias amiláceas", suprimiendo el punto, la siguiente: "ni para el licor denominado Ron, el que también podrá fabricarse con alcohol proveniente de residuos de la fabricación de azúcar de caña". d) Reemplázase el artículo 45 por el siguiente: "Artículo 45.- A los dueños o empresarios de fábricas o establecimientos expendedores, ya sean mayoristas o minoristas, como asimismo a todas las personas que comercien con licores o aguardientes nacionales, utilizando ilícitamente etiquetas o marcas extranjeras, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 107, inciso primero, de la presente ley". e) Reemplázase el inciso segundo del artículo 50 por el siguiente: "Sólo con azúcar de uva se podrá endulzar o edulcorar vinos licorosos. A los vermouth y similares se podrá agregar sacarosa o azúcar ordinaria para el solo efecto de su edulcoración. El Servicio Agrícola y Ganadero reglamentará las adiciones a que se refiere el presente inciso, así como las ventas de productos analcohólicos que contengan azúcar natural de uva, para evitar que sean transformados en productos fermentables". f) Reemplázase el artículo 70 por el siguiente: "Artículo 70.- Las infracciones al presente Título serán sancionadas con las multas establecidas en el artículo 101; con excepción de la falsificación o adulteración de vinagre, que será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 107". g) Reemplázase en el inciso primero del artículo 107, la frase "y multa de dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado", por la siguiente: "y multa de hasta dos centésimos ' de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado". h) Reemplázase en el inciso quinto del artículo 107, la frase "y multa de un centésimo a medio sueldo vital mensual por cada litro de producto adulterado", por la siguiente: "y multa de hasta un centésimo de sueldo vital mensual por cada litro de producto adulterado". Declárase que las modificaciones a la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres introducidas por las letras g) y h) procedentes han regido desde el 15 de abril de 1968. Sin embargo, dichas modificaciones no serán aplicables a las multas que se hubieren pagado a la fecha de la publicación de la presente ley. Facúltase al Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero para rebajar, conforme a las citadas modificaciones, las multas que se hubieren aplicado por resoluciones que se encuentren ejecutoriadas a la fecha de la publicación de la presente ley, siempre que las personas afectadas no las hubieren pagado. Contra las resoluciones que se dicten en virtud de esta facultad no procederá recurso alguno". Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley de Bosques, cuyo texto refundido fue fijado por el Decreto Supremo Nº 4.363, de 30 de junio de 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización: 1.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 10: "Con el objeto de obtener un mejor aprovechamiento de los Parques Nacionales y Reservas Forestales, el Servicio Agrícola y Ganadero podrá pactar toda clase de contratos que afecten a dichos bienes y ejecutar los actos que sean necesarios para lograr dichos fines. Asimismo, podrá establecer y cobrar derechos y tarifas por el acceso de público a los Parques Nacionales y Reservas Forestales que él determine, y por la pesca y caza en los lugares ubicados dentro de esos Parques y Reservas. Los dineros y productos que se obtengan ingresarán al patrimonio de dicho Servicio". 2.- Reemplázase el artículo 11 por el siguiente: "Artículo 11.- Facúltase al Presidente de la República para conferir la calidad de Parques Nacionales a las Reservas Forestales, y a éstas, la calidad de aquéllos. El Presidente de la República podrá por una sola vez, desafectar de su calidad de Reservas Forestales y de Parques Nacionales los terrenos que hubieren sido declarados o se declaren en el futuro como tales. Esta facultad deberá ser ejercida dentro del plazo de 180 días a contar desde la publicación de la presente ley". 3.- Reemplázase el artículo 14 por el siguiente: "Articulo 14.- Las concesiones para explotar bosques fiscales, cualesquiera que ellos sean, se otorgarán por el Servicio Agrícola y Ganadero, conforme a las normas y en las condiciones que, en cada caso, establezca su Consejo, sin perjuicio de la facultad de dicho Servicio para explotarlos directamente. Las concesiones que se otorguen podrán ser dejadas sin efecto, en cualquier momento, por acuerdo del Consejo. Los derechos y prestaciones que se fijen ingresarán al patrimonio del Servicio". Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto con Fuerza de Ley Nº 9, de 1968, expedido por el Ministerio de Agricultura: 1.- Subtitúyese el inciso primero del artículo 2º por el siguiente: "Todo contrato por el que se pacte el arrendamiento de un predio rústico se establecerá por escrito. No obstante, el arrendamiento será válido cualquiera que fuere la forma en que se pacte". 2.- Substitúyese el Nº 1) contenido en el inciso segundo del artículo 13, por el siguiente: "1.- El incumplimiento por parte del arrendatario de los requisitos señalados en el artículo 12. En lo que se refiere a los puntos a) y c) del citado artículo 12, el Juez podrá, para mejor resolver, decretar el reconocimiento de peritos, ya sea de oficio o a solicitud de parte". 3.- Suprímese, en el artículo 29, la frase final que dice: "Tampoco serán aplicables dichas disposiciones a los arrendamientos de terrenos fiscales". 4.- Suprímese, en el inciso primero del artículo 32, la frase que dice: "y copia de él deberá enviarse, por el cedente, al Servicio Agrícola y Ganadero", colocando punto a continuación de la palabra "escrito", que antecede. 5.- Agrégase al artículo 57, el siguiente inciso nuevo: "Tampoco se aplicarán a los actos y contratos en que sean parte el Fisco, las Municipalidades, las instituciones fiscales y semifiscales, las instituciones y empresas autónomas del Estado y, en general, todas las personas jurídicas creadas por ley en las cuales el Estado tenga aporte de capital". Artículo 4.- Tendrán mérito ejecutivo las resoluciones o sentencias ejecutoriadas que apliquen multas en conformidad con los artículos 236 y siguientes de la Ley Nº 16.640, de 28 de julio de 1967, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 242 de dicha ley. En los juicios respectivos sólo se admitirán las excepciones de litispendencia, el pago de la deuda, la prescripción de la deuda o de la acción ejecutiva y la cosa juzgada. Artículo 5º.- Facúltase al Presidente de la República para refundir en un solo texto, con número de ley, las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 4.363, de 30 de junio de 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización, con las modificaciones posteriores, incluidas las que se contienen en la presente ley. En uso de esta facultad, el Presidente de la República queda autorizado para actualizar, coordinar y armonizar esas disposiciones y para incluir en el nuevo texto otras normas de carácter forestal que estime convenientes, contenidas en otras leyes. Artículo 6º.- Autorízase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la vigencia de la presente ley, dicte nuevas disposiciones sobre Semillas, pudiendo, para tales efectos, modificar, actualizar, coordinar y derogar las disposiciones que sobre la materia se contienen en el D. F. L. R.R.A. Nº 17, de 1963 y sus modificaciones posteriores. En uso de esta facultad, el Presidente de la República podrá establecer nuevos sistemas sobre investigación, producción, registro, certificación, comercio, importación y exportación de Semillas, como asimismo, determinar los Servicios u Organismos a los cuales les corresponderá la aplicación, vigilancia y control de las nuevas normas que se dicten y fijar las sanciones que deberá aplicarse en caso de que sean contravenidas.". El señor MERCADO (Presidente).- Me permito hacer presente a la Sala que el plazo reglamentario para el despacho de este proyecto se encuentra vencido. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 213 del Reglamento, cada Comité dispondrá de hasta 10 minutos para usar de la palabra. Ofrezco la palabra. El señor PAEZ.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor PAEZ.- Señor Presidente, por acuerdo de la Comisión de Agricultura y Colonización, debo informar el proyecto de ley que introduce diversas modificaciones a las leyes de control, cuya fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero. Durante la discusión de esta iniciativa, la Comisión contó con la presencia de los señores Ministro y Subsecretario de Agricultura y de diversos altos funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero, quienes explicaron las razones que tuvo el Supremo Gobierno para presentar este proyecto de ley. La ley Nº 16.640, de fecha 28 de julio de 1967, sobre Reforma Agraria, en los artículos 228 y 261, transformó la Dirección de Agricultura y Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, en el Servicio Agrícola y Ganadero. En virtud de esas disposiciones legales, el Servicio Agrícola y Ganadero tomó bajo su control todas aquellas funciones que tenía la Dirección de Agricultura y Pesca, más otras que expresamente se le confirieron en la ley Nº 16.640 y en los decretos con fuerza de ley que se dictaron en virtud del cuerpo legal ya mencionado. La práctica ha demostrado la necesidad de modificar, por su antigüedad, algunas leyes, como la Ley de Bosques, cuyo texto refundido fue fijado por el Decreto Supremo Nº 4.363, de 30 de junio de 1931; la Ley de Pesca, establecida en decreto con fuerza de ley Nº 34, de fecha 17 de marzo de 1931; la ley Nº 4.601, de fecha 1º de julio de 1929, que establece las disposiciones por las cuales se regirá la caza en el territorio de la República, y otras que impiden al Servicio Agrícola y Ganadero actuar con mayor eficacia en materia de control y con la rapidez que las necesidades requieren en cada caso particular. Además, en esas mismas disposiciones legales se establecen algunas sanciones de prisión y para aplicarlas, de acuerdo con la legislación primitiva, los organismos competentes recurrían a la Justicia Ordinaria. Ahora, al entregarse estas funciones al Servicio Agrícola y Ganadero, que tiene el carácter de autoridad administrativa, este Servicio no puede entrar a la aplicación de penas, en razón de la separación de Poderes del Estado. Por eso, estas penas se reemplazan por multas, cuya aplicación corresponde a la autoridad administrativa, sin perjuicio de que, en casos determinados, al comprobarse la existencia de un delito, se pueda recurrir a los Tribunales de Justicia para la aplicación de las penas respectivas. Asimismo, en la legislación vigente sobre arrendamiento de predios rústicos, se establecieron normas de control para el Servicio Agrícola y Ganadero, las cuales, en la práctica, por ser excesivas, no se han podido cumplir en forma ordenada. El Ejecutivo desea eliminarlas por considerar que no son de suma trascendencia y porque, en vez de permitir un control efectivo, distraen al Servicio de otras funciones que son mucho más importantes. La Comisión de Agricultura y Colonización, después de escuchar los planteamientos expuestos, dio su aprobación a este proyecto de ley. El artículo 1º propone las modificaciones a las leyes de control, cuya fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero. En el número 1) se sustituyen las penas de prisión contempladas en el decreto con fuerza de ley Nº 34, de fecha 17 de marzo de 1931, que legisla sobre la industria pesquera y sus derivados. En ese cuerpo legal se establecen diversas penas de prisión que varían entre 20 y 100 días por infracciones que cometan los pescadores o empresas industriales pesqueras. En virtud de este proyecto de ley, se reemplazan las penas indicadas por una multa que no podrá exceder de diez sueldos vitales anuales para empleado particular de la industria y del comercio del departamento de Santiago. Asimismo, se dispone que las especies que sean decomisadas en conformidad con lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 34, de 1931, y en la ley Nº 4.601, pasarán a formar parte del patrimonio del Servicio Agrícola y Ganadero, según la aplicación de la letra e) del artículo 235 de la ley Nº 16.640. Por el número 2), en el artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 15, de 1968, se reemplaza la frase: "en los plazos que determine el Ministerio de Agricultura, previo informe del Servicio Agrícola y Ganadero". En conformidad con este artículo, los propietarios o tenedores de animales tienen la obligación de prevenir y combatir las enfermedades de éstos con los tratamientos y medidas que determine el Ministerio de Agricultura, en los plazos que fije para estos efectos, previo informe del Servicio Agrícola y Ganadero. Lo que se pretende con la modificación es agilizar el procedimiento, ya que el Ministerio de Agricultura adopta sus resoluciones mediante la dictación de un decreto, el cual por diversas razones, a veces demora más de lo conveniente, perdiendo eficacia y oportunidad la medida que se desea adoptar; en cambio, al determinarse la existencia de una enfermedad, el Servicio hace un estudio de ésta y dicta la resolución respectiva, proceso que tiene una duración mucho menor que un decreto. El Nº 3) introduce diversas modificaciones a la ley Nº 17.105, de 14 de abril de 1969, que fijó el texto coordinado, sistematizado y refundido de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres. La primera, suprime el término "enología" en la letra g) del artículo 2º y en el inciso tercero del artículo 9º. La Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres entrega al Servicio Agrícola y Ganadero determinadas atribuciones con respecto a esta materia, y es así como la letra g) del artículo 29, expresa que deberá fijar métodos de análisis para los laboratorios de enología del Servicio Agrícola y Ganadero. Ahora bien, al tomar una muestra de alcohol potable el Departamento de Control de Alcoholes lo debe analizar en los Laboratorios Químicos, pero resulta que la ley habla de los laboratorios de enología, lo que constriñe la función de control solamente a los vinos, dejando al margen el control sobre licores, vinagres y cervezas. Por la modificación propuesta se pretende dar un alcance más amplio a las funciones de control y evitar así que se puedan producir reclamos en tal sentido. El artículo 27, en su Nº 2, establece que "cuando existe falta evidente de alcohol de subproductos vitivinícolas o de materia prima para su destilación, el Servicio Agrícola y Ganadero podrá autorizar el empleo de alcohol potable de residuos de la fabricación de azúcar de betarraga en la fabricación de licores". Por la modificación propuesta en la letra b) del Nº 3 del artículo 1º del proyecto de ley en informe, se agrega en los incisos primero y segundo del Nº 2 del artículo 27, a continuación de la frase "alcohol potable de residuos de fabricación de azúcar de betarraga", la siguiente: "o de residuos de fabricación de azúcar de caña", con el objeto de salvar una omisión del legislador y, además, prevenir la falta de alcohol para la fabricación de licores. El señor MERCADO (Presidente).- Señor Páez, el señor Acevedo le solicita una interrupción. El señor PAEZ.- Con todo gusto se la concedo. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la interrupción el señor Diputado. El señor ACEVEDO.- Es sólo para pedir una aclaración. En la página 7 del informe, en el caso de la infracción que se señala, se dice que algunas multas "fluctúan entre Eº 4.000.000 y Eº 6.000.000, lo que hace imposible su cobro, en relación al capital del infractor." Quisiera que el señor Diputado informante, antes de pasar a otra materia, indicara a qué se debe esto; cómo opera este sistema de multas y por qué no es posible hacerlas efectivas; si son superiores a las posibilidades económicas del infractor o al patrimonio del mismo; y si sería éste el caso de la imposibilidad de poder cobrar. Esto es todo. El señor MERCADO (Presidente).- Puede continuar el señor Diputado informante. El señor PAEZ.