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    • rdf:value = " CONVERSION DE CREDITOS OTORGADOS POR EL BANCO DEL ESTADO.El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde ocuparse en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza al Banco del Estado de Chile para convenir la conversión de créditos otorgados desde la vigencia de la ley 16.253, informado por la Comisión de Hacienda. La Comisión de Hacienda, que sesionó bajo la presidencia de la Honorable señora Carrera y del Honorable señor Altamirano, con asistencia de los Honorables señores Baltra, Miranda, Contreras Labarca, Noemi, Pablo y Von Mühlenbrock, recomienda a la Sala aprobar el proyecto con las enmiendas contenidas en su informe. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los 'Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 20ª, en 3 de diciembre de 1968. Informe de Comisión de: Hacienda, sesión 54ª, en 6 de mayo de 1969. El señor LUENGO (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor VON MÜHLENBROCK.- Señor Presidente, nos corresponde esta tarde ocuparnos en un proyecto aprobado por la Cámara de Diputados que autoriza al Banco del Estado para la conversión de los créditos otorgados desde la vigencia de la ley 16.253, o sea, la que permitió la creación de bancos de fomento en todo el país. Dichos bancos tendrían como misión impulsar el desarrollo de las distintas actividades productoras mediante préstamos en moneda nacional y extranjera, reajustables y a un plazo no inferior a tres años. El reglamento de esta interesantísima ley, promulgada el 19 de mayo de 1965, sólo vino a dictarse en enero de 1967. El único organismo autorizado hasta ahora para actuar como banco de fomento es el Banco del Estado de Chile. Mientras se dictaba el reglamento, el Banco del Estado otorgó diversos préstamos reajustables destinados a inversiones de fomento, y ahora se quiere amparar esos créditos, que son a corto plazo, convirtiéndolos en préstamos a largo plazo y reajustables según el alza del costo de la vida. La Comisión de Hacienda tuvo el criterio de variar la redacción del artículo 1º, en el sentido de hacerlo aplicable a los deudores que reúnan claramente los requisitos del crédito de fomento y hacer imperativo para el Banco del Estado aceptar la conversión. De esta manera se garantiza la imparcialidad y se vela por los intereses legítimos de la producción nacional, acreedora a este beneficio. La indicación respectiva fue presentada por el Honorable señor Baltra. Es lamentable que no se haya autorizado la creación de mayor número de bancos de fomento en el país para estimular la iniciativa privada, para crear nuevas fuentes de empleo y para atraer capitales que hoy se ocultan, permanecen inactivos o lisa y llanamente se destinan a actividades de carácter especulativo. La situación de crisis que vive el país podría haberse resuelto si se hubiera tenido esta formidable herramienta de desarrollo. Chile, que educa a su pueblo, carece de empleos para su juventud, y nuestros técnicos emigran por falta de horizontes. En la zona sur, esta emigración en busca de trabajo ha llegado a tal extremo que hoy se encuentran trescientos mil ciudadanos chilenos radicados en la Patagonia argentina. Por lo beneficioso de la idea central, la Comisión de Hacienda aprobó en general la idea de legislar y los artículos relativos al Banco del Estado, entre los cuales figura el tercero, que permite reajustar, en el ciento por ciento de la variación que experimente el alza del costo de la vida, los depósitos de ahorro a plazo en ese banco, que hasta ahora sólo han sido reajustados en parte. El artículo 4º del proyecto alude a la Comisión Nacional del Ahorro, creada por decreto supremo, que debe autorizar el tipo de interés de los depósitos de ahorro del Banco del Estado. La Comisión de Hacienda estimó que no era lógico reconocer por ley a una institución creada por decreto, y triunfó la tesis, que será cristalizada en el segundo informe, de legalizarla por la ley. Eso sí, esperamos conocer el criterio del Ejecutivo sobre el particular, y en el segundo informe, los miembros de la Comisión y demás señores Senadores que se interesen por la materia presentarán las indicaciones del caso. De todos modos, nuestro propósito es mejorar la indicación de la Comisión, dando mayor participación en especial a los ahorrantes y a las asociaciones de ahorro y préstamo. Repito que en el segundo informe se tratará de mejorar lo relativo a la Comisión Nacional del Ahorro, después de conocer el criterio del Ejecutivo. Con pleno espíritu de justicia social, la Comisión rechazó los artículos 6º y 7º, pues se opuso a aplicar impuestos a los créditos que el Banco del Estado otorgue a sus ahorrantes. En la actualidad, las cuentas de ahorro superan el millón, y representan más de mil doscientos millones dé escudos. Los artículos 9º y 10 del proyecto contienen útiles iniciativas y actualizan las disposiciones de la ley 4.657, que autoriza a las sociedades anónimas para emitir bonos, a fin de permitirles reunir nuevos capitales para ampliarse, mejorar sus instalaciones y competir en los mercados. Dichos artículos reglamentan en debida forma la emisión de bonos o "debentures". A nuestro juicio, esta modernización de la ley 4.657 es un paso importante a favor del desarrollo de las actividades económicas nacionales. Los artículos 12 y 13, que se refieren a los recargos en el valor de las patentes municipales del comercio y la industria, fueron mejorados notablemente por la Comisión, de acuerdo con el Ejecutivo. En efecto, se evitó recargar de manera injustificada las actividades productoras, pues primitivamente se dejaba sin tope el recargo de las patentes, lo que permitía elevar su valor hasta el infinito. Puede decirse, entonces, que en general los objetivos y las materias de este proyecto, debidamente perfeccionados por la Comisión de Hacienda en numerosas y prolongadas sesiones, son positivos y dignos de transformarse en disposiciones legales. Pero en el proyecto que nos llegó aprobado por la Cámara de Diputados hay un artículo que indudablemente provocará intenso debate en esta Sala, y a él deseo referirme muy en especial. Se trata del artículo 11, sobre el cual ya hablé en el Senado en sesión de 17 de diciembre de 1968. En dicha oportunidad, señalé a esta Corporación y al país las gravísimas consecuencias que se derivarían en caso de ser aprobado dicho precepto en la forma y condiciones propuestas por el Ejecutivo y aprobadas por la mayoría de la Cámara de Diputados. ¿Cuál es la trascendencia de este artículo? ¿Por qué mi alarma y mi inquietud? ¿Y por qué la Comisión de Hacienda destinó numerosas sesiones a su estudio y escuchó a todas las empresas e instituciones interesadas en su aprobación o rechazo? Es muy sencillo explicarlo. En efecto, el artículo 11 legisla sobre la industria automotriz chilena y trata de resolver sus problemas, que, indudablemente, en estos momentos son de extrema gravedad y urgencia. La industria automotriz nacional, que empezó con 27 planeas de armaduría, a la fecha está reducida a 10 fábricas, que producen automóviles, camiones y camionetas. La producción de vehículos, según datos proporcionados a la Comisión de Hacienda, ha sido la siguiente: 1962, 6,615 vehículos; 1963, 7.939; 1964, 7.797; 1965, 8.570; 1966, 7.096; 1967, 13.157, y 1968, 18.042. La producción de 1968 se descompone como sigue: 12.756 automóviles y "stations wagons", 915 furgones, 1.536 camionetas y 2.835 camiones. Según el Secretario Ejecutivo de la Comisión Automotriz de la Corporación de Fomento de la Producción, el problema básico de la industria automotriz reside en que la capacidad instalada de producción es mayor que la demanda de vehículos estimada para el futuro. A juicio del mismo Secretario Ejecutivo, existen inversiones* por 27 millones de escudos, y la producción en 1970 será de 20.000 automóviles y 5 mil camiones. El Subsecretario de Hacienda, don Florencio Guzmán, informó a la Comisión que en 1968 hubo necesidad de financiamiento para 16.000 vehículos. De ellos, 30% se pagó al contado, y el 87% restante, con facilidades. El 37% del saldo" también fue pagado al contado. Considerando un precio promedio de 44 mil escudos por vehículo, resulta una necesidad de financiamiento del orden de los 700 millones de escudos. De esa cantidad, 55% corresponde a financiamiento a plazo. En otras palabras, 400 millones de escudos están siendo financiados por organismos no sujetos 'al control del Estado ni de ninguna otra especie. La situación de 1968, con un financiamiento de 700 millones de