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    • rdf:value = " ESTATUTO DEL CONSEJO INTERGUBERNAMENTAL DE PAISES EXPORTADORES DE COBRE. El señor FIGUEROA (Secretario). En primer término, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados, con informe de las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Minería, que aprueba los estatutos del Consejo Intergubernamental de Países Exportadores de Cobre. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de acuerdo: En segundo trámite, sesión 44º, en 9 de septiembre de 1969. Informe de Comisiones: Relaciones Exteriores y Minería, unidas, sesión 11º, en 18 de noviembre de 1969. El señor FIGUEROA (Secretario).- Las Comisiones, en informe suscrito por los Honorables señores Reyes (presidente), Bulnes Sanfuentes, Contreras, Irureta, Isla y Noemi, recomiendan a la Sala aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados. El señor PABLO (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CHADWICK.- Señor Presidente, antes de que el Senado se pronuncie sobre este proyecto de acuerdo, deberían esclarecerse algunas dudas que emanan de su contenido, pues aunque resulta de toda evidencia, con arreglo a su texto, que sólo se persigue crear una organización consultiva intergubernamental destinada a coordinar la política de los países adherentes, el examen detallado de sus disposiciones permite concluir que algunas de ellas merecen ciertos reparos, como sucedió en las propias Comisiones, según se lee en el informe. Me refiero, en especial, a las normas previstas en los artículos 30 y 31 del estatuto en referencia. El primero de estos artículos prescribe que "los estatutos pueden modificarse en cualquier momento mediante acuerdo unánime de la Conferencia de Ministros, la que podrá también ponerles término". Es indudable que en nuestro sistema constitucional ningún convenio o tratado en que participe Chile puede ser objeto de enmiendas sin la correspondiente aprobación del Congreso Nacional, en virtud de lo dispuesto en el Nº 16 del artículo 72 de nuestra Carta Política. Por eso, estimo que aquella disposición tiene un sentido ambiguo, que debería ser previamente aclarado con la reserva pertinente. El segundo artículo motivo de objeción es el 31. Dispone que "toda diferencia relativa a la interpretación o a la aplicación de estos estatutos será sometida a la Conferencia de Ministros para su resolución, o será resuelta en la forma que las partes en desacuerdo convengan". Para nuestro sistema constitucional, el arbitraje o la decisión de un tercero respecto de problemas internacionales, necesita, igualmente, la confirmación del Congreso Nacional. Entiendo que durante el estudio del proyecto de acuerdo en las Comisiones el Honorable señor Bulnes se refirió a estas materias, puesto que en el informe se lee que el examen del artículo 30 "dio lugar a un debate que terminó con un compromiso asumido por el señor Ministro de Minería, en orden a hacer presente en el acto de notificación al Gobierno de la República de Zambia de la aprobación de este Tratado por nuestro país, con relación a este artículo 30" yo me permitiría extender la objeción al artículo 31 "que Chile ratifica esta Convención sin perjuicio del imperio de las normas constitucionales y legales chilenas". El señor JULIET.- Siempre se incluye esta reserva. El señor CHADWICK.- A juicio del Senador que habla, ella debería expresarse en el acuerdo aprobatorio. El señor JULIET.- Siempre se expresa. El señor CHADWICK.- Recuerdo perfectamente que así se procedió al aprobarse el Código de Derecho Internacional Privado, llamado Código de Bustamante en memoria de su ilustre autor, ocasión en la que el Gobierno de Chile hizo reserva amplia a favor de la legislación vigente entonces y de la que se dictara en el futuro en el país, de modo que ninguna de las disposiciones de dicho cuerpo legal pudiera alterar el régimen interno de la nación para resolver problemas internacionales. Pienso que dejar las cosas como lo proponen las Comisiones es un tanto imprudente. No dudo del compromiso del señor Ministro de Minería, pero los azares de la política determinan que cambien los hombres o que las mejores intenciones caigan en la preterición por obra del olvido, de otras preocupaciones o de circunstancias imprevisibles. Considero que este proyecto de acuerdo debería volver a las Comisiones, para redactar correctamente una enmienda, no a los estatutos, que no podemos modificar en. parte alguna, sino al texto aprobado por la Cámara. Si el Honorable Senado no fuese partidario de esta idea, me vería en la necesidad de pedir segunda discusión. El señor PABLO (Presidente).- El proyecto de acuerdo tiene urgencia, señor Senador, de modo que no procede la segunda discusión. El señor CHADWICK.- ¿Ya venció el plazo? El señor PABLO (Presidente).- No, señor Senador. El señor CHADWICK.- En ese caso, presentaré indicación para reemplazar, en el texto del proyecto de acuerdo, el punto que sigue a "1968" por una coma y para agregar una frase... El señor IRURETA.- No se puede, Honorable colega. El señor CHADWICK.