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El señor FIGUEROA.-
Corresponde ocuparse en los segundos informes de las Comisiones de Educación Pública y de Hacienda recaídos en el proyecto de la Cámara de Diputados que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Ambas Comisiones recomiendan aprobar el proyecto con las modificaciones contenidas en sus respectivos informes.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 54, en 6 de mayo de 1969.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 25, en 6 de agosto de 1969.
Hacienda, sesión 25, en 6 de agosto de 1969.
Educación (segundo), sesión 31, en 14 de agosto de 1969.
Hacienda (segundo), sesión 31, en 14 de agosto de 1969.
Discusión:
Sesión 27, en 7 de agosto de 1969 (se aprueba en general).
El señor PABLO (Presidente).-
En la discusión particular del proyecto, tiene la palabra el señor Ministro de Educación.
El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).-
Señor Presidente:
En nuestro país se está realizando un proceso acelerado de profundas transformaciones de las estructuras sociales, económicas y culturales. En este momento de cambio en la dinámica social, de mutación de los valores que trae aparejadas nuevas formas de vida y de convivencia, la preocupación por el niño adquiere importancia relevante.
Esta preocupación carecería de sentido si se desatendiera al período de mayor plasticidad, cual es el de la edad preescolar, en que se realizan aprendizajes vitales de hábitos, habilidades, juicios y actitudes.
La familia tiene un papel irreemplazable en el proceso de socialización del niño, pero día a día encuentra mayores dificultades para cumplirlo, debido entre otros factores, al ausentismo de los padres del hogar, el avance de la sicología y de las ciencias de la educación, la delegación de la función formadora en la escuela, 'as múltiples tareas que debe cumplir la madre en el hogar y sus propios problemas de convivencia.
Estamos en presencia de un desarrollo científico de magnitud sorprendente, del que surge, con gran velocidad, el progreso tecnológico que cambia día a día las formas de vida y las costumbres. Pareciera que la característica más relevante de esta década fuera la tremenda influencia que los avances científicos y tecnológicos tienen sobre la personalidad, la sociedad y la cultura. La familia se ve abocada a una problemática de nuevas dimensiones. En este contexto, la formación del párvulo está profundamente afectada, ya que la familia, que constituye el marco fundamental de referencia para el desarrollo de la personalidad del niño, tiende a sufrir las transformaciones propias de las sociedades industriales; el trabajo de los padres fuera del hogar, principalmente de la madre, la migración de la población rural hacia las grandes ciudades con su secuela de problemas sociales, culturales y económicos, son algunos de los factores que han modificado en medida considerable la capacidad de la familia para atender a las necesidades de desarrollo del párvulo.
Estos factores llevan a una nueva concepción de la estructura del sistema educacional, en la que al sistema escolar regular se incorporan nuevos niveles e instituciones, como es el caso de la educación preescolar.
Se pretende, así, complementar la acción formadora del hogar y muy especialmente atender, no sólo al hijo de la mujer trabajadora, sino permitir a ésta su realización plena al proporcionarle la oportunidad de incorporarse a las actividades productoras y contribuir a la mantención de su hogar.
Toda sociedad democrática tiene el imperativo de procurar al niño las condiciones para que logre un desarrollo óptimo de sus potencialidades. Su ingreso al sistema escolar a la edad de 6 ó 7 años lo dejan sin atención especializada durante la etapa comprendida entre los 0 y 6 años, etapa que es fundamental en la formación del hombre, ya que las experiencias adquiridas durante la primera infancia tienen una influencia en la formación de la personalidad que excede con mucho a las de cualquier otra etapa posterior y orienta en gran medida la conducta en la edad adulta. De ahí la trascendencia de procurar al párvulo una formación sistemática en este período, que es el de mayor educabilidad y, por lo tanto, decisivo en la formación de su personalidad.
El mejor hogar no puede dar al niño los elementos que va a proporcionarle el Jardín Infantil en un ambiente especialmente creado para él, que gradúa los estímulos que constantemente se le entregan a través de situaciones de aprendizaje, juego, trabajo, contacto con otros niños, preparación para la lectura y escritura, motivación frente a nuevos problemas, etcétera.
La educación del párvulo tiene una alta correlación con la adaptación del niño a la escuela, y la no concurrencia al Jardín Infantil repercute en la repetición de los primeros grados escolares. Es por esto por lo que, en la formación del niño, debe ponerse especial énfasis en procurar los estímulos que le permitan iniciar el proceso de socialización que más tarde orientará la escuela. De ahí que el primer nivel en el sistema escolar sea el Jardín Infantil.
Ya en el siglo pasado, Federico Froebel había sostenido que "el Jardín Infantil proporciona los fundamentos de todo el sistema educativo al procurar un conjunto de actividades que concurren a desenvolver y orientar las más tempranas manifestaciones de la individualidad".
La convicción de Froebel, fundador de los Jardines Infantiles, de que la educación es una tarea de crecimiento que debe ser realizada por el niño mediante su actividad espontánea, y que la utilización del conocimiento despierta en él mayor interés que la recepción del mismo, fueron las ideas directrices que dieron origen a los Jardines Infantiles, que comenzaron a funcionar en 1840.
Con anterioridad a la apertura del primer "Kindergarten", en 1826, Pestalozzi se preocupaba de la educación del niño en el hogar antes de los 6 años de edad.
Los postulados y principios enunciados en el siglo pasado por Pestalozzi y Froebel mantienen en nuestros días su vigencia total.
A comienzos de siglo, la insigne educadora italiana María Montessori, ponía especial énfasis en la atención que merecía el niño en una sociedad creada por el y para el adulto.
Igualmente, las organizaciones internacionales se han preocupado de la educación del párvulo. Ya la Organización de las Naciones Unidas, en 1946, se preocupó de enunciar principios a favor del niño, inspirados en la Declaración de Ginebra de la Sociedad de las Naciones, en 1924.
Más tarde, en 1948, en la Asamblea de las Naciones Unidas, al proclamarse la Declaración Universal de los Derechos Humanos, existió el consenso de la necesidad de elaborar y aprobar por separado una Declaración de los Derechos del Niño, declaración que fue sancionada por unanimidad el 20 de noviembre de 1959 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. En ella se proclama que la humanidad debe otorgar al niño, por medio de leyes y otros medios, antes y después de nacer, cuidados y protección especiales y las condiciones de libertad y dignidad para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal. Igualmente, establece que la consideración fundamental a que atenderán las leyes que se proclamen con este fin será el -interés superior del niño.
Finalmente, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y la Oficina Internacional de Educación en la Vigesimocuarta Conferencia de Instrucción Pública celebrada en Ginebra en 1961, en la recomendación N9 53 a los Ministerios de Instrucción Pública, se refiere a la educación preescolar, fundamentalmente a sus posibilidades de acción y desarrollo y a su estructura y organización.
Cabe destacar en esta recomendación los siguientes párrafos:
"Allí donde la enseñanza obligatoria alcance ya a todos los niños sin excepción, deben ofrecerse posibilidades de educación a los niños de edad preescolar., siempre que su número justifique la apertura de un establecimiento o de una clase del tipo corriente"."Debe tenerse en cuenta el hecho de que si bien la educación preescolar tiene un carácter esencialmente educativo, responde a necesidades de orden social que adquieren cada vez mayor importancia en una sociedad en evolución; de ahí que sea indispensable prever una colaboración muy estrecha entre los responsables de la enseñanza pública o privada, los servicios médico-sociales y los padres".
En 1960 existían en nuestro país, según los datos del Censo, 1.650.914 niños de 0 a 6 años. Se estima que en 1968 existían 2.000.000 niños de esta edad. De ellos 44.923 estaban atendidos el año 1968 en establecimientos dependientes del Ministerio de Educación; 1.610, en los del Servicio Nacional de Salud; 1.562 (dato de 1967), en los de la Corporación de Servicios Habitacionales, y 12.679, en establecimientos particulares.
En el mismo año 1968, funcionaron, dependientes del Ministerio de Educación, 44 escuelas parvularias y 700 secciones, anexas a escuelas primarias comunes y escuelas normales; y en el Servicio Nacional de Salud, 7 salas cunas (para niños de 3 a 6 años). El Consejo de Defensa del Niño mantiene 8 parvularios para niños en situación irregular de 2 a 6 años; la Dirección de Asistencia Social, tres jardines infantiles; la Universidad de Chile, centros de observación y jardines infantiles anexos a la Escuela de Educadoras de Párvulos y al Liceo Manuel de Salas. Finalmente, la Contraloría General de la República cuenta con un jardín infantil para los hijos de su personal.
Por su parte, la educación particular tiene 5 parvularios y 372 secciones, anexas a establecimientos.
En un decreto dictado con fecha 24 de mayo de 1881, se establecía la creación de una escuela de párvulos por cada 10 mil habitantes, y en 1920, la ley de Instrucción Primaria Obligatoria, la creación de jardines infantiles, anexos a las escuelas primarias, y en forma independiente, en los lugares en que fuere necesario.
El actual Gobierno ha estado consciente de la necesidad de robustecer nuestra economía, pero también de que nuestro principal capital es la inteligencia, el impulso y la capacidad creadora de los pueblos, y de que ese capital, por falta de educación adecuada, no haya sido aprovechado en la medida deseable.
La educación, que ha sido considerada por largo tiempo como un lujo, un privilegio de determinados sectores sociales, hoy es estimada como una inversión del más alto rendimiento económico.
Los complejos problemas que surgen debido al acelerado avance científico y tecnológico del mundo de hoy hacen ineludible intensificar nuestros esfuerzos por la educación del niño.
La escuela tiene un papel fundamental en la tarea de ayudar al desarrollo integral de la niñez. La evolución de nuestro tiempo ha afectado inevitablemente a nuestro concepto acerca de la educación, que necesariamente es concebida como un proceso imprescindible durante toda la existencia del hombre, proceso que se caracteriza por su permanencia, continuidad e integralidad. Así, la tarea de la escuela debe apoyarse en un sistema educacional más amplio, con instituciones más ricas y variadas.
Estas ideas tomaron cuerpo en la reforma educacional realizada por el actual Gobierno, y es así como en el decreto N9 27.952, de 7 de diciembre de 196.5, que modifica el sistema educacional y pone en marcha la reforma, en su artículo l9 establece que el sistema de educación regular comprenderá la educación parvularia, y en el artículo 29, que "La Educación Parvularia se ofrecerá a los niños en edad preescolar y tendrá como objetivo fundamental el desarrollo integral de la personalidad ideal del niño y su adaptación inteligente al medio social y natural".
Sin embargo, muchas de las posibilidades que tiene el actual y futuro desarrollo de la educación preescolar dependen de nuestra capacidad y de nuestra decisión para crear y estudiar un sistema adecuado.
Con este objeto se han gestado en los últimos años numerosas iniciativas legales. Podemos citar las siguientes:
La presentada por las señoras DiputadasJulieta Campusano, Rodríguez, Ugalde, Inés Enríquez y Graciela Lacoste, que entrega la tuición de los jardines infantiles al Servicio Nacional de Salud.
La presentada por los Diputados señores Joaquín Morales, Errázuriz, Lehuedé, Rosales, García, Monckeberg y señorita Graciela Lacoste, que hace depender a los jardines infantiles del Servicio "Racional, de Salud;
La de las señoras DiputadasMaría Inés Aguilera, Laura Allende, Silvia Correa, Juana Dip, Inés Enríquez, Carmen Lazo, María Maluenda, Gladys Marín. Blanca Retamales y señorita Wilna Saavedra, que entrega la administración de los jardines infantiles al Ministerio de Educación Pública;
La de los Honorables Senadores señora María Elena Carrera y señor Salvador Allende que crea una corporación autónoma que tendrá a su cargo el funcionamiento de los jardines infantiles;
La de los Honorables Senadores señoras María Elena Carrera, y Julieta Campusano y el señor Salvador Allende, que crea la Dirección de Educación Parvularia, dependiente del Ministerio de Educación, y
El proyecto de ley en estudio, originado en una moción de las DiputadasMaría Inés Aguilera, Margarita Paluz, Silvia Correa, Juana Dip, Blanca Retamal, Graciela Lacoste y Wilna Saavedra.
'Esta iniciativa legal procura concretar la atención al párvulo en un adecuado enfoque que coordina una labor que corresponde a la comunidad nacional, ya que la educación preescolar es una tarea abierta a las diversas instituciones sociales y económicas, principalmente, a aquellas cuya preocupación fundamental es contribuir al perfeccionamiento del hombre. Asimismo, ella refleja la obligación de los servicios relacionados con iniciativas de desarrollo social de contribuir a la formación del párvulo, y muy especialmente cuida de que los diversos niveles educativos constituyan un todo orgánico. Ella recoge las aspiraciones contenidas en los proyectos de ley ya citados y los materializa en una corporación autónoma de derecho público, que responde a las necesidades de nuestro desarrollo social y que tendrá a su cargo planificar, coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de los Jardines Infantiles.
El texto legal en estudio está integrado por cinco Títulos y 43 artículos.
El Título I lleva el epígrafe "Dé la naturaleza y objeto de la Junta Nacional de Jardines Infantiles" e incluye los artículos 1° al 39
El artículo 1° crea una Corporación autónoma de derecho público, funcional- mente descentralizada, que se denomina "Junta Nacional de Jardines Infantiles", que tendrá a su cargo la planificación, la coordinación, la promoción, el estímulo y la supervigilancia de la organización y funcionamiento de los jardines infantiles.
Cabe hacer notar que la naturaleza del organismo que tendría a su cargo la tuición de los jardines infantiles ha sido controvertida. En algunas iniciativas legales, ésta se entregaba a una dirección general dependiente del Ministerio de Educación Pública; en otras, a una corporación autónoma de derecho público, y, finalmente, al Servicio Nacional de Salud.
En este proyecto se establece una corporación de derecho público, teniendo en consideración fundamentalmente que el volumen de niños a los que se debería prestar atención es igual al volumen total del alumnado de los establecimientos dependientes del Ministerio de Educación. Se requerirán entre 50.000 y 100.000 educadoras de párvulos. Por otra parte, la atención del párvulo es interdisciplinaria: médica, social, psicológica, y no únicamente docente. Se estima que una corporación de derecho público estaría en me- j ores condiciones de prestar esta atención, que en la actualidad la proporcionan diversos organismos, fundamentalmente el Ministerio de Educación y el Servicio Nacional de Salud. Además, un servicio estatal crearía presiones que excederían en mucho la capacidad de atención que pudiera prestarse, debido a la carencia de recursos humanos calificados, de presupuesto y a las dificultades que significa un aparato administrativo de tal magnitud.
Sin embargo, se estimó que la responsabilidad fundamental es de- tipo educacional y se aseguró su cumplimiento mediante el artículo 29, que establece que la Junta Nacional de Jardines Infantiles se relacionará con los Poderes Públicos por medio del Ministerio de Educación y de la Presidencia de su Consejo Nacional, establecida en el articulo 59, que corresponde al Ministro de Educación. En este mismo artículo se asegura, además, la tuición de la educación sobre los jardines infantiles por los miembros del Consejo, de los cuales cinco son del sector educación.
El artículo 39 define lo que debe entenderse por jardín infantil para los fines de este proyecto de ley, señalando que es todo establecimiento que reciba niños durante el día, hasta la edad en que ingresen a la Educación General Básica, en el que se les proporcione atención integral que incluya alimentación adecuada, educación correspondiente a su edad y atención médico-dental.
El Título II "De la organización, administración y atribuciones de la Junta Nacional", comprende los artículos 49 al 10.
En el artículo 49 se establece que la Junta estará formada por el Consejo Nacional, el Comité Técnico y la Vicepresidencia Ejecutiva.
En el artículo 59 se consigna la participación del Ministro de Educación Pública, por derecho propio, en todos los organismos de la Junta Nacional.
El artículo 69 enumera los miembros que integrarán el Comité Técnico de la Junta. Ellos serán el Vicepresidente Ejecutivo, una educadora de párvulos, un médico pediatra, un psicólogo especialista en psicología del niño, un asistente social y los jefes de departamentos que cree la Junta Nacional. El Comité Técnico estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo, sus sesiones serán semanales y los acuerdos se adoptarán por simple mayoría.
Los representantes de las letras b), c), d) y e) serán designados por el Presidente de la República, a propuesta en terna de los respectivos colegios profesionales.
El artículo 79 del proyecto confía la administración de la Junta Nacional al Vicepresidente Ejecutivo, quien será nombrado por el Presidente de la República y permanecerá en su cargo mientras cuente con su confianza.
Se establece que el Vicepresidente Ejecutivo debrá estar en posesión por lo menos 5 años del título de educador de párvulos, profesor, asistente social, médico, abogado, administrador público o psicólogo, y se lo autoriza para organizar los departamentos y secciones que estime necesarios para la marcha de la institución; igualmente, que su sueldo no podrá exceder al del Subsecretario de Educación.
El artículo 89 señala que el Consejo Nacional podrá crear delegaciones provinciales o locales de acuerdo con las necesidades del servicio.
El artículo 99 fija las atribuciones del Consejo Nacional, tales como la aprobación del plan de trabajo, la fiscalización del funcionamiento del Servicio, proponer al Presidente de la República la planta del personal técnico y administrativo, pronunciarse sobre la memoria anual y propender a obtener la colaboración entre los miembros de la comunidad mediante el trabajo parvulario voluntario y la aprobación de la reglamentación interna de la Junta.
El artículo 10 establece las funciones del Comité Técnico. Ellas son las de estudiar y proponer al Vicepresidente Ejecutivo normas sobre orientación, evaluación y supervisión del Servicio, y de preparar los estudios e informes que fueren solicitados por dicho funcionario.
Este mismo artículo, en su inciso segundo, determina como responsabilidades del Vicepresidente Ejecutivo las de representar legal y oficialmente a la Junta Nacional; convocar al Consejo Nacional a solicitud del presidente, por propia iniciativa o a petición de un tercio de sus miembros por lo menos, y presidirlo en ausencia del titular; presidir el Comité Técnico; ejecutar y supervisar el plan de trabajo de la Junta; proponer él presupuesto de ese organismo; presentar la memoria anual al Consejo Nacional, y elaborar los informes que le sean solicitados por ese mismo Consejo.
El Título III "De los Jardines Infantiles", comprende los artículos 11 al 14.
Los artículos 11, 12 y 13 establecen un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de publicación del reglamento para aprobar un plan de creación de jardines infantiles a nivel nacional; que los jardines infantiles atenderán a los párvulos que sean llevados voluntariamente por sus padres o sus tutores, y que la atención educacional estará a cargo de educadoras de párvulos con la colaboración de auxiliares debidamente preparadas; asimismo, que las educadoras de párvulos dirigirán los jardines infantiles, y que a falta de ellas, podrá hacerlo un profesor primario.
El artículo 14 define lo que se entiende por educadora de párvulos, esto es, las tituladas en las Universidades, los normalistas con mención en educación de párvulos y los profesores parvularios. Y el artículo 15 señala que el Ministerio de Educación formulará los planes para ampliar la capacidad de las escuelas forma- doras de educadoras de párvulos, para crear nuevas y, además, para crear establecimientos en que se formen auxiliares de educadoras de párvulos.
El Título IV "Financiamiento", comprende los artículos 16 al 22.
Sobre el particular existen dos informes: el de la Comisión de Educación Pública y el de la de Hacienda. Me referiré en primer término al informe de la Comisión de Educación Pública.
El artículo 16 establece un aporte patronal del sector privado, trimestral, equivalente a una cuota CORVI por cada trabajador, empleado u obrero. Este aporte deberá ingresarse en el organismo de previsión respectivo, junto con las imposiciones de los meses de enero, abril, julio y octubre, y será considerado imposición previsional para todos los efectos legales. Este aporte será transferido de inmediato a la Junta, y será personalmente responsable de los aportes no transferidos el representante legal del respectivo organismo previsional.
En el inciso segundo del mismo artículo, se establece que la Junta Nacional determinará anualmente el porcentaje de estos recursos que serán destinados a gastos de mantenimiento y el reservado a la construcción de jardines infantiles, los que serían puestos a disposición de la Corporación de la Vivienda.
De acuerdo al informe de la Superintendencia de Seguridad Social sobre el rendimiento de los aportes que se establecen en este artículo, el valor oficial de la cuota de ahorro que rigió hasta el 10 de julio de este año fue de E9 9,07; a contar del día 11 de este mes, es de E9 9,28.
En consecuencia, para los efectos del cálculo, se considera que los aportes patronales de los dos primeros trimestres serían equivalentes al primer valor señalado y los correspondientes a los últimos dos serían equivalentes al segundo. Así, si el proyecto hubiera entrado en vigencia a contar del 1"? de enero de este año, se habría producido un rendimiento de alrededor de E° 54.700.000 anuales, considerando que los empleados y obreros del sector privado alcanzan la cifra de 1.696.000 personas.
El costo de la construcción y equipamiento de un jardín infantil para 40 ó 50 niños, sin considerar el equipo para la atención médico-dental, es de E9 250.000, y el costo mensual por niño, de E9 195,00.