escudos, se agravará en 1969, pues este año se producirán 5.000 vehículos más, o sea, se necesitarán alrededor de 924 millones de escudos, y en 1970, cuando se produzcan 25.000 vehículos, se requerirá un financiamiento cercano a 1.200 millones de escudos. Es decir, la suerte de la industria automotriz se encuentra gravemente amenazada, ya que no hay financiamiento para ella. Fórmula para resolver el problema. Ahora bien, frente a tan serio asunto, ¿qué ha ideado el Gobierno como solución? A mi juicio, algo que no resuelve el problema y que constituye un gravísimo error, pues ha presentado una iniciativa que redundará en desatar una crisis peor y más trágica que la que se desea remediar. De ahí mi alarma; de ahí mi discurso del 17 de diciembre de 1968; de ahí mi oposición constante en la Comisión de Hacienda a aprobar el artículo 11 del proyecto que nos envió la Cámara y que, por fortuna, ha sido rechazado, en primer informe, por cuatro votos contra uno. Análisis del artículo 11. Corresponde al Senado pronunciarse sobre el artículo 11 del proyecto, despachado favorablemente por la Cámara de Diputados, que propone medidas tendientes a modificar los cauces del ahorro nacional. Entre otras disposiciones y de acuerdo con lo propuesto por el artículo mencionado, se autorizaría al Presidente de la República "para dictar disposiciones que permitan el establecimiento de organismos privados, con personalidad jurídica, destinados a recibir ahorros y otorgar préstamos reajustables para la adquisición de vehículos motorizados producidos o armados en el país", los que estarían sometidos a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos. Observe la Corporación que en ningún momento se habla o se califica si los automóviles serán nuevos ó usados. Al iniciar el proyecto su segundo trámite constitucional, la Comisión de Hacienda del Senado encontró dificultades para desempeñar su cometido respecto del artículo 11, como consecuencia de la falta total de informaciones, antecedentes y proyecciones relacionadas con un plan de esta naturaleza. Posiblemente, por falta de un estudio sobre la materia, los personeros del Gobierno que concurrieron a las reuniones del organismo técnico de estudio no pudieron llenar ese vacío, lo cual retardó el despacho de la iniciativa durante varios meses. Sólo en fecha reciente la Comisión de Hacienda acordó recomendar el rechazo del artículo 11. Tal decisión se adoptó, como he dicho, por la mayoría absoluta de cuatro votos contra uno. Debo dejar constancia de que las duras observaciones a este precepto, formuladas en la Comisión por el Senador que habla y otros colegas, encontraron comprensión en el Ejecutivo, que no ha insistido sobre el particular y ha dado plazo para debatir el tema. Inclusive retiró la urgencia, a fin de permitir que la Comisión se formara un juicio más amplio respecto de la gravedad del asunto en discusión. El 17 de diciembre de 1968 manifesté en esta Sala que, a mi juicio, la industria automotriz merece y necesita ser estimulada, y para ello debe crearse un poder comprador. No obstante, no puede correrse el riesgo de desviar descontroladamente el ahorro nacional para el fomento desproporcionado de una sola actividad, perjudicando gravemente a ramas y complejos económicos de importancia tan fundamental como la edificación de viviendas económicas. Para evitar ese peligro, sin oponerse en principio a la aplicación del sistema de ahorros y préstamos para favorecer el desarrollo de la industria automotriz, sostuve la conveniencia de ampliar a dicho ramo la actual operatoria del sistema nacional de ahorros y préstamos, lo cual permitiría regular el volumen de los recursos destinados al financiamiento de los planes habitacionales y al fomento automotriz, de acuerdo con la orientación de la política económica de la nación. Al tocar el aspecto de la regulación de recursos financieros con fines de desarrollo y de fomento, deseo hacer un alcance. Con ligereza inexcusable, no ha faltado en este caso la voz de los teóricos que se oponen "por principio" a toda forma de regulación. Según esos caballeros, si el pueblo quiere autos o quiere circo, hay que darle circo y autos, aun cuando los hijos de los flamantes automovilistas deban dormir a la intemperie. Las actuales asociaciones de ahorro y préstamo -dicen- deberían afrontar la competencia del sistema en proyecto, mejorando sus tasas de interés por los fondos que reciben en depósito; la competencia es sumamente sana -agregan- y los ahorrantes se beneficiarían. A] expresarse en tales términos, olvidan que las asociaciones de ahorro y préstamo son instituciones privadas mutualistas que no persiguen fines de lucro, y que los mayores intereses que exigiese toda acción competitiva recaerían inevitablemente sobre los adquirentes de viviendas. Frente a esos teorizantes de la libertad económica, mi posición es clara e incontrovertible: soy partidario de la libre empresa y estimo que el Estado no debe coartar o perturbar su desarrollo. Respetando este principio, el Estado puede y debe estimular y fomentar las actividades vitales de la nación, lo cual significa aplicar una política reguladora que es la esencia misma del arte de gobernar, y que si llegase a desaparecer significaría caer en el desgobierno y la anarquía. Al formular mi pensamiento, debo puntualizar que no pretendo defender a las asociaciones de ahorro y préstamo de un riesgo de competencia, sino a las actividades primordiales que ellas están impulsando en beneficio del país y de su población. Existiendo en nuestro territorio 22 asociaciones de esa índole, muchas con sucursales y oficinas que multiplican su capacidad de acción; teniendo esas entidades funcionarios especializados en todos los aspectos técnicos del ahorro reajustable; contando con mecanismos de seguridad y fiscalización; disponiendo de importantes recursos y reservas, administrados con la confianza de la población; y siendo la esencia misma de estas instituciones de índole regionalista, de modo que se sabe que los capitales reunidos se invierten en cada zona, no puede ser razonable estructurar otro sistema para los vehículos motorizados. Sin elevar sus costos de modo sustancial, las asociaciones de ahorro y préstamo están capacitadas para recibir depósitos y otorgar préstamos para cualquier finalidad, y basta para ello que la ley lo permita. Repito: no defiendo a las asociaciones de ahorro y préstamo. Igual que todas las instituciones, no me interesan en sí mismas, sino en cuanto a la finalidad o función que desarrollan. Si se llegara a crear un nuevo canal de ahorro reajustable, competidor de los actuales, las asociaciones de ahorro y préstamo y el Banco del Estado, que reúnen el 75% del ahorro nacional, recibirían un menor volumen de depósitos, pero no dejarían por ello de ser organizaciones financieras de primera importancia. Prestarían, sí, menos dinero, y seguramente habría que autorizarlas para hacerlo con mayores tasas de interés, para equipararlas con las del ahorro para vehículos motorizados. Es esto lo que me preocupa, porque se construirían menos casas para hacer frente a una necesidad siempre creciente y se restringirían los créditos que precisan las actividades productoras, ocasionando una desviación des-controlada de recursos financieros desde los canales que alimentan producciones ciento por ciento nacionales, para fomentar en forma irracional y desproporcionada a una industria que. no es ciento por ciento chilena. Como sucedió en la Comisión de Hacienda, la forma como está redactado por el Ejecutivo el artículo 11 ya citado, no permite debatirlo con la extensión y la profundidad indispensables. En verdad, el Gobierno no ha estimado oportuno someter a la consideración del Poder Legislativo un verdadero proyecto sobre un asunto de tanta trascendencia, sino que solicita facultades extraordinarias para resolver lo que quiera a este respecto, olvidando las normas constitucionales que señalan quién debe legislar y quién debe ejecutar y administrar. Habría sido necesario e importantísimo debatir el asunto en toda su amplitud, dadas las proyecciones que tiene para el país, tanto en lo referente al fomento de la industria automotriz como a la formulación de una política de ahorro nacional. El proyecto del Gobierno, no obstante, propone una delegación de facultades que nos impide examinar los antecedentes primordiales, lo cual hace imposible emitir nuestro pronunciamiento con conocimiento cabal de causa. El ahorro nacional es un importante patrimonio que debe ser canalizado cuidadosamente, de modo de servir en forma armónica las