. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " CONVERSION DE CREDITOS OTORGADOS POR EL BANCO DEL ESTADO.El se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Corresponde tratar el proyecto de ley que autoriza al Banco del Estado de Chile para convenir la conversi\u00F3n de cr\u00E9ditos otorgados desde la vigencia de la ley 16.253, con segundo informe de la Comisi\u00F3n de Hacienda. \n \n \n-Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley: \n \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 20\u00AA, en 3 de diciembre de 1968. \n \nInformes de Comisi\u00F3n: \n \nHacienda, sesi\u00F3n 54\u00AA, en 6 de mayo de 1969. \nHacienda (segunda), sesi\u00F3n 22\u00AA, en 28 de julio de 1969. \n \nDiscusi\u00F3n: \n \nSesiones 55\u00AA, en 7 de mayo de 1969; 56\u00AA, en 13 de mayo de 1969; 57\u00AA, en 14 de mayo de 1969 (se aprueba en general). . \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La Comisi\u00F3n, bajo la firma de los Honorables se\u00F1ores Palma (presidente), Ballesteros, Bossay, Garc\u00EDa y Silva Ulloa, hace presente a la Sala que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los siguientes art\u00EDculos del primer informe: 4\u00B0, que pasa a ser N\u00BA 4 del art\u00EDculo 3\u00BA, con enmiendas de mera redacci\u00F3n; 6\u00BA, que pasa a ser art\u00EDculo 16, con enmiendas de concordancia, 89, que pasa a ser 18; 14, que pasa a ser 6\u00BA transitorio; 15, que pasa a ser 35; 19, que pasa a ser 7\u00BA transitorio, y art\u00EDculo transitorio, que pasa a ser 5\u00BA transitorio. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En conformidad al Reglamento, quedan aprobados. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En seguida, la Comisi\u00F3n propone diversas enmiendas a su primer informe, que se consignan en el bolet\u00EDn N\u00BA 24.073. \nLa primera modificaci\u00F3n incide en el art\u00EDculo 1\u00BA y consiste en sustituir la redacci\u00F3n de su inciso primero, por otra. Esta enmienda fue aprobada por unanimidad en la Comisi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En discusi\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobada. \nAprobado. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n \u00BFEs la redacci\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00B0 la que se sustituye? \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n No, se\u00F1or Senador. La Comisi\u00F3n propone sustituir la redacci\u00F3n del inciso primero del art\u00EDculo primero, modificaci\u00F3n que fue aprobada por unanimidad. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Estimamos que la enmienda propuesta aumenta los beneficios y franquicias que se otorgan en el art\u00EDculo 1\u00B0. Incluso, la encuentro contraproducente si se considera lo establecido en la ley 16.253, que cre\u00F3 los bancos de fomento. \nEn efecto, la disposici\u00F3n aprobada en el segundo informe hace extensiva la conversi\u00F3n del saldo de los cr\u00E9ditos a aquellos pr\u00E9stamos que se otorguen en el futuro; vale decir esta ley, en cierta medida, est\u00E1 sustituyendo a la de bancos de fomento. En este aspecto, nosotros preferir\u00EDamos quedarnos con el art\u00EDculo 1\u00BA en la forma como fue aprobado en el primer informe, con el cual tampoco concordamos. \nDe manera que nuestra posici\u00F3n en este instante es de oposici\u00F3n a la enmienda de la Comisi\u00F3n y vamos a votar contra el informe. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Como la enmienda ya hab\u00EDa sido aprobada, se podr\u00EDa reabrir el debate o declarar que se acept\u00F3 con el voto contrario de los Senadores comunistas. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n \u00A1No se puede aprobar en forma tan r\u00E1pida! \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Solicito el acuerdo un\u00E1nime de la Sala para reabrir el debate sobre el inciso 1\u00B0 del art\u00EDculo 1\u00B0. \n \nEl se\u00F1or AGUIRRE DOOLAN.- \n \n Por nuestra parte, no hay inconveniente. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Acordado. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n Con relaci\u00F3n a las observaciones del Honorable se\u00F1or Valente, quiero hacer notar que lo aprobado en el segundo informe por la Comisi\u00F3n no es sino una enmienda de redacci\u00F3n, porque el alcance de las disposiciones es exactamente el mismo. \nEl art\u00EDculo 1\u00B0 del primer informe dec\u00EDa: \"El Banco del Estado de Chile podr\u00E1 convenir la conversi\u00F3n de los cr\u00E9ditos otorgados desde la vigencia de la ley N\u00BA 16.253; -es decir, a partir desde esa fecha hacia adelante- \"en cr\u00E9ditos reajustabas de fomento, siempre que el objeto de aqu\u00E9llos haya cumplido con las finalidades contempladas en ella\". \nCon la nueva redacci\u00F3n, se dice: \"El Banco del Estado de Chile podr\u00E1 convenir la conversi\u00F3n de los saldos de los cr\u00E9ditos otorgados desde la fecha de vigencia de la ley N\u00BA 16.253, ...\", porque no se quiere dar car\u00E1cter retroactivo a la conversi\u00F3n de la parte de los cr\u00E9ditos que ya ha sido cancelada. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n Eso ya no existe; desapareci\u00F3. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n De acuerdo con la hermen\u00E9utica legislativa y la interpretaci\u00F3n de la disposici\u00F3n propuesta en el primer informe, se har\u00EDa aplicable la conversi\u00F3n a los cr\u00E9ditos otorgados antes de la vigencia de la ley N\u00BA 16.253 hasta la promulgaci\u00F3n de la ley en estudio. De manera que ese beneficio no regir\u00EDa para el futuro. Evidentemente, si se ha agregado en el segundo informe la expresi\u00F3n: \"o que se otorgue en el futuro\", estamos lisa y llanamente reconociendo la inaplicabili-dad de las leyes de bancos de fomento y haciendo extensiva esta disposici\u00F3n a los futuros cr\u00E9ditos que otorgue el Banco del Estado. \nNo hay duda alguna de que los beneficios que se conceden a los cr\u00E9ditos para el fomento son enormemente m\u00E1s ventajosos que los que obtienen los ordinarios. En el propio informe se hace una comparaci\u00F3n entre ambos tipos de cr\u00E9ditos: los ordinarios no tienen reajustabilidad, y los de fomento, s\u00ED; los primeros tienen 22,9% de inter\u00E9s, contra 9% de los segundos; los ordinarios pagan impuestos e intereses y, en cambio, los de fomento no; los abonos, en el caso de los pr\u00E9stamos ordinarios, son trimestrales; en el de los cr\u00E9ditos de fomento, semestrales. Los plazos a que se conceden estos cr\u00E9ditos son, en el primer caso, de un a\u00F1o, y en el segundo, de tres a diez a\u00F1os. \nEn consecuencia, estimamos excesivas estas franquicias que se otorgan a los cr\u00E9ditos ya otorgados en virtud de la ley N\u00B0 16.253 o los que se otorguen \"en el futuro\". Es \u00E9sta nuestra mayor objeci\u00F3n a la enmienda del segundo informe. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n La redacci\u00F3n primitiva planteaba la duda sobre qu\u00E9 iba a suceder cuando el Banco del Estado hubiera otorgado un cr\u00E9dito simple a una persona y, despu\u00E9s de haberse constituido \u00E9sta en deudora de aqu\u00E9l, ejecutaba las obras o empezaba a realizarlas, haci\u00E9ndose acreedora de obtener los beneficios de las disposiciones sobre bancos de fomento. Se discuti\u00F3 si se facultaba o no se facultaba al Banco para renegociar con el deudor y convertir el cr\u00E9dito simple en de fomento, siempre que cumpliera con los requisitos, porque muchas veces podr\u00EDa suceder que en las primeras tentativas de una persona por obtener un cr\u00E9dito de fomento no cumpliera con todas las exigencias, pero s\u00ED las pudiera llenar despu\u00E9s. Se pensaba que en este \u00FAltimo caso era l\u00F3gico permitir la conversi\u00F3n del cr\u00E9dito y se dijera al deudor: \"Su cr\u00E9dito ha cumplido con todos los requisitos y, por lo tanto, lo transformamos en uno mucho m\u00E1s ventajoso, a m\u00E1s largo plazo\". Con la redacci\u00F3n propuesta en el segundo informe, ya no cabe la menor duda de que puede precederse as\u00ED. \nPor lo tanto, en cierto modo tiene raz\u00F3n el Honorable se\u00F1or Valente al decir que es m\u00E1s amplio el nuevo inciso que el primitivo. \nVotaremos favorablemente el segundo informe, por estimar l\u00F3gico que el cr\u00E9dito pueda transformarse, como siempre se ha hecho, cuando cambian las circunstancias. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n La exposici\u00F3n que sobre este art\u00EDculo se hace en el segundo informe de la Comisi\u00F3n nos dar\u00E1 la raz\u00F3n, pues dice que la enmienda propuesta \"pretende solucionar dos tipos de situaciones: permitir la conversi\u00F3n de pr\u00E9stamos ordinarios en de fomento, por no haberse podido otorgar aqu\u00E9llos con el r\u00E9gimen de \u00E9stos al no haberse dictado oportunamente el reglamento respectivo, per\u00EDodo que cubre 2 a\u00F1os, y autorizar al Banco, de manera permanente, para efectuar la referida operaci\u00F3n cuando la naturaleza de la inversi\u00F3n o el deseo de aumentarla justifiquen la transformaci\u00F3n de los primeros en los segundos.\" O sea, pr\u00E1cticamente se advierte la inaplicabilidad de la ley N\u00BA 16.253 para lo futuro. Este precepto implicar\u00EDa sustituir toda la ley N\u00BA 16.253, que legisla en forma espec\u00EDfica sobre bancos y cr\u00E9ditos de fomento. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Para nosotros, la interpretaci\u00F3n dada por el Honorable se\u00F1or Valente se ajusta a la realidad. \nSi nuestra memoria no nos enga\u00F1a, presid\u00EDamos la Comisi\u00F3n de Hacienda cuando se discuti\u00F3 el primer informe, y cuando se present\u00F3 la proposici\u00F3n del Ejecutivo jam\u00E1s se consider\u00F3 la posibilidad de otorgar la facultad de convertir los cr\u00E9ditos futuros. La idea primitiva permit\u00EDa la conversi\u00F3n de los pr\u00E9stamos concedidos desde la fecha de publicaci\u00F3n de la ley N\u00BA 16.253 hasta la de aplicaci\u00F3n del proyecto que estamos discutiendo, s\u00F3lo en las condiciones que aqu\u00ED se se\u00F1alan, y en ning\u00FAn caso los que se concedan en lo futuro. En aquella oportunidad ya manifestamos nuestra desaprobaci\u00F3n a este art\u00EDculo; con mayor raz\u00F3n la expresamos ahora que es mucho m\u00E1s amplio y que concede numerosos privilegios, con los cuales no concordamos. \nPor lo expuesto, los Senadores socialistas ratificamos lo expresado por el Honorable se\u00F1or Valente y votaremos en contra de este art\u00EDculo. \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n El se\u00F1or Presidente pone en votaci\u00F3n el inciso primero del art\u00EDculo 1\u00B0 propuesto por la Comisi\u00F3n en su segundo informe, en el entendido de que si se rechaza, queda aprobada la redacci\u00F3n contenida en el primer informe. \n \n \n-Se aprueba, el inciso en la forma propuesta en el segundo informe (12 votos contra 9 y 2 pareos). \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La Comisi\u00F3n hace presente que el art\u00EDculo 3\u00BA pasa a ser n\u00FAmero uno del mismo, sustituido por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 3\u00BA.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al art\u00EDculo 1\u00BA de la ley N\u00BA 16.407: \n\"1.- Sustituir su inciso primero por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 1\u00B0.- Las cuentas de ahorro a plazo abiertas en el Banco del Estado de Chile, se reajustar\u00E1n una vez al a\u00F1o en un porcentaje equivalente al 100% de la variaci\u00F3n que tenga el \u00EDndice de precios al consumidor del departamento de Santiago, que determina la Direcci\u00F3n General de Estad\u00EDstica y Censos, entre las fechas de su \u00FAltimo reajuste anterior y el que corresponda efectuar.\".\" \nEsta enmienda fue aprobada en la Comisi\u00F3n por tres votos a favor y uno en contrario. \n \n \nEl se\u00F1or CHADWICK- \u00BFQui\u00E9n vot\u00F3 en contrario? \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En verdad, no lo s\u00E9, porque s\u00F3lo conozco el resultado de la votaci\u00F3n, que me fue informado por el se\u00F1or Secretario de la Comisi\u00F3n. \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En discusi\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Se\u00F1or Presidente, s\u00F3lo deseo dejar constancia, muy brevemente, de que nosotros hemos estado insistiendo en forma permanente en que no pueden seguir proliferando los mecanismos de reajustabilidad de los cr\u00E9ditos de las cuentas de ahorro del Banco del Estado, del Banco Central, de las cajas de ahorro y pr\u00E9stamos, etc\u00E9tera, etc\u00E9tera. \nEl Gobierno debe, de una vez por todas, presentar una sola pol\u00EDtica: son o no son reajustables todos los cr\u00E9ditos, cu\u00E1les tienen prioridad, cu\u00E1les no, y no presentarnos en forma m\u00E1s o menos vaga, an\u00E1rquica, sistemas de reajustabilidad para distintos tipos de cr\u00E9ditos. \nPor eso, una vez m\u00E1s, hacemos ver nuestro criterio en cuanto a que este procedimiento no es el m\u00E1s conveniente y que .est\u00E1 introduciendo un grave caos en el sistema crediticio chileno. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n El razonamiento que acaba de formular el Honorable se\u00F1or Altamirano no condice con el texto del art\u00EDculo. \nEn verdad, hasta este instante el reajuste de los dep\u00F3sitos de ahorro, de de acuerdo con la legislaci\u00F3n vigente, se hace conforme a un \u00EDndice que fluct\u00FAa entre 75% y 100% del promedio de variaciones del \u00EDndice del costo de la vida. \u00BFCu\u00E1l es el objeto del precepto en debate? Que no haya un \u00EDndice variable entre 75% y 100%, sino que estos dep\u00F3sitos se reajusten obligadamente en 100%. En otras palabras, no se trata de beneficiar cr\u00E9ditos, sino de favorecer a los depositantes de ahorro con un reajuste superior al que la legislaci\u00F3n vigente les concede en la actualidad. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO- \n \nEl Honorable se\u00F1or Ballesteros ha interpretado mal mis observaciones. \n! Si yo conozco perfectamente el procedimiento, que es como \u00E9l ha indicado! Lo que nosotros estamos planteando es otra cosa: que hay diversos sistemas de reajustabilidad con porcentajes distintos, con intereses diferentes y en condiciones y modalidades extraordinariamente divergentes, y que no es posible que tal sistema contin\u00FAe proliferando. \nNo me estoy refiriendo al art\u00EDculo en concreto. Dije que aprovechaba esta oportunidad para exponer nuestro criterio general sobre los sistemas de cr\u00E9ditos reajustables, que deben de ser no menos de diez. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK- \n \nDeseo abundar en las consideraciones hechas por el Honorable se\u00F1or Altamirano, porque hay un gran sector que por ley est\u00E1 obligado a ahorrar, y para ello no se consigna el menor reajuste. Me refiero a las cuentas particulares de los imponentes de instituciones de previsi\u00F3n, que no reciben ning\u00FAn reajuste. \nSi existiera una pol\u00EDtica justa, bien estudiada, uniforme, indudablemente habr\u00EDa que dar una soluci\u00F3n tambi\u00E9n a aquellos imponentes de las cajas de previsi\u00F3n que est\u00E1n perdiendo, a causa de la desvalorizaci\u00F3n monetaria, gran parte de los recursos que se les obliga a imponer. Por eso, es lamentable que el Gobierno haya dado una soluci\u00F3n, que nosotros compartimos, s\u00F3lo a los ahorrantes del sistema del Banco del Estado de Chile y haya olvidado a los imponentes de las instituciones de previsi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Entend\u00ED perfectamente el alcance de las palabras del Honorable se\u00F1or Altamirano. Me alegro de haber o\u00EDdo las observaciones que formul\u00F3 respecto de la materia, porque m\u00E1s adelante el proyecto, como sabe Su Se\u00F1or\u00EDa, crea la Comisi\u00F3n Nacional del Ahorro, organismo que tiene por objeto, precisamente, uniformar todos estos sistemas. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n Pero no los de previsi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Una de las cesas que llam\u00F3 m\u00E1s la atenci\u00F3n en el debate que hubo en la Comisi\u00F3n de Hacienda, fue, precisamente, comprobar los hechos se\u00F1alados por Su Se\u00F1or\u00EDa, que son reales. Existen muchos sistemas y muchos \u00EDndices para establecer la reajustabilidad de diversos tipos de cr\u00E9ditos y otras materias. Por lo tanto, creo que las observaciones que acaba de formular el Honorable se\u00F1or Altamirano -sin anticipar, por cierto, un juicio- demuestran que Su Se\u00F1or\u00EDa concuerda con el prop\u00F3sito fundamental que inspira a esta iniciativa, cual es crear organismos que tiendan en lo futuro a uniformar estos sistemas, a fin de que el pa\u00EDs tenga una pol\u00EDtica coherente en materia de cr\u00E9ditos y de intereses. \n \n \n-Se aprueba la modificaci\u00F3n propuesta por la Comisi\u00F3n en su segundo informe. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En seguida, la Comisi\u00F3n propone agregar a este art\u00EDculo los siguientes n\u00FAmeros 2 y 3, nuevos: \n\"2.- Reemplazar su inciso segundo por el siguiente: \n\"El c\u00E1lculo del reajuste y su capitalizaci\u00F3n en la cuenta respectiva se efectuar\u00E1 una vez al a\u00F1o en la forma, condiciones y plazos que determine el Directorio del Banco del Estado de Chile, con aprobaci\u00F3n de la Comisi\u00F3n Nacional del Ahorro.\"\" \n\"3.- En su inciso quinto, suprimir la frase: \"y con \u00E9l se abrir\u00E1n los libros para el per\u00EDodo siguiente.\"\" \nEstas dos modificaciones fueron aprobadas t\u00E1citamente en la Comisi\u00F3n. \n \n \n-Se aprueban las modificaciones propuestas por la Comisi\u00F3n en su segundo informe, con los votos contrarios de los Senadores radicales. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La Comisi\u00F3n propone agregar como n\u00FAmero cuatro de este art\u00EDculo, el art\u00EDculo 4\u00BA del proyecto, sustituyendo su redacci\u00F3n por la siguiente: \n\"4.- Sustituir su inciso sexto por el siguiente: \n\"Las cantidades que gocen de reajuste seg\u00FAn lo dispuesto en este art\u00EDculo, devengar\u00E1n el inter\u00E9s que determine el Directorio del Banco del Estado de Chile con aprobaci\u00F3n de la Comisi\u00F3n Nacional del Ahorro. Sobre el saldo del dep\u00F3sito no reajustado se abonar\u00E1 el inter\u00E9s normal del dep\u00F3sito.\" \nEsta enmienda fue aprobada t\u00E1citamente en la Comisi\u00F3n. \n \n \n-Se aprueba la modificaci\u00F3n del segundo informe. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n El art\u00EDculo 5\u00BA pasa a ser N\u00BA 1 del art\u00EDculo 4\u00BA, sustituido por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 4\u00BA.- Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al Reglamento N\u00BA 405, sobre Cuentas de Ahorro a Plazo del Banco del Estado de Chile, publicado el 15 de febrero de 1966: \n1.- Reemplazar el inciso 1\u00B0 de su art\u00EDculo 1\u00BA por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA.- Una vez al a\u00F1o tienen derecho a reajuste las cuentas de ahorro a plazo abiertas en el Banco del Estado de Chile bajo dicha denominaci\u00F3n, que se hallen vigentes en el d\u00EDa anterior al que debe efectuarse el c\u00E1lculo del reajuste, siempre que no registren un n\u00FAmero superior de giros o retiros de cantidades superiores a los que determine de un modo general el Directorio del Banco, con aprobaci\u00F3n de la Comisi\u00F3n Nacional del Ahorro, en el per\u00EDodo comprendido entre las fechas del \u00FAltimo reajuste anterior y del que corresponde efectuar. En todo caso, el n\u00FAmero de giros que har\u00E1 perder el reajuste deber\u00E1 ser superior a dos en el lapso correspondiente.\" \nEsta redacci\u00F3n fue aprobada en forma un\u00E1nime por la Comisi\u00F3n. \n \n \n-Se aprueba la enmienda propuesta en el segundo informe. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La Comisi\u00F3n propone agregar los siguientes n\u00FAmeros 2 y 3, nuevos, a este art\u00EDculo: \n\"2.- Sustituir el inciso 1\u00BA de su art\u00EDculo 3\u00BA por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 3\u00BA.- El porcentaje de reajuste ser\u00E1 fijado una vez al a\u00F1o en las \u00E9pocas que determine el Directorio del Banco del Estado de Chile para cada grupo de cuentas.\" \n3.- Reemplazar su art\u00EDculo 4\u00BA por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 4\u00BA.- El Fisco traspasar\u00E1 al Banco del Estado de Chile los fondos acumulados en la referida cuenta, dentro del mes anterior al que corresponda efectuar el reajuste respectivo.\" \nLa Comisi\u00F3n, por unanimidad, aprob\u00F3 ambas enmiendas. \n \n \n-Se aprueban. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En seguida, la Comisi\u00F3n propone agregar los siguientes art\u00EDculos 5\u00BA, 6\u00BA (cuyo N\u00BA 1 reproduce el art\u00EDculo 6\u00BA del proyecto de la C\u00E1mara), 1\u00B0 (sustituye el art\u00EDculo 7\u00BA del proyecto de la C\u00E1mara), 8\u00BA, 9\u00BA, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, nuevos: \n\"Art\u00EDculo 5\u00BA.- Reempl\u00E1zase el art\u00EDculo 46 del Reglamento N\u00BA 6.331, publicado el 2 de mayo de 1961, por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 46.- Los intereses de estas cuentas se liquidar\u00E1n una vez al a\u00F1o en las fechas que determine el Directorio del Banco del Estado de Chile, capitaliz\u00E1ndose en las fechas respectivas los intereses devengados.\". \nEste art\u00EDculo fue aprobado por 3 votos a favor y 2 en contra. \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En discusi\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi no se pide votaci\u00F3n, se dar\u00E1 por aprobado el art\u00EDculo. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n Pido votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En votaci\u00F3n. \n \n \n-Se aprueba el art\u00EDculo con la abstenci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Chadwick. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n A continuaci\u00F3n, corresponde tratar el art\u00EDculo 6\u00BA, que dice: \n\"Introd\u00FAcense las siguientes modificaciones al D. F. L. N\u00BA 251, de 1960: \n\"1.- Suprimir el inciso 2\u00BA de la letra k) de su art\u00EDculo 14. \n\"2.- Agregar las siguientes letras e inciso final a su art\u00EDculo 42.\" \nEl N\u00BA 1 fue aprobado por 3 votos contra 2, y el N\u00BA 2, por 4 votos contra 1. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n \u00BFQui\u00E9nes votaron a favor y qui\u00E9nes lo hicieron en contra? \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Votaron a favor, respecto del N\u00BA 1, los Honorables se\u00F1ores Garc\u00EDa, Ballesteros y Palma, y en contra, los Honorables se\u00F1ores Silva Ulloa y Valente. \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En discusi\u00F3n la primera enmienda. \nOfrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n \u00BFPor qu\u00E9 no se lee el informe? \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Me parece conveniente que alguno de los miembros de la Comisi\u00F3n nos d\u00E9 una explicaci\u00F3n sobre la finalidad del art\u00EDculo. \nLa disposici\u00F3n en estudio menciona el D. F. L. N\u00BA 251, que trata sobre compa\u00F1\u00EDas de seguros y bolsas de comercio. Creo que la Comisi\u00F3n de Legislaci\u00F3n se encuentra abocada al estudio de una iniciativa modificatoria, de las disposiciones referentes a las sociedades an\u00F3nimas. Por eso, quisiera saber si esa materia est\u00E1 relacionada con la que ahora nos ocupa. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Mediante el art\u00EDculo en debate, estamos modificando el D. F. L. que fija normas respecto del Banco del Estado, y no el relativo a sociedades an\u00F3nimas. Lo que sucede es que ambos llevan el mismo n\u00FAmero: 251, pero uno es del a\u00F1o 1931, y el otro, de 1960. Eso es lo que induce a error. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Entonces, no he dicho nada. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Se trata de dos disposiciones muy controvertidas. \nSi mal no recuerdo, la primera de ellas suprime la facultad del Banco del Estado para fijar los intereses a los cr\u00E9ditos hipotecarios. No recuerdo con exactitud cu\u00E1l es el problema, pero me parece que no revest\u00EDa mayores dificultades. Las complicaciones se producen en el art\u00EDculo siguiente, que dio motivo a prolongado debate. \nSi el se\u00F1or Secretario diera lectura al texto de la letra k), que se propone suprimir, ser\u00E1 posible comprender mejor la materia. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n El inciso segundo de la letra k) del art\u00EDculo 14 del D. F. L. N\u00BA 251, que establece las funciones del Directorio del Banco del Estado, dice: \n\"La tasa de inter\u00E9s para los pr\u00E9stamos hipotecarios que se concedan de acuerdo con el art\u00EDculo 42, .letra e), del presente decreto con fuerza de ley, no podr\u00E1 ser superior al t\u00E9rmino medio del inter\u00E9s bancario fijado por la Superintendencia de Bancos para el semestre anterior.