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- rdf:value = " IMPUESTO A EMPRESAS ENVASADORAS DE AGUAS MINERALES. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
En conformidad a un acuerdo unánime de los Comités, corresponde ocuparse en las observaciones al proyecto de ley que establece un impuesto a las empresas envasadoras de aguas minerales en beneficio de las municipalidades respectivas, informadas por las Comisiones de Hacienda y de Gobierno.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 26º, en 23 de julio de 1968.
En cuarto trámite, sesión 34º, en 20 de agosto de 1969.
Observaciones en segundo trámite, sesión 3º, en 29 de octubre de 1969.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 21ª, en 23 de julio de 1969.
Hacienda, sesión 21ª, en 23 de julio de 1969.
Hacienda (segundo), sesión 23ª, en 30 de julio de 1969.
Gobierno (veto), sesión 12, en 19 de noviembre de 1969.
Hacienda (veto), sesión 12º, en 19 De noviembre de 1969.
Discusión:
Sesiones 22ª, en 29 de julio de 1969 (aprobado en general); 23º, en 30 de julio de 1969 (aprobado en particular).
El señor FIGUEROA (Secretario.-
La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (Presidente), Ibáñez, Miranda y Silva Ulloa, recomienda a la Sala adoptar los acuerdos consignados en el boletín Nº 24.208.
Por su parte, la Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Isla y Montes, recomienda a la Sala adoptar los acuerdos consignados en el boletín Nº 24.196.
El señor VALENTE.-
Podríamos votar de inmediato los dos primeros artículos.
El señor CHADWICK.-
¿Hay boletín comparado?
El señor VALENZUELA.-
Hay acuerdo unánime.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo ha observado los dos artículos permanentes de la ley y agregado algunos nuevos. Ambas Comisiones recomiendan rechazar la observación a los artículos aprobados por el Congreso, es decir, el 1° y el 2º, e insistir, tal como lo hizo la Cámara.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión general y particular las observaciones.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación las observaciones a los artículos 1º y 2º.
- (Durante la votación).
El señor GARCIA.-
Este proyecto pretendía beneficiar a algunas comunas de muy escasos recursos mediante un pequeño impuesto sobre las aguas minerales que en ellas se producen. Sin embargo, el Ejecutivo ha legislado sobre una inmensa cantidad de materias y ha agregado disposiciones que nada tienen que ver con la idea matriz del proyecto. De modo que, por medio del veto sustitutivo, legislaremos respecto de diversos asuntos cuyos antecedentes desconocemos, inclusive sobre el impuesto global complementario.
El señor CHADWICK.-
Todos esos artículos fueron rechazados.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Son todos improcedentes.
El señor GARCIA.-
Entonces, quedo tranquilo al respecto.
Quiero que en lo futuro no se diga que fui partidario del sistema de imponer determinados gravámenes y destinar el producido a los fines señalados en la misma ley, porque es una mala práctica tributaria.
El señor CHADWICK.-
Uno de ellos fue aceptado.
El señor GARCIA.-
Como el Estado chileno se ha dedicado a gastar sus recursos en el centro del país y en la capital, con abandono de las comunas, éstas se han visto obligadas a recurrir a tal procedimiento, como única manera de obtener entradas para mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Por lo tanto, si algún día se descentralizara real- mente el país, deberíamos derogar estos impuestos. Pero mientras no suceda así y no se proporcione a las comunas lo q^ie ellas necesitan, acompañaré con agrado a todos los parlamentarios de la zona que en este instante se encuentran presentes a rechazar el veto.
El señor ISLA.-
Celebro su doctrina, señor Senador.
El señor VALENZUELA-
Sus últimas palabras fueron muy acertadas.
El señor SULE.-
Se aplica a todas.
El señor JULIET.-
Si ya está rechazado el veto.
El señor PABLO (Presidente).-
Estamos en votación.
Ruego a los señores Senadores no interrumpir.
El señor CHADWICK.-
Por esa razón, me abstendré de votar.
El señor CHADWICK.-
Deploro que en el artículo que vamos a confirmar - me refiero al artículo 1º que el Ejecutivo desea suprimir- no se adopten medidas tributarias elementales para gravar con el mismo impuesto a aquellas bebidas competidoras de las aguas minerales, a las cuales se pretende beneficiar. Hay bebidas envasadas en la misma forma que las minerales y que no están comprendidas en el impuesto, por lo cual se producirá un desplazamiento en el mercado. Entonces, en lugar de beneficiar a las comunas, se les provocará un serio perjuicio. Entiendo que hay una bebida llamada "Andina", y que no es mineral,...