- Voy a continuar con el informe y cuando llegue al punto pertinente, daré respuesta al colega. La Comisión aprobó una indicación que consulta una nueva letra c), para agregar en el artículo 27, Nº 3, inciso primero, a continuación de la frase "materias amiláceas", la siguiente: "ni para el licor denominado Ron, el que también podrá fabricarse con alcohol proveniente de residuos de la fabricación de azúcar de caña". La modificación propuesta en la letra c), que pasó a ser d), propone reemplazar el artículo 45 de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres. Este artículo nuevo pretende ampliar el campo de las sanciones, incluyendo en él a los minoristas y aun a las personas que comercien con licores o aguardientes nacionales, utilizando ilícitamente etiquetas o marcas que correspondan o sean similares a etiquetas o marcas extranjeras La letra d), que pasó a ser e), propone el reemplazo del inciso segundo del artículo 50. La disposición vigente se refiere a que sólo con azúcar de uva se podrá endulzar o edulcorar vinos licorosos, vermouth y otros similares. La modificación consiste en permitir que a los vermouth y similares se pueda agregar sacarosa o azúcar ordinaria para el solo efecto de su edulcoración, es decir, para endulzar dicho producto. Además, el hecho de que sólo se pudiera endulzar el vermouth con azúcar de uva, provoca un grave problema, como es el enturbiamiento y precipitación de este licor, y desnaturaliza la fórmula original de su fabricación. Las modificaciones propuestas en las letras e), f) y g), que pasaron a ser f), g) y h), respectivamente, tienen por objeto actualizar el monto de las multas establecidas en la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, las que han quedado con un monto muy bajo que hace casi imposible su aplicación. Cabe señalar que la modificación propuesta en la letra f), que pasó a ser g), tiene por objeto solucionar un problema que se ha presentado en la aplicación de la multa a que se refiere el inciso primero del artículo 107 de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres. Esta disposición establece que los fabricantes, productores, expendedores, depositarios o meros tenedores de bebidas alcohólicas falsificadas serán sancionados con el comiso de la mercadería y multa de dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado. El Ejecutivo propone reemplazar la frase "y multa de dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado" por la siguiente: "y multa de hasta dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado". Aquí, señor Presidente, viene la explicación a la consulta hecha por el colega Acevedo. La experiencia que tiene el Servicio Agrícola y Ganadero sobre la aplicación de multa de dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado, demuestra que efectivamente se llega a la suma astronómica que figura en el informe, como lo dieron a conocer las autoridades de este servicio. Ahora, en el proyecto del Ejecutivo, que la Comisión ha aprobado, se reemplaza la frase "y multa de dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado" por la siguiente: "y multa de hasta dos centésimos de sueldo vital mensual por cada litro de producto falsificado". Es decir, no se aplica una multa de dos centésimos, sino que se establece una fluctuación de hasta dos centésimos. Ahora bien, la modificación propone dar una mayor flexibilidad a esta disposición y en consideración a los antecedentes acumulados en cada caso, el Servicio Agrícola y Ganadero aplicará la multa pertinente, sin pretender atenuarla sino que hacerla operante, porque, como se dijo en la Comisión, la mayoría de esta gente no poseía bienes para afrontar estas sanciones, y prefería, en muchos casos, arrancarse del país. La Comisión aprobó una indicación propuesta por el señor Ministro de Agricultura Subrogante, que agrega un nuevo inciso a la letra g), que pasó a ser h), del Nº 3, del artículo 1º del proyecto de ley en informe, que tiene por objeto permitir que el Servicio Agrícola y Ganadero, ante las resoluciones pendientes que aplican una multa, las revise y las regule conforme a la disposición propuesta anteriormente. Esto tiene por objeto revisar algunas multas que se han aplicado y que ha sido imposible cobrarlas para que ingresen en las arcas fiscales. El artículo 2º del proyecto propone diversas modificaciones a la Ley de Bosques, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto supremo Nº 4.363, de 30 de junio de 1931. Por la primera se agrega un inciso nuevo al artículo 10, que autoriza al Presidente de la República para establecer reservas de bosques y parques nacionales de turismo en los terrenos fiscales apropiados a dichos fines y en terrenos particulares que se adquieran por compra o expropiación. En conformidad a esta modificación, se permite una mayor libertad en el uso de los parques nacionales y reservas forestales, pudiendo ser usados por la comunidad. La segunda de las modificaciones propuestas reemplaza el texto del artículo 11. Este artículo estableció que las reservas de bosques y los parques nacionales no podían ser destinados a otro objeto sino en virtud de una ley. La Comisión aprobó una indicación de diversos señores Diputados que propone el reemplazo del Nº 2 del artículo 2º. Esta modificación tiene por finalidad facultar al Presidente de la República para otorgar la calidad de parque nacional a una reserva forestal, y a ésta, la calidad de aquél. Asimismo, se le autoriza para que, por una sola vez, y dentro del plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley, pueda desafectar de su calidad de reserva forestal y de parque nacional a los terrenos que hubieren sido declarados o se declaren en el futuro como tales. El artículo 14 de la Ley de Bosques señala que los productos de la explotación de los bosques fiscales se venderán en subasta o propuesta pública, de acuerdo con las bases que se fijen en cada caso. Por la modificación propuesta en el Nº 3 se reemplaza este artículo, señalando que el Servicio Agrícola y Ganadero será el organismo encargado de otorgar las concesiones para explotar bosques fiscales, conforme a las normas y en las condiciones que para cada caso fije su Consejo, pudiendo asimismo, explotar los citados bosques en forma directa. El artículo 3º del proyecto introduce diversas modificaciones al decreto con fuerza de ley RRA Nº 9, de fecha 15 de enero de 1968, dictado en virtud de la facultad otorgada en la ley Nº 16.640, sobre Reforma Agraria y que fija normas sobre arrendamiento de predios rústicos. Como se indicó anteriormente, las modificaciones propuestas en este artículo tienen por objeto suprimir algunas disposiciones que entrega normas de control al Servicio Agrícola y Ganadero, que no tienen importancia esencial y que, en cambio, entorpecen la labor que debe ejecutar este Servicio. Es así como se suprime, en el artículo 2º, la obligación que tiene el arrendador de un predio rústico de enviar copia del contrato al Servicio Agrícola y Ganadero; también se elimina en el artículo 13, Nº 1, la obligación que tiene el Juez de requerir, para mejor resolver, un informe del Servicio Agrícola y Ganadero. La Comisión aprobó este artículo con una sola modificación, que consiste en agregar una frase en el Nº 1, que propone la sustitución del inciso primero del artículo 2º, y que por una omisión se suprime en la proposición del Ejecutivo. Ella tiene por objeto mantener la frase: "no obstante, el arrendamiento será válido cualquiera que fuere la forma en que se pacte". Asimismo, se aprobó el artículo 59 con la sola modificación de suprimir el inciso segundo por ser innecesario. Finalmente, el artículo 6º se aprobó con la sola modificación de reemplazar la frase "la Ley Nº 8.043" por "el Decreto RRA. Nº 17, de 1963". El cambio se debe a que la ley fue reactualizada por dicho decreto. Eso es cuanto puedo informar. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Pido la palabra. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Excúseme, señor Diputado, el señor Ministro ha solicitado la palabra. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Señor Presidente, tal como se ha expresado, este es un proyecto, de origen en un Mensaje del Ejecutivo, que tiene por objeto -y lo voy a decir muy brevemente, porque ya lo explicó el Diputado informante- modificar algunas disposiciones de las leyes de Bosques, Pesca y Caza, y fundamentalmente de Alcoholes, y también algunas disposiciones de la Ley de Reforma Agraria, relacionadas con estas mismas materias, para agilizar los procedimientos de control que tiene a su cargo el Ministerio de Agricultura a través del Servicio Agrícola y Ganadero. Hay una disposición, en un artículo final, que específicamente se refiere a las facultades que podrían dársele al Poder Ejecutivo para reglamentar todo lo relacionado con las semillas. Estas facultades tienen por objeto incrementar la política semillera del país en los siguientes aspectos, y que son los que quiero ampliar con respecto a lo que dijo el Diputado informante: primero, perfeccionamiento del actual sistema de producción y utilización de las semillas mejoradas; segundo, investigación; tercero, comercialización interna; cuarto, comercialización externa; quinto, control; sexto, sanciones. Estos son los puntos sobre los cuales se darían facultades al Ejecutivo para dictar los correspondientes reglamentos. Si la Cámara lo estima conveniente, en el momento oportuno puedo dar más antecedentes sobre esta materia o sobre cada uno de los artículos que se proponen en este proyecto de ley. Muchas gracias, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, nosotros vamos a votar favorablemente el proyecto de ley tanto en general como en particular; pero, evidentemente, nos merece algunas observaciones. Habría sido nuestro deseo que el proyecto hubiere comprendido algunas medidas que tendieran a mejorar las posibilidades de algunos sectores que tienen relación con el Servicio Agrícola y Ganadero. Sobre todo en materia de los compromisos que ellos contraen, pudiera el Servicio tener una acción más directa, más efectiva. Es el caso, por ejemplo, de los pequeños arrendatarios agrícolas. El proyecto suprime la obligación de que el arrendador envíe copia del contrato. Es el arrendador quien tiene la obligación de enviar copia. Hay algunos arrendatarios pequeños que desconocen las disposiciones de tipo legal, y si al arrendador le conviene que así sea, puede llegar el instante en que haya que hacer las cosechas y tome él medidas precautorias, incluso para no dejar entrar al predio al arrendatario. También está el caso de los medieros agrícolas. El Servicio Agrícola y Ganadero tiene, desde el punto de vista reglamentario, cierta tuición sobre les medieros. Cuando se suscita algún problema entre el mediero, que es un obrero agrícola, con un dueño de tierras, que puede ser un terrateniente, tratándose de medierías, la Inspección del Trabajo no considera el caso, no lo atiende, y le recomienda al denunciante, al mediero, que vaya al Servicio Agrícola y Ganadero. Este Servicio tiene funcionarios a lo largo de todo el país. En algunos lugares -y, por lo general, en los casos que personalmente he constatado-, son funcionarios muy competentes y con el mayor deseo de resolver el problema; pero sucede que esto no va más allá de una mera conversación y recomendación. Es así como algunos propietarios de tierra, en forma deshonesta no se puede calificar de otra manera, se han quedado con toda la cosecha, con todo el cultivo de los medieros. Los medieros -algunos de escasos conocimientos y otros hasta analfabetos, solamente llevan cuenta a través de su memoria y otros, rústicamente, en algunas libretas- se encuentran frente a individuos prepotentes, que entregan parte de sus tierras en mediería por no tener que estar contratando a obreros e incurrir en obligaciones de tipo previsional. Son elementos realmente nefastos. Con esa prepotencia, se lanzan contra los medieros y comienzan por cerrarles la puerta del fundo. Entre otras cosas, llegan a suprimirles las aguas de riego, hasta que no llegan a obtener de parte de los medieros las condiciones que, en forma incondicional, ellos les imponen. De ahí es que pudieran mejorarse las disposiciones legales. Aun este mismo proyecto, en el trámite que sigue en el Senado, a través de indicaciones, pudiera darle al Servicio Agrícola y Ganadero medios más efectivos para que, realmente, zanje una dificultad entre un mediero, obrero agrícola, y un propietario de tierra. Después, hay otro sector que tiene que ver, en cierto modo, con este Servicio, pero más con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, y que es el sector de pescadores. A través de unas disposiciones, se cambia la pena de prisión por la de multa. El sector de pescadores empresariales, industriales, naturalmente que no tiene absolutamente ningún problema; pero no así aquel sector de pescadores artesanales, los que, hace unos días, acaban de realizar un congreso nacional en el puerto de Talcahuano, que son más de 20 mil a lo largo de todo el país, que viven y trabajan en caletas, algunas muy separadas de los sectores urbanos, escasos de viviendas y en condiciones muy precarias. La verdad es que el Servicio Agrícola y Ganadero ha colaborado bastante con los pescadores artesanales. Igualmente lo ha hecho el INDAP. Pero también el INDAP -está el señor Ministro de Agricultura en la Sala y pudiera preocuparse de esto- podría destinar algunos recursos para mecanizar la recuperación de los botes al término de la jornada de pesca. La mayor parte de las caletas están en zonas pedregosas y los pescadores, al final de la jornada, tienen que tomar con sus propias fuerzas los pesados botes en que han ido a la mar a pescar y sacarlos hasta un punto en donde no los alcance la alta marea. Se trata de colocar algún sistema mecánico, que no significa ninguna suma exagerada de dinero; pero, en cambio, a esta gente le va a significar un alivio todos los días en que realicen la jornada de pesca, al no tener que hacer, al final, este esfuerzo, sobrehumano muchas veces, para dejar sus embarcaciones a recaudo de la alta marea. Estas son las observaciones... El señor PHILLIPS.- Huinches. El señor ACEVEDO.- Con huinches, como acota el colega Patricio Phillips, se puede hacer en forma mecánica. Estas son las observaciones de tipo general que nosotros haríamos al proyecto de ley, y reitero que nuestros votos serán favorables a él. Eso es todo, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Sharpe. El señor SHARPE.- Señor Presidente, los Diputados radicales vamos a votar en forma favorable este proyecto en general y casi todas sus disposiciones. Lo vamos a hacer así, porque vemos que la mayoría de ellas tienden a aumentar el control y la fiscalización que le corresponden al Servicio Nacional Agrícola y Ganadero, y hacen también más radical la aplicación de multas por falsificación o adulteración de vinagre, que en la forma en que estaban en la ley, resultan en algunos casos prácticamente incobrables. Pero estaremos en contra de una disposición, y así lo manifestamos en la Comisión, porque creemos que aquellas multas que se pagaron no van a ser modificadas, lo que constituye una sanción para el deudor más cumplidor. Se nos dijo que eran multas que habían sido canceladas porque no eran de gran monto. Pero es un principio que generalmente los gobiernos han mantenido el de castigar al deudor, al contribuyente cumplidor. Creemos también que es de positivo beneficio esa disposición que tiende a dar facultades para ampliar el sistema de investigación, producción, registro, certificación, comercio, importación y, especialmente, la exportación de semillas. Creemos que es fundamental que en este país se promueva la exportación de semillas. Chile es un país privilegiado en orden a producir semillas de alta calidad, por ser uno de los países en que no llueve en verano y el sistema de germinación de la semillas es extraordinariamente alto. De tal manera, que todo lo que se haga para que Chile se convierta en un país exportador de semillas va a tener nuestro apoyo, nuestro concurso, y va a tener, en esta oportunidad, nuestros votos. Nada más, señor Presidente. El señor RIESCO.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor RIESCO.- Señor Presidente, quisiera aprovechar la presencia en la Sala del señor Ministro para pedirle que me precisara los alcances del artículo 6º de esta ley, en el sentido de autorizar al Presidente de la República para "establecer nuevos sistemas sobre investigación, producción, registro, certificación, comercio, importación y exportación de semillas." Según informaciones que tengo, en conversaciones con productores, se les habría informado que estaría en estudio un nuevo proyecto de ley que regularía todas estas materias de la producción y comercialización de semillas. Veo aquí que con este artículo 6º sería innecesario aquel proyecto de ley, dado que prácticamente se le concede autorización al Presidente de la República para que dicte disposiciones al respecto en forma completa y sin recurrir a legislar sobre la materia. En este caso, especialmente como productor, me preocupa el hecho de que la comercialización y, especialmente el control, el aspecto certificación de semillas, que actualmente está regido por un convenio entre los productores y el Servicio Agrícola y Ganadero, pudieran ser innovados. Es por eso que quiero pedirle al señor Ministro que me aclare los alcances de esta disposición, con el objeto de estar debidamente informado de ella. El señor MERCADO (Presidente).- El señor Ministro puede hacer uso de la palabra. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Señor Presidente, denantes, cuando hice uso de la palabra, ofrecí, precisamente, dar informaciones sobre todos y cada uno de los artículos propuestos en este proyecto de ley y particularmente sobre este artículo 6º. Aquí se plantea una autorización al Presidente de la República para que "dentro del plazo de 180 días, contado desde la vigencia de la presente ley, dicte nuevas disposiciones sobre semillas, pudiendo, para tales efectos, modificar, actualizar, coordinar y derogar las disposiciones que sobre la materia se contienen el D.F.L. R.R.A. Nº 17, de 1963, y sus modificaciones posteriores. En uso de esta facultad, el Presidente de la República podrá establecer nuevos sistemas sobre investigación, producción, registro, certificación, comercio, importación y exportación de semillas, como asimismo determinar los servicios u organismos a los cuales les corresponderá la aplicación, vigilancia y control de las nuevas normas que se dicten y fijar las sanciones que deberá aplicarse en caso de que sean contravenidas." El señor Riesco me ha solicitado que dé algunas explicaciones sobre lo que se persigue con esta disposición, que facultaría al Presidente de la República para legislar sobre la materia. Desde luego, se trata, como el mismo proyecto lo establece, de que se facultaría al Presidente de la República sobre este tipo de normas, que aquí están, no sobre otras. Prácticamente, sería este artículo una ley normativa. En segundo lugar, los distintos puntos que tratan las normas yo quisieran aclararlos y hacerlos más explícitos, para conocimiento de los señores Diputados. Primero: perfeccionamiento del actual sistema de producción y utilización de semillas mejoradas. Hay que establecer las definiciones de los términos técnicos que se utilizarán en la ley y que servirán de base para su aplicación. Esta ha sido una norma en todas las legislaciones que el Ministerio de Agricultura ha propuesto. Hay bastante dispersión, digamos, bastantes malos entendidos en qué se entiende, primero, por semilla. Porque para la ley, semilla es un concepto; para los técnicos dedicados a la producción, semilla es un concepto un poquito distinto; y lo que dice el Diccionario, yo diría que es también una cosa aparte. Se trata de definir qué se entiende por semilla, o sea, la simiente que se puede comercializar con el objeto o con el sentido de reproducir la especie, fundamentalmente la especie vegetal. Estoy dando esto a guisa de ejemplo. Hay una serie de definiciones que hacer, como los distintos tipos de semilla. Por ejemplo, "semilla certificada" o "semilla corriente". Y dentro de los términos de "simiente seleccionada", digamos hay, a su vez, una serie de etapas. Está la "semilla "fundación" y están las otras etapas. Todo va a ser definido en la ley. Por eso se pide esta autorización para estos efectos. Dice aquí: "Definir las distintas etapas y requisitos que deberá cumplir el proceso de "certificación de semillas". "Determinar las características que deberán tener las "semillas seleccionadas" (o sea aquellas que cumplen todos los requisitos de esta ley, pero que no están inscritas en el Registro Nacional de Semillas Certificadas." En materia de investigación, "establecer