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- rdf:value = " AMNISTIA PARA REGIDORES DE ANCUD.El señor FIGUEROA (Secretario).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse en una moción del Honorable señor Morales con la que inicia un proyecto de ley que concede amnistía a los regidores de Ancud que se encuentran procesados.
La moción en referencia, eximida del trámite de Comisión por acuerdo de Comités, consta de un artículo único. Además, respecto de esta misma iniciativa se han formulado las siguientes indicaciones:
1) Del Honorable señor Contreras, para agregar el siguiente inciso nuevo: "Declárase, al mismo tiempo, como bien otorgado el aguinaldo a que se refiere la presente ley y libérase, por lo tanto, a los empleados y obreros de la Municipalidad de Ancud de la obligación de devolverlo".
2) De los Honorables señores Lorca, Morales y Ochagavía, para reemplazar el artículo único del proyecto por los siguientes:
"Artículo 1º.- Concédese amnistía a los Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de la provincia de Chiloé y de las comunas de Chillán y Valdivia por los delitos en que pudieren haber incurrido con motivo de los pagos de asignaciones familiares o sus reajustes, horas extraordinarias, aguinaldos, gratificaciones, sobresueldos u otras remuneraciones, efectuados a sus personales de empleados y obreros hasta el 31 de diciembre de 1968.
"La amnistía que se concede por el inciso anterior beneficiará, además, a los Tesoreros que hubieren intervenido en dichos pagos.
"Libérase también a los beneficiarios, de la responsabilidad civil y administrativa que pudiere afectarlos a raíz de los mencionados pagos.
"El beneficio de la amnistía no se extenderá a los casos en que hubiere habido apropiación o aplicación a usos propios o ajenos de los caudales municipales.
"Artículo 2°.- Sin perjuicio de lo que dispone el artículo anterior, decláranse válidos los pagos efectuados por la Ilustre Municipalidad de Ancud para remunerar a un auxiliar de Secretaría, cualquiera que hubiere sido el ítem a que se hayan imputado dichos pagos, y libérase de responsabilidad penal y civil a los Alcaldes, Regidores y Tesoreros que hubieren intervenido en ellos."
3) De los Honorables señores Lorca, Morales, Contreras, Ochagavía y Rodríguez, para consignar un artículo único transitorio que diga:
"Declárase ajustada a la ley la escala de grados, sueldos y asignaciones, de los funcionarios de la Municipalidad de Magallanes, percibidos en el mes de diciembre de 1968, los que deberán seguir gozando de estas remuneraciones, sin perjuicio de los reajustes posteriores.
"Se exceptúan de lo expresado en el inciso anterior los sueldos de los funcionarios enumerados en el artículo 14 de la ley Nº 11.469.
"Condónanse las sumas que los empleados de esa Corporación estén o puedan estar obligados a restituir con motivo de reparos que haya formulado o formulare la Contraloría General de la República, en relación con la escala de grados, sueldos y asignaciones, incluyendo los que puedan afectar a los funcionarios indicados en el inciso segundo de este artículo.
"Libérase de toda responsabilidad al Alcalde, Regidores, Tesorero Provincial, Secretario Municipal y funcionarios por los acuerdos y actos ejecutados en los pagos que han sido materia de reparos."
-El -proyecto figura en los Anexos de la sesión 2en 10 de junio de 1969.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
En discusión general y particular el proyecto, conjuntamente con las indicaciones.
Ofrezco la palabra.
El señor MORALES.-
¿Me permite, señor Presidente?
Deseo conocer el procedimiento reglamentario que se aplicará respecto de esta amnistía, pues se han formulado algunas indicaciones al proyecto. Una de ellas se relaciona con la Municipalidad de Chillán; otra con la de Magallanes, y una tercera, patrocinada por el Honorable señor Contreras, tiene por objeto extender los beneficios de la amnistía a empleados y obreros, idea que, a mi juicio, no es legalmente procedente, porque ni unos ni otros son responsables en este problema.
O sea, me interesa saber el procedimiento que se sigue cuando se han formulado indicaciones a un proyecto eximido del trámite de Comisión por acuerdo de Comités.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
De acuerdo con el Reglamento nuestro, los proyectos que constan de un artículo único pueden despacharse sin informe de Comisión.
El señor MORALES.-
¿Y las indicaciones?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Además, está eximido del trámite de Comisión en virtud de un acuerdo de los Comités.
El señor MORALES.-
En consecuencia, las indicaciones formuladas al proyecto no alteran el acuerdo adoptado por los Comités.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
A menos que haya acuerdo de la Sala para enviarlo a Comisión.