necesidades vitales de la nación. Hasta hoy se carece, desafortunadamente, de una planificación efectiva de -nuestro ahorro nacional, siendo imposible precisar, por ello, el grado de importancia que dentro de una orientación racional de estos recursos correspondería asignar a la industria automotriz. Hay cifras indicadoras, sin embargo, que mueven a reflexionar. El Sistema Nacional de Ahorros y Préstamos, que está contribuyendo a la solución de un problema de índole fundamental, ha logrado hasta ahora un promedio de 7.000 casas por año, con un valor medio aproximado de 50 mil escudos por vivienda, equivalente al precio de un automóvil popular. Según se ha dado a conocer, la industria automotriz pretende movilizar ahorros para financiar la compraventa inicial de 20.000 vehículos en el curso del primer año, con un incremento anual considerable. La realización de ese plan significaría la utilización de recursos tomados del ahorro popular que triplicaría los movilizados para la vivienda. ¿De dónde provendrán y cómo se reunirán? ¿Los podrá colectar una campaña montada con los más costosos medios de publicidad, para conseguir el efecto de retiros masivos de fondos reunidos por todos los canales del ahorro nacional -en muchos casos, economizados por centenares de personas de condición humilde-, entre ellos el Banco del Estado, el Banco Central de Chile, las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, las Cooperativas de Ahorro, los Bancos Hipotecarios y la Caja Central de Ahorros y Préstamos? ¿Quién y cómo podría corregir, más adelante, los efectos nocivos de este desajuste para otras ramas de la producción? Se dice que la industria automotriz contribuiría a la formación del capital básico de las entidades financieras en proyecto, con un aporte de recursos provenientes del exterior del orden de los 10 millones de dólares. Si el precio de venta medio de los vehículos durante el próximo año fuese de 50 mil escudos, tal aporte alcanzaría para financiar un máximo de 2.000 unidades, lo que representaría sólo 10% de la producción programada para el primer año. ¿Puede contribuir el país con el 90% restante? Y aun cuando pudiese, ¿se atrevería alguien a decir en voz alta que sería sensato realizar un esfuerzo tan desproporcionado, posponiéndose la atención de necesidades primordiales del desarrollo nacional? Aún hay otras preguntas: ¿Cuál sería el estatuto y régimen legal de las entidades en proyecto? ¿Quién tendrá predominio para administrarlas y qué rol asumirá la Corporación de Fomento de la Producción, con cuyos capitales también parece que se contaría? ¿Estarán representados los intereses de los ahorrantes, que harían indudablemente el aporte principal? ¿Cómo se explica, entonces, que el proyecto consulte castigar a los ahorrantes que precisen retirar sus fondos, privándolos de los reajustes compensatorios del deterioro monetario? ¿Quiénes obtendrán provecho de tan injusta medida? ¿Qué exigencias han hecho las empresas extranjeras interesadas en participar, para concretar sus aportes y asegurar su posterior retorno? ¿Por qué se insiste en independizar la financiación automotriz de la habitacional? ¿No resulta evidente que es porque las asociaciones de ahorro y préstamo son organizaciones mutualistas que no persiguen fines de lucro y que distribuyen sus beneficios entre los ahorrantes? En declaración a la prensa, la institución que agrupa a los fabricantes de automóviles ha manifestado textualmente que "las industrias terminales chilenas no podrían traer capitales del exterior para entregar esos fondos a organizaciones sobre las cuales no tendrían ningún control". A cambio de un aporte de dinero, ¿puede haber conveniencia nacional en concentrar en una misma mano los factores producción, distribución y financiamiento, creándose un monopolio manejado desde el exterior? ¿Cómo podría realizarse, en tales condiciones, un plan de regulación y control de producción, precios y calidades, rectificando, por ejemplo, la preferencia de los productores por los vehículos livianos o de agrado, sin atender a la necesidad urgente que tienen las provincias de máquinas de trabajo? Como representante de una zona de esfuerzo tesonero, que labora en forma silenciosa e infatigable por el progreso de la nación, señalo la necesidad de las provincias en orden a que se produzca suficiente número de tractores, camiones y camionetas, con prioridad a la satisfacción de la demanda de otra clase de vehículos. La sola enunciación de los interrogantes planteados demuestra la necesidad de estudios serios y completos sobre los antecedentes, proyecciones y efectos indirectos del proyecto automotriz. La ausencia de informaciones completas nos priva de las condiciones básicas indispensables para un pronunciamiento responsable, como corresponde a la jerarquía y dignidad de esta Corporación. Aprobar en tales condiciones un proyecto de tanta trascendencia y de tan variados alcances, sería actuar, como legisladores, con censurable ligereza. El potencial de ahorro del país es uno solo, aun cuando la creación de un estímulo nuevo pueda representar algún grado de incremento subsidiario. De este hecho se desprende que todo nuevo medio de ahorro reajustable se traduciría en la desviación de recursos ya canalizados, con el daño consiguiente, no para los sistemas en operación, sino para las actividades productoras que éstos están atendiendo con sus créditos. El nuevo sistema financiero que desea crear el Poder Ejecutivo sin la intervención directa del Congreso Nacional, mediante un proyecto en que pide facultades para organizarlo, estaría llamado a ejercer un efecto deprimente sobre todos los canales del ahorro nacional, y en forma muy especial sobre el Banco del Estado y las asociaciones de ahorro y préstamo, cuyos depósitos representaban al 31 de diciembre de 1968, como ya se ha dicho, el 75 % de los ahorros de la población. Las consideraciones que anteceden harían recomendable concordar con el criterio de la Honorable Comisión de Hacienda, en cuanto a rechazar el artículo 11 del proyecto del Ejecutivo que analizamos. Deseo demostrar, no obstante, que no soy un Senador adverso al desarrollo de la industria automotriz, y por ello formulo indicación para que se sustituya el texto de ese artículo por el siguiente: "Artículo 11.- Agrégase a la ley 16.807, de 20 de julio de 1968, el siguiente artículo: "Artículo 91.- Las Asociaciones de Ahorro y Préstamo podrán otorgar préstamos reajustables para la adquisición de vehículos motorizados producidos o armados en el país, de acuerdo con las normas que establezca el reglamento. "Se autoriza al Presidente de la República para que en dicho reglamento dicte normas relativas a las garantías que deben rendirse y a los seguros que deban contratarse, así como a los procedimientos que deban seguir las asociaciones en el otorgamiento de los créditos a que este artículo se refiere. Podrá, además, dictar disposiciones legales tendientes a regular las operaciones de crédito y fijar sus plazos, tasas de interés, comisiones y formas de reajuste; colocaciones e inversiones que puedan realizar las asociaciones en esta clase de créditos, y las limitaciones o prohibiciones a que queden sujetas." La indicación que presento, señor Presidente, tiende a encauzar este debate por un camino positivo, dando solución al problema planteado. Resguarda el interés de la nación, contrario a los monopolios; resguarda el interés de todas las. actividades servidas en la actualidad por los sistemas de ahorro reajustable en operación; resguarda el interés de los ahorrantes que no consigan realizar la ilusión del automóvil propio, a quienes no sería equitativo privar de su derecho a reajustes; resguarda el interés de todos, al propender a que el Ejecutivo lleve a cabo una verdadera política económica, regulando los recursos que se movilizan para contribuir al desarrollo orgánico de la producción nacional ; resguarda, por último, el interés de la propia industria automotriz, pues pone a su servicio el canal más importante del ahorro reajustable. La industria automotriz es respetable. Chile la necesita para resolver sus problemas de transportes e, inclusive, de defensa nacional. Conozco el poder multiplicador de esta rama industrial. Sé que genera múltiples actividades de precisión y alta técnica y que ocupa numerosa mano de obra. Pero es preciso establecer claramente las prioridades. Tenemos que colocar, en un lado de la balanza, la compra de automóviles, y en el otro, el cruel y doloroso problema de la escasez de viviendas, que afecta a centenares de miles de familias