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- rdf:value = " VENTA DE PROPIEDADES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL A ACTUALES OCUPANTES.VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza al Servicio de Seguro Social para vender a sus actuales ocupantes inmuebles de su propiedad.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, en informe suscrito por los Honorables señores Musalem (presidente), Contreras Tapia, García, Lorca y Sule, recomienda a la Sala rechazar las dos observaciones e insistir en la aprobación del texto primitivo. Este acuerdo se obtuvo con los votos favorables de los Honorables señores Musalem, Contreras Tapia, García y Sule, y con el voto en contra del Honorable señor Lorca.
La Cámara aprobó las observaciones del Ejecutivo.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 74ª, en 14 de septiembre de 1966. Observaciones en segundo trámite, sesión 24a, en 17 de diciembre de 1968.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 18ª, en 11 de julio de 1967.
Trabajo, sesión 33ª, en 22 de agosto de 1967.
Trabajo (nuevo), sesión 41a, en 27 de agosto de 1968.
Trabajo (veto), sesión 17ª, en 15 de Julio de 1969.
Discusión:
Sesiones 21ª, en 18 de julio de 1967; 49ª, en 13 de septiembre de 1967; 8ª, en 11 de junio de 1968; 51ª, en 5 de septiembre de 1968 (-Se aprueba en segundo trámite).
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor CONTRERAS.-
El proyecto en debate tiene como finalidad vender a sus actuales ocupantes imponentes activos o pensionados las viviendas de las poblaciones del Servicio de Seguro Social, y representa una solución a un grave problema.
Es muy lamentable que la Cámara haya aprobado el veto al artículo 2º, en virtud del cual, a contar del 1º de enero de 1969, los aportes y excedentes que el Servicio de Seguro Social y demás cajas de previsión deban hacer o entregar a la Corporación de la Vivienda, se reajustarán anualmente en la forma establecida en el artículo 27, letra b), del decreto con fuerza de ley Nº 2.
Es importante aprobar este precepto, porque las cajas de previsión están aportando anualmente 40% del valor del presupuesto de la CORVI. Por otra parte, como manera de ordenar o centralizar las construcciones que solicitan esas instituciones, sólo la Corporación de la Vivienda puede ejecutarlas.
Actualmente las obras se realizan con tal lentitud que transcurren dos o tres años sin que los institutos previsionales puedan disponer de las habitaciones respectivas. Se estableció esta norma con muy buen criterio, con el propósito de que los valores mencionados sean reajustados y, así, poder acelerar el trámite de entrega de las viviendas por parte de la CORVI. De esta manera se evitaría, además, el reajuste de sumas cuantiosas de dinero.
Por su parte, el artículo 1º transitorio del proyecto dispone que los fondos provenientes de aportes y excedentes que el Servicio de Seguro Social hubiere hecho o entregado a la Corporación de la Vivienda y que ésta no hubiere retornado en viviendas al 31 de diciembre de 1968, se reajustarán en esa fecha conforme a la variación que hubiere experimentado la unidad reajustable durante el lapso comprendido entre el 31 de julio de 1967 y el 30 de junio de 1968.
Sabemos que la unidad reajustable sube de valor por dos motivos: por el alza del costo de la vida o por el aumento de sueldos y salarios. Por lo tanto, ese incremento perjudica a gente que aspira a tener una habitación.
¿Qué ha ocurrido ahora? Al aprobarse ambos vetos, la gente no tendrá ningún resguardo respecto de los valores que ha depositado en la Corporación de la Vivienda, como tampoco lo habrá para los excedentes entregados por las cajas de previsión.
Estimamos injusta la actitud adoptada por la Cámara de Diputados. Por ello, la mayoría de la Comisión acordó rechazar los vetos e insistir en las disposiciones aprobadas por el Congreso, aun cuando la decisión del Senado no influya en este sentido. Sin embargo, reconociendo la conveniencia de legislar sobre el particular, la Comisión resolvió proceder en esa forma.
El señor MUSALEM.-
Aunque la resolución adoptada por la Comisión en cuanto a rechazar ambos vetos no tiene incidencia, ya que ellos fueron aprobados por la Cámara, yo al menos voté por el rechazo a fin de destacar una situación que de alguna manera el Ejecutivo debe resolver.
