. . . . . . " El se\u00F1or VALENTE.- \n \n Creo que los se\u00F1ores Senadores del Partido Nacional no han reparado en el texto del art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto, donde se dispone que la jornada de trabajo establecida en el Estatuto Administrativo ser\u00E1 distribuida entre los d\u00EDas lunes y viernes, ambos inclusive. En consecuencia, no se trata de trabajar menos, sino de distribuir las 43 horas de labores semanales consignadas en el D.F.L. N\u00BA338, de 1960, entre los cinco primeros d\u00EDas de la semana. \nSe desea otorgar facilidades al personal de las instituciones mencionadas en ese art\u00EDculo, a fin de que puedan aprovechar el d\u00EDa s\u00E1bado para realizar gestiones de orden personal. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00A1 Se aprovecha el d\u00EDa s\u00E1bado para hacer gestiones en la Administraci\u00F3n P\u00FAblica, en circunstancias de que todo estar\u00E1 cerrado. . . ! \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \n El comercio no cerrar\u00E1, se\u00F1or Senador, y otras entidades estar\u00E1n en funciones. \nA mi juicio, es importante destacar lo estatuido en el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00B0, que establece una excepci\u00F3n: \"El Presidente de la Rep\u00FAblica reglamentar\u00E1 los casos en que, por razones de imprescindible necesidad, el personal de las instituciones se\u00F1aladas en el inciso anterior deba realizar labores en el d\u00EDa s\u00E1bado\". \nEl Honorable se\u00F1or Montes ya dio a conocer la interpretaci\u00F3n del Partido Comunista acerca de ese precepto: se trata de facultar al Jefe del Estado para que reglamente s\u00F3lo casos excepcionales. O sea, de todas maneras deber\u00E1 mantenerse la jornada de cinco d\u00EDas, salvo en aquellas instituciones donde, por razones de imprescindible necesidad, sea conveniente su funcionamiento. No podr\u00EDan paralizar sus labores, por ejemplo, los hospitales, Correos y Tel\u00E9grafos, etc\u00E9tera. \nInsisto: tal excepci\u00F3n se aplicar\u00E1 a entidades cuyo funcionamiento es pr\u00E1cticamente obligatorio. \n " . . . .