chilenas, fundamentalmente al pueblo y a la clase media. El SINAP -Sistema Nacional de Ahorros y Préstamos- está constituido por 23 asociaciones reguladas, dirigidas y controladas por un admirable organismo, cual" es la Caja Central de Ahorros y Préstamos, que me atrevo a definir como la "CORVI" de la clase media chilena, porque la CORVI estatal se preocupa directamente del sector humilde. Aquí debemos entrar a considerar que los estratos medios de la población no han sido considerados como corresponde, no obstante ser ésta la nación del continente americano con mayor madurez política, de mejores formas de derecho y que cultiva la democracia como pocos países del mundo lo han hecho. A mi juicio, esta virtud de Chile, la razón de ser de nuestro" estado de derecho, radica en la circunstancia de que somos la primera nación americana gobernada por la clase media, que ha creado valores espirituales que, para nosotros, son un orgullo. Sin embargo, esta clase media es la más golpeada y abandonada en nuestro país. En los últimos años, la protección del Estado ha ido directamente a los estratos más bajos. Aquélla, sin embargo, se encuentra sin destino, desorientada, entregada a su suerte, golpeada por la falta de ocupación, de horizontes. A este respecto, cabe mencionar los efectos de la reforma educacional, que en otras oportunidades he analizado. Pues bien, mediante el artículo 11 del proyecto de ley en debate, se asesta otro golpe de muerte a esa clase social. Me permito atraer la atención del Honorable Senado hacia este problema, pues no es posible comparar el poder multiplicador de la industria automotriz -respetable, admirable, indispensable o necesaria para Chile- con el de la construcción de viviendas, es decir, del acero, cemento, ladrillos, artículos sanitarios, industria maderera, casas prefabricadas, manufactura de muebles, menaje en general, pintura, y mano de obra, desde la más humilde: desde el camionero, el carpintero, el hombre que trabaja en el alcantarillado, hasta el técnico, ingeniero o arquitecto, que calculan y diseñan los detalles necesarios para construir una población. ¿Qué ocurriría en nuestro país si quiebra el SINAP? Chile es un país que carece de la reciedumbre que caracteriza a naciones milenarias. Indudablemente, nuestro pueblo es imprevisor. Podría decirse que es una chicharra alegre, que pasa cantando el largo verano y que no ahorra para el riguroso invierno de la vida. ¿Qué sucederá el día que se tiente al pueblo, que tiene sed de vehículos? Tienen ansias de poseer su automóvil la dueña de casa, el empleado particular, el modesto empleado público, para- ir al mercado, para llevar a sus hijos a la escuela, para salir el día domingo a reponer energías; las tienen también el pequeño productor y el pequeño industrial, pero de una camioneta, especialmente, para transportar sus productos al mercado. Si se les presenta a todos ellos la posibilidad de satisfacer esta necesidad mediante un pequeño depósito de ahorro previo, con un modesto dividendo a su alcance, destinarán los ahorros que hasta hoy día juntaron para construir una casa, para llegar a tener un hogar, a la compra de un bien que podría Considerarse prescindible o suntuario, como es el automóvil respecto de un problema de profunda gravedad social, cual es el de la vivienda. Creo que jamás podría este Senado aprobar el artículo 11 referido, pues así terminaríamos con el Sistema Nacional de Ahorros y Préstamos y con la construcción de viviendas para la clase media. ¿Cuáles serían las consecuencias? Cesantía y paralización de actividades, agravamiento de los problemas sociales. En efecto, estudiemos los guarismos, veamos las cifras. En 1968, Chile ahorró un total de 2.882,8 millones de escudos. De ellos, el Banco del Estado, considerando la totalidad de los depósitos de ahorro a plazo y a la vista, ascendentes a 1.231,3 millones de escudos, captó 42,7%. El Sistema Nacional de Ahorros y Préstamos -SINAP- percibió 33,2% del ahorro total, es decir, 954 millones de escudos... La Corporación de la Vivienda tuvo 3,7% del ahorro total, o sea, 108 millones de escudos. Los depósitos a plazo del sistema bancario privado ascendieron a 451,8 millones de escudos, vale decir, 15,7%. En otras palabras, los ahorros acumulados por el Banco del Estado, la principal entidad bancaria del país; por SINAP, la "CORVI" de la clase media; por la CORVI, o sea, por el Estado que construye para los sectores humildes, y por los bancos particulares, suman 2.735 millones de escudos, los cuales, restados a los 2.882 millones de escudos que componen el ahorro total del país, dan un remanente de apenas 147 millones de escudos. Estos recursos son los que, lógica y normalmente, deberían desplazarse hacia la compra de automóviles: o sea, prácticamente nada. Me permito solicitar la inserción en el texto de mi discurso del cuadro que contiene los guarismos señalados, explicativos de la posición que fundamento. -El documento cuya inserción se acuerda más adelante es del tenor siguiente: Ahorro en Instituciones Financieras Nacionales El señor VON MÜHLENBROCK.- No se ha pensado que este sistema competitivo ideado para la industria automotriz entraña no sólo un golpe de muerte para el SINAP, o sea, para la construcción de viviendas, sino también para el Banco del Estado, que presta a sus humildes ahorrantes una proporción ínfima de sus depósitos de ahorro, ascendentes a 1.231 millones de escudos; ni que la inmensa masa de casi mil millones de escudos permite los préstamos a la industria, la agricultura, la minería, etcétera. Tampoco se ha pensado en el golpe que para la propia CORVI y para los bancos privados envuelve el traspaso de los ahorros del país, con toda clase de franquicias, reajustables, a la compra de automóviles, mientras se secan los canales que llevan vivificante agua a la industria, la agricultura, la pesca, la minería, etcétera, a raíz de lo cual estas actividades disminuirán sus colocaciones. Ello tendría de inmediato su réplica: restricción del crédito -en estos momentos las colocaciones del Banco del Estado han disminuido en 50% respecto de los niveles alcanzados en 1968- tanto para la industria como para la agricultura, la minería y la pesca; paralización en la construcción, es decir, menor consumo de acero, cemento, maderas, artículos sanitarios, pinturas, quincallería, muebles y menaje, etcétera. Como secuela de ello, sobrevendría una ola de cesantía en la actividad que mueve mayor cantidad de brazos en la república. ¡No, señor Presidente! Este artículo no puede ser aprobado en la forma como ha sido concebido y redactado por el Ejecutivo. Yo busqué incesantemente su modificación. Solicité la asistencia de los señores Ministros y Subsecretarios de Hacienda y de Economía, de representantes de la CORFO, de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, a las Comisiones de Hacienda y de Economía de esta Corporación. El Ejecutivo reconoció hidalgamente la prioridad de la vivienda frente a la industria automotriz, inclusive, personeros de esta última actividad fueron honestos y aceptaron que debía darse preferencia al problema habitacional. Sin embargo, no recibimos de parte del Ejecutivo indicación alguna tendiente a desanimar la compra de vehículos, sino, simplemente, proposiciones que, luego, por la vía de la potestad reglamentaria o del subterfugio práctico, harán de esto un escarnio. Así, por ejemplo, se presentó una indicación, estimada fundamental, según la cual bastaría probar que se ha satisfecho la necesidad de vivienda para poder acogerse al sistema de ahorros y préstamos reajustables para la compra de automóviles. En tal caso, sería suficiente arrendar una propiedad o ser recibido gratuitamente en una vivienda para tener derecho a optar a la compra de un vehículo por este medio. Subterfugios de esta naturaleza nos impresionaron en la Comisión de Hacienda. De allí el rechazo, por cuatro votos contra uno, que propone en su informe. Yo no soy enemigo -repito- de la industria automotriz. La deseo para mi país; pero creo que ha sido mal planteada en la realidad económica de Chile. Se la ha orientado hacia los automóviles y no hacia la fabricación de maquinaria agrícola o industrial, imprescindible para el desarrollo económico. No se realizaron en el pasado ni ahora estudios serios de mercado. Estoy de acuerdo en que se ayude a esta actividad industrial. Pero el problema no puede plantearse así, pues su defensa pierde solvencia moral. Es un trágico error hacer ahorrar a un pueblo subdesarrollado como Chile, que necesita industrializarse, para gastar luego los escasos