. . . . . . " DE DECRETOS QUE PROHIBEN EXPENDIO DE CARNE DE VACUNO EN DETERMINADOS DIAS DE LA SEMANA EN COMBARBALA (COQUIMBO). \n\"Al se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa, para solicitarle se deroguen los decretos N9s. 538, publicado en el Diario Oficial de fecha 17 de julio de 1965 y modificado por el N\u00BA 677, Diario Oficial de 24 de agosto de 1965, para la localidad de Combarbal\u00E1, por medio de los cuales se prohibe el expendio de carne de vacuno en los d\u00EDas domingos, lunes y martes, lo que viene en perjuicio directo de los habitantes de dicha localidad, ya que su mayor\u00EDa son campesinos que efect\u00FAan sus compras los d\u00EDas lunes y martes. \n\"Adem\u00E1s, por ser una zona minera, ENAMI hace las liquidaciones los d\u00EDas viernes y lunes,- y este \u00FAltimo d\u00EDa es el fijado por los mineros para adquirir sus mercader\u00EDas. \n\"Se envi\u00F3 Oficio N\u00BA 292, de fecha 15 de noviembre del a\u00F1o en curso, al se\u00F1or Ministro, sobre el particular.\" \n \n \n " . . . . .