- Es posible enmendar el proyecto de acuerdo. Lo que no se puede modificar es el convenio. La frase, que reproduce lo que las Comisiones recomiendan en términos formales, diría: "Con la reserva de que ninguna de las disposiciones de estos estatutos podrá ser entendida o invocada en un sentido contrario o no previsto en la legislación chilena presente o futura". Debo hacer tal salvedad porque, entre las consideraciones, que las altas partes contratantes han tenido en cuenta, se puede observar que una de ellas es la necesidad de prevenir las fluctuaciones excesivas en el precio del cobre y la de mantener un precio justo tanto para productores como para consumidores, sea en tiempo de guerra o de paz. Sobre esta materia, no acepto en lo que está a mi alcance dar la impresión de que estamos ligados por un texto con otros países a fijar de manera obligatoria una determinada política de precios en cuanto al cobre. El señor IRURETA.- El organismo tiene carácter consultivo. El señor CHADWICK.- Lo hice presente, y así lo dice el artículo 1°. Sin embargo, el artículo 30 expresa que estos estatutos pueden modificarse en cualquier momento por acuerdo de la Conferencia de Ministros, donde, naturalmente, será necesario contar con el asentimiento del Gobierno de Chile para que la enmienda prospere. Mi interés es que por ningún motivo se entienda, dentro del mecanismo para modificar los estatutos, que el Parlamento chileno aprueba anticipadamente lo que resolverá el Ministro del Gobierno que abordará la materia. De ahí que la reserva como en otras ocasiones debiera formularse de manera expresa en el propio instrumento aprobatorio, a fin de que el Ejecutivo, al proceder a la ratificación, la haga presente con la autoridad de nuestro Parlamento. Entrego la indicación a la Mesa para su debate. El señor PABLO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Reyes y, en seguida, el Honorable señor García. El señor REYES.- En el seno de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Minería, unidas, se debatió ampliamente el convenio que se ratifica por el proyecto de acuerdo. En efecto, tanto el Honorable señor Bulnes como el Senador que habla consta en el informe de las Comisiones planteamos algunas observaciones que los demás Senadores presentes compartieron. Con anterioridad, el Honorable señor Juliet todavía me suenan sus palabras se había referido a la importancia de analizar el texto del convenio antes de ratificarlo. De manera que no es un documento tratado a la ligera, sino con bastante detalle. Desde luego, todos teníamos el artículo 72 de la Constitución como norma que en ningún momento podía olvidarse. No obstante señalar el artículo 1° que se trata de un organismo consultivo, los artículos 30 y 31 consideran la posibilidad de modificar el estatuto por acuerdo unánime de la Conferencia de Ministros. Por tal motivo, nos pareció necesario consignar un compromiso explícito del Ministro de Minería en el sentido de que el convenio no podía ser ratificado sin la salvedad de que en ningún caso la modificación de sus disposiciones implicaría una enmienda de nuestras normas constitucionales y legales; en especial, la modificación del artículo 30, como también de otros de los estatutos no se mencionó el 31, que es el que presenta mayor vulnerabilidad. Esto era de particular importancia para el país, por tratarse de un producto tan vital como el cobre, ya que cualquier compromiso que Chile pudiera adquirir con relación al mercado del metal, a la producción interna, al precio internacional, etcétera, podría representar un daño que, como es natural, nos afectaría gravemente. Por eso, todos estuvimos de acuerdo en la conveniencia de estampar una salvedad expresa al momento de producirse la ratificación del pacto. Entiendo que el convenio ha sido promovido por el Gobierno de Chile. Además, es de gran trascendencia que los países que prácticamente abastecen el mercado mundial del cobre con sus exportaciones, como Zambia, Congo, Perú y Chile, no continúen siendo víctimas de las presiones del mercado y de los precios adoptados por otras naciones, y sean ellos precisamente, los productores, los que determinen el curso del intercambio de este producto vital en el mundo. En los próximos 10 días, estos cuatro países celebrarán una reunión en Lima, donde ratificarán este convenio. En estas circunstancias, cualquier enmienda en su texto mismo representaría una innovación imposible de conseguir en la práctica, más todavía si el documento ha sido ratificado sólo por los otros tres países. Por eso, las Comisiones Unidas estimaron que era garantía suficiente establecer que al ratificarse el documento se haga constar el resguardo aquí señalado, en orden a que en todo caso debe respetarse el imperio de las normas constitucionales y legales chilenas. Ese fue el criterio de las Comisiones, aceptado por unanimidad. El señor GARCIA.- Señor Presidente, quería conciliar las dos posiciones: la del Honorable señor Chadwick, que pidió una aclaración del convenio, y el acuerdo de las Comisiones, que explicará el Honorable señor Bulnes. El informe señala: "El examen de esta disposición dio lugar a un debate que terminó con un compromiso asumido por el señor Ministro de Minería, en orden a hacer presente en el acto de notificación al Gobierno de la República de Zambia de la aprobación de este Tratado por nuestro país, con relación a este artículo 30 y demás del Estatuto, que Chile ratifica esta convención sin perjuicio del imperio de las normas constitucionales y legales chilenas". De modo que se faculta al Ministro para firmar el convenio, con la condición de que en el acto mismo de suscribirlo establezca que esta aprobación es sin perjuicio de las disposiciones constitucionales y legales que tiene la República de Chile. El Honorable señor Bulnes explicará el alcance que en materia internacional tiene el agregado hecho al convenio. El señor BULNES SANFUENTES.