los responsables de la investigación oficial en materia de mejoramiento de semillas". No se trata de establecer un monopolio estatal en asuntos de investigación, sino, sencillamente, estando la investigación en materia de semillas en manos del Estado, decir qué organismo de éste tiene que hacerla, para que no haya dispersión, para que no haya cuatro reparticiones públicas haciendo el mismo trabajo. Es al Instituto de Investigaciones Agropecuarias al que se le da la facultad de hacerlo, sin perjuicio de que también puedan efectuarla las universidades y las instituciones privadas que lo deseen. La ley no los limita ni podría limitarlos, sino que, sencillamente, faculta al Presidente de la República para que, dentro de los organismos del Estado que corresponda, pueda decir quién tiene que hacerlo. "Establecer estímulos a la investigación privada en dicha materia e indicar las normas a que deberá ceñirse para obtener estas ventajas". En Chile, en este momento, prácticamente no hay ningún estímulo específico a las organizaciones o cooperativas productoras que quieran dedicarse a la investigación agrícola. Existen varios frentes de acción, varios programas en manos de organizaciones o cooperativas agrícolas. Incluso hay algunas de ellas, como Su Señoría sabe, cuyo objetivo especial es la investigación en materia de semillas y producción de las mismas. Entiendo que hay una cooperativa de este tipo en la provincia de Cautín y otra en la de Ñuble. Se pretende establecer estímulos para que esta tarea de investigación pueda progresar más y pueda haber más interés de parte de los agricultores productores. En materia de comercialización interna, todos sabemos que en asuntos de semillas hay comercio honesto y deshonesto y que muchos agricultores que necesitan adquirir semillas a veces no tienen a quien recurrir, con la urgencia del tiempo, compran cualquier cosa, caen en manos del comercio deshonesto y, en definitiva, pierden el año, pierden su dinero, fracasan, se frustran. En este sentido, hay que establecer algunas regulaciones en materia de envase, de almacenamiento, de transportes, de pureza, de contenido de maleza, de porcentaje de germinación, de tratamiento sanitario, etcétera, todo lo cual tendería a asegurar que el productor disponga, verdaderamente, de semillas de la mejor calidad. Hay que establecer también los métodos de fiscalización, las prohibiciones y los organismos encargados de efectuarlas. Asimismo, hay que determinar los organismos encargados de regular el mercado interno de semillas, evitando que se produzca acaparamiento, alzas en los precios; o sea, racionalizar la comercialización de las semillas. En materia de comercialización externa, hay necesidad de definir los requisitos que deberán cumplir los interesados en importar y exportar semillas, como asimismo las exigencias en materia de calidad, de envase, de sanidad, que deberán reunir las semillas en este caso, a fin de no caer en desprestigio frente a los mercados que en este momento se están abriendo y que son realmente interesantes. En este sentido, al final de la exposición que estoy haciendo, voy a dar alguna información. Determinar también los estímulos económicos que podría establecer el Poder Ejecutivo para fomentar las exportaciones de semillas, como por ejemplo, la posibilidad de derechos aduaneros, el "draw-back", en fin, para los efectos de estimular las exportaciones y dar participación a los organismos estatales en materia de autorizaciones, de control, de análisis, de calidad, de registro, para racionalizar y simplificar, hasta donde sea posible, las exportaciones y garantizar la calidad de las semillas exportadas ante los compradores extranjeros. En materia de control, lo que se persigue es definir los organismos encargados de controlar la producción, procesamiento, comercialización interna, importaciones y exportaciones de las semillas mejoradas. En esta materia, decía el Diputado señor Riesco que hay un convenio entre el Ministerio de Agricultura y la Asociación de Productores de Semillas. Esta nueva legislación no viene a echar por tierra ni a destruir este convenio, porque es una cuestión voluntaria; no lo toca. Como el señor Diputado sabe, este convenio tiende a financiar, en una medida importante, los gastos que tiene el Servicio Agrícola y Ganadero para controlar la calidad de las semillas certificadas, el estado de preparación del suelo de la siembra, de la semilla de exportación o de la semilla certificada que se va a reproducir; controlar la calidad sanitaria de la semilla y el estado de la sementera, en fin, todos los procesos que hay que seguir. El convenio no tiene, en general, otro objetivo que ayudar al Servicio a financiar los costos que estos controles significan, y naturalmente que el proyecto de ley, o la ley que se estudiaría, en este caso, no iría en contra de este convenio, sino que más bien tendería a hacer posible la colaboración del sector privado con el Estado, para lograr una mejor calidad de la semilla y un mejor control. En definitiva, se pretende organizar el registro de investigadores particulares de semillas, que es algo que simplemente no está organizado; organizar el registro de especies y variedades aptas para la certificación -cosa que tampoco está completa, en el país-; organizar el registro de multiplicadores de semilla certificada; organizar los registros requeridos para regular el comercio interno y externo de semillas mejoradas. Por último, se habla también de la posibilidad de modificar la legislación vigente para revisar las distintas sanciones destinadas a castigar las infracciones a la ley; establecer los organismos encargados de aplicar las sanciones y, tercero, establecer los recursos que pueden interponer los afectados por una sanción, porque no se pretende dejar en la indefensión, frente a una medida administrativa, a quien ha cometido una infracción. Todo esto iría en la ley. Señor Presidente, quiero aprovechar la pregunta que ha hecho el señor Diputado para decir aquí, en la Cámara, que una de las líneas más promisorias en cuanto a actividad agrícola es, precisamente, producir semillas para el consumo interno, semillas de calidad, esto es, lo que técnicamente se conoce y entiende que debe ser una semilla, no cualquier cosa. Y no sólo para el consumo interno se requiere ampliar muy rápidamente el uso de la simiente de alta calidad, mejorada, sino que también, de manera muy importante, para constituir un rubro de exportación en el país. Para estos efectos, y para llevar adelante la política semillera en el país, se constituyó, hace tres años, la Empresa Nacional de Semillas, en la que tienen participación la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio Agrícola y Ganadero, el Instituto de Desarrollo Agropecuario, y el Banco del Estado, y no recuerdo, en este momento, qué otro organismo del Estado, para los efectos de llevar adelante la política semillera en todo lo que está en nuestras manos poder hacerla. Y esta empresa se ha encargado de fomentar la producción de semillas de alta calidad para consumo interno, y es así como en el caso del arroz -donde antes no había producción de semillas certificada, salvo en una proporción muy pequeña, que se obtenía en Talca- ya para la siembra de este año, por ejemplo, alrededor de la mitad de la superficie que se va a sembrar de arroz y que va a pasar de treinta y cinco mil hectáreas va a contar con semillas de alta calidad producidas precisamente por esta tarea de la Empresa. Además, se ha aumentado de manera bastante importante el uso de semillas mejoradas en papas, en forrajeras, en hortalizas, y se está en este momento propiciando fomentar la exportación. En el curso del año, la Empresa Nacional de Semillas exportó al Uruguay, y creo que a una parte de Brasil, alrededor de 60 a 80 mil dólares en semillas forrajeras, fundamentalmente, y en este momento está cerrando negociaciones con importadores de Argentina para exportar semillas forrajeras por alrededor de 500 mil dólares, medio millón de dólares. O sea, éste es un rubro que da mucho trabajo dentro del propio país a los agricultores chilenos y da también divisas, porque es un producto de alta calidad que procede de nuestro país. Es una actividad prácticamente nueva e importante, a la vez que promisoria, que permitiría, por otro lado... El señor MERCADO (Presidente).- ¿Me permite, señor Ministro? El Diputado señor Arnello desea una interrupción de su parte. El señor ARNELLO.- No, después que termine. El señor MERCADO (Presidente).- Puede continuar el señor Ministro. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Sí, ya voy a terminar. Es muy breve. En este momento se están cerrando negociaciones con algunos importadores de semillas de Brasil, con algunos Estados de Brasil, precisamente para exportar semillas de cebolla y de zanahoria en cantidades realmente importantes, que pueden llegar para el próximo año, para ,1970 ó 1971, a más de un millón de dólares. La Empresa Nacional de Semillas está abriendo mercados para la semilla chilena en los países latinoamericanos. Como es natural, en las primeras exportaciones se han presentado algunos problemas. No ha sido fácil lograrlo. Hemos tenido competencia de países como Nueva Zelandia, Canadá y Australia, sobre los cuales nosotros nos hemos impuesto por calidad y en competencia de precios en el mercado de Uruguay y ahora en el mercado de Argentina y también en el de Brasil. Nada más. Muchas gracias. Concedo una interrupción al señor Diputado. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el señor Riesco. El señor RIESGO.- Muchas gracias. Quería simplemente decirle al señor Ministro que la razón por la cual yo le había pedido precisar el alcance de esta disposición legal era que no dejaba de parecerme raro que, después de haberse dicho a los productores de semillas que se iba a mandar un proyecto de ley que regularizara estas materias, se recurriese a un producto que trata sobre otra materia para agregar un artículo en el cual se autoriza al Presidente de la República para determinar todas estas materias, y no oír la opinión de los diferentes sectores que van a ser afectados en este sentido, como tendría que ocurrir al ser discutido un proyecto de ley que legislara sobre semillas. En todo caso, he pedido al señor Ministro que aclare estos conceptos, porque, evidentemente, se nos está pidiendo a los Diputados que autoricemos una disposición legal sin saber de qué se trata. Era todo cuanto quería decir. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- ¿Me permite, señor Presidente? El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Muy brevemente, quiero informar a los señores Diputados que justamente el proyecto de ley ha sido preparado con la colaboración de los productores de semillas que, además, como los Diputados saben, forman parte de la Empresa Nacional de Semillas, y las organizaciones de semilleristas que hay en Chile. Y la verdad es que ha sido un ejemplo esta colaboración recíproca entre los servicios del Estado relacionados con la agricultura y los productores de semillas. Sobre este punto que plantea el señor Riesco, de que aquí se estaría dando una facultad al Ejecutivo para legislar y que éste podría hacerlo de una manera distinta de la que ya estaría contenida en un proyecto de ley, quiero decir a los señores Diputados que el análisis que he dado aquí de los distintos puntos sobre los que se legislará, y cómo se legislará, son precisamente un resumen de lo que es este anteproyecto de decreto con fuerza de ley. Además, quiero citar aquí otro precedente. En la Ley de Reforma Agraria se facultó, bajo ciertas normas de carácter general, por así decirlo, al Poder Ejecutivo para legislar por medio de decretos con fuerza de ley en materia de reforma agraria y de la ley de alcoholes. Y la verdad de las cosas es que esta legislación nueva en materia de alcoholes hasta ahora ha funcionado bien. El Congreso determinó los puntos sobre los cuales se iba a legislar, porque ya se tenían estudiados de antemano; recibimos la autorización, dictamos los decretos con fuerza de ley, con la colaboración de las organizaciones de productores y representantes de toda la gama, desde quien produce hasta quien comercia los alcoholes. Hasta ahora, por lo menos, yo no he tenido quejas ni he oído críticas de como quedó la ley de alcoholes, sino que, fundamentalmente, he oído todo lo contrario: elogios sobre como quedó el decreto con fuerza de ley y cómo está funcionando. Es posible que pueda tener defectos; es posible, pero en general, en este caso de los alcoholes y, en particular, en el caso de las semillas, se trata de una legislación de contenido estrictamente técnico, como lo he dado a conocer aquí. Por consiguiente, sería inoficioso distraer la atención de la Cámara por muchos días o semanas, cuando podríamos hacerlo por la vía de la autorización al Ejecutivo para legislar sobre esta materia. Nada más. El señor ARNELLO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Amello. El señor ARNELLO.- Señor Presidente, quiero solicitar al señor Ministro una información sobre lo que se comprende en la letra h) del artículo 1º. Porque allí, al parecer, no habrían funcionado tan bien todas las disposiciones dictadas en materia de alcoholes, ya que aquí se modifican varias. En el inciso segundo de la letra h) se establece lo siguiente: "Declárase que las modificaciones a la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, introducidas por las letras g) y h) precedentes, han regido desde el 15 de abril de 1968.". Yo no sé, señor Presidente, por qué se ha fijado esa fecha, ni a qué se refiere la fecha que han indicado; porque, en el inciso tercero se favorece a las personas que no han pagado las multas con la posibilidad de pagar multas inferiores, bastante inferiores, y los que han pagado, como señalaba el señor Sharpe, quedan pagando, de todas maneras, el exceso. Por eso, yo quiero preguntar: ¿qué sentido y qué razón tiene esa disposición? El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Puede usar de la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Desde luego, no es para dar respuesta al señor Arnello. He pedido la palabra solamente para evitar que se cierre el debate y poder hacer una petición de tipo general. Yo me referí a los pequeños arrendatarios agrícolas y, también, a los pescadores artesanales, y manifesté preocupación por ese sector. Quiero hacer presente a la Sala que en la Comisión de Trabajo, durante el período ordinario de sesiones, ha habido especial preocupación por el estudio de un proyecto destinado a dar previsión social a los pescadores artesanales. En esa Comisión han manifestado y dado su voto favorable a esta iniciativa el colega Arnello, del Partido Nacional; el colega Soto, del Partido Radical; el colega Mosquera, del Partido Demócrata Cristiano; y el colega Hernán Olave, del Partido Socialista. De modo que, habiendo interés de todos los sectores para que estos pescadores, estos trabajadores, tengan previsión, yo quería solicitar a la Sala que tuviera la benevolencia de dar su asentimiento para enviar oficio al Ejecutivo, pidiéndole que incluya en la convocatoria de la legislatura extraordinaria el proyecto destinado a dar previsión a los pescadores. Eso es todo, señor Presidente. Ruego que recabe el asentimiento. El señor HUEPE.- Una interrupción... El señor MERCADO (Presidente).- Solicito la venia de la Sala, para enviar el oficio solicitado por el Diputado señor Acevedo. ¿Habría acuerdo? El señor HUEPE.- ¿Me da una interrupción, colega? Pido una interrupción sobre esto mismo, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Excúseme, señor Diputado. Pareciera que el señor Diputado quiere coincidir con el señor Acevedo. El señor HUEPE.- Es solamente para dar una información, señor Presidente, que creo de interés, relacionada con lo que plantea el señor Acevedo. Hace pocos días, se desarrolló en Talcahuano, provincia de Concepción, un Congreso Nacional de Pescadores. Y el señor Ministro de Economía... El señor ACEVEDO.- Yo informé. El señor HUEPE.-...en su discurso, precisamente, anunció el envío de este proyecto. Por lo tanto, yo creo que, desde luego, la petición a la Sala no estaría de más; pero quiero solamente informar a los colegas que el Ministro de Economía, en una exposición muy documentada, dio a conocer el espíritu que guía al Gobierno en el envío de un proyecto que da previsión a los pescadores, cuyo pronto envío a esta Honorable Cámara anunció. Nada más, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- ¿Habría oposición de la Sala para enviar el oficio solicitado por el Diputado señor Acevedo? Varios señores DIPUTADOS.- No. El señor MOSQUERA.- Hay acuerdo. El señor MERCADO (Presidente).- No hay acuerdo. El señor MOSQUERA.- ¿Quién se opone? Varios señores DIPUTADOS.- Hay acuerdo. El señor MERCADO (Presidente).- Excúseme, señor Diputado, ¿hay acuerdo, o no hay acuerdo? El señor MOSQUERA.- Hay acuerdo. El señor MERCADO (Presidente).- Acordado, Señor Acevedo, ¿va a continuar? El señor ACEVEDO.- No, señor Presidente. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Para contestar, señor Presidente, a la pregunta que hace el Diputado señor Arnello. La fecha que aparece aquí, en la letra h), se refiere al 15 de abril de 1968, que es la fecha en que fue publicado en el "Diario Oficial" el decreto con fuerza de ley Nº 8, que modifica la Ley de Alcoholes. Y, en seguida, respecto al otro punto, de que, "sin embargo, dichas modificaciones no serán aplicables a las multas que se hubieren pagado a la fecha de la publicación de la presente ley", claro que es una cosa que ya está hecha. En seguida, la disposición agrega: "Facúltase al Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero para rebajar, conforme a las citadas modificaciones, las multas que se hubieren aplicado por resoluciones que se encuentren ejecutoriadas a la fecha de la publicación de la presente ley, siempre que las personas afectadas no las hubieren pagado." O sea, hay dos situaciones sobre la base de que la ley empiece a regir tal como aquí se plantea, en este proyecto. Quienes pagaron la multa, naturalmente ya están cumpliendo; pero el hecho concreto es que hay algunos infractores que no han podido pagar dicha multa, porque, de acuerdo con la legislación vigente, aquellas multas son excesivas, y el mismo proyecto de ley se propone modificar la forma de regularlas. En el informe que leyó el señor Diputado informante, se dice lo siguiente: "La actual disposición es de monto fijo, sumamente excesivo y es así cómo se han producido casos en que las multas han ascendido a sumas que fluctúan entre Eº 4.000.000 y Eº 6.000.000, lo que hace imposible su cobro, en relación al capital del infractor. Ahora bien, la modificación propone dar una mayor flexibilidad a esta disposición y en consideración a los antecedentes acumulados en cada caso, el Servicio Agrícola y Ganadero aplicará la multa pertinente, sin pretender atenuarla multa sino que hacerla operante". Naturalmente, las leyes rigen desde el mismo momento en que se dictan; por tal efecto, si alguien no ha podido pagar la multa, porque su capital sobre el cual se puede hacer efectiva la multa, es tan limitado que es imposible hacer operante la ley, se faculta al Servicio Agrícola y Ganadero para que, en esos casos, pueda regular la multa y ajustaría a las condiciones del infractor, a lo que el infractor pueda realmente pagar; de modo que no sea imposible el procedimiento, como sucede en la actualidad. Nada más, señor Presidente. El señor ARNELLO.