En la actualidad, el 40% del financiamiento de los planes de desarrollo de la vivienda proviene de los institutos previsionales, como lo informó en la Comisión el Superintendente de Seguridad Social. El Ministerio del ramo, por medio de la Corporación respectiva, recibe los fondos, construye y entrega las viviendas fundamentalmente a los sectores que operan en forma directa con el sistema de ahorro previo; pero no entrega con oportunidad el número de casas correspondiente a los dineros que las instituciones de previsión le han otorgado. De esta manera se produce una demora que va más allá del tiempo prudencial necesario para construir por parte de la CORVI. Así, al recibir atrasadas las viviendas, los organismos de previsión están sufriendo una merma en el valor de los fondos que entregan. Si la CORVI invirtiera de inmediato y a medida que va recibiendo los dineros, no habría pérdida del valor de esos fondos originados en excedentes presupuestarios.
A nuestro juicio, debe buscarse una solución al problema. Personalmente, no me parece que ella se encuentre en las normas propuestas por el Congreso, que el Ejecutivo ha vetado.
Considero que el reajuste debe hacerse, precisamente, por el período que la CORVI demore más allá del tiempo prudencial la construcción de viviendas con los fondos entregados por esas instituciones previsionales. En la Comisión pedimos al Superintendente de Seguridad Social que estudie y proponga al Ejecutivo una fórmula de solución, no extrema e inaplicable como la planteada en el proyecto, sino una que corresponda a la realidad del perjuicio que sufren los institutos de previsión en sus excedentes presupuestarios.
El señor SULE.-
Sólo quiero complementar lo dicho por los Honorables señores Contreras y Musalem.
La Comisión, al recomendar el rechazo de estos vetos, no sólo consideró el hecho de que los aportes no se entregan en forma oportuna y que por tal razón deben tener una utilidad que compense la pérdida de su valor, sino que también tuvo en cuenta el hecho incuestionable de que todo el proceso que dice relación a los aportes de los contribuyentes en su calidad de trabajadores fiscales, o empleados y obreros particulares sufre, dentro del plano de la seguridad social, una desvalorización que jamás se compensa.
De ahí entonces la idea nuestra de encargar a la Superintendencia de Seguridad Social la búsqueda de alguna fórmula, con el objeto de dar a esos dineros un reajuste permanente, de modo que ellos, tanto en el plano educacional, previsional como en la seguridad de los estratos correspondientes a seguridad social, mantengan su valor adquisitivo.
Por estas consideraciones, los Senadores radicales votaremos favorablemente el informe de la Comisión.
El señor LORCA.-
Soy uno de los Senadores que votaron por aprobar el criterio de la Cámara. Me pareció justo hacerlo, en primer lugar, porque al rechazar los vetos ya aprobados por esa rama del Congreso, no había ley sobre la materia. Lo hice, además, por la conveniencia de que la Comisión respectiva del Senado realizara un análisis total de la política de la vivienda, en relación con el atraso permanente de la CORVI para devolver en casas los fondos que le fueron entregados por las cajas de previsión.
Por otra parte, al rechazar el veto y aprobar lo propuesto por el Congreso, en la práctica estábamos lanzando un volador de luces, porque exigiríamos a la COR VI reajustar los fondos provenientes de las cajas de previsión, en circunstancias de que ella carece de los recursos para hacerlo. O sea, proponíamos algo teórico.
El señor SULE.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor LORCA.-
Con todo gusto.
E] señor SULE.- Es interesante dejar en claro lo dicho por Su Señoría, por si más adelante tenemos oportunidad de analizar el problema.
Quien debe resolver sobre la manera de aplicar los fondos, distribuirlos y mantener su poder adquisitivo es, precisamente, la Corporación de la Vivienda, la cual, en la especie, recibe aportes extraordinarios, fundamentalmente de los excedentes de la Caja de Empleados Particulares. De modo, entonces, que en ningún momento ha habido desfinanciamiento.
El señor LORCA.-
No entiendo la última parte de la observación de Su Señoría.
Si se van a reajustar los aportes entregados para la construcción de casas, o los valores no entregados oportunamente en casas edificadas con los fondos 'de la Caja de Empleados Particulares, en la práctica se establece un círculo vicioso.
Entiendo que el objeto del precepto era que los valores entregados por las cajas de previsión y desvalorizados por el hecho de no haberse construido viviendas con esos fondos, fueran reajustados para poder construir lo mismo que se habría podido edificar con el dinero entregado oportunamente. Como la CORVI carece de financiamiento para eso y aquí se establece una obligación perentoria al respecto, creo que lo justo era aceptar el criterio de la Cámara de Diputados. Sin embargo, señalé la conveniencia de que la Comisión respectiva del Senado analizara el problema de la vivienda y determinara en qué consistían los defectos de que, en relación con esta materia, adolece el Ministerio de la Vivienda. Por ejemplo, todas las cajas de previsión entregan fondos para construir. Sin embargo, ese Ministerio tal vez sea la CORVI no es capaz de entregar anualmente la totalidad de viviendas correspondientes al dinero aportado, con lo cual se perjudica en forma permanente a los imponentes de las cajas de previsión.