El señor JULIET.-
Es agua potable.
El señor CHADWICK.-
...pero está en competencia con las aguas minerales.
Por efectos de este impuesto temo que se las perjudicará. No estoy seguro de ello pues no participé de su estudio en las Comisiones.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará el veto y el Senado insistiría.
El señor JULIET.-
Muy bien.
El señor PABLO (Presidente).-
Acordado.
Hay varios artículos nuevos que fueron rechazados por la Cámara, excepto uno, sobre el cual surtiría efecto el acuerdo del Senado.
El señor JULIET.-
¿Me permite la palabra, señor Presidente?
El señor PABLO (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra al Honorable señor Juliet.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazarán los artículos respecto de los cuales la Cámara adoptó esta misma decisión.
El señor VALENTE.-
Quiero intervenir para fundar mi voto.
El señor GARCIA.-
¿Será sometido a votación el precepto aprobado por la Cámara?
El señor VALENTE.-
Deseo intervenir sobre las disposiciones rechazadas por la Cámara, por lo menos, para fundar mi voto.
El señor JULIET.-
El Ejecutivo patrocinó con entusiasmo la reforma constitucional. Una de las enmiendas pretende terminar con la práctica de incorporar ideas nuevas o diferentes a la materia central de los proyectos. El Congreso Nacional aceptó esa reforma y le introdujo un agregado -que también compartió el Ejecutivo- consistente en impedir que, por la vía de las observaciones, se introduzcan materias' no relacionadas con la idea central de las iniciativas.
Sin embargo, en este proyecto, que aplica un tributo a las empresas envasadoras de aguas minerales, en beneficio de las municipalidades, el Ejecutivo, por la vía del veto, nos pide un pronunciamiento respecto de una exención tributaria a las reparaciones de barcos pesqueros, regalías para obreros agrícolas, derogación de algunas exenciones del impuesto global complementario, obligación a las municipalidades de exigir la presentación de la cédula de rol único tributario, y facultades al Director de Impuestos Internos para disponer la modificación o eliminación del Registro establecido en el artículo pertinente. En fin, no es necesario seguir enumerando.
Deseo advertir esta inconsecuencia del Ejecutivo, que permanentemente formula ataques y críticas al Congreso por agregar ideas nuevas a los proyectos sin atender a su idea primitiva o matriz. Somos partidarios de legislar solamente sobre materias afines a la idea central de un proyecto.
Destaco este hecho a fin de que lo recuerden quienes legislan por la vía de las observaciones.
El señor PABLO (Presidente).-
Pondré en votación la totalidad de los artículos rechazados por la Cámara.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor VALENTE.-
Comparto la protesta dada a conocer esta tarde en el sentido de no aceptar el procedimiento del Gobierno de introducir al proyecto, mediante el veto, artículos ajenos a la idea central de la iniciativa.
De acuerdo con el criterio del Ejecutivo, el proyecto que despachó el Congreso, de sólo dos artículos, ha sido rechazado en su totalidad. En cambio, recurriendo al mecanismo del veto aditivo, el Presidente de la República ha agregado disposiciones que nada tienen que ver con la idea original y ha pretendido favorecer a otros sectores, lo cual no podemos aceptar. Por ejemplo, el artículo 1º, nuevo, propuesto por el Gobierno exime del impuesto de compraventa a los barcos pesqueros que se hayan reparado en los astilleros del país de acuerdo con el D.F.L. 266, que regula las franquicias de la industria pesquera. Más aún: hace retroactiva esta exención a contar desde el 6 de abril de 1960. Ello significará nada menos- que aceptar a dichos armadores que no paguen el impuesto a la compraventa que adeudan desde hace más de 10 años.
Por tales razones, no podemos aceptar tal procedimiento y rechazaremos la disposición en referencia.
El artículo 2º dispone que las regalías, de cualquier naturaleza, que se otorguen a los empleados y obreros agrícolas, siempre que no se paguen en dinero, formarán parte del sueldo imponible. Al respecto, debemos advertir al Senado acerca de un asunto bastante controvertido. A primera vista, se está concediendo un beneficio, pues se disminuiría la renta imponible de ese personal para los efectos del pago del 3,5 correspondiente al impuesto a la renta, de acuerdo con la 2º categoría de la ley respectiva. Pero al mismo tiempo, como consecuencia de la rebaja de la renta imponible, se permite a los patrones agrícolas no enterar la totalidad de las imposiciones correspondientes a los campesinos o a los empleadores.
