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El señor OLAVE.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas también vamos a votar por el rechazo de este inciso segundo, porque en verdad no concuerda con el espíritu que ha tenido el Congreso al aprobar leyes de excepción que benefician a la gente más humilde de nuestra Patria, como es la que favorece a los propietarios de un bien raíz inferior a Eº 10.266 y que están afectos a la exención de la parte fiscal, pagando solamente la parte municipal de las contribuciones. Hay que hacer notar que, por efecto de la ley territorial dictada con motivo de la sequía del norte, incluso han sido aplicadas exenciones a propietarios que no pagan contribuciones fiscales. De modo que esta modificación que se pretendió hacer en la Cámara con respecto a este recargo del 2 por mil o del 10 por ciento sobre el monto de la contribución, viene a convertirse, en esta forma, en un recargo permanente sobre los bienes raíces.
Para que exista concordancia con el espíritu que tuvo el legislador en el año 1964, cuando eximió del pago del impuesto a los bienes raíces, en la parte fiscal, a aquellos propietarios de inmuebles urbanos avaluados en no más de 5 mil escudos y que hoy, por efecto del reavalúo, han llegado a 10 mil 266 escudos, creemos que esta franquicia debe mantenerse y no aplicar lo propuesto por el Ejecutivo, lo que se lograría, exclusivamente, rechazando la supresión del inciso segundo del artículo 3º transitorio, que limita el recargo sólo a los bienes raíces cuyo avalúo sea superior a 15 sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago.
Nada más.
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