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En seguida, corresponde ocuparse en el despacho de un proyecto de ley de la Cámara de Diputados, informado por la Comisión de Obras Públicas, que establece normas para el pago de los préstamos otorgados por la Corporación de la Vivienda y Cajas de Previsión con ocasión de los sismos de 1960.
La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Reyes (presidente), Acuña, Lorca, Ochagavía y Valente, recomienda aprobarlo en los mismos términos en que lo ha hecho la Cámara de Diputados.
-El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 61ª, en 12 de septiembre de 1968, y el informe en los de esta sesión.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, la iniciativa de que conoce en este momento el Senado fue presentada por diversos Diputados en el período anterior en la Cámara Baja, entre ellos el suscrito, para los efectos de hacer justicia a una serie de modestos propietarios de la zona damnificada por los terremotos de 1960, señalada categóricamente en la ley N° 14.171 -si no me equivoco-, y que es la comprendida, prácticamente, desde Ñuble hasta Aisén.
¿Cuál es el objetivo del proyecto? Uno solo. Una cantidad apreciable de modestos propietarios que no tenían otra posibilidad de recurrir al crédito que la que les daba la Corporación de la Vivienda para reparar sus modestas habitaciones dañadas por los sismos, porque no podían acudir a las instituciones bancarias, solicitaron préstamos con tal objeto. Lo mismo ocurrió respecto de los imponentes de las cajas de previsión. Pero el beneficio otorgado mediante estas disposiciones, que en los primeros momentos tuvo extraordinaria trascendencia, con el transcurso del tiempo se vio transformado en una especie de "boomerang" para los aparentes beneficiarios de este sistema de préstamos, por cuanto las amortizaciones y el pago debían hacerse con relación a un crédito reajustable, en el caso de los préstamos CORVI, en conformidad al sistema de reajuste de las cuotas de ahorro para la vivienda. Y en el caso de los préstamos otorgados por las cajas de previsión, de acuerdo con un sistema similar, calculado de acuerdo con la fórmula que está entre aquél y el índice del costo de la vida.
¿Qué ha ocurrido con el transcurso del tiempo? Todas estas personas, modestos propietarios que solicitaron préstamos inferiores a cinco mil, tres mil y dos mil escudos, han estado pagando, dentro de sus posibilidades económicas, desde el año 1961 adelante, o sea, a lo largo de cuatro, cinco, seis, siete u ocho años. Incluso, algunos no han cumplido con el pago oportuno de las cuotas por falta de capacidad para cancelarlas y, por desgracia, pese a haber amortizado las cuotas durante largo tiempo, las liquidaciones de hoy día los hacen aparecer con una deuda que, en muchos casos, equivale al doble o al triple del préstamo original.
Esta iniciativa legal tiende a condonar los intereses y las multas y a derogar el sistema de la reajustabilidad, porque, como dije antes, no se trata de personas que solicitaron préstamos para lucrar, sino para reparar en parte los daños ocasionados por los sismos, que produjeron, como es natural, una emergencia de extraordinaria significación social. Por eso, la Comisión de Obras Públicas acogió el proyecto -en su oportunidad, fue aprobado casi por la unanimidad de la Cámara de Diputados- que en estos momentos ocupa la atención del Senado y respecto del cual espero su ratificación definitiva.
Los Senadores radicales, en consecuencia, votaremos favorablemente esta iniciativa, porque envuelve una alta finalidad social, hace justicia a un grupo de propietarios modestos y, como dije anteriormente, permite derogar el sistema de la reajustabilidad, condonar intereses y multas, y dar como parte de pago de los créditos originales las cuotas de las amortizaciones canceladas por quienes recibieron estos préstamos en 1960.
Nada más, señor Presidente.
El señor GARCIA.-
Señor Presidente, cinco mil escudos del año 1960 equivalen, más o menos, a 60 mil escudos de hoy, según los dos índices: del dólar y del costo' de la vida, y también, como es evidente, del sueldo vital. Por consiguiente, los modestos propietarios de que habla el Honorable señor Acuña son deudores de préstamos ascendentes a 50 mil escudos. Porque, como dice la disposición, se trata de préstamos "cuyo monto inicial y de ampliación no ascienda a más de cinco mil escudos". Estamos tratando, pues, préstamos de 50 mil escudos en moneda actual. Incluso muchos de ellos alcanzan sumas superiores.
