. . . . " El se\u00F1or HAMILTON.- \n \n Estoy pareado y, por ello, no votar\u00E9. \nSin embargo, quiero decir que si hubiera podido hacerlo, me habr\u00EDa pronunciado en contra. \nLa norma persigue proteger a los adquirentes de veh\u00EDculos, facilitarles la adquisici\u00F3n de ellos y crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la industria automotriz. Naturalmente, no discuto las bondades de todos esos objetivos. \nNo obstante, pienso que para regularizar la adquisici\u00F3n de autom\u00F3viles y proteger a su adquirentes no es necesario crear financieras automotrices. Simplemente, basta reglamentar esas facilidades mediante la ley. De esta manera se proteger\u00EDan y resguardar\u00EDan debidamente los intereses de los compradores de veh\u00EDculos motorizados. \nEn cambio, parece \u00FAtil la creaci\u00F3n de esas entidades para abrir un nuevo canal de ahorro que permitir\u00EDa financiar el cr\u00E9dito con el cual se adquirir\u00E1n los autom\u00F3viles y, de esta manera, estimular el mercado de la industria automotriz. \nLa creaci\u00F3n de financieras automotrices similares a las asociaciones de ahorro y pr\u00E9stamos -s\u00F3lo la denominaci\u00F3n var\u00EDa- significar\u00E1, inevitablemente, m\u00E1s all\u00E1 de la justicia y sanas intenciones que motiva el precepto respectivo y de las seguridades que se otorgan una competencia con los dem\u00E1s canales de ahorro y, particularmente, con las instituciones que acabo de mencionar. \nEn efecto, para que las entidades cuya creaci\u00F3n se propone funcionen seg\u00FAn el sistema de ahorros y pr\u00E9stamos, no de dep\u00F3sitos, se precisa la existencia de ahorro puro. Si s\u00F3lo se tratara de depositar recursos, de regularizar la situaci\u00F3n de los dineros actualmente flotantes e invertirlos en la industria por los particulares adquirentes, o del capital semilla aportado por las empresas, para ello no ser\u00EDa necesaria, sin duda, la creaci\u00F3n de esta nueva modalidad, ya que tampoco tendr\u00EDa la virtud de multiplicar los ahorros. El sistema funciona, como el relativo a la adquisici\u00F3n de viviendas, cuando se pueden pagar los reajustes e intereses ofrecidos a los depositantes, para lo cual es indispensable la existencia de ahorro puro. \nLa norma en debate establece la posibilidad de crear instrumentos de ahorro, aunque no se explica suficientemente en qu\u00E9 consisten, mediante los cuales se capten ahorros puros en iguales o diferentes condiciones que de los anteriores y, seg\u00FAn las circunstancias del mercado de ahorro, tener la posibilidad de retirar los recursos con ganancia para los depositantes, siendo innecesario mantenerlos para la compra de una casa o de un autom\u00F3vil. \nEl pa\u00EDs, a pesar de los esfuerzos realizados y del aumento considerable del ahorro -en esto concuerdo con el Honorable se\u00F1or Bosay-, todav\u00EDa no alcanza el nivel aceptable para la econom\u00EDa nacional. Estimo que no debemos diversificar los canales de captaci\u00F3n de recursos que el pa\u00EDs utiliza. Es inconveniente implantar tina nueva modalidad de ahorro, cualesquiera que sean las seguridades que se den. En la pr\u00E1ctica, se convertir\u00E1 en factor extraordinariamente competitivo para las asociaciones de ahorro y pr\u00E9stamos, las que ayudan, por una parte, de manera efectiva -m\u00E1s all\u00E1 de las limitaciones e inconvenientes que su funcionamiento tiene- a la industria de la construcci\u00F3n y, por otra, favorecen la soluci\u00F3n de un problema social. \n " . . . . .