. " TOMA DE POSESI\u00D3N DE PREDIOS EXPROPIADOS. MODIFICACI\u00D3N DE LEY DE REFORMA AGRARIA. VETO. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n En seguida, corresponde continuar votando las observaciones del Ejecutivo, en primer tr\u00E1mite constitucional, al proyecto que modifica la ley de Reforma Agraria en lo relativo a la toma de posesi\u00F3n de los predios expropiados, informadas por las Comisiones de Hacienda y Agricultura. \n \n \n-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \n \nProyecto de ley (moci\u00F3n del se\u00F1or Aylwin) : \n \nEn primer tr\u00E1mite, SESION 57\u00AA, en 14 de mayo de 1969. \nEn tercer tr\u00E1mite, SESION 28\u00AA, en 12 de agosto de 1969. \nObservaciones en primer tr\u00E1mite, SESION 1\u00AA, en 14 de octubre de 1969. \n \nInformes de Comisiones: \n \nAgricultura, SESION 11\u00AA, en 1\u00BA de julio de 1969. \nAgricultura (segundo informe), SESION 16\u00AA, en 9 de julio de 1969. \nAgricultura (tercer tr\u00E1mite), SESION 35\u00AA, en 21 de agosto de 1969. Hacienda (veto), SESION 12\u00AA, en 19 de noviembre de 1969. \nAgricultura (veto), SESION 12\u00AA, en 19 de noviembre de 1969. \n \nDiscusi\u00F3n: \n \nSesiones 11\u00AA, en 1\u00B0 de julio; 13\u00AA, en 2 de julio (se aprueba en general); 16\u00AA, en 9 de julio (se aprueba en particular) ; 35\u00AA, en 21 de agosto (se despacha en tercer tr\u00E1mite) ; 13\u00AA, en 19 de noviembre de 1969. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Est\u00E1 pendiente la votaci\u00F3n del s\u00E9ptimo art\u00EDculo nuevo propuesto por el Ejecutivo, que dice: \n\"El Secretario Ejecutivo de la Oficina de Planificaci\u00F3n Agr\u00EDcola, establecido en el art\u00EDculo 214 de la ley N\u00BA 16.640, se denominar\u00E1 en adelante Director. \n \n\"Todas las referencias hechas al Secretario Ejecutivo de esa Oficina en Leyes, Reglamentos y Decretos, deber\u00E1n entenderse hechas en adelante al Director.\" \nLa Comisi\u00F3n de Agricultura recomienda aprobar el veto, tal como lo hizo la C\u00E1mara de Diputados. \n \n \n-Se aprueba. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n A continuaci\u00F3n, las Comisiones de Agricultura y de Hacienda recomiendan aprobar el octavo art\u00EDculo nuevo, que establece: \n\"En el caso de las expropiaciones a que se refiere el art\u00EDculo segundo transitorio de la ley N\u00BA 16.640 y con respecto a aquellas en que se hubiere practicado la consignaci\u00F3n correspondiente, la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria, previa presentaci\u00F3n de copia autorizada del acuerdo de expropiaci\u00F3n, del Diario Oficial en que conste la notificaci\u00F3n de dicho acuerdo y de certificaci\u00F3n de haberse efectuado la consignaci\u00F3n de la cuota al contado de la indemnizaci\u00F3n, podr\u00E1 requerir del Conservador de Bienes Ra\u00EDces que corresponda, la inscripci\u00F3n de dominio del predio a su nombre, el que la practicar\u00E1 sin m\u00E1s tr\u00E1mite. En el caso de que la notificaci\u00F3n no se hubiere hecho por el Diario Oficial, deber\u00E1 acompa\u00F1ar un certificado donde conste que la notificaci\u00F3n se ha hecho judicialmente. \n\"Si en definitiva el Tribunal correspondiente dejare sin efecto la expropiaci\u00F3n, ordenar\u00E1 se cancele la inscripci\u00F3n de dominio a nombre de la Corporaci\u00F3n.\" \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFQu\u00E9 dice el art\u00EDculo 2\u00BA transitorio de la ley 16.640? \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Lo veremos de inmediato, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Considero necesario conocer su texto, para saber a qu\u00E9 expropiaciones se refiere el art\u00EDculo nuevo del Ejecutivo. \n\u00BFPodr\u00EDa alg\u00FAn miembro de la Comisi\u00F3n explicar el problema? \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n La Comisi\u00F3n de Agricultura dice en su informe: \"El octavo art\u00EDculo nuevo tiene por objeto permitir que la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria pueda inscribir a su nombre los predios expropiados bajo la vigencia de la ley N\u00BA 15.020 y cuyo respectivo procedimiento de expropiaci\u00F3n se encuentre a\u00FAn pendiente, ya sea por estarse discutiendo su procedencia o el monto de la indemnizaci\u00F3n, con el fin de poder ulteriormente asignar esas tierras a los campesinos asentados en ellas, lo que no ser\u00EDa posible hacer mientras no exista inscripci\u00F3n a favor de la Corporaci\u00F3n. En general,, el art\u00EDculo se\u00F1ala los requisitos que debe cumplir la Corporaci\u00F3n para requerir dicha inscripci\u00F3n y, como en definitiva podr\u00EDa ocurrir que el tribunal que conoce de la reclamaci\u00F3n del expropiado resuelva dejar sin efecto la expropiaci\u00F3n, prescribe que en dicho evento el propio tribunal ordenar\u00E1 cancelar la inscripci\u00F3n de dominio a nombre de la Corporaci\u00F3n\". \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n En votaci\u00F3n. \n \n \n- (Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFPuedo fundar mi voto de inmediato, se\u00F1or Presidente? \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Con la venia de la Sala, puede hacerlo, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, este art\u00EDculo tiene relaci\u00F3n con otro que facilita a la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria el t\u00E9rmino de los juicios pendientes por expropiaciones hechas en virtud de la ley 15.020. De manera que hoy d\u00EDa se altera el procedimiento y se permite inclusive dejar sin efecto todas las expropiaciones anteriores, a fin de realizar nuevas expropiaciones, eludi\u00E9ndose una actuaci\u00F3n litigiosa. \nEvidentemente, ello es contrario al art\u00EDculo 80 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, que dice: \"La facultad de juzgar las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la Rep\u00FAblica, ni el Congreso, pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes o hacer revivir procesos fenecidos\". \nPor lo tanto, mediante el art\u00EDculo nuevo del Ejecutivo se est\u00E1 interviniendo en procesos pendientes, a los cuales se da soluci\u00F3n por medio de un precepto legal, lo que, como dije, contrar\u00EDa lo estatuido en la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica del Estado. \nA mi juicio, esa norma debe ser rechazada, por inconstitucional. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n \u00BFMe permite una consulta, se\u00F1or Presidente? \nDeseo saber si s\u00F3lo se est\u00E1 fundando el voto. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n As\u00ED es, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n \u00BFNo se puede formular una pregunta respecto del art\u00EDculo? \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Las observaciones ya fueron debatidas en general y en particular. \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo de la Sala para que el Honorable se\u00F1or Luengo hiciera una consulta acerca del art\u00EDculo? \nAcordado. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Deseo aprovechar la presencia del se\u00F1or Ministro de Agricultura para formularle una pregunta sobre el precepto nuevo sugerido por el Ejecutivo. \nAntes de ello, debo hacer presente que no participo de la opini\u00F3n del Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. De la lectura del art\u00EDculo no se desprende que \u00E9l ponga t\u00E9rmino a juicios pendientes. S\u00F3lo se dispone que, en el caso de litigios pendientes, se podr\u00E1 hacer la inscripci\u00F3n de dominio del predio a nombre de la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria. A\u00FAn m\u00E1s: se agrega que, si la CORA pierde el juicio, la inscripci\u00F3n quedar\u00E1 sin efecto. As\u00ED entiendo el art\u00EDculo. \nSin embargo, no comprendo bien el objeto de la disposici\u00F3n. Me agradar\u00EDa que el se\u00F1or Ministro nos lo explicara, porque no tiene una justificaci\u00F3n muy precisa. \n \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Con la venia de la Sala, tiene la palabra el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- \n \n Se\u00F1or Presidente, por una omisi\u00F3n del legislador, en el art\u00EDculo 2\u00BA transitorio de la ley 16.640 -referente a las expropiaciones hechas por la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria en conformidad a la ley 15.020- no se indic\u00F3 la forma de inscribir los predios cuya expropiaci\u00F3n no se hubiera perfeccionado. No sucede lo mismo con las expropiaciones hechas en virtud de las disposiciones permanentes de la ley 16.640, que se\u00F1alan el procedimiento. \nTal omisi\u00F3n ha impedido que estos predios puedan ser asignados. El problema se salva mediante el art\u00EDculo nuevo propuesto por el Ejecutivo. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFMe permite la palabra, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Si le parece a la Sala, conceder\u00E9 la palabra nuevamente al Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or AGUIRRE DOOLAN.- \n \n Me parece que estamos en debate. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Propongo reabrir la discusi\u00F3n sobre este art\u00EDculo. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n No, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra al Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. \nAcordado. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Es tan claro lo que sostuve denantes, que el inciso segundo del art\u00EDculo nuevo sugerido por el Gobierno dice: \"Si, en definitiva, el Tribunal correspondiente dejare sin efecto la expropiaci\u00F3n, ordenar\u00E1 se cancele la inscripci\u00F3n de dominio a nombre de la Corporaci\u00F3n\". \n\u00A1Si hay un pleito donde no se sabe si habr\u00E1 expropiaci\u00F3n o no! Tanto es as\u00ED, que el inciso segundo se pone en el caso de no haberla. \nO sea, aqu\u00ED se est\u00E1 dando soluci\u00F3n a un litigio. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n No, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Precisamente, el efecto que produce el inciso primero es el de hacer ganar el pleito antes de su t\u00E9rmino. Efectivamente, dispone que, cuando se presente una copia autorizada del acuerdo de expropiaci\u00F3n, la CORA podr\u00E1 solicitar la inscripci\u00F3n del predio a su nombre en el Conservador de Bienes Ra\u00EDces, con lo que estar\u00E1 en condiciones de disponer material y jur\u00EDdicamente de \u00E9l antes de estar afinado el pleito. Si el litigio se resuelve a favor del expropiado, habr\u00E1 que anular todas las inscripciones, lo que demuestra que el Congreso Nacional est\u00E1 interviniendo en un juicio para decidir sobre algunas de sus alternativas. Eso es lo que el art\u00EDculo 80 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica proh\u00EDbe al Parlamento, es decir, intervenir en los procesos o revivir los ya fenecidos, pues carece de atribuciones judiciales. \nPor lo tanto, nosotros estar\u00EDamos resolviendo los cuatro o cinco juicios pendientes, en circunstancias de que ello corresponde a los tribunales. \nConcedo una interrupci\u00F3n al Honorable se\u00F1or Bulnes. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n La disposici\u00F3n no est\u00E1 fallando el fondo de un juicio, no est\u00E1 dictando sentencia definitiva; pero, sin duda, est\u00E1 modificando sus efectos. \nComo hay litigios pendientes, no se puede efectuar la inscripci\u00F3n de dominio a favor de la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria. Sin embargo, esta norma pretende que se lleve a cabo tal inscripci\u00F3n. Por lo tanto, se modifican en medida importante los efectos de un proceso. Esta es una manera de avocarse causas pendientes, lo que est\u00E1 prohibido por la Constituci\u00F3n. \nAl intervenir en una causa pendiente, modificamos sus efectos. Por ello, la norma propuesta por el Ejecutivo cae dentro de la prohibici\u00F3n constitucional. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Termino mis observaciones anunciando nuestros votos negativos y agradeciendo a la Sala su deferencia de permitirme usar de la palabra. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Si le parece a la Sala, se aprobar\u00EDa el veto, con el voto contrario de los Senadores del Partido Nacional. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES - \n \nQue se vote. \n \nEl se\u00F1or MORALES ADRIASOLA.- \n \n Y el m\u00EDo. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Pido votaci\u00F3n. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n En votaci\u00F3n. \n \n \n- (Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or MORALES ADRIASOLA.- \n \n Voto que no, porque estimo inconstitucional el art\u00EDculo. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Voto favorablemente la disposici\u00F3n, en la inteligencia de que ella s\u00F3lo regulariza la situaci\u00F3n de aquellas expropiaciones efectuadas en conformidad a la antigua ley 15.020, a fin de que produzcan efectos similares a las realizadas seg\u00FAn la ley 16.640. \nReitero que con esta disposici\u00F3n no se viola el art\u00EDculo 80 de la Carta Fundamental: ni el Presidente de la Rep\u00FAblica ni el Congreso Nacional se est\u00E1n arrogando funciones judiciales, avoc\u00E1ndose juicios pendientes o haciendo revivir procesos fenecidos. S\u00F3lo se modifica el efecto de un acuerdo de expropiaci\u00F3n, en virtud del cual se puede permitir la inscripci\u00F3n de dominio a favor de la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Pero modificando los efectos de una causa pendiente. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n En todo caso, el inciso segundo establece que, si el juicio se pierde, se cancela la inscripci\u00F3n y vuelve el dominio del predio al antiguo due\u00F1o. De manera que no se resuelve el problema, sino que se atribuye un efecto distinto al acuerdo de expropiaci\u00F3n. De ning\u00FAn modo se interviene en el juicio. La existencia de una inscripci\u00F3n a favor de la CORA -que muchas veces es de car\u00E1cter provisorio- no significa que se est\u00E9 poniendo fin a una causa pendiente. \n \n \n-Se aprueba el art\u00EDculo (23 votos contra 3 y dos pareos). \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n El noveno art\u00EDculo nuevo propuesto por el Ejecutivo figura en las p\u00E1ginas 46, 47 y 48 del bolet\u00EDn comparado. La Comisi\u00F3n de Agricultura recomienda aprobarlo, con la abstenci\u00F3n de la Honorable se\u00F1ora Campusano. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n En votaci\u00F3n. \n \n \n-(Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Quiero fundar mi voto, a fin de que el Honorable Senado se d\u00E9 cuenta -mediante la lectura de estas tres p\u00E1ginas plagadas de reglamentaciones sobre las cooperativas, de ninguna o muy poca importancia- de un solo detalle que justifica lo que hemos venido sosteniendo desde hace mucho tiempo: con este instrumento -que bien estructurado podr\u00EDa significar el establecimiento de un adecuado plan agr\u00EDcola- se pretende someter a los campesinos a la autoridad pol\u00EDtica. Aqu\u00ED est\u00E1 la prueba m\u00E1s contundente de lo que digo: los pobres cooperados deber\u00E1n ser los m\u00E1s obedientes a los designios y decisiones de la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria. \u00A1Ay de ellos si no cumplen todo lo que se les ordene! \nUna de sus disposiciones prescribe lo siguiente: \"En el caso de exclusi\u00F3n de un socio de la cooperativa, \u00E9ste s\u00F3lo podr\u00E1 retirar un 50% de su capital acumulado, a justa tasaci\u00F3n realizada por la Corporaci\u00F3n\". \n\u00A1De modo que la \"justa tasaci\u00F3n\" es entregar la mitad de lo que tienen los cooperados cuando se retiran! \u00A1Ay de ellos el d\u00EDa que desobedezcan las resoluciones de la Corporaci\u00F3n de Reforma Agraria! \u00A1Ay de ellos el d\u00EDa que no asistan a las concentraciones que se les indique! \u00A1 Ay de ellos cuando no se obtengan los votos que se esperan! Una vez fuera de la cooperativa, pierden la mitad de lo acumulado y corren el riesgo de ser despedidos en cualquier momento. \nSi los se\u00F1ores Senadores ponen atenci\u00F3n, ver\u00E1n que m\u00E1s adelante se establece lo siguiente: \"En todos los casos en que un socio deje de pertenecer a la cooperativa, los aportes que hubiere efectuado en conformidad a acuerdos o disposiciones especiales de la cooperativa, podr\u00E1n retirarse en la forma, plazo y condiciones que para dicho aporte se hubiere establecido o acordado con el Consejo de Administraci\u00F3n\". \nDe modo que los campesinos quedan, por todos lados, incluso en lo relativo a la devoluci\u00F3n de sus aportes, sujetos a lo que resuelva el consejo pol\u00EDtico que maneje los asentamientos de la reforma agraria. \n Yo no s\u00E9 si despu\u00E9s de o\u00EDr esto se cometer\u00E1 un atentado tan grande contra los campesinos! Todo lo dicho aqu\u00ED en cuanto a los malos patrones es un p\u00E1lido reflejo en comparaci\u00F3n con lo que significa quitarle a una persona, por ley, la mitad de lo que tiene, pese a su modesta condici\u00F3n. \u00A1 Con raz\u00F3n el representante del Partido Comunista se abstuvo de votar a favor de este precepto en la Comisi\u00F3n! \nSi el Honorable Senado lo piensa bien, no puede aprobar ambas disposiciones, sin perjuicio de aceptar las dem\u00E1s, de car\u00E1cter reglamentario. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n \n En el informe de la Comisi\u00F3n de Agricultura se deja constancia de que respecto del inciso s\u00E9ptimo del art\u00EDculo propuesto la Honorable se\u00F1ora Campusano se abstuvo de votar. \nEl precepto actual dispone lo siguiente : \"Ser\u00E1n sancionados aquellos miembros de cooperativas que sin causa justificada falten a sus deberes\". Agrega que tales personas deber\u00E1n ser llevadas a una asamblea de socios, en la cual se determinar\u00E1 la sanci\u00F3n que corresponda por no haber concurrido al trabajo, como los dem\u00E1s cooperados. Se establece, adem\u00E1s, que deber\u00E1n ser citados a una SESION especial,\tcon la concurrencia de las dos terceras partes de los socios, y que la medida afectar\u00E1 a las personas que tengan menor cantidad de cargas familiares. \nSi bien es cierto que una sanci\u00F3n de esta naturaleza no es aconsejable, no es menos efectivo que en las cooperativas debe haber suficiente solidaridad y convencimiento de todos los socios o cooperados en cuanto a su aporte al trabajo com\u00FAn. Por lo tanto, no parece justo que si la mayor\u00EDa entrega su trabajo los 365 d\u00EDas del a\u00F1o -seguramente durante m\u00E1s de ocho horas diarias-, otros socios, sin causa justificada, no concurran con el mismo esfuerzo. Esta fue seguramente la duda que tuvo la Honorable se\u00F1ora Campusano al abstenerse de votar. \nEn las cooperativas debe haber la disciplina y la confianza necesarias para que todos participen del esfuerzo com\u00FAn. Es dif\u00EDcil lograr que toda la gente sea responsable en el desempe\u00F1o de sus labores a favor de las cooperativas o, mejor dicho, a favor de todos los campesinos. Sin embargo, no parece equitativo que unos entreguen su esfuerzo durante todos los d\u00EDas del a\u00F1o, y otros, sin causa justificada, no lo hagan, a veces simplemente por desidia. \nPor estas consideraciones, modificamos el criterio que expuso en la Comisi\u00F3n la Honorable se\u00F1ora Campusano y votamos favorablemente. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA.- \n \n A primera vista, pareciera injusta la disposici\u00F3n de la letra c), que agrega al art\u00EDculo 7\u00BA el siguiente inciso final: \"En el caso de exclusi\u00F3n de un socio de la cooperativa, \u00E9ste s\u00F3lo podr\u00E1 retirar un 50% de su capital acumulado, a justa tasaci\u00F3n realizada por la Corporaci\u00F3n\". \nSin embargo, aqu\u00ED hay dos situaciones distintas. Por una parte, el socio de una cooperativa, que de acuerdo con los principios del cooperativismo universal debe tener un sentido efectivo de comunidad, de colaboraci\u00F3n y de realizaci\u00F3n de todos los actos conducentes al \u00E9xito de la entidad de que forma parte, y no una posici\u00F3n individual, ego\u00EDsta o antisocial, puede ser excluido de la corporaci\u00F3n a que pertenece, en el caso de las cooperativas campesinas. Se trata de una sanci\u00F3n aplicable por el resto de los cooperados y que requiere de cierto qu\u00F3rum. El afectado puede incluso recurrir a la apelaci\u00F3n. \nPor otra parte, cuando se habla de justa tasaci\u00F3n realizada por la Corporaci\u00F3n no sucede lo afirmado tan a la ligera por el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. La Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria realiza la justa tasaci\u00F3n de los haberes totales que pertenecen a los cooperados. En ese caso rige la sanci\u00F3n de la mitad de lo que los dem\u00E1s cooperados han podido acumular con su trabajo honorable, constructivo y realizado en forma conveniente. \nPor eso -repito-, a primera vista, esta disposici\u00F3n parece injusta; pero, ahondando un poco en el problema y considerando el fundamento de las cooperativas, ella es razonable. \nVoto favorablemente el precepto. \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, votar\u00E9 favorablemente el art\u00EDculo, pero no puedo dejar pasar las palabras del Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa sin darles respuesta. Sin \u00E1nimo de ofenderlo, Su Se\u00F1or\u00EDa pretende erigirse en tutor y defensor de todos los campesinos de nuestro pa\u00EDs y, respecto del articulado sobre las cooperativas, que estamos discutiendo, intenta, con absoluta seguridad en sus palabras, hacer creer que ser\u00E1 aplicado con criterio pol\u00EDtico y que el Consejo despojar\u00E1 de todos sus derechos a los campesinos, a los asentados, al momento de retirarse de la cooperativa, y se apoderar\u00E1 de la mitad de sus bienes. Como es l\u00F3gico, con esas observaciones levanta la bandera del campesinado. Sin embargo, para nosotros, los Senadores democratacristianos, el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa y los miembros de su partido no tienen autoridad alguna para presentarse como defensores de los campesinos. \nQuiero recordar al se\u00F1or Senador, que fue presidente del Partido Nacional y se constituy\u00F3 en asesor eminente del se\u00F1or Alessandri, que hasta la llegada de la Democracia Cristiana al Poder exist\u00EDan en Chile s\u00F3lo 18 sindicatos campesinos, con 1.050 integrantes. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFY los 100 mil nuevos propietarios? \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n En cinco a\u00F1os de Gobierno popular del Presidente Frei, se han organizado 87 mil campesinos, lo que no hizo el Partido Conservador mientras estuvo en el Poder., No defendieron al obrero agr\u00EDcola y permitieron el atropello de los patrones a miles de campesinos, a los cuales no dejaron organizarse. No obstante, el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa, quien fuera eminencia gris durante la Administraci\u00F3n del se\u00F1or Alessandri,... \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00A1Por favor....! \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n ...aparece preocupado en defender a los campesinos. \nSu Se\u00F1or\u00EDa, que es perito en leyes laborales, sabr\u00E1 que el C\u00F3digo del Trabajo debi\u00F3 ser modificado para hacer posible la sindicaci\u00F3n del campesinado. Y cuando ahora un Gobierno de avanzada social organiza las cooperativas, ponen el grito en el cielo y dicen: \"\u00A1 Por Dios, habr\u00E1 un consejo pol\u00EDtico y se eliminar\u00E1 a quienes no sean partidarios suyos!\" \nEn verdad, si creen expresar la opini\u00F3n mayoritaria del pa\u00EDs, si creen que ella est\u00E1 detr\u00E1s del Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa y del Partido Nacional, no deber\u00EDan preocuparse, porque, si sus ideas y realizaciones son tan beneficiosas para el pueblo, seguramente podr\u00E1n dirigir los asentamientos los campesinos nacionales, los cuales, como es l\u00F3gico, brillan por su ausencia. Tal vez pueda haber alguno un d\u00EDa. \nTratar de destruir este articulado sobre las cooperativas, en nombre del derecho de los campesinos, me suena un poco a hueco, porque han tenido tiempo suficiente para hacerlo a lo largo de la historia de nuestro pa\u00EDs. \nAhora que el campesinado se organiza, se lleva adelante una reforma agraria y se crean cooperativas, vienen a preocuparse de que el articulado del proyecto pueda ocasionar algunas injusticias. Me perece que esta actitud no es consecuente con la l\u00EDnea pol\u00EDtica que siempre han mantenido. \nEn defensa de los derechos del campesinado, voto que s\u00ED. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00A1Cien mil nuevos propietarios se hicieron en el Gobierno anterior! \n \nEl se\u00F1or IRURETA.- \n \n \u00BFD\u00F3nde est\u00E1n esos nuevos propietarios? \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Se\u00F1or Presidente, no me referir\u00E9 a las observaciones del Honorable se\u00F1or Lorca, que son muy f\u00E1ciles de rebatir. Por lo dem\u00E1s, no tienen otro objetivo que distraer la atenci\u00F3n del Senado de la verdadera cuesti\u00F3n que se est\u00E1 debatiendo en este instante. \nEn verdad, me encuentro at\u00F3nito ante el atropello y la b\u00E1rbara injusticia que se est\u00E1 consumando en este momento. Estamos estableciendo la pena de confiscaci\u00F3n de bienes-, porque pagar a un cooperado 50% de lo que tiene acumulado y, m\u00E1s, sobre la base de una tasaci\u00F3n hecha por la CORA, significa confiscar a ese asentado, por lo menos, 50% de los bienes que posee. \n\u00BFA qu\u00E9 hechos y a qu\u00E9 faltas corresponde la confiscaci\u00F3n de bienes contra uno de los sectores m\u00E1s modestos de la poblaci\u00F3n? Al incumplimiento de sus deberes, seg\u00FAn calificaci\u00F3n de la asamblea, o menos que eso: a que ella, de acuerdo con lo que establece la observaci\u00F3n que trataremos en seguida, haya acordado simplemente reducir el n\u00FAmero de socios de la cooperativa. Basta que una mayor\u00EDa de la asamblea declare que un individuo ha faltado a sus deberes o determine que el n\u00FAmero de socios sea menor, para que ese hombre, que ha trabajado toda su vida y ha reunido esos bienes con sacrificio, sea despojado de por lo menos la mitad de ellos. \nHay delitos inmensamente m\u00E1s graves que faltar a los deberes en materia del trabajo. La generalidad de los delitos son establecidos por los tribunales de justicia, no por resoluciones de asambleas, sometidas a toda clase de presiones y de arrebatos pasionales. Sin embargo, para ninguno de ellos se prev\u00E9 la pena de confiscaci\u00F3n de bienes. \nNo pretendo llevar el asunto al terreno pol\u00EDtico, pero quiero llamar la atenci\u00F3n del Senado acerca de la barbaridad que se est\u00E1 estableciendo en este instante. \nVoto negativamente, y lo hago con la conciencia tranquila de no participar en este monstruoso atropello contra los derechos de los campesinos. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n Ser\u00EDa interesante que el se\u00F1or Ministro proporcionara una explicaci\u00F3n sobre los aspectos a que se ha referido el Honorable se\u00F1or Bulnes. \nA mi juicio, el caso de exclusi\u00F3n mencionado por \u00E9l no ocasionar\u00E1 la p\u00E9rdida del 50% de los bienes de los asentados. El articulado se refiere a las exclusiones por v\u00EDa de sanci\u00F3n, pero no a los acuerdos d\u00E9 la asamblea, que est\u00E1n regidos por otras disposiciones, en especial por el art\u00EDculo 8-b que se propone. En este caso se dice que los aportes deben ser restituidos. \nSi la interpretaci\u00F3n que estoy dando fuera v\u00E1lida, votar\u00EDa afirmativamente el art\u00EDculo. \nEn cuanto a la explicaci\u00F3n del se\u00F1or Ministro, no s\u00E9 si podr\u00E1 darla, por encontrarnos en votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Se devuelve la totalidad en el caso del art\u00EDculo 8-b. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n Con el acuerdo del Senado, el se\u00F1or Ministro podr\u00EDa usar de la palabra. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Siempre subsiste el caso a que me he referido, ... \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Ruego a los se\u00F1ores Senadores evitar los di\u00E1logos. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n ... de que la mitad m\u00E1s uno estime que ha faltado a sus deberes. \u00BFPor qu\u00E9 el resto acrecentar\u00E1 sus derechos a costa de un asentado? \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n En realidad, nos interesa que el se\u00F1or Ministro aclare las dudas al respecto, pues no disponemos de los antecedentes necesarios. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n Podr\u00EDa solicitarse el acuerdo del Senado. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Su Se\u00F1or\u00EDa debe votar primero. Despu\u00E9s se pedir\u00E1 el asentimiento de la Sala. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n Me abstengo, pues no puedo votar sin conocimiento cabal de la materia. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n \u00BFHabr\u00EDa acuerdo de la Sala para escuchar al se\u00F1or Ministro? \nNo hay acuerdo. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Si no lo hay, nos abstendremos, por carecer de informaci\u00F3n suficiente. \n \nEl se\u00F1or AGUIRRE DOOLAN.- \n \n Que se recabe de nuevo el acuerdo. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Dejemos sin efecto esta votaci\u00F3n, a fin de que hable el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n No hubo acuerdo. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n \n Hemos votado en el entendido de que el se\u00F1or Ministro dar\u00EDa una explicaci\u00F3n sobre el problema, porque el inciso final del art\u00EDculo 7\u00BA nos merece reparos. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra al se\u00F1or Ministro. \nAcordado. \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n No se respeta la oposici\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n \u00A1Pero si Sus Se\u00F1or\u00EDas son Gobierno....! \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n \n Rectificamos nuestros votos y nos abstenemos. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Concordamos con las palabras del Honorable se\u00F1or Fuentealba, pues nos habr\u00EDa interesado concurrir con nuestra votaci\u00F3n, de haber dispuesto de informaciones completas. No comprendernos por qu\u00E9 la Democracia Cristiana niega a los Senadores la posibilidad de votar en conciencia esta materia. \nPor tales razones, nos abstendremos de votar. \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n \n Me abstendr\u00E9 porque las diversas disposiciones son confusas, en especial la consignada en la letra c) del art\u00EDculo 7\u00B0 cuyo reemplazo se propone. La verdad es que no se trata de un castigo aplicado por una conducta de car\u00E1cter permanente. Puede ocurrir que el cooperado haya sido un eficiente trabajador durante 5 \u00F3 10 a\u00F1os y, en un momento dado, deje de serlo, por lo cual ser\u00E1 sancionado y perder\u00E1 el capital acumulado durante tantos a\u00F1os. A mi juicio, esto constituye una exageraci\u00F3n y puede prestarse -es el temor que tengo- a que en este campo de la actividad agr\u00EDcola, volvamos a la situaci\u00F3n imperante en Chile antes de ser dictadas las leyes sociales. Como Sus Se\u00F1or\u00EDas deben recordar - por lo menos lo he le\u00EDdo en la historia de las diversas disposiciones laborales- los contratos se celebraban con una persona que hac\u00EDa las veces de jefe de cuadrilla para realizar determinadas obras y, cuando ellas estaban por concluirse -antes de la dictaci\u00F3n de las leyes del trabajo-, la cuadrilla empezaba a disminuir, para repartir entre menos las utilidades del trabajo realizado. \u00BFNo ser\u00E1 \u00E9ste, tambi\u00E9n, un expediente para que en una coperativa que haya trabajado bien y logrado capitalizar, se formen mayor\u00EDas ocasionales con el objeto de despojar a quienes no cuenten con su favor del leg\u00EDtimo producto del trabajo realizado? En este sentido, estoy en contra del precepto. Me parece que habr\u00EDa posibilidad de aprobarlo. . . \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Votemos separadamente. \n \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n \n ...siempre que mediase el compromiso formal de rechazar las palabras \"50% de\". As\u00ED, pollo menos, el cooperado tendr\u00EDa derecho a que se le restituyera todo su capital acumulado. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Deseo rectificar mi voto, se\u00F1or Presidente. \nVoto por la negativa. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Resultado de la votaci\u00F3n: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 2 votos; 13 abstenciones y 2 pareos. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Las abstenciones influyen. Corresponde repetir la votaci\u00F3n. \n\u00BFHay acuerdo para conceder la palabra al se\u00F1or Ministro, con el objeto de que explique el alcance de la disposici\u00F3n? \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Yo dar\u00EDa mi conformidad si se reabriera debate sobre el particular. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Ser\u00EDa conveniente. \n \nEl se\u00F1or ALTAMIRANO.- \n \n Efectivamente. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n \u00BFHay acuerdo en este sentido? \nAcordado. \nLa Mesa propone establecer plazo para este nuevo debate. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Aclaremos bien el asunto. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Considero que quince minutos ser\u00EDa suficiente. Despu\u00E9s proceder\u00EDamos a votar. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS.- \n \n Cinco minutos por Comit\u00E9, nada m\u00E1s. \n \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Acordado. \nTiene la palabra el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- \n \n El problema en debate radica en la observaci\u00F3n destinada a agregar un inciso al art\u00EDculo 7\u00BA. Al respecto, s\u00F3lo deseo hacer presente que el art\u00EDculo 6\u00BA del D.F.L. N\u00BA 12, de 1968, establece que \"la cooperativa podr\u00E1 excluir a algunos de sus socios por perjudicar la estabilidad o el desarrollo de la cooperativa o por incumplimiento de sus obligaciones sociales, en cualquiera de las siguientes formas: \n\"a) Por realizar actos contrarios a los intereses de la cooperativa... \n\"b) Por permanecer como deudor moroso de la cooperativa... \n\"c) Por haber sido condenado por delito contra la propiedad de los socios o de la coperativa, o contra la persona de alguno de los socios o de sus familiares; \n\"d) Por expendio de bebidas alcoh\u00F3licas dentro del predio; \n\"e) Por incumplimiento o desobediencias reiteradas de la directiva que fije la cooperativa en la Asamblea o en el Consejo de Administraci\u00F3n; y \n\"f) Por incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones establecidas en la ley, el reglamento o los estatutos.\" \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Falta una causal, se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- \n \n \u00BFCu\u00E1l, se\u00F1or Senador? \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n La de atentar en contra del sistema comunitario social, como se se\u00F1ala en alguna disposici\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n No en \u00E9sta. \n \nEl se\u00F1or TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- \n \n He le\u00EDdo el art\u00EDculo 6\u00BA del D. F.L. N\u00BA 12, y en \u00E9l no se consigna el punto se\u00F1alado por Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Aparece en la ley de Reforma Agraria. \n \nEl se\u00F1or TRIVELLI (Ministro de Agricultura).