\" \nEsa limitaci\u00F3n se suprime. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n \u00BFQu\u00E9 razones tuvo en vista la Comisi\u00F3n para suprimirlo? \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n En la Comisi\u00F3n, el Subsecretario de Hacienda manifest\u00F3 que la indicaci\u00F3n ten\u00EDa por objeto equiparar la tasa de inter\u00E9s de los pr\u00E9stamos hipotecarios con la de las operaciones corrientes del Banco. Aqu\u00E9llos se otorgan a 10 a\u00F1os plazo, no son reajustables y pagan un inter\u00E9s m\u00E1s bajo; en cambio, los cr\u00E9ditos a corto plazo pagan intereses muy superiores. Con el objeto de que las personas beneficiadas con esos pr\u00E9stamos no reajustables y a largo plazo paguen por lo menos el mismo inter\u00E9s que quienes gozan de los cr\u00E9ditos -corrientes otorgados por esa instituci\u00F3n bancaria, se propone suprimir la letra k) del art\u00EDculo 14. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n La disposici\u00F3n que se trata de suprimir fue dictada para beneficiar a los peque\u00F1os deudores que destinan sus pr\u00E9stamos a la construcci\u00F3n de viviendas, siendo depositarios de cuentas de ahorro por plazos no inferiores a un a\u00F1o y no superiores a quince. El legislador del a\u00F1o 1960 estim\u00F3 que esos depositantes deber\u00EDan gozar de trato preferente: si fueron favorecidos con pr\u00E9stamos hipotecarios, no debieran estar obligados a pagar los intereses que normalmente se cobran a los clientes del Banco. El objeto era promover una campa\u00F1a de fomento de los dep\u00F3sitos de ahorro. \nAhora se suprime la disposici\u00F3n, seguramente debido a una pol\u00EDtica contraria a la que inspir\u00F3 el precepto de 1960. No se trata s\u00F3lo de una cuesti\u00F3n de car\u00E1cter t\u00E9cnico. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n Su Se\u00F1or\u00EDa debe considerar que, en ja actualidad, todos los pr\u00E9stamos para construir o adquirir propiedades, por medio de la CORVI o cualesquiera de las instituciones existentes al respecto, son reajustables. Por consiguiente, el monto de la deuda tiene un valor definitivo muy distinto para las personas beneficiadas, del que tendr\u00EDa si no existiera la reajustabilidad. Entonces, resulta doblemente injusto que quienes reciben un pr\u00E9stamo lo paguen, al cabo de muchos a\u00F1os, con una moneda devaluada, aparte cancelar un inter\u00E9s excesivamente bajo en comparaci\u00F3n con lo que pagan otras personas, de igual condici\u00F3n, que realizan operaciones similares en el Banco del Estado. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n No particip\u00E9 en los debates de la Comisi\u00F3n de Hacienda cuando se trat\u00F3 este proyecto, pero la sola lectura de la letra c) del art\u00EDculo 42 de la ley vigente, sobre el Banco del Estado, me indica que mediante ella se busca dar un financiamiento adicional a quienes construyan viviendas en plazos m\u00E1s breves, porque se trata de pr\u00E9stamos que tienen l\u00EDmite de tiempo: un a\u00F1o de plazo como m\u00EDnimo y 15 como m\u00E1ximo. Adem\u00E1s, se exige a los beneficiarios tener cuenta de ahorro. En consecuencia, la modificaci\u00F3n propuesta suprime, pr\u00E1cticamente, el est\u00EDmulo a las cuentas de ahorro del Banco del Estado, consistente en otorgar a sus titulares la posibilidad de un cr\u00E9dito adicional para construcci\u00F3n, que podr\u00EDa complementar al establecido por el D. F. L. 2, que dispone un sistema de pr\u00E9stamos ordinarios para tal efecto, reajustable, y que es de fecha anterior, pues fue promulgado en 1959, durante el primer a\u00F1o de la anterior Administraci\u00F3n. En cambio, estas disposiciones lo fueron en 1960. De modo que en esa \u00E9poca no se consideraban antag\u00F3nicos ambos sistemas. Por el contrario, se pensaba quiz\u00E1s con criterio m\u00E1s pr\u00E1ctico, por cuanto se establec\u00EDa la posibilidad de adicionar los cr\u00E9ditos destinados a la construcci\u00F3n con recursos concedidos a los depositantes de cuentas de ahorro. \nPor estas consideraciones, no me parece conveniente suprimir tales recursos en forma tan precipitada, y espero que alg\u00FAn miembro de la Comisi\u00F3n proporcione mayores explicaciones sobre el particular. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n En verdad, la comparaci\u00F3n que hace un instante hizo el Honorable se\u00F1or Palma me evita mayores explicaciones respecto de las preguntas formuladas por el Honorable se\u00F1or Chadwick. \nEl Honorable colega manifest\u00F3 que el Banco del Estado pretende suprimir determinados privilegios que en la actualidad favorecen a los pr\u00E9stamos hipotecarios que dicha instituci\u00F3n otorga a sus depositantes de cuentas de ahorro. En realidad, subsiste la no reajustabilidad, que constituye la franquicia fundamental de que gozan dichos pr\u00E9stamos. Mientras que para la generalidad de los cr\u00E9ditos otorgados en el pa\u00EDs se ha establecido con posterioridad la obligaci\u00F3n de la reajustabilidad, las operaciones que nos preocupan siguen sin ser reajustadas. En consecuencia, lo meno que puede pedirse es que no paguen un inter\u00E9s inferior al que grava a la generalidad de los cr\u00E9ditos concedidos por el Banco del Estado. \n\u00BFCu\u00E1l es el objeto de la indicaci\u00F3n en debate? Se pretende mantener el privilegio de la no reajustabilidad y acomodarlos, en cuanto a intereses, a las normas generales del Banco. No se desea ni siquiera castigarlos, sino tan s\u00F3lo consignar un inter\u00E9s superior, similar al aplicado normalmente en todas las dem\u00E1s operaciones de la instituci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or VALENT\u00C9.- \n \n Si facultamos al Banco para fijar, de acuerdo con su directorio, el porcentaje de reajustes e intereses, \u00BFqui\u00E9n garantiza que \u00E9ste no sea superior a la reajustabilidad? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Si el se\u00F1or Senador me permite, conceder\u00E9 una interrupci\u00F3n al se\u00F1or Ministro de Hacienda, pues \u00E9l tiene m\u00E1s autoridad que yo para responder esa pregunta. \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n La disposici\u00F3n en debate pretende aplicar a los pr\u00E9stamos hipotecarios, no reajustables, del Banco del Estado, que son a largo plazo, las mismas normas sobre intereses de la generalidad de los otros tipos de cr\u00E9ditos. Este organismo no podr\u00E1 fijar un inter\u00E9s superior al que autoriza el Banco Central, que es el inter\u00E9s medio bancario m\u00E1s 20% de recargo. Es decir, si a la fecha en que se discut\u00EDa el proyecto el inter\u00E9s medio bancario era de 19,08%, el inter\u00E9s m\u00E1ximo que podr\u00EDa cobrarse en esta clase de cr\u00E9ditos ser\u00EDa de 22,9%. \nEn s\u00EDntesis, el Directorio del Banco del Estado no puede fijar un inter\u00E9s superior a la tasa que fija el Banco Central, m\u00E1s 20% de recargo, porcentaje que la ley consigna tambi\u00E9n para los cr\u00E9ditos bancarios. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n M\u00E1s un recargo tributario de 50%. \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n Veinte por ciento, se\u00F1or Senador. Lo otro corresponde a impuesto. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Deseo formular una \u00FAltima observaci\u00F3n. \nAqu\u00ED se ha dicho que con esta norma se desalienta a quienes efect\u00FAan dep\u00F3sitos de ahorro, o sea, precisamente a las personas a quienes esta ley en proyecto desea incentivar. \nConsidero de absoluta injusticia que, mientras los dep\u00F3sitos de ahorro del Banco del Estado se reajustan, no se haga lo propio con los cr\u00E9ditos hipotecarios que otorga ese organismo. Sin embargo, en el Senado se produce esc\u00E1ndalo cuando se trata de uniformar los intereses, no para llevarlos a cifras prohibitivas, sino al nivel normal del com\u00FAn de las operaciones bancarias. \nEn nuestra opini\u00F3n, el precepto es totalmente justo. \n \nEl se\u00F1or BOSSAY.- \n \n Junto con el Honorable se\u00F1or Silva Ulloa, votamos en contra de la disposici\u00F3n, como una manera de defender a los peque\u00F1os ahorrantes del Banco del Estado que hab\u00EDan solicitado cr\u00E9ditos hipotecarios para construir sus viviendas. \nSeg\u00FAn las cifras que recibimos en su \u2022oportunidad, el n\u00FAmero de personas beneficiadas mediante estos pr\u00E9stamos hipotecarios es peque\u00F1o con relaci\u00F3n a la cantidad total de pr\u00E9stamos otorgados. Pues bien, en virtud del precepto en debate, esos ahorrantes ver\u00E1n incrementado el costo de las respectivas operaciones. \nRepito: en defensa de quienes obtuvieron ese tipo de pr\u00E9stamos, desaprobamos la norma, de acuerdo con las opiniones que, desde el punto de vista estrictamente jur\u00EDdico, verti\u00F3 el Honorable se\u00F1or Chadwick. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, la diferencia de intereses no va m\u00E1s all\u00E1 de 4%. Si la inflaci\u00F3n disminuye, desaparece el temor que asalta a los Honorables colegas, porque el promedio de intereses bajar\u00EDa, al igual que el m\u00E1ximo que se puede cobrar. Por lo tanto, estos cr\u00E9ditos seguir\u00E1n la misma suerte de los dem\u00E1s. \nAl igual que en la Comisi\u00F3n, insisto en que es una verdadera loter\u00EDa conseguir un pr\u00E9stamo de esa naturaleza. S\u00F3lo goza de tal garant\u00EDa un reducid\u00EDsimo n\u00FAmero de personas. Es evidente la conveniencia de pagar a diez a\u00F1os plazo sin reajuste. Piense el Honorable Senado que un cr\u00E9dito concedido hace diez a\u00F1os por diez millones de pesos, que significan cien millones de hoy, se paga \u00FAnicamente con la d\u00E9cima parte de esta cifra. \nAnte la imposibilidad de establecer un sistema que iguale esos cr\u00E9ditos a los de car\u00E1cter reajustable, se propone un reajuste de 4%. \nEn consecuencia, no se trata de suprimir esa clase de cr\u00E9ditos, sino de hacer justicia. Insisto: ellos se mantienen, conforme al Estatuto Org\u00E1nico del Banco del Estado. . \n \nEl se\u00F1or CHADWICK- \n \nMe har\u00E9 cargo de las palabras del Honorable se\u00F1or Ballesteros. \nHe tenido cuidado de no dar car\u00E1cter de esc\u00E1ndalo a la solicitud de mayores informaciones sobre el particular. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Fue una licencia, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n Una licencia que estamos corrigiendo. \nLas explicaciones dadas hasta el momento revelan que se trata de eliminar una ventaja que hasta ahora se hab\u00EDa concedido a los peque\u00F1os ahorrantes del Banco del Estado, quienes, por \u00FAltimo, quedan sometidos al arbitrio de ese organismo. \nSeg\u00FAn entiendo, no existen normas que obliguen a otorgar cr\u00E9ditos hipotecarios, que se conceden en casos muy calificados como recursos adicionales, pues muchas veces es imposible cumplir con todos los requisitos exigidos por el sistema general del ahorro y pr\u00E9stamo. \nEn el fondo, es deplorable que ni siquiera para ciertos casos especiales, que califica el Directorio del Banco, se garantice a los peticionarios que los intereses no ser\u00E1n recargados en el 20% que se\u00F1al\u00F3 el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n Sobre la base de las apreciaciones del Honorable se\u00F1or Chadwick, estimo que la norma en debate consagra un principio de justicia respecto de un caso que Su Se\u00F1or\u00EDa califica de excepcional. En cierto modo, se trata de un favor, pues el Banco del Estado concede esos cr\u00E9ditos no reajustarles en proporci\u00F3n muy reducida y para circunstancias especiales, tal como sostuvo el se\u00F1or Senador. \nEs l\u00F3gico que, si esos pr\u00E9stamos tienen la extraordinaria ventaja de no ser reajustabas y la posibilidad de ser pagados hasta en diez a\u00F1os, exista una peque\u00F1a compensaci\u00F3n: el pago del inter\u00E9s medio normal establecido para las operaciones reajustables que son a plazos iguales o menores. En definitiva, ello representa una compensaci\u00F3n por un beneficio mucho mayor: la devoluci\u00F3n del capital sin los reajustes correspondientes. \nEsas fueron las razones que tuvo en vista la Comisi\u00F3n para aprobar el precepto. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n S\u00F3lo quiero precisar que tales cr\u00E9ditos no son necesariamente a largo plazo. Por el contrario, se trata de pr\u00E9stamos hipotecarios cuyo tiempo de reintegro se establece, en \u00FAltimo t\u00E9rmino, de acuerdo con las peticiones presentadas. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n As\u00ED es. \n \nEl se\u00F1or CHADWICK.- \n \n La ley dice que el plazo no podr\u00E1 ser inferior a un a\u00F1o ni superior a quince, precisamente porque su objeto es resolver situaciones que no pueden calzar dentro del sistema de ahorro y pr\u00E9stamo, vale decir de casos muy especiales. \nConsidero que nos hemos detenido demasiado en este asunto y que ya cada cual tiene criterio formado sobre el problema. \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi no se pide votaci\u00F3n, quedar\u00E1 aprobada la primera modificaci\u00F3n que introduce el art\u00EDculo 6\u00BA al D.F.L. 251. \n \nEl se\u00F1or JULIET.- \n \n No, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Pido votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En votaci\u00F3n. \n \n \n- (Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Me abstendr\u00E9 de votar esta enmienda. Considero muy atendibles algunos argumentos dados a su favor. Sin embargo, me hace bastante fuerza el hecho de que se pueda perjudicar a modestos ahorrantes y a personas que han obtenido ese tipo de cr\u00E9ditos. \nEste debate confirma una vez m\u00E1s lo que hemos sostenido: no puede seguir la inmensa anarqu\u00EDa existente en materia de dep\u00F3sitos y cr\u00E9ditos. \nPor eso, en nombre del Comit\u00E9 Socialista, pido que la Superintendencia de Bancos informe al Senado acerca de los diferentes sistemas que hay sobre el particular. Insisto en que no debe de haber menos de veinte o treinta procedimientos, cada uno con modalidades distintas. Tambi\u00E9n es preciso saber qu\u00E9 pol\u00EDtica aplicar\u00E1 el Gobierno al respecto. \n \n \n-Se aprueba la enmienda del art\u00EDculo 6\u00BA que suprime el inciso segundo de la letra k) del art\u00EDculo 14 del D.F.L. 251 (14 votos contra 11, una abstenci\u00F3n y 2 pareos). \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En seguida, la Comisi\u00F3n, en el mismo art\u00EDculo 6\u00BA, propone agregar las siguientes letras e inciso final al art\u00EDculo 42 del D. F.L. 251: \n\"d) Adquirir, importar y enajenar, por cuenta propia o ajena, bienes muebles de equipamiento del hogar, maquinarias, herramientas y dem\u00E1s elementos de trabajo para sus imponentes de ahorro. \n\"e) Adquirir, importar y enajenar, por cuenta propia o ajena, maquinarias, herramientas y dem\u00E1s elementos de trabajo para cooperativas y organizaciones comunitarias regidas por la ley N\u00BA 16.880, o sus miembros, siempre que \u00E9stos y aqu\u00E9llas sean imponentes de ahorro. \n\"La adquisici\u00F3n de los bienes se\u00F1alados en las letras d) y e) deber\u00E1 ser efectuada por medio de propuestas p\u00FAblicas, con o sin garant\u00EDa, y su importaci\u00F3n s\u00F3lo podr\u00E1 ser autorizada siempre y cuando estos bienes figuren en la lista de mercader\u00EDas de importaci\u00F3n permitida del Banco Central de Chile.\" \nLas letras d) y e) fueron aprobadas por 3 votos contra 2, y la disposici\u00F3n del inciso final, por unanimidad. \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En discusi\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or REYES.- \n \n Pido dividir la votaci\u00F3n. Por lo menos, que se voten en forma separada las letras d) ye). \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Primero procede debatirlas, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Se\u00F1or Presidente, estas disposiciones modificatorias del D.F.L. N\u00BA 251, de 1960, pretenden autorizar al Banco del Estado para adquirir, importar y enajenar, por cuenta propia o ajena, bienes muebles de equipamiento del hogar, maquinarias, herramientas y dem\u00E1s elementos de trabajo destinados a imponentes de ahorro y cooperativas y organizaciones comunitarias -juntas de vecinos, centros de madres-, o a sus miembros, con la \u00FAnica condici\u00F3n de que sean imponentes de ahorro. \nDesde el punto de vista de las facilidades referidas, las normas son atractivas. Sin embargo, nos merecen reparos el contenido y las consecuencias resultantes de su aplicaci\u00F3n. \nEn primer lugar, la conformaci\u00F3n excesivamente oficialista y politizada del Consejo del Banco del Estado no ofrece garant\u00EDas de que ellas se apliquen con imparcialidad y resguardando en forma estricta el inter\u00E9s de los sectores a los cuales se desea beneficiar. \nSin lugar a dudas, la vigencia de preceptos tan amplios afectar\u00EDa a otros trabajadores -peque\u00F1os y medianos comerciantes e industriales, artesanos, etc\u00E9tera-, que tendr\u00EDan en ese organismo bancario a un competidor. \nLos Senadores hemos recibido, de todo el pa\u00EDs, decenas de peticiones de organismos gremiales de comerciantes, y de organizaciones sindicales que piden que rechacemos estas disposiciones, no s\u00F3lo por las graves implicaciones que traer\u00E1n al movimiento comercial e industrial de Chile, ya restringido por la aplicaci\u00F3n de la pol\u00EDtica econ\u00F3mica del Gobierno, sino tambi\u00E9n a la estabilidad ocupacional de obreros y empleados de la industria y del comercio. \nPor otra parte, nuestra mayor preocupaci\u00F3n es el uso pol\u00EDtico que pueda darse a estos preceptos. No lo decimos por mera suposici\u00F3n, sino por la experiencia que hemos conocido en una negociaci\u00F3n en que han intervenido el Banco del Estado y una firma extranjera. Todo el pa\u00EDs conoce el destino dado a las m\u00E1quinas de coser Sin-ger importadas por este Banco para la Promoci\u00F3n Popular, las que se distribuyen en \u00E9pocas preelectorales y con inequ\u00EDvocos fines proselitistas y electoreros. \nPues bien, la negociaci\u00F3n del Banco del Estado con la Singer Sewing Machine est\u00E1 rodeada de muchos aspectos inexplicables, dudosos y da\u00F1inos para el inter\u00E9s nacional, como pasamos a demostrarlo. \nSabemos que la industria nacional de m\u00E1quinas de coser se ha colocado en un pie de competencia y ha superado en calidad y en eficiencia al producto Singer importado de Brasil y de otros pa\u00EDses. Pero ha existido, y existe a\u00FAn, un esfuerzo in-disimulado para favorecer a esta empresa, que pretende convertirse en un monopolio incontrarrestable en nuestro pa\u00EDs. \nLa Singer, seg\u00FAn se asegur\u00F3, se instalaba en Chile para ayudar, a nuestro pa\u00EDs. En el Mensaje del 21 de mayo de 1966, el Presidente de la Rep\u00FAblica se refiri\u00F3 al Plan Singer, que significar\u00EDa establecer una gran industria de m\u00E1quinas de coser. La Corporaci\u00F3n de Fomento suscribi\u00F3 con esta empresa el convenio CORFO-SINGER; obtuvo cuantiosos cr\u00E9ditos; se acogi\u00F3 a las franquicias del Estatuto del Inversionista; la Promoci\u00F3n Popular se convirti\u00F3 en verdadera promotora de esta empresa extranjera y, mientras se instalaba \u00E9sta, se redact\u00F3 en la CORFO el proyecto de acuerdo para financiar la importaci\u00F3n de 120 mil m\u00E1quinas de coser Singer en las condiciones se\u00F1aladas en un convenio cuya copia fotost\u00E1tica est\u00E1 en mi poder y que solicito incorporar en mi intervenci\u00F3n. \n \n \n-El documento cuya inserci\u00F3n se acuerda m\u00E1s adelante es del tenor siguiente: \nProyecto de acuerdo para financiar la importaci\u00F3n de 120.000 m\u00E1quinas de coser \"Singer\". \nEl Supremo Gobierno solicit\u00F3 la intervenci\u00F3n de esta Corporaci\u00F3n para colaborar en el plan destinado a establecer en Chile una f\u00E1brica de m\u00E1quinas de coser. \nPara tal efecto la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n estim\u00F3 necesario interesar a los fabricantes extranjeros de instalar en el pa\u00EDs, mediante aportes de capital, una industria de m\u00E1quinas de coser, acogi\u00E9ndose a las franquicias del Estatuto del Inversionista Extranjero. \nLas proposiciones presentadas en su oportunidad por los interesados fueron estudiadas por la Corporaci\u00F3n, estim\u00E1ndose m\u00E1s conveniente aquella presentada por la \"The Singer Company\". \nEl Vicepresidente Ejecutivo, en sesi\u00F3n del 3 de febrero pasado, puso en conocimiento del Consejo los puntos fundamentales de dicha proposici\u00F3n. Con posterioridad, la firma mencionada present\u00F3 la correspondiente solicitud de aporte de capital al Comit\u00E9 de Inversiones Extranjeras, el que, en su sesi\u00F3n N\u00BA 76 del 6 de mayo pasado, le dio su aprobaci\u00F3n por Resoluci\u00F3n N\u00BA 214. \nDe acuerdo al plan presentado por The Singer Company, la fabricaci\u00F3n en Chile de las m\u00E1quinas de coser se efectuar\u00EDa por etapas sucesivas, de modo que los gabinetes y estantes se fabricar\u00EDan en el pa\u00EDs a partir del presente a\u00F1o, junto con los brazos y bases, y los motores el\u00E9ctricos a partir de mayo de 1967; as\u00ED paulatinamente se llegar\u00EDa a fabricar gran parte de las piezas requeridas. \nLas piezas de importaci\u00F3n, necesarias de incorporar al producto chileno, ser\u00EDan de procedencia brasile\u00F1a y su valor se compensar\u00EDa por las exportaciones de motores el\u00E9ctricos, principalmente a la Zona de Libre Comercio, o a otras Zonas. \nDurante el per\u00EDodo de montaje de la nueva industria y su puesta en marcha, Singer ha ofrecido un cr\u00E9dito a esta Corporaci\u00F3n para abastecer las necesidades nacionales mediante la importaci\u00F3n de 120.000 m\u00E1quinas, las cuales se traer\u00EDan seg\u00FAn la siguiente pauta: \n \n \nIMPORTACION DE MAQUINAS SINGER \n \n \n \n \n \n \nPor cuanto se desconoce el inter\u00E9s del p\u00FAblico por los diversos modelos de m\u00E1quinas que se importar\u00EDan se estima que puede alterarse posteriormente la composici\u00F3n de las importaciones y el cr\u00E9dito podr\u00EDa alcanzar hasta US$ 3.500.000. \nLas unidades de cabezales armados y desarmados, ser\u00EDan completadas en el pa\u00EDs, mediante la incorporaci\u00F3n de los brazos, bases, estantes, gabinetes, etc., fabricados por industriales locales ya seleccionados por Singer. Tanto la importaci\u00F3n en s\u00ED, como el trabajo de armado y montaje de m\u00E1quinas, se efectuar\u00EDa por la Sucursal en Chile de; Singer Sewing Machine Com-pany\". La comercializaci\u00F3n la efectuar\u00EDa la misma firma en las condiciones generales que se detallan: \n1.- Se estima una venta media mensual de 3.000 unidades. \n2.- Las ventas mensuales se componen estimativamente como sigue: \n100 unidades al contado. 2.000 unidades a plazo. \n900 unidades a distribuidores y cooperativas, con un descuento de 25% sobre el valor al contado. \n3.- El precio base medio al contado ser\u00EDa de E\u00BA 405.55, al cambio de US$ 3.31 (corresponde al tipo 15075 con gabinete 406 a pedal con 3 cajones). \nActualmente este modelo se vende en el mercado a E\u00BA 512. Por lo tanto, el nuevo precio propuesto ser\u00EDa 21% menor que e] actual. Adem\u00E1s, se pondr\u00EDa a la venta un modelo m\u00E1s popular (15075/172) sin cabezal reclinable, cuyo precio, al mismo cambio, es de E\u00BA 354.82. \nLos precios base contado de los modelos aludidos ser\u00EDan de E\u00BA 304.15 y E? 266.11, respectivamente, para las ventas a Cooperativas. \n4.- Los precios bases se mantendr\u00EDan controlados y s\u00F3lo podr\u00EDan sufrir modificaciones, previo acuerdo con CORFO, seg\u00FAn las variaciones del d\u00F3lar que se haya usado en la importaci\u00F3n de un \u00EDndice de precios industriales a fijarse de com\u00FAn acuerdo entre CORFO y SINGER. \n5.- El plazo de venta m\u00E1ximo al p\u00FAblico para los modelos 15075/172 y 15075 406 ser\u00EDa de 18 meses. Los modelos restantes tendr\u00EDan un plazo de venta m\u00E1ximo en 12 cuotas mensuales iguales, pag\u00E1ndose adem\u00E1s una suma igual a la cuota mensual al momento de la venta. \n6.- El inter\u00E9s en las ventas a plazo ser\u00EDa el 2% mensual sobre los saldos deudores, inter\u00E9s que es inferior al que aplica el comercio normalmente en este tipo de ventas. \n7.