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El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE (don Rufo).-
Señor Presidente, yo creo que no es tan clara la disposición que propone el Senado, porque, vuelvo a insistir, el Código de Aguas, señor Tejeda, exige la declaración de caducidad efectuada por la Dirección General de Aguas; y el artículo propuesto por el Senado dice literalmente lo siguiente: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 30 del Código de Aguas; vale decir, sin perjuicio de las declaraciones de caducidad que hará a requerimiento de partes o de ofició la Dirección de Aguas,
"decláranse caducados en la parte no usada". Vale decir, es una forma muy especial de terminar con un derecho sin declaración de la autoridad correspondiente terminar por ministerio de la ley. Es una forma muy especial de adquirir un derecho sin declaración o sin otorgamiento de la autoridad por otra parte a quien, conforme a todo el sistema del Código de Aguas, le corresponde otorgar este derecho. Por último, es una forma especial en la cual una persona que podría, incluso, no haber usado las aguas por razones que no han estado en su mano el poder resolver, una razón de fuerza mayor, por ejemplo, por inundación del fundo, en fin, por muchas otras razones a las cuales el hombre no podría naturalmente sobreponerse, podrían determinar que estas aguas no se usaran durante cinco años, y que las usara otra persona; que se usaran, señor Tejeda, incluso de una manera subrepticia; que se usaran sin buena fe; lo que se usara, incluso, con dolo; mediante canales subrepticiamente efectuados. Y, del tenor de la sustitución propuesta por el Senado, se declara de derecho la caducidad.
Por eso, señor Presidente, a mí me parece dudoso, bastante dudoso, el criterio del Senado. Me parece una manera especial de terminar con un derecho, incluso, amparando al poseedor de mala fe. Y todo el sistema de la legislación, por muy avanzado que queramos ser en materia de reformas, tiene, indudablemente que permitir...
El señor TEJEDA.-
Eso es buscarle el cuesco a la nuez.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
...de alguna manera, obtener el amparo de la persona que se crea burlada en su derecho.
Cierto es que el inciso final dice que las dificultades que se susciten serán resueltas por la Dirección General de Aguas, sin ulterior recurso; pero a mí me parece que estas materias relacionadas con la caducidad de los derechos por el uso del agua por parte de otra persona, no deberían ser resueltas por ese organismo, sino que como lo dice la legislación positiva chilena por los Tribunales de Justicia.
Por eso, las dudas que a mí me merece este proyecto son bastante fundadas y creo que todos los señores parlamentarios tendrán que convenir conmigo en lo que vengo sosteniendo. ¿Qué quiero, señor Presidente? En primer lugar, que el proyecto salga en buena forma; en segundo lugar, que sea concordante con las demás disposiciones de nuestra legislación positiva, lo que es obligación del legislador, y, en tercer lugar, que el proyecto no se preste para abusos o para que el poseedor de mala fe pueda hacer caducar el derecho de una persona que está usando el agua o que no la esté usando por razones de fuerza mayor o imprevistos. En definitiva, mi deseo es que entreguemos una buena ley.
Por eso, me permito solicitar nuevamente que se envíe este proyecto a la Comisión de Agricultura, o a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que debería ser la que conociera esta materia que estoy planteando, y que en un plazo muy breve, una semana, 5 ó 10 días, con informe ilustrativo, podamos entrar a votar el proyecto.
El señor MERCADO (Presidente).-
Debo advertir a los señores Diputados que hay acuerdo de los Comités, ratificado polla Sala, para despachar en el día de hoy este proyecto.
Solicito la venia de la Sala, para acceder a la petición formulada por el señor Rufo Ruiz-Esquide.
El señor TEJEDA.-
No, señor.
El señor MERCADO (Presidente).-
No hay acuerdo.
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