Estos son los motivos por los cuales aprobé el veto, considerando, además, la conveniencia de analizar la política de la vivienda.
He concedido una interrupción al Honorable señor Musalem.
El señor MUSALEM.-
Tiene toda la razón el Honorable señor Lorca. No obstante ello, en la Comisión voté de manera distinta de como lo hizo el señor Senador.
Tiene la razón en cuanto a que, de haberse rechazado el veto en ambas Cámaras, se habría aprobado una disposición que produciría desfinanciamiento de la CORVI, y los recursos tendrían que haber salido de alguna parte.
Sin embargo, debo insistir en lo siguiente: no es necesario ni justo reajustar los fondos que las instituciones de previsión aportan a la CORVI, debido al período que demora normalmente la construcción, La Corporación de la Vivienda entrega esos recursos a los institutos previsionales a valor de costo. O sea, si se invierten oportunamente los fondos recibidos, no hay ninguna pérdida para los institutos previsionales. El problema surge cuando con esos dineros construye casas para entregarlas a otros sectores y no a los imponentes de los institutos de previsión que han aportado los fondos. Ahí es donde hay que resolver la cuestión. Por lo demás, no me parece adecuado encarar el problema planteando un reajuste de esos fondos más allá del perjuicio real de desvalorización que experimentan los imponentes de las cajas. Ni tanto, ni tan poco.
El señor CONTRERAS.-
Me parece que el problema abarca mucho más de lo que aquí se ha dicho.
Se ha sostenido que la Corporación de la Vivienda no cuenta con los fondos necesarios para revalorizar los aportes recibidos. Sin embargo, debemos dejar constancia de que las casas entregadas por la CORVI están afectas al D.F.L. Nº 2, de modo que tienen precio reajustable.
Por otro lado, los aportes de los imponentes es el producto de su trabajo.
Los fondos proporcionados por cualquier caja de previsión a la Corporación de la Vivienda, por ejemplo en 1969, tienen un valor determinado. Si las casas construidas por ese organismo son entregadas tres años después, ¿en cuánto se ha desvalorizado la moneda? ¿Cuánto costaban los materiales en 1969 y cuánto la mano de obra en el mismo año? ¿Cuánto costarán la mano de obra y los materiales tres años después? Sin duda, todo esto constituye una cadena que va única y exclusivamente en perjuicio de la gente que está esperando una habitación.
Las disposiciones del proyecto tenían por finalidad' aplicar una medida coercitiva, con el objeto de que la Corporación de la Vivienda acelerara sus planes de construcción, pues los únicos perjudicados con su retraso son los imponentes. Si las cajas de previsión aportan oportunamente los fondos y las casas se entregan tres años después, seguramente el valorde las propiedades estará recargado en 40%. En tal lapso, ¿en cuánto habrá subido la unidad reajustable? ¿Cuántos intereses deben pagar los imponentes de las asociaciones de ahorro y préstamos? Reitero: todo retraso perjudica a los imponentes, a la gente que está postulando a una habitación.
Si bien es cierto que la CORVI no dispone de medios para responder a la exigencia que establecían los artículos 2º y transitorio, no lo es menos que debemos poner a cubierto a las cajas de las alzas desmedidas, provocadas tanto por la rea justabilidad como por el alza de los materiales y la demora de parte de la Corporación de la Vivienda en entregar las casas. De allí el problema y nuestra gran inquietud por que los valores que entregan las diversas instituciones de previsión sean reajustados. Insistimos en ello, porque no es responsabilidad ni de los imponentes ni de las cajas.
El señor GARCIA.-
Concurrí a la voluntad de la mayoría de la Comisión de rechazar el veto, a fin de representar el problema al Ejecutivo y la responsabilidad que en ello tiene. .
Las sumas que se desvalorizan son de alrededor de los cuatrocientos millones de escudos, de modo que la desvalorización y pérdida consiguiente suben de cien millones de escudos.
Si se hubiera pretendido conceder fondos para reponer esas sumas a la Corporación de la Vivienda, el proyecto habría sido inconstitucional.