Los artículos 17 y 18 establecen otras fuentes de fmandamiento para la Junta Nacional de Jardines Infantiles, sin perjuicio de las que se le asignen en la ley de Presupuestos de la Nación o en otras disposiciones. Ellas son: las donaciones, que no estarán sujetas al trámite de insinuación, las herencias y legados, los ingresos por concepto de derechos u otros, de sus propios servicios, y un recargo de 2% sobre el valor total de las patentes de los vehículos motorizados de cuatro ruedas.
La Comisión de Hacienda, en sesión celebrada en la mañana de hoy, acordó un financiamiento distinto. Por lo tanto, los señores Senadores tendrán que pronunciarse sobre uno de los dos sistemas.
Básicamente, el financiamiento aprobado por la Comisión de Hacienda se obtiene mediante el pago de dos cuotas COR- VI en lugar de cuatro. Además, suprimió el impuesto de 2% sobre el valor de las patentes de los vehículos motorizados y la disposición que eximía a las donaciones del trámite de insinuación.
El artículo 19 establece un régimen de franquicias tributarias en beneficio de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y la declara exenta de todo impuesto fiscal y municipal por los actos y contratos que ejecute o celebre, de los gravámenes establecidos en la ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado y de los impuestos establecidos en la ley N9 12.120, sobre impuesto a la compraventa.
El artículo 20 extiende las franquicias tributarias y aduaneras a las adquisiciones que efectúe en el extranjero la Junta Nacional, tanto a título gratuito como oneroso, y la libera de realizar los depósitos previos exigidos por el Banco Central.
Los artículos 21 y 22, respectivamente, facultan a la Junta Nacional para adquirir, de acuerdo con el reglamento que se dicte, todos los bienes y elementos que requiera para su funcionamiento, y declaran inembargables sus bienes.
El Título V fue agregado por la Comisión de Educación durante el segundo trámite y se refiere a una iniciativa extraordinariamente interesante que figuraba en el proyecto primitivo con carácter de facultativa, pero que ahora se establece como obligatoria: el Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio, a que se refieren los artículos 23, 24 y 25. En los registros de dicho Servicio deberán inscribirse todas las mujeres chilenas; solteras, que no tengan hijos el año en que cumplan 18 años, las que deberán prestar servicios gratuitos por tres meses como asistentes parvularias en las condiciones que determine el Reglamento. La inscripción se hará en las Oficinas del Registro Civil de la jurisdicción correspondiente.
El artículo 26 establece las normas por las cuales se regirá este servicio: se realizará en los jardines infantiles o salas- cunas que se encuentren en la localidad en que reside la persona, no podrá exceder de tres meses, se darán facilidades a las estudiantes, y si el número de personas inscritas en una jurisdicción es superior a las necesidades de la misma, se procederá al sorteo para determinar quienes ingresarán a él.
Los artículos 27, 28 y 29 establecen que las personas que acrediten estar ocupadas en forma permanente estarán exentas de esta obligación, que las mujeres que infringieren las obligaciones dispuestas en este Título no podrán ocupar cargo ni oficio público ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerdan y que las contravenciones a las obligaciones del presente título serán purgadas mediante la prestación de servicios como asistente parvularia en forma gratuita por tres meses a lo menos. Estas sanciones no se aplicarán a las mujeres que hayan cumplido 25 años.
El Título VI, "Disposiciones Generales", que comprende los artículos 30 al 57, contiene disposiciones de diversa naturaleza.
El artículo 30 dispone que el personal de la Junta Nacional se regirá por los preceptos de este artículo y por un estatuto que deberá someterse a la aprobación del Presidente de la República dentro de un plazo no superior a 120 días, contado desde la fecha de la publicación de la ley. Los empleados quedarán afectos al régimen previsional de los empleados particulares y deberán contar con licencia secundaria o estudios equivalentes calificados por el Ministerio de Educación Pública. Los obreros y auxiliares estarán afectos al régimen previsional de la ley N9 10.383, a las disposiciones pertinentes del Código del Trabajo, y deberán haber cumplido con la ley de Instrucción Primaria Obligatoria.
En cuanto a las auxiliares de educadoras de párvulos, estarán sometidas al régimen previsional de los empleados particulares y deberán haber cursado la Enseñanza Básica. Para su especialización, el Ministerio de Educación Pública deberá crear los cursos correspondientes.
El artículo 31 autoriza al Fisco y a las municipalidades a destinar sitios o terrenos de su propiedad para la instalación de jardines infantiles.
En el artículo 32, se establece la obligación del Ministerio de la Vivienda y "Urbanismo de construir por lo menos un local o recinto destinado a jardín infantil, en todas las poblaciones o edificios que construya, de un número superior a 50 casas o departamentos. Esta obligación se extiende, además, a todas las cajas de previsión, empresas y cooperativas de viviendas. El costo que representa la construcción de jardines infantiles podrá ser cargado a las viviendas o edificios.
Igualmente, de acuerdo con el artículo 33, deberán reservar un local destinado a jardín infantil la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares en sus proyectos y obras, y el Ministerio de Educación Pública, en los grupos escolares que construya.
El artículo 34 autoriza al Presidente de la República para declarar de utilidad pública y expropiar los predios que, a juicio de la Junta Nacional, sean necesarios para~ construir jardines infantiles.
El artículo 35 dispone que la construcción de jardines infantiles y la transformación de salas cunas se someterán a las disposiciones del reglamento que se dicte, y el 36 autoriza a las instituciones o empresas a celebrar convenios con la Junta para establecer jardines infantiles.
Los artículos 37, 38 y 39 se refieren a la leche y alimentos terapéuticos para loa párvulos, que serán proporcionados por el Servicio Nacional de Salud y el Servicio Médico Nacional de Empleados; a la obligación de los jardines infantiles privados de estar dirigidos por una educadora de párvulos o una maestra parvularia, y a la coordinación de la atención médico-sanitaria de los párvulos con el Servicio Nacional de Salud y el Servicio Médico Nacional, que deberá ser prestada en forma gratuita.
El artículo 40 establece que toda institución, servicio, empresa o establecimiento fiscal, semifiscal, municipal o de administración autónoma que ocupe a más de 20 trabajadores de cualquier edad o estado civil, deberá mantener salas cunas donde las mujeres puedan alimentar a sus hijos o dejarlos mientras están trabajando. Esas salas cunas estarán bajo la supervigilancia de la Junta. Estas normas son similares a las que establece el Código del Trabajo para el sector privado.
El artículo 41 introduce modificaciones al artículo 63 de la ley N9 16.742, de 8 de febrero de 1968, que, entre otras materias, establece normas sobre autoconstrucción, crea la Corporación de Obras Urbanas y dicta normas sobre la Corporación de la Vivienda. Las enmiendas en referencia impiden la transferencia de los parvularios de poblaciones, por la Corporación de la Vivienda, a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, y establecen la cesión a título gratuito de los terrenos, por parte de la Corporación de la Vivienda, a la Junta de Jardines Infantiles e, igualmente, la transferencia a favor de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, de los edificios destinados a este fin, construidos en las poblaciones de la Corporación de la Vivienda.
Los artículos 42 y 43 modifican el Código del Trabajo: hacen extensivo el derecho a permiso y subsidio a la mujer trabajadora establecido en el Código del Trabajo, al caso de enfermedad de un hijo menor de un año, y extienden de un mes a un año el período de inamovilidad para la mujer después del descanso de maternidad.
Los artículos 44, 45 y 46 sustituyen, en el Código del Trabajo, el término "amamantar" por "dar alimentos" y establecen que a cargo de las salas cunas de las empresas deberá estar preferentemente una persona con el título de auxiliar de enfermería otorgado por el Servicio Nacional de Salud.
Los artículos 47, 48, 49 y 50 aseguran el cumplimiento de diversas disposiciones legales.
El artículo 51 autoriza a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para reparar y construir reparticiones administrativas y dependencias anexas, que le encomienda el Ministerio de Educación Pública.
En esta forma...
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Ha terminado el tiempo del señor Ministro.
El señor ALLENDE.-
¿Me permite una sugerencia, señor Presidente?
El Comité Demócrata Cristiano podría ceder parte de su tiempo al señor Ministro, sentando la tesis de que un Comité puede también ceder el suyo a otro Comité.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Existe acuerdo de Comités en cuanto a no cederse tiempo entre ellos, pero no lo hay respecto a permitir que un Comité ceda su tiempo al señor Ministro.
Si le parece a la Sala, el señor Ministro de Educación Pública continuaría su exposición con cargo al tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor ALLENDE.-
No, señor Presidente.
Planteo otra cosa, que me parece más justa. Aceptaría la proposición del señor Presidente, en caso de permitir la Sala que los Comités puedan cederse los tiempos entre ellos, porque de otro modo el señor Ministro se encontraría en situación de privilegio.
El señor REYES.-
Me opongo.
El señor PACHECO (Ministro de Educación Pública).-
Agradezco al Honorable señor Allende su deferencia.
Las disposiciones que me restaba comentar son sencillas y están contenidas en el título denominado Disposiciones Generales. De manera que me referiré a ellas en la discusión particular. De todos modos -repito-, agradezco la deferencia del señor Senador.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
En conformidad al acuerdo de Comités, ofrezco la palabra al Comité Comunista, por 25 minutos.
La señora CAMPUSANO.-
Señor Presidente, esta tarde discutimos un proyecto que, como pocos, es fruto del interés y estudio colectivo y es la respuesta a cerca de 20 años de lucha por su promulgación. Toda la inquietud de la sociedad sobre dónde dejar a los niños se vio robustecida con el ingreso de la mujer a las labores legislativas. Es así como en el período comprendido entre los años 1953 y 1957, cuando una mujer -Lya Lafaye- llegó al Parlamento, correspondió a ella ser la portadora de un proyecto elaborado por el 'Comité Femenino de Unidad y que suscribieron además otros señores Diputados.
A nosotros nos corresponde velar por que esta ley, desde un punto de vista técnico y pedagógico, esté en concordancia con las exigencias que lo pusieron en discusión.
La necesidad de una ley sobre salas cunas y jardines infantiles hoy nadie puede discutirla, como tampoco su urgente aplicación.
El desarrollo económico y social, por un lado, y la situación económica de la familia chilena, por otro, que ya no- puede subsistir sólo con un sueldo, han permitido y obligado a la mujer a incorporarse a la producción -cuando le es posible- o a buscar la forma de aumentar las entradas del hogar mediante el trabajo, que, de cualquier modo, la aleja de su hogar y de sus niños.
Por otra parte, está el deber social, que exige a la mujer ciudadana incorporarse a actividades extralaborales. La organización sindical de obreras o empleadas, los centros de madres, los partidos políticos, la solidaridad social, las campañas electorales, que incorporan de lleno a variadas actividades a cientos de miles de mujeres, y la sociedad chilena, que tanto ha recibido del aporte generoso de la mujer, no pueden negarle la tranquilidad que merece, asegurándole que mientras ella trabaja o realiza actividades sociales o políticas sus hijos estarán a buen recaudo.
Diversas organizaciones, como la Unión de Mujeres de Chile, la Central Unica de Trabajadores, los Comandos Pro Jardines Infantiles, que se han organizado en diferentes oportunidades, han logrado, en esos veinte años de lucha por la promulgación de esta ley, obtener todo el respaldo de
organismos técnicos, los que en varias oportunidades han realizado encuestas que demuestran que la mayoría de los niños accidentados, quemados o atropellados son hijos de padres que trabajan, y que la inasistencia de personal femenino a fábricas, oficinas, escuelas, hospitales -obreras, empleadas o profesionales-, tiene mucho que ver con tal situación.
¿Quién ignora que Chile ostenta una triste marca en cuanto a mortalidad infantil? ¿Quién no ha visto en los microbuses o deambulando por las calles a cientos de muchachitas y muchachitos? En su gran mayoría, se trata de hijos de trabajadores honestos que se ven obligados, afrontando todos los riesgos, a dejarlos solos mientras buscan el sustento de los mismos.
Las estadísticas han demostrado, con la frialdad de las cifras, que varios miles de niños chilenos se pierden en su más tierna infancia, lo que constituye una verdadera sangría para la patria. Muchos de ellos pasan directamente a incrementar la llamada delincuencia juvenil. Y no es necesario recordar aquí el drama doloroso de la prostitución infantil.
¿Quiénes son culpables de estas calamidades? ¿Acaso tenemos derecho a acusar a los padres? ¿Debemos culpar a los niños, quienes no nos pidieron venir a la vida? No. La verdad es que la dramática realidad de nuestra infancia -denunciada por organizaciones y personalidades como Gabriela Mistral-, no ha logrado conmover a los diferentes Gobiernos que ha tenido el país. Ello está en contradicción abierta con los términos de la Declaración de los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas, que en el Principio N9 8 claramente establece: "El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro."
La patria de mañana sabrá valorar a quienes no descansaron hasta lograr hacer realidad hoy la aspiración de dotar de jardines infantiles a los niños de Chile. Con razón se dice que la mejor medida preventiva que pueda poner en práctica un Estado que quiera evitar ulteriores gastos por concepto de mortalidad infantil, enfermedades, accidentes, fracasos escolares, delincuencia y prostitución, construcciones carcelarias, etéctera, consiste en atender adecuadamente al hombre en su primera infancia.
Otro aspecto muy conocido que no puede dejar de mencionarse por la falta de reacciones adecuadas al respecto, es la comprobación de que el mejor rendimiento y la mayor adaptación escolar se observan precisamente en aquellos niños que recibieron atención preescolar.
Los comunistas nos felicitamos de ser pioneros de esta gran causa de los niños chilenos. Lo hemos hecho con convicción, porque hemos observado -y cualquiera lo puede comprobar- que aquellos países que destinan recursos suficientes para asistir adecuadamente a su infancia marchan por la ruta del progreso. Nuestra admiración y defensa de los postulados que encarnan la Unión Soviética, Cuba revolucionaria y el mundo socialista en general, tiene más de algo que ver con eso.
¿Qué madre chilena no se conmueve al ver con sus ojos o conocer el cuidado de que allí son objeto los niños, verdaderos y únicos privilegiados en esos países? Al Estado socialista no le importa quiénes son sus padres, ni el color de la piel ni sus rasgos físicos. Miles de salas cunas y jardines infantiles, plazas de juego, palacios de cultura, campamentos de veraneo, están a disposición de los niños, de los trabajadores en los países socialistas.
En varias de sus jornadas, la UNESCO ha dicho al mundo que la juventud allí es sana, fuerte y llena de ideales. Ahí está la razón de por qué esos pueblos enfrentan seguros el porvenir, saben a dónde van y marchan con decisión, venciendo todos los obstáculos.
Los comunistas apoyamos el proyecto, porque deseamos que los hijos de los trabajadores chilenos logren este beneficio.
Sabemos que con ello estamos luchando por el futuro del país.
Esta iniciativa, como muchas otras, a pesar de su justicia, de su imperativo de hoy, no ha contado con unanimidad, y no puede ser de otra manera. Naturalmente, siendo clasista nuestra sociedad, la posición de todos no podía ser coincidente. En esta oportunidad hubo grupos que hicieron oír su voz de protesta. La Sociedad de Fomento Fabril -la misma que se ha opuesto al pago como corresponde de los antiguos feriados remunerados, hoy suprimidos, en circunstancias de que significan varias jornadas laborales más-, también rechaza el financiamiento consignado en el proyecto de la Cámara.
Salvo ellos, ya nadie discute en nuestro país la necesidad de dar paso a este tipo de educación, de planificarla y coordinarla con los ciclos superiores.
Algunas disposiciones de esta iniciativa pueden ser discutibles. Por ejemplo, la relativa al Ministerio del cual deberá depender, pues se prefirió que fuera una corporación de derecho público. Los comunistas nos empeñamos en que constituya un beneficio para todas las madres chilenas y no una medida que favorezca a grupos limitados, marginando a la mayoría que sufre las consecuencias de los presupuestos familiares cada día más reducidos.
Pensamos que el país debe crear un organismo de esta naturaleza realmente especializado, capaz de satisfacer la necesidad planteada, que esté ubicado donde corresponde: que sea estatal, dependiente del Ministerio de Educación Pública. Creemos que el jardín infantil es el comienzo de una educación regular que constituye unidad inseparable: la educación preescolar, seguida de la básica, la media y la universitaria.
Este proyecto se acerca a su fin después de dos décadas de lucha, en que pequeños grupos de mujeres, en un comienzo, dieron lo mejor de sí para formar conciencia sobre la situación reinante y su solución. Posteriormente, y desde largo tiempo ya se han movilizado miles de mujeres y hombres unidos por el objetivo común de brindar seguridad a sus hijos. Hoy día, sus voces se escuchan a lo largo y ancho de Chile: la iniciativa debe transformarse en ley sin más demora.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra al Comité Radical.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Señor Presidente, tal vez la mayor demostración del interés que el Senado tiene por despachar esta iniciativa con la mayor brevedad sea el hecho de haber dado facilidades para aprobarlo en general en la sesión del 7 de agosto. En esa oportunidad se resolvió que, una vez acordada la idea de legislar y luego del estudio en particular en las Comisiones de Educación y de Hacienda, los diversos sectores formularan sus observaciones sobre la materia.
Constituye un imperativo de las sociedades más adelantadas fomentar, integrar y robustecer el núcleo familiar, ya que en él descansa la esencia misma de toda nación y es la base principal de su prosperidad. Esta tendencia, que en materia educacional, asistencial o proteccional ha adquirido mayor vigencia por recomendaciones de sociólogos, maestros, psicólogos y técnicos, debe a su vez formar parte de nuestras concepciones cuando se trate de legislar en pro del niño en situación irregular.
Es por eso por lo que toda iniciativa -como la que estamos tratando esta tarde- tendiente a restringir, dividir o parcelar la vida de nuestros niños, aun a pretexto de darles mayor acervo educacional, moral o asistencial, desvinculándolos de sus demás hermanos o de su núcleo familiar, debe ser, a nuestro juicio, cuidadosamente estudiada por nosotros.
Por otra parte, también existe el criterio de buscar soluciones a determinados problemas, según sea el caso o el principio que se sustente en el momento, muchas veces antagónicas e inconexas.
No hace mucho tiempo, en el año 1967, se dictó la ley N9 16.618, destinada a crear un
Consejo Nacional de Menores, de que fue autor mi distinguido colega y compañero de bancas, don Raúl Morales Adriasola. Se encomendó a dicho Consejo la misión de planificar, supervigilar, coordinar y estimular el funcionamiento y la organización de entidades y servicios públicos o privados que prestaban asistencia y protección a menores en situación irregular, y se le encargaron todas las medidas y acciones preventivas para suprimir la vagancia y la mendicidad y lograr la unificación definitiva de la legislación sobre menores, como una persona jurídica de derecho público que debería relacionarse con el Gobierno mediante el Ministerio de Justicia.
¿Existían a la fecha de promulgación de dicha ley otros organismos asistenciales o proteccionales? Sí, Honorables colegas, ya que esa propia legislación así lo expresa: "planificar, supervigilar, coordinar y estimular el funcionamiento y la organización de las entidades y servicios públicos o privados que prestaban asistencia y protección a los menores en situación irregular". Había organismos tan importantes como el Hogar de Cristo, el Patronato Nacional de la Infancia, la Fundación de Guarderías Infantiles Irene Frei, la Obra San Pedro Armengol, el Consejo de Defensa del Niño -del cual soy consejero desde 1946, y que ya en 1967 brindaba asistencia a 24.450 niños-, e inclusive la Federación Nacional de Instituciones Privadas de Asistencia y Protección y muchas otras. Si los señores Senadores tienen inquietud por ahondar en la materia, les bastará recorrer las páginas relativas a subvenciones del Presupuesto General de la Nación.
Han transcurrido dos años, y ahora, mediante una iniciativa de clara función educacional, con relieves abiertamente asistenciales y proteccionales, se somete a nuestra consideración un nuevo proyecto de ley que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en cuyo artículo l9, al igual que en el año 1967, se crea otra corporación autónoma, con personalidad jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, que como la otra tendrá a su cargo también "coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de los Jardines Infantiles", y que se relacionará con los poderes públicos por medio del Ministerio de Educación Pública. En estos jardines infantiles, que tendrán como misión recibir niños durante el día hasta la, edad de su ingreso a la educación general básica, se proporcionará atención integral, que comprende alimentación adecuada, educación correspondiente a su edad y atención médico-dental.
Podríamos decir que todo ello traerá aparejada la creación de nuevos cargos directivos, técnicos, para empleados, auxiliares, etcétera.
En esta oportunidad hemos tenido la suerte de que el señor Ministro de Educación Pública haya asumido el carácter de informante, explicando cada uno de los artículos de la iniciativa.
No me opongo a que se proteja la niñez. Muy por el contrario, aplaudo y estimulo todas las medidas tendientes a mejorar las condiciones de vida de nuestra infancia y de la juventud. Y lo he demostrado, no sólo ahora, sino durante los Gobiernos en que me correspondió colaborar, como en el del PresidenteAguirre Cerda. Dicha administración estimuló hace más de 30 años estas inquietudes sobre la niñez, creando inclusive guarderías infantiles. Quiero destacar de paso el concurso eficaz e inteligente que prestó en su oportunidad el Ministro de Salud Pública de ese régimen, don Salvador Allende, quien participó de manera intensa en esa labor del Mandatario fallecido. Recuerdo que en los últimos días del año 1941 se publicó un libro sobre la realidad profesional y la salud del ciudadano chileno.