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ARNELLO.- Señor Presidente, en todo caso, me llaman la atención dos hechos. Primero, que no obstante la explicación del señor Ministro, no he podido encontrar la relación entre el decreto con fuerza de ley Nº 8 y el 15 de abril, porque este decreto tiene fecha 15 de enero de 1968, y no 15 de abril. En consecuencia, habría cuatro meses de diferencia entre el decreto con fuerza de ley Nº 8 y la fecha señalada en el proyecto. La segunda consideración es que, si se estima -me parece- conveniente establecer por medio de esta ley un beneficio a no sé qué personas, que resultarán beneficiadas al declararse retroactivamente la vigencia de la ley para los efectos de disminuir una sanción, no parece que fuere de justicia establecer que las personas que cumplieron de todas maneras con el pago de la multa, tengan una sanción mayor que las que no han cumplido. De modo que como está la disposición y no obstante la explicación del señor Ministro, no parece aceptable, porque no tiene la claridad suficiente para no prestarse a malos entendidos. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- Solamente para reiterar que la fecha tengo entendido que es la del 15 de abriles la fecha de la publicación del decreto con fuerza de ley en el "Diario Oficial", y no la fecha de emisión o firma del decreto. Nada más. El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto en general. Acordado. En discusión particular el proyecto. Los artículos 1º, 2º, 4º, 5º y 6º se declaran aprobados, por no haber sido objeto de modificaciones. En discusión el artículo 3º, con la indicación. Se va a dar lectura a la indicación. El señor MENA (Secretario).- El señor Amello ha presentado una indicación para que el Nº 5 del artículo 3º sea reemplazado por lo siguiente: "Se suprime el artículo 57 del decreto con fuerza de ley Nº 9, de 1968". El señor MERCADO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación el artículo, con la indicación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 30 votos. El señor MERCADO (Presidente).- Rechazado el artículo con la indicación. Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo primitivo, en su forma original... El señor PHILLIPS.- Con nuestra abstención. El señor MERCADO (Presidente).-...con la abstención de los Diputados nacionales. Acordado. Despachado el proyecto. 10.- HOMENAJE A LA MEMORIA DE DON HUMBERTO MOLINA LUCO, EX INTENDENTE DE VALPARAISO. El señor MERCADO (Presidente).- Entrando en la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano. El señor GIANNINI.- Pido la palabra. El señor MERCADO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GIANNINI (de pie).- Señor Presidente, hoy la Cámara de Diputados ha dado testimonio de homenaje, reconocimiento y respeto a la memoria de un hombre ilustre. No habiendo estado en esa oportunidad en la Sala, me sumo ahora, en nombre de mi partido, a este homenaje. Bondad, abnegación, rectitud invariable, esfuerzo permanente, notable capacidad y generosidad inagotable, fueron signos cristalinos de la personalidad de don Humberto Molina Luco, hijo ilustre de Valparaíso y ejemplo para su patria. Tantas fueron sus obras, tantos sus desvelos por sus semejantes, tantos y tantos testimonios vividos de rectitud y nobleza en su tan dilatada y fecunda acción, que han dejado, en el paso de don Humberto Molina Luco, un sello imborrable, que bien merece que queden no sólo como recuerdo, sino como meta permanente de emulación. Con razón, alguien dijo, al darle su postrer adiós, que si cada uno de los que recibieron de él una bondad, una ayuda oportuna, un servicio eficaz, hubiera traído una rosa como muestra de su gratitud y aprecio, don Humberto Molina Luco dormiría su sueño de paz bajo una hermosa montaña de flores. Su vida fecunda en realizaciones la supo completar formando una familia ejemplar, a la que he tenido el privilegio de conocer y apreciar. Llegue a ella de nuestra parte -y sírvase así disponerlo, señor Presidente- junto con nuestras sentidas condolencias, el más sincero testimonio de profundo respeto y reconocimiento a la memoria de don Humberto Molina Luco. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Señor Diputado, en realidad, el envío de la nota que usted solicita ya se acordó por la Sala. El señor SEPULVEDA.- Sin perjuicio de que se pueda mandar en nombre del propio señor Giannini y de los Diputados que lo soliciten. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se acordó enviarla en nombre de la Cámara. 11.- CONGRESO CONSTITUYENTE DE LA CONFEDERACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CHILE. POLITICA DE TRANSPORTE DEL GOBIERNO. El señor URRA.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor URRA.- Señor Presidente, la celebración del Congreso Constituyente de la Confederación Nacional del Transporte Terrestre de Chile, que se efectuará en Santiago los días 6, 7 y 8 de diciembre del presente año, nos mueve a los parlamentarios que hemos estado comprometidos, en alguna forma, en tareas de asistencia permanente a los dirigentes gremiales que hoy encabezan la Confederación, a entregar algunas reflexiones acerca de los trabajos cumplidos por el equipo que actualmente tiene la responsabilidad de orientar, estimular y conducir a 100 mil personas que se encuentran afiliadas a algunas de las Confederaciones o Asociaciones nacionales que integran la Confederación Nacional del Transporte Terrestre de Chile. Este Congreso tendrá 11 Comisiones que, formadas por 9 delegados cada una, tratarán, básicamente, los siguientes temas: creación del Ministerio del Transporte; créditos y su financiamiento; costos y tarifas; importaciones, fundamentalmente a través de cooperativas; sistemas de seguros, legislación tributaria y peaje; legislación del tránsito y transporte; representación de la Confederación y de los gremios asociados en los organismos intermedios; integración latinoamericana del transporte terrestre; reciprocidad, equipos y trato equivalentes; registro del porteador profesional; previsión para los transportistas del país; la industria automotriz en relación con la política del transporte; organización y financiamiento de los gremios del transporte; y, en general, materias que tengan atingencia con las preocupaciones vitales de cada una de las confederaciones afines. Las personas que hoy encabezan la Confederación Nacional del Transporte representan a la Confederación Nacional de Dueños de Autobuses, a la Confederación Nacional de Dueños de Camiones, a la Federación Nacional de Choferes de Taxis y a la Asociación General de Líneas de Taxibuses de Chile. Estos gremios agrupan actualmente a 100 mil personas que se encuentran vinculadas directa e inmediatamente a las tareas y transporte terrestre de cargas y pasajeros en Chile. Es importante entregar un breve resumen de las principales tareas cumplidas por los dirigentes nacionales de la Confederación, encabezada por Adolfo Airola Quiñones, actual Presidente nacional de esta entidad y Regidor de la I. Municipalidad de Valparaíso; Froilán Cisterna Messina, Presidente Fed. Sindicatos de Taxistas; Juan Vergara Varela, Presidente Asociación Líneas de Taxibuses; León Vilarín Marín, Presidente Confederación Nacional de Camiones; René Concha Zárraga, Secretario General; Hermes Vargas Salvo, Secretario General; Manuel Cobián Aliaga, Secretario General; Rolando Soto González, Secretario General. En este terreno es importante acentuar que éste es el Congreso constituyente de la Confederación Nacional del Transporte, y como tal tiene la misión inicial de completar la organización nacional de los gremios del transporte, desde Arica a Magallanes, a través de consejos regionales que reúnan a las cuatro asociaciones bases y procure, a través de ellas, un fortalecimiento de la organización nacional con sede en Santiago. En segundo lugar, es importante acentuar el interés que tienen los transportistas del país en la creación de un Registro Nacional del Porteador Profesional, hoy preocupación fundamental de la directiva nacional de la Confederación. Hoy, junto con el Diputado señor Emilio Lorenzini y los dirigentes nacionales de la Confederación hemos entregado a la Comisión de Economía del Senado un conjunto de indicaciones que dan forma al Registro Nacional del Porteador Profesional en la forma en que lo han solicitado, primariamente, los gremios interesados directamente en este problema. Hemos conversado con cada uno de los miembros de la Comisión de Economía del Senado, representantes de diferentes partidos políticos, los cuales, en principio, han comprometido su respaldo y, en definitiva, su decisión para la creación de este registro del porteador profesional en la forma indicada en las indicaciones referidas. Deseo solicitar que se agregue a mi intervención el texto de estas indicaciones, que crean el Registro Nacional del Transportista, que tengo en mi poder y que no voy a analizar en detalle en esta intervención. Es importante señalar que la creación del Registro Nacional del Transportista debe constar básicamente de una facultad por la cual se cree el Rol del Porteador de Pasajeros y el Rol del Porteador de Cargas a cargo de un Registro Nacional del Porteador Profesional Terrestre de pasajeros y cargas, que deben estar constituidas por un Consejo Nacional con domicilio en Santiago, integrada por siete miembros designados por el Presidente de la República en nómina de 21 personas que deberá proponer la Confederación Nacional del Transporte. Este registro debe naturalmente, tener carácter de imperativo para su afiliación y real vigencia a través del país, a fin de fijar, definitivamente, la dotación que corresponde, de acuerdo con las necesidades de cada una de las provincias, a los gremios que se interesen por establecer las condiciones de trabajo, en lo que respecta a la locomoción colectiva, al transporte de carga por camiones y, en general, al transporte de carga de pasajeros en el país. Esta tarea del Registro Nacional del Porteador Profesional es la base primaria para llegar finalmente a lo que durante mucho tiempo han estado exigiendo las personas vinculadas al trabajo de los transportistas terrestres en Chile: una fórmula que les permita entregarse a sí mismos algún sistema previsional, sistema que garantice, con un financiamiento permanente y sistemático, las condiciones indispensables que los empresarios y los trabajadores vinculados al transporte terrestre están exigiendo al Congreso Nacional y, naturalmente, también al Gobierno. La previsión para los transportistas del país es una de las preocupaciones vitales de los dirigentes nacionales de la Confederación del Transporte, y será, naturalmente, materia de un acucioso debate y análisis en su Congreso Nacional que se celebrará en el mes de diciembre. También quisiéramos destacar, en forma muy especial la tarea cumplida por la Confederación Nacional en estos días para fijar definitivamente un marco de participación a los gremios, de los transportistas ante la Junta Reguladora del Tránsito en cada una de las provincias del país. Es esencial, y así lo entienden los dirigentes nacionales, que se dé participación, escuchándoselos oportunamente, a los gremios del transporte en las materias sobre las cuales deben decidir las personas que integran la Junta Reguladora en cada una de las provincias. Nosotros creemos que este reconocimiento, obtenido a través de una participación responsable y sistemática de los dirigentes del transporte, debe ser brindado en cada una de las Juntas Reguladoras, y así lo están exigiendo, por estos días, los dirigentes nacionales de la Confederación. También queremos destacar la importancia que tiene, desde el punto de vista gremial, la organización definitiva de una entidad de esta naturaleza. Los dirigentes de la Confederación creen que el Congreso es, sin duda, el primer paso para llegar, en los hechos, a una organización realmente sólida, que, con raíces en cada una de las comunas y provincias del país, en alguna forma enfrente las responsabilidades y desafíos provenientes de las tareas que debe cumplir el transporte terrestre. Es decir, será la suya la tarea nacional de organización de las personas que se encuentran comprometidas en los servicios de transporte terrestre, locomoción colectiva o en carga a través de toda la nación. Esta tarea de dar cima a una organización nacional de una Confederación de Transporte, es, creemos, la primera etapa para llegar, definitivamente, a enfrentar y resolver, dentro de un marco unitario, los requerimientos que plantean las organizaciones gremiales que se preocupan de esta materia. Es el primer paso, en otras palabras, para llegar a dar una respuesta integral, en plenitud, a lo que los dirigentes de las distintas zonas del país están exigiendo a los dirigentes nacionales de la Confederación. A mi juicio, es importante destacar el papel que ha jugado, en el cumplimiento de las principales metas propuestas por el Gobierno, la Subsecretaría de Transportes y las realizaciones alcanzadas por su intermedio en los últimos cinco años. En este sentido, es importante entregar una síntesis sobre la política de transporte que ha cumplido el señor Sergio Saldivia, Subsecretario de Transportes, acompañado de un equipo que ha tratado de entregar una respuesta satisfactoria a las necesidades de los usuarios de los servicios de transportes del país y que los propios empresarios y trabajadores vinculados a estas organizaciones venían solicitado y exigiendo hasta el año 1964. Creemos que la Subsecretaría de Transportes, a través de la gestión, básicamente, de Sergio Saldivia y de personas como Guillermo Andrade, Jefe del Departamento de Transporte Caminero y Tránsito Público, ha respondido con eficacia, positivamente, a las exigencias que el país se planteaba el año 1964 y que hoy se van cumpliendo a través de la tarea efectuada por la Subsecretaría. Al asumir el mando, en 1964, uno de los problemas cruciales que enfrentó el Gobierno fue el dar solución integral al transporte en las diversas ciudades del país. Prueba de la situación caótica existente lo constituyen los artículos y crónicas periodísticas del año 1964, en que se enfatizaba, en el caso de Santiago, el hecho de que 2 millones 500 mil personas debían enfrentar diariamente graves conflictos provocados por la escasez de medios de transportes, las largas colas que debían hacer para trasladarse de un punto a otro, la lentitud, inseguridad e incomodidad de los antiguos vehículos existentes tanto de autobuses, taxibuses y taxis que durante cuatro años, no habían sido reemplazados ni aumentados. En el caso del resto del país, la falta de transporte entre las diversas regiones provocaba iguales y aun mayores problemas entre los usuarios. Frente a este cuadro desastroso, el Gobierno formuló un programa de acción que contempló básicamente dos etapas: aumento y reemplazo del parque de vehículos, con el esfuerzo coordinado del sector privado y estatal, y un ordenamiento de la operación administrativa y de las relaciones laborales. Yo solicitaría, señor Presidente, que se incluyera también en esta intervención una síntesis de la tarea cumplida en este plano y que ha sido entregada por los propios dirigentes de la Confederación Nacional del Transporte, a fin de valorar por los respectivos interesados -en este caso los gremios comprometidos en esta acción- las tareas que se han venido cumpliendo y la proyección que tienen las propuestas para los próximos meses. Yo quisiera destacar en este sentido, la importancia que tiene el programa de equipamiento del transporte para el período 1969-1970, a través de la importación de vehículos para el transporte terrestre y locomoción colectiva en los términos en que lo han venido pidiendo, insistentemente, las personas que se encuentran afiliadas a los gremios del transporte. En este sentido, quisiera recabar también el acuerdo de la Sala para incluir en esta intervención un cuadro estadístico muy completo, preparado por los equipos de trabajo de la Confederación, que nosotros creemos indispensable difundir, en el cual se muestran en forma exhaustiva los planes de equipamiento del transporte terrestre de carga y pasajeros para el año 1970, y su distribución a través del país en términos realmente justos y equitativos para cada una de las provincias y de los gremios asociados. Nosotros quisiéramos destacar... 12.- PROYECTO DE ACUERDO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Perdón, señor Diputado. Ha llegado la hora de votar los proyectos de acuerdo. Como no hay número en la Sala para tomar acuerdos, se llamará a los señores Diputados hasta por cinco minutos. Transcurrido el tiempo reglamentario: El señor SEÑORET (Vicepresidente).