- El tema planteado por el Honorable señor García me parece de suma importancia, y precisamente participaré en el debate para hacer las aclaraciones correspondientes. En el convenio que tenemos a la vista se establece, en el artículo 1°, que el Consejo Intergubernamental de Países Exportadores de Cobre será un organismo consultivo. Pero el artículo 6º, cuando habla de la Conferencia de Ministros, que es el organismo máximo de la entidad creada, preceptúa que ella tomará los acuerdos de determinada manera y no dispone que serán sometidos a la consideración de los respectivos Gobiernos, a diferencia de lo que estipula el artículo 8º, en lo concerniente a la Junta Directiva. Dice este precepto: "La Junta Directiva dependerá y trabajará bajo la dirección de la Conferencia de Ministros y será encargada de la coordinación y proposición a los Gobiernos de los países miembros de las medidas individuales o colectivas relacionadas con el mercado del cobre. . .". Esto podría dar lugar a la interpretación de que, si bien la Junta Directiva propondrá a los Gobiernos de los países miembros las medidas por adoptar, la Conferencia de Ministros podrá tomar acuerdos por sí sola, sin plantearlos a los Gobiernos, alterando todo el régimen legal existente en materia de cobre, según el cual no es el Ministro quien adopta resoluciones, sino el Presidente de la República, refrendado por el Ministro o por el Consejo de la Corporación del Cobre. Pero hay algo más grave aún, ya que el artículo 30 dispone: "Estos Estatutos pueden modificarse en cualquier momento mediante acuerdo unánime de la Conferencia de Ministros, la que podrá también ponerles término". De esta manera, el alcance del tratado y las atribuciones de los distintos organismos quedan sometidos a los futuros acuerdos de la Conferencia de Ministros y nada impediría que, en conformidad a este artículo, ella despojara al Consejo Intergubernamental de su carácter consultivo y le diera el de resolutivo. De este modo, a través de una resolución de la Conferencia de Ministros, se podría alterar totalmente el régimen legal que en Chile existe para el cobre, sea tomando más atribuciones que las que la ley confiere a las entidades administrativas, o bien desplazando desde un organismo al Ministro o a otra institución determinadas facultades. En vista de lo anterior, después de un debate, y para no impedir la aprobación de un convenio celebrado hace tiempo, que fue suscrito por Chile y que está funcionando, se llegó al compromiso contraído por el señor Ministro de Minería, que consta en el informe, de que en el acto de notificar al Gobierno de la República de Zambia de la aprobación de este tratado por nuestro país, se hará presente con respecto a todo el estatuto, y en especial con respecto al artículo 30, que habla de' la modificación del convenio, que Chile ratifica esta convención sin perjuicio de las normas constitucionales y legales chilenas. De acuerdo con tales normas, los tratados deben ser suscritos por el Presidente de la República, aprobados por el Congreso Nacional y, luego, ratificados por el Primer Mandatario. Naturalmente, la modificación de un tratado, que es otro tratado, requiere el mismo procedimiento que la concertación del mismo. No puede haber en el Derecho chileno una enmienda de tratados acordada por la Conferencia de Ministros dispuesta por el Ministro de Minería de Chile. Para que la modificación del tratado produzca efectos en el país, es necesario que sea suscrita por el Presidente de la República, aprobada por el Parlamento y, en seguida, ratificada. De modo que las enmiendas de los estatutos a que se refiere el artículo 30 los estatutos son parte del tratado no producirán efecto en Chile sino sometiéndose a los procedimientos constitucionales correspondientes. Este es el sentido del compromiso contraído por el Ministro de Minería respecto de la ratificación. Sugiero, pues, que se deje expresa constancia, por acuerdo del Senado, de que el tratado se aprueba en esas condiciones: sin suspender la aplicación de ninguna de las disposiciones constitucionales o legales que rigen ahora en el país o que regirán en el futuro. El señor JULIET.- Señor Presidente, por desgracia, no me fue posible asistir a la reunión que para estudiar esta materia celebraron las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Minería, unidas. No obstante, comparto en forma amplia el informe por ellas evacuado. Advierto que el número 5º del artículo 43 de la Constitución Política del Estado nos obliga a pronunciarnos sobre un proyecto de acuerdo, sin que podamos introducirle modificaciones, salvo que en ello estén de acuerdo los demás países firmantes del convenio. El señor CHADWICK.- ¿A ver? ¿Cómo es eso? El señor JULIET.