Por las razones expuestas, rechazaremos el artículo propuesto por el Ejecutivo.
En seguida, el artículo 3º dispone que "la derogación de las exenciones al Impuesto Global Complementario establecida en el artículo 1º de la ley 17.073, no ha afectado ni afecta a la liberación de dicho impuesto otorgada en conformidad a la presente ley". Mediante este precepto se exime del tributo mencionado a los empleados de la Fundación Rockefeller que funciona en nuestro país, medida que estimamos absurda e inaceptable, de manera que también lo votaremos en contra.
En cambio, votaremos a favor de todos los demás artículos, aun cuando hayan sido rechazados por la Cámara, por estimar que favorecen a los comerciantes minoristas que realizan trámites en las municipalidades de las comunas respectivas.
El señor PABLO (Presidente).-
Deseo manifestar a los señores Senadores que, en virtud de las observaciones del Honorable señor Juliet -cuyo criterio comparto-, y por no poder declarar improcedente el veto por haber sido aprobado por la Cámara, lisa y llanamente votaré en contra de la totalidad de las observaciones.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Muy bien.
El señor LUENGO.-
¿Inclusive el artículo aprobado por la Cámara?
El señor PABLO (Presidente).-
Puede ser incluido perfectamente en el proyecto de ley de reajustes.
El señor LUENGO.-
A mi juicio, es preferible votar en la forma propuesta anteriormente: rechazar todos aquellos artículos nuevos desechados por la Cámara y, en seguida, discutir los que ella aceptó, porque el Honorable señor Valente ha hecho algunas observaciones que estimo erradas y vale la pena aclarar.
El señor VALENTE.-
A ver si me saca del error.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para desechar los artículos rechazados por la Cámara?
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, corresponde discutir el artículo 2º, nuevo, aprobado por la Cámara y que también lo fue por las Comisiones de Gobierno y de Hacienda, unidas. Esta disposición se refiere a las regalías otorgadas a los obreros y empleados agrícolas.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
-'(Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
El Honorable señor Valente se refirió a los artículos que nada tienen que ver con la idea central del proyecto, y, al respecto, compartimos sus afirmaciones. Sin embargo, en cuanto a esta disposición, Su Señoría está en un error, porque el impuesto a la renta de la segunda categoría es de retención, de modo que es de cargo del trabajador y no afecta al monto de la imposición. Por desgracia, mientras exista esta disposición los tributos de los obreros agrícolas están limitados en el Servicio de Seguro Social. Es indudable, pues, que la Cámara ha tenido razón en aprobar el artículo por beneficiar a los trabajadores agrícolas.
Voto afirmativamente.
El señor GARCIA.-
A mi juicio, esta disposición no tiene atinencia con el Servicio de Seguro Social, por una razón muy simple: se modifica el artículo 17 de la ley de la Renta, el cual declara qué beneficios no son rentas, y entre ellos figuran las regalías, las cuales nada tienen que ver con aquel Servicio, porque no son imponibles.
En segundo término, esta disposición no disminuye los ingresos fiscales, porque nunca, desde que existe la ley de Impuesto a la Renta, se ha hecho retención de impuesto de Segunda Categoría -antes, de Quinta- por la casa, por el huerto o por la media cuadra de chacra, porque no hay manera de retenerlo, de calcularlo ni de pagarlo. Por lo tanto, esta disposición sirve para que ese tributo no sea burlado en forma permanente, porque es imposible aplicarlo. Creo que ésta es una buena razón para aprobar el artículo consignado en el veto; no cabe la menor duda.
No dejo de pensar, sí, que si hemos rechazado el resto de las observaciones por no decir relación a la idea central del proyecto, no adoptemos igual temperamento respecto de las cosas positivas, como ésta.
La señora CAMPUSANO.-
¿Para quién es buena?
El señor GARCIA.-
Para los obreros agrícolas, señora Senadora. No tenga dudas. .
La materia de que trata este precepto es también totalmente ajena a la idea central de la iniciativa. Si estableciéramos una norma en el sentido de rechazar todas las disposiciones extrañas a la idea matriz del proyecto, deberíamos, para ser consecuentes, desechar todas las observaciones.