Por eso, sostengo que el Senador que habla y su partido se han preocupado constantemente por la infancia desvalida, por el niño en situación irregular, en fin, por todo lo que implica mejorar las condiciones de vida de nuestra juventud y la sociedad chilena.
No sólo he desarrollado una intensa labor en el Consejo de Defensa del Niño, del cual soy consejero -por supuesto, "ad honores"- desde el año 1946. También presido la institución llamada Talleres Educacionales Pedro Aguirre Cerda, creada a raíz de la crisis de 1932 por el ciudadano del mismo nombre, posteriormente Presidente de la República, Cuando éste falleció, su cónyuge, doña Juanita Aguirre de Aguirre Cerda, dio vida, en su memoria, a la Posada del Niño, que presta atención, en su sede de la calle Arturo Prat, a más de sesenta niños desamparados.
Insisto: la protección de la infancia merece, a nuestro juicio, Constante preocupación.
Respecto de la iniciativa en debate, abrigo el temor de que una organización burocrática excesiva aumente el costo asistencial, con evidente perjuicio para el niño. Espero que el señor Ministro de Educación Pública -desea que permanezca en esa Cartera- evite la formación de una entidad de esa naturaleza. Me agradaría también que diera preferencia para dirigir ese organismo a personas expertas.
Al respecto, cuando se estudió el primer informe, él introdujo algunos agregados al proyecto de la Cámara. En éste se consignaba la idea de nombrar un vicepresidente provisional que ostentara el título de educador de párvulos, maestro parvulario, profesor, asistente social, médico o psicólogo. No obstante, el señor Ministro desea que también pueda ser elegido un abogado. No tengo nada en contra de esta profesión. Por el contrario, estimo que, en Chile, estos profesionales han fomentado el desarrollo cultural, económico y social. Sin embargo, me parece que su labor debe circunscribirse a funciones más elevadas; por ejemplo, en el Poder Judicial.
Aun cuando en muchas oportunidades nuestras sugerencias respecto de las designaciones caen en el vacío -por no ser simpatizantes del Gobierno ni participar en él-, deseo formular una insinuación en nombre del Partido Radical.
No sé si la pertinacia del señor Ministro en agregar un abogado entre los profesionales que pueden ser vicepresidentes de la Junta respectiva y ejercer control en el aspecto administrativo, es con el objeto de designar a algún colega suyo y postergar a algún director de párvulos o maestro de cualquier rama de la Educación Pública, o un asistente social, médico o sicólogo. En fin, hacemos votos por que ello no suceda, aunque no discuto la capacidad de alguien que ejerza la misma profesión del señor Ministro.
Me habría gustado que un colega representante nuestro en la Comisión de Hacienda hubiese estado presente para dar una explicación sobre su actuación, pronunciamientos afirmativos o abstenciones en cuanto a indicaciones relativas al financiamiento del proyecto en debate, que a mi juicio es insuficiente. Debiera entregarse mayor cantidad de recursos para poner en marcha un organismo de tanta significación como la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Despachemos el proyecto. Estoy seguro de que en su tramitación se formularán indicaciones destinadas a proporcionar mayores recursos a la Junta Nacional, pues ello beneficiará, en especial, al niño. Pero no debemos crear una organización burocrática que perjudique las inquietudes, anhelos y deseos vehementes de todos los que darán su voto favorable y entusiasta a fin de establecer un organismo necesario para el mejor desarrollo y posibilidades de nuestra juventud desvalida.
El señor ALLENDE.-
Por fin el Senado va a despachar esta iniciativa.
Se pone así término a una lucha de largos años, en la que esencialmente -debe señalarse- participaron las mujeres de Chile. A su empuje, decisión, sentido de responsabilidad, condición de madre y de mujer se deberá, fundamentalmente, que esta iniciativa se convierta en ley. Rindo, entonces, un homenaje a la mujer chilena, que, más allá de las fronteras partidarias y de doctrina, luchó por una causa tan noble.
Quiero destacar que esta iniciativa forma parte de un conjunto de ideas que el movimiento popular levantó hace muchos años.
Agradezco las palabras del Honorable señor Humberto Aguirre, que recordó que en el Gobierno del Presidente Pedro Aguirre Cerda se planteó ante el país la necesidad de protección efectiva del niño chileno en los aspectos médico, social y jurídico. Ya en esa época dijimos que era absurdo discriminar entre hijos legítimos e ilegítimos, porque establece una separación que castiga al niño, como si fuera responsable de lo que hicieron sus padres.
Destaco que en ese entonces se planteó -y tuve responsabilidad en ello- una concepción integral de defensa del niño. Por eso, se modificó la ley 4.054 en el sentido de extender el derecho de la atención médica a la familia del imponente obrero; por eso, se trazaron las líneas generales de lo que después concluyó con la creación del Servicio Nacional de Salud, que protege a millones de chilenos y presta atención médica integral, preventiva y curativa; por eso, a iniciativa nuestra también, fue posible la dictación de la ley que otorga asignación familiar prenatal a partir de los tres primeros meses de embarazo, período que hoy es más amplio; por eso, nació la necesidad de complementar el salario, siempre deficiente, con la asignación familiar; y, por último -y pusimos en ello un empeño loable; recuerdo que la iniciativa la firmamos en este recinto con el entonces Senador y médico doctor Isauro Torres-, hicimos posible el otorgamiento de leche en los consultorios del Servicio Nacional de Salud a los niños de hasta seis años de edad, a la madre que cría y a la nodriza, que es la mujer que alimenta al infante. Con ello se complementó la labor que ya realizaban las juntas escolares. Establecimos el golpe vitamínico, como una exigencia destinada a apoyar el desarrollo normal de los niños.
De ahí que, cuando las condiciones del país lo permitieron, nos sumamos fuertemente a la lucha emprendida -repito una vez más- por las mujeres chilenas. Y destaco que en la Sala está presente la Diputada señora Mireya Baltra, que tuvo la responsabilidad superior del Comité que impulsó esta iniciativa hace seis años.
El señor Ministro leyó brevemente un resumen sobre las diversas iniciativas que sobre esta materia se han presentado.
Solicito que en la parte pertinente de mi intervención se inserte un cuadro que proporcioné al señor Ministro sobre ésta y otras materias.
-El documento que más adelante se acuerda insertar es el siguiente:
Indicaciones "presentadas por los Honorables Senadores señora, María Elena Carrera y señor Salvador Allende sobre Jardines Infantiles.
La indicación fue presentada durante la discusión en particular del proyecto de ley sobre reajuste de remuneraciones de empleados y obreros para el año 1968, que se tradujo en la ley N° 16.840, de 24 de mayo del mismo año. Las indicaciones pertinentes llevaban los números 1.390 a 1.409, del Boletín N9 23.519, y fueron rechazadas en las comisiones unidas de Gobierno y Hacienda.
Las indicaciones fueron renovadas durante la discusión particular con las firmas de los Honorables Senadores señoras Carrera y Campusano y los señores Chadwick, Allende, Rodríguez, Barros, Contreras Labarca, Teiíelboim, Von Mühlenbrock, Sepúlveda, Jaramillo y Bulnes y fue aprobada en la Sala con la abstención de los Honorables Senadores democratacristianos.
(Sesión 87°, en 30 de abril de 1968, página 4.089). Todo esto durante la tramitación del proyecto mencionado en su segundo trámite constitucional.
Durante el tercer trámite constitucional, las disposiciones en estudio consignábanse en los artículos 284 al 303 del proyecto y, al ser consideradas por la Cámara de Diputados, fueron rechazadas por 44 votos en contra y 34 a favor. (Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados, sesión 56°, en lunes 6 de mayo de 1968, página 5.733).
Al considerarse por el Senado el proyecto en su cuarto trámite constitucional, con la abstención de los Senadores democratacristianos, la Corporación acordó insistir en la aprobación de estos artículos. (Boletín de Sesiones del Honorable Senado, sesión 88°, en 9 de mayo de 1968, página 4.257).
En el quinto trámite constitucional, la Cámara, con el voto contrario de los Diputados democratacristianos, acordó no insistir en el rechazo de los mencionados artículos, los cuales pasaron a conocimiento del Ejecutivo. (Sesión 57°, en 10 de mayo de 1968, página 5.803, del Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados).
La iniciativa pasó a conocimiento del Ejecutivo con los artículos 306 al 325 (6.133) y fue vetada por Su Excelencia el Presidente de la República, observación que fue aprobada por la Cámara de Diputados por 59 votos a favor y 33 en contra (páginas 6.225 y 6.235 del Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados, sesión 60°, en jueves 16 de mayo de 1968).
El Senado tomó conocimiento de las observaciones del Ejecutivo y de las resoluciones de la Cámara de Diputados al respecto, en su sesión 98*, en 18 de mayo de 1968, y acordó rechazar el veto e insistir en la aprobación del texto primitivo; pero, habiendo sido aprobadas las observaciones por la Cámara de Diputados, la decisión del Senado no produjo efecto alguno, pues no hubo ley sobre la materia. (Página 4.629 del Boletín de Sesiones del Senado).
El señor ALLENDE.-
Deseo llamar la atención sobre un hecho. No lo hago con espíritu pequeño, sino para fijar un criterio y para defender el derecho de los legisladores, atropellados, muchas veces, por actitudes incomprensibles del Ejecutivo.
Yo podría decir que este proyecto ya fue aprobado. ¿Cuándo? En 1968, cuando se discutió la ley 16.840, de 24 de mayo de ese año, sobre reajuste de remuneraciones de empleados y obreros. Digo esto porque el Senado acogió las indicaciones que hiciéramos sobre esta materia y que comprendían un conjunto integrado de normas. Entre los que firmaron esas indicaciones estaban las Honorables señoras Julieta Campusano y María Ele- la Carrera. Y las formulamos porque los proyectos dormían en la Cámara, a pesar del compromiso público de connotados hombres del Ejecutivo y de parlamentarios democratacristianos en el sentido de despacharlos. Tuvimos que recurrir a la creación de un organismo autónomo que inclusive algunos señores Senadores consideraron inconstitucional, porque, según disposiciones reglamentarias y constitucionales, el Senado no puede crear un servicio público. Por eso, creamos la Corporación de Jardines Infantiles.
Buscamos ese camino conscientes de que constituía un anhelo muy fervoroso. Estoy seguro de que algunos connotados juristas, no de estas bancas, sino de la Derecha o Centro, aceptaron lo que legítimamente pudieron rechazar, porque querían el despacho de la iniciativa.
El proyecto, originado en las indicaciones formuladas por nosotros, fue aprobado por el Senado. La Cámara, en segundo trámite, lo rechazó; insistimos, y la otra rama del Congreso no reunió los votos suficientes para imponer su criterio, a pesar de que los Diputados democratacristianos se pronunciaron en contra. Pero, ¡cosa increíble e inconcebible!, el Ejecutivo lo vetó.
No es mi ánimo empequeñecer este problema, pero pregunto al señor Ministro: ¿qué diferencia hay entre el proyecto vetado por el Gobierno y el que ahora discutimos? Conceptualmente, ninguna. Se ha cambiado una que otra denominación. No obstante, las ideas esenciales son las mismas. Y lo demostraré artículo por artículo, si el tiempo lo permite.
Señalo, sí, la inconveniencia de un procedimiento de esta naturaleza. Atajar una iniciativa parlamentaria, ponerle apellido político a una concepción al servicio de los niños chilenos, es un mal procedimiento.
Tanta indignación me produjo ese proceder, que en este hemiciclo pronuncié uno de mis discursos más duros en contra de la persona del Jefe del Estado, que contestó el Honorable colega democratacristiano señor Noemi. En todo caso, los hechos quedaron claramente sentados.
Emplazo al señor Ministro de Educación a que señale al país y al Senado las diferencias entre el proyecto vetado y el que ahora debatimos.
Hemos perdido un año y meses. Son miles y miles los niños postergados en el derecho a una legítima protección.
Por ejemplo, del proyecto de la Cámara -que en el fondo patrocinaba el Ejecutivo-, originado en moción de los Diputados cuyos nombres leyó el señor Ministro, sólo siete artículos se conservan. El resto corresponde a iniciativas del Ejecutivo. Es decir, de los 39 artículos, sólo siete provienen de la Cámara, y el resto conceptualmente tuvo su origen en este recinto.
En el proyecto que discutimos se crea una corporación autónoma de derecho público con funcionamiento descentralizado, llamada "Junta Nacional de Jardines Infantiles". La iniciativa que vetó el Ejecutivo disponía la creación de una corporación autónoma de derecho público, no integrada a la Administración Pública, denominada "Corporación de Jardines Infantiles". ¡Es la misma jeringa -para emplear una expresión vulgar, a fin de que el señor Ministro me entienda claramente-, pero con distinto bitoque! Es lo mismo.
Sobre esta materia debo una explicación al Senado. Después que el Ejecutivo vetó lo que el Senado aprobó con la abstención de los Senadores democratacristianos, insistimos en esta materia en la Comisión de Educación. Presentamos un proyecto destinado a modificar la creación de la corporación autónoma. Planteamos, además, la necesidad imperiosa de instituir la Dirección General de Educación Parvularia, dependiente del Ministerio de Educación.
Todavía no he escuchado de labios del señor Ministro las razones técnicas que lo movieron a aceptar la creación de una corporación autónoma y a rechazar la idea que indiqué, técnicamente eficiente, justa, lógica y necesaria. La Dirección General de Educación Parvularia es la etapa inicial, el primer paso de todo el proceso de la educación nacional. Es extraño, casi diría insólito, que un Ministro de Educación no sea partidario de que en la propia repartición que dirige se encuentre incluido el organismo en el cual se fundamente la educación parvularia. Ello contraviene el pensamiento de sus técnicos, de la agrupación de los maestros, de los profesionales especializados en orientación y educación parvularia, de los sicólogos, de los médicos, es decir, de todos los que entienden que el proceso educacional debe estar integrado desde el período inicial hasta la etapa universitaria.
Tuvimos que recurrir al arbitrio de crear una corporación autónoma porque, por imperativo de la Constitución, no podemos crear un servicio público. Pero estando en debate un proyecto que consideraba esta materia, lo lógico habría sido' que recibiera el apoyo del Ministro de Educación Pública, que ha tenido buenas iniciativas en otros aspectos. No estamos, negando al señor Ministro lo que haya hecho. Lo que sí quiero es que, en este caso, el país conozca las razones que tuvo para oponerse. Insistí en ello en la Comisión de Educación, pues, como era lógico, el Presidente de ella estaba impedido de poner en votación mis indicaciones si no las aceptaba el Gobierno. Una vez más, el Ejecutivo ha sido remiso en considerar este aspecto esencialísimo, y reclamo del señor Ministro su clara opinión. La podrá dar cuando discutamos el artículo primero de este proyecto.
Entretanto, señalo que, entre el proyecto que hemos aprobado y el que vetó el Ejecutivo, no hay diferencia en cuanto al concepto de jardín infantil. Es el mismo, absolutamente igual. En la iniciativa del Gobierno se establece que la Junta estará formada por el Consejo Nacional, el Comité Técnico y la Vicepresidencia Ejecutiva; y en el que fue vetado se disponía que la Corporación estaría formada por el Consejo Superior, el Comité y la Vicepresidencia Ejecutiva. Es decir, no hay ninguna diferencia. Hay, sí, un año y meses de retraso. Hay un hecho político que seguramente no dependió de la voluntad del Ministro, pero que implica pequeñez, en el sentido de vetar una iniciativa porque no llevaba el sello del partido de Gobierno, del propio Gobierno, para entregar, faltándole al respeto a la propia Corporación, un proyecto esencialmente igual y, en el aspecto financiero, peor que el que aprobamos nosotros. No quiero detenerme mayormente en este aspecto. Solicito que el estudio comparativo de ambos proyectos se incluya en la parte pertinente de mi intervención en lo que se refiere a los detalles, ya que en lo esencial he dejado clara constancia de la similitud absoluta de ellos, al margen de los nombres.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
No hay quórum en la Sala para tomar el acuerdo de inserción, señor Senador.
El señor ALLENDE.-
Ruego al señor Presidente que en el momento oportuno tenga la deferencia de consultar a la Sala. .. Ahora hay quórum.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
En este momento lo hay.
Solicito el asentimiento de la Sala para incorporar a la versión del discurso del Honorable señor Allende los dos documentos a que se ha referido Su Señoría.
Acordado.
-El documento cuya inserción se acuerda es el siguiente:
"Breve análisis comparado del proyecto de ley sobre Jardines Infantiles que actualmente conoce el Senado y de los artículos 306 a 325, agregados a indicación del Honorable Senador señor Allende en la que sería la ley NQ 16.840, que fueron vetados por el Ejecutivo.
I
El proyecto de la Honorable Cámara de Diputados que, como dijimos, es prácticamente iniciativa del Ejecutivo, crea una corporación autónoma de derecho público, funcionalmente descentralizada, llamada Junta Nacional de Jardines Infantiles.
El proyecto Allende, que fue vetado, creaba una corporación autónoma de derecho público, no integrante de la administración del Estado, denominada Corporación de los Jardines Infantiles.
Ambas iniciativas encomiendan a este organismo la tuición y supervigilancia de todas las actividades relativas a Jardines Infantiles.
En este aspecto, pues, los proyectos son prácticamente idénticos. Y es de interés hacer notar que el del Honorable Senador señor Allende fue el primero que ideó la creación de una persona jurídica con las características anotadas.
II
El concepto de jardín infantil es el mismo, en general, en ambos proyectos.
III
El proyecto del Ejecutivo establece que la Junta estará formada por el Consejo Nacional, el Comité Técnico y la Vicepresidencia Ejecutiva.
El proyecto vetado dispone que la Corporación estará formada por el Consejo Superior, el Comité Técnico y la Vicepresidencia Ejecutiva.
En consecuencia, la organización que se da a esta persona jurídica es conceptualmente idéntica en ambos proyectos, y casi lo es literalmente.
En este caso también debe tenerse presente que el proyecto Allende fue el primero en formular este esquema orgánico.
IV
La integración de los organismos mencionados anteriormente es en todo similar, en ambos proyectos. Por ejemplo, el Consejo Superior (o Consejo Nacional, como lo denomina el proyecto del Gobierno) en los dos casos está integrado mayoritariamente por representantes del Ejecutivo.
V
El proyecto del Ejecutivo, en su artículo 11, dispone que "la Junta en un plazo no superior a 6 meses contados desde la publicación del Reglamento, deberá aprobar un plan general de creación de jardines infantiles a nivel nacional.".
El proyecto Allende establece que "la Corporación, en el plazo de 6 meses, aprobará un plan general de creación de jardines infantiles a través del territorio nacional.".
La sola lectura de ambos preceptos ahorra mayores comentarios. ¿Plagio también en los detalles?
VI
Proyecto Ejecutivo:
"La Junta estará exenta de todo impuesto fiscal o municipal por todos los actos o contratos que ejecute o celebre.".
Proyecto Allende:
"La Corporación y sus organismos integrantes estarán exentos de todo impuesto fiscal o municipal, por todos los actos o contratos que ejecuten o celebren.".
VII
Proyecto Ejecutivo:
"La atención educacional de los jardines infantiles estará a cargo de educadores de párvulos.".
Proyecto Allende, vetado:
"Los jardines infantiles estarán dirigidos por una educadora de párvulos.".
VIII
Proyecto Allende, vetado:
"Se declaran inembargables los bienes de la Corporación.".
Proyecto Ejecutivo:
"Se declaran inembargables los bienes de la Junta Nacional.".
Los anteriores son sólo algunos ejemplos de un cuadro que nos permite afirmar que, en lo fundamental, no hay diferencias entre el proyecto Allende que fue vetado y el que ahora patrocina el Ejecutivo.
Paralelo entre las principales disposiciones del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputado -iniciado en moción de las Diputados señoras Aguilera, Paluz, Correa, Dip, Retamal, Lacoste y Saavedra- y de la moción de los Honorables Senadores señoras Carrera y Campusano y señor Allende, presentada el 13 de septiembre de 1968 y enviada a la Cámara de Diputados.
Previamente, debe tenerse en cuenta que de los 39 artículos de que se componía la moción de las Diputados democratacristianas, sólo 7 -que se refieren a materias adjetivas- no fueron modificados. El Ejecutivo, por la vía de la indicación, sustituyó o suprimió 25 disposiciones y modificó substancialmente otras 7. De tal modo, puede decirse que, en la práctica, es del Ejecutivo el proyecto informado por las Comisiones de Educación y de Hacienda del Senado.
Organización.
Hay entre el proyecto Allende y el aprobado una fundamental diferencia. Mientras el primero propone crear la Dirección General de Educación Parvularia, dependiente del Ministerio de Educación Pública, el último propende a la formación de una corporación autónoma de derecho público, denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Es preciso recordar que el Ejecutivo optó por esta fórmula (y ello se colige de la posición sustentada por el Ministro Pacheco en el seno de la Comisión tripartita) por razones de política contingente: el temor de que se le presionara a cumplir su labor en el campo de la educación parvularia y de que, eventualmente, se le atacara por el incumplimiento de esta función. Tal riesgo desaparece con una Corporación autónoma, ente aparentemente desvinculado del Poder Ejecutivo al que no es posible exigir más allá de los recursos que posea, y por cuya acción no es posible culpar a un Gobierno.