Lo más lógico, en mi opinión, es agilizar el procedimiento, de modo que, junto con recibir los aportes, la CORVI empiece a edificar, con lo cual no se producirá esa pérdida para los imponentes. En consecuencia, todo se reduce a un problema de agilidad administrativa y no de buscar fondos para la CORVI; vale decir, de aplicar un buen sistema para que se reciban los aportes necesarios y se conviertan oportunamente en metros cuadrados de edificación.
Por tal motivo nosotros votaremos en contra del veto.
El señor SILVA ULLOA.-
Aunque el pronunciamiento de la Sala no alterará el resultado, pues la Cámara ya aprobó las observaciones a los artículos 2º y transitorio, los Senadores socialistas votaremos por el informe de la Comisión, porque hemos sostenido en forma permanente que el actual sistema para captar los excedentes de las instituciones de previsión constituye, en el hecho, una pérdida extraordinaria en el valor depositado, debido a la demora por parte de la Corporación de la Vivienda en entregar las casas.
El año pasado, según un informe que tuve oportunidad de conocer, la Caja de Previsión de Empleados Particulares había entregado a la CORVI más de doscientos millones de escudos en aportes, sin ninguna esperanza de que le fueran entregadas las viviendas en plazo breve para satisfacer las necesidades de sus imponentes.
Se dice que el sistema aplicable a las instituciones de previsión es diferente, porque la Corporación de la Vivienda debe entregar las poblaciones que construye al costo real; pero la verdad es que el costo real es prácticamente el valor de reposición de las viviendas, debido al alto porcentaje que recarga la Corporación ella no construye, pues encarga esta labor a empresas constructoras, que repercute en el valor de las casas que entrega a las cajas de previsión. El año pasado, según los datos que recuerdo, el costo de administración de la CORVI representaba más o menos 30% del valor de cada una de las unidades habitacionales que entregaba. Ello lleva repito, en el hecho, a una nivelación del costo real a que debe entregar las casas con el costo de reposición. Por eso resulta mucho más conveniente para las instituciones de previsión reducir a cuotas de ahorro para la vivienda sus aportes a los planes habitacionales o sea, el mismo tratamiento que tiene cualquier particular y recibir, a su vez, las casas construidas en unidades reajustabas establecidas en el D.F.L. Nº 2, Ese, y no otro, ha sido el objeto de los artículos 2º, aprobado por la Cámara de Diputados, y transitorio. Pero ya no es la oportunidad de legislar en tal sentido. En todo caso, ello servirá de antecedente para el estudio que el Honorable señor Lorca ha anunciado.
Ojalá se resuelva rápidamente el problema, con el objeto de agilizar y hacer más justo el sistema a que están sujetas las instituciones de previsión.
La señora CAMPUSANO.-
Yo participaba en la Comisión del Trabajo y Previsión Social cuando los autores de los artículos 2º y transitorio formulamos la indicación respectiva.
Es lamentable que el Ejecutivo los haya vetado, porque se ha perdido una magnífica oportunidad de terminar con el robo a los fondos del Servicio de Seguro Social y de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. En efecto, nuestro propósito era que dichos organismos aportaran a la Corporación de la Vivienda tantos escudos por tantas habitaciones y que ella entregara casas con valores reajustados, lo que no ha hecho. Por lo tanto, se comete un robo a los imponentes. En otras palabras, éstos están capitalizando indirectamente a la CORVI, con la consiguiente descapitalización de las cajas de los empleados y obreros.
Los señores Senadores han dicho que se ha pedido a la Superintendencia de Seguridad Social buscar la solución del problema. Dicho organismo estuvo de acuerdo con los artículos mencionados, y cuando el Gobierno los observó, la Superintendencia, por desgracia, no tuvo la fuerza suficiente para obtener, mediante el veto, una modificación de los mismos a fin de hacerlos más operantes, de modo que se impuso el criterio del Ejecutivo de suprimir ambas disposiciones.
Soy de los Senadores que creen haber perdido una gran oportunidad y que se continuará por el camino de robar valores a los imponentes. En efecto, la Corporación de la Vivienda entrega todas las casas a precios reajustables, no convenidos anteriormente; de modo que ella cuenta con los medios necesarios para revalorizar los fondos que le fueron aportados a dos o tres años plazo, porque ésa es la demora con que entrega las habitaciones que le han sido solicitadas.
El señor MUSALEM.-
Después de las palabras de la Honorable señora Campusano, deseo aclarar las cosas como son.
No se puede estar hablando de robo por parte de la CORVI, como si ella se quedara con el dinero.