Me agradaría oír la opinión del Honorable señor Juliet, quien ha indicado qué técnica debe imperar a este respecto. Es la única duda que me asalta, porque, en cuanto a la bondad y legitimidad de la disposición, no tengo reparos que formular.
El señor PABLO (Presidente).-
Su Señoría deberá prescindir de las "luces" del Honorable señor Juliet, pues tendrá que emitir su voto en este momento.
El señor JULIET.-
Traspaso las "luces" al señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
El Senador señor García propuso rechazar todas las observaciones.
El señor GARCIA.-
No, señor Presidente. Yo me abstengo.
El señor LUENGO.-
Señor Presidente, en muchas oportunidades me he referido en la Corporación a la permanente política adoptada por el Ejecutivo de plantear en los proyectos ideas nuevas por la vía del veto aditivo.
Me alegra que en esta oportunidad se haya rechazado una gran cantidad de artículos, por no decir relación a la idea central de la iniciativa en estudio.
Por lo demás, el Gobierno aplica ese criterio en su exclusivo beneficio, porque siempre ha sido contrario a las indicaciones de los congresistas ajenas a la idea matriz de las iniciativas.
Por ese motivo, en el último proyecto de reforma de la Carta Fundamental -el Honorable señor Juliet se refirió a él-, el Ejecutivo propuso una disposición que da carácter de "constitucional' a una norma consignada en el Reglamento del Senado, que permite al Presidente de la Corporación y al de una Comisión declarar la procedencia o improcedencia de una indicación cuando trate de una materia extraña a la idea central del proyecto.
En esa iniciativa de reforma constitucional, el Gobierno aplicaba la "ley del embudo", pues establecía que los parlamentarios no podían formular indicaciones de esa índole, pero no hacía lo propio respecto de los vetos.
Fuimos nosotros quienes, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, agregamos a esa norma constitucional la contrapartida: establecimos un precepto que impide al Ejecutivo enviar al Congreso vetos aditivos que no digan relación a la idea matriz del proyecto.
No sé qué suerte correrá el proyecto de reforma constitucional de que hice mención, sobre el cual el Parlamento deberá pronunciarse el 29 de diciembre próximo.
El señor JULIET.-
En esa oportunidad nos recordaremos de esto.
El señor LUENGO.-
Con seguridad, recordaremos muchas otras cosas más. Personalmente, no puedo anticipar como votaré en esa ocasión.
Sin embargo, deseo dejar constancia de que, en cuanto a este artículo -la Cámara ya lo aprobó; por lo tanto, el acuerdo del Senado produce efecto-, daré mi voto afirmativo, pues creo que vale la pena hacer una excepción. La regla que desearíamos hacer valer siempre ha sido objeto de salvedades.
En esta ocasión emitiré mi voto prescindiendo del reclamo permanente que he formulado respecto de la conducta observada por el Gobierno sobre el particular, por estimar que el artículo favorece a los obreros y empleados agrícolas.
Considero que el Honorable señor Va-lente ha incurrido en error al suponer que la disposición afectará en parte a las imposiciones que deben hacer los patrones o empleadores con relación a los sueldos de sus empleados y obreros. La norma establece claramente: "para el solo efecto de la declaración de la renta". Es decir, no constituirán renta las regalías que reciban los empleados y obreros agrícolas, siempre que no se paguen en dinero. De modo que esta disposición deberá aplicarse en forma restrictiva. Sólo tendrá efecto en lo que concierne a la declaración de renta, pero en ningún caso podrá servirle al empleador o al patrón para efectuar las imposiciones de sus empleados y obreros por un valor menor al que corresponda.
Por tales razones, apruebo el artículo.
El señor VALENTE.-
Los Senadores comunistas estamos a favor del veto, en el entendido de que la referida renta imponible se rebajará exclusivamente del impuesto a la renta de Segunda Categoría.
El señor VALENZUELA.-
En el entendido de que las regalías señaladas no constituirán renta para los obreros y empleados agrícolas, los Senadores democratacristianos aprobaremos el veto.
El señor PABLO (Presidente).-
Personalmente, votaré de manera negativa, a pesar de compartir el fundamento del veto, con el propósito de establecer la norma reglamentaria que la Mesa aplicará en lo futuro. Es decir, se declararán inadmisibles tanto los vetos como las indicaciones de los señores Senadores que no digan relación a la idea matriz de un proyecto.
-Se aprueba la observación, con el voto en contrario del señor Pablo y la abstención del señor García.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/594571
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