Esta es, al parecer, la razón de la política formulada al respecto por la Administración Frei, ya que las opiniones técnicas más autorizadas prefieren el sistema del proyecto Allende.
En efecto, la Directora de la Escuela de Educadoras de Párvulos de la Universidad de Chile, en comunicación dirigida a la Comisión Allende-Ministro-Daibér, expresó lo siguiente sobre esta materia:
"El sistema de creación, organización y funcionamiento de los jardines infantiles debe tener carácter estatal.
"La atención del párvulo con criterio científico, es una atención de carácter educacional, y responde a los grandes fines de la educación chilena.
"Como tal, es parte de las responsabilidades que el Estado tiene, y este Estado conforma un sistema educacional a través del cual va responsabilizándose del proceso educativo, y un organismo encargado de realizarlo, esto es, el Ministerio de Educación.
"La educación del párvulo es el primer nivel del sistema y lógicamente, parte de él. La responsabilidad que una legislación va a entregar, no puede estar sujeta a iniciativas u organismos que, con la mejor disposición, en muchas oportunidades, no pueden librarse de situaciones contingentes, políticas, religiosas o de otra naturaleza, que atentan al interés de cohesión nacional que necesita "guiar un programa educativo.
"Valentín Letelier, ya lo dijo: "Sólo el Estado, que es la resultante de todas las fuerzas sociales, puede organizar una enseñanza que no ofenda a conciencia alguna y que aune en su seno a todos los espíritus".
"La dependencia del nivel de educación del párvulo en el Ministerio de Educación, deberá garantizar una educación democrática, cohesionada, coordinada con los otros niveles educacionales, entregando en forma graduada y con sentido orgánico, los aprendizajes necesarios para el mejor desarrollo de nuestro ciudadano.
"En efecto, la incorporación del nivel de educación parvularia al sistema general de educación nacional, resulta además positiva, para superar la inadecuación que se produce entre la formación libre, refleja, confusa a veces, del preescolar y la formación intencionada del sistema, contribuyendo a encauzar "hacia el mismo objeto: el tipo de ciudadano que la sociedad requiere y que, de algún modo, está dibujado a través de la formulación de fines y objetivos del sistema educacional chileno.
"Fundamentado nuestro criterio sobre la necesidad de un nivel educacional del párvulo, surge como consecuencia lógica la necesidad de la existencia de una Dirección de Educación Parvularia, dentro del Ministerio de Educación.
"Resulta fácil comprender que allí está la ubicación natural de un organismo semejante. El criterio de planificación nacional, que actualmente manejamos en el país, aconseja evitar la duplicidad de esfuerzos de organismos y gastos. Aconseja, del mismo modo, la utilización de los mecanismos administrativos existentes, más que la creación de nuevos, que, por inexperiencia, pueden resultar más lentos o ineficaces.
"Aconseja por último, llenar los vacíos organizativos que los intereses del país demandan y, ¿no viene acaso la creación de la Dirección de Educación Parvularia a llenar un vacío del que se resentía nuestro sistema educacional ?"
Por su parte, el Comando Nacional de Jardines Infantiles, en nota remitida a la citada Comisión, manifestó:
"... Al mismo tiempo se permite insistir ante ustedes en el principio que es la base de nuestro Comando de que la educación de los párvulos chilenos es parte integral de la educación del niño y, por tanto, es indispensable que sea el Estado chileno a través del Ministerio de Educación, quien tome sobre sí esta gran responsabilidad."Por último, también sostienen esta posición otras personas y organismos, como consta del informe de la Comisión de Educación de la Honorable Cámara de Diputados, en cuya página 9 se lee:
"Los representantes de las organizaciones que propugnan la dictación de un texto legal adecuado en materia de jardines infantiles, como asimismo, los personeros de las entidades técnico-profesionales (Escuela de Educadoras de Párvulos de la Universidad de Chile, Asociación Nacional de Educadoras de Párvulos) y autoridades especializadas del Ministerio de Educación Pública a través de sus intervenciones y en esquemas o memorándum proporcionados a la Comisión, han enfatizado algunos rubros básicos que, a su juicio, deberían orientar la legislación sobre esta materia:
"I.- El sistema de creación, organización y funcionamiento de los jardines infantiles debe tener carácter estatal;
"II.- La educación parvularia debe considerarse como un nivel, el 'primero de todos, incorporado al sistema general de la enseñanza básica, que deriva de la conjunción de problemas de índole bio-psicológico, social y pedagógico."
Por otra parte, en el rubro organización, el proyecto Allende crea el Departamento de Salas-Cunas en la Dirección General de Educación Parvularia, materia sobre la que no se legisla en la iniciativa aprobada.
Esta omisión es de suma importancia, ya que en la actualidad no existe una supervigilancia técnica adecuada sobre las salas-cunas existentes, lo que redunda en la continua burla de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, según lo ha reconocido el propio MinistroPacheco.
Finalmente, sobre este punto organización, merece consignarse el hecho de que la organización y calidad jurídica que el proyecto del Ejecutivo otorga a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, aparece ideada por vez primera en una moción que el 26 de junio de 1968 presentaron los Honorables Senadores señora Carrera y señor Allende.
Financiamiento.
El Ejecutivo propuso una norma que gravaba en un 4% la asignación familiar de los empleadores particulares y en un 1% la de los obreros. Esta disposición, que producía 30 millones de escudos, fue aprobada por la Comisión de Educación de la Cámara. Sin embargo, la Comisión de Hacienda de esa Corporación la rechazó, por considerar injusto el tributo que se imponía y escaso su rendimiento. Al respecto, se expresa en el informe de dicha Comisión de Hacienda:
"...Frente a estas cifras (se refiere al rendimiento de 30 millones de escudos) cabía preguntarse si era suficiente esté financiamiento para cumplir los objetivos de la ley.
Sobre este particular era indispensable tener presente que el costo-niño mensual de una guardería infantil es en la actualidad de E? 195, y que en un plan mínimo de realizaciones era indispensable atender a 200.000 niños. Asimismo, debía considerarse que el costo aproximado de construcción y equipamiento de una guardería con capacidad para 40 ó 50 niños es cercano a los E? 250.000, excluido el equipo para la atención médico dental.
Era indudable entonces que el financiamiento propuesto por la Comisión de Educación Pública resultaba exiguo para los propósitos que se perseguían.".
En virtud de lo anterior, se creó otro financiamiento, consistente en un aporte anual ascendente a 4 cuotas CORVI por trabajador, de cargo de los patrones o empleadores. Esta medida rendía 80 millones de escudos.
La Comisión de Hacienda del Senado rechazó esta norma (la Comisión de Educación la había aprobado) y la sustituyó por otra que grava en un 1% las asignaciones familiares, salvo las que paga el Servicio de Seguro Social, y que reduce 3a obligación de los patrones de 4 cuotas CORVI por trabajador al año, a sólo una. Este precepto produce alrededor de 30 millones de escudos, esto es, la misma cantidad que la Comisión de Hacienda de la Cámara estimó absolutamente insuficiente.
El proyecto Allende deja entregado el financiamiento de la Dirección General de Educación Parvularia -como es lógico- a las disposiciones de la Ley de Presupuestos de la Nación. Pero, además, crea el seguro obligatorio de vehículos motorizados por daños contra terceros, medida que, a la vez que genera recursos, satisface una necesidad social.
Del personal.
El proyecto Allende crea el Servicio del Trabajo Parvulario Obligatorio, que debe cumplir toda chilena el año en que entere 18 años de edad. Este Servicio, perfectamente reglamentado en los artículos 31 a 40 de la iniciativa, no sólo proporciona a la Dirección General de Educación Parvularia mano de obra gratuita que laboraría en los jardines infantiles bajo la tuición y supervigilancia de educadores de párvulos, sino que además está llamado a jugar el trascendental rol de incorporar a las jóvenes a la vida colectiva mediante una obligación de evidente sentido social.
El Ejecutivo acogió parcialmente esta idea en el artículo 13 del proyecto, que expresa que la atención de los jardines infantiles se realizará con la colaboración "de miembros de la comunidad, a través del servicio del trabajo parvulario voluntario.".
Jardines infantiles.
Todos los proyectos coinciden, en general, en cuanto al concepto de jardín infantil y en cuanto a las normas de funcionamiento."
El señor ALLENDE.-
Sentado lo que he expuesto hace un instante, de contenido serio, porque significa rechazar normas políticas inaceptables frente a problemas que no tienen fronteras ideológicas, insisto en que este proyecto es tan necesario, que me hace pensar que en lo posible el Senado tratará de mejorarlo todavía, para que pueda efectivamente ampararse al niño chileno.
Quiero señalar al Senado y al señor Ministro que, tal como está redactado el proyecto, desaparecen las guarderías infantiles. Es decir, si no queda conceptuado claramente lo contrario, podría interpretarse que, en realidad, ellas no están comprendidas en la ley, lo que sería un craso error, no imputable al señor Ministro ni a nosotros. De ahí que esté formulando estas observaciones. Del estudio que he hecho de las disposiciones legales, por haberse suprimido la parte pertinente, que hacía referencia al proyecto anterior en que se creaba la Dirección de Educación Parvularia, si no queda establecido en la historia de la ley que las guarderías permanecen, podría, mañana, darse la interpretación errónea de que han quedado suprimidas, en circunstancias de que son parte esencial de los Jardines Infantiles.
¿Cuántos minutos me quedan, señor Presidente?
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Nueve, señor Senador.
El señor ALLENDE.-
Decía que, por eso, cuando lleguemos a la parte pertinente del articulado, formularé otras consideraciones.
Mientras tanto, en nombre, sobre todo, de los Senadores del Partido Socialista de Chile y fundamentalmente de mi estimada colega y amiga la doctora María Elena Carrera, que no se encuentra en la Sala porque ha debido cumplir una obligación profesional, quiero exponer algunas otras observaciones.
Podría atiborrar al Senado de cifras y datos. Ya en sesiones anteriores hice referencia a dos estudios recientes -que, por lo demás, en lo esencial repiten trabajos que se hicieron sobre la materia-, a los cuales su autor, el prestigioso profesional doctor Monckeberg, da gran realismo, nacido de cifras irrefutables que señalan el drama brutal de la infancia de nuestra patria.
Señor Presidente, señores Senadores, como lo dijo nuestro Honorable colega don Humberto Aguirre Doolan, cuando desempeñé la Cartera de Salud Pública, en el Gobierno del prestigioso maestro y estadista Pedro Aguirre Cerda, anoté en un libro -"la Realidad Médico-Social Chilena"- el drama tremendo de nuestra infancia. Di a conocer las curvas de morbi-mortalidad y señalé, ya en esa época, que, a pesar de los esfuerzos que se hacían, el rendimiento de servicios separados, como PROTINFA, la Dirección General de Beneficencia, el Servicio Médico de la Caja de Seguro Obligatorio y la Dirección de Sanidad, no podía dar la protección esencial que el niño chileno reclamaba. Por eso, también patrocinamos la creación de un Servicio Nacional de Salud, que proporcionara una medicina integrada, preventiva y curativa. Pero en ese libro hicimos referencia sobre todo a que la atención médica, dentro del régimen, es un paliativo, pues lo esencial es dar posibilidades de una alimentación adecuada, de una vivienda higiénica y de un trabajo estable. Es decir, enfocamos los problemas económicos y sociales.
Han pasado, desde 1940, veintinueve años. Es cierto que han bajado, en parte, las cifras de morbi-mortalidad, con la creación del Servicio Nacional de Salud, con la asignación prenatal, con la atención médica que es consecuencia de esas iniciativas, con la asignación familiar, etcétera. Pero en los grandes rubros el descenso es pequeño, y
Chile sigue marcando un hecho doloroso, que es una lacra que golpea la conciencia de gobernantes y gobernados.
Tenía a la mano, pero se me ha extraviado en este instante-los Senadores democratacristianos deben sabérselo de memoria-, el discurso del candidato, hasta hace siete minutos, a la Presidencia de la República por la Democracia Cristiana, señor Tomic. ..
El señor LORCA.-
Sigue siendo candidato.
El señor ALLENDE.-
¡Ah! ¿Sigue? ¿Cambió de criterio tan rápidamente? Me alegro.
El señor LORCA.-
Será Presidente.
El señor ALLENDE.-
Soñar no cuesta nada.
Pues bien; en ese discurso el señor Tomic dijo algo que nosotros hemos dicho muchas veces y que yo recuerdo ahora porque me parece de importancia trascendental grabarlo en la conciencia, en el corazón de cada uno de los legisladores. Oiganlo bien. Lo habíamos dicho nosotros, lo habíamos repetido socialistas, comunistas, militantes de los partidos populares, de Izquierda: un millón de niños chilenos nacidos normales se transforman en niños con deficiencia intelectual, tarados, dice Tomic. Aquí hay un colega que no me va a desmentir, brillante profesional, hoy Senador, el Honorable señor Olguín. ¡Un millón! ¡Qué culpa más grande para todos nosotros, para todos los Gobiernos! ¿Hay algo que pueda significar mayor sanción a un régimen, a un sistema, que esto que estamos diciendo? Es decir, la inteligencia del mañana, la capacidad de los niños chilenos, botada, sin tomarse en cuenta, despreciada por los Gobiernos y por los Poderes Públicos. Un millón de niños. ¿Por qué? Porque no reciben alimentación con las necesarias proteínas; porque un niño que se alimenta mal no sólo es físicamente de menor peso y menor talla, sino que es -lo que resulta mucho más grave- un niño carente de imaginación y de memoria, que no tiene capacidad retentiva. Por eso -y lo he dicho en este recinto veinte, treinta veces- los maestros y maestras hacen clases frente a niños que están con sus ojitos abiertos, aparentemente asimilando, pero que no retienen lo que el maestro enseña, porque han llegado a escuelas destartaladas sin tomar leche, sin comer un pedazo de queso, sin tener un trozo de pan.
Esa es una realidad brutal, dramática, culpa del régimen y del sistema. Por ello, ha hecho bien la Honorable señora Julieta Campusano en señalar la preocupación extraordinaria que en los países socialistas existe por la infancia.
Con satisfacción recuerdo que el lema de las batallas populares de 1958 y 1964 tenía un contenido relacionado con lo que estoy diciendo. Dijimos miles de veces que en un Gobierno popular sólo habría un privilegiado: el niño chileno. Ese niño desnutrido, hambriento; ese niño que todavía, pese al esfuerzo hecho por este Gobierno en el campo de la educación primaria -lo reconozco-, en alto porcentaje no tiene cabida en la educación elemental; ese niño que trabaja prematuramente ; ese niño que, en la mayoría de las provincias de Chile, anda descalzo, que no tuvo el vaso de leche y que todavía, en muchos casos, ni siquiera ha conocido el juguete que todos queremos para los hijos nuestros.
Para terminar y encuadrarme estrictamente en el tiempo de que dispongo, repito que la iniciativa que se va a despachar no es, ni en lo formal ni en su contenido, diferente a la que vetó, con peque- ñez increíble, el Ejecutivo. Es exactamente igual.
Reitero, asimismo, que este proyecto que beneficia al niño chileno se debe esencialmente a la ternura y a la firmeza con que la mujer chilena ha defendido el futuro de la patria, que está en los hijos del pueblo.
He dicho.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra al Comité Nacional.
Tiene la palabra el Honorable señor Ibáñez.
El señor IBAÑEZ.-
Señor Presidente, celebramos el propósito de este proyecto de ley, en cuanto tiende a complementar múltiples iniciativas que existen en Chile desde hace largo tiempo, de parte de quienes se han venido preocupando, en forma muy encomiable, satisfactoria y eficaz, de la situación en que se encuentran los niños.
Adhiero, al comenzar mis palabras, a los conceptos que escuchamos hace poco rato al Honorable señor Aguirre Doolan, quien mencionó taxativamente muchas de esas leyes, fruto de la generosidad de alma de los chilenos de todos los sectores y de todas las condiciones sociales. Es explicable que, con el propósito de ampliar la atención parvularia y de hacerla ganar en eficacia, los Poderes Públicos presenten iniciativas como la que hoy discutimos.
Nosotros concordamos en la necesidad de tal legislación, para precisar y ampliar la atención de los párvulos; para legislar en la medida de lo necesario a favor de los niños y también en la medida de las posibilidades, por desgracia limitadas, que tiene nuestro país.
Nadie puede discrepar de la conveniencia de impulsar iniciativas de carácter social. Debemos, sí, cuidar mucho que, con la mejor de las intenciones, no se produzcan situaciones que puedan influir adversamente en los propósitos de mejoramiento social que a todos nos animan.
Hago esta observación, que coincide con otra escuchada hace pocos instantes al Honorable señor Aguirre Doolan, en lo concerniente a cuál es el costo de este tipo de prestaciones sociales. A esa pregunta, .yo agregaría otra: ¿cuál es la repercusión que ese costo tendrá sobre el régimen general de prestaciones sociales que otorga el Estado ?Tengo algunos temores fundados, que creo de mi obligación hacer presente esta tarde, respecto de la iniciativa legal que estamos despachando. Y esos temores provienen, en primer lugar, de la vaguedad de sus conceptos y de la falta de antecedentes -que no han sido proporcionados por el Ejecutivo y que, aparentemente, no conocerían o no tendrán debidamente determinados-; en segundo lugar, provienen también, como lo señaló el Honorable señor Allende, de este propósito, que parece ser irrefrenable en la Democracia Cristiana, de crear corporaciones autónomas al margen del control de los sistemas regulares de la Administración Pública, en cada una de las iniciativas que trae al Parlamento.
En cuanto al mecanismo que aquí se nos propone, debo manifestar nuestra total oposición y nuestra concordancia con lo expresado por el Honorable señor Allende. Aquí se trata de crear un servicio público que complementa otras iniciativas. No quedará librado a la sola labor de estos jardines infantiles el cuidado de los párvulos. Por consiguiente, ese servicio público debe estar dentro de la Administración Pública, formar parte de un Ministerio y estar sujeto a todos los organismos, controles y directivas que existen en el país para los servicios de esa naturaleza.
Una vez más, debemos señalar la grave inconveniencia que significa para Chile la proliferación de estos servicios que crecen a su antojo, que manejan sumas considerables de dinero, y que, como señalé ayer al referirme a una institución por la cual tengo gran respeto, como es la Universidad de Chile, se toman la libertad de disponer a su amaño de los inmensos recursos de que disponen, sin rendir cuenta a nadie.
Esta es la primera y grave discrepancia que tenemos con el proyecto en debate.
En la proposición de ley que estamos discutiendo, se crea una corporación autónoma a la cual se otorgan las más amplias facultades. Desde luego, en materia de finanzas no reconoce límites; no se fijan en forma específica sus finalidades ni su amplitud, ni tampoco se determina su costo. Me parece que ésta es una forma absolutamente irregular de legislar. Pienso, incluso, que es altamente censurable y contrario al prestigio de los legisladores aprobar disposiciones que no aparecen debidamente estudiadas, que no están claramente determinadas en cuanto a sus finalidades, y que no fijan los montos exactos de su financiamiento.
El Ministro de Educación explicó en la Comisión de Hacienda que la población de menores que había en Chile -párvulos de uno a seis años- alcanzaba a dos millones. Pero el señor Ministro no nos dijo qué proporción o porcentaje de ese total necesita de esta atención. Tampoco nos dio a conocer qué parte de este porcentaje estaría ya protegida por los sistemas en vigencia.
La verdad es que aquí hay un vasto campo para expresar toda clase de puntos de vista. Nos dijo el Ministro que el costo de la atención parvularia, por cada niño, alcanza a una suma cercana a los 200 escudos al mes, cantidad que parece considerable; yo diría muy elevada para las posibilidades de Chile, si esto tuviera que hacerse en escala masiva, según la cifra de dos millones de niños que dio el Ministro. Obviamente, no todos esos niños necesitan de atención parvularia.
Por otra parte, se ha incorporado a esta iniciativa legal una indicación del Honorable señor Allende que, por diversas razones, me parece muy conveniente. La recuerdo en los momentos en que hablo del financiamiento del proyecto, porque es natural que todos seamos generosos al impulsar estas proposiciones; pero también debemos tener sentido de la responsabilidad para saber cuánto costará al país, si será posible pagar esos servicios, o si estamos creando una ilusión más para ganar el apoyo de los electores, quienes se sienten conmovidos por la sensibilidad social. Por lo tanto, celebro mucho la iniciativa del Honorable señor Allende de obligar a todas las muchachas mayores de 18 y menores de 25 a dedicar tres meses de su vida a trabajar gratuitamente en estas guarderías. Me parece que es una de las indicaciones más eficaces que se han presentado. Nosotros la apoyaremos entusiastamente. Creemos que ella tiene un hondo contenido social, porque no sólo contribuirá a realizar la obra de atención de los niños, sino que complementará la educación que debe tener toda mujer de nuestra patria y desarrollará -así lo espero- su espíritu de solidaridad.