- El señor Prosecretario dará lectura a los proyectos de acuerdo. El señor LEA-PLAZA (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo de los señores Urra y Lavandero, y de la señorita Saavedra, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano. "Teniendo presente: "Que ha sido un propósito constante del legislador y de los Gobiernos de la Nación en las últimas décadas, procurar un efectivo desarrollo regional y una ordenada descentralización administrativa en el país. "Que este propósito se ha expresado en nuestra Constitución Política; en la creación de organismos de fomento regional; en la estructura funcional de determinados Servicios Públicos, y, últimamente, a través de la acción de ODEPLAN que ha promovido la elaboración de planes regionales de desarrollo económico y social, a través de sus oficinas locales. "Que, sin embargo, no han existido condiciones que hayan permitido una modificación sustancial de las estructuras orgánicas y administrativas de las zonas geoeconómicas del país, que permitan impulsar y asegurar la ejecución de planes de desarrollo regional, a través de una efectiva desconcentración de atribuciones y decisiones a nivel regional. "Que, en virtud de lo expuesto, la Cámara de Diputados adopta el siguiente "Acuerdo: "Solicitar a Su Excelencia el Presidente de la República se sirva disponer, si lo tiene a bien, que la Oficina de Planificación Nacional informe a esta Corporación: "1º.- Sobre los diversos planes que ha elaborado o proyecta formular sobre fomento de las diversas regiones del país; sobre el estado de su ejecución, en su caso; de los principales factores que han obstaculizado su realización, y sobre otros antecedentes que permitan establecer las bases de la política de desarrollo regional más conveniente para el país. "2º.- Que en consecuencia con los informes anteriores, el Ejecutivo presente un proyecto que considere las ideas o conclusiones contempladas en los mismos, y, en especial, disposiciones orgánicas sobre Administración Regional que establezca un adecuado grado de descentralización para las decisiones y ejecución de los referidos planes". El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se declarará obvio y sencillo este proyecto de acuerdo. El señor GODOY.- No. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum. El señor LEAPLAZA (Prosecretario).- Han votado solamente 20 señores Diputados. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- En consecuencia, corresponde repetir la votación. -Efectuada nuevamente la votación en forma económica, no hubo quórum. El señor LEAPLAZA (Prosecretario).- Han votado solamente 23 señores Diputados. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se va a repetir la votación por el sistema de pie y sentados. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema de pie y sentados, no hubo quórum. El señor LEA-PLAZA (Prosecretario).- Han votado solamente 22 señores Diputados. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se va a llamar a los señores Diputados hasta por dos minutos. El señor BASSO.- ¿Por qué? ¿Lo establece el Reglamento? El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Es por la circunstancia de que hay número en la Sala, pero no hay quórum de votación. Corresponde, en consecuencia, llamar nuevamente a los señores Diputados hasta por dos minutos. -Transcurido el tiempo reglamentario: El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se va a proceder a tomar votación en forma nominal. Si hubiera asentimiento unánime, podría votarse nuevamente por el sistema de pie y sentados. Acordado. -Efectuada nuevamente la votación en forma económica, por el sistema de sentados y de pie, no hubo quórum. El señor LEA-PLAZA (Prosecretario).- Han votado solamente 22 señores Diputados. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- No hay quórum. 13.- CONGRESO CONSTITUYENTE DE LA CONFEDERACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CHILEPOLITICA DE TRANSPORTE DEL GOBIERNO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Corresponde seguir con la Hora de Incidentes. Estaba con el uso de la palabra el Diputado señor Urra. Antes de que el señor Diputado continúe, aprovechando que en este momento hay número en la Sala, solicito el asentimiento de la Cámara para incorporar a la versión los documentos a que se ha referido el señor Urra. El señor GODOY.- No. El señor URRA.- ¿Me permite? Como información a la Cámara. .. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor URRA.- Señor Presidente, pido que nuevamente recabe el asentimiento de la Sala, porque estoy entregando estos antecedentes a requerimiento de los dirigentes nacionales de todos los gremios del transporte, que pertenecen a todas las tiendas políticas. Dichos documentos no responden a un trabajo de elaboración personal o a un compromiso político del Partido Demócrata Cristiano. Deseo informar a los señores parlamentarios que han llegado atrasados a la Sala, que estoy comentando la celebración de un Congreso Nacional de los gremios del Transporte Terrestre de Carga y Pasajeros, en el cual, repito, se han entregado antecedentes que los dirigentes nacionales estiman necesario difundir a través de sus bases en todo el país. No es un compromiso político de un partido. Parte de estos antecedentes han sido discutidos en la Comisión de Economía del Senado y aprobados por todos los parlamentarios. Es un congreso de carácter netamente gremial que no responde a ningún propósito de tipo político. Por estas razones, pido que la Cámara tenga a bien acordar que se inserten en la versión estos documentos, que han sido entregados por los propios dirigentes gremiales, quienes estiman necesario divulgarlos a través del país entre sus asociados. No tiene ningún otro objetivo. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Voy a consultar nuevamente a la Sala si hay asentimiento para incorporar a la versión los documentos a que se ha referido el señor Urra. El señor GODOY.- No hay acuerdo. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Urra. El señor URRA.- Voy a proceder a leerlos. El señor MONCKEBERG.- Lentamente, para poder entenderlos. El señor URRA. En el proyecto de ley que han solicitado los dirigentes nacionales del transporte terrestre, se han establecido, a través de las indicaciones que se han elaborado para ser presentadas en la Comisión de Economía del Senado, disposiciones de esta naturaleza: "El Registro será llevado en calidad de Ministro de Fe, por el Secretario General Abogado, que será designado por el Consejo Nacional". "Al solicitar la placa-patente para el o los vehículos de su propiedad, el interesado deberá acreditar ante la Municipalidad, estar inscrito en el Registro Nacional del Porteador Profesional y ser socio activo de una institución gremial con personalidad jurídica, del transporte terrestre automotor". "El Consejo Nacional, velando por la dignificación de la actividad de los porteadores profesionales terrestres, deberá, dentro del plazo de sesenta días a contar de su designación, proponer a Su Excelencia el Presidente de la República, un proyecto de Código de Etica Profesional del Porteador Profesional Terrestre". "El Consejo Nacional del Registro deberá proponer a Su Excelencia el Presidente de la República, dentro del plazo de treinta días a contar de su designación, un proyecto de reglamento de la presente ley. Si transcurrido el plazo de sesenta días a contar de la fecha de recepción, Su Excelencia el Presidente de la República no hubiere formulado observaciones al proyecto de reglamento, éste se considerará tácitamente aprobado y el Consejo Nacional del Registro deberá publicarlo en el Diario Oficial para su puesta en vigencia". En lo que respecta al programa de equipamiento de transporte para los años 1969-1970, nosotros quisiéramos indicar el número de chasis para microbuses, de procedencia americana. Dentro del plan denominado técnicamente AID, al contado, para el departamento de Arica, 20 máquinas; departamento de Pisagua e Iquique, 10 máquinas; para el resto del país, 500 máquinas. En total, 530 máquinas. Valor en dólares: con un precio unitario de 4.600 dólares, las 630 máquinas tienen un valor total de 2.385.000 dólares. Chasis para microbuses de procedencia americana, AID, sistema de crédito: provincia de Chiloé, 10; provincia de Aisén, 10; para el resto del país, 480. Total, 500 máquinas. Promedio del precio unitario, 4.500 dólares. Valor total, 2.250.000 dólares. Chasis para taxibuses, de procedencia de toda el área, dentro del plan contado: 20 para los departamentos de Pisagua e Iquique; 10 para la provincia de Aisén; 20 para la provincia de Magallanes; para el resto del país, 600; total, 650, con un valor unitario de 3.200 dólares y un valor total de 2.080.000 dólares. Automóviles de alquiler (taxis), procedencia toda el área, dentro del plan contado: para el departamento de Arica, 250; para los departamentos de Pisagua e Iquique, 65; provincia de Chiloé, 10; provincia de Aisén, 10; provincia de Magallanes, 25; resto del país, 1.000. Total, 1.350 taxis, a un precio unitario de 2.500 dólares y un valor total de 3.375.000 dólares. Chasis para camiones, de 1.500 a 5.000 kilos de capacidad de carga, procedencia toda el área, dentro del plan contado. Para el departamento de Arica, 50; Pisagua e Iquique, 36; provincia de Chiloe, 20; provincia de Aisén, 25; provincia de Magallanes, 60; total, 180 máquinas. Precio unitario: tres mil dólares con un valor total de 540 mil dólares la importación. Chasis para camiones de 5.000 a 8.000 kilos de capacidad de carga; procedencia de toda el área, dentro del plan contado. Para el departamento de Arica, 25 máquinas; Pisagua e Iquique, 20; provincia de Chiloé, 15; provincia de Aisén, 20; provincia de Magallanes, 40; total, 120 máquinas a un precio unitario de cinco mil dólares con un total de 600 mil dólares la importación. Chasis para camiones de 8.000 a 12.000 kilos de capacidad de carga, procedencia de toda el área, dentro del plan contado. Para el departamento de Arica, 15; Pisagua e Iquique, 20; provincia de Chiloé, 10; provincia de Aisén, 10; provincia de Magallanes, 25; resto del país, 220. Total 450 máquinas, precio unitario: diez mil dólares y valor total: cuatro millones quinientos mil dólares. Chasis para buses interurbanos, procedencia de toda el área, dentro del plan contado, nos entregan para el resto del país, con excepción de Magallanes, Aisén, Chiloé; departamentos de Pisagua e Iquique y Arica, un total de 100 máquinas, con una valor unitario de nueve mil quinientos dólares y un valor total de 950 mil dólares. Buses carrozados interurbanos, de procedencia de toda el área; con 35% al con. tado, 15% a seis meses, saldo en 2 cuotas semestrales: Departamento de Arica, 5; departamentos de Pisagua e Iquique, 5; provincia de Chiloé, 6; provincia de Aisén, 6; provincia de Magallanes, 6; resto del país, 50; total: 78 máquinas, a un precio unitario de 27 mil dólares y un valor total de dos millones 106 mil dólares. Buses carrozados para turismo, procedencia de toda el área dentro del plan de crédito, para el resto del país, excluida la zona de excepción desde el punto de vista tributario: 10 máquinas, con un precio unitario de 20 mil dólares y un valor total de doscientos mil dólares. Finalmente, buses carrozados con capacidad para ruta de montaña, destina, dos al servicio entre Rancagua y el mineral El Teniente. Total: 50 máquinas con un valor unitario de 36 mil dólares y un valor total de un millón ochocientos dieciséis mil dólares. Esta es la proyección del plan de equipamiento para el transporte terrestre de carga y pasajeros para el año 1970, en la forma en que lo han venido exigiendo los dirigentes nacionales y la Confederación de Transportes Terrestres y a lo cual se ha accedido en principio por la Subsecretaría de Transportes y también, en definitiva, por el Banco Central. Nosotros quisiéramos indicar que en este momento, a instancias de la citada Confederación, se está estudiando un procedimiento especial de financiamiento, a través del Banco Central para satisfacer realmente las exigencias de los dirigentes y asociados del transporte terrestre, a través del país, en los términos en que han sido expuestos en la lectura de este programa de trabajo. Este procedimiento especial de financiamiento está en este momento en estudio en el Banco Central y es una de las tareas fundamentales que esperan resolver los dirigentes de la Federación hasta fines de diciembre, a fin de colocar en marcha el programa en los primeros días de enero del próximo año. Quisiéramos también indicar, en este mismo sentido, que la fijación de precios por parte de DIRINCO, en el plan denominado Arica, a los chassis y camiones, en los términos en que se ha hecho en estos días es una de las tareas fundamentales que preocupaban a los dirigentes nacionales y de la Confederación. La intervención de dirigentes del Ministerio de Economía en forma decidida, a través de la fijación de precios, como lo pedían los dirigentes, es también –repito-una de las misiones más importantes cumplidas por el Ministerio de Economía y también en definitiva, por la Subsecretaría de Transportes a instancias de los dirigentes nacionales de la Confederación. En este momento, el principal problema que se plantea dentro de la locomoción colectiva, en el proceso de la importación y adquisición de máquinas, es el que sufren básicamente, en la ciudad de Santiago y otros puntos importantes del país, un número aproximado a 700 modestos empresarios de la locomoción, que se encuentran comprometidos económicamente ante obligaciones pactadas con anticipación, que hoy día no pueden cumplir, por falta de financiamiento, en los términos en que se había considerado inicialmente por los propios interesados. La disposición de la Subsecretaría de Transportes para solucionar el problema de los modestos empresarios de la locomoción es, a mi juicio, una preocupación vital que debe interesar al Gobierno y a la Subsecretaría de Transportes en los próximos días. El pago estipulado de siete u ocho millones de pesos mensuales, que deben hacer estos modestos empresarios, por las máquinas que se comprometieron a adquirir con el plan contado, como se le denomina técnicamente, es, en estos momentos, absolutamente inadecuado frente al ingreso económico que tienen en estos momentos los modestos empresarios y por lo cual no pueden satisfacer el plan de financiamiento pactado con anticipación. Para solucionar esta situación, los dirigentes de la Confederación han estado pidiendo, por una parte, al Banco Central y, por otra, también a las propias firmas interesadas en el proceso de importación, Besa, AGESA, Salinas y Fabres e I. B. M., las condiciones económicas que permitan, en estos momentos, establecer una especie de moratoria de pagos, a fin de llegar en definitiva a una especie de renegociación de la deuda pendiente de estos 700 empresarios modestos de la locomoción, que no pueden realmente entregar el financiamiento comprometido inicialmente con las firmas. Creemos que la Subsecretaría de Transportes debe también, en esta materia, tomar algunas iniciativas, a fin de comprometer su respaldo y el del Banco Central, para solucionar el problema económico que se plantea en la locomoción colectiva, a causa del proceso de importación extraordinariamente gravoso para los empresarios modestos y, a la vez, en general, para todos los transportistas del país. Esta es, señor Presidente la información que queríamos entregar a la Sala de la Corporación y que no ha sido posible completar en detalle, en los términos en que lo habríamos querido, por la oposición de algunos Diputados del Partido Nacional, básicamente. Por eso es importante acentuar, en este mismo plano, que la preocupación que ha tenido el Gobierno frente al programa de transporte caminero y de locomoción, se puede sintetizar básicamente en lo siguiente: las Juntas Reguladoras Provinciales y Departamentales del Tránsito; la Junta Central de Vigilancia; la Oficina de Supervigilancia de los Servicios; la Escuela de Choferes de la Subsecretaría de Transportes; los aspectos laborales a cargo de la Comisión Mixta y, en definitiva, la formación de las cooperativas para el trabajo responsable y eficiente, a través del proceso de importación directa que puedan realizar estas entidades en la entrega de repuestos a los transportistas del país. La inversión en equipo de transporte terrestre entre 1965 y marzo de 1969, ha tenido el siguiente destino: 4.550 chasis de autobuses; 400 taxibuses carrozados; 1.560 camiones; 3.500 carrocerías de buses; 2.400 automóviles de alquiler; 1.000 motores y cajas de cambio para reposición; 480 buses carrozados para servicios interprovinciales de tipo pullman; 60 buses de turismo carrozados; 42 buses carrozados para colegios; y 30 autobuses carrozados para la zona austral. Esto representa una inversión global de 799.764.500 escudos de 1968, cifra que es superior a muchas de las inversiones realizadas en otros sectores de la economía y que ha significado tener en la actualidad una dotación de equipo de transporte de alta calidad, de pocos años de antigüedad, que permite operar el sistema con un alto grado de eficiencia y seguridad. Por otro lado, la importación de este equipo de la más avanzada tecnología permite disminuir costos y desarrollar otras industrias conexas, como es el caso de la fabricación de carrocerías que, a su vez, es fuente de ocupación productiva y de desarrollo de nuevas técnicas. En lo que respecta al funcionamiento de las Juntas Reguladoras del Tránsito, la acción de estos organismos, a los que se ha dado actividad y responsabilidad, ha traído como consecuencia la descentralización en la solución de muchos problemas... El señor SEÑORET (Vicepresidente).- ¿Me perdona? Ha llegado el término de su tiempo. El señor URRA.- Muy bien, señor Presidente. Queríamos destacar, en esta forma, la tarea final cumplida, en materia de política de transporte, por el Supremo Gobierno, la Subsecretaría de Transporte y, en definitiva, por la Confederación Nacional de Transporte Terrestre de Chile. 14.- MEDIDAS PARA PREVER LOS EFECTOS DE LAS SEQUIAS SOBRE LA PRODUCCION FRUTICOLA DE LAS PROVINCIAS DE ACONCAGUA Y VALPARAISO.- OFICIO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- A continuación, ofrezco la palabra en el tiempo del Comité Nacional. El señor GODOY.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Godoy. El señor GODOY.- Señor Presidente, los valles de las provincias de Aconcagua y Valparaíso poseen condiciones ecológicas, vale decir, de clima y suelo, realmente excepcionales para el desarrollo de la producción hortícola y frutícola, y sólo comparables con las de California, en Estados Unidos, lo que indica que debemos aprovechar al máximo estas aptitudes. Asimismo, otro factor extraordinariamente favorable que se agrega al anterior, lo constituye el hecho de que, mientras en Chile estamos en verano cosechando uvas, duraznos, chirimoyas, ajos, etcétera, en el hemisferio norte se encuentran en pleno invierno y, en consecuencia, la producción local de estas frutas y verduras se ha terminado. Tal circunstancia permite que los productos de estos valles tengan salida al mercado internacional en condiciones excepcionalmente ventajosos, ya que se benefician con los elevados precios que obtienen en ese mercado. Por otra parte, si consideramos que tarde o temprano será una realidad la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, y que podremos contar con un mercado andino en un futuro próximo, debiéramos aprovechar las condiciones naturales de la agricultura de esta zona para transformar a Aconcagua y Valparaíso en un solo y grande huerto frutal, cuya producción equivalga por hectárea, a lo menos a 10 veces el ingreso bruto de una hectárea sembrada con trigo, maíz u otros cereales, cosechas para cuyas producciones ha sido tan bien dotada la República Argentina. Esto quiere decir que, cuando exista una zona en que se intercambien libremente los productos, Aconcagua y Valparaíso podrían adquirir, con la venta de una hectárea de frutales, la producción de diez hectárea de rubros básicos para la alimentación popular. Pero, señor Presidente, la sequía que viene azotando por tres años seguidos a esta zona, amenaza directamente no sólo la producción de los huertos, sino que, desgraciadamente, está afectando a los árboles mismos, destruyendo así un capital que ha costado muchos años y muchos esfuerzos para lograr que ellos entren en producción. Durante estos dos últimos años se han logrado salvar por lo menos en parte, los huertos frutales de Aconcagua y Valparaíso, gracias a una muy estricta y justa distribución de las aguas de regadío, dándoles prioridad a estas plantaciones, en desmedro de otros cultivos; pero el día en que, como ha sido nuestra ilusión, ambas provincias estén totalmente plantadas, ante una nueva escasez de agua se va a producir un desastre inevitable si no se adoptan de inmediato las medidas que me permitiré proponer en el curso de esta intervención. Se ha observado que las sequías se repiten en Chile con una periodicidad aproximada de 20 años, o sea, tuvimos sequía en los años 1923 y 1924, 1946 y 1948 y luego en 1967, 1968 y 1969. Dicha escasez de agua se hace particularmente aguda en la primavera y otoño, ya que la cordillera del río Aconcagua es muy alta, lo que significa que las nieves que han caído durante el invierno sólo comienzan a derretirse con los calores del verano. Para solucionar este problema parcial de escasez de agua, me permito sugerir la construcción de un túnel de 1.340 metros de largo, con sus respectivas compuertas, para extraer las aguas de la Laguna del Inca, que queda frente a Portillo, y tapar los desagües naturales llamados morrenas, por las cuales el líquido está filtrándose constantemente. Constituirá así un embalse natural que permitirá vaciar sus aguas en los períodos de escasez que ya hemos mencionado. Dicha laguna dispone de un volumen de, más o menos, 80 millones de metros cúbicos de agua para su aprovechamiento y se calcula que si ella se vaciara totalmente, se demoraría siete años en recuperarse, pues su hoya hidrográfica es muy pequeña. Debe considerarse, además, que el agua del río Aconcagua se aprovecha tres veces durante su curso, pues los canales que la captan antes de llegar a San Felipe, la devuelven al cauce del río prácticamente en su totalidad, un poco más abajo de esta ciudad, fenómeno que vuelve a repetirse al oeste de la llamada Puntilla de Romeral, que queda frente a la antigua estación de Las Vegas, donde actualmente existen las obras de captación para el agua potable de la ciudad de Valparaíso. Con esta obra se salvaría la situación actual, que hace indispensable regar las arboledas en su período de floración, durante la primavera, para que la cuaja de las flores sea abundante, así como disponer del agua necesaria para los riegos de hortalizas, tales como tomates, cebollas, etcétera, que en esta etapa han sido recién transplantadas y, por consiguiente, es cuando más riego exigen. Pero, señor Presidente, la solución definitiva para el suministro de aguas de riego y potable de las provincias de Aconcagua y Valparaíso lo constituye la construcción de un tranque que acumule las aguas invernales, en un lugar que queda a 10 kilómetros al oriente de Los Andes, denominado Puntilla del Viento. La Asociación de Ingenieros Agrónomos de Aconcagua ha hecho gestiones para hacer realidad este ambicioso proyecto, que no sólo dará seguridad de riego a los terrenos actualmente bajo canal, tengan ellos derechos permanentes o eventuales, sino que también incorporarán al regadío 8.000 hectáreas del valle de Putaendo y 4.000 hectáreas de la zona de Chacabuco, provincia de Santiago, al construir un canal para la primera zona y darle seguridad de riego a la región de Polpaico. Esto significa que tendrían seguridad absoluta de riego las 62.000 hectáreas que abarcan las cuatro seciones del río Aconcagua, más las 6.000 de derechos eventuales, además de las 4.000 de la zona de Polpaico, e incrementarán en 8.000 hectáreas el regadío de la zona de Putaendo. Este tranque, que embalsaría 160 millones de metros cúbicos, tendría, además, la ventaja de regular las grandes crecidas que se producen aproximadamente a fines de diciembre en el río Aconcagua, evitando así la destrucción de numerosas poblaciones ribereñas ubicadas en las ciudades de Los Andes, San Felipe, La Calera, etcétera. La misión inglesa de Render, Palmer y Tritón, que realizó sus estudios en los años 1965 y 1966, asegura la factibilidad de esta obra, lo que puede comprobarse en un resumen de este trabajo hecho por el ingeniero agrónomo don Fernando Aguirre, de la Cooperativa Frutícola de Aconcagua. Sólo falta que se consulte en el Presupuesto Nacional la suma de Eº 1.500.000, para completar estos estudios y comprobar su costo que, según los ingleses, asciende a Eº 300.000.000, correspondiendo 180 millones de escudos a la construcción del tranque y Eº 120.000.000 al canal Putaendo, para lo cual solicito se oficie al Ministerio de Obras Públicas con el objeto de que se incluya dicha suma en el Presupuesto de la Nación del próximo año. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría al Ministerio correspondiente. 15.- FONDOS PARA DESAGUAR LA LAGUNA DEL INCA.- OFICIO El señor GODOY.- Asimismo, pido se oficie al Ministerio de Obras Públicas, a fin de que también se consulte en el Presupuesto de la Nación del próximo año la suma de Eº 14.000.000 que, según el Departamento de Riego, cuestan los trabajos necesarios para desaguar la laguna del Inca, trabajos que quedarían terminados en el plazo de un año. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría. El señor GODOY.- Gracias, señor Presidente. 16.- PROBLEMAS DE LOS PEQUEÑOS AGRICULTORES DE PUTAENDO Y PETORCA (ACONCAGUA).-OFICIOS El señor GODOY.- Al margen de este problema y de las soluciones que acabo de sugerir, existe otro de no tanta envergadura económica, pero que abarca un aspecto social y de justicia que es indispensable solucionar a la brevedad posible. Los pequeños agricultores del valle de Putaendo y Petorca, impresionados por las abundantes y prematuras lluvias de principios de año, se comprometieron en diversas siembras, creyendo así resarcirse de las pérdidas ocasionadas por la sequía del año anterior. Lamentablemente, las lluvias cesaron bruscamente y estos pequeños productores se encuentran de nuevo ante el angustioso problema de no tener ingresos al fin del año agrícola y de haberse endeudado fuertemente con diversas instituciones del Estado. En consecuencia, solicito se oficie al INDAP, al Banco del Estado y a las instituciones que correspondan, a través de los Ministerios respectivos, para que envíen comisiones que constaten estas pérdidas y otorguen a los agricultores de estos valles las prórrogas o condonaciones que estimen de justicia. El señor SEÑORET (Vicepresidente.- Se dirigirán los oficios correspondientes. El señor GODOY.- Gracias. 17.- INSTALACION EN ACONCAGUA DE INDUSTRIA PRODUCTORA DE PULPA DE MADERA, CELULOSA Y PAPELES ESPECIALES El señor GODOY.- Por otra parte, es necesario considerar que el agua no sólo es indispensable para el consumo de los habitantes y para el regadío, sino que, muy fundamentalmente, es requerida para usos industriales.- Las provincias de Aconcagua y Valparaíso han elaborado un ambicioso plan de desarrollo industrial, respecto del cual cabe destacar la industria automotriz que se está instalando en la zona de Los Andes y San Felipe. En mi último viaje a los Estados Unidos, sostuve conversaciones con la Scott Paper Co., que es la más grande industria productora de pulpa de madera, celulosa y papeles especiales de ese país, la que quedó de estudiar la posibilidad de instalar una industria subsidiaria en el valle del Aconcagua, en la cual aportaría la tecnología y el 50% del capital, debiendo ser cubierto el otro 50% por inversionistas chilenos. Esta nueva industria utilizaría, como materia prima, el eucalipto, cuya particularidad es poseer una fibra corta que produce papeles de alta calidad. Este árbol, originario de Australia, se desarrolla en Chile con extraordinaria celeridad, encontrándose listo para su explotación al cabo de ocho años, lo que no ocurre en ningún otro país del mundo. El impedimento que encuentra la instalación de esta industria en el valle del Aconcagua es la escasez de agua, pues ella consume, en forma constante, grandes volúmenes de este elemento. En consecuencia, hago un llamado a mis colegas parlamentarios de las provincias de Valparaíso y Aconcagua, haciendo abstracción de nuestras ideas políticas, a fin de que logremos que puedan construirse las obras mencionadas que, en forma tan decisiva, contribuirán al progreso de estas provincias y al bienestar de sus habitantes. 18.- REFORMA DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. PROBLEMAS HOSPITALARIOS DE VALPARAISO.- OFICIO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra en el tiempo del Comité Nacional. El señor SCARELLA.- Pido la palabra. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SCARELLA.- Señor Presidente, voy a distraer nuevamente la atención de la Cámara en relación al problema de la salud en la provincia de Valparaíso. Los problemas hospitalarios en Valparaíso han hecho realmente crisis. Hay situaciones gravísimas en los hospitales de Quilpué y Viña del Mar, en especial en su maternidad; también en el Hospital Deformes, en el Van Burén, y en la Asistencia Pública de Valparaíso. Fundamentalmente son por carencia casi absoluta de material para trabajar y dar atención a la población obrera de nuestra provincia. Estos hechos son de tal magnitud que el viernes recién pasado el Colegio Médico celebró una asamblea para hacer presente, en forma pública, el desagrado que existe en el cuerpo médico por esta situación que ya es insostenible. Largo sería enumerar, señor Presidente, las múltiples deficiencias que aquejan a estos hospitales. Pero puedo decir una cosa muy importante: el clima existente en los hospitales de Valparaíso es de profunda frustración, porque el cuerpo médico no puede desarrollar en forma eficiente su labor indispensable para las clases más modestas de nuestra población; frustración también del esforzado personal del Servicio Nacional de Salud que, con un esfuerzo inmenso y con salarios muy bajos, presta sus servicios, al mismo tiempo que nota que la atención que se da es de baja calidad. Estos hechos, que afectan al Servicio Nacional de Salud, creo que son generales en el país. Tengo informaciones en el sentido de que estas graves deficiencias del Servicio se repiten en todo Chile. Creo que el Servicio está anticuado, no obedece a la realidad del tiempo presente y está sirviendo, en forma precaria, la misión que le encomendó la ley. Quiero destacar un hecho muy grave. Con la creación de la medicina curativa para los empleados, han aparecido dos tipos de medicina en el país. Una medicina, que podríamos llamar moderna y de buena calidad, es la de libre elección para los sectores de empleados; y una medicina, de segunda clase, para los obreros que no tienen acceso a la atención de ese tipo. El señor ACEVEDO.- Los atienden los mismos profesionales. El señor SCARELLA.- No es ése el problema; es que el Servicio Nacional de Salud no cuenta con los medios necesarios para atender esta población adecuadamente. En los hospitales de Valparaíso, y creó que en los hospitales del resto del país, se forman largas colas de enfermos que deben esperar, a veces meses, para poder ser intervenidos en una operación quirúrgica o atendidos en una policlínica. Debemos preocuparnos, en la Cámara, de reformar esta situación, y el Gobierno deberá patrocinar una reforma sustancial que permita a los obreros de Chile tener acceso a una medicina que corresponda a la segunda mitad del siglo XX. Esta mañana me dirigí al Gabinete del señor Ministro de Salud Pública, quien se mostró comprensivo con la situación de Valparaíso. Yo respeto profundamente al señor Ministro. El fue mi profesor en la Escuela de Medicina y lo sé un hombre preocupado de esta situación. Prometió que trataría de resolver, con la mayor brevedad posible, los problemas materiales de la provincia de Valparaíso. Espero que así lo haga. Pero estoy seguro de que lo que pueda hacerse allí será sólo una solución de parche. A mi juicio, debería buscarse y estudiarse, por todos los sectores políticos, una reforma del Servicio Nacional de Salud, conducente a hacerlo más eficiente. Creo que el problema de la salud, en Chile, está por encima de las banderías políticas; está por encima de las pequeñas divisiones que podamos tener. Esta motivación irá dirigida a buscar un entendimiento entre las diversas tendencias políticas de este Parlamento para iniciar, en la próxima legislatura ordinaria de sesiones, una legislación que permita modificar el Servicio Nacional de Salud. Estimo que obtendremos el apoyo de todos los sectores y, también, del Gobierno. Señor Presidente, quisiera que mis palabras llegasen oficialmente al señor Ministro de Salud Pública, porque, si bien tengo plena fe en que él va a cumplir con lo que me prometió esta mañana, deseo que esto quede oficializado, a fin de que se sepa que el Ministro adquirió hoy este compromiso. Nada más. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio al señor Ministro de Salud Pública, transcribiendo las observaciones formuladas por Su Señoría. El señor JAUREGUI.- Y en mi nombre, señor Presidente. El señor CARDEMIL.- También en el mío. El señor FERREIRA.- Y en mi nombre. El señor BARAHONA.- En mi nombre. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se dirigirá, también, en nombre del señor Jáuregui, del Comité Demócrata Cristiano y de los señores Ferreira y Barahona. 19.- APERTURA DE AGENCIA DEL BANCO DEL ESTADO EN LOS MUERMOS, MAULLIN (LLANQUIHUE).-OFICIOS El señor KLEIN.- Pido la palabra. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor KLEIN.- Señor Presidente, los Muermos, comuna perteneciente al departamento de Maullín, comprende una extensión geográfica de 1.200 kilómetros cuadrados y tiene una población aproximada de 15 mil habitantes, en una vasta zona productora. Sus pobladores, la mayoría medianos y pequeños agricultores, como, asimismo, comerciantes, profesionales, industriales, etcétera, se ven marginados algunos; y otros, con dificultades propias de situaciones geográficas de distancias para poder operar con instituciones bancarias, por no contar con un banco. Para los efectos señalados, deben trasladarse a la ciudad de Puerto Montt, con los consiguientes perjuicios de gastos por locomoción, estada de uno o más días y, a la vez, pérdida de trabajo. La apertura de una agencia del Banco del Estado en Los Muermos, no interferiría en absoluto las oficinas de Fresia y Maullín, puesto que no existe vinculación comercial alguna con ellas. Muchos clientes favorecerían al Banco con sus cuentas de ahorro y depósitos, a los que se agregarían los que se mantienen en bancos particulares en Puerto Montt. La población escolar de la comuna, que asciende a más o menos dos mil ochocientos niños; los Centros de Madres, Juntas de Vecinos, Sindicatos y otras organizaciones, se encuentran en este momento, imposibilitados de integrarse en la campaña nacional de ahorro, uno de los pilares del desarrollo socioeconómico. Con los antecedentes entregados por cada organismo responsable, se comprobará la justificación de la apertura de una agencia del Banco del Estado en Los Muermos. Antecedentes estadísticos económicos. 1.- Planta Industrializadora de leche de Los Muermos, con un promedio de elaboración al año de 12.695.000 litros, y con entradas por Eº 6.521.000. Trabajan 25 empleados y 60 obreros. 2.- Producción anual de leche absorbida por Industria Chiprodal, 5.260.000 litros, con un valor de cerca de Eº 3.000.000. 3.- Comercialización anual de 10.000 cabezas de ganado, que representan 10 millones de escudos. 4.- Comercialización anual de 4.000 cerdos, con un valor de Eº 1.200.Q00. 5.- Comercialización anual de 250.000 quintales de producción de papas, con un valor de Eº 7.500.000. 6.- Comercialización anual de 8.000 quintales de trigo. No daré las cantidades en escudos para aprovechar más el tiempo. 7.- Comercialización de 1.000.000 de kilogramos de producción de raps. 8.- Comercialización anual de 270.000 toneladas de remolacha. 9.- Comercialización anual de 1.500 quintales de producción de avena. 10.- Comercialización anual de 550.000 pulgadas de madera. 11.- Comercialización anual de 18.000 metros de leña industrial labrada, etcétera. Esto da en cifras globales una cantidad de 37 millones 179 mil y tantos escudos, a los que habría que agregar los ingresos de la Tesorería comunal: por bienes raíces, más de Eº 500.000; por impuestos a la compraventa más de Eº 157.000. Estoy redondeando las cifras. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Perdón, señor Diputado, ha llegado el término de su tiempo. El señor KLEIN.- Pido que se envíen oficios al Presidente de la República y al Banco del Estado de Chile, a fin de que se abra una agencia en Los Muermos para poder cumplir con la labor social del ahorro, como préstamos populares, escolares, etcétera. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se remitirán los oficios por intermedio del Ministerio de Hacienda. El señor KLEIN.- Yo quiero que se manden al Presidente de la República y al Presidente del Banco del Estado. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Corresponde hacerlo al Ministro de Hacienda. El señor KLEIN.- Yo quiero que se manden al Presidente de la República y al Banco del Estado. El señor GUERRA.- En nombre del Comité Nacional. El señor RIESCO.