El señor GARCIA.-
¿Aunque quede con dos artículos?
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
Sí, señor Senador.
El señor HAMILTON.-
Yo deseaba hacer la misma averiguación de orden reglamentario, porque ocurre que mediante estas indicaciones se están incluyendo en el proyecto materias no consignadas en la iniciativa original.
En la Municipalidad de Ancud ha ocurrido una serie de irregularidades, algunas de las cuales constituyen delitos comunes, y otras, a pesar de constituir, jurídicamente, malversación de caudales públicos,...
El señor CHADWICK.-
Delitos comunes.
El señor HAMILTON.-
...han estado orientadas por la buena fe y dirigidas exclusivamente a otorgar mejores remuneraciones, mediante el pago de aguinaldos, a empleados y obreros de esa municipalidad.
Creo que el criterio general del Senado será favorable a otorgar amnistía a los responsables de esta última figura delictiva. Pero no me parece posible que ningún señor Senador pretenda amparar con ella algún delito común de aquellos que la Contraloría ha dado a conocer en sucesivas denuncias, cometidos por funcionarios municipales o de los cuales puedan ser responsables otras personas.
Entonces, pienso que, si se vota el artículo único primitivo, referente a otorgar los beneficios de la amnistía sólo a quienes son responsables por los pagos de aguinaldos u horas extraordinarias a empleados y obreros, y con fondos no destinados a ese efecto, sino a otro ítem, habrá unanimidad en el Senado.
Pero respecto de los demás casos no se podría proceder con precipitación y sin conocer los antecedentes respectivos, porque en esta forma podríamos - a lo mejor, sin saberlo y sin quererlo- estar perdonando delitos comunes o malversaciones de otro tipo.
Muchas gracias.
El señor MORALES.-
Señor Presidente, creo que el Honorable señor Hamilton, con sus observaciones, se ha adelantado a la explicación que, como autor del proyecto, deseaba entregar a la consideración de la Sala.
En primer lugar, la amnistía que se propone al Honorable Senado comprende solamente a los regidores y la Alcaldesa, por el pago de aguinaldos que acordaron a favor de empleados y obreros.
Los acuerdos de la Municipalidad, a los que concurrieron todos los regidores, por supuesto de buena fe y sin provecho personal para ellos, fue objetado en el proceso de inspección. El Inspector Abogado de la Contraloría General determinó que este pago no se debió efectuar, como se hizo por acuerdo unánime de los regidores, y formuló la denuncia respectiva en el Juzgado de Ancud. Ante tal denuncia, el Juzgado sometió a proceso a los regidores y a la Alcaldesa y los declar�� reos. Así, los autos llegaron a la consideración de la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Los ediles estuvieron en prisión preventiva durante quince días, hasta que la Corte, luego de conocer los antecedentes, con el mérito del proceso y, fundamentalmente, en vista de que el acuerdo adoptado por ellos no había sido en provecho personal, sino inspirado únicamente por buenos propósitos, determinó su libertad incondicional.
Todas las organizaciones de la comuna de Ancud: Cámara de Comercio, juntas de vecinos, pobladores y los mismos empleados y obreros del Municipio, expresaron su solidaridad con los regidores y la Alcaldesa de Ancud ante la Corte de Apelaciones de Valdivia y ante varios Senadores que iban a conocer de este proyecto de amnistía.
En consecuencia, el proyecto de ley que se somete a la consideración del Honorable Senado se limita a legislar sobre un asunto que debe ser objeto de legislación: amnistía para el cuerpo edilicio de la Municipalidad de Ancud que concurrió con sus votos para otorgar un aguinaldo, una gratificación extraordinaria, en beneficio de los obreros y empleados de esa Corporación edilicia.
El proyecto no incluye ninguna otra disposición que, mediante la amnistía, pueda cubrir un delito común.
Pero la intervención del Honorable señor Hamilton me obliga a aportar antecedentes que, de otro modo, no hubiera proporcionado, pues el proyecto de amnistía no los consigna.
¿Qué sucede en la Municipalidad de Ancud? Efectivamente, ha habido irregularidades, en las que no ha cabido responsabilidad, ni a los regidores, ni a la Alcaldesa.
En primer lugar, se presentó una querella por un particular en contra del Director de Obras Municipales.' El Juzgado de Ancud, que conoce de este proceso desde hace aproximadamente tres o cuatro meses, decretó la prisión preventiva y declaró reo a ese funcionario. Este es un aspecto de las irregularidades municipales, para seguir la frase del Honorable colega señor Hamilton. Es un problema que está ventilándose ante los tribunales de justicia y que afecta al Director de Obras Municipales por un hecho de su exclusiva responsabilidad, sin que en el problema exista intervención alguna, directa o indirecta, de un acuerdo municipal.