- Estamos tratando de perfeccionarlo en lo que a nosotros respecta y dejando establecido que el convenio podrá aplicarse siempre que quede vigente el imperio de la Constitución y la ley chilenas. Esta disposición es de ritual en todo tratado, incluso en los relacionados con la asistencia técnica. El Ministro de Relaciones Exteriores, permanentemente, respecto de disposiciones de esta índole, deja constancia de que ellas regirán sin perjuicio de la Carta Fundamental y la ley nacionales. Repito: comparto ampliamente el criterio sustentado por las Comisiones, pues creo que ellas actuaron con mucho acierto al requerir que el Ministro de Minería, al ratificar este convenio, consigne esta frase sacramental: que Chile se reserva la aplicación de la Constitución y la ley chilenas respecto de todas las disposiciones del convenio y de las que como consecuencia de él sobrevengan. En esta oportunidad debemos limitarnos a un pronunciamiento sobre lo propuesto por el Jefe del Estado, que es el proyecto de acuerdo, el cual no acepta modificaciones. El Senado sólo puede rechazarlo o esperar que se modifique; pero nada podemos agregarle. Por lo tanto, adhiero plenamente al informe de las Comisiones. Incluso, creo que el Ministerio de Relaciones Exteriores y el de Minería habrían actuado así sin necesidad de recomendación expresa, porque ése es el procedimiento invariable en este tipo de acuerdos. El señor PABLO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Altamirano. El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? El señor ALTAMIRANO.- Con la venia de la Mesa. El señor BULNES SANFUENTES.- Señor Presidente, es cierto que no podemos modificar el tratado y que debemos aprobar o rechazar el que se nos propone lamentablemente en este caso, porque sería mejor aclararlo; pero, al dar nuestro consentimiento, legítimamente podemos dejar constancia de la interpretación que le damos. El señor JULIET.- Eso he dicho. El señor BULNES SANFUENTES.- Con el permiso del Honorable señor Juliet, no es tan claro que, si no se deja constancia, las cosas operarán en esa forma. El señor JULIET.- No he manifestado eso, Honorable Senador. Dije que compartía el informe de las Comisiones, que es indispensable y necesario, y que aun cuando no se hubiera dicho, el Ministro de Relaciones habría actuado así. El señor CHADWICK.- No. El señor BULNES SANFUENTES.- Pero el Ministro de Minería lo interpretaba en otra forma y creía que podría modificar el tratado por el solo acuerdo de la Conferencia de Ministros. Así lo dijo en las Comisiones. Lo que a mí me interesa es dejar establecido que no se puede alterar el procedimiento constitucional sobre los tratados. El señor JULIET.- Perfectamente. El señor BULNES SANFUENTES.- Y, en seguida, que tampoco se puede modificar disposición alguna de la ley del cobre o de otras leyes relacionadas con esta materia. Porque de otro modo mañana la Conferencia de Ministros podría fijar el precio del cobre, en circunstancias de que esta materia compete a otro organismo. El señor ALTAMIRANO.- Sólo quiero expresar que, por desgracia, nosotros no hemos tenido oportunidad de estudiar detenidamente este tratado. Por lo poco que hemos logrado informarnos y por las palabras de los señores Senadores que nos han precedido en el debate, nos cabe cierta duda sobre el proyecto de acuerdo. Por este motivo, pedimos aplazamiento de la votación, a fin de informarnos más sobre este proyecto que consideramos importante y delicado. El señor CONTRERAS. Señor Presidente, los Senadores comunistas, por medio del que habla, dimos nuestra aprobación en las Comisiones Unidas a este tratado. Ante todo, porque, de acuerdo con su artículo 1º, se trata de crear una organización consultiva que se denominará "Consejo Intergubernamental de Países Exportadores de Cobre". En consecuencia, creemos que ninguna de las disposiciones que consigna este tratado es obligatoria para los países pactantes. Por eso, no creemos que este tratado autorice a las autoridades del Gobierno de nuestro país para modificar las normas vigentes de política cuprera o en materias de carácter social o económico de los trabajadores de esta industria. Como se trata de un convenio respecto del cual Chile fue uno de los que tomaron la iniciativa, y los demás países que participan de él ya lo suscribieron, hasta cierto grado estimamos contraproducente que sea nuestro propio país quien trate ahora de modificarlo. Por consiguiente, creo que bastará dejar constancia de que, tal como se ha dicho aquí, este convenio es de carácter consultivo y en modo alguno puede modificar las disposiciones vigentes en materia de política cuprera. Por eso, y de acuerdo con la posición sustentada en las Comisiones, lo votaremos favorablemente. El señor CHADWICK.- Todos estamos de acuerdo en que el Congreso no puede modificar los tratados propuestos a su aprobación. Sólo puede aprobarlos o desecharlos. Pero sí puede el Senado enmendar el proyecto de acuerdo despachado por la Cámara de Diputados e introducir en él la reserva correspondiente, de manera que, en el momento de la ratificación, el Gobierno, en representación del Estado de Chile, dé su confirmación definitiva expresando la reserva de la interpretación de las disposiciones del tratado. El señor BULNES SANFUENTES.- Lo que está diciendo Su Señoría es precisamente lo que yo propuse en las Comisiones Unidas y que, por desgracia, no fue aceptado: que en el acuerdo aprobatorio del tratado se deje constancia de la inteligencia en que se aprueba. El señor LUENGO.- Hay una indicación. El señor BULNES SANFUENTES.