Luego, no estamos hablando de personas modestas ni de pequeñas casas, sino de propiedades cuyo valor asciende a 50 mil escudos.
Y otro aspecto importante, que ojalá el señor Senador me pudiera explicar. La disposición dice en seguida: "... no estarán sujetos a lo establecido en el artículo 27 del D.F.L. Nº 2, de 1959". Es decir, si "no estarán sujetos", no lo habrán estado nunca; de manera que todo lo pagado se imputará a los cinco mil escudos. Es lo mismo que condonar las deudas.
El señor ACUÑA.-
No.
El señor GARCIA.-
-¿Cómo que no? De aquí para adelante no tendrán reajuste, ni tampoco desde el comienzo. Eso significa que la condonación es total.
El señor ACUÑA.-
La verdad es que no siempre será así. Evidentemente, lo que se condona es el sistema de reajustabilidad; pero eso no puede extrañar al Honorable señor GARCIA.
Por eso, yo digo honestamente a Su Señoría que, si se tiene conocimiento de la dramática situación en que viven esas personas -centenares de ellas se lo han planteado a los parlamentarios del sur-, quienes tienen como único bien su casa habitación; si se tiene presente que los préstamos no son con fines productivos, sino para reparar viviendas, y, por último, si se tiene en cuenta que el Congreso Nacional ha despachado leyes destinadas a impedir que se aplique la reajustabilidad a préstamos para el desarrollo de la producción, no puede extrañarnos ni menos causarnos escándalo el hecho de que la Cámara de Diputados haya aprobado esta iniciativa legal, como tampoco puede sorprender que nosotros estemos pidiendo su ratificación en el Senado.
Se trata -repito- de préstamos solicitados por personas que carecían de recursos propios y que tampoco podían pedirlos acogiéndose al sistema de los créditos bancarios, porque no se les habrían otorgado.
Quiero precisar, con toda honradez y objetividad, que la mayor parte de estos préstamos son bajos, pues oscilan entre los quinientos y los dos mil escudos. Como es evidente, se ha puesto un tope.
Por tratarse de la reparación de viviendas de personas que no pudieron recurrir al crédito bancario, creo que la iniciativa, dada su finalidad y la forma como está planteada, tiene hondo contenido social, y nadie puede alarmarse ni pensar que se trata de beneficiar a personas que, en conciencia-, no deberían recibir esta ayuda.
El señor GARCIA.-
Se ha dicho que este proyecto tiene un hondo contenido social. Yo diría que es de hondo contenido antisocial, porque el dinero que percibe la CORVI es para construir otras casas; de manera que cada vez que se condonan préstamos un obrero más queda sin casa.
Esa es la situación. Por eso, en cada oportunidad en que se plantea un problema semejante, siempre se me ve, frente a toda clase de personas y de instituciones, negarme en absoluto a establecer estos sistemas en que falta la reajustabilidad, porque, en el fondo, se trata de una condonación de préstamos.
A mi juicio, sería mucho más claro decir "se condonan los préstamos".
El señor RODRIGUEZ.-
Pero el Honorable señor Von Mühlenbrock propuso condonar la reajustabilidad de los préstamos agrícolas.
El señor GARCIA.-
Estoy en total desacuerdo con esa idea, aun cuando la auspicie un representante de mi partido.
La verdad es que la gente no sabe que los préstamos en moneda dura -o sea, los préstamos reajustables- no los puede soportar nadie sin una pequeña limitación. Sin embargo, debido a esta costumbre chilena de endeudarse, muchas personas que no tenían capacidad para solventar sus obligaciones, solicitaron esos préstamos confiados en que la inflación los ayudaría a cancelarlos.
El señor RODRIGUEZ.-
¿Me permite una interrupción, Honorable Senador?
El señor GARCIA.-
Con todo gusto.
