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El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el señor Señoret, don Rafael.
El señor SEÑORET.-
Señor Presidente, yo no conozco este caso particular, a que se refiere este artículo; pero, sé que, en general, suele presentarse muy a menudo una situación semejante a las Municipalidades.
Se trata de que una ley autoriza la expropiación de determinados predios, y ocurre que posteriormente, se producen problemas de orden social. Estos predios están ocupados por una gran cantidad de personas que, mientras está vigente la ley tienen sobre sus cabezas una espada de Damocles porque tío se sabe cuándo ni en qué instante se va a proceder a la expropiación o cuándo la Municipalidad va a hacer el ensanche de calles en la ejecución de la plaza u otras obras.
Entonces, los vecinos se han dirigido a la Municipalidad, con el objeto de conseguir y obtener la derogación de esta disposición, considerando el hecho de que tampoco durante el tiempo en que permanezca vigente la ley ellos puedan hacer ninguna clase de arreglos, de mejoras, y en general, ninguna clase de trabajos en su propiedad.
Entonces, en estos casos, la Municipalidad generalmente toma un acuerdo que trata de llevarlo a la práctica a fin de dejar sin efecto la ley respectiva, por razones como digo de orden social. Esto es lo que siempre ocurre; y me parece que, en este caso debe suceder algo parecido; pero, de todas maneras, encuentro razón al señor Diputado, en el sentido de que en este caso, lógicamente deberíamos tener mayores antecedentes, porque no sabemos qué razón hay para proponer la derogación de esta disposición legal.
Es lógico suponer que en este caso, la Municipalidad ha tomado un acuerdo muy bien fundado porque siempre, en casos semejantes a las municipalidades no les queda otra cosa que tomar el acuerdo de solicitar la derogación de la ley.
A mí me gustaría también, como al señor Diputado, tener algún antecedente más, que a nosotros nos oriente sobre las razones que la Municipalidad ha tenido en este caso para tomar el acuerdo.
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