El planteamiento de fondo, que también he sostenido, es que debe evitarse la merma de los fondos entregados por las cajas de previsión a causa de la demora de la Corporación de la Vivienda en construir las habitaciones.
La señora CAMPUSANO.-
Su Señoría dice lo mismo en otros términos, porque mermar es más o menos lo mismo que robar.
El señor GARCIA.-
No, señora Senadora.
El señor MUSALEM.-
Quiero dejar bien en claro el problema y que lo entienda la Honorable señora Campusano, porque no es lógico tratar los problemas de interés para el país tergiversando las cosas.
La señora CAMPUSANO.-
Eso es lo que Su Señoría cree.
El señor MUSALEM.-
¿Para qué construye la Corporación de la Vivienda? Para entregar habitaciones a empleados y obreros. O sea, si resultan perjudicados los imponentes de las cajas de previsión y del Servicio de Seguro Social, por su parte son favorecidos otros obreros y empleados que reciben las viviendas que se construyen con esos fondos.
La señora CAMPUSANO.-
Pero se entregan con retraso.
El señor MUSALEM.-
Sí, se entregan con uno o dos años de atraso a los institutos previsionales; pero mientras tanto la CORVI está entregando casas directamente a otros empleados y obreros, quienes resultan beneficiados en igual proporción que el perjuicio que sufren quienes las reciben de las cajas previsionales. La Corporación de la Vivienda no se queda con un cinco; todo va al plan de la vivienda. Algunos sectores de obreros y empleados resultan perjudicados, y otros, beneficiados.
A mi juicio, es justo que los fondos de las instituciones de previsión no sufran mermas, y que si se entregan cuatrocientos millones de escudos en un año, como en el caso de la Caja de Empleados Particulares, al cabo de uno o dos años, el tiempo que demora la construcción, se distribuyan las viviendas que corresponden a esa cantidad de dinero.
Por lo demás, la Corporación de la Vivienda entrega las habitaciones a las cajas a precio de costo, de modo que el perjuicio se produce cuando la Corporación demora la entrega más allá del plazo normal de construcción.
El señor PABLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El señor Presidente pone en votación las dos observaciones.
Debo advertir a la Sala que cualquiera resolución del Senado no tendrá influencia, pues la Cámara de Diputados aprobó las observaciones, que consisten en suprimir los artículos 2º y transitorio.
- (Durante la, votación).
El señor CONTRERAS.-
Nosotros votaremos a favor del informe.
Deseo dejar en claro que en esta discusión se ha planteado el atraso que se entienda bien con que la Corporación de la Vivienda entrega las habitaciones a las cajas de previsión.
Primera cuestión: ¿cuáles son las consecuencias de ese atraso? Que los valores que se aportan se desvalorizan durante tres años.
Por otra parte, si bien la Corporación de la Vivienda entrega las habitaciones a las cajas al precio de costo, éstas no las venden al precio que correspondía a la fecha en que se aportaron los valores, sino al de costo en el momento en que fue entregada la casa. En consecuencia, durante ese lapso el interesado se perjudica tanto por el alza de la unidad reajustable como de la mano de obra y de los materiales. Los únicos perjudicados son los imponentes, quienes nunca se benefician.
Por lo expuesto, votaremos por el informe.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión y el Senado no insistirá.
El señor REYES.-
Con mi voto en contrario.
El señor PABLO (Presidente).-
Con los votos contrarios de los Senadores democratacristianos.
El señor REYES.-
Pido que se vote.
El señor MORALES.-
Pido lo mismo, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
Continúa la votación.
La señora CAMPUSANO.-
En primer lugar, quiero decir al Honorable señor Musalem, si me permite el señor Presidente, que yo tengo el derecho porque he sido elegida por los trabajadores a decir las cosas como las siento, como las entiendo. Y no es Su Señoría quien debe darme normas acerca de la forma en que debo expresar mis juicios.
Los trabajadores, por medio de sus representantes, aportan ciertas sumas de dinero para adquirir determinado número de casas, y después no se les entrega la cantidad por la cual se contrajo el compromiso. Ello quiere decir que los valores se han esfumado, perdido. Yo lo considero un robo. No he sostenido que este acto lo cometa la CORVI o determinados señores del Gobierno, sino que se produce un robo de los fondos de los trabajadores. Así lo entiendo y así lo expreso.
Por eso, rechazo el veto.