Existe una segunda querella presentada por la Alcaldesa de Ancud en contra del Secretario de la Municipalidad. Este funcionario se encuentra en prisión preventiva y fue declarado reo. Inclusive cuando su defensa pretendió obtener la libertad incondicional, junto con la decretada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, para los regidores, fue mantenido en prisión.
Por lo tanto, el Secretario se encuentra querellado por la actual Alcaldesa, quien, además de ejercer un derecho que la ley le franquea, está representando la opinión de todos los regidores de esa Municipalidad.
De tal modo, señor Presidente, que este proyecto -y me he cuidado con mis Honorables colegas de hacerlo así- no ampara en ningún caso la comisión de delitos comunes. Sólo tiene por finalidad sanear una situación objetada por la Contraloría General de la República con motivo del pago, como ya lo he dicho, de un aguinaldo o gratificación extraordinaria. Esto y no otra cosa es el proyecto de ley sometido a la consideración del Honorable Senado.
Hay indicaciones a este proyecto de ley, que ha leído el señor Secretario. Una fue formulada por el Honorable señor Contreras, y tiende a hacer extensiva la amnistía a todos los empleados y obreros. Señor Presidente, por medio de la Mesa, cordialmente hago notar al Honorable señor Contreras que los empleados y obreros no están afectados por ninguna responsabilidad penal y que no han infringido ninguna ley, ningún reglamento. En consecuencia, parecería innecesario incluirlos en la amnistía.
El señor LORCA.-
Deseo sacar de un error a Su Señoría: la indicación suscrita por el Honorable señor Contreras es la misma que la formulada por el Honorable señor Morales.
La indicación del Honorable señor Víctor Contreras tiene por objeto regularizar el pago de remuneraciones ilegales al personal de empleados y obreros de la Municipalidad de Magallanes.
El señor MORALES.-
Perdone, Honorable señor Contreras. ¿La indicación firmada por Su Señoría favorece a la Municipalidad de Ancud o a la de Punta Arenas?
El señor CONTRERAS.-
-Voy a hablar en seguida.
El señor MORALES.-
Deseo saber, señor Presidente, si la indicación del Honorable señor Contreras se refiere a los empleados y obreros de la Municipalidad de Ancud o de la de Punta Arenas.
El señor CONTRERAS.-
De la Municipalidad de Ancud.
El señor MORALES.-
En consecuencia, el Honorable señor Lorca está errado. La indicación se refiere a los empleados y obreros de la Municipalidad de Ancud.
Ellos no tienen responsabilidad de ningún tipo. Ningún obrero ni empleado ha infringido la ley. Eso no se ha puesto en duda, así que no tiene sentido incluirlos en el proyecto de amnistía. El hecho de haber recibido el aguinaldo no incluye responsabilidad penal para los obreros y empleados. Tan así es que no aparece en la denuncia formulada ante el Juzgado de Ancud.
En todo caso, si el Senado estima necesario incluir en la amnistía a los empleados y obreros de la Municipalidad de Ancud, la indicación del Honorable señor Contreras contará con mi voto favorable y mi aplauso.
Como me apunta el Honorable señor Ochagavía, hay otra indicación, también firmada por el autor del proyecto, que amplía el texto de su artículo único, y que ya fue dada a conocer por el señor Secretario.
Dicha iniciativa amplía el artículo único sobre amnistía, con el fin de que cualquiera...
El señor CHADWICK.-
Pasa a ser artículo único bis.
El señor MORALES.-
No es un artículo único bis, porque la indicación presentada por nosotros reemplaza el artículo único. Ella permite a la amnistía cubrir otras posibles figuras delictivas que pueden estar enunciadas dentro del sumario que, por ser secreto, no es conocido por ninguna persona, salvo el Juzgado de Ancud.
Por último, se presentó otra indicación, que también firmé, atendiendo a una presentación hecha en forma personal por una delegación de obreros y empleados de la Municipalidad de Magallanes, tendiente a regular pagos similares a los comentados, efectuados en dicho Municipio.
También he concurrido con mi firma y mi voto a la idea de incluir esa disposición en el proyecto de amnistía en debate.