Es evidente que la participación de un contingente de esta naturaleza puede y debe abaratar en forma considerable el costo de la iniciativa. No obstante, siempre queda la interrogante en cuanto a lo que se hará y cómo se realizará el propósito que, simplemente, está enunciado en el título del proyecto, cuando se refiere a la "creación de una Junta Nacional de Jardines "Infantiles". Fuera de eso, es muy poco lo que se dice, y hay una serie de interrogantes más que no han sido contestadas.
¿Cabe en algunos casos, cobrar por la atención de los niños, por lo menos una parte de lo que cuesta dicha atención? Estimo que, en determinados casos, es justificado y necesario hacerlo; en otros, no.
¿Cómo está compuesta la familia chilena? No quiero en modo alguno que se interpreten mis palabras como que quiero restar mérito a lo que se hace en los países comunistas; pero en el caso de la Unión Soviética, por ejemplo, y más específicamente, de Moscú -lo declaró el alcalde de esa ciudad-, la familia moscovita está formada por tres personas, es decir, tiene solamente un hijo. Y considerando a la mujer, desde el punto de vista económico, como fuerza de trabajo -concepto que yo, desde luego, rechazo por completo-, es obvio que resulta conveniente la existencia de estas guarderías infantiles que toman a su cargo a los niños mientras la mujer trabaja y produce. Desde el punto de vista económico, hay una ganancia neta para la sociedad. No es ése el caso cuando se trata de familias numerosas, como es frecuente en Chile, donde las madres deben atender a 6 u 8 hijos. Quizás podrían realizar mucho mejor su labor si, mediante la asignación familiar, dispusieran de mayores recursos para cuidar ellas mismas de sus hijos.
Son enfoques de esta naturaleza los que no se han hecho, a fin de ubicar el problema en sus justas proporciones y conocer la magnitud de la obra que en estos momentos emprendemos, del esfuerzo que la nación debe hacer, de los recursos que debemos acordar. Nada- de esto se ha podido precisar. En consecuencia, estamos legislando con un total desconocimiento de materias que son esenciales para que los legisladores puedan expresar sus puntos de vista y prestar su apoyo a los diferentes artículos de la iniciativa.
Sostengo, pues, que faltan informaciones esenciales y que estamos legislando exclusivamente impulsados por nuestra buena voluntad y sentimientos de solidaridad hacia los niños de Chile.
Nosotros nos oponemos a seguir creando instituciones como la que establece este proyecto de ley, no encuadradas dentro de la Administración regular del Estado.
El proyecto en estudio consigna, además, aspectos ajenos a la idea que estoy analizando.
En primer lugar, se hace recaer sobre la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales un conjunto de nuevas obligaciones que recargarán en forma considerable sus labores e incluso cercenarán parte de los recursos destinados a las construcciones escolares. Me refiero, concretamente, a un artículo que la obliga a amoblar las escuelas que construye. Yo pregunto: ¿qué hará el Gobierno, entonces? ¿Dónde están los recursos del Presupuesto para estas finalidades? Todas las obligaciones de esta naturaleza que se impongan a la Sociedad Constructora irán en desmedro de la superficie que debe edificar cada año para satisfacer las necesidades de la edificación escolar del país. Por consiguiente, no me parece que este artículo sea conveniente, ni recomendable su aprobación.
En segundo lugar, quiero referirme al artículo 55, en lo tocante a la creación de diez cargos de Coordinadores Regionales de la Educación Pública. La idea que parece inspirar este precepto, descentralizar los servicios educacionales, cuenta con nuestra simpatía y apoyo. Pero no nos parece que una materia de esta naturaleza deba ser incorporada en esta iniciativa legal, que, como todas las que manda el Gobierno y llegan al Parlamento por el tragaluz -lo que no impide después al Ejecutivo quejarse por la forma como legislan los parlamentarios-, introduce normas que nada tienen que ver con la idea matriz del proyecto. En este caso, la idea de descentralizar la educación pública no tiene vinculación alguna con la creación de hogares donde pasarán largas horas de su vida los niños chilenos. En consecuencia, me parece que este artículo debe ser rechazado, sin perjuicio de que el Ejecutivo envíe una proposición de ley bien estudiada al respecto.
Llamo la atención sobre el hecho de que estos diez Coordinadores Regionales recibirán funciones delegadas por el Presidente de la República. Además, en el inciso siguiente se establece que dichos coordinadores regionales "tendrán la calidad de jefes superiores de servicios y podrán recibir, además, delegación de funciones que correspondan al Subsecretario de Educación". A continuación, se establece un inciso cuarto del siguiente tener: "Las facultades que se les confieren las podrán ejercer y podrán delegarlas en la forma y condiciones que se establezcan en los respectivos decretos o resoluciones delegatorias".
En otras palabras, mediante el artículo 55 se crean cargos de alta jerarquía en la Administración Pública para desempeñar funciones que no se precisan, que les serán delegadas por el Presidente de la República y por el Subsecretario de Educación.
Aun más, las funciones delegadas en estos funcionarios pueden, a su vez, ser delegadas sin límite alguno. Este es un principio de orden legislativo que no debemos aceptar. Si estamos de acuerdo con la descentralización de la educación pública, manifestamos nuestra total discrepancia con la irresponsabilidad que originaría una disposición de esta naturaleza, si se aplica en 3a forma prevista en el proyecto.
Con las importantes salvedades que he hecho presentes y que los Senadores nacionales estimamos necesario consignar en la discusión del proyecto, pues implican una responsabilidad muy seria para los legisladores ; con estas graves salvedades -repito-, como son la falta de precisión y de estudio del problema, y la excesiva amplitud del organismo autónomo creado, y con otras observaciones que formularemos en la discusión del articulado, los Senadores de estas bancas anunciamos nuestros votos favorables a la iniciativa.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
El Senado considera esta tarde uno de los proyectos más fundamentales para la comunidad chilena.
Ya se ha señalado la influencia decisiva que para el desarrollo y la vida misma del ser humano tienen los primeros años de existencia del niño. No me parece que sea el momento de entrar en grandes disquisiciones sobre este problema evidente, que es una realidad.
En ningún país del mundo existe la posibilidad de que el infante desarrolle su personalidad integralmente si no cuenta con el ambiente adecuado y los factores esenciales, en su período de mayor receptividad sicológica y crecimiento físico. Por eso, frente al proyecto en estudio, debemos considerar un aspecto que, nos agrade o no, estemos de acuerdo o no, conforma la realidad de nuestro país. Es el diferente nivel de vida de los niños proletarios y de los niños de las clases alta y media. El primero, en la inmensa mayoría de los casos, lleva una vida abandonada, en pésimas condiciones higiénicas. El hijo del campesino, por ejemplo, al igual que sus padres -esta situación, que se observó durante toda nuestra historia, está cambiando, afortunadamente, gracias a la acción del Gobierno de la Democracia Cristiana-, vive en ranchos miserables; en el barro, en invierno. Es decir, afronta las peores condiciones de existencia. Y el niño proletario de las ciudades, de las poblaciones, muchas veces también carece de los factores necesarios para el desarrollo de su personalidad. En el aspecto alimentario, sabemos que el resultado de estudios hechos por médicos pediatras de nuestras universidades revela las insuficiencias, especialmente de alimentos proteicos, que aquejan al niño proletario, lo cual se traduce en menores posibilidades de desarrollo intelectual, que puede acentuarse hasta la deficiencia mental, con la consiguiente imposibilidad práctica de gozar de una de las ventajas de nuestra democracia, cual es la de participar en el proceso educacional y cultural.
Por eso, quiero destacar esta tarde la importancia de la ley de Junta de Auxilio Escolar y Becas, en virtud de la cual se entrega en forma regular desayuno y almuerzo a ¡os escolares de la educación básica, permitiendo con ello salvar esa contingencia y que los educandos se desarrollen mejor intelectual y físicamente.
No es el caso, sin embargo, de los párvulos, de los niños que todavía no ingresan a la enseñanza básica. Ellos ni siquiera tienen aquel beneficio. Su situación forma un ciclo que implica diversas consecuencias en el futuro, como es la considerable deserción escolar, que ha sido tradicional en la ex enseñanza primaria, ahora denominada básica. Es este ciclo, precisamente, el que pone de manifiesto la necesidad de abordar la iniciativa en debate no sólo desde el punto de vista en que, al parecer, lo miraba el Honorable señor Ibáñez, cuya ausencia de la Sala deploro, sino con un enfoque integral, con una concepción profunda de lo que deba ser el papel del individuo en el mundo moderno.
En cuanto al niño de las clases media y alta, cuyas condiciones de existencia no adolecen de los profundos problemas que afectan al proletario, estimamos que en la época de mayor receptividad sicológica debe estar integrado socialmente, con el objeto de que, merced al desarrollo de sus ideas y de su sensibilidad, pueda comprender poco a poco que sólo existe una clase social en el mundo, que no puede haber discriminaciones en este sentido, y que el sistema capitalista, origen de la división de los hombres entre explotados y explotadores, debe desaparecer de la faz del universo, para dar nacimiento a una sociedad fraternal en la que verdaderamente imperen los grandes postulados del pensamiento cristiano.
Por este motivo, somos fervientes partidarios del proyecto en debate; porque tiene una fundamentación en extremo importante para el desenvolvimiento ele la colectividad nacional; porque estimamos que el niño -la base misma de la nación- debe ir desarrollándose desde el momento en que tiene las primeras percepciones del mundo, para dar a la sociedad todo lo que lleva en sí, para cumplir en plenitud todas las aspiraciones.
Los legisladores de todos los países, en especial de los más avanzados, se han preocupado de esta materia. Ya el señor Ministro de Educación, en su documentado discurso, hizo referencia a los pensado y educadores de mayor importancia ano han abocado al estudio de la situación de los párvulos. ¿Cuál es la experiencia obtenida al respecto en las legislaciones de otros países? Ella es muy laudable, muy satisfactoria, de una importancia que merece ser destacada en el Senado, pues señala el papel fundamental que juega esta interrelación, esta acción social, en el desarrollo de la personalidad del niño.
En Chile, esta ley favorecerá más o menos a dos millones de niños, cifra, como comprenderán mis Honorables colegas, extraordinariamente alta.
Desde las bancas de los Senadores nacionales se preguntaba si acaso ella sería aplicable a todos los niños. Respondo que indudablemente será así, si se cumple la filosofía que la inspira y que señalé al comienzo de mis palabras. En efecto, la iniciativa tiene una doble finalidad. Una de ellas, de gran importancia, es la integración real y positiva de la comunidad chilena. Por eso, digo que dos millones de niños quedarán comprendidos en sus disposiciones.
¿Cuál es la situación actual? Aproximadamente doce mil niños de edad parvularia son atendidos en jardines o guarderías infantiles de instituciones privadas, y más o menos 45 mil, por organismos del Estado.
Al respecto, ruego al señor Presidente tener la gentileza de recabar el acuerdo del Senado para insertar en el texto de mi discurso un cuadro contenido en el primer informe de la Comisión de Educación Pública, en el que se señala, con todas las especificaciones del caso, el número de alumnos y escuelas, con sus respectivos cursos, atendidos en la enseñanza parvularia fiscal.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Oportunamente solicitaré el acuerdo de la Sala, pues en este momento no hay quorum, señor Senador.
-El documento cuya inserción se acuerda, más adelante es del tenor siguiente:
ENSEÑANZA PARVULARIA FISCAL MATRICULA (1) 1966
El señor VALENZUELA.-
Conviene referirse a las observaciones formuladas por el Honorable señor Allende -que, por desgracia, no se encuentra en la Sala- en cuanto al proyecto presentado por los Senadores del FRAP en el período pasado, relativo a esta misma materia. Dicha iniciativa, tal como lo hizo presente el señor Senador -y tengo a la mano el Diario de Sesiones respectivo-, fue incluida en un proyecto de reajustes que se tramitaba en esta Corporación, con un financiamiento de sólo 6 millones de escudos, en circunstancias de que el financiamiento de la Comisión de Hacienda alcanza a 27 millones de escudos.
A mi juicio, de ninguna manera ha Habido espíritu sectario de parte del Gobierno al vetar esa disposición. Sólo se consideró que la materia es de extraordinaria importancia. En el Senado, todos hemos coincidido en la trascendencia de esta ley. Por ello era necesario estudiarla con la debida meditación por quienes tenemos interés en una idea de tanta envergadura; pero que no se legislara por la vía de la indicación, porque, por muy bien estudiada que estuviera la indicación patrocinada por el Honorable señor Allende y otros colegas -entiendo que sí lo fue-, no se lograrían los mismos objetivos.
Con el objeto de reafirmar que no ha habido espíritu sectario, debo señalar esta tarde que-el Senador que habla, militante do la Democracia Cristiana, fue el más ardiente y entusiasta partidario de la creación del Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio, idea contenida en la indicación presentada en el segundo informe de la Comisión de Educación Pública por el Honorable señor Allende. Esta actitud obedece al hecho de creer -al igual que mis camaradas de partido- que debemos ir pensando en las grandes proyecciones de nuestra nacionalidad; que no debemos empequeñecer las ideas, sino expandirlas para ir creando los lazos necesarios y las inspiraciones suficientes,
con el objeto de que las buenas iniciativas que surjan de cualquier sector político se canalicen y transformen en realidad.
En mi concepto, esa iniciativa complementa el proyecto que nos mandó la Cámara de Diputados y que fue motivo del primer informe de la Comisión de Hacienda del Senado. Digo lo anterior, porque la medida propuesta implica una transformación de nuestra mentalidad social; significa que la joven chilena, cualquiera que sea su condición social -salvo el caso, por razones obvias, de la mujer trabajadora-, colaborará en una labor magnífica y encomiable y entregará tres meses de su vida al servicio de nuestra patria y a favor, precisamente, de lo que es lo más grande para el alma femenina: el niño. En esa forma irá captando la sensibilidad del infante y entendiendo las verdaderas posibilidades de lo que puede ser el niño en nuestro país. Al mismo tiempo, integrará a su personalidad un concepto social de avanzada, cual es la eliminación de las clases sociales en nuestro medio.
Por estas consideraciones, como chileno y como Senador, tengo la íntima satisfacción de dejar constancia en el debate parlamentario de que ésa ha sido mi actitud y la de mis camaradas de partido, como asimismo la del Honorable señor Ferrando, presidente de la Comisión, que no se encuentra presente en la Sala. Doy esta explicación a pedido suyo, porque se encuentra enfermo, con alta temperatura, y ha debido guardar cama. Esa es la manera como nosotros hemos afrontado el problema.
El proyecto en debate surgió, en el período legislativo anterior, per iniciativa de las Diputadas de la Democracia Cristiana. A mi lado se encuentra la Diputada por Santiago señorita Wilna Saavedra, quien, por su profesión de asistente social y su condición de mujer, fue una de las grandes impulsoras de esta iniciativa legal. En esta oportunidad, no puedo dejar de mencionar a la ex Diputadadoña María Inés Aguilera. Asimismo, quiero rendir homenaje en el Senado a dos regidoras por Santiago: la compañera Sarita Gajardo -ya fallecida- y la señora Mireya Baltra, actual parlamentaria por Santiago en representación del Partido Comunista. Todas ellas fueron las iniciadoras de la acción extraordinariamente importante de materializar en una ley la creación de los jardines infantiles. Tampoco puedo dejar de nombrar en esta oportunidad -porque es la historia de tales iniciativas- a mi colega de partido, don Alfredo Lorca, quien, como Presidente de la Cámara de Diputados, en un gesto que debe ser enaltecido, reunió a las Diputadas de todos los partidos políticos para pedirles ponerse de acuerdo con el objeto de que el proyecto fuera realidad y se convirtiera en ley de la República.
El señor Ministro ya se ha referido a todo lo que dice relación a la estructura y condiciones de funcionamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Al proyecto despachado por la Cámara le hemos formulado algunas indicaciones. Por ejemplo, en esa iniciativa se exigía construir un local destinado exclusivamente a jardines infantiles en las poblaciones edificadas por los organismos dependientes del Ministerio de la Vivienda, por las cajas de previsión, las cooperativas de viviendas y las empresas constructoras, siempre que tuvieran un mínimo de 200 casas o departamentos. Yo tuve la honra de proponer que se rebajara ese número a 50. O sea, habrá mayor número de jardines infantiles y, por lo tanto, más acción en las poblaciones en beneficio del niño.
Hubo otro precepto que en la Comisión de Educación Pública dio motivo a muchas discusiones: me refiero a los artículos 42 y 43, que agregan un artículo 312 bis al Código del Trabajo y modifican el 313. Dicen relación a los permisos concedidos a la mujer trabajadora y al subsidio consiguiente, en caso de enfermedad grave del niño menor de un año.
Aparte ésta, se han hecho otras enmiendas al mencionado Código, en especial en lo relativo a salas cunas. La tuición de ellas era ejercida por la Dirección General del Trabajo por medio de sus inspectores; ahora corresponderá hacerlo a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Por medio de esta ley, la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales se hará cargo de la edificación de los jardines infantiles. El Honorable señor Ibáñez ha hecho una crítica en el sentido de que, incluso, esa entidad está obligada a amoblar los jardines infantiles. Es cierto; pero el señor Senador no dijo que en el artículo respectivo se establece que el gasto será de cuenta del Fisco. Por lo tanto, la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales no se desfinanciará. Todos tenemos interés en que disponga de los mayores recursos posibles, a fin de que continúe construyendo escuelas en nuestro país, y por eso queremos que esté perfectamente financiada. Por lo tanto, lo expresado por el Honorable señor Ibáñez no corresponde a la realidad del proyecto de ley que estamos analizando.
En lo concerniente a algunas observaciones formuladas por el Honorable señor Aguirre Doolan, en cuanto a que la Junta Nacional de Jardines Infantiles bien pudiera significar la creación de un organismo burocrático -objeción que también fue presentada por las bancas nacionales-, si el proyecto se hubiera formulado como la creación de una Dirección General de Educación Parvularia, indudablemente que esa crítica habría sido más acerba y fundada, porque tal creación habría significado el nombramiento de una serie de funcionarios públicos. Ello no se aviene con la realidad, pues se crea un organismo autónomo que es persona jurídica de derecho público, responsable de los nombramientos. Por otra parte, el servicio voluntario propuesto en el proyecto de la Cámara de Diputados se convierte en obligatorio en virtud de la iniciativa del Honorable señor Allende. Esta proposición, que fue acogida por la Comisión de Educación Pública y que espero lo sea también por la Sala, significa reducir al mínimo la burocracia y dar mayor eficiencia al servicio de la niñez, que es lo más que preocupa a quienes desempeñamos un cargo legislativo y velamos por servir real y positivamente el interés del pueblo de Chile.
El proyecto satisface una antigua aspiración de las mujeres del país, ele todas aquellas que tienen un concepto de lo que debe ser la integración social, de las que por su alma pasa la sonrisa del niño. Todas desean que la defensa del niño llegue a constituir una organización del pueblo que, cada día, vaya progresando en pro de un mayor bienestar, hacia una mayor cultura, una mayor integración, y con eliminación de las injusticias sociales. Este proyecto viene a satisfacer, efectiva y realmente, las nobles finalidades del espíritu femenino de nuestro país.
Por último, rindo homenaje a la mujer chilena, a las mujeres proletarias, a las profesionales y a las parlamentarias que tuvieron esta noble iniciativa a la que, espero, el Senado dará su aprobación.
El señor PABLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick en el tiempo de la Unión Socialista Popular.
El señor CHADWICK.-
Con toda seguridad, mi partido no ocupará todo el tiempo que le fue asignado en la reunión de Comités, porque mis observaciones deben ceñirse, estrictamente, a una dura realidad.
El informe de la Comisión de Hacienda señala que, para conceder la atención que el proyecto establece para dos millones de menores, comprendidos entre el tiempo de su nacimiento y la edad de seis años, se necesitan 14.500.000 escudos. Si se atiende a los recursos que el proyecto proporciona, en la forma como fue despachado por dicha Comisión, resulta que, de dicha cantidad de niños, van a recibir los beneficios que se consideran en sus disposiciones tan sólo el 0,14%. Es decir, quedará al margen de sus beneficios el 99,86%.
Este cálculo elemental, que deduzco de las cifras oficiales del informe, me impide compartir la emoción de los oradores que me han precedido en el uso de la palabra y contagiarme con sus bellas expresiones.
Es doloroso comprobar que la situación del niño proletario no cambiará luego del despacho del proyecto, sino en la medida en que pueda ser favorecido por el azar y la suerte de estar comprendido en el 0,14%: de la población infantil beneficiada.
Sin embargo, los Senadores socialistas populares daremos el voto favorable a la idea de legislar.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Ya lo dieron, Honorable colega.
El señor CHADWICK.-
Me corrijo: lo hemos dado. Es el procedimiento especial que hemos adoptado para tratar este asunto el que me ha conducido a este lapso, que el Honorable señor Aguirre Doolan, siempre atento a servir a sus compañeros de Cámara, me advierte.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Muchas gracias.
El señor CHADWICK.-
Hemos dado nuestro voto en la seguridad de que en la medida en que se medite y se reflexione sobre el cuadro de nuestra infancia, sobre la incapacidad del sistema para acudir a solucionar sus necesidades impostergables, habrá de fortalecerse en el pueblo de Chile una voluntad de lucha en la cual está, con toda seguridad, la única posibilidad de encontrar una real solución al problema del país.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Se suspende la sesión hasta las 19.
