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Honorable Senado:
La Aviación en Chile, como en la mayoría de los países, cumple una valiosísima labor social en bien de la comunidad, especialmente en aquellos que, como el nuestro, su territorio es muy extendido y accidentado.
En las provincias de Ñuble, Concepción y Arauco y en general en todas las del Sur, donde hay carencia de campos de aterrizaje adecuado o donde los medios de comunicación no son muy expeditos, en circunstancias difíciles derivadas de movimientos sísmicos, desbordes de ríos o grandes temporales, la población civil queda aislada por los rompimientos de puentes o derrumbes en los caminos. En tales casos y como ya lo ha probado en varias ocasiones, la aviación civil cumple una importante misión en el traslado de enfermos, abastecimiento de alimentos o transporte de toda clase de ayuda.
En el caso que me preocupa, se puede citar como ejemplo el terremoto del año 1960. En esa ocasión, el puente carretero que une Concepción con la provincia de Arauco a través del río Bío-Bío quedó intransitable y toda la comunicación se logró a través del puente ferroviario y el puente aéreo que el Club Aéreo de Concepción estableció entre la cancha de aterrizaje de Lagunillas en el Departamento de Coronel y el Aeródromo de Hualpencillo en Concepción.
A raíz del cierre del Aeropuerto de Hualpencillo y la habilitación del nuevo Aeródromo Carriel Sur, el Club Aéreo de la capital penquista deberá trasladarse a este último, con las consiguientes molestias ya que carecerán de un hangar adecuado y los aviones deberán permanecer a la intemperie. Por otro lado la intensificación del tráfico aéreo comercial en una región industrial de primera importancia, hace peligrosa la práctica de la aviación civil con aviones de pequeña potencia, lo que se ha comprobado en casi todas las grandes ciudades, donde los Clubes Aéreos tienen canchas de aterrizaje independientes de los aeródromos comerciales.
Finalmente, la falta de canchas de aterrizaje en nuestro extendido territorio, hace aconsejable fijar algunas zonas de emergencia, para que en la carretera, mediante señalización especial, se pueda utilizar como canchas de aterrizaje de alternativa, cuando la maniobrabilidad de los aviones o las circunstancias climáticas impidan llegar hasta el aeropuerto más próximo.
Por las razones expuestas, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- La Dirección de Aeronáutica expropiará para destinarlos a cancha de aterrizaje, bajo la tuición del Club Aéreo de Concepción, los terrenos en que está ubicada la Cancha de Lagunillas de propiedad de la Compañía Forestal Colcura, en el Departamento de Coronel de la provincia de Concepción.
En dicho campo de aviación instalará sus oficinas y hangares el Club Aéreo de Concepción, sin perjuicio de las oficinas que mantenga en la ciudad de Concepción o en Carriel Sur.
Artículo 2º.- La Dirección de Aeronáutica, de común acuerdo con la Dirección de Vialidad, fijarán a través de la carretera Principal o las perpendiculares, zonas de emergencia en extensiones superiores a 500 metros, para que sean utilizadas como canchas de aterrizaje sólo en casos de extrema urgencia. La Dirección de Vialidad efectuará los ensanches y señalización necesarios."
(Fdo.): Humberto Aguirre Doolan.
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