Es cuanto quería decir.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor CONTRERAS.-
El Honorable señor Morales presentó una moción que dio origen a un proyecto que concede amnistía a los Regidores de Ancud que se encuentran procesados. Por otra parte, se han presentado dos indicaciones. Una de ellas, suscrita por el Senador que habla, en nombre de los Senadores comunistas, beneficia a los ediles de la Municipalidad de Punta Arenas que se encuentran en la misma situación, a raíz de un reparo formulado por la Contraloría General de la República por haber concedido aguinaldos a obreros y empleados.
Además, antes de firmar dicha indicación, los Senadores por la décima agrupación habían entregado a la Mesa una indicación que beneficia al Alcalde y a los regidores de la Municipalidad de Ancud. ¿Por qué? Porque el artículo único concede "amnistía a los alcaldes y regidores de la Ilustre Municipalidad de Ancud, procesados a raíz del pago de aguinaldo o gratificación al personal de empleados y obreros de dicha Corporación.
"Esta amnistía cubrirá todas las infracciones legales que hubiesen cometido dichas personas con el objeto de facilitar o hacer posible el pago antes señalado".
Es indiscutible que esta disposición libera de toda responsabilidad a las personas que tomaron el acuerdo respectivo. Sin embargo, mi indicación tiende a que los trabajadores que recibieron los dineros no queden obligados a reembolsarlos. Es importante liberar de responsabilidades a quienes adoptaron el acuerdo, pero no lo es menos evitar que los empleados y obreros tengan que devolver sumas ya gastadas hace mucho tiempo. Por ese motivo, me permití formular esta indicación y suscribir la mencionada por el Honorable señor Lorca, que favorece a ediles de otras municipalidades que se encuentran en la misma situación que la de Ancud.
Por otra parte, la mayoría de los proyectos de amnistía a regidores inciden en pagos que si bien la Contraloría General de la República denomina correctamente "malversación de fondos" son acordados de buena fe, olvidando que, según las disposiciones municipales, el dinero de un ítem no puede invertirse en otro fin. En la mayoría de esos casos, los regidores son sometidos a juicio y, posteriormente, enviados a prisión.
A mi entender, sería conveniente establecer finalmente una disposición según la cual queden liberados de toda responsabilidad de regidores y alcaldes que adoptaron ese tipo de acuerdos, siempre que ellos no hayan constituido delitos comunes. Creo que de esa manera podría resolverse definitivamente el problema, evitándose que puedan aprovechar de estos beneficios personas que realmente hayan cometido delitos.
El señor LORCA.-
En mi concepto, la inquietud expresada por el Honorable señor Contreras está satisfecha con la indicación que reemplaza el artículo único del proyecto de amnistía del Honorable señor Morales.
Temo que los señores Senadores no hayan escuchado la lectura de la indicación mencionada.
El proyecto presentado por el Honorable señor Morales tiende a liberar de responsabilidades penales por el pago de aguinaldo de Pascua. Sin embargo, el artículo contenido en la indicación amplía dicho precepto al pago de asignaciones familiares o sus reajustes, etcétera.
Me parece conveniente que el señor Secretario dé nuevamente lectura a la indicación que hemos presentado, firmada por Senadores de todos los partidos, a fin de que la Sala pueda informarse más cabalmente.
El señor CHADWICK.-
No por Senadores de todos los partidos.
El señor LORCA.-
De casi todos.
Pido al señor Secretario leer nuestra indicación que contiene un nuevo precepto en reemplazo del artículo único del proyecto del Honorable señor Morales.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
El señor Secretario dará lectura a la indicación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La indicación propone sustituir el artículo único por dos artículos, que dicen como sigue:
"Artículo 1º.- Concédese amnistía a los Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de la provincia de Chiloé y de las comunas de Chillán y Valdivia por los delitos en que pudieren haber incurrido con motivo de los pagos de asignaciones familiares o sus reajustes, horas extraordinarias, aguinaldos, gratificaciones, sobresueldos u otras remuneraciones, efectuados a sus personales de empleados y obreros hasta el 31 de diciembre de 1968.
"La amnistía que se concede por el inciso anterior beneficiará, además, a Tesoreros que hubieren intervenido en dichos pagos.
"Libérase también a los beneficiarios, de la responsabilidad civil y administrativa que pudiere afectarlos a raíz de los mencionados pagos.
"El beneficio de la amnistía no se extenderá a los casos en que hubiere habido apropiación o aplicación a usos propios o ajenos de los caudales municipales.
"Artículo 2º.- Sin perjuicio de lo que dispone el artículo anterior, decláranse válidos los pagos efectuados por la Ilustre Municipalidad de Ancud para remunerar a un auxiliar de Secretaría, cualquiera que hubiere sido el ítem a que se hayan imputado dichos pagos, y libérase de responsabilidad penal y civil a los Alcaldes, Regidores y Tesoreros que hubieren intervenido en ellos."
La indicación a que acabo de dar lectura fue presentada por los Honorables señores Morales, Lorca y Ochagavía.
El señor LORCA.-
Deseo explicar lo siguiente.
Aparte clarificar y ampliar la idea del Honorable señor Morales, nuestra proposición incorpora en el proyecto de ley de amnistía a los obreros y empleados de la Municipalidad de Magallanes, pero respecto de algo que, en realidad, no constituye una amnistía: se legaliza el pago de los sueldos y salarios hecho mediante un acuerdo municipal y que se ha repetido durante varios meses por la vía de decretos de insistencia firmados por todos los regidores, decretos que la Contraloría ha reparado. Al legalizar tales pagos, se permite que ellos continúen haciéndose en forma legal.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Morales.
El señor MORALES.-
Voy a conceder una interrupción al Honorable señor Valente.
El señor VALENTE.-
Concordamos en la aprobación de este proyecto por el cual se concede amnistía a los alcaldes y regidores de la Municipalidad de Ancud, es decir de la iniciativa inicial, y en la segunda proposición, en la forma como se ha hecho llegar a la Mesa. Sin embargo, me parece que el problema que se trata de solucionar no sólo afecta a las Municipalidades de Ancud, Magallanes o Chillán, sino a todas las del país. Por lo común, los regidores y alcaldes adoptan acuerdos -generalmente a fines de año-, con el propósito de cancelar aguinaldos o de pagar reajustes un poco superiores a los acordados por ley. Con ello, precisamente, caen en estas sanciones ordenadas por la Contraloría después de las investigaciones pertinentes.
En nuestra opinión, la iniciativa en debate debería, por lo tanto, abarca a todos los municipios del país; es decir, la amnistía debería concederse a todos los alcaldes y regidores que hayan concurrido a resoluciones como las mencionadas en el proyecto original, y que ha sido complementado con las indicaciones que se han hecho llegar a la Mesa. Con ello liberaríamos realmente a los numerosos alcaldes y regidores que están sometidos a las mismas críticas o en análoga situación que los que han motivado este proyecto; y no sería necesario estar presentando o patrocinando iniciativas individuales para cada municipalidad o grupo de organismos comunales. Ignoro si reglamentariamente mi proposición es factible. En todo caso, creo que se podría facultar a la Mesa para que le diera una redacción adecuada, teniendo en consideración las ideas expuestas.
El señor MORALES.-
Quiero señalar al Honorable señor Valente que el proyecto de amnistía está destinado a liberar a los regidores y Alcalde de la Municipalidad de Ancud de una situación aflictiva, incómoda, actual, ya que ellos se encuentran procesados: han cumplido 15 días de prisión preventiva. Lógicamente, la única manera de aportar tranquilidad a esas personas, para el buen desempeño de su labor municipal, es obtener el rápido despacho de este proyecto. Si extendemos con la máxima amplitud este cuerpo de disposiciones a los regidores de todo el país, a título no sólo curativo, sino también preventivo, es evidente que la aprobación del proyecto va a demorar mucho más, porque, en definitiva, podría suceder que la amnistía propuesta para determinadas materias significara, en la práctica, la modificación del Código de Procedimiento Penal, del Código Penal y de la ley orgánica de Municipalidades, lo cual me parece de mucha trascendencia como para que se consigne en este proyecto de amnistía.
Aprobar la sugerencia del Honorable señor Valente significaría en el fondo modificar nuestro Derecho Procesal, el Código Penal y la ley orgánica de Municipalidades, y no tan sólo proceder a la amnistía de un cuerpo determinado de ediles.
Por último, quiero señalar que la indicación propuesta por el Honorable señor Contreras, tomando en cuenta la enmienda al artículo único, significa sólo abundar en similares propósitos.
El señor CHADWICK.-
Me parece haber entendido al Honorable señor Morales que el Alcalde y los regidores de la Municipalidad de Ancud fueron liberados de la responsabilidad penal por una resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Si es así, el asunto no tendría la urgencia con que aparece revestido este proyecto de un artículo único.
Además, no me parece conveniente -y lo digo a raíz de la experiencia que nosotros mismos tuvimos en el período anterior- despachar un proyecto de amnistía sin tener a la vista un mínimum de antecedentes que confieran seriedad a la iniciativa correspondiente; no hemos oído al Consejo de Defensa del Estado, ni sabemos de qué hechos se trata en realidad.
Por estas consideraciones, formulo indicación para que el proyecto pase a Comisión para su informe -trámite del cual se prescindió-, pues estimo que, si se aprobaran hoy día las indicaciones presentadas, surgiría una cantidad de problemas jurídicos.
Es notoria la diferencia de redacción entre la indicación que favorece a los regidores y al Alcalde de Ancud, y aquella que se refiere a situaciones análogas en la Municipalidad de Punta Arenas, pues en esta última se declaran, lisa y llanamente, bien acordadas las decisiones relacionadas con pagos de sueldos, gratificaciones, etcétera. Con esto queda permanente el desembolso correspondiente a sueldos, gratificaciones, etcétera. En cambio, lo único que se hace respecto de la situación existente en Ancud es liberar de responsabilidad al Alcalde y regidores.
Considero que, para la dictación de una ley de amnistía, se debe considerar un mínimo de requisitos: primero, información para determinar el alcance de ella; segundo, debe ser equitativa en el sentido de que favorezca a todos los que se encuentran en igual situación, porque no puede ser materia de que esta iniciativa la hayan tomado los Senadores de la Décima Agrupación y los demás no estén informados de lo que está ocurriendo en sus respectivas municipalidades.
Por otra parte, sería necesario oír al Consejo de Defensa del Estado y pedir informes a la Contraloría General de la República, para saber cuáles son los reparos hechos respecto de otros municipios.
Además, estimo bastante irregular el procedimiento que estamos siguiendo: si un proyecto sencillo, que consta de un artículo único, es liberado del trámite de Comisión por su simplicidad, no parece aceptable que en el debate se vayan agregando indicaciones que lo transformen en algo complejo. Si se siguiera esta práctica, todos caeríamos en la tentación de proponer iniciativas sumamente simples, con un artículo único, para que, en el momento del debate y habiendo prescindido de su envío a Comisión, agregáramos indicaciones y lográramos el resultado de nuestros propósitos según sea la asistencia a la Sala. Pienso que esto no es correcto. Es una mala práctica.
Si el proyecto puede ser liberado del informe de la Comisión respectiva por tratarse de una idea sencilla, no debe mantenerse el mismo procedimiento -aun cuando se conserve formalmente el artículo único- si se agregan ideas que exceden en forma notoria a las que inspiran la iniciativa original.
El proyecto en debate tiende a resolver, exclusivamente, el problema de la Municipalidad de Ancud. Según lo expresado por el Honorable señor Morales, no tiene la urgencia que justifique una tramitación tan precipitada.
El señor MORALES.-
Los regidores están procesados.
El señor CHADWICK.-
-Dejan de estarlo si se ha ordenado su libertad incondicional.
El señor GARCIA.-
No están en libertad incondicional.
El señor HAMILTON.-
La información dada por el Honorable señor Morales es que están en libertad bajo fianza. El proceso está pendiente. Existe, en todo caso, urgencia para despachar el proyecto que estamos debatiendo.
El señor CHADWICK.-
Si están encargados reos, no habría cuestión. Si sólo están procesados, el proyecto se podría mandar a Comisión, para que sea despachado en determinado plazo.
El señor HAMILTON.-
Esto es, fijando un plazo a la Comisión.
El señor LORCA.-
El Honorable señor Chadwick es un jurisconsulto de fama. Por ello, no veo cuál sea el motivo para que estime necesario mandar a Comisión un proyecto que él mismo declara sencillo, y que sólo se amplía para extender la liberación de responsabilidad en el pago de asignaciones, viáticos y otras remuneraciones, a los regidores de Valdivia y Chillán.
Más aún -y doy excusas, porque es primera vez que llego al Senado-: no creo que todos los días se presenten proyectos de amnistía. Y si éstos benefician a obreros y empleados, no veo por qué debamos mandarlos a Comisión cuando son sencillos.
Además, el artículo que se pretende agregar no se refiere a una amnistía, sino a un problema existente en Punta Arenas. La respectiva indicación fue firmada por representantes de todos los partidos políticos; entre otros, por los Honorables señores Rodríguez y Contreras. Dicho precepto tiene por finalidad legalizar un pago que se está haciendo por acuerdo unánime de todos los regidores y que consiste en aumentar los sueldos y salarios de los empleados y obreros del Municipio de Punta Arenas. Se quiere legalizar esta situación, porque actualmente el Alcalde y los regidores no están tranquilos por haber firmado los 'decretos de insistencia, cosa que deben hacer todos los meses.
A mi juicio, se pueden aprobar los dos artículos del proyecto, sin mandarlo a Comisión por 15 días, lo cual estimo un error.
El señor CHADWICK.-
Mi idea al respecto ya está suficientemente explicada.
Creo que el hecho de mandar el proyecto a Comisión por 10 días y, en seguida, traerlo a la Sala, no es, en el fondo, obstruir su despacho, porque, finalmente, ya sea por parte de la Cámara de Diputados o del Ejecutivo, estos reparos surgirán. En consecuencia, tardará más en ser aprobado que si lo despachamos debidamente, no dando lugar a los vicios que he señalado.
Una cosa deseo dejar bien en claro: sería yo el último en oponerme a una amnistía por irregularidades administrativas que hayan dado como resultado otorgar un pequeño aumento en los ingresos de obreros y empleados municipales. Pero tras algunas expresiones como "viáticos" y otras, que aparecen como significando sueldos o salarios, pueden esconderse hechos mayores que es necesario investigar y que la Contraloría tiene que haber tenido a la vista. No cuesta nada averiguarlo, pues el informe de la Contraloría ya está hecho. Basta pedir tan sólo una copia para conocer la magnitud de los hechos de que se trata.
Hago presente la conveniencia de que el proyecto vuelva a Comisión -formulo indicación en este sentido^- por el término de 8 días, a fin de que la Sala pueda abocarse a su conocimiento en la forma más rápida posible.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, insistiré en mi solicitud de que el proyecto se despache en esta sesión. Daré a conocer las razones que tengo para ello.
El Alcalde y los regidores de Ancud están sometidos a proceso y sobre el personal que recibió los emolumentos en referencia pesa la responsabilidad de devolver los valores respectivos.
Es un hecho conocido que la iniciativa tiende a conceder amnistía a las autoridades procesadas por el pago de un aguinaldo o gratificación a determinado personal.
¿En qué situación se encuentran quienes prestan servicios en la Municipalidad de Magallanes? Llegó a Santiago una delegación de ellos para conversar con personeros de todos los partidos políticos. A raíz de esto, firmé la indicación respectiva, al igual que los representantes de distintas colectividades.
Hago presente a Sus Señorías que los sueldos más altos que se pagan en esa Corporación edilicia alcanzan a poco más de dos mil escudos, cantidad que en esa zona es insuficiente para subsistir.
Enviar el proyecto por dos semanas a Comisión significaría prorrogar su despacho en veinte días. Entonces, esa inquietud seguirá pesando sobre tales funcionarios.
La Contraloría General de la República efectuó la investigación respectiva en Magallanes y objetó el referido pago. En consecuencia, por haberse hecho la denuncia al juzgado correspondiente, todos aquellos que adoptaron el acuerdo pertinente correrán la misma suerte del personal de la Municipalidad de Ancud.
A mi juicio, el Senado debe tratar en esta oportunidad esos dos casos concretos. Los Honorables colegas que hicieron presentes otras situaciones pueden tratar de resolverlas mediante otra iniciativa legal.
Estoy de acuerdo con el Honorable señor Chadwick cuando señala la conveniencia de conocer los antecedentes. Personalmente, no estoy en condiciones de pronunciarme sobre el reparo hecho por la Contraloría en lo relativo a las Municipalidades de Chillán y Valdivia; pero sí, con toda responsabilidad, anuncio nuestros votos favorables en lo referente a las de Ancud y Magallanes, porque, como dije, son problemas conocidos por todos.
Prometimos a dichos funcionarios -que han incurrido en gastos para trasladarse a Santiago a conversar con nosotros- despachar cuanto antes este proyecto.
El señor GARCIA.-
Señor Presidente, entiendo que, cuando todos los Comités acuerdan eximir una iniciativa del trámite de Comisión, tienen como fundamento la idea central de aquélla y no las indicaciones que se puedan formular. De eso no cabe la menor duda.
Los Comités resolvieron dar ese tratamiento a la iniciativa relacionada con la Municipalidad de Ancud. Pero, desde el momento en que se han formulado indicaciones, éstas deben ser conocidas por la Comisión pertinente.
. Pregunto a la Mesa si es factible dividir la votación. La Sala se pronunciaría, entonces, sobre la parte que motivó el acuerdo de Comités, y las indicaciones serían objeto de un nuevo proyecto, que iría a Comisión.