- En nombre del Comité Nacional. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviarán por intermedio del Ministerio de Hacienda, en nombre del Comité Nacional. 20.- EXPANSION CREDITICIA PARA LOS BANCOS DE LA PROVINCIA DE BIOBIO.- OFICIO. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Comunista, que ha cedido su tiempo al Comité Radical. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Pido la palabra. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SHARPE.- ¿Me permite una interrupción, colega? El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Con mucho gusto. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Con la venia del señor Fuentealba, puede usar de la palabra el señor Sharpe. El señor SHARPE.- Señor Presidente, me voy a referir a un hecho bastante grave, como es la restricción crediticia, que tiene prácticamente paralizada la actividad económica de la provincia de Bío-Bío. Existe gran alarma entre los comerciantes, agricultores e industriales, porque con el Banco del Estado y los Bancos particulares no se puede hacer ningún tipo de operaciones, muchas de las cuales corresponden a producción comercializada, vendida o transformada. Por ejemplo, la cooperativa BIOCOP de agricultores, con 870 miembros y 83% de pequeños agricultores, en este momento tiene cuatro millones de escudos sin poder descontar, de los cuales la mitad corresponde a venta de remolacha del año pasado, y la otra, a créditos de la labor de este año. La Cámara de Comercio ha querido tomar medidas muy drásticas si no se modifican estas condiciones, y ha planteado la urgente necesidad de que se aumenten los créditos. Igual cosa han hecho los industriales. En consecuencia, solicito que se envíe oficio al señor Ministro de Hacienda, con el propósito de que el Banco Central de Chile aumente la expansión crediticia de los Bancos de la provincia de Bío-Bío, a fin de evitar la paralización económica de una zona tan importante como ésta, en la que la cesantía ,ya ha llegado a límites insoportables. Nada más, señor Presidente. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se dirigirá el oficio solicitado por Su Señoría. 21.- ANALISIS DE LA EXPOSICION SOBRE EL ESTADO DE LA HACIENDA PUBLICA. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Fuentealba. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Señor Presidente, agradezco al Comité Comunista el tiempo que nos ha cedido, porque nos permitirá referirnos con mayor extensión a la exposición de la Hacienda Pública, que el 18 de noviembre el señor Ministro presentó en la Comisión Mixta de Presupuestos, compuesta por 13 Senadores y 13 Diputados, y que ahora, en nombre de mi partido, el Radical, quiero analizar. En esta exposición el señor Ministro no se concretó a dar cifras sobre el ejercicio de 1969, sino que, más bien, hizo una reseña histórico-política de lo que ha hecho el señor Frei durante los cinco años de Gobierno, sin darse cuenta de que el fracaso económico de la Democracia Cristiana ha traído una serie de trastornos en el país que, indudablemente, es necesario comentar. El fracaso de esta política económica se está viendo en todas partes, y el mejor indicador es el propio pueblo. Es él el que en la calle, en los micros, y en todos los lugares, hace comentarios acerca del alza del costo de la vida, de la falta de empleo, de la cesantía y de la situación grave en que se encuentra el país. Esto, evidentemente, es necesario que el señor Ministro y la Democracia Cristiana lo comprendan. Es tal el fracaso de la política económica del Gobierno del señor Frei, que ha producido un verdadero desconcierto en el país. En 1965 la Derecha se encontraba totalmente deshecha. Tenía sólo nueve Diputados en esta Corporación. Sin embargo, hoy está en situación de presentar un candidato presidencial. Y son precisamente las gestiones de este Gobierno las que han producido desorientación en la opinión pública y en el pueblo de Chile. En 1964, 2 millones 500 mil personas votaron por los cambios que era necesario hacer. Había razón cuando se pensaba que el sistema imperante era imperfecto, que había que cambiarlo. La situación ha cambiado a tal punto que se trata de llevar a la Presidencia de la República a un hombre que representa este mismo sistema que se quería transformar. La Democracia Cristiana tiene un candidato, el señor Tomic; pero yo creo que a pesar de todo lo que se haga, de todas las erogaciones voluntarias de "Banvarte" y de otras, el señor Tomic, si se realiza la unidad popular, indudablemente que saldrá tercero. El señor PALESTRO.- ¡Efectivamente, así será! El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Concretamente, quiero referirme a la exposición del señor Ministro de Hacienda, en la que expresara que había cinco grandes problemas que era necesario encarar y que la Democracia Cristiana había tratado de abordar: la inflación, la injusticia social, el estancamiento de la producción, la falta de participación del pueblo en la vida política de la nación y las imperfecciones de la soberanía nacional. Nosotros queremos referirnos precisamente a estos problemas. El señor Ministro, refiriéndose a la inflación, decía que este Gobierno ha sido el que ha hecho los esfuerzos más sostenidos que recuerde la historia, por detener el flagelo de la inflación. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡Así es! El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Se olvida el señor Ministro y el señor Sepúlveda de las promesas que hiciera y de las cifras que expresara el ex Ministro de Hacienda, don Sergio Molina, en su primera exposición de la hacienda pública en 1964. Entonces se dijo que el alza del costo de la vida lo iban a controlar en tres años: un 25% en 1965; un 15% en 1966 y un 10% en 1967, y que de 1968 adelante ya no existiría la inflación. Pero resulta que la inflación sigue golpeando los hogares más modestos, como antes. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡El esfuerzo se hizo! El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Si se hace una comparación con el Gobierno del señor Alessandri, el que nos otros no tenemos por qué defender. . . El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¿Cómo que no? ¿Y el Frente Democrático? El señor FUENTEALBA (don Clemente).-...veremos que entre 1960 y 1964 hubo un alza total del 126,6%, y de 1965 a 1960, de 120,6%, sin tomar en cuenta noviembre y diciembre. Se comprenderá que las cosas siguen igual como en aquel otro Gobierno que tanto se criticaba. El señor Ministro le echa la culpa a la sequía como causa primordial de la inflación. Yo creo que no es así, señor Presidente. La agricultura creció en 1967 un 2,9% y el 68, un 2,5%, superior a toda la economía, que en el año 1967 creció un 2,3% y el 68, un 2,7%. En el cuadro del anexo Nº 1, página 9, el mismo señor Ministro expresa que en 1964 la producción de la agricultura fue de 1.827 millones de escudos, y en 1968, de 2.114 millones de escudos; es decir el total de la producción de la agricultura creció en un 15,7%, a pesar de la sequía. Otra de las causas, según lo expresa el señor Ministro, por las cuales no se ha podido detener la inflación es el ahorro. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Ruego al señor Sepúlveda guardar silencio. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Nosotros creemos que no se puede pensar que en un país que se encuentra en una situación como la del nuestro, se vaya a establecer o intensificar el ahorro. La crisis económica por que pasa el país, la cesantía, los bajos sueldos y salarios, la alta tributación, son un conjunto de factores negativos que, indudablemente, deben considerarse al exigir una cuota de ahorro de parte del pueblo y de los empresarios También se habla de que otra de las causas de la inflación son los reajustes. Yo creo que no se le puede echar la culpa a los reajustes, ya que, sobre todo en el sector público, han sido siempre inferiores al alza del costo de la vida. Así tenemos, por ejemplo, que mientras en 1968 el alza del costo de la vida fue de un 23%, los sueldos y salarios del sector público, se reajustaron en un 12,5%, y en un 7,5% los famosos "chiribonos". En 1969 el alza del costo de la vida fue de 27,9%, pero los sueldos y salarios del sector público sólo se reajustaron en un 20%. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Está equivocado Su Señoría. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- No habla el señor Ministro de otras causas que han influido en la inflación, como son los impuestos, la tributación. El señor Frei y la Democracia Cristiana expresaron, cuando asumieron el poder, que consideraban injustos los impuestos indirectos, y que los disminuirían, en un porcentaje importante. Pero ¿qué ha pasado, señor Presidente? Tengo a la mano el folleto de la exposición del señor Ministro de Hacienda en que dice que, mientras los impuestos directos eran en 1964 de 2.418 millones de escudos, en 1968 eran de 4.394 millones de escudos. En cuanto a los impuestos indirectos, mientras en 1964 eran de 3.258 millones de escudos, en el año 1968 eran de 7.456 millones de escudos. Es decir, los impuestos directos subieron en un 181% y los indirectos en un 238%. El total de la tribución fue en el año 1964, de 7.265 millones de escudos, y en el año 1968 fue de 13.109 millones de escudos es decir 180% más, considerada la misma moneda de 1969. Sin embargo, el señor Ministro, en la página 39 del folleto de la exposición, expresa que los impuestos directos subieron en un 58%, mientras los indirectos subieron en un 42%, cosa que no es así. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Su Señoría está mal informado. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Dijo el señor Ministro: "Yo afirmo categóricamente que las remuneraciones han subido más rápidamente que los precios." Ya hemos visto que las remuneraciones del sector público han subido en una forma mucho más lenta que los precios que han incidido en el alza del costo de la vida. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¿De dónde sacó esos cuadros estadísticos? El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Ruego al señor Sepúlveda respetar el derecho del orador. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Los datos están en el folleto que el propio Ministro entregó. En materia de distribución de ingresos, los salarios aumentaron en un 37% desde 1964 a 1968. Este dato es incompleto, ya que no menciona cuánto ha subido el costo de la vida en términos reales. Usa el señor Ministro indicadores referidos a la participación de los empleados y obreros en el ingreso nacional y no toma en cuenta el aumento de los trabajadores, que son más en 1968 que en 1964. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- No invente. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- En lo referente a viviendas, compara cifras con el Gobierno del señor Alessandri, tan criticado por el señor Frei, tan criticado por la Democracia Cristiana. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Y tan defendido por Su Señoría. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Ellos dijeron que tenían la solución del problema habitacional, que iban a construir 60 mil viviendas anuales,... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTEALBA (don Clemente).-...pero resulta que, según la exposición del señor Ministro de Hacienda, sólo han realizado la construcción de 44 mil viviendas anuales. Por lo tanto, quedarán debiendo 100 mil viviendas en los 6 años. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Perdón, señor Fuentealba. Voy a rogar al señor Sepúlveda que tenga la gentileza de respetar el derecho de su colega; si no me voy a ver en la obligación de amonestarlo. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Esto significa que 500 mil viviendas quedarán sin hacerse el año 70, el mismo déficit que el señor Frei recibió. Otra cosa: todo Chile conoce las poblaciones que ha realizado este Gobierno, poblaciones de tabla, que son muy diferentes de las construcciones definitivas que se realizaban antes. Con respecto a la educación, es cierto que se ha hecho algo,... El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡Menos mal...! El señor FUENTEALBA (don Clemente).-...pero esto, señor Presidente, es materia de la reforma que se estudió antes de ascender este Gobierno al poder, reforma que estudiaron todos los partidos políticos y que se ha atribuido sólo el señor Frei. Dice que han aumentado los alumnos. Indudablemente que, mediante la reforma, han aumentado los cursos básicos y tienen que haber aumentado los alumnos. Pero no habla el señor Ministro de la frustración de tantos escolares, de tanta gente que sale de los liceos, de las universidades, y que no tienen dónde emplearse, no tiene dónde ir a trabajar. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Está muy mal informado. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- No habla el señor Ministro de la desnutrición de los menores de 15 años, que, según cifras estadísticas, es del 49,6%. No habla el señor Ministro del estado de muchos locales escolares rurales. Hablando de la reforma agraria, decía el señor Ministro que se han expropiado y están en poder de los asentados 620 mil hectáreas. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡Mucho más! El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Lo ha dicho el propio señor Ministro. La Democracia Cristiana siempre habla en metros cuadrados y en cosas más fabulosas. Por ejemplo, en materia de locales escolares y de construcción de hospitales, habla siempre en metros cuadrados. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¿Me concede una interrupción? El señor SEÑORET (Vicepresidente).- El señor Diputado le solicita... El señor FUENTEALBA (don Clemente).- El señor Diputado sabe que no puedo concederla, porque el tiempo lo tengo limitado. En otra ocasión, con todo gusto. El tiene su tiempo. Señor Presidente, en mi provincia hay un asentamiento que se llama "Asentamiento Las Cañas". Tiene un letrero que dice: "Asentamiento Las Cañas, 25 mil hectáreas", y sólo hay cultivables, de riego, 300 hectáreas. Nosotros aprobamos el proyecto de la reforma agraria y estamos de acuerdo en que se expropien aquellos predios que tienen más de 80 hectáreas de riego básico de acuerdo con la ley; en que se haga la reforma agraria en forma masiva, en forma rápida. Indudablemente que estamos de acuerdo. Pero resulta que la reforma agraria no se ha hecho en forma inteligente, porque los minifundios están igual que antes, porque el pequeño y el mediano agricultor tienen los mismos problemas. Resulta, señor Presidente, que este Gobierno de la Democracia Cristiana no supo desvirtuar la política del terror que ha implantado la Derecha en el país, amenazando a aquellas personas que tienen 20, 30, 40 hectáreas, o menos con que van a ser expropiadas, y no ha dado tranquilidad para que estos agricultores pequeños y medianos puedan trabajar en forma segura, con confianza. Todo el sector medio de la agricultura, todo el pequeño campesino, no ha tenido ninguna facilidad en este Gobierno. Y en lo que respecta a la agricultura, el señor Frei dijo que se estaban gastando mil millones de dólares en 10 años para importar productos agrícolas, que se estaban gastando varios Huachipatos, varias fábricas, varias industrias. Y resulta que en el año 1964, el Gobierno había importado artículos de producción agrícola por 95 millones de dólares, y ahora, en el año 1969, se están importando por un valor de 135 millones de dólares, es decir,... El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Deseo una interrupción. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- El señor Diputado no concede interrupciones. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Esto no tiene ninguna relación con lo que se había importado antes. En lo que respecta a la salud, se ha hablado mucho de lo que ha hecho este Gobierno, y resulta que hoy día los hospitales, como bien lo decía el señor Scarella, no atienden a gente menesterosa. Ha desaparecido de los hospitales la sala común. Ahora no se puede llegar a los hospitales si no se lleva el dinero para pagar 70 u 80 escudos diarios. El que no tiene libreta, el que tiene una situación indigente, no puede llegar a los hospitales. Por otra parte, no se dan los recursos para que los hospitales puedan atender debidamente, a pesar de que los médicos y el personal tienen la mejor voluntad para con la gente que llega hasta ellos. En cuanto al crecimiento económico, el Ministro da algunos datos que, indudablemente, inducen a error. Son equivocados, quizás intencionadamente. El indicador que usa el señor Ministro es el producto geográfico bruto. Este producto geográfico bruto incluye los ingresos a extranjeros y de él no se descuenta el aumento vegetativo. Dice que el producto geográfico bruto ha crecido en 5,3%. No es cierto eso, Honorable Cámara; no es así, señor Presidente. El ingreso nacional se cuenta por el producto nacional bruto y el producto "per capita". Este no incluye los ingresos a extranjeros y toma en cuenta el aumento de la población. Es así como se debe calcular el aumento, el crecimiento de la producción, porque es la única manera de saber si aumenta tambien el nivel de vida. Para citar cifras, porque el Gobierno de la Democracia Cristiana siempre hace comparaciones con el Gobierno anterior, desde el 60 al 64 el promedio anual del crecimiento "per capita" fue de 2,9%, y desde el 65 al 68 ha sido solamente de 2,5%. En la Comisión Mixta, en el Senado, el Diputado Cademártori dijo que tenía cifras que expresaban que este crecimiento sólo había sido del 1,5% y el año 1967 el ingreso per capita bajó en 0,3%. La verdad es que contrasta lo que dice la Democracia Cristiana con lo que anda diciendo el señor Tomic. Porque el señor Tomic dice que en 10 años va a duplicar el ingreso nacional. Es decir, lo va a hacer subir más o menos en 10%, en circunstancias que la Democracia Cristiana y el Presidente Frei no han sido capaces de aumentarlo, ya que se mantiene en los mismos términos que antes, y en algunos años menores. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- En cuanto a la producción de acero, en 1964 era de 500 mil toneladas. Ellos dicen que van a llegar a 800 mil toneladas en 197071 y que después llegarán a 1 millón de toneladas. La producción de minerales de fierro en el país es de 12 millones de toneladas. La producción chilena es muy rica, porque tiene una ley de más del 60%. Es decir, 7 millones de toneladas está saliendo del país y cercenando los intereses de nuestra economía, sin que se haya hecho nada por refinar o industrializar. En cuanto a la desocupación, todos sabemos que los índice han aumentado, sobre todo en algunas provincias, como, por ejemplo, en la de Coquimbo. Pero el señor Ministro de Hacienda habla también de la participación del pueblo. Yo no sé qué tendrá que ver la promoción popular, aquella de las máquinas de coser, de las planchas de zinc y de los regalos, con la Hacienda Pública. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- En cuanto a la deuda externa, el señor Ministro dice que ha disminuido. Yo tengo las cifras proporcionadas por la CORFO y por la Oficina de Informaciones del Senado. Estas cifras dicen que mientras en el año 1958 la deuda pública era de 392 millones de dólares, y en 1964 fue de 1.227 millones de dólares, hoy día, en el año 1969, es de 2.200 millones de dólares. Y la deuda privada, que fue en el año 1958 de 134 millones de dólares, en el año 1964 fue de 617 millones de dólares. Bajó en el año 1969; pero la deuda privada, no la deuda pública. Y en algunas informaciones de "El Mercurio", que son datos de ODEPLAN, se expresaba, precisamente, en una publicación del sábado último, que la deuda pública ha subido en términos del 7.96%, promedio anual. Sabemos, señor Presidente, que en el año 1958 se debían al extranjero 29 dólares por persona. En el año 1964 se debía 124 dólares por persona, y el señor Frei dijo que el país estaba hipotecado, que él iba a salvar al país de estar vendido al extranjero... El señor VERGARA.- Lo está haciendo. El señor FUENTEALBA (don Clemente).-...y que iba a hacer bajar la deuda pública. Pues, ahora debemos, por persona, 140 dólares. Señor Presidente, sobre el cobre, ya sabemos lo que ha pasado y lo hemos discutido en esta Cámara. Cuatrocientos millones de dólares anualmente van a parar a los bolsillos de los accionistas extranjeros. El señor CARDEMIL.- ¿Cuánto se iba en el tiempo de los radicales? El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Entonces se vendía el cobre a 29 centavos de dólar la libra y no a 70 como se vende ahora. Señor Presidente, es necesario referirse al Presupuesto actual. El Presupuesto es por 17.244 millones de escudos, más de 40% sobre el de 1967, en circunstancias que el costo de la vida subió solamente en 27,9%. Lo que quiere decir que el costo de la vida no ha subido en esos términos; en términos reales, ha subido cerca del 40%, como ha subido el Presupuesto. Y en el Presupuesto vemos, por ejemplo, que el gasto que este Gobierno va a hacer y está haciendo actualmente es de 48 millones de escudos diariamente; es decir, 48 mil millones de pesos diarios está gastando el Gobierno de la Democracia Cristiana. Y esto sale, ¿de dónde sale? Sale, en su mayoría, del bolsillo de los trabajadores, de la clase media, porque, indudablemente, los impuestos indirectos son mayores que los impuestos directos. El señor VERGARA.- ¡Se le cambió el libreto! El señor FUENTEALBA (don Clemente).- No tengo ningún libreto, como usted puede apreciar, señor Diputado. Estoy analizando el folleto entregado por el señor Ministro, o la verdad les duele. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Está leyendo una "improvisación". El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Este Gobierno ha tenido todas las condiciones favorables, todas, y no ha habido crecimiento económico: el cobre, a 72 centavos de dólar la libra, la tributación subió en un 180%, en términos reales, en la misma moneda, desde el 65 al 60. ¿Qué habría sucedido, señor Presidente, si el Gobierno de la Democracia Cristiana no hubiese tenido esta extraordinaria cantidad de dinero? ¿Qué habría sido de Chile, señor Presidente? La verdad es que nosotros tenemos que hacer este análisis objetivo frente a los datos que se están dando al país, que no son los verdaderos. Quisiera tener tiempo para hacer algunas comparaciones de lo que anda diciendo el señor Tomic, con lo que ha expresado el señor Ministro de Hacienda. Indudablemente, son dignas de comentarse. Dice el señor Tomic... Al empezar esta intervención expresé que el señor Ministro, más que una exposición de la Hacienda Pública, correspondiente al año 1969, hizo una historia de los 5 años de gobierno del señor Frei ocupando datos y cifras que no son las verdaderas. Hemos hecho un análisis de esta exposición tomando como datos los contenidos en el folleto que el señor Ministro puso en nuestras manos, y de otras fuentes de información serias como es de la Oficina de Planificación Nacional, CORFO y Universidad de Chile. Por lo tanto, las interrupciones, que he sufrido por el señor Sepúlveda y otros Diputados, sólo han sido con el objeto de desviar la atención y no dejar escuchar la verdad que siempre es amarga. Al hablar de desarrollo le consta a la Honorable Cámara que la economía del país se encuentra detenida y hay algunas provincias que por el hecho de estar sufriendo la catástrofe de una sequía, están pasando por una situación dramática. Es el caso de la provincia de Coquimbo, la cual fue visitada por tres Ministros en cuya visita se prometió concurrir con 64 millones de escudos para solucionar los problemas emanados de esta sequía. Hasta la fecha nada se ha hecho y en vez de abrir fuentes de trabajo para absorber la cesantía y entonar las actividades del comercio, de la industria y la agricultura, el Gobierno se ha desentendido de este grave problema y la desesperación de los obreros y empleados cesantes, comerciantes, empresarios medianos y pequeños se hace cada día más patente. Es apremiante construir tranques, cordilleranos y de más capacidad, rectificar canales, construir y pavimentar caminos, instalar plantas concentradoras de minerales, extender la energía eléctrica en varios pueblos rurales que no la tienen, construir Postas de Primeros Auxilios del Servicio Nacional de Salud, reparar y construir escuelas, instalar agua potable en los pueblos que no disponen de este elemento, abrir pozos profundos, enviar bombas para distribuirlas entre los que la necesitan, con créditos fáciles de obtener, y otras obras que, al ser ejecutadas en esta época servirían, sin duda, para dar trabajo a mucha gente que espera resignada el cumplimiento de lo prometido por los señores Ministros y por el propio Presidente de la República; es decir, hacer llegar a la provincia una ayuda efectiva. Está por finalizar el año y los 64 millones de escudos prometidos en agosto no llegan a Coquimbo. El valle de Elqui, Vicuña, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Combarbalá, Illapel y Salamanca esperan angustiados que el Gobierno se acuerde que estos pueblos están formados por chilenos que tienen derecho a ser atendidos, sobre todo cuando están sufriendo una calamidad y cuando se les ha prometido ayudarlos. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Perdone, señor Diputado. Ha terminado su tiempo. El señor VERGARA.- !Qué bueno! El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡Qué bueno! 22.- MODIFICACION DE LAS TASAS DE CONTRIBUCIONES EN LA PROVINCIA DE MAGALLANES.- OFICIO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- El turno siguiente le corresponde al Comité del Partido Socialista. El señor GONZALEZ.- Pido la palabra. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GONZALEZ.- Señor Presidente, Magallanes es una provincia constituida por hombres de esfuerzo y sacrificio, por hijos que, desafiando, además de lo rudo de su clima, el olvido y abandono a que han sido sometidos, están diariamente contribuyendo al engrandecimiento de la Nación, con una tenacidad realmente admirable.. Este esfuerzo del hombre y de la mujer de Magallanes no ha sido recompensado ni en la más mínima expresión, ni menos aún valorado. Digo esto, porque, como conocedor profundo de los problemas de la zona, veo como éstos no se solucionan. Por el contrario, día a día se agravan y se multiplican. En esta oportunidad, quiero plantear algunos de los más importantes problemas que aquejan a la provincia y que, por lo demás, por años han constituido amenaza constante para quienes viven y trabajan en el trozo más lejano de nuestro país. La cesantía, flagelo constante de nuestro pueblo atribulado, se deja sentir cada vez con mayor rigor e intensidad allá en el extremo más austral de nuestro territorio. Durante mucho tiempo, por ejemplo, se ha venido hablando del plan de industrialización para Puerto Natales; muchas visitas se han realizado a Puerto Porvenir para instalar un matadero frigorífico, pero todo no ha pasado más allá de simples tentativas. Así, con sólo promesas, el progreso no puede despegar. Vivir en Magallanes resulta heroico. Sus habitantes no tienen incentivo alguno. No se encuentra apoyo ni respaldo para hacer realidad las inquietudes y aspiraciones de quienes realmente hacen patria, porque hay que ser patriota para vivir en la estepa magallánica. Sin embargo, pareciera que sólo cuando surgen problemas de soberanía los gobiernos recuerdan la importancia que tiene, por éste y muchos otros factores, el trozo geográfico más austral del mundo. Los habitantes de Magallanes, estimados colegas, están sometidos a muchas injusticias. Por ejemplo: ¿es justo que el magallánico esté pagando igual porcentaje de contribuciones, que quien habita en Santiago o Viña del Mar? ¿No hay una gran y marcada diferencia entre ese habitante de la zona austral y éste del centro? Quienes conocen, quienes saben lo que es y significa Magallanes pueden confirmar lo que expongo. Mientras en la zona central todo está al alcance de la mano, en Magallanes se carece, o se logra a gran precio, artículos alimenticios de primera necesidad como frutas, verduras, cereales, calzado e incluso medios de transporte, a lo cual me referiré más adelante y en detalle. Por considerar ilógica esta igualdad en el pago de contribuciones, me permito pedir que se oficie al señor Ministro de Hacienda, solicitándole una reconsideración en el cobro de contribuciones en la provincia de Magallanes. Por una parte, que ese Ministerio estudie la rebaja de las tasas por contribuciones y, por otra, en consideración a la situación socioeconómica por la que atraviesa la gran masa de magallánicos, se amplíe en 90 días el plazo para cancelar las contribuciones atrasadas. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio correspondiente. 23.- CIERRE DE LA INDUSTRIA SOCIEDAD LANERA AUSTRAL DE PUNTA ARENAS (MAGALLANES).- OFICIO El señor GONZALEZ.- También en esta oportunidad quiero referirme a la amenaza de cierre de la Industria Sociedad Lanera Austral, en la ciudad de Punta Arenas. Actualmente la industria trabaja a un tercio de jornada en el lavadero de lanas, motivo por el cual el número de obreros que utiliza es mínimo. Si este trabajo se efectuará a ritmo completo, se necesitaría más mano de obra y, por ende, sería posible resolver en parte el drama de la cesantía y, lógicamente, la producción también sería mayor. Los ejecutivos de Lanera Austral han amenazado de esta forma a sus trabajadores para evitar que el reajuste solicitado se haga efectivo. Así, exponiendo un déficit que no existe, se pretende mermar en todo lo posible el aumento legal que exigen quienes laboran en esa empresa. De hacerse efectivo el cierre anunciado, no podemos permitir que esos trabajadores se vayan, lisa y llanamente, a la calle, y así hagan más dramática la situación que en Magallanes se afronta por falta de fuentes de trabajo. Por ello considero importante y conveniente plantear esta situación, que estimo extremadamente grave, al señor Ministro de Economía y, a la vez, solicitarle que el Estado, junto a los obreros y empleados que prestan servicios en la Sociedad Lanera Austral, formen una cooperativa de producción con más proyecciones y posibilidades que las que actualmente se les ofrecen. Pido, en consecuencia, que se oficie al señor Ministro de Economía planteándole claramente esta situación. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio correspondiente. 24.- ALZA DE PASAJES DE LINEA AEREA NACIONAL EN EL TRAMO SANTIAGOPUNTA ARENAS.- OFICIO El señor GONZALEZ.- He dejado para el final el grave problema de desvinculación a que por espacio de años Magallanes ha sido sometida. Para salir hoy en día de Magallanes y llegar hasta la capital hay que ser realmente millonario. Y lo voy a demostrar. Si un trabajador de la zona austral necesita viajar a Santiago, debe disponer de mil escudos sólo para cubrir un pasaje por vía aérea, medio obligado de transporte ante la carencia casi absoluta de embarcaciones para hacerlo. Ahora bien, en la mayoría de los casos, el magallánico viaja a la capital por razones de salud; en consecuencia, debe hacerlo en compañía de algún otro familiar, por lo que solamente por concepto de pa. sajes ya debe desembolsar dos mil escudos. A ello debemos agregar los gastos de estada, de hospitalización, intervención si la hay, compra de medicamentos, etcétera. En una palabra, este hombre impregnado de abnegación y de esfuerzo deberá, si quiere retornar a la vida normal, invertir una suma cercana a los 5 mil escudos, cantidad que no está al alcance de un asalariado. Caso similar ocurre con los jóvenes estudiantes que, para proseguir sus estudios y buscar la herramienta de trabajo necesaria para mirar con mejores perspectivas su porvenir, se ven en la imperiosa necesidad de trasladarse hasta el centro del país. Ante esta situación, dramática y desesperante en muchos casos, los chilenos de Magallanes tienen que mirar hacia la Argentina y, en muchas ocasiones, con dolor, emigrar a la Patagonia de esa República, para lograr lo que en su patria no han podido obtener. El tiempo ha transcurrido y soluciones ni siquiera se vislumbran. Al contrario, los problemas día a día se agravan y se multiplican. En Magallanes, ya los órganos de publicidad han informado que el valor de los pasajes de la Línea Aérea Nacional será alzado en fecha próxima, en un 40%. Ello vendría a constituir un verdadero golpe de gracia para quienes, como los magallánicos, pese a sus privaciones, están haciendo posible que nuestra soberanía se mantenga siempre inalterable. Pero, ¿hasta cuándo podrán sus habitantes seguir resistiendo este tipo de eventualidades, de actividades y acciones que estancan su desarrollo y progreso? Los magallánicos en Chile, señores, están haciendo las veces de Quijotes: aportan todo y nunca reciben, por ese enorme esfuerzo, una mínima compensación. Los habitantes de esa tierra están dispuestos a golpear las puertas necesarias, con tal de impedir que ese lesivo aumento de los pasajes de la LAN, rumor de hoy, pueda ser lamentable realidad mañana. No es posible que sigamos amparando determinaciones tan funestas como éstas. Además, ¿por qué la LAN-Chile es la única empresa comercial aérea para cubrir el tramo Santiago-Punta Arenas? ¿No podría autorizarse a otras empresas que ya en su oportunidad han mostrado idéntico interés por cumplir igual función? Si en otras zonas del país esto se ha permitido, ¿por qué no en Magallanes? Por éste y otros motivos, fáciles de comprender, solicito que se oficie, a través de la Honorable Cámara, a la Vicepresidencia de Línea Aérea Nacional y al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, solicitando, sobre el particular, un pronunciamiento definitivo de las autoridades mencionadas, pues como magallánico y representante de mi zona ante este Parlamento, anhelo saber cuál es el futuro que nos espera. Es todo. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se dirigirá el oficio correspondiente. El señor GONZALEZ.- Los minutos restantes se los cedo al señor Jáuregui. 25.- TERMINACION DE CAMINOS EN LA PROVINCIA DE MAGALLANES.- OFICIO El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Antes de que use de la palabra el señor Jáuregui, deseo hacer presente que ha llegado el término del tiempo del Partido Socialista, y que el Comité Independiente le cede sus minutos. El señor JAUREGUI.- Señor Presidente, antes de todo, deseo agradecer la gentileza del Comité Independiente que me ha proporcionado tiempo para referirme a un tema que afecta a todo el sur del país. En efecto, ayer en la Municipalidad de Osorno se recibió una carta-circular en que el Alcalde de Puerto Natales solicita que las representaciones parlamentarias respectivas intervengan para solucionar un serio problema que afecta a la zona austral, y que tiene relación con el aislamiento a que se refería el colega señor González, que está afligiendo a esta zona. Ya que el tiempo es muy escaso, diré concretamente que se solicita la intervención parlamentaria para lograr la conexión del camino troncal de la provincia de Magallanes a la Carretera 40 de la República Argentina por el paso llamado Baguales. De construirse esta carretera, que no tiene más de unos 40 ó 50 kilómetros, la gente que viaja de Magallanes a Osorno y al centro del país vería acortada la distancia en 400 kilómetros. De tal manera que estimo esta construcción de real y vital importancia para toda la zona sur. Al mismo tiempo, sería muy conveniente que se completara el camino nuevo de Río Turbio a Natales, que está totalmente terminado en el sector argentino y en al lado chileno sería cuestión de hacer 3 ó 4 kilómetros, lo que daría la posibilidad, entonces, de acortar en dos horas los viajes en bus entre ambas ciudades. De esta manera, el gran número de chilenos que trabaja en Río Turbio podría vivir en su patria, vale decir, en Puerto Natales. Como estas gestiones las ha hecho con anterioridad el señor González, quiero que a nombre nuestro se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas, para que se realice a la mayor brevedad la construcción de ambos caminos, que vendrán a solucionar, entonces, un grave problema de orden vital que afecta a toda la zona sur del país. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará el oficio correspondiente. El señor TEJEDA.- A nombre de los comunistas. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- A nombre de la Cámara. Me dicen que no hay quórum. Mi buena voluntad ha sido frustrada. El señor KLEIN.- A nombre mío. El señor JAUREGUI.- Nada más. Muchas gracias, señor Presidente. El señor SEÑORET (Vicepresidente).- Se enviará en nombre de los señores Diputados que lo han solicitado. Habiendo llegado la hora de término, se levanta la sesión. Se levantó la sesión a los 20 horas 43 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.