recursos acumulados en automóviles, en circunstancias de que nuestras principales fuentes de riqueza permanecen improductivas y de que el más grave problema social, cual es el de la vivienda., se agudiza cada día más. Bien conocemos el déficit habitacional del país. Deseo dar un ejemplo muy claro de la forma como responde el pueblo a las campañas de ahorro que no se fundamentan en la vivienda. Chile ha demostrado seriedad y madurez para ahorrar con el objeto de fomentar la construcción habitacional. Lo han demostrado especialmente los sectores humildes, mediante sus ahorros en el Banco del Estado y en las asociaciones de ahorro y préstamo. Me refiero a esa laudable iniciativa del Poder Ejecutivo, más tarde convertida en ley, que autorizó al Banco Central para emitir certificados de ahorro reajustables. A pesar de la campaña de propaganda desarrollada por ese organismo y de que ellos estaban destinados a financiar los más nobles fines de fomento de la producción y avalados por garantías tales como la liquidez inmediata, el más alto interés, etcétera, sólo se captaron 101,9 millones de escudos, o sea, 3,5% del ahorro nacional de 1968, que alcanzó a 2.882,8 millones de escudos. El pueblo chileno, la clase media chilena, ahorran para la vivienda. No cabe duda. Ha quedado comprobado. Pero si se la tienta, si se la explota en su imprevisión innata, si el mismo Estado le pide que compre automóviles y no construya casas, ¿qué ocurriría? ¿Cuál sería el resultado? Como el ahorro de un país es uno solo, la parte destinada a la adquisición de automóviles se desplazaría desde la vivienda, lo cual desencadenaría una crisis en toda la nación. He sido elegido Senador en representación de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue. Debo decir que mi zona soporta una tremenda recesión económica, contra la cual muchas veces he reaccionado. Son las secuelas del terremoto de 1960 y de la orientación económica, que han dejado a esas provincias convertidas en isla, en la cual apenas sobresale la industria IANSA de Rapaco, que se construye lentamente desde hace ya cuatro años. En ellas hay veinticinco mil cesantes. Los cinturones de miseria rodean a Valdivia, Osorno y Puerto Montt. El éxodo humano hacia la República Argentina a través de Aisén es trágico. Ya se nos han ido trescientos mil trabajadores. Basta y sobra con recordar la última explosión social de Puerto Montt, para darse cuenta de que la miseria, la recesión económica, la desesperación y la angustia han colmado toda medida en el sur de Chile, al extremo de que me permito calificar a la zona como un volcán. Deseo dar a conocer al Senado dos cifras, cuales son las del ahorro en Valdivia, Osorno y Llanquihue, y las del ahorro en las provincias de más al sur. Las primeras, con casi 700 mil habitantes, ahorraron en 1968 diecinueve millones de escudos, en tanto que Chiloé, Aisén y Magallanes, con 250 mil habitantes, destinaron al mismo fin 22 millones de escudos. El señor GORMAZ.- ¡Y todavía quieren tener casino! El señor VON MÜHLENBROCK.- Esto significa falta de poder de compra y aumento de la cesantía y de la recesión económica. En el sur de Chile se hace indispensable la implantación de una política que permita el desarrollo de todas sus actividades económicas. Desde luego, cabe destacar que innumerables aspectos de estas últimas están relacionados con la industria automotriz. Sobre el particular, tengo a la mano un cuadro que resulta de gran interés, donde es posible apreciar la gravedad que ocasionará en el urbanismo chileno el crecimiento progresivo de los automóviles. De acuerdo con las cifras que en dicho cuadro se señalan, en 1960 Chile tenía 57 mil automóviles, y en 1968 ya bordea los cien mil; o sea, en diez años ha duplicado el número de sus vehículos, en circunstancias de que ninguna ciudad chilena se ha ampliado ni modernizado para ponerse a la altura de ese progreso, como ocurre especialmente con Santiago. Los señores Senadores pueden apreciar a diario, en nuestra ciudad, la gravedad que reviste el problema del tránsito, con su secuela de accidentes y congestión de vehículos. Es fácil imaginar lo que sucederá si se triplica el número de automóviles. Ruego al señor Presidente solicitar el asentimiento de la Sala, a fin de insertar en el texto de mi discurso el cuadro en referencia. -El documento cuya inserción se acuerda más adelante es el siguiente: IMAGEN Existencia de Año automóviles El señor VON MÜHLENBROCK.- No deseo extenderme más en mis observaciones, pues ya he cumplido la finalidad fundamental de mi intervención: llamar la atención del Senado respecto de la profunda gravedad que implica, el artículo 11. La participación porcentual del Sistema Nacional de Ahorros y Préstamos en el financiamiento de viviendas, en 1968, llegó a representar el 82% en las construcciones del sector privado. Al desplazarse el ahorro a la industria automotriz, este elevado porcentaje caerá, y las consecuencias de ello serán la crisis, la cesantía y la paralización de la construcción, aparte el agravamiento del duro problema social que significa la vivienda. Para una mejor comprensión de la tesis que estoy defendiendo, ruego a la Mesa solicitar el asentimiento de la Sala para insertar en la versión de mis observaciones dos cuadros que tengo a la mano y que se relacionan directamente con el problema en examen. -Los documentos cuya inserción se acuerda más adelante son los siguientes: "Incidencia de las operaciones de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo en la construcción del sector privado. IMAGEN D DE UN CUADRO El señor VON MÜHLENBROCK.- En seguida, deseo expresar que en general el proyecto de ley que nos preocupa contiene ideas claras y precisas de beneficio, como el reajuste en ciento por ciento de las cuentas de ahorro de los pequeños ahorrantes del Banco del Estado; facultar a las sociedades anónimas para colocar bonos y "debentures" que les permitan ampliar sus instalaciones, y autorizar al Banco del Estado para convertir los créditos de fomento a corto plazo en créditos a largo plazo. Pero la idea matriz de la iniciativa es crear, con relación al sistema de ahorros y préstamos, un mecanismo competitivo que destruye el D.F.L. 2, que barre con el SINAP, que termina con una acción social admirable. Como miembro de la Comisión de Hacienda y representante del Partido Nacional, agrupación política que busca precisamente el desarrollo de la economía por canales de libertad y reconoce que debe prevalecer, por sobre todo, el interés de las mayorías, de la colectividad, ruego al Senado preocuparse en detalle de este gravísimo aspecto, a fin de que en el segundo informe podamos buscar la verdadera solución: aquella que, sin destruir el sistema del SINAP, nos permita poseer una industria automotriz eficiente y orientada al desarrollo económico de Chile. Porque son dos los aspectos que están pesando en la balanza: primero, con una prioridad que es necesario admitir, el progreso social; segundo, lo prescindible y suntuario. Termino mis observaciones rogando a los señores Senadores me excusen por el largo tiempo que he ocupado en exponerlas. Pero, como sólo somos cinco los miembros de la Comisión de Hacienda y es tan vasta la trascendencia que reviste la norma consignada en el artículo 11, he querido que mis Honorables colegas conozcan a fondo la razón de mi intervención y la gravedad de la crisis que puede amenazar al país. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se insertarán en el texto del discurso del Honorable señor Von Mühlenbrock los cuadros estadísticos a que se refirió. Acordado. Tiene la palabra el Honorable señor Altamirano. El señor ALTAMIRANO.