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- rdf:value = " El señor MORALES.-
La disposición de la Cámara de Diputados pretende aplicar a quienes buscan perfeccionarse profesional y técnicamente en el extranjero), un sistema similar al que en la actualidad rige para los diplomáticos y funcionarios chilenos que residen en el exterior. Tanto la Cámara como el Senado han coincidido en numerosas iniciativas tendientes a que esos chilenos aporten a la actividad nacional los conocimientos adquiridos fuera del país. Es incuestionable que, para aprovechar tal perfeccionamiento, debemos establecer incentivos o estímulos para que esas personas regresen a Chile.
En la actualidad, sólo estudian en el exterior técnicos y profesionales excluidos del beneficio de que gozan otros funcionarios y aun representantes de Chile en el extranjero.
El criterio de la Cámara con el cual concuerdo ha sido extenderlo, precisamente, para contar con un cuerpo de técnicos y profesionales que busquen horizontes de mayor ilustración y después sobre la base de un estímulo retornen al país a desarrollar toda su actividad y al invertir su capital intelectual.
El Senado modificó lo propuesto por la Cámara, en especial el artículo 1º, pero tal como lo aprobó resulta ilusorio, pues autorizó importar especies de uso personal a los profesionales y técnicos chilenos que regresen al país antes del 1º de enero de 1970. En consecuencia, significa favorecer a quienes cumplieron funciones técnicas profesionales de perfeccionamiento en el extranjero, y no constituye un beneficio definitivo.
A mi juicio, el Senado fue muy severo al consignar esta disposición, porque, en la práctica, la hace inefectiva, sin perjuicio de su reglamentación.
Al leer el texto de sustitución, encontramos disposiciones restrictivas; más aún, fiscalizadoras, que son buenas, como también lo son las indicadas por el Honorable señor Jerez.
Hago presente a los Honorables colegas que aún resta el veto. Naturalmente, el Ministerio de Hacienda, al estudiar el proyecto despachado por el Congreso, deberá vigilar estrictamente los intereses fiscales, con el objeto de introducir, mediante el veto, las disposiciones insinuadas en los distintos trámites.
En consecuencia, los Senadores radicales votaremos por el criterio de la Cámara, pues así estimulamos el perfeccionamiento de quienes van a buscar, con enorme sacrificio económico, un capital intelectual a otros países.
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