- Me parece perfectamente legítimo que, junto con decir "apruébase el tratado", se declare lo siguiente: "Se deja constancia, con relación al artículo 30 y demás disposiciones del tratado, de que éstas se aplicarán sin perjuicio de las normas constitucionales y legales chilenas". El señor CHADWICK.- Precisamente para salvar cualquier error, por olvido u otra causa, propuse una indicación complementaria del proyecto de acuerdo despachado por la Cámara, para formular expresamente la reserva, con el objeto de que no haya necesidad de consultar la historia de la aprobación de este tratado ni de buscar en los Archivos del Congreso a fin de precisar cuál fue la verdadera voluntad del legislador chileno. Se trata de proceder con claridad meridiana; porque, finalmente, éstos son instrumentos internacionales que se harán valer por otras potencias. Y nosotros necesitamos tener nuestras cosas ordenadas, de tal manera que nadie puede ser inducido a error. Por eso, insisto en mi indicación, con el propósito de que la considere el Senado. El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Se podría leer? El señor FIGUEROA (Secretario). La indicación es para agregar al proyecto de acuerdo, sustituyendo el punto final por una coma, la siguiente frase: "con la reserva de que ninguna de las disposiciones de estos estatutos podrá ser entendida o invocada en un sentido contrario o no previsto en la legislación chilena presente o futura". El señor BULNES SANFUENTES.- Yo sólo sugeriría agregar una referencia expresa al artículo 30 y demás disposiciones del tratado. Porque, como es evidente, lo más grave es la facultad que se da a la Conferencia de Ministros para modificar el propio tratado. El señor CHADWICK.- Soy del mismo parecer. El señor ALTAMIRANO.- Nosotros pedimos aplazamiento de la votación. El señor PABLO (Presidente).- El proyecto está en discusión, Honorable Senador. Oportunamente, cuando se clausure el debate, se adoptará la resolución insinuada por Su Señoría. Tiene la palabra el Honorable señor Allende. El señor ALLENDE.- Señor Presidente, tal como lo afirmó el Honorable señor Altamirano, nuestro propósito es estudiar en forma detenida este tratado y votarlo después de adquirir plena conciencia de sus alcances. Desde luego, son importantes las observaciones formuladas por los Honorables señores Bulnes y Chadwick. Además, nosotros pensamos que habría sido conveniente la presencia en esta Sala de alguno de los Ministros que han intervenido en la discusión y preparación del convenio y en las conversaciones previas: el Ministro de Minería, que, según entiendo, inclusive concurrió a Zambia; o el de Relaciones Exteriores. Frente a un hecho de esta trascendencia para la política cuprera de Chile, consideramos indispensable un esclarecimiento cabal de esta materia, sobre todo porque, como dijo muy bien el Honorable señor Bulnes, de acuerdo con el artículo 30, estos estatutos pueden ser modificados por decisión de los Ministros de los países signatarios del tratado. Por otra parte, nosotros, en la oportunidad propicia, planteamos muy serias y profundas observaciones sobre los convenios del cobre. Creemos que el criterio del Ejecutivo sobre esta materia se modificó, en parte, gracias al debate que hubo en el Senado, y que el tiempo nos ha dado la razón, pues en la llamada "nacionalización pactada" se evitaron algunos de los graves errores cometidos en esos convenios. Pues bien, durante la discusión de los convenios, mi partido formuló diversas indicaciones, entre ellas una que fue aprobada, destinada a facultar al Presidente de la República para establecer en Chile, si lo estimaba pertinente, una Bolsa de Metales, con el propósito de concitar una política de los países mineros, por lo menos de Latinoamérica. Esto fue aprobado y no lo vetó el Ejecutivo. Estoy hablando del año 1965. Han pasado cuatro años. Nunca hemos sabido si existen razones que resten justificación a esa iniciativa, orientada a ayudar a la política del Gobierno, sobre la base de que fuera una auténtica política al servicio de Chile; nunca hemos tenido conocimiento del pensamiento del Ejecutivo al respecto; nunca el Ministro de Minería, que en representación de nuestro país ha tomado contacto con las demás naciones productoras de cobre, ha venido a este Hemiciclo a informar a los Senadores sobre las perspectivas de la política que se está siguiendo, sobre las proyecciones de los convenios, sobre la manera de defender a estos países, cuya producción es indiscutible recibe todavía la presión extraordinaria de los capitales foráneos, que en muchas partes son dueños de las minas. Todo eso 3o ignoramos en absoluto. De ahí que yo reafirme el criterio sustentado por el Honorable señor Carlos Altamirano de aplazar la votación, y exprese la conveniencia de que uno de los señores Ministros esté presente cuando resolvamos en esta materia. Ya tenemos una triste experiencia respecto de lo ocurrido con la empresa química. A espaldas del Congreso, aunque sobre la base de disposiciones legales es cierto, se establecieron compromisos muy serios de parte de Chile y se abrió a las compañías norteamericanas del salitre la posibilidad de ser factores de importancia en la industria de los fertilizantes, en la zona de Magallanes. En aquella ocasión, por desgracia, el Ministro de Minería señor Hales, en vez de explicar al país el presente y el futuro de esa iniciativa del Gobierno, vino aquí a leernos un mamotreto de la historia del salitre que, por cierto, nosotros sabíamos mejor que él, porque hemos debatido este problema en muchas oportunidades en el Senado; pretendió hablar toda una sesión y, por último, como quisiéramos limitar su tiempo al mismo de que disponían los Comités o los Senadores, abandonó en forma muy poco usual el Hemiciclo. Es de lamentar que nuevamente nos veamos ante la necesidad de pronunciarnos acerca de una materia tan importante, que merece dudas a distintos sectores del Senado, ¡sin que estén aquí los representantes del Ejecutivo para esclarecer los hechos. El señor PABLO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor ISLA.