El señor RODRIGUEZ.-
No siempre los Senadores del Partido Nacional tienen la misma consecuencia expresada por el Honorable señor GARCIA. Aunque él no tiene responsabilidad en lo que recordaré -no era Senador en esa época-, el hecho es que, a raíz de los terremotos de 1960 y sobre la base de la seguridad que daba el Gobierno de aquel entonces en el sentido de que mantendría el valor de la moneda, la Corporación de Fomento otorgó créditos en dólares a numerosos industriales de la zona afectada por los sismos. Había una reajustabilidad que está dentro del principio que defiende el señor Senador.
El señor GARCIA.-
Evidentemente.
El señor RODRIGUEZ.-
Sin embargo, su colega el Honorable señor Von Mühlenbrock presentó un proyecto de ley, con el cual no pocos concordaron, para condonar la reajustabilidad -la imagen creada por el señor Alessandri en el sentido de que la moneda no se depreciaría- a los sectores altamente industrializados de la zona. Es decir, se benefició con esta condonación a las personas más pudientes de la región afectada por los sismos. Y ahora el Honorable señor GARCIA sostiene la tesis contraria para los humildes, para personas carentes de recursos, como las señaladas por el Honorable señor Acuña.
Esta inconsecuencia de la Derecha refleja un claro sentido de clase. ¿Reajustabilidad para los ricos y poderosos? ¡No! ¿Para los pobres? ¡Sí!
Traigo esto a colación porque me parece que no siempre se dice la verdad absoluta sobre estos problemas. En estos momentos, se ha estado discutiendo la eliminación de la reajustabilidad que afecta a personas modestas de la región azotada por los sismos, la misma que se aplicó respecto de los créditos otorgados antes por la Corporación de Fomento.
El señor GARCIA.-
Contesto que nadie deplora más que yo lo ocurrido, porque es efectivo lo dicho por Su Señoría y ello corresponde a una de las tremendas equivocaciones que se cometen por no entender la reajustabilidad.
En esta Sala y en la Comisión de Hacienda -son testigos los demás señores Senadores-, cada vez que ha llegado una iniciativa de esta índole, aun cuando proviniera de los sectores que Sus Señorías llaman latifundistas o terratenientes, siempre me he opuesto a la idea de terminar con el sistema de la reajustabilidad, que es el único verdadero. Incluso cuando se produjo la quiebra del dólar -fenómeno económico de proporciones en esa época-, yo, que no tenía actuación política de especie alguna entonces, siempre sostuve que era necesario afrontarlo, pues lo lógico
es pagar las deudas en el mismo valor en que se contraen.
Personalmente, estoy dispuesto a no romper el sistema de la reajustabilidad y a abordar este proyecto como una condonación lisa y llana, porque es lo mismo, pues debemos procurar que la gente sepa que no hay quiebra del sistema. Prefiero eso, porque seguramente después vendrán muchas otras personas pidiendo lo mismo y, sobre la base del argumento expuesto por el Honorable señor RODRIGUEZ, dirán: "Ya lo concedieron la otra vez; concédanlo ahora también". La solución consiste en no darlo nunca. Ese es el problema. Yo quiero tener esa tranquilidad cuando se discuta otra reajustabilidad, a fin de poder decir: "Yo me opongo, y nadie me puede decir que alguna vez he roto este principio".
No estoy en desacuerdo con la idea de condonar las deudas. Bien sé que hay casos en que es necesario adoptar esta determinación en forma absoluta; en otros casos, puede condonarse la mitad de la deuda, o una cuarta parte de ella. Porque muchas personas están en situación desesperada como consecuencia de haber construido su casa. Pero eliminar la reajustabilidad es hacer creer a la gente que ha pagado la deuda, cuando en verdad no lo ha hecho.
El señor RODRIGUEZ.-
Pero el efecto es el mismo.
El señor ACUÑA.-
Deseo agregar algunas ideas más al problema en discusión.
Ante todo, no se trata de una condonación total, sino de condonar los saldos. Porque resulta que muchas personas que han estado pagando durante seis, siete u ocho años, según sus posibilidades económicas, han terminado cancelando tres o cuatro veces el monto original del crédito solicitado, que con el sistema de la reajustabilidad les resulta irritantemente oneroso. Por consiguiente -repito-, es una condonación parcial.