- \n \n Pues bien, ahora el Ejecutivo propone agregar al art\u00EDculo 7\u00BA esta disposici\u00F3n tan discutida seg\u00FAn la cual \"en el caso de exclusi\u00F3n de un socio de la cooperativa, \u00E9ste s\u00F3lo podr\u00E1 retirar un 50% de su capital acumulado, a justa tasaci\u00F3n realizada por la Corporaci\u00F3n\". \nAl respecto, deseo explicar que, en conformidad a las disposiciones vigentes, el acuerdo que adopte la asamblea debe ser ratificado por la Corporaci\u00F3n de Reforma Agraria; por otra parte, al socio destituido de la cooperativa le asiste todav\u00EDa el recurso de apelar por su expulsi\u00F3n ante el Tribunal Agrario Provincial. En consecuencia, no queda indefenso desde el punto de vista legal para hacer valer sus derechos -si es que llega a tenerlos- de pedir la restituci\u00F3n del total de sus haberes o capitales. \nSobre lo que se\u00F1alaba denantes el Honorable se\u00F1or Fuentealba, en cuanto al socio excluido por otras razones, se establece -me parece que en el art\u00EDculo 8\u00BA que la devoluci\u00F3n de los haberes es del ciento por ciento. En esto no hay problema, porque los motivos de expulsi\u00F3n son otros, distintos, carentes del sentido de los que contiene el inciso final que el Ejecutivo propone agregar al art\u00EDculo 7\u00BA del mencionado decreto con fuerza de ley, que se refiere, en realidad, a las exclusiones de socios que han incurrido en acciones contrarias a las personas y los bienes de los cooperados, como se consigna expl\u00EDcitamente en la disposici\u00F3n que le\u00ED. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n De lo expuesto por el se\u00F1or Ministro, queda en claro que los cooperados pueden ser excluidos por diversos motivos: por faltas cometidas, por no cumplir sus obligaciones de cooperados -cosa muy relativa y dif\u00EDcil de calificar- e, inclusive, por el mero hecho de ser deudores morosos. Pues bien, si son excluidos por esta \u00FAltima causal, por ser ella una situaci\u00F3n de derecho podr\u00E1n apelar cuanto quieran, pero seguir\u00E1n en su calidad de tales y la exclusi\u00F3n se consumar\u00E1. Tomemos el caso de un individuo que ha trabajado 30 a\u00F1os, ha acumulado un capital y en un momento determinado atraviesa por mala situaci\u00F3n econ\u00F3mica porque ha debido enfrentar cualquier necesidad con relaci\u00F3n a su familia o, simplemente, ha jugado su dinero y se ha endeudado con la cooperativa. De prosperar esta disposici\u00F3n, ser\u00E1 excluido de ese organismo y por a\u00F1adidura se le confiscar\u00E1 la mitad de sus bienes. Se trata de una pena leonina, cavernaria, similar a las que exist\u00EDan en la Edad Media, hoy d\u00EDa suprimidas totalmente del derecho moderno. Ahora, esas penas leoninas y cavernarias se vuelven a establecer, pero respecto del sector m\u00E1s d\u00E9bil de la poblaci\u00F3n, al que se pretende ayudar mediante la legislaci\u00F3n en debate. Sigo creyendo que se trata de una sanci\u00F3n b\u00E1rbara, absolutamente desproporcionada a los hechos que la motivan. \nAdem\u00E1s, por mucho que el se\u00F1or Ministro afirme lo contrario, la situaci\u00F3n consignada en el art\u00EDculo 8-a, que veremos en seguida, es tambi\u00E9n un caso de exclusi\u00F3n: se re\u00FAne la asamblea y, por dificultad financiera de la cooperativa o por falta de trabajo permanente, acuerda reducir el n\u00FAmero de socios. L\u00F3gicamente, deber\u00E1 aplicarse en tal caso la disposici\u00F3n del art\u00EDculo 7\u00BA, porque ni \u00E9ste ni el 8-a se\u00F1alan reserva alguna sobre la materia. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Lo hace el art\u00EDculo 8-b, Honorable colega. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n En efecto, lo dice expresamente. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n S\u00ED, en ese caso se aplica el art\u00EDculo 8-b. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Este precepto establece: \n\"En todos los casos en que un socio deje de pertenecer a la cooperativa, los aportes que hubiere efectuado en conformidad a acuerdos o disposiciones especiales de la cooperativa, podr\u00E1n retirarse en la forma, plazo y condiciones que para dicho aporte se hubiere establecido o acordado con el Consejo de Administraci\u00F3n\". \nEn otras palabras, el Consejo de Administraci\u00F3n conviene con el cooperado el modo de restituir sus aportes; pero tambi\u00E9n puede establecer por s\u00ED solo la forma, plazo y condiciones del retiro. Estimo que en tal situaci\u00F3n rige, como en las dem\u00E1s, la disposici\u00F3n del art\u00EDculo 7\u00B0. Y considero que ello es una nueva aberraci\u00F3n, porque aquel organismo podr\u00E1 establecer el retiro de la totalidad o de la mitad del aporte en c\u00F3modas cuotas, a 30 a\u00F1os plazo. A mi juicio, este art\u00EDculo - repito- agrega una nueva aberraci\u00F3n, un nuevo atentado contra los derechos del cooperado, pues el Consejo de Administraci\u00F3n tiene facultades para devolverle lo suyo en el plazo que desee, inclusive en especies, de la manera que lo desee. \nEse es el inconveniente de algunos vetos: el hecho de que, violando la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, se introduzcan en los proyectos, por la v\u00EDa de la observaci\u00F3n, preceptos absolutamente nuevos, demasiado graves e importantes, que requieren una tramitaci\u00F3n legislativa normal. \nEn mi opini\u00F3n, lo \u00FAnico que puede hacer el Senado en este momento es rechazar las observaciones para que ellas sean materia de un proyecto posterior estudiado con el detenimiento que el caso merece. \nPor muchos argumentos que se den en contrario, la sola situaci\u00F3n de deudor moroso de una cooperativa -insisto- hace merecedor al cooperado de que se le confisque por lo menos la mitad de sus bienes. Es el inter\u00E9s m\u00E1s usurario que he conocido jam\u00E1s en la legislaci\u00F3n chilena o en cualquier otra. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Hay otros casos. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n En esta materia debemos distinguir dos situaciones: la de exclusi\u00F3n, de que trata el art\u00EDculo 5\u00BA del D.F.L. N\u00BA 12, de 1968, y .estos nuevos casos, abordados por el art\u00EDculo 8-a, relativo a la reducci\u00F3n del n\u00FAmero de socios de las coperativas. En efecto, dicho precepto se\u00F1ala que \"sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00EDculo 5\u00BA,...\" y la norma en referencia prescribe que \"la calidad de socio se pierde por exclusi\u00F3n o por retiro voluntario\". Por eso, estimo que la expresi\u00F3n \"sin perjuicio de\" crea una nueva causal de p\u00E9rdida de la calidad de socio. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Senador? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Quisiera terminar mi argumentaci\u00F3n, Honorable colega. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Precisamente para su argumentaci\u00F3n, deseo hacerle presente un hecho. \nLe doy de barato, aunque no lo creo, que el art\u00EDculo 7\u00BA no se aplica en el caso considerado en el 8-a. Pero Su Se\u00F1or\u00EDa no puede negar que se aplicar\u00E1 en todos los casos de exclusi\u00F3n; que bastar\u00E1 faltar a una obligaci\u00F3n como cooperado o ser deudor moroso para que se aplique la aberraci\u00F3n del art\u00EDculo 7\u00BA. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Perm\u00EDtame terminar la idea, se\u00F1or Senador, pues concluir\u00E9 en algo parecido a lo que sostiene Su Se\u00F1or\u00EDa. \nDeseo ser enf\u00E1tico en afirmar que la situaci\u00F3n planteada por Su Se\u00F1or\u00EDa como la m\u00E1s grotesca -el caso de reducci\u00F3n del n\u00FAmero de asociados- no se produce, por mandato expreso, claro y terminante de la propia ley, pues el art\u00EDculo 8-a se\u00F1ala en forma categ\u00F3rica, al final del inciso cuarto, que \"en todo caso, estos socios\" -se refiere a los socios excluidos con motivo de la reducci\u00F3n- \"tendr\u00E1n derecho a recuperar la totalidad de sus aportes\". Ni siquiera ser\u00E1 necesario interpretarlo as\u00ED por analog\u00EDa, pues lo expresa el tenor literal de la norma que regula esta materia. \nUna vez aclarado que no se aplica la disposici\u00F3n del art\u00EDculo 7\u00B0 al precepto que permite reducir el n\u00FAmero de cooperados -contrariamente a lo que se ha afirmado-, debo concordar con el Honorable se\u00F1or Bulnes en el sentido de que la disposici\u00F3n es, evidentemente, excesiva. Si uno examina el art\u00EDculo 6\u00BA del D.F.L. N\u00BA 12, que establece las causales de exclusi\u00F3n, observa que algunas de ellas, tal vez, podr\u00EDan merecer sanci\u00F3n dr\u00E1stica; pero hay otros casos en los cuales, muchas veces, no interviene la voluntad del afectado, como es el del cooperado moroso, que citaba hace unos instantes el Honorable se\u00F1or Bulnes. Muchas personas caen en mora no por el deseo de hacerlo, pues m\u00FAltiples circunstancias pueden arrastrarlas a esta situaci\u00F3n. Por \u00FAltimo, me parece excesivo el precepto, pues, sin tomar en cuenta la situaci\u00F3n grav\u00EDsima, desde el punto de vista econ\u00F3mico, de la familia del afectado, por haber \u00E9ste incurrido en mora a ra\u00EDz de determinados factores se le confisca o expropia, sin causa justificada, 50% de su capital. \nPor estas razones, estimo que la norma debi\u00F3 haberse limitado a los casos excepcionales en que exista culpa del asociado en sus relaciones con la cooperativa, o en que haya habido da\u00F1o grave como para justificar, en definitiva, una sanci\u00F3n tan excesiva y dr\u00E1stica. \nEn tales circunstancias, rectifico mi voto anterior y me pronuncio en contra de esta disposici\u00F3n, pues, en la forma como est\u00E1 planteada, consigna una sanci\u00F3n que, a mi juicio, no se justifica. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Ha terminado el plazo del debate. \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n No, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Han transcurrido quince minutos, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or SILVA ULLOA.- \n \n Se acord\u00F3 reabrir debate. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n \u00BFHabr\u00EDa acuerdo para votar por separado? \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Para votar por separado la letra C. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Exactamente, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n Conforme. \n \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Propongo votar el art\u00EDculo separadamente de la letra C. \nAcordado. \nEn votaci\u00F3n el art\u00EDculo, sin la letra C. \n \n \n- (Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n Comparto la idea de buscar una f\u00F3rmula para impedir que algunos cooperados irresponsables se aprovechen del trabajo y del sacrificio de sus compa\u00F1eros. \nSin embargo, lo que en este momento me sorprende es lo expresado por los Honorables se\u00F1ores Garc\u00EDa y Bulnes Sanfuentes. Este \u00FAltimo calific\u00F3 de leonina, cavernaria y b\u00E1rbara la disposici\u00F3n. Por lo que s\u00E9, ambos se\u00F1ores Senadores representan a los latifundistas chilenos, y siempre los han defendido. Digo que me sorprende porque s\u00F3lo ahora sienten gran inter\u00E9s por servir a la clase campesina, al trabajador del campo de Chile. Por muchos a\u00F1os, en nuestro pa\u00EDs... \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Deber\u00EDa alegrarse, entonces, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n Sus Se\u00F1or\u00EDas est\u00E1n actuando as\u00ED por inter\u00E9s mezquino. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00A1Nunca dictamos disposiciones de esta \u00EDndole! \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n Lo \u00FAnico que hicieron fue aprobar en derecho las actitudes criminales que tuvieron algunos due\u00F1os de fundos, que despu\u00E9s de haber explotado durante treinta a\u00F1os a sus campesinos -trabajadores de primera que entregaron toda una vida a su patr\u00F3n- como compensaci\u00F3n, como premio, los echaron a la calle, al camino, sin siquiera pagar las imposiciones correspondientes al Servicio de Seguro Social. De ah\u00ED que hoy d\u00EDa en muchas localidades de Chile se vean ancianos que arrastran su miseria, porque ni siquiera tienen derecho de acogerse a la pensi\u00F3n de vejez del mencionado servicio de previsi\u00F3n. \nPor eso- repito-, me asombra la actitud de Sus Se\u00F1or\u00EDas que antes nunca se preocuparon de conseguir de aquella gente que siempre han defendido, que diera cumplimiento a las leyes y evitara que los campesinos anduvieran despu\u00E9s mostrando su miseria. \nVoto favorablemente el art\u00EDculo, en el entendimiento de que se except\u00FAa la letra c). \n \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, ya estamos un poco cansados de toda esta repetici\u00F3n que se ha hecho durante a\u00F1os, de que el partido al cual pertenecemos representa a los latifundistas. \u00A1Qu\u00E9 equivocado est\u00E1, se\u00F1or Senador! Los hechos le demostrar\u00E1n lo contrario y podr\u00E1 m\u00E1s tarde entender claramente el fen\u00F3meno pol\u00EDtico chileno. \n \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n Lo conozco muy bien, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n \u00BFPor qu\u00E9 me opongo a todas las disposiciones sobre cooperativas, instituciones tan nobles mediante las cuales han surgido muchos pa\u00EDses? Porque las que aqu\u00ED se nos proponen establecen mecanismos para aprisionar la libertad. \nNo estoy hablando a favor de los campesinos solamente, sino de todos los chilenos: los de arriba y los de las capas medias y bajas, para que podamos vivir sin temores, en un pa\u00EDs donde la vida, los bienes y la libertad no est\u00E9n sujetos al arbitrio de cualquier persona a la que se le pase por la mente atacarla en su trabajo o en sus realizaciones. \nEl proyecto en debate contiene disposiciones tan monstruosas como las que estamos votando. Por ejemplo, se dice que las cooperativas podr\u00E1n ser disueltas por el Consejo Nacional Agrario. Ya lo saben las cooperativas: \u00A1cuidado con portarse mal, porque las pueden disolver! En seguida, aparece lo m\u00E1s importante: disuelta la cooperativa, la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria tendr\u00E1 derecho preferente para adquirir sus bienes en el valor que tenga a la fecha de la disoluci\u00F3n. Dicho valor y la forma de pago se determinar\u00E1n de com\u00FAn acuerdo entre la Corporaci\u00F3n y el representante legal de la cooperativa, salvo que aqu\u00E9lla los autorice. Si no hubiera acuerdo, la CORA determinar\u00E1 el valor, no pudiendo fijar una cuota al contado inferior -\u00BF saben a cu\u00E1nto ?- al uno por ciento. Eso es lo estipulado en el proyecto. Menos de ese porcentaje no puede pagar, \"ni superior a 10%.\" El saldo deber\u00E1 solventarse en cuotas anuales iguales que no podr\u00E1n ser menos de cinco ni m\u00E1s de quince. \u00BFPara qu\u00E9 reglamentar las Cooperativas, si quedan en manos de la autoridad del Gobierno, cualquiera que \u00E9ste sea? \nEso es lo que quita libertad a la gente: el saber que su trabajo, sus ahorros, todo lo que est\u00E1 realizando puede perderlo, porque cualquier d\u00EDa un funcionario se enoja -ya sabemos que se irritan bastante, y conocemos las medidas que toman cuando ello ocurre- y simplemente \"vuela\" con la cooperativa. Si alg\u00FAn d\u00EDa a los cooperados se les ocurre abuchear a una autoridad que los visita, \u00A1adi\u00F3s cooperativa! Esto es lo que queremos impedir. \nPor tales motivos, votaremos en contra de esta reglamentaci\u00F3n que pretende aherrojar la libertad del individuo. No estoy defendiendo s\u00F3lo al campesino, sino, lo que es m\u00E1s importante, a todos los chilenos, para que lleguen a ser libres, y no deban hincarse ante cualquier Gobierno. No queremos otorgar un instrumento para quitar lo que m\u00E1s vale en la vida: la libertad. \nVoto negativamente el art\u00EDculo, aun sin la letra C. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n \u00A1Cuidado con su candidato! \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n \u00BFPor qu\u00E9 vota en contra de los inquilinos? \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n No s\u00E9 si vale la pena distraer la atenci\u00F3n del Senado para responder a los ataques del Honorable se\u00F1or Papic, que no son sino la repetici\u00F3n de una vieja cantinela demag\u00F3gica cada d\u00EDa m\u00E1s desprestigiada en el pa\u00EDs, como lo demuestra el resultado de las \u00FAltimas elecciones. \nEs absolutamente falso que los parlamentarios de estas bancas o quienes nos precedieron en los Partidos Conservador y Liberal -en uno de los cuales yo militaba- hayan sido representantes de los latifundistas y totalmente indolentes o impasibles ante los problemas de los trabajadores. \nUn m\u00EDnimo de cultura hist\u00F3rica exige saber que a principios de este siglo, cuando se comenzaba a hablar de legislaci\u00F3n social en el mundo y hab\u00EDan surgido apenas unas t\u00EDmidas iniciativas de car\u00E1cter social en Alemania, fueron los parlamentarios del partido a que yo pertenec\u00ED los iniciadores de tal legislaci\u00F3n en nuestro pa\u00EDs. Y fueron parlamentarios del Partido Conservador los autores de las primeras leyes sobre habitaci\u00F3n popular, accidentes del trabajo, trabajo de los menores y de la mujer. \nLa ley de Seguro Obrero Obligatorio, que algo signific\u00F3 para el campesino, fue iniciativa de un Senador que presid\u00EDa el Partido Conservador, el doctor Exequiel Gonz\u00E1lez Cort\u00E9s. La modificaci\u00F3n de esa ley, all\u00E1 por 1950, fue impulsada y conseguida por dos Ministros conservadores: el se\u00F1or Luis Felipe Letelier, del Trabajo, y Guillermo Varas Contreras, de Salud P\u00FAblica. \nLa Caja de Colonizaci\u00F3n, que m\u00E1s tarde dio lugar a la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria, fue iniciativa de un Senador conservador, en ese entonces Vicepresidente del partido, don Alejo Lira Infante. Podr\u00EDa citar muchas otras iniciativas... \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n Que nunca se cumplieron. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Eso no es efectivo. \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n S\u00ED, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES- \n \nEn materia de reforma agraria, puedo decir que tuvimos una preocupaci\u00F3n bastante m\u00E1s concreta y anterior a la del Partido Dem\u00F3crata Cristiano. Voy a explicar por qu\u00E9. \nLa Convenci\u00F3n del Partido Conservador de 1960 -de cuya comisi\u00F3n organizadora fui presidente- estuvo destinada exclusivamente a tratar el tema de la reforma agraria. \nEn el Gobierno del se\u00F1or Alessandri, junto con radicales y liberales, impulsamos una reforma agraria que nos pareci\u00F3 -y sigo crey\u00E9ndola- t\u00E9cnica, racional, compatible con las posibilidades y necesidades del pa\u00EDs. \n \nEl se\u00F1or PAPIC.- \n \n \u00A1La aprovechaban los latifundistas para vender los fundos que no les serv\u00EDan! \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Se podr\u00E1 decir cualquier cosa, pero la ley de Reforma Agraria no naci\u00F3 en este Gobierno, sino en el anterior, impulsada por nosotros. \nAhora bien, nosotros estamos en contra, en primer t\u00E9rmino, de la destrucci\u00F3n de la industria agr\u00EDcola, y, en seguida, del establecimiento del vasallaje, del sometimiento pol\u00EDtico en los campos, de lo cual es una expresi\u00F3n el precepto que ahora estamos objetando. No quise tratarlo en el terreno pol\u00EDtico. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n El Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa ha llevado el debate a ese terreno. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANEUENTES.- \n \n Me interesaba hacerlo en el aspecto jur\u00EDdico, para demostrar la aberraci\u00F3n que en tal sentido constituye. \nPero ya que estoy contestando al Honorable se\u00F1or Papic, quiero decirle que este art\u00EDculo 7\u00B0 revela toda una mentalidad: la de que se puede disponer del campesino; de que es un simple siervo del Estado y de que deber\u00E1 serlo del partido que gobierne. \nVoto en contra de estas disposiciones porque no he dispuesto del tiempo necesario para estudiarlas, ni lo han tenido los miembros de la Comisi\u00F3n. Me basta ver la aberraci\u00F3n del art\u00EDculo 7\u00BA para suponer que en el resto del articulado nuevo que nos propone el veto pueda haber otras aberraciones semejantes. \nVoto negativamente. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, respecto de la reforma agraria democratacristiana, nosotros tenemos un juicio que hemos manifestado en esta Sala. \nSin embargo, quiero recordar los or\u00EDgenes de las reformas agrarias de la mayor parte de los pa\u00EDses latinoamericanos. Despu\u00E9s que Fidel Castro empez\u00F3 a hacer realidad la revoluci\u00F3n socialista cubana, gran espanto sintieron el Departamento de Estado y los Estados Unidos, e hicieron una recomendaci\u00F3n sumamente perentoria en Punta del Este a todos los pa\u00EDses latinoamericanos para que realizaran una reforma agraria, adem\u00E1s de hacerles ver la necesidad de otro tipo de reformas, con el fin de aliviar un poco la tensi\u00F3n en estos pa\u00EDses avasallados -no precisamente por el socialismo, sino por el imperialismo-, y as\u00ED evitar que se produjera otra Cuba. \nTal como otros Gobiernos recibieron la orden, indicaci\u00F3n, sugerencia o como quiera llam\u00E1rsela, tambi\u00E9n la recibi\u00F3 el se\u00F1or Alessandri. Entonces empez\u00F3 la reforma agraria que fue llamada, con justicia, \"reforma de macetero\", que en los hechos, no pas\u00F3 m\u00E1s all\u00E1 de ser una ley de colonizaci\u00F3n o algo parecido. \nDespu\u00E9s vinieron las tensiones sociales que exig\u00EDan una reforma agraria perentoria. Entonces la Democracia Cristiana hizo un diagn\u00F3stico correcto. Dijo: \"Si acaso no solucionamos el problema agrario, no habr\u00E1 despegue en Chile, porque la cantidad de d\u00F3lares que anualmente cuestan los alimentos que deben importarse son un lastre que no se puede subsanar\". \nEl diagn\u00F3stico estuvo correcto, repito. Se present\u00F3 un proyecto de reforma agraria que el Partido Socialista apoy\u00F3 y llev\u00F3 adelante hasta donde pudo, seg\u00FAn sus ideas. Pero no se pudo hacer m\u00E1s. \nPues bien, lo importante no es el tipo de reforma agraria, sino c\u00F3mo se lleve a efecto, la intenci\u00F3n pol\u00EDtica y la fuerza moral con que se haga. \nLa de la Democracia Cristiana no es mala. Hay otras mejores, pero la actual no es desacertada. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \n \u00A1Muchas gracias! \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n No se apresure; en seguida concluir\u00E9 mi opini\u00F3n. \nLa actual reforma se realiza con sentido absolutamente sectario. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n As\u00ED se aplica. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n Se aplica con sentido pol\u00EDtico. Tambi\u00E9n conduce a muy grandes aberraciones la falta de ideolog\u00EDa y de formaci\u00F3n pol\u00EDtica de quienes la llevan a la pr\u00E1ctica. Si se observa lo que piensa cada una de las personas que trabajan en la CORA, se podr\u00E1n advertir las m\u00E1s dis\u00EDmiles opiniones, desde las de ultra Derecha hasta las de la Democracia Cristiana. \nEntonces, es imposible hacer una reforma agraria para los campesinos. \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n Tambi\u00E9n hay socialistas. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n Calma, se\u00F1or Senador. Le ruego no interrumpirme. \n \nEl se\u00F1or LORCA.- \n \n Socialistas y comunistas. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n No, Honorable colega. \nSe\u00F1or Presidente, le ruego hacer respetar mi derecho. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Ruego a los se\u00F1ores Senadores no interrumpir. \n \nLa se\u00F1ora CARRERA.- \n \n Si no se tiene una idea clara de lo que se va a hacer, no puede llegarse a ning\u00FAn resultado serio. \nSi el se\u00F1or Presidente supiera cu\u00E1ntas personas quedan cesantes en cada asentamiento, se horrorizar\u00EDa. En una de las provincias que represento, 250 trabajadores que hab\u00EDa en un asentamiento, despu\u00E9s de la reforma agraria quedaron reducidos a 25. Voy a decir el nombre, para que Su Se\u00F1or\u00EDa lo verifique si desea. Me refiero al asentamiento de Y\u00E1quil, de 1.850 hect\u00E1reas, donde -repito- antes trabajaban 250 obreros agr\u00EDcolas y ahora s\u00F3lo hay 25. Nadie puede creer que con 25 asentados sea posible aumentar la producci\u00F3n. \nEn seguida, deseo hacerme cargo de algunas afirmaciones del Honorable se\u00F1or Bulnes Sanfuentes. \nSu Se\u00F1or\u00EDa dijo que los ex Partidos Liberal y Conservador -hoy Partido Nacional- no representaban en realidad a los terratenientes. Parece que dijo \"exclusivamente\"; no lo s\u00E9 bien. Pero basta recorrer los caminos y preguntar, para darse cuenta de que esa gente vota por la Derecha y se pronunciar\u00E1 a favor del se\u00F1or Alessandri. Pues bien, esas personas que a juicio del Honorable se\u00F1or Bulnes San-fuentes auspiciaron la dictaci\u00F3n de tantas leyes a favor de los obreros, hacen vivir a los campesinos en la miseria m\u00E1s espantosa. El estado de sus viviendas es desastroso, y el se\u00F1or Senador no lo podr\u00E1 negar, porque fue representante por esa zona y la conoce bien. Cuando he pedido -con muy mala suerte, porque como la reforma agraria de la Democracia Cristiana se est\u00E1 aplicando con criterio sectario, ning\u00FAn asentamiento que suponen que pueda ser pedido por un socialista es aceptado- que expropien algunos predios, me he tomado el trabajo de sacar fotos que en realidad parecen propias de una antolog\u00EDa. En efecto, hay piezas de no m\u00E1s de 3 metros cuadrados, sin ning\u00FAn servicio sanitario, donde viven hasta 9 personas. En fin, es el ejemplo de c\u00F3mo se manifiesta en Chile el subdesarrollo latinoamericano. \nVoto afirmativamente, exceptuada la letra c). \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n En este debate se ha querido exagerar el alcance de las disposiciones sobre las cuales nos estamos pronunciando. Salvo a letra C, que no est\u00E1 en votaci\u00F3n, las he examinado con bastante calma, y creo que ellas son convenientes para las cooperativas. \nEn dichas disposiciones se reglamentan el ingreso a las cooperativas por parte de personas que no han sido asignatarias de tierras y una serie de normas que pueden establecerse en los estatutos. Adem\u00E1s, se consignan diversas medidas destinadas a dejar previamente establecidas las condiciones en que podr\u00E1 hacerse la exclusi\u00F3n de socios y la forma como \u00E9stos recibir\u00E1n sus aportes. \nNo encuentro en estos preceptos ninguno que pueda hacer temer la comisi\u00F3n de actos injustos en contra de los campesinos que forman parte de las cooperativas. \nEn consecuencia, voto favorablemente estas disposiciones, reserv\u00E1ndome el derecho a fundar mi pronunciamiento sobre la letra C cuando se someta a votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n Voto afirmativamente, con exclusi\u00F3n del inciso final que se pretende agregar al art\u00EDculo 7\u00BA del D.F.L. N\u00BA 12, de 1968. \nDeseo, en forma muy breve, hacer una referencia a las palabras del Honorable se\u00F1or Bulnes Sanfuentes. \nSiempre escucho con gran respeto a Su Se\u00F1or\u00EDa, pero frente a la enumeraci\u00F3n que hizo de las leyes auspiciadas por el Partido Conservador y de los autores de ellas, creo necesario hacer un alcance. \nConozco el caso del doctor Exequiel Gonz\u00E1lez Cort\u00E9s, autor de la ley N\u00BA 4.054 y ex Senador por la zona que representamos hoy d\u00EDa algunos parlamentarios, a quien se refiri\u00F3 el Honorable se\u00F1or Bulnes Sanfuentes. Efectivamente, el doctor Gonz\u00E1lez Cort\u00E9s fue el autor de dicho cuerpo legal, y muchas veces he o\u00EDdo invocarlo como uno de los adalides del ex Partido Conservador, creador de una ley de gran contenido social y enorme importancia. \n \nEl se\u00F1or GARCIA.