- Señor Presidente, sin perjuicio de lo que se ha escuchado en el Senado esta tarde, quiero dejar constancia, en mi calidad de integrante de las Comisiones Unidas que debatieron este proyecto de acuerdo, de que, como lo dice el informe, el señor Ministro de Minería asistió a la reunión, conjuntamente con el representante de la Corporación del Cobre, señor Guillermo Atria; de que allí, ante las Comisiones, hizo una exposición bastante larga, completa y minuciosa, y de que el proyecto de acuerdo se despachó después de haberse suscitado un debate, que a mi Juicio fue de bastante interés, entre los señores Senadores miembros de las Comisiones de Minería y de Relaciones Exteriores. Sin perjuicio de los acuerdos que puedan 'adoptarse en la Sala en definitiva, deseaba dejar constancia de esos hechos, porque creo que tienen importancia. El señor PABLO (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor RODRIGUEZ.- Señor Presidente, ¿podría continuarse mañana el debate, con invitación expresa al señor Ministro de Minería? El señor PABLO (Presidente).- La situación reglamentaria es la siguiente: al aplazarse la votación hasta mañana, queda cerrado hoy el debate, a menos que haya acuerdo unánime del Senado para continuarlo. De lo contrario, correspondería sólo votar. El señor ALTAMIRANO.- Lo que nos interesa es continuar el debate. El señor BULNES SANFUENTES.- Con relación a lo que acaba de manifestar el Honorable señor Isla, quiero decir que primeramente voté en contra del proyecto, por no haberse acogido mi idea de dejar constancia, en el acuerdo aprobatorio, de las salvedades que hemos expuesto recientemente. Después, ante la proposición del señor Ministro de que constara en el informe que, al ratificarlo, se harían las reservas correspondientes, modifiqué mi voto. Pero siempre pensé por eso lo he manifestado ahora que no basta la mención del compromiso del señor Ministro en el informe, sino que es necesario, por lo menos, un acuerdo del Senado que lo establezca así. Prefiero la idea del Honorable señor Chadwick, que es la misma que propuse primitivamente en las Comisiones : que la reserva se haga en el propio acuerdo aprobatorio. El señor IBAÑEZ.- Adhiero a la proposición que aquí se ha hecho, de tener un debate un poco más amplio sobre esta materia. Es ella de tal trascendencia para el país y reconozco que he sido un poco cogido de sorpresa al verla hoy en la tabla, que preferiría intervenir mañana, para meditar un poco más algunos temas que me interesa mucho presentar en el Senado, por considerarlos de importancia. Adhiero, pues, a la petición del Honorable señor Altamirano de que la Mesa solicite el acuerdo unánime de la Sala o busque otro recurso reglamentario a fin de continuar mañana el debate. El señor PABLO (Presidente).- Puede usar de la palabra el Honorable señor Reyes; en seguida, el Honorable señor Rodríguez. El señor RODRIGUEZ.- ¿Me permite, señor Senador? El señor REYES.- No tengo inconveniente en que el Honorable señor Rodríguez hable antes que yo. El señor RODRIGUEZ.- Insisto ante la Mesa para que invite expresamente al Ministro de Minería a la sesión de mañana. Creo que, al margen del Reglamento, que nos obliga a limitarnos a votar, podríamos seguir analizando el tema. Lo digo sin el ánimo de postergar nuestra resolución. Adquiere particular importancia la intervención del señor Ministro, pues, según entiendo, concurrirá muy pronto a una nueva reunión de los cuatro países productores de cobre, por celebrarse en Lima. Conviene, entonces, que sepamos cuál es la política que Chile tiene proyectado exponer en esa reunión. Anticipamos que la idea en sí misma la compartimos; que consideramos una buena iniciativa la de concertar una acción común entre los cuatro países: Zambia, Congo, Perú y Chile. Pero quisiéramos, como lo han dicho los Honorables señores Altamírano y Allende, ver más claro este problema en lo sustantivo. En resumen, pido que la Mesa se encargue de citar expresamente al señor Ministro de Minería. El señor REYES.