- Señor Presidente, el Partido Socialista votará favorablemente, en general, el proyecto en debate, no tanto por las disposiciones primitivas que él contiene, cuanto por las indicaciones que se han formulado y que favorecen a diversos grupos de empleados y obreros de los sectores público y privado. No estimo pertinente referirme al artículo consignado en esta iniciativa que faculta al Presidente de la República para crear asociaciones de ahorros y préstamos destinadas a la adquisición de automóviles. Ya lo hizo con latitud el Honorable señor Von Mühlenbrock. El Partido Socialista, en términos generales, concuerda con lo que el señor Senador expresó, pues ya manifestamos también nuestra oposición a ese precepto. Por eso, en particular, deseo referirme a. una indicación que, en nombre de nuestro partido, formulamos al proyecto y que tiene atinencia con la acuñación de monedas de oro y de plata. Como saben los señores Senadores, el Presidente de la República, en virtud del artículo 17 de la ley 16.724, está autorizado para "ordenar la acuñación de monedas de oro y plata de curso legal, fijando su cantidad, peso, ley, valor, tipo y denominación de ellas". En virtud de esta facultad que la ley otorga al Jefe del Estado, se ha realizado, tal vez, el negocio más fabuloso que se conoce en la historia de Chile, pues él asciende a una suma aproximada a los 20 millones de dólares. Vale decir, 200 millones de escudos, o sea, 200 mil millones de pesos. Se trata de un contrato celebrado entre el Banco Central y una firma particular extranjera por la cantidad -repito- de 200 mil millones de pesos. En virtud de esta facultad legal, el Presidente de la República dictó un decreto que entregó en monopolio la comercialización de 247 mil monedas de oro a una firma extranjera llamada Italcambio, cuyo representante en Chile es el señor Juan Goñi. Como saben Sus Señorías, la realización de cualquier obra pública, como la construcción de un camino por valor de un millón o dos millones de escudos, por ejemplo -por cifras superiores, con mayor razón-, necesita de propuesta pública. En cambio, aquí se ha entregado a una firma extranjera el monopolio para comercializar monedas por una suma equivalente a 200 mil millones de pesos. Debo hacer notar que un funcionario del Banco Central que se opuso a dicha negociación fue despedido. Nosotros, al estudiarse el segundo informe, pretendemos que se cite a ese funcionario, para que dé las razones por las cuales se opuso a la disposición pertinente. Como he dicho, en conformidad al artículo 17 de la ley 16.724, el Presidente de la República está facultado para ordenar la acuñación de monedas de oro y plata, y en virtud de tal autorización dictó el decreto de Hacienda Nº 1, con fecha 10 de febrero de 1968, en el cual se establece "que el Supremo Gobierno ha creído conveniente rememorar diversos acontecimientos históricos que tuvieron lugar en los primeros años de nuestra República, todos ellos de trascendental importancia. "Que para este efecto ha creído también conveniente ordenar una acuñación especial de monedas de oro y plata de curso legal. "Vistos y teniendo presente la autorización otorgada a Su Excelencia el Presidente de la República por el Honorable Congreso Nacional en el artículo 17 de la ley Nº 16.724, vengo en dictar el siguiente decreto con fuerza de ley: "Acúñense por el Banco Central de Chile monedas de oro y plata, de curso legal y pleno poder liberatorio de obligaciones públicas y privadas, cuyas características y cantidades son las que a continuación se señalan"... Se indican, a continuación, las características que tendrán esas monedas, las cuales sólo podrán ser comercializadas por la firma Italcambio, organización venezolana subsidiaria, a su vez, de una firma italiana. Como se puede apreciar, el Supremo Gobierno creyó conveniente rememorar acontecimientos históricos, y para ello decidió entregar un monopolio fabuloso a una firma extranjera para negociar monedas de oro. Con este objeto, el Banco Central celebró un convenio con la firma mencionada, con domicilio en Caracas, Venezuela, En dicho contrato se establece que "el Banco encargará a la Casa de Moneda de Chile, de acuerdo con el decreto dictado por el Presidente de la República y el artículo 17 de la ley 16.724, la acuñación de monedas de oro y plata que señala más adelante. Las órdenes de acuñación se harán conforme a las peticiones de la empresa, por cantidades espaciadas, hasta completar el total de meses, en un período aproximado de 36 meses". De manera que aquí se ha establecido, por primera vez en la historia de Chile, el precedente de que la Casa de Moneda y el Estado chileno prestan su respaldo para que, a pedido del consumidor -del mismo modo que una persona puede, el día de mañana, ordenar a un sastre que le haga un traje-, se le confeccionen, de acuerdo con su personal petición, monedas por un valor aproximado a los 20 millones de dólares, o sea, 200 millones de escudos. Con este objeto -insisto- se dictó un decreto. Pero el contrato celebrado por el Banco Central tiene fecha anterior al decreto. El convenio celebrado por aquél con la firma Italcambio tiene fecha 17 de enero, y el decreto, fecha 10 de febrero del mismo año. Por consiguiente, primero la firma Italcambio celebró el contrato con el Banco Central y, a continuación, los gestores del negocio fueron donde el Presidente de la República y le solicitaron que dictara un decreto con nombre y apellido, puesto que sólo la firma venezolana puede realizar esta gigantesca operación comercial. El artículo 7º del convenio establece lo siguiente: "El Banco Central no podrá hacer entrega de ninguna cantidad de las monedas acuñadas, de acuerdo con lo dispuesto en el presente convenio, a otra persona o entidad que no sea esta empresa". Como ya lo he expresado, en virtud de lo dispuesto en el convenio, el Banco Central sólo puede entregar las monedas, y por un valor tan extraordinario en la historia de nuestro país, a la empresa mencionada. De acuerdo con el convenio, se deberán acuñar monedas por valor de 9 millones 995 mil dólares, es decir, en cifras redondas, 10 millones de dólares, para lo cual la empresa extranjera Italcambio entrega 8 millones 39 mil dólares y fracción. Y en esta operación se paga al Banco Central, a título de comisión, la suma de un millón seiscientos mil dólares. Este, en el fondo, ha sido el anzuelo que en parte ha permitido fructificar ese colosal negocio. Nosotros nos preguntamos ¿por qué el Banco Central no negocia directamente estas monedas? ¿Por qué esa institución bancaria entrega a una sola firma la posibilidad de negociar dichas monedas? He dicho que el contrato establece un valor total de 10 millones de dólares. Pero como la paridad considerada para este objeto, entre el dólar y el oro, es la oficial de 35 dólares la onza, y el convenio consigna la posibilidad de que el oro tenga un valor superior en el mercado internacional, como efectivamente lo tiene -los señores Senadores deben de saber que en el mercado libre el oro se cotiza a 47,88 dólares la onza, y no a 35 dólares, que es la paridad oficial establecida por Estados Unidos para el oro-, los diez millones de dólares, a la paridad libre o negra, se transforman en una cantidad cercana a 14 millones de dólares; Y, según informes fidedignos, tales monedas, por el hecho de haberse acuñado y por el valor numismático que adquieren, importan una utilidad de 50% a 60%, aproximadamente, es decir de 7 millones a 8 millones de dólares, lo que significa que el contrato, de acuerdo con su valor comercial, asciende a 22 millones de dólares. Insisto: una firma, "Italcambio", venderá monedas, en el mercado internacional, por un valor aproximado de 22 millones de dólares. El Banco Central, teóricamente, gana entre 1 millón 600 mil a 2 millones de dólares; pero ¿cuánto obtiene la firma que ha intervenido en el negocio? ¿Cuánto los gestores que participaron en esta operación de monto sideral? La denomino así por estimar que nunca se ha celebrado en Chile un contrato por doscientos mil millones de pesos. El Ministro de Hacienda, señor Zaldívar, en carta dirigida al diario "Las Noticias de Ultima Hora" -ese periódico y la revista "Punto Final" han sido los únicos medios informativos que se han preocupado de este negocio colosal, realizado por primera vez en nuestra historia-, dice en uno de sus párrafos: "La acuñación decretada produce un beneficio o utilidad líquida de 1 millón 600 mil dólares, lo que permitirá equipar, modernizar y ampliar la Casa de Moneda, cuya maquinaria e implementos de acuñación son muy antiguos y antieconómicos. Quedará, además, un importante remanente a beneficio fiscal". Un millón seiscientos mil dólares, o algo más, ganará el Banco Central. Pero nuestra pregunta es: ¿Cuánto ganará la firma que ha intervenido en este asunto? Lo hemos dicho: sobre 60%. Y también preguntamos por qué se cede a una firma el monopolio del negocio, en circunstancias de que si mañana cualquiera de nosotros, Senadores, va al Banco Central y pide que le acuñe oro, la respuesta será negativa.- ¿ Por qué se acuña oro para la empresa venezolana "Italcambio" y no se hace para cualquier ciudadano chileno? ¿Por qué no se les acuña a los productores de oro chilenos? Estos podrían colocar su oro en el mercado internacional, acu��ado en monedas, con un sobreprecio extraordinario, por el valor numismático que ellas adquieren; podrían vender su producto en la equivalencia de 70 u 80 dólares la onza y no a la mitad de este precio, como lo entregan hoy día.. El señor NOEMI.