-Se suspendió a las 18.26. Se reanudó a las 19.3.
El señor PABLO (Presidente).-
Continúa la sesión.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde iniciar la votación particular del proyecto que crea los jardines infantiles.
Tanto la Comisión de Educación como la de Hacienda, en sus segundos informes, recomiendan diversas modificaciones al proyecto primitivo. Sin embargo, la de Educación hace presente que no han sido objeto de modificaciones ni de indicaciones los siguientes artículos:
1°, 2°, 39, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 16 (-que pasa a ser 19), 17 (que pasa a ser 20), 18 (que pasa a ser 21), 19 (que pasa a ser 22), 21 (que pasa a ser 31), 28 (que pasa a ser 33), 24 (que pasa a ser 34), 2o (que pasa a ser 35), 26 (que pasa a ser 36), 27 (que pasa a ser 37), 28 (que pasa a ser 38), 30 (que pasa a ser 41), 31 (que pasa a ser 42), 32 (que pasa a ser 43), 33 (que pasa a ser 47), 34 (que pasa a ser 48), 35 (que pasa a ser 49), 36 (que pasa a ser 50), 37 (que pasa a ser 51), 38 (que pasa a ser 52), 39 (que pasa a ser 53), 40 (que pasa a ser 54), 42 (que pasa a ser 56) y 43 (que pasa a ser 57).
-En conformidad al Reglamento, se aprueban.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Educación propone una enmienda al artículo 13, consistente en suprimir la frase final que sigue a la palabra "ello".
El señor JULIET.-
¿Su Señoría dio por aprobados los artículos que no fueron objeto de enmiendas en la Comisión de Educación o los que no fueron modificados en ambas Comisiones?
El señor PABLO (Presidente).-
Di por aprobados los artículos que no fueron objeto de enmiendas en ninguna de las dos Comisiones.
A medida que el señor Secretario vaya dando lectura a los artículos, explicará la forma como fueron resueltos en cada Comisión.
El señor JULIET.-
Es decir, los que fueron aprobados sin enmiendas en ambas Comisiones.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Así es, señor Senador.
El señor JULIET.-
Deseaba aclarar esa duda.
El señor PABLO (Presidente).-
Antes de preceder a la lectura de las modificaciones pertinentes, solicito el acuerdo de la Sala para dar por aprobados aquellos artículos que lo fueron por unanimidad en la Comisión de Educación, y que en la de Hacienda no fueron modificados. Es decir, propongo aprobar por unanimidad todas las disposiciones frente a las cuales ambas Comisiones procedieron con igual criterio.
El señor MONTES.-
No puede entenderse que un artículo ha sido aprobado por unanimidad cuando un señor Senador ha manifestado su abstención al respecto.
El señor PABLO (Presidente).-
Efectivamente, señor Senador.
Sugerí aprobar solo las disposiciones que lo fueron por unanimidad tanto en la Comisión de Hacienda como en la de Educación.
El señor JULIET.-
Muy bien.
El señor PABLO (Presidente).-
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En cuanto al artículo 13, la Comisión recomienda suprimir la frase final que sigue a la palabra "ello", y agregar un inciso segundo, nuevo. La Comisión de Educación aprobó, por unanimidad, el artículo, y la de Hacienda no le introdujo modificaciones. Es decir, corresponde aprobar la disposición, en conformidad al acuerdo adoptado recientemente.
-Se aprueba.
El señor MONTES.-
No obstante que el artículo 13 está dentro de las normas señaladas por el señor Secretario, desearíamos que se votara para fundar nuestro voto, por estar la disposición relacionada con otra que debemos tratar con posterioridad y con la cual no estamos de acuerdo.
El señor PABLO (Presidente).-
Entiendo que Su Señoría votó favorablemente este artículo en la Comisión.
El señor MONTES.-
Así es señor Presidente. Pero como más adelante se legisla sobre esta misma situación en un artículo al cual nos oponemos, deseamos fundar nuestro voto.
El señor PABLO (Presidente).-
Su Señoría puede expresar su opinión al respecto, pero, de todas maneras, la disposición fue aprobada.
El señor MONTES.-
Sólo deseo fundar mi voto.
El señor PABLO (Presidente).-
Puede dejar constancia de su punto de vista, señor Senador.
El señor VALENZUELA.-
¿Me permite una interrupción?
El señor PABLO (Presidente).-
Estamos en votación, señor Senador.
El señor VALENZUELA.-
Deseo aclarar el problema.
El señor PABLO (Presidente).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA.-
Al aprobar el criterio de la Comisión de Educación, implícitamente estamos aprobando también el título referente al "Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio", aspecto con el cual no concuerda el Honorable señor Montes. En caso de que el Senado aprobara el título a que me he referido, habría que aprobar la enmienda a que se refiere el señor Senador. Este es el problema.
Como en este momento hay el quórum necesario, ruego a la Mesa recabar el asentimiento de la Sala para insertar el documento mencionado en mi discurso.
-Se accede a dicha petición.
El señor MONTES.-
Entiendo que aún no ha sido aprobada la proposición formulada por el señor Secretario respecto del procedimiento.
El señor PABLO (Presidente).-
Fue aprobada, señor Senador.
Solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Montes pueda fundar su voto respecto del artículo 13.
El señor MONTES.-
Solicité el uso de la palabra inmediatamente después de escuchar la proposición de la Mesa, pero, en realidad, no conté con la celeridad del Presidente del Senado para aprobar el procedimiento. Por las razones expuestas anteriormente, estimamos conveniente votar el artículo 13.
El señor PABLO (Presidente).-
La Mesa no tiene inconveniente en solicitar el asentimiento de la Sala para acceder a su solicitud, pero cuando propuse a la Sala el procedimiento a que se refiere el señor Senador, Su Señoría se limitó a manifestar que los casos en que hubo abstenciones no podrían considerarse como aprobados por unanimidad, y Su Señoría votó favorablemente. Por lo tanto, no cabe la excepción señalada por el señor Senador.
Si le parece a la Sala, procederíamos a votar el artículo 13.
Acordado.
En votación.
-(Durante la votación).
El señor MONTES.-
Los Senadores comunistas votaremos contra la enmienda propuesta por la Comisión de Educación al artículo 13, por estar relacionado precisamente con la disposición signada con el número 23 del título "Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio". El título en referencia suprime la voluntariedad del trabajo parvulario gratuito e impone su obligatoriedad. Como somos contrarios a todos los artículos incluidos en el título mencionado, estimamos necesario aprobar la disposición que establece el trabajo voluntario en los jardines infantiles.
Deseamos señalar brevemente las razones de nuestra actitud.
Consideramos que en una sociedad como la nuestra, disposiciones de esta naturaleza pueden llevar a excesos imposibles de justificar, toda vez que se establece un sistema de trabajo obligatorio para la mujer chilena, desde los 18 años, con el propósito de prestar servicios en los jardines infantiles que se crearán por esta ley. Al respecto, debemos tener presente que, proporcionalmente, la inmensa mayoría de ellas son mujeres del pueblo, proletarias, a las cuales, en virtud de disposiciones legales, se las obligará a trabajar determinado número de horas diarias, por un lapso de tres meses, en forma gratuita y - repito- obligatoria. Si se negaren a realizar esas labores, serán sancionadas, de acuerdo con lo establecido en este mismo cuerpo legal.
Si seguimos el razonamiento o la filosofía inspiradora de esta disposición, nos preguntamos: ¿y por qué no el trabajo gratuito, ya no sólo para las mujeres, sino también para los hombres en los hospitales o en los asilos de ancianos de nuestro país? ¿Por qué no el trabajo gratuito de los hombres, desde los 18 años, para realizar tareas de urbanización en las poblaciones proletarias de Chile?
Con la misma base doctrinaria en que se afirma esta disposición sobre el trabajo obligatorio, podrían dictarse normas legales en el sentido que vengo señalando y, precisamente, porque no estamos de acuerdo con el fondo del problema, votaremos por el trabajo voluntario en los jardines infantiles. Es decir, estamos en contra de lo dispuesto en el artículo 23, fundados en las razones expuestas y, sobre todo, en los argumentos que expondremos cuando debamos pronunciarnos sobre dicho precepto.
Solicitamos votación, porque, a nuestro juicio, esas normas están íntimamente relacionadas. Rechazaremos la enmienda que desea introducirse al artículo 13 de la Comisión de Educación, a fin de que la posición anunciada concuerde con la que adoptaremos desde el número 23 en adelante.
Por lo tanto, voto que no.
El señor VALENZUELA.-
Los Senadores democratacristianos votaremos a favor de la modificación destinada a suprimir la frase final del artículo 13. Tal como lo expresé en la discusión general del proyecto, somos partidarios del servicio parvulario obligatorio para la mujer.
Hago presente que se trata de la mujer soltera, sin hijos, que no trabaje y que tenga 18 años de edad. Entonces, quedará exenta la que a los 25 años de edad no haya cumplido con esa obligación. Por lo tanto, no significa una carga muy pesada, pues, en todo caso, deberá desarrollar esa labor sólo por tres meses.
En el reglamento pertinente se establecerán las facilidades que se darán a quienes estén estudiando.
En consecuencia, si consideramos el beneficio que tal medida reportará, las dificultades serán mínimas.
Estoy de acuerdo en que esta obligación debería ser de carácter general. Estimo que tanto los hombres como las mujeres tenemos el deber de contribuir al bienestar de la comunidad. Pero ahora estamos abocados al estudio de un proyecto relativo a los niños, y son las mujeres quienes, por su calidad de tales, deben tener a su cargo el cuidado de aquéllos. Por eso, como dije en el debate general, aceptamos la indicación del Honorable señor Allende.
Voto que sí.
El señor ALLENDE.-
Después de oír las observaciones del Honorable señor Montes, anuncio que cuando se discuta el artículo 23 me haré cargo de los conceptos de principios en que Su Señoría fundó la negativa de los Senadores comunistas a la norma que nos ocupa.
Voto que sí.
-Se aprueba el artículo 13 en la forma propuesta por la Comisión (12 votos contra 3 y un pareo).
-De acuerdo con la norma general de procedimiento, se aprueba el artículo 15, nuevo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Comisión propone sustituir por otro el artículo 15 del primer informe, que pasa a ser 16.
La Comisión de Educación aprobó por unanimidad este precepto. Sin embargo, la de Hacienda, por mayoría de votos, sugiere sustituir, en el inciso primero, la palabra "trimestralmente" por "semestral- mente", y las expresiones ", Abril," e "y octubre", intercalando la conjunción "y" entre los vocablos "enero" y "julio".
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión de Educación, modificado por el de la de Hacienda en la forma señalada.
El señor MONTES.-
No.
El señor LORCA.-
Que se vote el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor PABLO (Presidente).-
La Sala deberá pronunciarse sobre el de la Comisión de Educación, entendiéndose que en seguida se votarán las enmiendas introducidas por la de Hacienda.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
No entendí nada.
El señor IBAÑEZ.-
No se entiende.
El señor PABLO (Presidente).-
La Comisión de Educación sugiere un artículo que ha sido enmendado por la de Hacienda.
El señor IBAÑEZ.-
Lo sustituye.
Propongo que se vote por un artículo o por el otro.
El señor PABLO (Presidente).-
La Comisión de Educación aprobó por unanimidad el artículo 16 consignado en su segundo informe. Sin embargo, la de Hacienda introdujo las enmiendas a que se refiere el señor Secretario. Se trata de un problema de financiamiento.
El señor ALLENDE.-
Se reduce el ingreso.
El señor CHADWICK.-
Es una cuestión de financiamiento.
La Comisión de Educación aprobó un precepto que impone la obligación de depositar anualmente el valor de cuatro cuotas de ahorro de la Corporación de la Vivienda. Tales depósitos deberán hacerse trimestralmente y se señalan los meses respectivos. Esta disposición se aprobó por unanimidad.
La Comisión de Hacienda limita ese aporte en dos cuotas semestrales. Por lo tanto, elimina los meses en que no corresponderá efectuar pagos.
El señor JULIET.-
Deseo saber si esta enmienda de la Comisión de Hacienda desfinancia el proyecto.
El señor ALLENDE.-
Sí, señor Senador.
El señor CHADWICK.-
En mi concepto, sí.
El señor PABLO (Presidente).-
Se vetará el informe de la Comisión de Educación, entendiéndose que si se aprueba, queda desechado el de la de Hacienda.
El señor IBAÑEZ.-
Si es rechazado, se aprueba el de esta última.
El señor PABLO (Presidente).-
Los señores Senadores que estén a favor del informe de la Comisión de Educación deberán votar afirmativamente.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor MONTES.-
Los Senadores comunistas votaremos a favor del segundo informe de la Comisión de Educación, porque permite disponer de mayores recursos.
La Comisión de Hacienda estableció en el primer informe que los patrones deberían depositar una cuota de ahorro COR- VI al año por cada obrero, lo que, en el volumen nacional, significaría un ingreso de 15 millones 700 mil escudos. Con posterioridad, esa cifra se elevó a dos.
El artículo de la Comisión de Educación obliga a depositar cuatro cuotas de ahorro anuales por obrero, lo que representa un financiamiento cercano a 60 millones de escudos al año.
A nuestro juicio, el financiamiento que otorga la norma de la Comisión de Hacienda es insuficiente, si consideramos que se trata de una legislación destinada a poner en marcha los jardines infantiles y el número de niños que deberá atenderse. Insisto: el financiamiento que otorga el artículo de la Comisión de Hacienda impedirá solventar los gastos que irrogará esta inmensa obra, sobre todo en los primeros años.
Voto que sí.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 7 votos por la afirmativa, 7 por la negativa y dos pareos.
El señor PABLO (Presidente).-
Deberá repetirse la votación.
El señor ALLENDE.-
Démosla por repetida.
El señor MONTES.-
No.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
-(Durante la votación).
El señor CHADWICK.-
Como manifesté en la votación anterior, estoy pareado. Sin embargo, me parece tan extraordinariamente grave que el Senado despache un proyecto de esta importancia -luego de discursos llamados a magnificarlo- otorgando recursos en absoluto insuficientes, que no puedo sino expresar la extrañeza que me produce confrontar la realidad de los hechos con la belleza de las palabras.
El señor REYES.-
La Comisión de Hacienda obliga a depositar el valor de dos cuotas de ahorro CORVI, en lugar de las cuatro establecidas por la de Educación.
En el primer informe de la Comisión de Hacienda se dispuso que la Junta Nacional de Jardines Infantiles se financiaría con el 1% del monto de las asignaciones familiares que pagan las cajas de previsión y entidades auxiliares -señala una excepción- y, además, con el aporte anual, por parte de los patrones, de una cuota de ahorro de la Corporación de la Vivienda por cada obrero. Este criterio se desechó. Entonces, en virtud de una indicación de los Honorables señores Valenzuela y Ballesteros y del Senador que habla, se acordó elevar a dos el número de las referidas cuotas de ahorro, prescindiéndose de lo relativo a las asignaciones familiares, con lo cual el financiamiento originalmente establecido por la Comisión de Educación se reduce al cincuenta por ciento. Sin embargo, sobre la base de los estudios sobre rendimiento realizados por la Comisión, parece perfectamente razonable que el proyecto disponga, inicialmente, un financiamiento de esa naturaleza, sin perjuicio de que con posterioridad se asignen recursos adicionales; es decir, una vez establecido un programa integral y aclarados los costos, que disminuirán con la indicación del Honorable señor Allende que estatuye el Servicio Gratuito Parvulario para las mujeres mayores de 18 años.
Por eso, considero justo apoyar el informe de la Comisión de Hacienda.
Voto que no.
-Se aprueba el artículo propuesto por la Comisión de Educación (8 votos contra 7 y 2 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Educación aprobó por unanimidad el artículo 17, nuevo. La de Hacienda, por su parte, acordó suprimir, en la letra a), la frase final, que dice: "Las donaciones no estarán sujetas, para su validez, al trámite de insinuación, cualquiera que sea su cuantía", sustituyendo el punto que la antecede por una coma.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Hay unanimidad.
-Se aprueba el artículo, con la modificación de la, Comisión de Hacienda-.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Educación aprobó por unanimidad el artículo 18, nuevo. La de Hacienda, por un doble empate, recomienda suprimirlo.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
-(Durante la votación).
El señor VALENZUELA.-
Votaré favorablemente el precepto, porque establece un financiamiento justo para los jardines infantiles. Quien posee un automóvil, un camión, un microbús o, en general, un vehículo de cuatro ruedas, es una persona con situación económica mediana o buena y, por lo tanto, está en condiciones de afrontar el pago de un recargo de 2 % sobre el valor total de las patentes de los vehículos motorizados. Es lógico que de esta manera contribuyan a la finalidad de dar a los niños los grandes beneficios establecidos en la ley en proyecto.
Voto que sí.
El señor ALLENDE.-
Este artículo simplificó una indicación que habíamos formulado en el sentido de gravar las pólizas de seguro de automóviles por daños a terceros.
Estoy de acuerdo. Voto que sí.
-Se aprueba el artículo (12 votos contra 2, 1 abstención y 2 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Comisión de Educación propone agregar un Título V, nuevo, relativo al Servicio del Trabajo Parvulario Gratuito Obligatorio.
La Comisión de Hacienda no se pronunció sobre este precepto. En la de Educación, se aprobó todo el Título con la abstención del Honorable señor Montes, salvo el artículo 28, que el mismo señor Senador rechazó.
El señor CHADWICK.-
Propongo votar todo el Título, salvo el artículo 28, y después pronunciarnos sobre éste.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la- proposición del Honorable señor Chadwick.
Aprobada.
En votación el Título V, con exclusión del artículo 28.
- (Durante la votación).
El señor MONTES.-
Al discutirse la modificación al artículo 13, expresamos nuestra oposición a las ideas contenidas en este Título, toda vez que crea un servicio obligatorio y gratuito del trabajo para todas las mujeres chilenas sin hijos, las que para ello deberán inscribirse dentro del plazo que se indica, en un sistema parecido al servicio militar.
Repito: somos contrarios a este tipo de normas, porque nuestro país no está en condiciones de afrontar un trabajo de esa naturaleza. Aún más: pienso que profundizará problemas como el de la cesantía de muchas mujeres de nuestro pueblo; y creará otros, en cuanto a la atención calificada de los niños en los jardines infantiles y, también, respecto de la organización nacional de todo el gran contingente de mujeres afecto al sistema.
En la Comisión se argumentó que estas disposiciones resolvían un problema de solidaridad de la mujer chilena, sobre todo por el empleo de mujeres de la clase alta que no trabajan y que, por ello, no cumplen con una tarea solidaria. Estimo que este tipo de problemas debe ser resuelto de otra manera.
Insisto en mi argumentación primitiva: si extendiéramos la idea contenida en este proyecto, podríamos caer en el vicio de crear servicios obligatorios gratuitos, no sólo para muj eres, sino también para hombres, en diversas actividades de nuestro país. Y nadie podría desconocer la validez que. ello tiene en cuanto a solidaridad ciudadana.
También fundamos nuestra posición en los acuerdos adoptados por el propio Comando Nacional de Jardines Infantiles, integrado por mujeres, que nos ha enviado una carta en la que expresan que "no es posible, en las condiciones actuales, propiciar una forma de servicio social gratuito que restará posibilidades de utilización de mano de obra disponible, como consecuencia de la aguda cesantía que afecta a los trabajadores y que, además, al afectar fundamentalmente a las muchachas que provienen de hogares modestos, que constituyen la mayoría de la población, agudizaría los problemas que afectan a sus grupos familiares, ya que postergará expectativas de capacitación profesional de esas jóvenes o, en la mayoría de los casos, los privará de su aporte económico por un período de por lo menos tres meses.
"Por otro lado, la imposición de apremios y castigos severos por el incumplimiento del servicio social obligatorio provocaría una reacción de rechazo que podría afectar incluso la causa por la que tanto hemos luchado, el establecimiento de Jardines Infantiles para nuestros hijos".
El artículo 28, que se votará separadamente, establece una pena para las mujeres que no cumplan esa obligación: no podrán ocupar cargo u oficio público ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerdan.
Este tipo de sanción tan grave, fue sensiblemente disminuida por la Comisión de Educación. Inicialmente, las penas iban desde la prohibición de obtener cédula de identidad hasta la prohibición de casarse.
El señor JULIET.-
No hay ninguna excepción tampoco.
El señor MONTES.-
A nuestro juicio, esta clase de preceptos, cuya importante finalidad de lograr solidaridad no desconocemos, debiera establecer la voluntariedad de ese servicio. De esta manera, las organizaciones populares, los partidos del pueblo, podríamos realizar labores para asegurar el funcionamiento de cada jardín en una población cualquiera. Al mismo tiempo, se garantizaría una atención real en correspondencia a las necesidades prácticas del jardín infantil. Creemos que toda obligación emanada de la ley,....
El señor PABLO (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor MONTES.-
....por no ser voluntaria, no representa de ninguna manera una expresión de solidaridad social. Por el contrario, podría acarrear, a nuestro juicio, males mucho mayores que los que se pretende superar mediante estas normas.