- Singer Sewing Machine Company pagar\u00E1 a la Corporaci\u00F3n de Fomento el valor C. & F. de las ventas mensuales mediante tres letras, cubriendo la primera el 15%, la segunda el 20% y la tercera el 65% del monto. Los vencimientos de estas letras ser\u00E1n, en el mismo orden enunciado a los 12, 18 y 24 meses, respectivamente, contados desde fines del mes en que se efectuar\u00EDan las ventas. Para este efecto, el valor costo y flete se convertir\u00E1 a escudos al cambio del d\u00F3lar que se hab\u00EDa requerido para la cobertura. \nSe excluye de esta forma de pago las ventas del primer mes, estimadas en 3.000 unidades, cuyo valor C. & F. ser\u00E1 pagado por Singer Sewing Machine Company a CORFO mediante dos letras, cubriendo la primera el 80% y la segunda el 20% de dicho monto, y siendo sus vencimientos a los 12 y 18 meses, respectivamente, contados desde fines de dicho primer mes de ventas. \nPor otra parte, la Corporaci\u00F3n de Fomento deber\u00E1 pagar el cr\u00E9dito ofrecido para la importaci\u00F3n de 120.000 unidades de m\u00E1quinas de coser, para lo cual Singer Sewing Machine Company, de Estados Unidos de Am\u00E9rica le conceder\u00EDa un plazo de 5 a\u00F1os, con un inter\u00E9s anual de 6%. La primera cuota de amortizaci\u00F3n e intereses vencer\u00EDa a los 12 meses, contados a partir de las fechas de conocimiento de embarque de las diversas partidas de importaci\u00F3n, y las 8 cuotas siguientes de amortizaci\u00F3n ser\u00EDan semestrales, sucesivas y equivalentes. Se ha convenido con la firma importadora, que para los dos primeros embarques, que ya se encuentran en el pa\u00EDs (10.770 m\u00E1quinas) desde febrero y abril del presente a\u00F1o, respectivamente, la fecha de iniciaci\u00F3n de las obligaciones de CORFO se pospondr\u00E1 a junio y agosto, sin devengar intereses adicionales. \nLa variaci\u00F3n del tipo de cambio de todas estas importaciones ser\u00E1 de cargo de la Corporaci\u00F3n, quien, como una compensaci\u00F3n a dicho riesgo, recibir\u00E1 anticipadamente en escudos los valores de costo y flete (C. & F.) de las importaciones, de acuerdo a la modalidad expuesta en el N\u00BA 7 precedente. \nLos motivos que han estimulado el inter\u00E9s de CORFO en participar en el financiamiento de esta operaci\u00F3n, son los siguientes: \n1.- Se anticipa la puesta en marcha la fabricaci\u00F3n de m\u00E1quinas de coser en Chile, ya que industrias nacionales empezar\u00E1n a entregar partes a partir de comienzos de 1966, \n2.- Se comienza de inmediato la oferta al p\u00FAblico de un elemento altamente requerido por las clases modestas a precios que son muy inferiores a los actuales del mercado y en condiciones de pago que los hacen accesibles a esas clases. \n3.- El tipo de maquinaria que se importar\u00E1 ser\u00E1 el mismo que posteriormente se fabricar\u00E1 en Chile, y esto permitir\u00E1, gradualmente un mayor conocimiento t\u00E9cnico del producto, lo que facilitar\u00E1 m\u00E1s adelante su fabricaci\u00F3n. \nLa Comisi\u00F3n Permanente de Industrias, en sesi\u00F3n N? 18, Extraordinaria, celebrada con fecha 20 de agosto de 1965, presidida por el Consejero don Arturo Montes, con asistencia de los Consejeros se\u00F1ores Jos\u00E9 Luis S\u00E1ez, Sergio L\u00F3pez y Mario Sarquis conoci\u00F3 estos antecedentes y acord\u00F3 recomendar a la aprobaci\u00F3n del Consejo el proyecto de acuerdo que m\u00E1s adelante se inserta. \nEn m\u00E9rito de lo expuesto, la Gerencia General presenta al Consejo el siguiente \n \nProyecto de acuerdo \n \n1.- Autor\u00EDzase al Vicepresidente Ejecutivo de la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n para contratar un cr\u00E9dito con Singer Sewing Machine Company, de New York, de hasta US$ 3.500.000, m\u00E1s sus respectivos intereses, que se destinar\u00E1 a financiar la importaci\u00F3n de hasta 120.000 m\u00E1quinas de coser o partes de ellas. \n2.- La amortizaci\u00F3n del cr\u00E9dito que se efectuar\u00E1 en un plazo de 5 a\u00F1os, contado a partir de las fechas de los conocimientos de embarque de las diversas partidas de importaci\u00F3n, efectu\u00E1ndose cada primer pago un a\u00F1o despu\u00E9s de esas fechas. Los servicios siguientes por conceptos de capital e intereses ser\u00E1n semestrales, a contar de dicho primer vencimiento. Los saldos deudores devengar\u00E1n intereses a la tasa del 6% anual. \nPara los dos primeros embarques de US$ 248.918.94 y US$ 346.735.65; el plazo de amortizaci\u00F3n de 5 a\u00F1os comenzar\u00E1 a computarse a partir de junio y agosto de 1965, respectivamente. \n3.- Autor\u00EDzase al Vicepresidente Ejecutivo para convenir con Singer Sewing Machine, de Santiago de Chile, la importaci\u00F3n, armadur\u00EDa, complementaci\u00F3n y comercializaci\u00F3n de las 120.000 unidades de m\u00E1quinas de coser o partes de ellas, aludidas en el punto 1 de acuerdo a los puntos 3, 4, 5, 6 y 7 de la parte expositiva del presente proyecto de acuerdo. \nCarlos Croxato Silva, Gerente GeneralSantiago, 20 de agosto de 1965.\" \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Como si este apoyo fuera insuficiente, se patrocin\u00F3 el art\u00EDculo 244 de la ley N\u00BA 16.464, cuyo objetivo era obstruir el desarrollo de la industria de m\u00E1quinas de coser en nuestro pa\u00EDs, llegando hasta su paralizaci\u00F3n, para beneficiar en forma exclusiva a la Singer. \nA pesar de todo este esfuerzo a favor de una empresa extranjera, la industria nacional ha ofrecido al Banco del Estado las m\u00E1quinas de coser fabricadas en Chile, de calidad superior y a menor precio que el producto importado ofrecido por Singer. El producto nacional est\u00E1 integrado por componentes extranjeros por valor de 15,40 d\u00F3lares, cantidad que representa menos del 25% del valor total del producto. El resto est\u00E1 formado por partes y piezas nacionales, como acero de la CAP, madera, pintura, diluyentes, cola, cerraduras, bisagras y, sobre todo, por el trabajo de un importante contingente de obreros chilenos. La m\u00E1quina Singer, en cambio, ha sido importada por la Singer de Chile a la Singer de Brasil, en 72 d\u00F3lares cada unidad, en una operaci\u00F3n de filial a filial, con costo desconocido y con precio de venta que puede significar -por esta v\u00EDa- una evasi\u00F3n de d\u00F3lares que bien valdr\u00EDa la pena investigar por la trascendencia que tal operaci\u00F3n puede tener para el inter\u00E9s nacional. \nEn cuanto a la Singer Sewing Company que opera en Chile, es conveniente que el Senado y el pa\u00EDs conozcan algunos antecedentes de la forma c\u00F3mo act\u00FAa en nuestro pa\u00EDs, fin de calibrar sus actuaciones. Las cifras contenidas en el balance general correspondiente al a\u00F1o 1968, publicado en el Diario Oficial del 11 de abril de 1969, nos proporcionan valiosos elementos de an\u00E1lisis. La Singer se estableci\u00F3 en Chile el a\u00F1o 1905. El capital asignado a Chile por la casa matriz alcanz\u00F3 en 1968 a 1.608,50 escudos, esto es, despu\u00E9s de 63 a\u00F1os de negociaciones, lo cual significa que en este lapso la Singer ha remesado todas las utilidades al exterior. El mismo balance revela que la Singer de Chile, para operar en nuestro pa\u00EDs, mantiene sin remesar a la matriz en Nueva York, utilidades por 1.905.335 escudos y reservas que ascienden a 2.868.837 escudos. \nPor otra parte, el balance en an\u00E1lisis contabiliza un Pasivo Exigible de 43.931.885 escudos, que corresponde a cr\u00E9ditos obtenidos en el pa\u00EDs, con excepci\u00F3n de un pr\u00E9stamo recibido de la Singer de Brasil ascendente a 14.807.000 escudos. \nRespecto de las utilidades obtenidas por la Singer en 1968, llegaron a 5.020.526 escudos, es decir, fueron tres mil veces mayores que el capital de operaci\u00F3n de la empresa. El estado de p\u00E9rdidas y ganancias del balance que estamos analizando da a conocer estas reveladoras cifras: monto de las ventas brutas del a\u00F1o 1968, 51 millones y fracci\u00F3n; costo de las mercader\u00EDas vendidas, 26 millones de escudos y fracci\u00F3n; utilidad bruta de las ventas, casi 25 millones de escudos. O sea, la Singer obtiene ganancias brutas del ciento por ciento sobre sus costos de producci\u00F3n. \nEn palabras m\u00E1s sencillas, la Singer Sewing Machine desarrolla sus actividades en nuestro pa\u00EDs utilizando el cr\u00E9dito y los recursos econ\u00F3micos con asombrosa liberalidad. S\u00F3lo la partida de Cr\u00E9dito? Bancarios asciende a E\u00BA 4.930.800, que es superior a todas las colocaciones que el Banco del Estado mantiene en las provincias de Tarapac\u00E1 y Antofagasta, afectadas en estos momentos por una crisis crediticia superlativa. \nY en todos estos hechos, el Consejo del Banco del Estado tiene una gran responsabilidad; ha actuado con parcialidad a favor de una empresa extranjera que se ha prestado para el juego electoral y para el proselitismo pol\u00EDtico que han llevado a efecto la Singer, el Banco del Estado y la Promoci\u00F3n Popular. Se nos ha asegurado que cada m\u00E1quina de coser importada por Singer para el Banco del Estado ha sido recargada en 10 d\u00F3lares y que parte de este sobreprecio habr\u00EDa sido destinado a financiar la Promoci\u00F3n Popular, situaci\u00F3n que, de ser efectiva, constituir\u00EDa uno de los mayores esc\u00E1ndalos financieros, si se considera que la importaci\u00F3n proyectada alcanzaba o alcanz\u00F3 a 120 mil unidades. \n \nEl se\u00F1or PRADO.- \n \n \u00BFQui\u00E9n dice eso? \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n \n \u00BFEso es cierto? \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Voy a leer un documento oficial, de un organismo del Estado controlado por el partido de Gobierno, que se opone a esa negociaci\u00F3n. \nAs\u00ED ha actuado el Consejo o el Directorio del Banco del Estado, sin tener las amplias atribuciones que ahora se le pretenden otorgar con la modificaci\u00F3n en estudio. \nHasta la Corporaci\u00F3n de Fomento, por oficio del 14 de abril de 1969, rechaz\u00F3 las \u00FAltimas negociaciones del Banco del Estado con la Singer. \nVoy a leer el texto de este documento para que Sus Se\u00F1or\u00EDas lo conozcan. \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n \u00BFD\u00F3nde est\u00E1 el documento que se refiere a la Promoci\u00F3n Popular y a los diez d\u00F3lares? \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Vamos a pedir una investigaci\u00F3n sobre, ese asunto. \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n Aqu\u00ED deben hacerse cargos muy concretos. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n \n De lo contrario es muy f\u00E1cil hacer afirmaciones. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n \"Se\u00F1or Alvaro Garc\u00EDa, Presidente del Banco del Estado de Chile.- \n\"Presente. \n\"Muy se\u00F1or nuestro: \n\"Nos referimos al llamado a Propuestas de ese Banco para adquirir m\u00E1quinas de coser del tipo \"costura recta a pedal\", destinadas a los \"Centros de Madres\" CEMA. A esta propuesta han postulado firmas nacionales y extranjeras, ofreciendo m\u00E1quinas armadas en el pa\u00EDs con un porcentaje de integraci\u00F3n y otras de procedencia de ALALC. \n\"De acuerdo con nuestras informaciones, el Banco del Estado habr\u00EDa resuelto en principio adquirir m\u00E1quinas de coser procedentes de ALALC, lo que estimamos altamente inconveniente. Como es del conocimiento de ustedes, esta Corporaci\u00F3n ha promovido el desarrollo de la industria de m\u00E1quinas de coser, considerando que, adem\u00E1s de la importancia que tiene como industria que ahorra divisas, crea fuentes de trabajo y t\u00E9cnica, y produce un efecto multiplicador en otros sectores por la subcontrataci\u00F3n de partes y piezas, especialmente en el caso de los muebles y de las piezas de fierro fundido. \n\"Por estas razones, nos preocupan las adquisiciones que realiza el Banco del Estado para CEMA, por cuanto ellas representan casi el 50% del mercado total de m\u00E1quinas de coser de costura recta, con un sistema de pago al contado altamente interesante para los proveedores\", l\u00E9ase Singer. \n\"Dentro del esquema del desarrollo programado por esta Corporaci\u00F3n para este sector industrial, es indispensable que las adquisiciones masivas de las m\u00E1quinas de coser efectuadas por organismos estatales, vayan dirigidas con preferencia absoluta hacia aquellos proveedores que, adem\u00E1s de ofrecer un producto armado en el pa\u00EDs, lo integren con el m\u00E1s alto porcentaje posible de piezas y partes nacionales.\" \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n \u00BFY d\u00F3nde est\u00E1 el acuerdo referente a los diez d\u00F3lares? \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n \n \u00BFCu\u00E1l es la consecuencia? \n \nEl se\u00F1or MONTES.- \n \n En seguida la ver\u00E1. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n \"En consecuencia, les agradeceremos su estrecha colaboraci\u00F3n en este aspecto, para obtener que los recursos que se destinen a este efecto se traduzcan en un aliciente significativo para los industriales nacionales del sector. \n\"Saluda atentamente a Ud. \n\"Sergio Molina, Vicepresidente Ejecutivo.\" \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n Ex Ministro del Gobierno. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n Y ya que se ha citado a la ALALC, es necesario tambi\u00E9n que en esta denuncia del \"negocio Singer\" los se\u00F1ores Senadores puedan apreciar lo que las negociaciones en la Asociaci\u00F3n Latinoamericana de Libre Comercio han significado para nuestro pa\u00EDs. Las m\u00E1quinas de coser, entre otras mercanc\u00EDas importadas de Brasil a Chile, proceden de la ALALC, como lo se\u00F1ala el Vicepresidente de la CORFO, en la carta que recien conoci\u00F3 el Senado, y, en consecuencia, no pagan impuestos. Las m\u00E1quinas de coser chilenas no pueden, en cambio, venderse en Brasil y Argentina porque, de hacerlo, pagar\u00EDan elevad\u00EDsimos impuestos de internaci\u00F3n a favor de esos pa\u00EDses. As\u00ED es, entonces, como la operaci\u00F3n ALALC acusa un d\u00E9ficit en contra de nuestro pa\u00EDs del orden de los 80 millones de d\u00F3lares por a\u00F1o, en 1967 y 1968. Que conste que este d\u00E9ficit lo hemos pagado con moneda dura, con d\u00F3lares que provienen fundamentalmente de las exportaciones de nuestras materias primas. \nJunto con anunciar los votos comunistas contrarios a este art\u00EDculo, solicitamos el acuerdo de la Corporaci\u00F3n para que la Contratar\u00EDa General de la Rep\u00FAblica o la Superintendencia de Bancos o el organismo competente, investiguen las operaciones que ha realizado el Banco del Estado con la Singer Sewing Company, y ponga a disposici\u00F3n del Senado los resultados de esta investigaci\u00F3n, incluyendo las actuaciones que la Promoci\u00F3n Popular ha tenido en esa negociaci\u00F3n. \n \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Ruego a los se\u00F1ores Senadores permitirme decir dos palabras. \nLos Honorables se\u00F1ores Valente y Bossay y el se\u00F1or Ministro me pidieron la palabra. En esa oportunidad, no di preferencia al se\u00F1or Ministro porque el Honorable se\u00F1or Valente me hab\u00EDa solicitado la palabra con mucha anterioridad mediante una nota. Ruego al Honorable se\u00F1or Bossay permitir que intervenga ahora el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or BOSSAY.- \n \n C\u00F3mo no. \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n El Gobierno formul\u00F3 indicaci\u00F3n al art\u00EDculo en debate. En realidad, el alcance que se le ha pretendido dar, en el sentido de querer otorgar al Banco del Estado un monopolio, todo un poder de comercializaci\u00F3n, que pudiera da\u00F1ar en forma muy especial al comercio detallista, no corresponde al prop\u00F3sito del Ejecutivo. As\u00ED lo explic\u00F3 tanto el Fiscal del Banco del Estado como el Subsecretario de Hacienda en la Comisi\u00F3n. Expresaron que la norma propuesta tiene por objeto precisar actos o actuaciones que hasta la fecha el Banco del Estado ha realizado, como adquirir y vender a sus ahorrantes art\u00EDculos para el hogar y herramientas de trabajo, sirviendo ese organismo de mandatario, a fin de obtener para esas personas mejores condiciones de precios. \nSin embargo, es l\u00EDcito reconocer que la redacci\u00F3n del precepto podr\u00EDa dar lugar a una ampliaci\u00F3n de la actividad del Banco del Estado m\u00E1s all\u00E1 de los t\u00E9rminos de la intenci\u00F3n que se tuvo al redactar la indicaci\u00F3n. \nEl Gobierno ha escuchado atentamente las observaciones hechas tanto en el Parlamento como por organizaciones de comerciantes, muy en especial las de la C\u00E1mara de Comercio Minorista; y el d\u00EDa lunes \u00FAltimo -creo que fue en esa fecha- el Ministro de Econom\u00EDa y el Presidente del Banco del Estado, conjuntamente, se reunieron con tales organizaciones de comerciantes, con el fin de analizar el texto de la disposici\u00F3n. Despu\u00E9s de dicha reuni\u00F3n, y de acuerdo con declaraciones que incluso fueron publicadas en la prensa, se lleg\u00F3 a un principio de acuerdo para precisar la redacci\u00F3n del art\u00EDculo e impedir que subsista el temor que ten\u00EDan los comerciantes, en particular los detallistas, de que el Banco del Estado pudiera abarcar actividades que le son propias. Me parece que, incluso, la C\u00E1mara de Comercio Minorista ha hecho llegar aqu\u00ED, al Congreso Nacional, una posible redacci\u00F3n. \nEl acuerdo a que se lleg\u00F3 entre las organizaciones de comerciantes y los representantes del Gobierno, consistir\u00EDa en agregar la siguiente letra d), como inciso final del art\u00EDculo 42: \"Adquirir, importar y enajenar maquinarias y dem\u00E1s elementos de trabajo para cooperativas y dem\u00E1s organizaciones comunitarias regidas por la ley N\u00BA 16.880, o sus miembros, siempre que \u00E9stos o aqu\u00E9llas sean imponentes de ahorro. Las maquinarias o elementos de trabajo deben ser de aquellos destinados a la elaboraci\u00F3n de bienes muebles y su empleo deber\u00E1 realizarse en la sede o domicilio del beneficiado\". \nEn el \u00E1nimo de tratar de evitar que contin\u00FAe la controversia que ha suscitado esta materia, yo quisiera solicitar al Senado que, por la v\u00EDa de la indicaci\u00F3n -aceptada por unanimidad, para cumplir con el Reglamento- se reemplazara el art\u00EDculo en debate por el texto que acabo de leer. Creo que de esta manera se eliminar\u00EDan muchas de las cr\u00EDticas que se han hecho sobre el particular... \n \nEl se\u00F1or JEREZ.- \n \n \u00BFMe permite una interrupci\u00F3n, se\u00F1or Ministro? \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n ...y se mantendr\u00EDa el objetivo perseguido, que corresponde a una funci\u00F3n que realiza hoy d\u00EDa el Banco del Estado y que seguir\u00E1 realizando. Y para el caso de que tal indicaci\u00F3n no contara con la unanimidad requerida, el Gobierno anuncia desde ahora su prop\u00F3sito de hacer por medio del veto esa sustituci\u00F3n, para aclarar en forma definitiva la ley en debate, pues reconoce que la disposici\u00F3n de que se trata, por su amplitud, podr\u00EDa dar lugar a err\u00F3neas interpretaciones. \n \nEl se\u00F1or JEREZ.- \n \n Se\u00F1or Ministro, quiero hacerle una pregunta. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Si el se\u00F1or Ministro le concede una interrupci\u00F3n, puede hacer uso de ella Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \n \nEl se\u00F1or JEREZ.- \n \n Se\u00F1or Ministro, no me preocupa ni me asusta la facultad que se est\u00E1 otorgando al Banco del Estado; por lo contrario, creo que, si es bien utilizada, ha de contribuir, entre otras cosas, como elemento regulador, a dar acceso a los cr\u00E9ditos a gente cuya capacidad actual no le permite participar en la econom\u00EDa por medio de sus relaciones con el comercio particular. \nPero, naturalmente, de las observaciones aqu\u00ED formuladas e incluso de la sola menci\u00F3n hecha por el se\u00F1or Ministro de las conversaciones habidas con los dirigentes del comercio detallista, se desprende que la disposici\u00F3n viene redactada en t\u00E9rminos d\u00E9biles y alarmantes para algunos sectores. A mi juicio, lo planteado por el se\u00F1or Ministro es un paso adelante, pero no constituye la soluci\u00F3n del problema. \nPor eso, quiero preguntarle al se\u00F1or Zald\u00EDvar si el Gobierno estar\u00EDa de acuerdo en agregar a la redacci\u00F3n que ha propuesto -de inmediato o por medio del veto- otro elemento de resguardo que, a mi juicio, es indispensable, pues no s\u00F3lo est\u00E1 en peligro en cierta medida, como lo se\u00F1alan los interesados, la situaci\u00F3n del comerciante detallista, sino tambi\u00E9n la de los productores nacionales. De ah\u00ED mi consulta: si podr\u00EDa agregarse una disposici\u00F3n o frase seg\u00FAn la cual el Banco del Estado no pudiera importar los elementos o bienes a que se refiere este art\u00EDculo sino en el caso de que no existan en el pa\u00EDs, y la fiscalizaci\u00F3n de tal resguardo quedara entregada a la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica. \nSer\u00EDa esa la \u00FAnica manera de proteger, no s\u00F3lo al comercio detallista, sino tambi\u00E9n a los fabricantes nacionales. Lo se\u00F1alado por el Honorable colega se\u00F1or Va-lente Rossi, a pesar de haber sido expuesto en t\u00E9rminos muy particulares, en verdad llama a alarma y podr\u00EDa repetirse. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, me ha concedido una interrupci\u00F3n el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or JULIET.- \n \n El se\u00F1or Ministro no dirige el debate. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Pero concede interrupciones. \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n Quisiera contestar al Honorable se\u00F1or Jerez. \n \nEl se\u00F1or BOSSAY.- \n \n Le concedo una interrupci\u00F3n al se\u00F1or Ministro. \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n \nCon la venia de la Mesa, puede hacer uso de la palabra el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).- \n \n Creo que el peligro que se\u00F1ala el Honorable se\u00F1or Jerez no existe, puesto que, seg\u00FAn la legislaci\u00F3n vigente, est\u00E1 prohibida la importaci\u00F3n de aquellas mercader\u00EDas que se producen en el pa\u00EDs. Pero puedo garantizarle al se\u00F1or Senador que, en el caso de que tal prohibici\u00F3n no fuera suficiente, no habr\u00EDa inconveniente en tomar el resguardo que Su Se\u00F1or\u00EDa ha propuesto, pues el Gobierno no desea perjudicar de ning\u00FAn modo al productor nacional. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Tiene la palabra el Honorable se\u00F1or Bossay. \nEl se\u00F1or BOSSAY.- \n \n Se\u00F1or Presidente, las palabras del Honorable se\u00F1or Valen-te, como las del se\u00F1or Ministro de Hacienda, aclaran la situaci\u00F3n en que nos encontramos en la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nEn su oportunidad, el Senador que habla acept\u00F3 en principio algunas de las ideas propuestas, pero en varios momentos del debate expres\u00F3 su temor o, si los Honorables colegas quieren, su falta de fe en los t\u00E9rminos en que el Banco del Estado podr\u00EDa operar con estas facultades y en el resultado, en otros campos, del ejercicio de ellas. \nEn esas circunstancias, present\u00E9 algunas indicaciones para restringir la norma. Por ejemplo, para exigir propuestas p\u00FAblicas y para que no hubiera liberaci\u00F3n total de derechos sino para elementos que el Banco del Estado destinara a su propio uso, como m\u00E1quinas calculadoras, sumadoras y otros. \nExpres\u00E9 tambi\u00E9n, seg\u00FAn consta en el informe, algunas dudas sobre la forma como se pretend\u00EDa operar respecto de las organizaciones comunitarias, centros de madres, juntas de vecinos, etc\u00E9tera. , \nPero debo confesar que, en l\u00EDneas generales, me resultaba atractiva la disposici\u00F3n, desde el punto de vista de ayudar a los imponentes de ahorro, pues cre\u00EDa que cuanto pudiera hacerse para fomentar el ahorro habr\u00EDa de tener buenas consecuencias. \nPosteriormente, hemos recibido -observo que lo mismo les ha sucedido a otros se\u00F1ores Senadores y tambi\u00E9n al se\u00F1or Ministro de Hacienda-, me atrever\u00EDa a decir no decenas, sino centenas de cartas de sindicatos y de c\u00E1maras de comercio minorista de distintas partes del pa\u00EDs, en que se manifiesta extraordinaria inquietud. En otras palabras: se nos ha colocado en la duda, se nos ha hecho part\u00EDcipes de la preocupaci\u00F3n de una enorme cantidad de chilenos que act\u00FAan en el campo de la peque\u00F1a industria y del peque\u00F1o comercio; que fabrican o venden muebles o artefactos tales como lavatorios, \"califont\", cocinas a gas, etc\u00E9tera. Y se nos ha inducido a reflexionar sobre todo lo que ello significa en cuanto a medio de vida y a pago de tributos de todo orden: impuesto a la renta de primera categor\u00EDa y sobre la compraventa en sus diversas etapas. Este \u00FAltimo, muy importante en los ingresos fiscales, tendr\u00EDa una fuerte contracci\u00F3n, seg\u00FAn se explic\u00F3 en la Comisi\u00F3n. \nPero lo que m\u00E1s nos ha inquietado es precisamente lo que acaba de plantear el Honorable