- Señor Presidente, hemos procurado que, entre tanto, pudiera obtenerse una redacción complementaria del proyecto de acuerdo, satisfactoria para todos los sectores del Senado, ya que no estamos lejos de aceptar la proposición del Honorable señor Chadwick, pues ese fue el propósito original, como consta en el informe de las Comisiones. Nuestro deseo es que el proyecto de acuerdo quede redactado en términos que permitan su aprobación en el momento oportuno, de modo que la ratificación del convenio ya firmado por los cuatro países productores, que habrá de hacerse en Lima, no se vea alterada por esa falla, que no importa a quién atribuirla, pero en la que nosotros estaríamos incluidos como país. Si dejáramos la votación para el día de mañana, aun cuando conviniéramos en un texto que incluyera las ideas aquí expresadas, la Cámara no podría tratar el proyecto de acuerdo sino la próxima semana, lo que perjudicaría seriamente la posibilidad de llegar a Lima con el documento ratificado por el Parlamento. Por esta razón, pienso que sería preferible aprobar hoy la nueva redacción propuesta por los Honorables señores Chadwick y Bulnes Sanfuentes, para que mañana la Cámara pudiera aprobarla a su vez como cláusula adicional del proyecto de acuerdo en debate. El señor PABLO (Presidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar la proposición del Honorable señor Reyes, sin perjuicio de que la Mesa invite al señor Ministro de Minería a la sesión de mañana, a fin de que exponga los puntos de vista del Gobierno sobre la política del cobre? El señor ALTAMIRANO.- Señor Presidente, por desgracia, no podemos dar nuestro acuerdo, porque volvemos a insistir el problema es complejo y delicado. Durante mucho tiempo, los Senadores de estas bancas sostuvimos la necesidad de vender, el cobre en el mercado de Londres. A ello se oponía en especial el Jefe del Departamento del Cobre de hace dos años, señor Javier Lagarrigue, e igual posición adoptaba permanentemente el Gobierno. Tan así es que una indicación que presentamos conjuntamente con el Honorable señor Luis Bossay en la Comisión de Hacienda fue lo que en cierta medida no digo de modo determinante y exclusivo obligó al Gobierno a vender en ese mercado la producción de cobre chileno. Hoy día, oímos al señor Ministro de Hacienda manifestar que es política de este Gobierno el haber vendido al precio del mercado de Londres; pero en múltiples ocasiones sostuvimos arduas discusiones sobre este tema. Ahora, no sabemos bien qué se propone el Ejecutivo frente a las finalidades que se plantean en el documento que tenemos a la vista: "Coordinar las medidas encaminadas a estimular, mediante la expansión de la industria, un crecimiento de los ingresos que provengan de las exportaciones del cobre; conseguir uniformidad en las decisiones de los países miembros acerca de los problemas referentes a la producción". ¿Qué uniformidad es la que se desea? ¿Respecto a qué tema se quiere uniformidad? Si esta no existe, ¿cómo se procederá? En seguida, "obtener para los cuatro países miembros una información y asesoramiento adecuados". ¿Información y asesoramiento de quién? ¿De la Anaconda? ¿Quién asesorará a los cuatro países? En fin, los que han asistido a la reunión de las Comisiones tal vez puedan contestar algunas de nuestras dudas e inquietudes; pero, como se ve, se requiere un mayor estudio. No es tan sencillo comprometernos con otros tres países grandes productores de cobre, que están haciendo grandes inversiones en la industria respectiva, a mantener uniformidad, intercambio de antecedentes, de informaciones sobre costos de producción, etcétera. No podemos comprometernos, así como así, sin saber qué quiere nuestro Gobierno. En principio, como lo ha dicho el Honorable señor Rodríguez, la idea nos parece buena y justa, pero queremos escuchar del propio Gobierno qué se está persiguiendo, porque tal vez lo que él se proponga no sea lo mismo que nosotros creamos que él persigue. Por eso, insistimos en lo ya expresado: ojalá no haya oposición de parte de los señores Senadores para que mañana se reabra debate, no sólo se vote, y se escuche al señor Ministro Insistimos en esto no con ánimo de demorar, porque, en general, somos partidarios de ese tipo de organismos y de sus finalidades. El señor REYES.- Señor Presidente, deploro que nos encontremos en ésta "impasse". De parte nuestra, se ha querido facilitar el despacho de este proyecto de acuerdo. Si se reabre debate mañana sin que tengamos la seguridad de que la Cámara se pronunciará en el mismo día, puede no ser ratificado a tiempo. Porque tenemos conciencia del apremio en que nos encontramos, no puede haber buena voluntad de los Senadores de estas bancas para reabrir el debate. Entraríamos solamente a votar, que es lo único que se ganaría con la solicitud de aplazamiento de la votación. El señor IBAÑEZ.- Pero podríamos fijar una hora de votación; postergar este asunto en el entendimiento de que mañana se votará. Es decir, podrían concillarse perfectamente los deseos de los Senadores que tenemos interés en intervenir y los del Gobierno, de que el proyecto sea despachado sin mayor dilación. El señor PABLO (Presidente).- ¿Habría acuerdo para la siguiente proposición que formula la Mesa, con el propósito de atender al planteamiento del Honorable señor Reyes: retirar el aplazamiento de la votación, que nos obliga a votar en la próxima sesión ordinaria, y citar mañana a una sesión especial, a las 11, con el objeto de debatir el proyecto y votarlo a las 13, a más tardar? El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Cuándo viaja el señor Ministro de Minería ? Por lo menos yo, tengo compromisos para mañana a las 11,. . . El señor ALTAMIRANO.- Yo también. El señor BULNES SANFUENTES.- ... y en la misma situación deben estar otros señores Senadores. El señor PABLO (Presidente).- Pero Sus Señorías desean analizar la política del cobre. El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Por que no se cita a una sesión del Senado para el próximo jueves? El señor PABLO (Presidente).