Por otra parte, no se puede medir exactamente igual, mediante el sistema de la
reajustabilidad, el caso que afecta a centenares de miles de personas, empleados, obreros, artesanos, jubilados y montepiados, quienes no reciben el reajuste que se aplica a las cuotas de ahorro, pues no obtienen los reajustes de sus pensiones, salarios y remuneraciones y han quedado muy atrás en cuanto a los dineros que perciben.
El señor GARCIA.-
Eso es cierto.
El señor ACUÑA.-
De manera que, cuando hablamos de que en esta iniciativa de ley hay espíritu social, es evidente que existe. Por eso defiendo con calor esta idea, que corresponde a una realidad social de personas que no pueden pagar y que están poco menos que alarmadas porque ya han cancelado tres o cuatro veces el monto del crédito que solicitaron, no para producir o aumentar sus bienes, sino para reponer sus modestas viviendas destruidas por el terremoto.
El señor ALLENDE.-
Votemos, señor Presidente.
El señor JEREZ.-
Quiero decir, brevemente, que soy partidario de que se vote; pero, al mismo tiempo, para que no quede la impresión de un clima idílico, como consecuencia de las observaciones del Honorable señor GARCIA, deseo agregar lo siguiente.
Estos créditos fueron otorgados durante la Administración del señor Alessandri. O sea, se supone que por el "clima ejemplar" que reinaba durante esa época, los créditos no se concedieron para hacer negocios políticos ni demagogia de ninguna especie. Como estábamos en una "época ejemplar" -repito-, esa gente recibió el beneficio porque lo merecía y era poco menos que indigente.
A lo anterior debemos agregar que en la zona en que se encuentran los sectores beneficiados hay elevadísima proporción de cesantes y que esa región enfrenta una crisis económica.
El señor GARCIA.-
Eso es efectivo.
El señor JEREZ.-
Por eso, no soy partidario de lo que ha planteado Su Señoría. También debemos añadir que muchas veces esta gente no puede pagar -me consta, por innumerables casos personales que conozco- porque la maquinaria de cobranzas y de administración de la CORVI o la entidad correspondiente no reclama la cancelación oportunamente. En consecuencia, esas personas que, como todos nosotros, pasa "con la soga al cuello", lógicamente no iban a pagar en tanto no se les cobrara. Así se fueron acumulando los dividendos.
A pesar de todo esto, no obstante la situación de esa gente, no soy partidario de la proposición del Honorable señor GARCIA. Desde luego, opino que debe mantenerse el sistema de reajustabilidad existente hoy día, porque es justo e indispensable que subsista.
En segundo término, rechazo la idea de que se pretenda regalar algo a estas personas. Por eso, no acepto la condonación. Y no es eso, tampoco, lo que los pobladores están pidiendo. Ellos solicitan, simplemente, que se sanee el sistema administrativo de la CORVI, entre otras razones, porque todavía hay usuarios de casas de esta entidad a quienes desde hace cuatro o cinco' años no se les cobran dividendos. En consecuencia, la culpa de la actual situación no es sólo de aquéllos.
En resumen, soy partidario de aprobar el proyecto, lisa y llanamente, en la forma como lo despachó la Comisión, pues es la única manera de solucionar de inmediato un problema de emergencia. No es necesario argumentar más acerca de un asunto que está en la conciencia de todos.
El señor GARCIA.-
¿A cuántas personas favorece el proyecto?
Quisiera que algún miembro de la Comisión me informara al respecto.
El señor JEREZ.-
A muchas.
El señor RODRIGUEZ.-
A miles.
El señor JEREZ.-
En ningún caso a menos de tres mil o cuatro mil personas, considerando las familias.
El señor GARCIA.-
Demostraré al Honorable señor Jerez que, en este aspecto, conozco la situación del sur del país. Sé del problema de la cesantía. Además, si hay un argumento fuerte, es el de que las jubilaciones no se han reajustado en los mismos términos en que ha subido el costo de la vida. Soy partidario de la reajustabilidad. El sistema de moneda dura que preconizo se debe aplicar tanto a quienes reciben como a quienes pagan. Comprendo que vastos sectores enfrentan una situación de evidente angustia económica.
Tan es así que, respecto de esta iniciativa, que se halla en primera discusión, no quise solicitar nuevo trámite para no demorar su despacho.
El señor JEREZ.-
No sea vicioso, Honorable colega.
¿Va a pasar toda la tarde pidiendo segunda discusión?
El señor GARCIA.-
La solicité sólo para un proyecto. No creo que una vez constituya vicio. En todo caso, aclaré que no la solicito ahora.
Para demostrar a mis Honorables colegas que no rae niego a favorecer a esos sectores, sino que únicamente me pronuncio en contra del criterio de destruir el sistema de reajustabilidad -posición en la que concuerda conmigo el Honorable señor Jerez-, me abstendré de votar. Estimo que la reajustabilidad es el único medio que permite a ciertos sectores llegar a tener casa: los que la tienen deben seguir pagando, para no perjudicar a quienes todavía esperan tenerla. Sólo deseo hacer presente mi opinión para los casos futuros.
El señor PABLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor ALLENDE.-
Voto que sí.
No hemos intervenido, a fin de facilitar el despacho del proyecto.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, al aprobar esta iniciativa estaríamos disponiendo, en definitiva, de dineros correspondientes al sector vivienda. El problema se ha enfocado desde diversos ángulos; pero se han olvidado dos, que considero importantes.
En primer lugar, vastos sectores de pobladores urbanos del país están considerados en los planes de asignación de viviendas. El año pasado, si la memoria no me falla, el ahorro puro depositado por los pobladores para adquirir un sitio y una vivienda, o para postular a créditos habitacionales, ascendió a 80 millones de escudos. Cuando se echa mano de los fondos correspondientes al rubro habitacional, se dispone de los recursos de esos pobladores urbanos, cuyos depósitos de ahorro son reajustables.
En segundo término, todo el sistema de la vivienda descansa sobre la base de la existencia de una moneda de valor constante, que es la unidad reajustable, que sirve tanto de ahorro puro como para el pago de la vivienda adquirida. Desde el momento en que se vulnera dicha base, se cercenan las posibilidades, no de los grandes inversionistas, sino de esos modestos pobladores que esperan tener casa o sitio propio. Ese es el resultado de condonaciones como la que se estudia. No conozco los antecedentes de este caso en especial. A veces -unas, con razón; otras, sin ella- se favorece a un grupo determinado; pero siempre se perjudica a centenares de miles de pobladores sin nombre conocido, que se distinguen por no tener ni sitio ni casa, y que, mediante el cumplimiento normal de las reglas establecidas para el efecto, esperan llegar a tenerlos y ser propietarios de una vivienda.
Por tales motivos, voto que no.
-Se aprueba el proyecto (14 votos por la afirmativa, 2 por la negativa, 4 abstenciones y 1 pareo).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Honorable señor Aguirre Doolan formula indicación para agregar un artículo del siguiente tenor:
"Los jubilados y montepiados que tengan deudas pendientes o hayan adquirido un bien raíz por intermedio de alguna caja de previsión o la Corporación de la Vivienda, hoy Corporación de Servicios Habitacionales, cuyo avalúo fiscal no exceda de diez sueldos vitales anuales, escala A) del departamento de Santiago, y que gocen de una pensión o montepío no superior a tres sueldos vitales mensuales escala A) del departamento de Santiago, estarán exentos de' reajustabilidad señalada en" el artículo 27 del D.F.L. Nº 2 de 1959.
"Asimismo, los bienes raíces a que se refiere el inciso anterior estarán exentos del reajuste anual que se aplica al avalúo fiscal territorial".
El señor PABLO (Presidente).-
La Mesa considera que el proyecto en discusión se relaciona con los préstamos otorgados por la Corporación de la Vivienda con motivo de los sismos de 1960; vale decir, se trata de un caso específico, y la indicación del Honorable señor Aguirre Doolan es de carácter general. Por ese motivo, la declara improcedente.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/594486/seccion/akn594486-po1
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