Voto que no.
El señor ALLENDE.-
Ruego a la Sala permitirme fundar el voto en este momento. Lo pido por ser autor de la indicación respectiva.
El señor PABLO (Presidente).-
Con la venia de la Sala, puede fundar el voto Su Señoría.
El señor ALLENDE.-
Muchas gracias.
En los largos años que llevo en el Senado, creo que es la primera vez que me corresponde discutir con los compañeros del Partido Comunista, desde el punto de vista conceptual, una indicación que lleva mi firma. Comprendo perfectamente bien su posición. Pienso que ellos comprenderán la mía, ya que tenemos un mismo pensamiento filosófico.
Es indiscutible que en un sistema socialista el sentido de la responsabilidad y de la solidaridad se expresa, como resultado de la conciencia formada, de manera voluntaria. He señalado, con la experiencia de mi viaje a los países socialistas pequeños, que si bien la conquista del poder para el pueblo es difícil, construir el socialismo es mucho más difícil y sacrificado. Sin embargo, se produce la entrega solidaria porque cada hombre y cada mujer comprende que ello es necesario, porque se está trabajando para todos y no, como sucede en el sistema capitalista, para una minoría.
Pero estamos frente a una realidad que, para mí, pesa extraordinariamente: el drama del niño chileno, la exigüidad de los recursos que se entregan para esta iniciativa tan importante. Los cálculos del Honorable señor Chadwick son escalofriantes: no alcanza a 1% la proporción de los niños que podrían ser amparados si se mantiene un ingreso tan pequeño. Y no existe elemento humano disponible para desempeñar técnicamente esa función. No existe la carrera de ayudanta en atención parvularia. En cambio, sí hay una cantidad enorme de gente que bien puede -y debe- entregar tres meses de toda su vida para hacer posible, siquiera, la atención de los niños que estarán en guarderías y jardines infantiles.
En cambio, no hay objeción para otras instituciones obligatorias tan importantes, o más, como la que estamos comentando. Cabría preguntarse por qué no se instituye el sufragio voluntario. O por qué el servicio militar es una obligación. No he oído a nadie decir que deba ser voluntario.
El señor IBAÑEZ.-
La educación es obligatoria.
El señor ALLENDE.-
También la educación es obligatoria..
Bueno; cuando un régimen o sistema no es capaz de crear una conciencia solidaria y tenemos una necesidad vital que encarar, me parece que podemos utilizar los resortes de una ley. Y no cabe duda de que, en el caso de que se trata, tal exigencia tiene la validez que ya se ha señalado en distintas intervenciones. Comprendo, y creo que es justo, que se disminuya al máximo la penalidad. En eso estoy de acuerdo con la observación que han formulado algunos señores Senadores. Pero pienso que razones muy válidas y hechos no refutados justifican la obligatoriedad, aun en la gestación de los Poderes Públicos, en la preparación para la defensa de la patria y en la educación.
Por lo tanto, debe imponerse por ley mientras no se haya formado conciencia, la defensa del futuro de Chile, que son sus niños.
Voto que sí.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, los Senadores democratacristianos votaremos favorablemente el Título V.
Aparte las razones que di en la discusión general del proyecto y también cuando fundé mi voto para suprimir la frase final del artículo pertinente al servicio voluntario, quiero señalar que, para nosotros, estas disposiciones, relativas al servicio del trabajo parvulario gratuito obligatorio de la mujer, encierran también un profundo sentido pedagógico, pues este servicio formará en la mujer joven de nuestro país una conciencia de solidaridad social, que es fundamental para la juventud de nuestra patria.
Será un timbre de honor para la mujer joven servir a su país durante tres meses de su vida, al cuidado de los niños de nuestra patria. Eso es algo de extraordinaria importancia y a juicio nuestro significa sin duda alguna una gran posibilidad de ir barrenando las diferencias sociales, de ir estructurando una sociedad nueva, sin las grandes diferencias que existen en el sistema capitalista. Para los jóvenes chilenos, el servicio militar obligatorio es también un título de honor. Y así como ellos van a los cuarteles a aprender lo necesario para defender a nuestra patria en el caso hipotético de una guerra -Dios mediante, ojalá que nunca suceda-, para la mujer habrá de ser de gran trascendencia cumplir la obligación de atender a los niños.
Por eso, hemos aprobado con entusiasmo esta idea del Honorable señor Allende,
Voto que sí.
El señor IBAÑEZ.-
A propósito de esta disposición, ha dicho el Honorable señor Montes que no hay solidaridad voluntaria y ha puesto mucho énfasis en la necesidad de que esas labores sean atendidas por personas rentadas.
No creo que pueda resultar un argumento convincente proponernos una solidaridad basada en puestos rentados. Además, el señor Senador nos ha leído una carta que deja la impresión de haber sido redactada por personas que ya están postulando a ocupar cargos, como lo señaló el Honorable señor Aguirre Doolan, en la frondosa burocracia que pueda crearse en ese organismo antónomo.
A mí me extraña, realmente, la actitud de los señores Senadores comunistas.
La señora CAMPUSANO.-
¿Me permite?
El señor IBAÑEZ.-
En definitiva, el Honorable señor Montes nos ha colocado ante una disyuntiva: o se ayuda a esos funcionarios potenciales que atenderían el servicio que se crea, o, como bien lo señaló el Honorable señor Allende, se ayuda a los niños mediante un trabajo obligatorio y gratuito que tendrían que realizar las jóvenes de nuestro país.
Me parece que no es posible vacilar en tal alternativa. No estamos creando ese organismo para que haya más puestos públicos y dar oportunidades a los prosélitos de determinado partido. Si dictamos la ley en debate, es para favorecer a la niñez chilena.. Estimo que la proposición del Honorable señor Allende, al permitir que se obtenga el concurso de toda la juventud, es un aporte muy positivo para que la ley sea viable, habida cuenta de que, como bien lo señaló el Honorable señor Chadwick, los recursos de que se dispondrá serán escuálidos para las altas finalidades que se persiguen.
En consecuencia, pensando en los niños que se quiere proteger, y no en los nuevos burócratas que andan tras las oportunidades, votamos a favor de todo este Título.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, no pongo en duda la generosidad, el propósito que ha inspirado al Honorable señor Allende al presentar esas indicaciones. Comprendo perfectamente la idea. Pero no puedo dejar de estar completamente de acuerdo con las ideas expresadas por el Honorable señor Montes.
Hay algo dramáticamente decisorio para nosotros: es el tipo de sociedad que aplica el trabajo obligatorio. Es algo que no podemos eludir.
Pienso que el Honorable señor Ibáñez no me podrá comprender jamás en esta materia. Su Señoría tiene una idea polar- mente distinta de la nuestra. No admite que la sociedad se caracteriza, en la base de la producción, por una separación de clases radicalmente opuestas. El señor Senador no lo cree.
El señor IBAÑEZ.-
¿Por qué está tan seguro de mis creencias, señor Senador?
El señor CHADWICK.-
Porque lo he oído muchas veces y sé lo que es.
El señor IBAÑEZ.-
Las suposiciones no tienen que ver con mi pensamiento.
El señor CHADWICK.-
Parece que su pensamiento está perfectamente caracterizado en sus palabras, que no tienden a disminuirlo sino a ubicarlo, según mi manera de enunciar el problema social. Soy absolutamente claro. No sé si Su Señoría me ha entendido.
Bien. Como lo he dicho, no puedo dejar en silencio mi adhesión a todo lo que expresó el Honorable señor Montes. Pienso que el Honorable señor Allende me excusará que le diga que, si reexamina el planteamiento general, podrá cambiar de idea.
Me abstengo.
El señor PABLO (Presidente). -
Su Señoría está pareado.
El señor NOEMI.-
Señor Presidente, seré muy breve.
Naturalmente, voto que sí, basado en las mismas razones que ha expuesto el Honorable señor Valenzuela al fundar su voto, sin compartir, por cierto, las del Honorable señor Ibáñez.
El señor LORCA.-
Confieso que estoy anonadado, porque, en verdad, las expresiones del Honorable señor Chadwick revelan que su concepto de la sociedad sin clases, del mundo socialista, le impide darse cuenta de lo que es la mujer chilena, a pesar de que un comando de mujeres de su propia tendencia ha estado de acuerdo con la idea que ahora se vota.
Muchos oradores han intervenido en este debate, pero debe considerarse el tono con que pronuncian sus palabras. Cuando se habla del trabajo obligatorio, parece que quisiera darse a entender que se trata de un trabajo forzado por años, de por vida, bajo una dictadura.
Pero aquí se trata de una obligación legal para las mujeres de 18 años que no tienen hijos y que no trabajan, o sea, que no tienen ning��n problema. Sin ser poeta, estoy seguro de que las mujeres tienen en su corazón a un niño; de que sueñan con tenerlos y con enseñar con ariior a los niños....
El señor CHADWICK.-
Por su voluntad.
El señor LORCA.-
No sé cómo son otras sociedades que rigen en el mundo. He estado en la Unión Soviética, en Rumania, en Hungría, en Alemania, en Cuba. No sé si allí todo es música celestial.
El señor CHADWICK.- Es otro tipo de sociedad.
El señor LORCA.-
.... ni si todo se hace por amor a la sociedad. Tengo mis dudas. Creo que debe haber algo obligatorio, leyes que obligan. Supongamos que allí todo sea amor. Pero la nuestra es una sociedad de régimen capitalista, burgués, con hombres egoístas. Sin embargo, durante veinte o treinta años, como decía el Honorable señor Allende, esos hombres han vivido preocupados del niño.
Se trata ahora de llevar adelante una ley que favorecerá a los niños de hasta seis años. ¿Qué pretendemos? Que muchachas de dieciocho años se preocupen del cuidado de esos menores. No sé si los señores Senadores tienen hijas de dieciocho años....
El señor CONTRERAS.-
Tengo hijos, no hijas.
El señor LORCA.-
Todas las jóvenes de dieciocho a veinte años están preocupadas de los niños; muchas cuidan a sus hermanos menores. Pero a los que pensamos en esta forma poco menos que se nos hace aparecer actuando como en la época de las cavernas, con criterio retrógrado; como si dijéramos que a las mujeres habría que amenazarlas con fusil en mano para obligarlas a cuidar niños.
Quiero expresar a los señores Senadores, respetando los puntos de vista de todos, que no están interpretando a la mujer chilena. Y pido perdón por esta expresión, pues en la Sala hay una Senadora y una Diputada, que pueden interpretar mejor a la mujer chilena.
Pero uno, con lo poco que ha vivido....
La señora CAMPUSANO.-
No diga que ha vivido poco, Honorable Senador.
El señor LORCA.-
Digo poco, porque tengo menos de 80 años....
Pienso que los señores Senadores, cuando plantean estas cuestiones de tipo doctrinario, no recuerdan a los países que admiran y siguen, donde, como ellos saben, no todo es música, amor y arte. También hay leyes que tienen carácter obligatorio. No me explico de qué otro modo avanzarían los pueblos.
Pero no nos engañemos. Aquí se trata de que las mujeres de 18 años de edad, durante tres meses de su vida, enseñen gratuitamente a los niños -sin afectar a su economía, porque no trabajan; ni a sus hijos, porque no los tienen-, aportando algo de esfuerzo a su patria.
Por eso, creo que es un error no votar favorablemente el artículo, que ha sido propuesto por un hombre que ha vivido preocupado por el pueblo y la juventud de su patria, como es el Honorable señor Allende.
El señor IRURETA.-
Señor Presidente, como entiendo que los "versos" del Honorable señor Ibáñez acerca de la creación de empleos están dedicados al Partido Demócrata Cristiano, quiero dejar constancia de un hecho que es público.
El señor IBAÑEZ.-
Me referí expresamente al Honorable señor Montes.
El señor ALLENDE.-
Estamos en votación.
El señor VALENTE.-
El Honorable señor Ibáñez olvida que nosotros no somos Gobierno.
El señor PABLO (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos.
El señor IRURETA.-
Desde hace cuatro años, y sólo bajo el actual Gobierno, está vigente una circular que prohibe llenar cualquier vacante que se produzca en la Administración Pública, sin previo visto bueno de la Dirección de Presupuestos o del Ministerio de Hacienda y, en muchos casos, incluso del Presidente de la República, quien suele preocuparse personalmente de estas materias. A ese extremo ha llegado el escrúpulo del Ejecutivo y del partido de Gobierno en cuanto a la provisión de cargos públicos.
Dejo constancia de este hecho, porque no me parece justo crear sospechas al pasar, sin precisarlas mayormente, en circunstancias de que nuestra conducta invariable ha sido precisamente la contraria.
En estos momentos, hay más de 7 mil vacantes sin llenar, en forma bastante notoria, en la Administración Pública, por el afán de este Gobierno de ser estricto en la materia.
Era cuanto deseaba aclarar.
Voto que sí.
La señora CAMPUSANO.-
Señor Presidente, como el Honorable señor Montes planteó ya la posición de los Senadores comunistas en esta materia, en realidad no habría necesidad de que yo también abordara el tema. Pero el Honorable señor Ibáñez ha tenido una intervención -perdóneseme la palabra- bastante desgraciada, al referirse a determinado comando de jardines infantiles. El señor Senador, haciendo uso de un derecho que nadie le puede negar, ha opinado respecto de la indicación en debate y se ha expresado sobre dicho comando en forma muy desusada, propia de quien ha vivido en la opulencia, y con profundo desprecio hacia los que luchan y trabajan.
El señor IBAÑEZ.-
Con bastante conocimiento de la política.
La señora CAMPUSANO.-
No conoce mucho; y de trabajo sabe muy poco.
Puedo informar a Su Señoría que la señora Mireya Baltra, que firmó este documento y es presidenta del comando en referencia, durante toda su vida, desde niño, ha trabajado como suplementera, es decir, se ha ganado la vida honradamente. Ahora, el pueblo, los trabajadores, la han llevado al alto sitial de parlamentaria. Por consiguiente, ni ella ni ninguna de las otras personas que firman el documento tienen la calidad de postulantes. Por lo demás, el cargo de parvularia no es para enriquecer a nadie, si es que en este caso fuera pagado.
Quiero decir también al Honorable señor Ibáñez que el Partido Comunista es la colectividad a la cual menos se puede atribuir, a lo largo de su existencia, la condición de tener ingerencia en la Administración Pública.
Por otra parte, el Honorable señor Lorca ha dicho que él interpreta a la mujer chilena. Pero en 1964 Su Señoría también la interpretó, cuando su partido ofreció dar todo a la mujer, sin responder al ofrecimiento hecho. Por eso, quiero expresar al señor Senador que, si ahora visita las comunas y habla con las mujeres, muchas de ellas le dirán que no están de acuerdo con su interpretación.
Voto que no.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, en gran parte del articulado de este proyecto se habla de que los jardines infantiles estarán a cargo de parvularias y enfermeras auxiliares, pero las disposiciones que estamos discutiendo entregan esta responsabilidad a las mujeres de nuestro pueblo, o sea, a las muchachas que han cumplido 18 años de edad.
Nosotros, al sostener que los jardines infantiles deben ser atendidos por personal especializado, lo hacemos teniendo en cuenta dos razones fundamentales. Ante todo, queremos terminar con la cesantía existente en el personal de parvularias, el cual, después de años de egresar de las universidades, en su gran mayoría carece de ocupación para ganarse el sustento diario. En seguida, como se trata de una experiencia nueva en nuestro país, es indispensable entregar esta responsabilidad a personal idóneo. El artículo 23 establece el servicio de trabajo parvulario gratuito y obligatorio, que se regirá, según el texto del proyecto, "por las disposiciones del presente Título". Estamos de acuerdo con lo consignado en esta disposición, en razón de lo que aquí se ha dicho, en el sentido de que en los países socialistas y en otros existen leyes que obligan a los ciudadanos a cumplir ciertos deberes. En lo que no concordamos es en que esas obligaciones las cumplan personas sin experiencia ni conocimientos.
Aquí se ha aludido a la bondad y a la conciencia, como factores que deben imperar entre las personas que atenderán los jardines infantiles; pero hemos olvidado que estamos divididos en clases sociales y, que, aun cuando hay colegas que pretenden interpretar a la mujer, resulta muy difícil que los hombres podamos hacerlo, ya que en la vida desempeñamos funciones distintas.
El señor LORCA.-
¿Cree el señor Senador que Pablo Neruda no interpreta a la mujer en sus versos?
La señora CAMPUSANO.-
Pero él no dice que la está interpretando.
El señor LORCA.-
Pero es hombre, además de poeta.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, yo no soy poeta. No podría interpretar a la mujer desde el punto de vista en que lo hacen los poetas o aspirantes a tales. Yo no tengo nada de poeta, ni mucho menos; pero quiero, sí, interpretar en estos instantes la realidad social de nuestro país. Por eso, me pregunto: ¿ podrá la ley imponer esa obligación a la mujer acomodada? ¿Irá esa persona, con cariño y esmero, a una población "callampa" a cuidar al hijo del proletario?
El señor IBAÑEZ.-
Sí.
El señor CONTRERAS.-
La experiencia nos dice precisamente lo contrario, Honorable señor Ibáñez.
Estamos divididos en clases sociales, y las más altas de nuestro país, desde la época de la Independencia y a lo largo de toda la existencia de la nación, han sentido un manifiesto desprecio por los hijos de los trabajadores y por la mujer obrera, que a temprana edad debe laborar para atender a sus necesidades esenciales y ayudar al mantenimiento de su hogar.
Por otro lado, observamos la experiencia de las sociedades mutualistas. ¿Cuánta gente se sacrifica para cumplir en esas organizaciones? Muy poca.
En síntesis, nosotros no estamos defendiendo cargos públicos, sino expresando nuestro anhelo de que las funciones de que trata el artículo en debate sean atendidas por personal eficiente y capacitado, y de que las parvularias que egresan anualmente de las universidades tengan la seguridad de una ocupación que les permita ganarse el sustento diario.
Por eso, votamos en contra del artículo.
-Se aprueba el Título V, excepto el artículo 28 (10 votos contra 6 y 3 pareos).
El señor PABLO (Presidente).-
Advierto a la Sala que el artículo 29 tiene relación con el 28; de manera que se podrían votár en conjunto.
Si le parece a la Sala, daré por aprobados ambos artículos, con la misma votación anterior.
El señor CONTRERAS.-
No.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
-(Durante la votación).
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra.
El señor PABLO (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Chadwick pueda fundar su voto en primer lugar.
El señor IBAÑEZ.-
Así no terminaremos nunca.
El señor CHADWICK.-
Sólo deseo fundar el voto.
El señor ALLENDE.-
Reglamentariamente no se le puede prohibir que lo haga.
El señor PABLO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Quiero que se me oiga antes de proceder a votar el artículo 28, pues tengo la obligación de prevenir al Senado acerca del error manifiesto que hay en el tipo de sanción que este precepto establece.
Se está imponiendo una pena que, legalmente, corresponde a la de crimen.
El señor LORCA.-
Pena accesoria.
El señor CHADWICK.-
Puede ser principal también.
Dice la disposición que "no podrán ocupar cargo u oficio público ". Esta es una inhabilitación absoluta y perpetua.
En seguida, se impone una pena que no existía en nuestra legislación y que señala un precedente funestísimo: "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerdan". Creo que esto no ha sido meditado.
Ruego al Senado rechazar esta disposición.
En seguida, aprovecharé el tiempo que se me ha concedido para contestar al Honorable señor Lorca. Si Su Señoría, como poeta, cree que en el corazón de toda mujer hay un niño...
El señor LORCA.-
No he dicho que sea poeta.
El señor CHADWICK.-
Bueno, no importa.
El señor LORCA.-
¡Cómo no va a importar !
El señor CHADWICK.-
Lo que me interesa es la figura literaria usada por el señor Senador, que me parece muy fina.
El señor LORCA.-
Eso está mejor....
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, pido que se respete mi derecho.
Si el Honorable señor Lorca cree eso, le pido que comprenda nuestro punto de vista. Nosotros no estamos en contra del trabajo voluntario; en contra de que la mujer, en razón de la espontaneidad de su afecto, del cariño profundo que siente por los niños en su primera edad, concurra voluntariamente. Estamos en contra, sí, del precedente funestísimo de establecer el trabajo forzado, obligatorio, en este tipo de sociedad.
El señor ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor PABLO (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que pueda fundamentar de inmediato su voto el Honorable señor Allende.
Acordado.
El señor ALLENDE.-
En primer lugar, deseo hacer presente que en ningún caso, aprobado el Título Y, sobre trabajo obligatorio, las guarderías infantiles o jardines infantiles dejarán de estar a cargo de personal técnico. Yo, que soy médico, no habría formulado jamás indicación en ese sentido, porque cualquier profesional sabe que únicamente especialistas deben estar a cargo de tales organismos.
Con todo el afecto y respeto que siento por el Honorable señor Contreras, debo explicar a Su Señoría que las auxiliares parvularias dependerán de los técnicos, es decir, de las orientadoras y especialistas en educación parvularia, de sicólogos y médicos.