- El problema planteado por el Honorable señor Reyes es el siguiente: algunos señores Senadores han solicitado aplazamiento de la votación, único derecho que pueden impetrar en estos instantes, lo que nos obligaría a votar el proyecto de acuerdo en la sesión ordinaria de mañana. El Honorable señor Reyes manifestó que en tales condiciones la Cámara de Diputados no alcanzaría a pronunciarse oportunamente sobre el particular. Por lo tanto, el aplazamiento de la votación impediría que mañana hubiera posibilidad de debatir esta materia, pues sólo habría que someter el proyecto a votación. La Mesa, con el propósito de que pueda haber discusión y, al mismo tiempo, subsanar el problema planteado por el Honorable señor Reyes en cuanto a la conveniencia de que la Cámara trate el miércoles el proyecto de acuerdo, ha sugerido realizar una sesión mañana en la mañana, con el compromiso el acuerdo debería adoptarse por unanimidad de votarlo a las 13, y citar al señor Ministro de Minería. En tales condiciones, el proyecto podría quedar despachado mañana. El señor FUENTEALBA.- La sesión podría celebrarse a las 3 de la tarde. El señor BULNES SANFUENTES.- El debate propuesto por el Honorable señor Altamirano es útil. No obstante que concurrí con mi voto a aprobar el convenio, personalmente me quedaría mucho más tranquilo si hubiera una nueva discusión sobre esta materia en la Sala del Senado. No creo del todo indispensable que el señor Ministro de Minería vaya a Lima con el convenio ratificado por el Congreso. Podría hacerlo con el convenio sólo aprobado por el Senado, y la Cámara podría ratificarlo el jueves. No me parece que haya tanta premura de tiempo. Reitero que bastaría con que el señor Hales fuera a Lima con la aprobación del proyecto de acuerdo por parte del Senado. Personalmente tengo inconvenientes para asistir a una sesión de la Sala mañana por la mañana. Tengo mucho interés en participar en la discusión de esta materia, pero junto con mis compañeros de representación tenemos algunas responsabilidades que cumplir. El señorRODRIGUEZ.- La Mesa puede citar a una sesión para mañana en la tarde. El señor CONTRERAS.- Las dudas existentes sobre el proyecto de acuerdo en debate se refieren al artículo 30 del convenio. Los Honorables señores Chadwick y Bulnes estiman conveniente modificar el texto aprobado por la Cámara de Diputados. En estas circunstancias, me parece perfectamente factible aprobar en esta sesión las enmiendas propuestas. ¿Por qué no estimamos oportuno efectuar una reunión mañana por la mañana? Porque una, sesión de Sala suspende automáticamente todo el trabajo de las Comisiones. Algunas de éstas, como la de Trabajo y Previsión Social, deben preocuparse de proyectos de carácter laboral, como es el caso del relativo a los pensionados del Servicio de Seguro Social. De acuerdo con el artículo 47 de la ley 10.383, tales personas tienen derecho a que sus pensiones sean reajustadas en 31%; sin embargo, debido a que el Servicio de Seguro Social está desfinanciado, sólo se les ha pagado 15% de aumento. De la misma manera, la Comisión de Trabajo y Previsión Social debe despachar una iniciativa legal relacionada con el cobro de imposiciones de los empleados particulares Asimismo, debe conocer varios vetos del Ejecutivo, también de carácter laboral, entre ellos, uno recaído en un proyecto que beneficia al personal de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado. Estimamos muy importante un debate sobre la política cuprera; pero de no menos trascendencia nos parece el despacho de algunos proyectos que benefician a los trabajadores, que están pendientes en Comisión y que requieren su estudio a la brevedad. En homenaje a estas necesidades y acogiendo las ideas aquí expuestas para modificar el proyecto de acuerdo, respecto de lo cual los Senadores del Partido de Gobierno han dado su asentimiento, me parece que bien podríamos resolver el problema en esta misma sesión, sin perjuicio de que con posterioridad se cite a una especial a fin de que los señores Senadores especializados no sólo en el cobre, sino también en temas internacionales, en presencia del señor Ministro de Minería puedan concurrir con sus experiencias y conocimientos a un debate más amplio. En tales circunstancias, nosotros por lo menos, no daríamos acuerdo para que la Sala sesionara mañana en la mañana, salvo que el señor Presidente hiciera uso de sus atribuciones especiales para tal efecto. El señor PABLO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Como se ha solicitado aplazamiento de la votación y ésta procede hacerla en la sesión de mañana, la Mesa propone concretamente lo siguiente: citar a una sesión especial, de 15 a 16, e invitar a ella al señor Ministro de Minería. Como la votación debe hacerse en la sesión ordinaria, se acordaría realizarla a las 16. El señor BULNES SANFUENTES.- ¿A qué hora se votaría? El señor PABLO (Presidente).- A las 4 de la tarde, señor Senador. El señor IBAÑEZ.- Mejor a las 5, para que haya un par de horas de debate. El señor PABLO (Presidente).- En la sesión ordinaria no puede haber debate, a menos que se acordare por unanimidad, acuerdo que no se obtendría, según se ha expresado. Se votaría a las 4 de la tarde y la sesión especial se celebraría de 15 a 16. Acordado. -Queda aplazada la votación para la sesión de mañana. "
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