- ¿Me permite una interrupción, Honorable colega? El señor ALTAMIRANO.- En seguida se la concederé, señor Senador. Por lo tanto, bajo la apariencia de un importante beneficio para el Banco Central, la Casa de Moneda y el Fisco, se ha entregado una utilidad increíble a las personas y firmas que han intervenido en la operación. Le concedo una interrupción al Honorable señor Noemi. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella el señor Senador. El señor NOEMI.- Seré muy breve. En su oportunidad contestaré con más detenimiento la intervención del Honorable señor Altamirano. Por ahora, quiero hacer unas observaciones muy concretas. En primer lugar, deseo dejar establecido algo que el señor Senador no ha dicho: que el oro a que se ha referido el Honorable colega no es chileno. Se trae de afuera y sale del país una vez acuñado. En segundo término: el Honorable Senador ha aseverado que la onza troy vale 35 dólares. Es efectivo. Ese es el precio internacional del oro. Pero en el mercado negro ese oro se cotiza hasta en 47 dólares la onza. El señor CHADWICK.- En el mercado abierto, no oficial. El señor NOEMI.- Exactamente. El valor oficial es de 35 dólares la onza troy, pero el precio en el mercado negro es de 47 dólares, acuñado o no acuñado. Ese es el precio del oro en barras, su valor intrínseco. No es necesario -repito- que el metal haya sido acuñado para venderlo a 47 dólares la onza troy. Ese es el precio que se paga en el mercado negro y no tiene nada que ver con la acuñación que, en el caso que nos preocupa, se haría en Chile. El señor ALTAMIRANO.- Agradezco las observaciones del Honorable señor Noemi, porque me permiten esclarecer más aún el tremendo negocio que se ha permitido realizar a los que intervienen en esta operación. En buenas cuentas, el Honorable señor Noemi se pregunta dónde está el negocio, si la onza de oro, que, de acuerdo con la paridad oficial, vale 35 dólares, en el mercado libre se cotiza a 47 y 48. El negocio está, señor Senador, en que, si bien es efectivo que la onza de oro cuesta 48 dólares en el mercado internacional, no lo es menos que, acuñado en forma de moneda, ese oro tiene una cotización superior, entre otros motivos, porque ninguna persona recibe mineral de oro, pues no conoce su ley ni sus otras condiciones; en cambio, sí recibe una moneda, ya. que en ella está grabado el sello de un país, que implica la responsabilidad y el respaldo del mismo. Pero no sólo aumenta el valor del oro por el hecho de haber sido acuñado en moneda, sino que -aún más- ésta adquiere un valor especial para los numismáticos, para quienes coleccionan monedas, como lo reconoce el Ministro en su carta, de la cual leeré los párrafos respectivos. De manera que el oro, que se paga a 48 dólares, eleva aún su precio por el hecho de haber sido acuñado en monedas, y en virtud del valor especial que éstas adquieren, llega a valer 70 u 80 dólares la onza o más. Así las cosas, se obtiene una utilidad asombrosa, extraordinaria. Y cualquier chileno, cualquiera de nosotros podría realizar un negocio absolutamente garantido si se le entregara un kilo de oro -en el caso que me preocupa, se trata de cuatro toneladas- y lo transformara en monedas. Ese kilo de oro, comprado en una suma X, significaría automáticamente dos o tres veces X. No hay manera de perder dinero. Está totalmente garantido el valor del oro, ya no sólo por el respaldo - vuelvo a decirlo- que entrega el Estado en la acuñación -en este caso, el Estado chileno-, sino, además, por el valor especial que adquieren esas monedas. Nosotros nos preguntamos por qué se entregó a una firma, por primera vez en la historia de Chile, el monopolio de la' venta de monedas, y ello por valor de más de veinte millones de dólares. Y para tal objeto el Presidente de la República dicta un decreto específico en el cual establece que se acuñarán tales monedas y que ellas se venderán sólo en esa forma. Es cierto lo que ha dicho el Honorable señor Noemi: el oro lo aportó del exterior la firma en cuestión. Pero ello no significa que la operación no importe una tremenda utilidad, utilidad que también podrían obtener los mineros chilenos por su producción de oro o cualquier persona a quien se entregara el tan extraordinario privilegio de acuñarle -y sólo para ella- monedas de oro y plata. Tan así es que, como decía, el señor Ministro de Hacienda, en la carta contestación al diario "Las Noticias de Ultima Hora", agrega: "Numerosos países autorizan periódica o anualmente la acuñación de monedas de oro y/o plata para obtener los beneficios que produce su venta a mayor precio que el costo de su elaboración". El señor Ministro está reconociendo que la venta de esas monedas se hace' a mayor precio que el costo de elaboración. Pero lo que el señor Zaldívar no dice es en qué condiciones se realiza la comercialización del oro en los países que él indica: Inglaterra, Austria, Perú, Hungría, Méjico, Albania, etcétera. En su oportunidad pediremos los contratos celebrados por esas naciones -que seguramente no llegarán-, para saber si la utilidad se la lleva una firma extranjera -sobre la cual, en nuestro caso, no existen mayores antecedentes- o si queda en manos del banco estatal del respectivo país. Dice más adelante el señor Ministro: "El poder comprador de estas monedas, en cuya acuñación se cuida de obtener la mejor calidad técnica y la mayor belleza artística, lo constituyen los coleccionistas y numismáticos, principalmente europeos y norteamericanos, quienes adquieren las monedas de calidad óptima y pagan un precio que está por encima del valor intrínseco". El señor Zaldívar insiste en el negocio importante que significa la entrega de este monopolio. Sobre tal punto, puedo adelantar a los señores Senadores que, según se me ha informado, existiría una doble irregularidad, pues por casualidad la acuñación de esas monedas ha experimentado deterioros o defectos. Podría pensarse que ello perjudica a la firma que ha de comercializarlas. Todo lo contrario: el hecho de que las monedas tengan defectos les da mayor valor. Y en este caso se ha incurrido en una serie de errores y, al parecer, se han omitido algunas cifras, ciertas características que debieran tener las monedas conforme al decreto. Se está haciendo una investigación al respecto. Por otra parte, a nuestro juicio, el decreto no es legal, porque en él se establece que las monedas que se emitan tendrán curso forzoso; vale decir, tienen poder liberatorio y curso forzoso, pero no las recibe cualquier persona: las recibe una sola firma en el mundo, una empresa extranjera, llamada "Italcambio", y ella tiene -repito- la posibilidad de obtener cuantiosas utilidades, por las razones que he dado. De ahí que nosotros hayamos formulado una indicación destinada a que, desde la fecha de publicación de la ley en debate, el Banco Central comercialice directamente y por medio de licitación pública las monedas, para que no vuelva a ocurrir que determinada persona tenga el privilegio de obtener una ganancia absolutamente garantizada, de alrededor de 60%. Y 60% de 14 millones de dólares son, aproximadamente, 8 millones de dólares, ochenta millones de escudos. ¡80 mil millones de pesos! ¿Quién percibe los 80 mil millones? ¿Sólo la firma extranjera "Italcambio"? ¿Por qué se dictó el decreto exclusivamente para esa firma? ¿Por qué el Banco Central celebró, por primera vez en la historia de Chile, un contrato como el que he estado comentando y respecto del cual daré más detalles con posterioridad? ¿Por qué el funcionario que intervino en este asunto y que se opuso a la celebración del contrato fue despedido de esa institución bancaria? ¿Por qué después el Banco Central, frente a las dudas surgidas, pidió una especie de ratificación jurídica a la Superintendencia de Bancos? Todo demuestra que en este orden de cosas existe un negocio nunca visto en otras Administraciones. ¿Por qué una facultad entregada al Presidente de la República para acuñar monedas de curso legal -que pueden ser adquiridas por cualquiera persona- o para confeccionar medallas recordatorias, como las que se entregan a los propios Senadores, se transforma en una facultad que permite acuñar cuatro toneladas de oro, lo que dejará una utilidad de siete a ocho millones de dólares? Esta Corporación ordena confeccionar una medalla para entregarla a los Senadores al iniciarse cada período legislativo. Entonces, ¿por qué no dar 50 u 80 de ellas a cada uno de nosotros? En esa forma, podríamos quedarnos con solo una y vender el resto, lo cual nos permitiría obtener una extraordinaria y asombrosa ganancia: mientras más reducido es el número, mayor es la utilidad; mientras más especiales sean sus características, superior será su valor. Pero esto sería inaceptable. Por todas estas consideraciones, estimamos una inmoralidad lo que se ha hecho, la mayor y más grande en el aspecto particular, que viene a poner un broche de oro a las múltiples inmoralidades del actual Gobierno. Desde luego, consideramos que los Convenios del Cobre son una aberración para Chile, pero ellos ya tienen otra jerarquía, otro nivel. Este hecho, denunciado públicamente, primero por la revista "Punto Final" y, con posterioridad, por "Ultima Hora", debió ser comentado también por el resto de la prensa, ya que no tiene precedentes en nuestra historia. Insistiremos respecto de esta materia en la discusión particular del proyecto, una vez que hayamos oído la opinión del funcionario despedido y la del Contralor General de la República. Pediré citar a este último, a fin de conocer la razón que se tuvo para dar curso a un decreto que, a nuestro juicio, es ilegal. Igualmente solicitaré escuchar la opinión de personeros de la Sociedad Nacional de Minería y de los productores de oro, con el objeto de saber su criterio respecto de una operación de esta naturaleza que significa obtener una utilidad de 60%, en circunstancias de que todos conocemos muy bien -en especial, el Honorable señor Noe-mi- las dificultades y problemas por que atraviesa la pequeña minería en este rubro. En el resto de las disposiciones contenidas en el proyecto, nos ocuparemos cuando se discuta éste en particular. Como he dicho, no es una iniciativa de mucha trascendencia, salvo en lo concerniente a las indicaciones que favorecen a distintos sectores de asalariados y que fueron introducidas por la Comisión. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Noemi. El señor NOEMI.- ¿De cuántos minutos dispongo, señor Presidente? El señor LUENGO (Vicepresidente).- De diez, señor Senador, porque hay un acuerdo de Comités para despachar en los últimos cinco minutos del Orden del Día algunos ascensos militares. El señor NOEMI.- Pero en caso de no terminar ahora con mis observaciones, ¿quedaría con el uso de la palabra? El señor LUENGO (Vicepresidente).- Sí, señor Senador. El señor NOEMI- El artículo 1º del proyecto, como lo hizo notar el Honorable señor Von Mühlenbrock, autoriza al Banco del Estado de Chile para convenir la conversión de los créditos otorgados desde la vigencia de la ley Nº 16.253 en créditos reajustables de fomento. Esta materia está muy claramente consignada en el informe de la Comisión de Hacienda. No me voy a referir a ella, pues aparte ese concepto tan importante, la iniciativa en debate contiene otros objetivos que estimo fundamentales. En primer lugar, a mi juicio, es de suma importancia efectuar modificaciones en los sistemas del Banco del Estado y en el de las empresas, con el objeto de vigorizar esos canales de ahorro. Es así como en el caso del ahorro efectuado por los depositantes en las cuentas del Banco del Estado, se establece la reajustabilidad de dicho depósito en ciento por ciento del alza de precios al consumidor. Hasta ahora sólo se otorgaba una compensación que fluctuaba entre 75% y 100%. Por otra parte, se permite elevar el interés que se paga a los depositantes, equiparándolo con el otorgado en otras instituciones de ahorro, como es el caso de CAR, Asociaciones de Ahorro y Préstamo, hipotecas y pagarés, Caja Central, etcétera. Actualmente en el Banco se paga un interés de 4%, y se pretende elevar -repito- ese porcentaje a 7%, a fin de nivelarlo a todos los otros sistemas. Se establece, asimismo, que los ahorrantes no dejarán de percibir el reajuste cuando efectúen más de dos giros en su cuenta, pues en la actualidad lo pierden. En el caso de las empresas, se agiliza el sistema de emisión de "debentures", establecido por una ley que data del año 1929. Se elimina la rigidez de muchas de las disposiciones de ese cuerpo legal que dificultan las emisiones y se fijan normas claras respecto de las condiciones en que será posible emitir "debentures" con reajustes. De esta manera podrá aliviarse considerablemente la presión que las empresas ejercen sobre el crédito, ya que éstas estarán en situación de obtener financiamiento directo. Actualmente esos documentos se pueden emitir a primas, vale decir, con un descuento sobre su valor nominal; pero mediante estas disposiciones serán reajustados. Vale la pena destacar que cada emisión de "debentures" con reajustes estará controlada por la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Ahorro, creada por decreto de Hacienda número 2.590, de 24 de diciembre de 1966. Mediante este proyecto, el Ejecutivo pretende resolver también la situación de hecho creada en relación con el financiamiento de la compra de vehículos. Respecto de esta materia, quiero referirme a título muy personal, porque mi voto fue favorable a ella. A mi juicio -así quedó establecido en la Comisión-, el crecimiento de la industria automotriz ha creado, de hecho, un sistema de financiamiento al margen de todo control estatal. Ello es una realidad concreta. En la Comisión se dejó establecido que en 1968, considerando los plazos que se otorgan para la venta de vehículos, ese financiamiento fue de alrededor de 400 millones de escudos, cantidad correspondiente, en forma aproximada, a la venta de 16 mil automóviles que, con un precio de 44 mil escudos por unidad, tienen un valor total de 704 millones de escudos. Esa compra se financia con 55%, vale decir con 385 millones de escudos. Por eso he dicho que hubo un financiamiento de 400 millones de escudos. Este sistema era aplicado por medio de ciertas entidades que facilitaban los créditos sin ningún control. De ahí que la situación aflictiva en que se encontraban muchos ahorrantes derivaba de los problemas de financiamiento de algunas empresas. Ahora se pretende establecer un mecanismo para que el ahorro sea controlado por el Estado, a fin de evitar el riesgo que hoy corren los ahorrantes en la adquisición de automóviles. Al respecto, debo dejar constancia de que todos los miembros de la Comisión estuvieron contestes en que la vivienda tiene prioridad indiscutible. Ninguno de los Senadores que estudiaron el proyecto ni tampoco las personas que fueron citadas a la Comisión sostuvieron un criterio distinto. Por tal causa, el Ejecutivo formuló indicaciones al artículo 11 -rechazado por la Comisión-, a fin de impedir el traslado del ahorro a otros sectores. Además establecen un reglamento que permite a la Caja Central de Ahorros y Préstamos -organismo que tiene el control del sistema de ahorro para la vivienda- dictar normas en virtud de las cuales sólo podrían tener derecho a financiamiento para la compra de vehículos mediante este sistema quienes acrediten contar con vivienda. El Honorable señor Von Mühlenbrock sostuvo que ello podría ser un subterfugio. El señor VON MÜHLENBROCK.- Y lo es. El señor NOEMI.- A mi juicio, más lógico habría sido redactar la indicación en el sentido de que tendrían derecho a adquirir automóvil sólo las personas que ya sean dueñas de vivienda. Tal posibilidad no puede negarse, sobre todo si se establece la prioridad de la vivienda, como lo sostuvo en la Comisión un miembro de las asociaciones de ahorro y préstamos. En efecto, tal idea no sólo serviría para la adquisición de automóviles, sino que, incluso, es positiva para esas organizaciones, porque al obligar al ahorrante a adquirir vivienda antes de comprar automóvil, se le incentiva para lo primero y, con posterioridad, para lo segundo. Este sistema puede aplicarse a los médicos y a quienes quieran tener su automóvil, que es un elemento de trabajo. Si han ahorrado y comprado sus viviendas, ¿por qué impedirles que puedan adquirir un vehículo si cumplen, naturalmente, con ciertos requisitos? A mi juicio, es posible aplicar tal sistema por medio de un organismo controlado por el Estado, y no libremente por instituciones ajenas a toda fiscalización, que aceptan, inclusive, a personas que ni siquiera tienen capacidad de ahorro. Desde luego, deberían imponerse normas adecuadas para ahorrar de acuerdo con la capacidad económica de la persona, con el monto de la cuota de ahorro, etcétera. Ello sería mucho más beneficioso, sobre todo si consideramos que ya existió financiamiento para la compra de automóviles en 1968. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Queda pendiente la discusión del proyecto, y con el uso de la palabra, el Honorable señor Noemi. "
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