se\u00F1or Valente, su denuncia de una actuaci\u00F3n relativa a importaci\u00F3n y venta de m\u00E1quinas de coser. Y es tambi\u00E9n lo que ha motivado la orden clara de mi partido sobre la forma de votar este art\u00EDculo. \nSi llega a votarse la investigaci\u00F3n solicitada por el se\u00F1or Senador, nos pronunciaremos afirmativamente. Estimamos que deben esclarecerse todas esas compras, en cuanto al cesto de las m\u00E1quinas, al precio que pagaron los adquirentes y en especial los organismos que las importaron, a las \u00E9pocas en que lo hicieron; y que no s\u00F3lo investigue la Superintendencia de Bancos sino tambi\u00E9n, en lo tocante a derechos de Aduana, la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica, que ser\u00EDa mucho m\u00E1s independiente. \nPero no vaya a suceder con esta indicaci\u00F3n lo que pas\u00F3 con las que se formularon sobre las franquicias tributarias: largo debate, violenta discusi\u00F3n antes de las elecciones de marzo; pero no se despach\u00F3 antes de las elecciones el proyecto y nadie se acord\u00F3 de \u00E9l nunca m\u00E1s. \nPor eso, en la duda, nos parece mucho mejor no modificar la legislaci\u00F3n actual en el asunto en debate, mientras no conozcamos el resultado de la investigaci\u00F3n propuesta por nuestro Honorable colega. O sea, adoptaremos decisiones acerca de la forma como debe operar el Banco del Estado cuando hayamos sacado conclusiones de esa investigaci\u00F3n. \nNo debe olvidarse que el Banco del Estado tiene en sus manos inmensos capitales y que cualquier propaganda de su parte -sobre bonos de ahorro u otros aspectos- puede afectar o deformar a la opini\u00F3n p\u00FAblica en un momento dado. \nNo deseo entrar en mayores detalles, en vista de las palabras del se\u00F1or Ministro de Hacienda, quien nos ha anunciado que por medio del veto propondr\u00E1 un texto distinto al que est\u00E1 en discusi\u00F3n. S\u00F3lo anticipo que los Senadores radicales votaremos en contra de todas estas disposiciones, porque preferimos -repito- reservar nuestra decisi\u00F3n para el momento en que, efectuada la investigaci\u00F3n solicitada, tengamos los antecedentes suficientes para actuar con justicia y claridad. \n \n \nEl se\u00F1or GARC\u00CDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, para la historia de esta disposici\u00F3n, el Senado debe conocer lo ocurrido en la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nPresent\u00E9 una indicaci\u00F3n tendiente a suprimir este art\u00EDculo y di, para fundarla, los mismos argumentos que aqu\u00ED han expresado tanto los representantes del Partido Comunista como los del Partido Radical. Sin embargo, al votarse la disposici\u00F3n, se pronunciaron por mantenerla los Senadores del Partido Socialista, los del Partido Dem\u00F3crata Cristiano y del Partido Radical. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Se\u00F1or Senador, le ruego especificar de qu\u00E9 Partido Socialista se trata. No formamos parte de la Comisi\u00F3n de Hacienda, de manera que mal pod\u00EDamos participar de ese acuerdo. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Especifico: me refiero al Honorable se\u00F1or Silva Ulloa. \n\u00BFC\u00F3mo no va a ser curioso que, en un plazo no mayor de seis a ocho d\u00EDas, contemos ahora con un respaldo total para suprimir el art\u00EDculo? \nQuiero manifestar -el se\u00F1or Secretario puede leer la parte pertinente del informe- que no se comprendi\u00F3 tocio el alcance que involucraba esta disposici\u00F3n, al entregar al Banco del Estado el comercio del menaje, rubro en el cual se comprenden desde las cortinas hasta los servicios, pasando por los refrigeradores y los aparatos de radio y televisi\u00F3n, y -\u00A1\u00F3iganlo bien, Honorables Senadores!- todo esto por intermedio de una sola mano en Chile. \nCuando alg\u00FAn se\u00F1or Senador dijo en la Comisi\u00F3n que el precepto beneficiaba s\u00F3lo a los imponentes de ahorro, yo manifest\u00E9 que, frente a la diferencia de impuesto que en esta forma tendr\u00EDa que pagar un refrigerador o un televisor, que me imagino puede llegar a los 800 escudos, todas las personas ser\u00EDan capaces de depositar 20 \u00F3 30 escudos en una cuenta de ahorro para gozar de las exenciones de impuestos que tiene el Banco del Estado. \nSin embargo, yo sostuve que, a pesar de la formaci\u00F3n de este inmenso monopolio, de este gran negocio respaldado por un banco que concede cr\u00E9ditos, por una organizaci\u00F3n que no paga impuestos y que act\u00FAa frente a todo el comercio, que debe pagar patente, impuesto a la renta, impuesto CORVI, impuesto de compraventa e impuesto a los servicios, sostuve -repito- que al cabo de cierto tiempo, si es que sobreviv\u00EDa alg\u00FAn comerciante, de todas maneras la forma como el Banco del Estado administraba sus negocios har\u00EDa necesario que nuevamente el comercio tomara en sus manos estas actividades. \nA la Comisi\u00F3n de Hacienda lleg\u00F3 un dirigente del comercio que hizo esta afirmaci\u00F3n: \"Yo tengo en mi bodega cocinas del Banco del Estado, compradas por \u00E9ste, y fui a preguntar a esa instituci\u00F3n que deb\u00EDa hacer con ellas. Se me respondi\u00F3 que no pod\u00EDan determinar a qui\u00E9n pertenec\u00EDan las cocinas\". De modo que en una bodega del Banco del Estado hay depositadas 50 cocinas, que no tienen due\u00F1o. Ese es el desorden que impera en el Banco. Por lo tanto, mucho menos tiene ahora autoridad... \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n \u00BFEn qu\u00E9 lugar est\u00E1n? Hay que dec\u00EDrselo a la poblaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Yo di el dato a otras personas, no a las que cree Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n \u00A1As\u00ED es que el se\u00F1or Senador tambi\u00E9n tiene su centro de madres...! \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n S\u00ED, yo tambi\u00E9n tengo mi centro de madres. \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n \u00A1Ser\u00E1 un club de se\u00F1oras, tal vez! \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n En la Comisi\u00F3n, no se valor\u00F3 el argumento m\u00EDo de que se pretend\u00EDa entregar al Banco del Estado, que se ha dedicado a comprar diarios para hacer propaganda al Gobierno, un instrumento con el cual se liquidar\u00EDa al comercio chileno. \nPor eso, no puedo menos que manifestar una gran satisfacci\u00F3n al comprobar que se ha hecho conciencia en el sentido de que esta medida no puede adoptarse. La estatizaci\u00F3n del comercio ha sido repudiada por el Partido Comunista -no s\u00E9 si ser\u00E1 influencia del se\u00F1or Liberman o de otros-, lo que me alegra mucho, pues nos est\u00E1 acercando poco a poco... \nAnuncio mi voto y los del Partido Nacional contrarios al art\u00EDculo en debate. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, cuando en la Comisi\u00F3n se analiz\u00F3 el precepto que ahora conoce la Sala, votaron a favor, como se ha dicho aqu\u00ED, los representantes de los Partidos Socialista Popular, Radical y Dem\u00F3crata Cristiano. Solamente el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa, del Partido Nacional, vot\u00F3 en contra. Yo me lo explico, porque la verdad es que en la legislaci\u00F3n que rige al Banco del Estado ya est\u00E1 consagrada la protecci\u00F3n y facilidades que se dan al comercio representado por- el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa y otras personas. Por consiguiente, es perfectamente l\u00F3gico que ellos no est\u00E9n interesados en dar protecci\u00F3n a otras \u00E1reas de la poblaci\u00F3n, aplicando los mismos criterios con que se facilit\u00F3 la importaci\u00F3n de maquinaria para la agricultura y la de otros equipos t\u00E9cnicos. \nEn realidad, todos los que votamos a favor del precepto sustent\u00E1bamos un criterio distinto. Pens\u00E1bamos que era conveniente dar tambi\u00E9n esta ventaja al resto de la poblaci\u00F3n del pa\u00EDs y, en especial, a quienes estaban haciendo el esfuerzo de ahorrar en el Banco y contribuir con ello al funcionamiento general de la econom\u00EDa. \nPor eso, al principio nosotros aceptamos y mantuvimos la posici\u00F3n aqu\u00ED se\u00F1alada. Con posterioridad, celebramos reuniones y conversaciones con las organizaciones de comerciantes, especialmente las de los detallistas, quienes han temido que el uso de esta disposici\u00F3n, perfectamente razonable en cualquiera otra circunstancia -si triunfaba otro r\u00E9gimen pol\u00EDtico, por ejemplo-, pudiera servir para favorecer a determinados intereses pol\u00EDticos. \nPor lo tanto, de acuerdo con lo expuesto por el se\u00F1or Ministro de Hacienda hace un instante, nosotros votaremos por la exclusi\u00F3n de la letra d) y en contra de este precepto. La letra en referencia dice: \"Adquirir, importar y enajenar, por cuenta propia o ajena, bienes muebles de equipamiento del hogar, maquinarias, herramientas y dem\u00E1s elementos de trabajo para sus imponentes de ahorro\". Al votar en contra de esta disposici\u00F3n, queremos hacernos eco d\u00E9 la inquietud manifestada por los comerciantes minoristas, quienes creen que por esta v\u00EDa el Banco del Estado puede transformarse en una inmensa casa comercial que los elimine a todos ellos. Esta es una situaci\u00F3n que resulta imposible de concebir por cualquiera, pero que, en todo caso, vale la pena aceptar en el curso de este an\u00E1lisis. Es decir, se trata de impedir que los comerciantes minoristas se sientan afectados, especialmente aquellos que ejercen su actividad en los pueblos peque\u00F1os, donde el Banco del Estado tiene agencias, y de darles la seguridad de que, detr\u00E1s de este objetivo, no ha habido intenci\u00F3n de perseguirlos o limitarlos, sino dar facilidades para que el ahorrante, eventualmente, pueda tener la posibilidad de exigir al comercio mayores franquicias que las que hoy d\u00EDa da, con motivo de la competencia del Banco. \nCuando los funcionarios del Banco del Estado informaron respecto de la disposici\u00F3n, declararon que ella era necesaria para ese organismo, porque permit\u00EDa regularizar, entre otros aspectos, lo relacionado con las m\u00E1quinas de coser, a lo cual se refiri\u00F3 en forma extensa el Honorable se\u00F1or Valente. No s\u00E9 si los datos dados por Su Se\u00F1or\u00EDa tienen por objeto atacar a la Singer y su negocio u otros negocios. Lo ignoro. No s\u00E9 nada del negocio de las m\u00E1quinas de coser. Lo \u00FAnico que s\u00E9 de esta actividad comercial es algo muy concreto: por intermedio del Banco del Estado, algo m\u00E1s de 150 mil familias en Chile, en el curso de este a\u00F1o, con tinte pol\u00EDtico o sin \u00E9l,... \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Con tinte. \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n Con tinte. \n \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n ...han sido extraordinariamente beneficiadas a lo largo del pa\u00EDs y han tenido la posibilidad de recibir una peque\u00F1a herramienta que las ayuda a incrementar los ingresos de sus respectivos hogares. \nDesde luego, esta disposici\u00F3n no pretende en absoluto hacer extensivo el beneficio a todo tipo de maquinarias, como dijo el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa en la Comisi\u00F3n. No se trata aqu\u00ED de la venta de tongos, bufandas u otros objetos de ese tipo, sino de otorgar facilidades a los peque\u00F1os ahorrantes del pa\u00EDs, que no son tan pocos. En el mismo informe se puede apreciar que \u00E9stos llegan ya al mill\u00F3n, o sea, existe un mill\u00F3n de personas que est\u00E1 haciendo un esfuerzo extraordinario para contribuir a la marcha general de la econom\u00EDa nacional. \nNo obstante, en vista de la inquietud manifestada por los comerciantes, y para no dar a este precepto el tinte pol\u00EDtico que aqu\u00ED se ha querido darle, nosotros rechazaremos el art\u00EDculo en la forma propuesta. Pero, como eventualmente no se podr\u00E1 reemplazar con la indicaci\u00F3n del se\u00F1or Ministro de Hacienda, mantendremos nuestro criterio en el sentido de que el Banco del Estado pueda dar estas facilidades a las cooperativas, organizaciones comunitarias y miembros de ellas que sean ahorrantes de dicha instituci\u00F3n bancaria. \nDebemos tener presente que no en vano en los \u00FAltimos a\u00F1os se ha creado en el pa\u00EDs gran n\u00FAmero de organizaciones comunitarias, respecto de las cuales nadie puede decir que est\u00E9n sujetas a control pol\u00EDtico o sometidas a grupo alguno, pues sus directivas -por lo menos, las que yo conozco-, que desde un punto de vista ideol\u00F3gico son totalmente heterog\u00E9neas, est\u00E1n tratando de servir de manera eficaz a sus respectivas comunidades. Por eso, creo que se hace absolutamente necesario robustecer a las organizaciones comunitarias, a fin de inculcar en la gente un sentido de cooperaci\u00F3n que les permita realizar trabajos como los que hemos podido apreciar, por ejemplo, en las exposiciones que se efect\u00FAan en las escuelas y que brindan a las familias la posibilidad de obtener una ayuda bastante sustancial para vivir. \nEstoy cierto de que en lo futuro esto ser\u00E1 as\u00ED. Por esta raz\u00F3n, creemos que, para terminar con las inquietudes de los comerciantes y con el problema pol\u00EDtico planteado aqu\u00ED, es conveniente rechazar la letra d), a pesar de haberla votado favorablemente en la Comisi\u00F3n. En todo caso, mantendremos el criterio de que es preciso ayudar, por la v\u00EDa del Banco del Estado, a todas las organizaciones comunitarias, que est\u00E1n constituyendo una poderosa fuerza de renovaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Senador? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Por eso, estimo que tampoco tiene asidero la afirmaci\u00F3n de que. ... \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Pero el Banco Central puede ampliar esa lista. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Si Su Se\u00F1or\u00EDa me solicita una interrupci\u00F3n, se la podr\u00EDa conceder. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Se la estoy pidiendo. \nS\u00F3lo deseo destacar que el Banco Central puede agregar nuevas mercader\u00EDas a esa lista. Es en este sentido que el Honorable se\u00F1or Jerez teme que se pueda vulnerar el principio establecido en defensa de la industria nacional. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Desde luego que se pueden agregar nuevas mercader\u00EDas a la lista de importaciones permitidas. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Ah\u00ED est\u00E1 el problema. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Pero eso no significa que la importaci\u00F3n se haga por un r\u00E9gimen especial. Por el contrario, estar\u00EDan sometida al r\u00E9gimen general, no a un sistema excepcional, como Su Se\u00F1or\u00EDa se\u00F1al\u00F3 en su intervenci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n \u00BFMe permite una interrupci\u00F3n, Honorable colega? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Perdone, se\u00F1or Senador. No quisiera dirigir el debate. Aun cuando tengo la mejor voluntad, ya conced\u00ED una interrupci\u00F3n. Tal vez la Mesa podr\u00EDa ceder la palabra a Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, ser\u00E9 muy breve, pues el Honorable se\u00F1or Palma ha analizado el problema en forma bastante completa y extensa. Sin embargo, quiero se\u00F1alar la inconsecuencia que se advierte en ciertas afirmaciones hechas por el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa, quien en la Comisi\u00F3n -tambi\u00E9n lo ha hecho presente ahora- pretendi\u00F3 erigirse en campe\u00F3n de la defensa de los intereses de los comerciantes. \nEl Honorable se\u00F1or Palma destac\u00F3 algo que, a mi juicio, merece ser conocido por el Senado y por quienes lean sus actas. La verdad es que en 1960, en la \u00E9poca del Gobierno del se\u00F1or Alessandri, cuya defensa asume aqu\u00ED el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa, cuando se dict\u00F3 el decreto con fuerza de ley N\u00BA 251, actual ley Org\u00E1nica del Banco del Estado, esa legislaci\u00F3n no provoc\u00F3 reacci\u00F3n alguna por parte de quienes se dicen campeones de la defensa del comercio. Se trataba de una disposici\u00F3n que ellos mismos introdujeron en el texto de un decreto con fuerza de ley, que por cierto no tuvo debate en el Congreso. \n\u00BFQu\u00E9 dice el art\u00EDculo 44 de ese decreto con fuerza de ley? Autoriza al Banco del Estado para \"importar, adquirir y enajenar, por cuenta propia o ajena,\" -t\u00E9rminos semejantes en todo a lo que establece la disposici\u00F3n que ahora nos ocupa- \"para satisfacer las necesidades de abastecimiento de las actividades agropecuarias y para propender a su desarrollo, e instalar y explotar plantas purificadoras y secadoras de semillas y frutas\". \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n \u00A1O sea, hab\u00EDa coincidencia! \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Es decir, cuando se trataba de favorecer los intereses de un grupo, de los agricultores del pa\u00EDs, no era excesiva ni monstruosa la disposici\u00F3n, sino que era consecuente con una pol\u00EDtica; era un precepto \u00FAtil y necesario para el desarrollo del pa\u00EDs. \nPor lo tanto, \u00BFqu\u00E9 autoridad puede tener hoy d\u00EDa ese mismo partido para afirmar, cuando se pretende beneficiar a las cooperativas y organismos comunitarios, que ahora la disposici\u00F3n es monstruosa, excesiva? \u00BFQu\u00E9 autoridad hay para emitir una declaraci\u00F3n condenando a todos aquellos que, con justicia, pretenden beneficiar a esas entidades? Deseo destacar esta inconsecuencia, porque son f\u00E1ciles las palabras y las declaraciones, pero es necesario saber sostenerlas con antecedentes de actuaciones pasadas. \nAdem\u00E1s, deseo referirme, en forma muy breve, a una observaci\u00F3n que hac\u00EDa el Honorable se\u00F1or Jerez, En efecto, Su Se\u00F1or\u00EDa manifestaba su temor de que, a trav\u00E9s de disposiciones como las aqu\u00ED propuestas, se pudiera vulnerar las normas que impiden la importaci\u00F3n de determinadas mercader\u00EDas con el fin de proteger la industria nacional. Pero el Honorable se\u00F1or Jerez, cuya ausencia del hemiciclo deploro, omiti\u00F3 leer la parte final del art\u00EDculo aprobado por la Comisi\u00F3n de Hacienda, que dice a la letra: \"La adquisici\u00F3n de los bienes se\u00F1alados en las letras d) y e) deber\u00E1 ser efectuada por medio de propuestas p\u00FAblicas, con o sin garant\u00EDa, y su importaci\u00F3n s\u00F3lo podr\u00E1 ser autorizada siempre y cuando estos bienes figuren en la lista de mercader\u00EDas de importaci\u00F3n permitida del Banco Central de Chile\". \nO sea, no habr\u00E1 excepciones, porque el Banco Central no podr\u00E1 autorizar la importaci\u00F3n de mercader\u00EDas prohibidas. \nRecuerdo que el asunto fue motivo de largo debate en la Comisi\u00F3n, en la cual el Honorable se\u00F1or Bossay formul\u00F3 una indicaci\u00F3n que los Senadores de estas bancas acogimos, por considerarla l\u00F3gica y prudente. \n \n \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de la palabra el Honorable se\u00F1or Altamirano. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n No es efectivo lo que sostiene el Honorable se\u00F1or Ballesteros. Basta la voluntad exclusiva y soberana del Gobierno para incluir en la lista de importaciones permitidas determinado tipo de mercader\u00EDas. \nPor otra parte, el Banco del Estado puede importar al amparo de condiciones con las cuales no cuenta el importador normal y corriente. En consecuencia, la instituci\u00F3n estar\u00EDa en condiciones privilegiadas. \nAdvierto que nosotros no nos hacemos eco de las opiniones de los Honorables colegas que han defendido a los comerciantes e industriales. Defendemos el inter\u00E9s de Chile y de los trabajadores. Mi afirmaci\u00F3n anterior ten\u00EDa s\u00F3lo por objeto hacer un alcance a las expresiones de Su Se\u00F1or\u00EDa, en el sentido de que las condiciones bajo las cuales puede importar el Banco del Estado son muy distintas de las que rigen para el resto de las personas que se dedican a este tipo de actividades. \n \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n \u00BFD\u00F3nde se establece eso? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Si se trata de elementos para alhajar el Banco, por ejemplo, hay libre internaci\u00F3n; pero no en otros casos. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n \u00BFEn qu\u00E9 parte se consigna esa norma? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS- \n \nEn la ley Org\u00E1nica del Banco del Estado y en disposiciones de car\u00E1cter general \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Mi impresi\u00F3n es que no es as\u00ED. Quisiera conocer concretamente esas disposiciones. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Me dar\u00E9 el trabajo de averiguarlo, para convencer a Su Se\u00F1or\u00EDa, ya que el se\u00F1or Senador no puede decir d\u00F3nde no est\u00E1n. Pero en este momento no dispongo de los antecedentes del caso. Sin embargo, pido que se haga fe en lo que afirmo, que, por lo dem\u00E1s, fue aseverado sin contradicci\u00F3n en la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nPor \u00FAltimo -no deseo cansar al Honorable Senado- me referir\u00E9 a las observaciones del Honorable se\u00F1or Valente en cuanto al problema de los intereses regionales. \nEncuentro razonable el punto de vista de Su Se\u00F1or\u00EDa, porque defiende los intereses econ\u00F3micos de su zona. No digo que sea una posici\u00F3n respetable o no lo sea, pues no entro a calificarla. S\u00F3lo afirmo que s\u00ED lo es el hecho de defender los intereses regionales que representa. \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n Se trata de una norma que se aplicar\u00E1 en todo el pa\u00EDs. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n As\u00ED es. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \nPero el se\u00F1or Senador debe entender que, por medio de la disposici\u00F3n que comento, se protegen los intereses de su zona, porque en la medida en que en el pa\u00EDs se fabriquen elementos de calidad similar a los que se pretende importar, el Banco Central no puede autorizar su internaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n No fue eso lo que dije en la Comisi\u00F3n el Vicepresidente de COREO. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Lo le\u00ED en el informe. \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Deploro que el Honorable se\u00F1or Altamirano, a quien reconocemos versaci\u00F3n en materias econ\u00F3micas, no forme parte de la Comisi\u00F3n de Hacienda, pues ello le habr\u00EDa ahorrado intervenir. \nEs cierta su afirmaci\u00F3n en cuanto a que est\u00E1 en manos del Ejecutivo modificar o alterar la lista de mercader\u00EDas de importaci\u00F3n permitida. Pero yo se\u00F1alo una cosa distinta: respecto de esta internaci\u00F3n, no se hacen excepciones al r\u00E9gimen general. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n S\u00ED se hace, porque el Banco est\u00E1 autorizado. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Contestar\u00E9 tambi\u00E9n a esa parte. \nMe parece que Su Se\u00F1or\u00EDa incurre en una confusi\u00F3n. El Banco del Estado, cuando importa para s\u00ED -por ejemplo, si el d\u00EDa de ma\u00F1ana quisiera internar un computador electr\u00F3nico para su propio uso-, goza de franquicias aduaneras, al igual que todos los organismos fiscales, como consta a Su Se\u00F1or\u00EDa, que fue Subsecretario de Hacienda. Pero no sucede lo mismo -y aqu\u00ED, precisamente, va la respuesta a las palabras del Honorable se\u00F1or Altamirano- cuando importa para terceros, como ser\u00EDa este caso. \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n \u00BFMe permiten, se\u00F1ores Senadores? \nHa terminado el Orden del D\u00EDa. Se necesitar\u00EDa el asentimiento un\u00E1nime de la Sala para prorrogarlo. De lo contrario, el proyecto quedar\u00EDa pendiente para la sesi\u00F3n de ma\u00F1ana. \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo en aquel sentido? \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n No. \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n En este caso, queda pendiente la iniciativa para la pr\u00F3xima sesi\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or HAMILTON.- \n \n \u00BFQui\u00E9n se opone a continuar? \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFPodr\u00EDa el se\u00F1or Presidente, si es tan amable, recabar nuevamente el asentimiento de la Sala? \n\u00BFQui\u00E9n se opone? \n \nEl se\u00F1or NOEMI (Vicepresidente).- \n \n No puedo decir qui\u00E9n se ha negado al acuerdo. Basta que se comunique la oposici\u00F3n a la Mesa. \n \n \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "CONVERSION DE CREDITOS OTORGADOS POR EL BANCO DEL ESTADO."^^ . .