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El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, tengo mis dudas sobre el alcance del artículo 1º, en razón de lo que ha manifestado mi colega señor Ríos: que este proyecto beneficiaría solamente a los funcionarios de alta graduación en el escalafón judicial. Personalmente, estimo que la disposición no hace ningún distingo en la calidad funcionaría.
Me gustaría que el Diputado informante, señor Fuentes, don César Raúl, aclarara esto. Una vez que esta iniciativa se transforme en ley, pueden darse interpretaciones según las cuales este proyecto es para los funcionarios de alta jerarquía, si se tiene presente lo dispuesto en el artículo 2º. El artículo 1º dice: "viviendas para funcionarios judiciales y edificios para el Ministerio de Justicia y sus Servicios dependientes y, en general, para todos los Servicios que se encuentren directamente vinculados a la administración de justicia".
El señor MATURANA.-
Lo establece el artículo 2º, en su primer inciso.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SHARPE.-
En el artículo 2º.
El señor CLAVEL.-
"...y construcción de viviendas para los jueces, fiscales, relatores y secretarios de los tribunales de justicia".
Esto quiere decir que hay un desacuerdo total entre las ideas del que redactó el proyecto. En efecto, el artículo 1° está indicando una cosa, y el 2°, otra diferente. Si hay dos artículos que se contraponen, ¿cuál de ellos tiene mayor fuerza? Creo que el artículo 1º, porque favorecerá a un número mayor de funcionarios; en cambio, el artículo 2º limita el número de funcionarios beneficiados con esta ley.
A mí me gustaría escuchar la opinión del señor Fuentes, don César Raúl.
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