El señor REYES.-
Señor Presidente, el Ejecutivo vetó los artículos 2º y transitorio; la Cámara aprobó ese criterio. Esos preceptos, tal como estaban concebidos, eran absolutamente inaceptables.
Aquí se ha sostenido que los aportes que hacen las instituciones previsionales para la construcción de viviendas terminan por desvalorizarse, pues al cabo de un tiempo ellas se entregan a un costo comparativamente superior al existente en el momento de efectuar tales aportes.
Es evidente que el proceso de construcción requiere, por lo menos, un año y medio o dos años para concretarse. Si la CORVI entregara las viviendas al costo, querría decir que los sucesivos pagos ya sea por salarios, materiales, etcétera debería contabilizarlos en el momento en que los efectúa. Como es natural, esa Corporación procura hacer acopio de los materiales necesarios, a fin de que el costo de la vivienda sea lo más bajo posible.
Por lo tanto, considero exagerado y apartado de la realidad sostener que ha habido un robo.
La señora CAMPUSANO.-
Así lo entiendo yo.
El señor REYES.-
Cualquier particular que se enfrente a la construcción de su propia vivienda está sometido a un proceso casi similar.
La posibilidad que planteaba el proyecto del Congreso, de exigir a la Corporación de la Vivienda un reajuste de los aportes que recibe, la forzaría a cobrar un valor actualizado al momento de entregar la vivienda; ello compensaría una cosa y otra. En definitiva, no habría ventaja alguna para los imponentes a quienes se pretende beneficiar.
Concuerdo en que deberían sincronizarse mejor el aporte de los distintos institutos previsionales y la labor que realiza la CORVI. A mi juicio, el proyecto, tal como lo despachó el Congreso, va más allá de lo justo y necesario.
Por eso, apruebo la observación.
El señor GARCIA.-
Unos votan por lo que dice la Comisión; otros, a favor del veto.
El señor JULIET.-
¿No está pareado con el SenadorAguirre Doolan, Honorable señor Reyes?
El señor REYES.-
El pareo se cambió con el Honorable señor Gormaz.
El señor LORCA.-
A mi juicio, es más lógico el criterio de la Cámara que rechazar el veto, porque de otra manera no se soluciona el problema del reajuste y se origina desfinanciamiento.
Me alegra la aclaración hecha por la Honorable señora Campusano. Su Señoría, según entiendo, al hablar de robo quiso decir que no se trata del cometido comúnmente.
El Honorable señor García lo llama "mala administración". Al fundar su voto, el señor Senador manifestó que rechazaba el veto como una manera de criticar la mala dirección de la CORVI, pues el número de viviendas que entrega no está de acuerdo con la cantidad de dinero que recibe de los institutos previsionales.
Insisto: la señora Senadora lo llama robo, y el Honorable colega, mala administración. Creo que, en el fondo, han querido expresar su disconformidad con la rapidez con que la Corporación de la Vivienda entrega las habitaciones.
Lo importante es saber si ese organismo o el Ministerio de la Vivienda son capaces de entregar casas de acuerdo con "las sumas de dinero que reciben de las cajas de previsión. Eso es lo fundamental que deberíamos establecer en definitiva.
Por eso, apruebo el criterio de la Cámara de Diputados.
El señor MUSALEM.-
Rechazo el veto, en vista de las razones que di.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, aprovecho esta oportunidad para expresar que el debate me lleva al convencimiento de que el problema está en la rapidez de la inversión propia de los fondos que reciba la CORVI de los institutos previsionales. Si esa Corporación los aplica inmediatamente, no tendrá problemas con el reajuste; si, por el contrario, con esos fondos atiende a otras necesidades, se le crea tal problema.
En consecuencia, las disposiciones del Congreso tenían una razón de ser: ponían a la CORVI en la necesidad de aplicar de inmediato los fondos y de no distraerlos transitoriamente en otras obligaciones, con lo cual resguardaría el interés de las instituciones de previsión, que representan el de los imponentes.
Como es natural, para proceder de ese modo sería necesario cambiar el sistema. Junto con imponerse el reajuste en cuotas CORVI por las obligaciones contraídas al recibir el dinero de esos organismos, debería hacerse también, como dijo el Honorable señor Reyes, una actualización de las obras ejecutadas.
En todo caso, creo que el Congreso ha hecho muy bien en manifestar su preocupación por el régimen imperante en la actualidad.
Por eso, voto en contra de la observación.
Se rechaza el veto y se acuerda insistir (17 votos contra 7, 2 abstenciones y 4 pareos), y queda terminada la discusión del proyecto.
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