Según el concepto pedagógico moderno, la atención que debe prestarse requiere de una persona por cada seis o siete niños. ¡ Calculen Sus Señorías, si no recurrimos a esta posibilidad, el número de funcionarios que deberíamos considerar para atender a la crecida población infantil que es necesario cuidar!
Insisto -deseo que quede bien en claro- en que el trabajo de jardines y guarderías debe estar a cargo de personal especializado, bajo cuyo control y orientación trabajarán las asistentes parvularias.
En seguida, deseo referirme al aspecto de la penalidad. Sus Señorías saben que soy médico. Por eso, me hice asesorar por personas que conocen muy bien el mecanismo legal, quienes opinaron que no se trata de una pena a perpetuidad, pues prescribe al cumplirse 25 años de edad. Sin perjuicio de esto, en cualquier momento pueden quedar sin efecto las sanciones por el solo hecho de cumplir el servicio parvulario por el tiempo señalado en la ley. No se trata -repito- de una condena a perpetuidad, sino de una sanción limitada, que prescribe a los 25 años.
Voto afirmativamente.
El señor NOEMI.-
Pido la palabra.
El señor PABLO (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que pueda fundamentar de inmediato su voto el Honorable señor Noemi.
Acordado.
El señor PABLO (Presidente).-
Hago presente a Su Señoría que ya estamos en votación.
El señor LORCA.-
Por unanimidad podría acogerse la petición del Honorable señor Noemi.
El señor NOEMI.-
Sí, sería posible.
El señor NOEMI.-
Si bien es cierto que el artículo 28 prevé ciertas penas para las mujeres que infrinjan las obligaciones anotadas, en el artículo siguiente -como señaló el Honorable señor Allende- se establecen dos medios que permiten liberarse de ellas: servir tres meses como asistente parvularia, o como lo prescribe el inciso final, cumplir 25 años de edad.
En todo caso, solicito dividir la votación del artículo 28, a fin de pronunciarnos separadamente respecto de la primera frase, hasta la palabra "público". O sea, la disposición quedaría únicamente en los siguientes términos: "Las mujeres que infringieren las obligaciones impuestas por este Título no podrán ocupar cargo u oficio público". En seguida, habría que votar la oración "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerden".
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo en tal sentido?
El señor ALLENDE.-
Sí, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
Acordado.
El señor JULIET.-
Y quizás -si me permite el señor Presidente- también lo habría para modificar la redacción del artículo 28, respecto del cual me parece que está en la razón el Honorable señor Chadwick y, a la vez, es clara la intención que le ha asignado el Honorable señor Allende.
Podríamos coordinar los artículos 28 y 29, pues de lo contrario estableceríamos una pena a perpetuidad.
Comprendo -repito- la intención del Honorable....
El señor CHADWICK.-
Son dos disposiciones distintas.
El señor JULIET.-
.... señor Allende; pero no podemos despachar un precepto de esta naturaleza, que establece una sanción propia de delitos de otra índole.
Podríamos autorizar a la Mesa para modificar la redacción del artículo 29 en el sentido de que la pena se extingue al cumplir
la infractora 25 años de edad.
El señor ALLENDE.-
Perfecto.
El señor IRURETA.-
Exacto.
El señor CHADWICK.-
De lo contrario, queda como pena perpetua.
El señor IRURETA.-
Con la indicación del Honorable señor Juliet, la sanción prescribe a la edad señalada.
El señor ALLENDE.-
Esa fue la intención. Comencé por advertir a Sus Señorías que, por suerte y por desgracia, soy médico.
El señor -JULIET.-
Debe corregirse la redacción del inciso segundo del artículo £9, La idea es que no se aplicará la sanción después de los 25 años.
El señor IRURETA.-
No, se entiende extinguida a los 25 años. Es decir, el artículo 29 establecerá que una forma de purgar la pena es la de desempeñar servicio en forma gratuita, durante tres meses, como asistente parvularia; y otra, en todo caso, la de cumplir 25 años.
La señora CAMPUSANO.-
- Habría que votar, de todas maneras, la frase que dice "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerden", porque la mujer chilena no jubila a los 25 años de edad, sino a los 55. Y todavía el Gobierno pretende subir ese requisito a 60 años. Esta parte, relativa a beneficios previsionales, no está bien.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Esa parte se votará separadamente, señora Senadora.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para aprobar el artículo 28 excluyendo la frase final?
El señor CONTRERAS.-
Que se vote.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Se ha hecho presente la posibilidad de refundir los artículos 28 y 29 y de suprimir la frase "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerden". De esta manera, el inciso segundo del nuevo artículo refundido establecería lo siguiente:
"Todas las contravenciones al presente Título serán purgadas mediante la realización de funciones como asistente parvularia, en forma gratuita, durante el lapso de tres meses, a lo menos. En todo caso, la pena se extinguirá al cumplir la persona'25 años de edad". .
El señor CONTRERAS.-
Pero, ¿qué ocurre en los siete años intermedios?
El señor PABLO (Presidente).-
Se aplica la sanción.
El señor IRURETA.-
Puede librarse cumpliendo tres meses de servicios.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Hay dos maneras de librarse.
El señor CHADWICK.-
Ruego al Honorable Senado considerar mi observación. En la medida en que uno medita sobre el alcance del precepto, concluye que, una vez promulgada la ley, se crearán los mayores problemas.
Ninguna mujer menor de 25 años - con esta nueva redacción- podrá ocupar puesto alguno en reparticiones fiscales sin contar con un certificado que acredite haber cumplido el servicio como asistente parvularia. Como no habrá suficiente número de establecimientos para cumplir dicho servicio,....
El señor JULIET.-
Ni funciones qu3 ejercer.
El señor CHADWICK.-
.... ni funciones que ejercer, como acota el Honorable señor Juliet, se originarán grandes dificultades. Hemos visto que los recursos de que se dispondrá en el primer año sólo permitirán atender a 0,14% de la población.
El señor NOEMI.-
¡Pasan a la reserva sin instrucción!
El señor CHADWICK.-
En estas circunstancias, ninguna mujer podrá ser funcionaría pública mientras no acredite haber cumplido su obligación, porque la Contraloría General de la República objetará la inhabilidad, la omisión de haber satisfecho ese requisito.
El señor JULIET.-
Desde la promulgación de la ley.
El señor CHADWICK.-
Exactamente, a partir de esa fecha.
El señor PABLO (Presidente).-
En el número 3° del artículo 26 está previsto el caso de que se inscriba un número de aspirantes a asistentes parvularias superior al que requiere el servicio. En tal caso, se procederá a un sorteo.
El señor CHADWICK.-
Deberá hacerse un sorteo nacional.
El señor PABLO (Presidente).-
Por circunscripciones, como en el servicio militar.
El señor JULIET.-
Aun cuando Su Señoría ha hecho un alcance muy atinado, creo que el Honorable señor Chadwick tiene toda la razón. El número 39 soluciona el problema que se presentaría de haber mayor número de aspirantes que el requerido por el servicio; pero no olvidemos que la ley se aplicará a todas las mujeres menores de 25 años. En consecuencia, a las que no hayan sido sorteadas y, en consecuencia, no hayan cumplido el servicio, se les aplicarán las sanciones previstas en el artículo 28.
El señor PABLO (Presidente).-
A mi modo de ver, las proposiciones están claras. Sus Señorías podrán votar por la aprobación o rechazo, pero debemos pronunciarnos.
En todo caso, hago presente que, si no se establece alguna sanción, la obligatoriedad pierde todo sentido.
En votación el artículo, en los términos propuestos anteriormente.
Si le parece a la Sala, se suprimirá la frase que dice "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerdan".
Acordado.
Igualmente, si le parece a los señores Senadores, se refundirán los artículos 28 y 29.
El señor MONTES.-
No.
El señor PABLO (Presidente).-
Sólo para los efectos de la votación. Se suprimió la frase que merecía objeciones a Sus Señorías.
El señor MONTES.-
¿Cómo quedaría artículo?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Ya se acordó suprimir la frase relativa a los beneficios previsionales. El artículo que se vota quedaría redactado de la siguiente manera:
"Las mujeres que infringieren las obligaciones impuestas por este Título no podrán ocupar cargo u oficio público.
"Todas las contravenciones al presente Título serán purgadas mediante la realización de funciones como asistente parvularia, en forma gratuita, durante el lapso de tres meses a lo menos. En todo caso, la pena se extinguirá al cumplir 25 años la persona obligada."
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor MONTES.-
En estos breves minutos de que disponemos para el fundamento del voto, reiteramos nuestro juicio de que todo el Título ya aprobado, con el "cogollo" que ahora votamos, es una aberración.
Se ha dicho que no hay elementos disponibles y que, por ello, el trabajo obligatorio de la mujer es absolutamente necesario. Creo que en estos instantes los dueños de industrias, obligados por el Código del Trabajo a mantener salas-cunas para atender en determinadas condiciones a los hijos de las obreras, están de pláce- me,....
El señor VALENTE.-
¡Felices!
El señor MONTES.-
.... pues se les otorgará trabajo gratuito para cumplir tal exigencia, en circunstancias de que ellos deberían financiar ese servicio. Los capitalistas simplemente aprovecharán el trabajo gratuito de las personas obligadas. ¡Sin embargo, algunos piensan que haremos un favor a las mujeres de este país al aprobar esta disposición!
Por otra parte, insistimos en nuestro criterio de que estas labores no pueden ser sino voluntarias. No concebimos que una mujer obligada por una disposición legal, por el temor a las sanciones que aquí se establecen, vaya a cuidar "amorosamente" a niños que -como aquí ha dicho un señor Senador- no desea cuidar. ¿Cómo resolver este problema de conciencia -nosotros diríamos que de disposición del corazón- de una mujer o grupo de mujeres que no está de acuerdo, que no desea hacerlo, pero que es obligada por disposiciones legales tan categóricas como ésta, bajo el apercibimiento de una sanción?
A nuestro juicio, muchas de las actividades que se realizan en un país pueden ser obligatorias, como el servicio militar, por ejemplo; pero jamás se nos ocurriría presentar un proyecto de ley para declarar que las funciones del Cuerpo de Bomberos deban serlo.
Es muy distinta la obligatoriedad de la educación a las funciones obligatorias que deberían desempeñar los ciudadanos.
Ya que algunos señores Senadores han hecho referencia a países socialistas, yo pregunto, ¿qué habría significado el trabajo voluntario bajo el régimen de Batista en Cuba? No habría tenido otro significado que la peor coerción que pudiera haberse ejercido sobre los trabajadores de ese país. En relación con el corte de caña, por ejemplo, ¿cuál es la situación que hoy día se observa bajo el régimen socialista de Fidel Castro? Millones de trabajadores, en forma voluntaria, van a cortar la caña de azúcar. Y aunque algunos no crean en esa voluntariedad, estamos convencidos de que ése es el único camino. En nuestro país, en cambio, somos contrarios a establecer este sistema voluntario obligatorio para desempeñar la delicada misión de cuidar niños ajenos, niños de otras mujeres, sobre todo por parte de mujeres del pueblo.
Por tales consideraciones, estimamos que establecer este tipo de penalidades es aberrante y profundamente reaccionario. En la práctica, significa imponer una obligación y, sobre ella, una penalidad, cuyo resultado será alejar a la mujer de la posibilidad de cumplir, en forma realmente amorosa -como ha dicho aquí un señor Senador-, la tarea de cuidar en los jardines infantiles a los hijos de otras mujeres del pueblo. Nos oponemos a ello con toda nuestra fuerza, porque estamos del todo seguros que defendemos la doctrina. que debe imperar e imponerse en relación con el artículo que estamos discutiendo.
Por otra parte, nos asisten serias dudas acerca de si estas disposiciones han sido suficientemente estudiadas. Diría que en la Comisión de Educación, donde se aprobaron tales preceptos, hubo más bien, de parte de los Senadores democratacristianos que los aceptaron, una especie de júbilo repentino y espontánea inflamación respecto de lo que se denomina "amor por el niño" para establecer la obligatoriedad en el cumplimiento de esta clase de funciones de las mujeres. A mi juicio, no han sido suficientemente estudiadas tales disposiciones; de manera que al aprobar los artículos, estamos incurriendo en un acto que podría conducirnos a no hacer realmente justicia, que es precisamente lo que deseamos.
Voto que no.
El señor JULIET.-
Voto que no, porque creo que la disposición constituye una monstruosidad.
La opinión pública quedará convencida de que el Senado está legislando en forma demasiado acelerada.
El señor NOEMI.-
Las disposiciones, que han tenido su origen en indicaciones del Honorable señor Allende, no van a originar los problemas señalados por el Honorable señor Montes en el sentido de que las empresas obligadas a mantener salas- cunas se librarán de esta obligación por el hecho de que éstas deberán ser atendidas de manera gratuita por las mujeres entre 18 y 25 años de edad.
El señor MONTES.-
No me referí a las salas-cunas.
El señor NOEMI.-
Eso no va a ocurrir, señor Senador, porque el sistema, como lo establece el artículo 25, será reglamentado.
El señor MONTES.-
El artículo 25 se refiere a las salas-cunas.
El señor NOEMI.-
Si, pero se trata de las salas-cunas dependientes de la Junta, no de aquellas que corresponde mantener a los empresarios. En ningún caso el reglamento se referirá a éstas. Estoy seguro de que ello no ocurrirá.
El señor MONTES.-
Va a ocurrir.
El señor NOEMI.-
Por lo tanto, habiéndose acordado dividir la votación respecto de la frase "ni obtener los beneficios previsionales que las leyes acuerdan", lo cual también significaría una especie de castigo, votaré afirmativamente.
El señor IBAÑEZ.-
Ante todo quiero agradecer la franqueza de nuestro colega el Honorable señor Contreras. Siempre he celebrado su estilo directo y sin ambages. Nos ha dicho que hay cesantía entre las egresadas de las escuelas de parvularias de la Universidad, y que es necesario crear cargos para ellas. No concuerdo con tal opinión, pero es respetable. Prefiero que los dineros que se dedicarán a pagar a esas personas se utilicen para atender a mayor número de niños. Creo que mi opinión es, por lo menos, tan respetable como la del señor Senador.
Sin embargo, de lo que han expresado los Senadores comunistas, queda de manifiesto el temor que tienen de que grupos sociales que ellos han denostado y respecto de los cuales han mostrado un extraordinario empeño por dar una imagen absolutamente falsa respecto de sus actitudes, pudieran demostrar, mediante esta iniciativa, un desinterés y una generosidad que echará por tierra lo que ellos tan empecinadamente han sostenido a lo largo de su vida política.
En relación con este punto en debate, concuerdo plenamente con el señor Presidente del Senado en cuanto a que el cumplimiento de las obligaciones legales requiere de la existencia de sanciones para quienes tratan de burlarlas. Sin embargo, en este caso, votaré en contra de las sanciones, porque me interesa mucho demostrar, dada la forma como se ha planteado el debate, que hay quienes, sin sanción de ninguna especie, en un gesto absolutamente voluntario, son capaces de demostrar esa solidaridad real de que aquí tanto se habla y de la cual tanto alarde se hace.
Por este motivo, y con el objeto de que haya absoluta libertad para acogerse o no acogerse a esta obligación sin temor de sanciones, voto en contra. Ya veremos cuál es el comportamiento de los distintos grupos sociales cuando se les plantee una tarea clara y específica como ésta.
El señor MONTES.-
¡Buen desafío!
El señor REYES.-
Las modificaciones introducidas han mejorado el texto del proyecto; pero sigue siendo deficiente su articulado. Sin embargo, tengo la certeza de que, mediante el veto, se corregirá fundamentalmente.
Voto que sí.
El señor LORCA.-
También votaré favorablemente el artículo en debate, en el entendido -como ha dicho el Honorable señor Reyes- de que el veto mejorará su redacción.
No pretendo abrir debate en torno de esta materia, porque sería absurdo. Sin embargo, deseo recoger las observaciones del Honorable señor Montes.
No siempre los ejemplos son de los más felices. Tal es el caso de la labor que cumple el Cuerpo de Bomberos, que es voluntaria. No hay duda de que no puede haber comparación entre esta actividad y la de cuidar niños, porque es algo totalmente distinto.
La señora CAMPUSANO.-
Pero hay niños que se queman.
El señor LORCA.-
El heroísmo de los bomberos prestigia a Chile. Hay que tomar en cuenta que ese cuerpo es uno de los pocos en. el mundo que tienen carácter voluntario. Se los denomina "los caballeros y los héroes del fuego". La labor que se propone que desempeñen mujeres de 18 años no constituye heroísmo, sino una actitud que -aunque moleste a algunos- es propia de las mujeres.
El señor MONTES.-
¿Y si ellas no quieren realizarla?
El señor LORCA.-
A mi juicio, todas las mujeres desean cuidar niños. Establecerlo en forma obligatoria es una forma de legislar.
El señor VALENTE.-
¿Lo harán con amor?
El señor MONTES.-
El amor no se impone.
El señor LORCA.-
En todas las madres del mundo es igual.
El señor MONTES.-
Entonces, ¿por qué no dejar que lo hagan en forma voluntaria?
El señor LORCA.-
Pido hacer respetar mi derecho, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores no interrumpir. Estamos en votación.
El señor LORCA.-
Respecto de lo dicho por el Honorable señor Montes, en quien reconozco a un luchador social y a un hijo del pueblo, como yo lo soy, me extraña que sostenga que a la mujer del pueblo no le gusta cuidar niños ajenos.
El señor MONTES.-
No he dicho eso.
El señor LORCA.-
Se equivoca, señor Senador; lo dijo.
El señor MONTES.-
No he afirmado eso.
El señor LORCA.-
Deje expresar mis ideas. Estamos en un terreno de cordialidad.
Sostuvo Su Señoría que a las mujeres del pueblo no les gustaba cuidar hijos ajenos.
El señor MONTES.-
Es al revés.
El señor LORCA.-
Por eso, seguramente, se equivocó. La mujer del pueblo -no tengo la menor duda- tiene un sentido de la maternidad y una actitud humana que la lleva a estar siempre cuidando hijos ajenos. Cualquiera de ellas, no obstante tener diez hijos o más, lleva a otros a su hogar, inspirada en ese amor maravilloso que tiene por los niños.
El señor MONTES.-
Entonces, ¿con qué objeto se las quiere obligar?
El señor LORCA.-
Reitero que el Honorable señor Montes se equivocó al citar su ejemplo. Por todas estas consideraciones, voto que sí.
El señor MONTES.-
Está de más la obligatoriedad.
Se aprueba el artículo en los términos señalados por el señor Secretario (8 votos contra 6 y 2 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, respecto del artículo 29, que pasa a ser 39, la Comisión de Educación recomienda agregar la siguiente frase final: "Dicha atención se prestará en forma gratuita."
Por su parte, la de Hacienda propone suprimir esa frase.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión de Educación, con la misma votación anterior.
El señor IBAÑEZ.-
Con mi voto en contra, porque eso no tiene financiamiento.
El señor IRURETA.-
Si vamos a aceptar el servicio gratuito, no importa el financiamiento. Pero si la Comisión de Hacienda recomienda suprimir la frase, ¿qué financiamiento propone?
El señor CHADWICK.-
En realidad, la Comisión de Hacienda despachó el proyecto con una estrechez de tiempo excepcional. En ella se trató de averiguar cuáles eran las disposiciones que rigen en el Servicio Nacional de Salud.
La Comisión no dispuso de tiempo suficiente para estudiar en forma acabada el artículo de que se trata. Se encontró con el problema de conocer las normas vigentes respecto del Servicio Nacional de Salud y del Servicio Médico Nacional de Empleados que sean aplicables a todos los hijos de los acogidos a estos sistemas protectores de salud. A dicho organismo le pareció lógico dejar ese estudio a la consideración del Ejecutivo, a fin de que después pueda estudiarlo el Congreso. Porque declarar la gratitud de la atención significa que, de otra manera, ésta debería ser pagada, en circunstancias de que teníamos la idea de que el SERMENA está en la obligación desatender a los hijos de los empleados y que igual imposición pesa sobre el Servicio Nacional de Salud respecto de ciertos sectores que no pudimos determinar. Entonces, por falta de información, por una parte, y, por otra, en virtud de las razones dadas por el Honorable señor Ibáñez en el sentido de que se están recargando las obligaciones de esos servicios sin darles financiamiento de ninguna especie, la Comisión rechazó el precepto.
Se traslada el problema de los jardines infantiles a esas dos instituciones, y con ello no se resuelve nada, porque lo que se las hace gastar tiene que salir de alguna parte.
El señor IBAÑEZ.-
Se les crea una obligación sin darles financiamiento.
El señor CHADWICK.-
No hay financiamiento.
A nuestro juicio, la situación es delicada y merece mayor estudio. Pensamos que el Ejecutivo debe enfrentarla, a fin de proponer soluciones acordes con la legislación vigente.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para aprobar el artículo propuesto por la Comisión de Educación Pública, con el voto en contrario del Honorable señor Ibáñez?
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las cuatro modificaciones restantes propuestas por la Comisión de Educación Pública, que la de Hacienda no consideró por no ser de su incumbencia, fueron aprobadas por unanimidad por aquélla.
El señor PABLO (Presidente).-
En conformidad con el acuerdo anterior, quedan aprobadas.
Terminada la discusión del proyecto.
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