Ese es mi planteamiento.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
La Mesa consultará si reglamentariamente es posible e informará a Su Señoría sobre el particular.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, deploro que esta iniciativa, primitivamente tan sencilla, se haya complicado. La verdad es que todos quisiéramos estar en condiciones de pronunciarnos sobre ella para despacharla cuanto antes. Pero ya no se trata sólo de la Municipalidad de Ancud, sino también de las de Valdivia, Chillán y Punta Arenas.
No conozco el problema que afecta a estas últimas, pues, al contrario de otros señores Senadores, no he tenido oportunidad de abocarme a su estudio.
¿Sería posible volver atrás y votar exclusivamente lo que tiene relación con la Municipalidad de Ancud, o sea, la denuncia formulada por la Contraloría General de la República, que dio lugar a un proceso concreto, signado con el número 14.437? En virtud de ella, se está persiguiendo una responsabilidad formal, pues la totalidad de los regidores de esa Corporación edili- cia, el secretario y el subrogante de éste, que estuvieron presos por esa circunstancia, no han incurrido moralmente en delito, sino sólo formalmente. En efecto, pagaron algunas sumas de dinero, a título de aguinaldo para la Pascua -según tengo entendido-, sacándolas del ítem destinado a "obras nuevas" y simulando que se estaban realizando trabajos de esta índole. A mi juicio, el procedimiento está mal; pero el fin que perseguían era legítimo. De acuerdo con la ley, el Senado está en condiciones de sancionar esta conducta otorgando la amnistía.
Considero inconveniente que en la Sala, sin estudio previo de la Comisión respectiva, se propongan estas indicaciones, que a lo mejor son tan plausibles como el deseo de conceder amnistía a esas autoridades. Creo que, responsablemente, por no conocer la materia de que tratan aquéllas, no podemos emitir pronunciamiento sobre el particular.
Al respecto, sugiero dos caminos: cumplir el acuerdo de los Comités y votar el proyecto primitivo, o enviar todas las indicaciones a la Comisión, fijando un plazo para que ésta realice su estudio. Todos los Senadores tenemos interés en tratar de manera responsable, y en el menor tiempo posible, tanto el proyecto relativo a la Municipalidad de Ancud como las indicaciones sobre las de Valdivia y Chillán.
Hago presente a la Sala que, inclusive, sobre la materia, he presentado un proyecto de ley que libera de responsabilidad a los regidores de la Municipalidad de Ancud.
El señor CHADWICK.-
Fijemos un plazo de ocho días.
El señor MORALES.-
Señor Presidente, después de las expresiones vertidas por el Honorable señor Chadwick, estoy obligado a formular mis últimas observaciones en torno de la iniciativa en discusión.
En primer lugar, el proyecto sometido a conocimiento del Senado tiene considerandos claros -cada Honorable colega puede verlos en sus carpetas- como para entenderlo en todas sus partes.
En segundo término, cuando se propuso a los Comités la exención del proyecto del trámite de Comisión, se volvió a dar una explicación acerca de él en toda su concepción simple, porque la materia tiene este carácter.
Por último, durante el debate -a mi juicio, se ha prolongado más de lo que correspondía- también se dejó en claro que la iniciativa tiene por objeto legislar sobre un asunto sencillo: el pago de un aguinaldo realizado por la Municipalidad de Ancud.
Aún más: el hecho de que se hayan formulado indicaciones -aquí contesto la observación del Honorable señor Chadwick- no implica que algunos de los Senadores firmantes de ellas hubieran querido complicar el texto para encubrir determinada situación, por moralmente justa que sea. No ha habido nada de esto. Tan sólo se desea sustituir el artículo único del proyecto primitivo para extender la amnistía a cualquier figura delictiva, siempre en el mismo concepto del pago de aguinaldo hecho por la unanimidad de los regidores de la Municipalidad de Ancud.
En consecuencia -insisto-, no existe otro propósito que el indicado claramente en el fundamento de la iniciativa, en la reunión de los Comités -que acordaron eximirla del trámite de Comisión- y en el curso de este debate, por parte de los Senadores de la Décima Agrupación, Termino mis observaciones expresando mi acuerdo con las ideas sugeridas por los Honorables señores Contreras y Hamilton. Existe una situación simple y clara -aun cuando el debate se ha prolongado mucho-: la amnistía a los regidores de la Municipalidad de Ancud.
Si el Senado así lo acuerda, podríamos despachar el proyecto primitivo haciendo uso del procedimiento de excepción aprobado por los Comités y convertir en iniciativa de ley las indicaciones formuladas.
El señor LUENGO (Presidente accidental).-
Ha terminado el tiempo del Orden del Día.
-Queda pendiente la discusión del proyecto.
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