- \n \n Fue presidente de esa colectividad. \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n Efectivamente, se\u00F1or Senador. \nSobre el particular, debo decir que conozco muy de cerca la trayectoria de ese ex parlamentario y que se omite la segunda parte de su vida pol\u00EDtica. Precisamente por haber sido autor de la ley N\u00BA 4.054 -conoc\u00ED de cerca lo que voy a decir-, se levant\u00F3 una tempestad entre los empresarios agr\u00EDcolas en contra de \u00E9l... \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Eso confirma lo que dije. \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n No, se\u00F1or Senador. Ello demuestra que la iniciativa del doctor Gonz\u00E1lez Cort\u00E9s fue una actitud solitaria que provoc\u00F3 tal reacci\u00F3n, que le signific\u00F3 en definitiva ser marginado de la actividad pol\u00EDtica. Dej\u00F3 de ser parlamentario pues no se le permiti\u00F3 postular nuevamente al cargo de Senador por las provincias de O'Higgins y Colchagua, no obstante haber sido una figura de relieve. Siendo yo un muchacho -\u00E9ramos de la misma zona-, le o\u00ED de sus propios labios, amargos comentarios sobre la actitud que hab\u00EDan tenido el ex Partido Conservador y el grupo empresarial agr\u00EDcola del pa\u00EDs. \nCoincido con el Honorable se\u00F1or Bulnes en cuanto a los autores de las leyes que ha mencionado,.... \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Lamentablemente, no puedo rectificar a Su Se\u00F1or\u00EDa porque estamos en votaci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or ISLA.- \n \n....pero repito que no se dice lo que he se\u00F1alado. \nFinalmente, quiero expresar a Su Se\u00F1or\u00EDa que no es tanto el sectarismo de los personeros y funcionarios de Gobierno y de los militantes de la Democracia Cristiana. Ello queda demostrado por el hecho de que dos Senadores nos abstuvimos de pronunciarnos en la primera votaci\u00F3n, lo cual indica que no dejamos de lado nuestro propio discernimiento, que es obligaci\u00F3n elemental de un parlamentario. De igual manera, tambi\u00E9n votar\u00E9 negativamente el inciso final que se propone agregar al art\u00EDculo 7\u00BA del D. F. L. N\u00BA 12, porque a mi juicio constituye un exceso y puede prestarse, como dijo el Honorable se\u00F1or Silva Ulloa, para que se cometan injusticias irreparables. Insisto en que tenemos la suficiente tranquilidad y discernimiento para votar, mirando siempre el inter\u00E9s del campesino. \n \nEl se\u00F1or FERRANDO.- \n \n A mi juicio, en este debate se ha producido cierta confusi\u00F3n, porque casi todos los se\u00F1ores Senadores se han referido a la letra C, que modifica el art\u00EDculo 7\u00BA del D. F. L. N\u00BA 12 en la parte relativa a los socios de las cooperativas, en circunstancias de que lo que se est\u00E1 votando es la sustituci\u00F3n del actual art\u00EDculo 4\u00BA de dicho cuerpo legal, a fin de ampliar la incorporaci\u00F3n a las cooperativas de reforma agraria a los campesinos que, sin haber sido seleccionados por la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria como asignatarios de tierras o miembros de cooperativas asignatarias o mixtas, ingresen para aportar su trabajo personal, una vez cumplidos los requisitos que se se\u00F1alan. O sea se da la posibilidad de ingresar a dichas cooperativas a otros elementos campesinos para que puedan recibir los beneficios que ellas conceden y se establecen los requisitos para ello. \nNo hay nada m\u00E1s en el punto que se est\u00E1 discutiendo, y me parece casi absurdo votar contra este art\u00EDculo. \nVoto que s\u00ED. \n \nEl se\u00F1or FUENTEALBA.- \n \n El Senador que habla fue quien dio origen a este debate, porque me causaron mucha preocupaci\u00F3n las afirmaciones del Honorable se\u00F1or Bulnes Sanfuentes en el sentido de\tque si la asamblea de una cooperativa acordaba reducir el n\u00FAmero de socios, quienes dejaran de pertenecer a ella en virtud de tal acuerdo perder\u00EDan 50 por ciento de su aporte. Naturalmente, tal situaci\u00F3n era extremadamnte grave, pues pod\u00EDa darse el caso de que una asamblea, por una mayor\u00EDa ocasional, excluyera de la cooperativa a determinada persona y de que \u00E9sta, sin responsabilidad o culpa de ninguna especie, perdiera 50 por ciento de su aporte. \nPero en este debate ha quedado claramente establecido que no es as\u00ED, que en realidad el Honorable se\u00F1or Bulnes San-fuentes se equivoc\u00F3, porque en el caso de la reducci\u00F3n de socios acordada por la asamblea general no se aplica la sanci\u00F3n del inciso final del art\u00EDculo 7\u00B0 que se pretende agregar mediante la letra C. En efecto, el art\u00EDculo 8-a que tambi\u00E9n se agrega, dispone expresamente que tales socios \"tendr\u00E1n derecho a recuperar la totalidad de sus aportes\". \nEn seguida, tambi\u00E9n ha quedado en claro que una persona puede dejar de pertenecer a una cooperativa por tres causas: primero, por retiro voluntario; segundo, por exclusi\u00F3n, y tercero, por reducci\u00F3n del n\u00FAmero de socios. En el caso de que una persona deje de pertenecer a la cooperativa por retiro voluntario o reducci\u00F3n del n\u00FAmero de socios, puede recuperar todos sus aportes; no recibe sanci\u00F3n de ninguna especie. Pero si deja de pertenecer a la cooperativa por exclusi\u00F3n, entonces pierde 50 por ciento de su aporte. Y es l\u00F3gico que as\u00ED sea, porque la exclusi\u00F3n se produce como consecuencia de haber incurrido el socio en el incumplimiento de una serie de obligaciones frente a la cooperativa, lo cual debe acarrear necesariamente una sanci\u00F3n. Como lo explica muy bien el informe de la Comisi\u00F3n, este precepto \"se explica por el car\u00E1cter de m\u00E1xima sanci\u00F3n que reviste la exclusi\u00F3n de un socio. En efecto, sabido es que las ventajas y acumulaciones que produce el sistema cooperativo son el resultado del esfuerzo com\u00FAn de los cooperados, y no parece justo ni conveniente que se beneficie con esa acumulaci\u00F3n quien no ha contribuido a ella, ya sea por incumplimiento de sus obligaciones sociales o por perjudicar la estabilidad o el desarrollo de la cooperativa en algunas de las formas concretas previstas por el art\u00EDculo 6\u00BA de este decreto con fuerza d\u00E9 ley, que es el precepto que establece las causales de exclusi\u00F3n de un socio\". Por lo tanto, la exclusi\u00F3n es el \u00FAnico hecho que acarrea la sanci\u00F3n de la p\u00E9rdida de 50 por ciento del aporte, por ser consecuencia de una falta cometida por el socio. En todo caso, de acuerdo con las disposiciones del art\u00EDculo 8\u00BA, aqu\u00E9l tiene derecho de apelar ante el Tribunal Agrario. \nPor la que a m\u00ED toca, han desaparecido todas las dudas, porque -repito- como norma general el socio que deja de pertenecer a una cooperativa tiene derecho a retirar su aporte, salvo \u00FAnicamente el caso de la exclusi\u00F3n, la que se produce como consecuencia del incumplimiento de parte del socio de las obligaciones que le impone el hecho de ser tal. En consecuencia, no hay en esto injusticia alguna. \nNo puedo votar por estar pareado con el Honorable se\u00F1or Sule; en caso contrario, me habr\u00EDa pronunciado a favor de esta disposici\u00F3n \u00EDntegramente, incluida la letra C, que agrega un inciso final al art\u00EDculo 7\u00BA del D. F. L. N\u00BA 12, de 1968. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n \n Resultado de la votaci\u00F3n: 21 votos por la afirmativa, 3 por la negativa y un pareo. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Aprobado el art\u00EDculo, sin la letra C. \nQueda pendiente la discusi\u00F3n del proyecto hasta la pr\u00F3xima SESION. \n \nEl se\u00F1or LUENGO.- \n \n Se\u00F1or Presidente, \u00BFpor qu\u00E9 no recaba el asentimiento de la Sala para prorrogar el Orden del D\u00EDa hasta que se vote la letra C? \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Hay acuerdo de los Comit\u00E9s para tratar una materia bastante extensa. \nSolicito el asentimiento de la Sala para acceder a la petici\u00F3n del Honorable se\u00F1or Luengo. \n \nEl se\u00F1or BULNES SANFUENTES.- \n \n Pero sin derecho a fundar el voto. \n \nEl se\u00F1or PABLO (Presidente).- \n \n Hay oposici\u00F3n. \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "TOMA DE POSESI\u00D3N DE PREDIOS EXPROPIADOS. MODIFICACI\u00D3N DE LEY DE REFORMA AGRARIA. VETO."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .