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El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde tratar las observaciones del Presidente de la República al proyecto que modifica la ley orgánica de la Corporación de Magallanes.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 54ª, en 6 de mayo de 1969.
Observaciones en segundo trámite, sesión 6ª, en 10 de noviembre de 1969.
Informes de Comisiones:
Hacienda, sesión 36ª, en 26 de agosto de 1969.
Agricultura, sesión 36®, en 26 de agosto de 1969.
Hacienda (veto), sesión 18ª, en 2 de diciembre de 1969.
Agricultura (veto), sesión 18ª, en 2 de diciembre de 1969.
Discusión:
Sesiones 37ª, en 27 de agosto de 1969 (se aprueba en general y particular); 18°, en 2 de diciembre de 1969.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Tanto la Cámara de Diputados como las Comisiones de Hacienda y de Agricultura del Senado han despachado en igual forma las observaciones del Ejecutivo, salvo dos, que se tratarían aparte.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor VALENTE.-
Sólo haré un alcance a la observación del Ejecutivo al artículo 15. Este precepto faculta al Presidente de la República para autorizar la instalación de recintos o almacenes de depósito de mercaderías extranjeras -conocida con el nombre de zona francaen las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, con arreglo a las disposiciones del artículo 2º de la ley 12.937, que creó la zona franca industrial de Iquique, modificado por la ley 16.894.
El Ejecutivo propone suprimir el artículo 15, a fin de impedir la instalación en Chiloé, Aisén y Magallanes de tales recintos aduaneros, basado en que se trata de un régimen en experimentación en Chile y por tal razón no conviene extender al resto del país esa franquicia de que goza el departamento de Iquique.
Estamos de acuerdo con el fundamento del veto. A nuestro juicio, la razón expresada, la ubicación geográfica de la zona a que se refiere el artículo observado 7 la urgente necesidad de ayudar al departamento de Iquique, hacen necesario entregar a este último la exclusividad del funcionamiento de la zona franca.
Estimo conveniente, además, dar a conocer la verdad respecto de algunas publicaciones erradas, interesadas o antojadizas que se han hecho en la zona, especialmente en Iquique, mediante las cuales se ha pretendido responsabilizar a los parlamentarios comunistas de la ampliación de la zona franca a las provincias de Aisén, Chiloé y Magallanes. En realidad, no fuimos los autores de la indicación respectiva; por el contrario, en la discusión del proyecto tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, defendimos la exclusividad del sistema de que goza Iquique, por estimar que es una de las formas de ayudar en forma concreta a ese departamento, tan 'abandonado por las autoridades, especialmente por el Gobierno.
Se han hecho numerosas .proposiciones para el resurgimiento de Iquique, pero todas ellas han fracasado. Se han formulado promesas que han llegado a límites realmente febriles, sin haberse logrado nada en concreto. A pesar de las enormes riquezas y extraordinarios recursos con que cuenta Iquique, tal vez sea, junto con Arauco, la zona más empobrecida del país y la que está en el abandono más absoluto.
Por lo expuesto, junto con esclarecer los hechos mencionados y manifestar la opinión de los Senadores comunistas, anuncio que votaremos favorablemente la observación del Ejecutivo al artículo 15, aunque nuestra votación no tenga ninguna importancia, por cuanto la Cámara ya la aprobó.
La señora CAMPUSANO.-
Al discutirse esta iniciativa en su primer trámite, el ex Senadordon Carlos Contreras Labarca, quien nos representó en el estudio de este proyecto, insistió en que las franquicias que se concederían a diversas firmas no redundarían en grandes beneficios.
El artículo 1º, Nº 7, letra c) del proyecto despachado por el Congreso, dice: "En el inciso quinto, que pasa a ser séptimo, sustitúyese el guarismo "25" por "50".". Pero sucede que el artículo 60 de la actual ley de la Corporación de Magallanes dispone que "las industrias manufactureras instaladas o que se instalen en la provincia de Magallanes quedarán exentas en un 90% del impuesto a la renta y de contribuciones de bienes raíces". Y más adelante agrega que "la exención de los impuestos anteriormente mencionados se otorga por un período de 15 años para las industrias instaladas o que se instalen en el departamento de Magallanes y de 25 años para los departamentos de Tierra del Fuego y Ultima Esperanza". Pues bien, se quería elevar la vigencia de tales franquicias a 50 años.
Nosotros concordamos con la observación del Ejecutivo que suprime la letra c), pues no es posible enajenar por tanto tiempo la voluntad del pueblo o de los Gobiernos que haya de aquí a 50 años, y otorgar tales franquicias a estas industrias por un tiempo prácticamente ilimitado.
Además, el ex Senador señor Contreras Labarca planteó en la discusión del proyecto en su primer trámite, la necesidad de reinvertir los capitales en esa zona y de que todas las empresas que disfrutaran de estas exenciones entregaran a sus trabajadores 10% de sus utilidades, como una manera de defender los intereses de los asalariados, en vista de las ganancias tan fabulosas que se permite obtener a las industrias que inviertan en esas provincias.
Por lo expuesto, los Senadores comunistas nos pronunciaremos a favor del veto recaído en la letra c) del Nº 7 del artículo 1º, sobre la cual pediremos votación separada.
El señor CARMONA.-
Deseo referirme muy brevemente a las palabras pronunciadas por el Honorable señor Valente, en especial a su acusación por el abandono total en que habría dejado este Gobierno a Iquique.
Su Señoría formula tal cargo precisamente al fundar su votación favorable al veto del Ejecutivo que suprime el articulo 15 del proyecto en debate, que extiende el régimen de almacenes de depósito de mer -caderías extranjeras en las llamadas zonas francas, a las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, en razón de haberse concedido ya este beneficio a la ciudad de Arica. Vale decir, el Ejecutivo defiende con esta observación los intereses de Iquique, al suprimir un artículo en el cual no reparó oportunamente el Senado cuando se discutió esta iniciativa.
El señor VALENTE.-
¿Reparó Su Señoría en él?
El señor CARMONA.-
No, pero de inmediato pedí al Ejecutivo que observara esta disposición, y precisamente estamos viendo ahora el veto respectivo.
El señor VALENTE.-
Eso es hacer doble juego.
El señor CARMONA.-
No estoy haciendo doble juego, señor Senador. El doble juego lo hace Su Señoría al acusar al Ejecutivo.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CARMONA.-
Ruego al señor Senador respetar mi derecho a usar de la palabra.
Estamos discutiendo una observación del Ejecutivo que defiende una franquicia especial para Iquique, y sin embargo se le acusa de tener totalmente abandonado dicho departamento.
Por otra parte, el sistema de almacenes de depósito en las zonas francas lo ideó el Gobierno para Iquique. Por lo tanto, no creo que puedan dejarse pasar las expresiones tan ligeras del Honorable señor Valente.
Anuncio que votaremos favorablemente las observaciones del Ejecutivo, en la misma forma como lo hizo la Cámara de Diputados, especialmente la relativa al artículo 15.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LORCA.-
Ojalá sea breve Su Señoría.
El señor PABLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valente.
El señor VALENTE.-
Hablaré en forma muy breve, a fin de satisfacer al Honorable señor Lorca, porque este proyecto también beneficia a Magallanes.
Deseo aclarar algunas afirmaciones que se difunden mucho en la zona norte y que tratan de hacer aparecer a los parlamentarios que la representan como renuentes en la defensa de sus intereses.
El señor OCHAGAVIA.-
¿Qué tiene que ver Iquique con este proyecto?
El señor VALENTE.-
Cuando Sus Señorías hablan de la zona sur, todos los escuchamos con mucho interés. Por lo tanto, ruego al Honorable señor Ochagavía permitirme exponer mi pensamiento respecto del norte.
El Honorable señor Carmona ha dicho que, al vetar el Ejecutivo el artículo 15, mejora las cosas en forma extraordinaria para Iquique y ya no existiría ningún otro problema por solucionar. La realidad es otra. Este Gobierno ha dispuesto prácticamente de seis años para aplicar un plan de desarrollo o de adelanto en Iquique. No lo ha hecho, no obstante haberle entregado nosotros iniciativas positivas y financiadas, que no ha tomado en consideración. Sin embargo, ha estado hablando en forma sostenida y majadera de un plan de impulso a la minería y a la industria, que ni siquiera ha esbozado. Sólo ahora, hace un mes, se acaba de instalar en el territorio de Iquique una comisión de SERPLAN, a fin de elaborar un proyecto no solicitado por este Gobierno, sino planteado por el Comando de Defensa de Iquique.
Por otra parte, puede ser que el veto recaído en el artículo 15 se haya originado en la intervención del Honorable señor Carmona, pero, a mi juicio, ha hecho mucho más peso en el ánimo del Presidente de la República la movilización que hubo en el norte, especialmente en Iquique, para protestar por esta invasión de atribuciones que se está haciendo mediante la iniciativa en debate, y para exigir al Ejecutivo la eliminación de dicho artículo. Lo que hizo el Gobierno fue acoger una petición formulada por los habitantes de Iquique, y como consecuencia de ello se produjo este veto, ya que en caso contrario el asunto habría tomado en la zona norte un cariz mucho más grave para el Gobierno.
El señor PABLO (Presidente).-
-Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
La Mesa propone el siguiente procedimiento de votación: aprobar el informe de las Comisiones de Hacienda y de Agricultura y Colonización, excepto las observaciones recaídas en la letra c) del N9 7 del artículo 1º, a que hizo referencia la Honorable señora Campusano, y en los artículos 10 y 15.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
El señor CHADWICK.-
No, señor Presidente.
El señor OCHAGAVIA.-
Ya está acordado.
El señor CHADWICK.-
Perdóneme, Honorable colega, pero el señor Presidente no ha consultado suficientemente a la Sala.
Se trata de alterar el mecanismo de votación, lo que no puede hacerse sin la unanimidad de la Sala,...
El señor PABLO (Presidente).-
Efectivamente.
El señor CHADWICK.-
...y yo estoy expresando mi disconformidad con el procedimiento que insinúa la Mesa.
No es mi ánimo retardar el despacho de esta iniciativa, pero sucede que el Senador que habla no pertenece a las Comisiones que han estudiado el veto en discusión, recaído en materias de cierta complejidad. No he logrado darme cuenta todavía del alcance de cada una de las observaciones, y, por lo tanto, pido que se voten separadamente, de acuerdo con el Reglamento.
El señor PABLO (Presidente).-
Se procederá en la forma solicitada por el señor Senador.
El señor LORCA.-
No pretendo tener la elocuencia suficiente como para convencer al Honorable señor Chadwick. Pero resulta que Su Señoría ha cometido un pequeño error. En efecto, un Senador de su colectividad, el Honorable señor Silva Ulloa, tan respetable como Su Señoría, concurrió a las sesiones de la Comisión de Hacienda, donde se estudió esta iniciativa artículo por artículo, e incluso participó en la discusión de dos o tres preceptos.
Por lo tanto, pido al Honorable señor Chadwick que reconsidere su actitud. Además, por primera vez, las Comisiones de Hacienda y de Agricultura y Colonización han coincidido con la Cámara de Diputados en la aprobación o rechazo de las observaciones del Ejecutivo.
El señor CHADWICK.
El Honorable señor Silva Ulloa me informa que efectivamente participó en la discusión del veto en la Comisión de Hacienda, pero, al mismo tiempo, me agrega que estuvo en desacuerdo en algunas oportunidades con el voto de mayoría de dicho organismo.
El señor LORCA.-
En esos casos podría votarse separadamente.
El señor CHADWICK.-
En tales condiciones, limito mi petición a las observaciones respecto de las cuales no hubo votación unánime en la Comisión.
El señor OCHAGAVIA.-
¡Ya vamos avanzando!
El señor PABLO (Presidente).-
Su Señoría tendría que hacer presente a la Mesa cuáles son esas observaciones.
El señor CHADWICK.-
Están mencionadas en el informe.
El señor OCHAGAVIA.-
Deben de aparecer en el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor PABLO (Presidente).-
A medida que vayamos despachando las observaciones, iremos viendo aquellas a que se refiere el señor Senador.
En primer lugar, corresponde pronunciarse sobre la observación que suprime el inciso segundo de la letra g) del N9 2 del artículo l9, observación que fue aprobada por la Cámara de Diputados. Consta este inciso en la página 39.
El señor CHADWICK.-
Está suprimido.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Salarse aprobaría.
Aprobada.
El señor PABLO (Presidente).-
La observación siguiente consiste en sustituir el texto de la letra a) del número 5).
La Cámara rechazó este veto. Las Comisiones de Hacienda y de Agricultura también recomiendan rechazarlo.
En votación.
(Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
La observación, como se ha dicho, consiste en sustituir la letra a). El Ejecutivo había propuesto un tributo que gravaba a los combustibles y lubricantes, que es actualmente de hasta 1 % ; el Congreso lo fijó en 1%. El Gobierno propone que pueda fluctuar entre 0,¡5% y 1%.
Cuando el veto se planteó en la Comisión, yo fui partidario de mantener esa alternativa, y por ella me pronuncié. Se abstuvieron de votar los Honorables señores Aguirre Doolan y Ballesteros.
Pienso que los gravámenes que afectan a los combustibles son extraordinariamente altos y obligan, por lo menos, a dejar esa posibilidad: que el impuesto fluctúe entre 0,5% y 1%. Como esto ya no es posible, en razón del pronunciamiento de la Cámara, prefiero que no haya ley sobre la materia y que se mantenga la facultad de que el tributo sea de "hasta un 1%".
Voto que sí.
El señor LORCA.-
Está bien.
El señor CHADWICK.-
Yo deseo abundar en las consideraciones hechas por el Honorable señor Silva Ulloa.
Cuando esta iniciativa fue despachada en sus trámites iniciales, nosotros estuvimos en contra del gravamen por considerarlo muy injusto, en razón de que todo el país debería contribuir con un impuesto indirecto que afectaría las fuentes de producción, mediante las tributaciones de los transportes, para financiar una corporación de efectos estrictamente limitados a la zona sur.
El señor REYES.-
Son los productores del petróleo.
El señor CHADWICK.-
El hecho es que esa producción está extremadamente protegida en Chile, porque la ENAP recibe, como subvención, el mayor valor de los productos que vende, como si estuvieran gravadas con el impuesto de internación. Se supone, para los fines de fijar el precio del petróleo y sus subproductos, que éstos son artículos importados que soportan el correspondiente impuesto de internación. Esa diferencia asegura a la empresa una utilidad que le permite desarrollar sus faenas. Todo esto lo paga el país.
Ahora se incorpora un nuevo gravamen absolutamente injusto, pues significa un impuesto indirecto que ha de pagar toda la actividad nacional, a favor de la Corporación de Magallanes.
¿Qué dice el Ejecutivo? Que el financiamiento es excesivo; que rendirá más de lo que racionalmente debe suponerse en cuanto a gastos de dicha Corporación. En consecuencia, no hay razón alguna para rechazar el veto y es mucho mejor dejar las cosas como están, según el raciocinio hecho por el Honorable señor Silva Ulloa: permitir que se impongan tributos hasta de 1%; que no quede disposición alguna, en razón de que la Cámara rechazó el veto.
El señor CARMONA.-
No habría ley.
El señor CHADWICK.-
No habrá ley sobre el particular y quedará vigente la norma que actualmente existe. Por consiguiente, en lo futuro, el Ejecutivo dispondrá de la misma facultad que tiene hoy día de regular el impuesto hasta 1%, según sean las necesidades de la Corporación de Magallanes.
Por estas razones, voto a favor de la observación.
El señor LORCA.-
Sin pretender molestar al Honorable señor Chadwick, la verdad es que me extraña que Su Señoría sea en esta oportunidad el mejor defensor del criterio del Gobierno respecto de lo que conviene a la Corporación de Magallanes.
El señor CHADWICK.-
Lo que hago no es más que coincidir con el Ejecutivo en algo en que tiene la razón.
El señor LORCA.-
El Honorable señor Chadwick basa su argumento en las palabras que el propio Ejecutivo emplea para justificar el veto, al referirse éste a la posibilidad de que se produjera un excedente respecto de los fondos que la Corporación de Magallanes necesita.
Si se considera que ese organismo está desarrollando un vasto plan destinado a incrementar las posibilidades industriales y a la realización de una amplia política social, el hecho de que ingresen 5 millones de escudos en vez de 3 millones, no da lugar a pensar que haya excedente.
Por eso, me parece que la argumentación del Honorable señor Chadwick es equivocada.
El señor CHADWICK.-
Y lo pagarán todos los chilenos.
El señor LORCA.-
Aparte lamentar este argumento, debo hacer presente que el Gobierno propuso un impuesto de 1% para financiar el proyecto de fomento del turismo. Es decir, el Gobierno, equivocadamente, ha vetado en esta oportunidad un gravamen similar al que él mismo solicitó con anterioridad.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, la ley consigna la posibilidad de establecer un gravamen a favor de la Corporación de Magallanes, de hasta 1% del valor de los productos del petróleo. Todos los años, la fijación de ese impuesto da margen a una serie de problemas entre los intereses locales y el Gobierno de la República.
Mediante la disposición en debate se ha pretendido, respetando la idea o criterio inicial del legislador, no dejar al Ejecutivo esa flexibilidad, sino asignarle una cantidad fija, un impuesto cuyo rendimiento será variable, pero fácil de determinar anualmente; y que hará posible, además, una programación seria de las obras de adelanto y de desarrollo económico y social que lleve a cabo la Corporación.
Es lógico que ello se estatuya así, porque Magallanes tiene radicadas sus fuentes de desarrollo, de manera fundamental, en la ganadería y el petróleo. Así como las provincias del norte del país -representadas aquí por otros señores Senadores-, con el acuerdo de todo el Congreso han obtenido recursos especiales para el fomento y desarrollo de esa región, de las industrias o riquezas que tiene esa zona, parece también justo que Magallanes por ahora limitada a la industria petrolera, que no es inagotable, y a la ganadería, que también es limitadapueda obtener de sus propias fuentes de riqueza un rendimiento estable que le permita cimentar su desarrollo social y económico.
Pero sucede otro fenómeno curioso. Creo que nadie podría vaticinar el resultado de un balance que, transcurrido el tiempo, se hiciera para determinar si este financiamiento fue beneficioso o perjudicial para la provincia.
En efecto, ¿qué está ocurriendo en Magallanes? Como funciona la Corporación y se supone que ésta tiene recursos, la mayoría de los funcionarios públicos, frente a las respectivas programaciones de los servicios, empiezan a limitar las inversiones que deberían hacer en esa provincia.
Por consiguiente, me parece perfectamente justo no dejar al arbitrio del Ejecutivo la fijación anual de ese porcentaje que puede ir de 0,001% hasta 1%, sino fijar esta última cantidad, como lo consigna el precepto aprobado por la Cámara y el Senado, para los efectos del financiamiento de la Corporación de Magallanes, a fin de que este organismo, en el cual está radicado esencialmente el desarrollo socio-económico de la región, pueda planificar sobre la base de ingresos determinados.
El señor OCHAGAVIA.-
Señor Presidente, deseo llamar la atención del Senado sobre la importancia de la observación que estamos votando; en especial, de los Senadores de la zona norte del país, pues he escuchado a los Honorables señores Chadwick y Silva Ulloa manifestar su criterio contrario a otorgar una suma fija para el financiamiento de la Corporación de Magallanes.
Para que los señores Senadores puedan establecer comparaciones, me parece necesario recordar que, mientras el salitre constituyó la principal riqueza de Chile, la zona norte financió todo el desarrollo nacional; y que, por desgracia, no se supo crear oportunamente un sistema que permitiera beneficiar a la región nortina con los recursos que de ella provenían. De ahí que la región de las explotaciones salitreras sea expresión, hoy día, de un panorama desolador después de haber constituido la base de toda la economía nacional.
Como los Senadores que representamos aquí a la zona austral tenemos clara conciencia de la limitación que tiene la riqueza del petróleo, la cual puede perder su valor tanto por el avance de la técnica como por el agotamiento de las reservas de los actuales yacimientos, no deseamos que se vuelva a incurrir en la imprevisión que el país mostró frente a las riquezas del salitre y que perjudicó en forma tan grave el desarrollo de la zona norte.
Por eso, llamo la atención de los Senadores de las demás zonas del país hacia el hecho de que, en este caso, estamos proponiendo una idea que es básica para el financiamiento de la Corporación de Magallanes, instituto encargado del fomento y desarrollo de la zona austral.
Si el país tiene en estos momentos una riqueza que se llama petróleo, es justo que nosotros le pidamos, no algo excesivo, sino un aporte mínimo de esta riqueza que puede agotarse, para que de ella algo quede en la provincia de la cual se extrae.
Ese es el fundamento de la disposición. Como se dijo hace un instante, si esta norma no prosperara, el Ejecutivo, en un momento determinado, podría fijar un porcentaje incluso de 0,001% -estoy poniéndome en un caso extremo-, lo que prácticamente frustraría todo el desarrollo de la región magallánica, zona que, precisamente, cifra sus esperanzas en esos recursos para elaborar su futuro y su progreso.
Por eso, voto a favor del informe de la Comisión de Hacienda.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, quiero explicar, muy brevemente, cuál fue el origen del artículo 58 que ahora se está modificando. La verdad es que fue exactamente igual al de aquella ley que benefició a Talca y Rengo: la diferencia producida sobre el valor de la caja de fósforos. También el Ejecutivo, mediante el artículo 58 mencionado, tenía una disponibilidad fluctuante para redondear el precio de los combustibles y de todos los derivados del petróleo.
Por eso, me parece justa la observación del Ejecutivo, en cuanto permite fluctuar entre 0,5% y 1%. En este instante, nos encontramos con que, frente al acuerdo de la Cámara, no se vislumbra solución posible ; pero como existe la posibilidad de una futura enmienda, soy partidario de aceptar el veto, porque estoy consciente de que los recargos en los precios de 'la gasolina, del petróleo y sus derivados repercuten enormemente en los de los artículos que el país consume, pues no hay producto que en alguna etapa de su comercialización no sea transportado por vehículos que utilicen esos combustibles.
-Se rechaza la observación (16 votos contra, 7 y 2 pareos), y se insiste con la misma votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Tanto la Comisión de Hacienda como la de Agricultura coinciden en recomendar la aprobación del veto consistente en agregar una letra c) al número 5 del artículo 1º.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las Comisiones de Hacienda y Agricultura proponen rechazar la observación que consiste en suprimir el Nº 6 del artículo1º, e insistir, al igual que la Cámara de Diputados.
-Se rechaza la observación y se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara no aceptó la observación consistente en suprimir la letra c) del número 7) e insistió en la aprobación del texto primitivo. Las Comisiones de Hacienda y de Agricultura recomiendan adoptar igual temperamento.
La Honorable señora Campusano solicitó votación sobre este asunto.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor VALENTE.-
¿En qué consiste el veto?
El señor PABLO (Presidente).-
La norma observada tiene por objeto aumentar de 25 a 50 años el plazo de duración de las franquicias tributarias a las industrias instaladas o que se instalen en los departamentos de Tierra del Fuego y Ultima Esperanza.
El señor LORCA.-
A mi juicio, la Honorable señora Campusano incurre en una equivocación cuando dice que el veto se refiere a la ciudad de Punta Arenas. Debo informar que la observación tiende a favorecer a Porvenir y Puerto Natales.
El señor TEITELBOIM.-
No hay ninguna equivocación.
El señor LORCA.-
En las localidades que acabo de mencionar no existen industrias.
El señor TEITELBOIM.-
En todo caso, pensamos que la duración de las franquicias debe ser de 25 años.
El señor LORCA.-
Voto en contra de la observación.
El señor OCHAGAVIA.-
Deseo explicar al Senado que la norma vetada tiene por objeto otorgar algún estímulo a fin de que en los departamentos de Ultima Esperanza y de Tierra del Fuego se instalen algunas industrias.
El señor VALENTE.-
Estamos de acuerdo con ello.
El señor OCHAGAVIA.-
No deseo insistir en la grave situación en que se encuentra la defensa de nuestra soberanía en los departamentos de Ultima Esperanza y Tierra del Fuego, pues la fuente más importante de trabajo para quienes viven en la zona es un mineral argentino.
El propósito que nos guió para aprobar la norma fue el de crear interés, a fin de que alguna industria se instale en la región. Sólo de esta manera podremos conceder a sus habitantes la oportunidad de laborar en forma estable en Chile, su patria.
Desgraciadamente -debemos reconocerlo-, existe centralismo de Punta Arenas respecto de Puerto Natales y Porvenir.
Como digo, mediante disposiciones legales deseamos otorgar incentivo a las industrias que se instalen en la provincia de Magallanes. Si no establecemos un régimen especial para los postergados departamentos de Ultima Esperanza y Tierra del Fuego, favoreceremos el centralismo en Punta Arenas.
Estoy seguro de que todos los señores Senadores, inspirados en razones del más alto interés' nacional, en defensa de la soberanía de la patria respaldarán el precepto. Me temo -lo digo con toda sinceridadque ni aun con esta norma vamos a conseguir que en esas regiones se instale alguna industria, ya que su aislamiento elevaría el costo de los fletes de los bienes que produjeren, por ser aquélla una zona muy alejada tanto del centro del país como del de la provincia, que es Punta Arenas.
La señora CAMPUSANO.-
Los Senadores comunistas estimamos que es conveniente mantener el plazo de 25 años para la duración de las franquicias tributarias contenidas en la ley.
La experiencia de Arica ha demostrado que el otorgamiento de franquicias destinadas a estimular la industrialización no es eficaz porque, repentinamente, como ocurrió en esa ciudad, tres o cuatro industrias se van a otro lugar. Así sucede en estos instantes en Coquimbo con la instalación de la General Motors. Es decir, empieza una competencia entre provincias o pueblos, a fin de lograr que determinada industria se instale en la respectiva zona. Y, para obtener ese objetivo, a la industria se le otorgan más y más garantías.
Los comunistas pensamos que ese procedimiento no constituye solución de los problemas económicos, de hambre, miseria y cesantía del pueblo chileno.
El señor VALENTE.-
Somos partidarios de otorgar a Puerto Natales y Porvenir, y a las zonas que merecen este tipo de ayuda, todas las franquicias necesarias para su desarrollo. En tal predicamento, hemos prestado permanentemente auxilio a las zonas extremas del país, a fin de fortalecer sus economías, por las razones que todos conocen.
Sin embargo, coincido con la Honorable señora Campusano en estimar que el plazo de duración de 50 años de las franquicias tributarias es exagerado. A nuestro juicio, bastan 25 años de franquicias para que esas regiones logren su desarrollo sobre la base de industrias más o menos sanas.
Por otra parte, la centralización de toda la actividad industrial en Punta Arenas o en algunas ciudades grandes de la zona puede evitarse por el sistema de regulación de que el Gobierno dispone mediante el Ministerio de Economía.
Aprobaremos el veto, a fin de mantener los 25 años como plazo de vigencia para estas franquicias tributarias.
El señor HAMILTON.-
Votaré en contra de la observación, por estimar que esta norma puede, en alguna medida, otorgar a esos dos departamentos, extraordinariamente alejados y ambos fronterizos, cierta posibilidad de obtener, sobre la base de su riqueza natural, algún tipo de desarrollo económico.
Sin embargo, no me forjo muchas ilusiones de que por esa vía se obtenga realmente el desarrollo de la región, particularmente del departamento de Natales. Sus habitantes tienen dos fuentes de trabajo: una, el mineral de Río Turbio, situado en la República Argentina; la otra, ubicada en Chile, está basada fundamentalmente en la ganadería y en la agricultura, actividades que en más de 80% están concentradas en una sola empresa. A pesar de ser la única industria instalada allí, durante 40 años no se ha hecho nada por que otras se establezcan.
En mi concepto a lo mejor el Honorable señor Ochagavía no aprueba la receta la forma de obtener el desarrollo de esa zona es la de poblar y cultivar sus campos. Allí, es tradicional que los campesinos vivan sin sus familias. Es decir, a mi juicio la solución consiste en la implantación y la aceleración del proceso de reforma agraria, que arraigue a la tierra al mayor número de chilenos, a fin de que puedan defenderla como propia, hacerla producir más, contribuyendo a la dignificación del campesinado.
Voto en contrario.
-Se aprueba la observación (14 votos contra 8 y un pareo).
El señor PABLO (Presidente).-
Se me ha informado de que habría acuerdo para aprobar el resto de las observaciones, excepto las relativas a los artículos 10 y 15, respecto de los cuales se ha pedido votación.
¿Habría acuerdo para proceder de esa manera ?
El señor MONTES.-
No, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
Hay oposición.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara rechazó la observación que consiste en sustituir la letra a) del artículo 61, e insistió en la aprobación del texto primitivo.
Las Comisiones de Hacienda y Agricultura recomiendan adoptar igual temperamento.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.(Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
El artículo 61, que se modifica mediante el inciso segundo propuesto, establece la obligación de capitalizar el 30% de las utilidades en la zona.
La ley 17.073 terminó con una serie de exenciones del impuesto global complementario. Se paga incluso por los depósitos de ahorro, por todo el sistema de ahorro vigente. El criterio del Congreso ha sido gravar con este tributo todas las rentas percibidas.
El inciso segundo propuesto pretende que la capitalización y la reinversión a que se refiere el inciso anterior -o sea 30% de las utilidades sean consideradas como renta exenta para los efectos del impuesto global complementario que pudiere afectar al industrial, socio o accionista. En la actualidad, las acciones liberadas no están afectas a ese gravamen. Es decir, ahora se trata de eximir al industrial y al socio. En síntesis", se otorga tratamiento favorable a las personas.
No habría tenido escrúpulo en votar afirmativamente la norma, si la obligación de reinvertir hubiera significado permanencia en la zona de quien hace la reinversión. Pero la forma en que se aprobó este artículo -así lo expliqué en la Comisión de Hacienda permite que el industrial o socio de cualquier empresa en Magallanes reinvierta .30%, quede exento del impuesto global complementario y, al día siguiente -exagero para probar la validez del argumento-, enajene la reinversión, liberándose del pago de un gravamen que afecta a todos los chilenos, inclusive a los modestos ahorrantes del Banco del Estado o de cualquier otra institución.
Por ello, estimo que el precepto aprobado por el Congreso, y que el Ejecutivo veta, no es completo, y que es indispensable mantener el criterio que sostuve en la Comisión de Hacienda.
El señor OCHAGAVIA.-
Ruego al señor Secretario explicarnos qué efecto produciría el rechazo por parte del Senado, de acuerdo con la votación habida en la Cámara.
El señor SILVA ULLOA.-
No habría ley.
El señor PABLO (Presidente).-
Así es, señor Senador.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
No habría nueva ley sobre la materia.
El señor PABLO (Presidente).-
Continúa la votación.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, deseo aclarar que no está en juego ni en debate la obligación que tienen los inversionistas de esa zona de reinvertir y capitalizar 30% de sus utilidades. Eso está aprobado; no se modifica.
Se trata de eximir del pago de impuesto global complementario la suma reinvertida y de hacer extensiva la exención ya no sólo al accionista -que ya tiene liberados de ese gravamen sus aportes, por las acciones que se le entregan sino al industrial en persona y al socio de éste. O sea, es una exención de impuestos personales, lo que nos parece que no debe aceptarse, para el mantenimiento de una buena doctrina tributaria.
Los Senadores comunistas aprobaremos el veto, en el entendimiento de que no está en juego la obligatoriedad de reinvertir o capitalizar en la zona 30% de las utilidades.
El señor PABLO (Presidente).-
Me parece que hay mayoría para acoger la observación.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
El señor OCHAGAVIA.-
Con mi voto en contra.
El señor PABLO (Presidente).-
Aprobada, con el voto contrario del Senador señor Ochagavía.
-Se rechaza la observación que sustituye la letra b) del artículo 61 por otra.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente observación consiste en suprimir el primer inciso que el Nº 9 agrega al artículo 62.
La Cámara la rechazó e insistió. Las Comisiones de Agricultura y de Hacienda recomiendan adoptar igual temperamento.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
La señora CAMPUSANO.-
Desearía que alguno de los señores Senadores de la zona me diera alguna explicación al respecto.
Tal como lo hice en la Comisión, debo manifestar mi extrañeza ante este artículo, que entrega franquicias a los hoteleros, pues en cierta oportunidad los Honorables señores Bossay y Gumucio denunciaron los "negociados" que se estaban haciendo sobre el particular: se entregaban franquicias para importar elementos destinados a la instalación y habilitación de hoteles, y éstos eran entregados después a empresas monopólicas norteamericanas, como Sheraton y Hilton.
Ante ese peligro, solicito información, para saber si se volverá a producir el hecho que acabo de mencionar.
Voto a favor de la observación.
El señor PABLO (Presidente).-
Con la venia de la Sala, puede fundar su voto el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
En la actualidad gozan de exención del impuesto a la renta, en 90%, las personas que explotan la industria hotelera, siempre que lo hagan en edificios construidos por ellas mismas. Ahora se trata de extender el beneficio a quienes se dediquen a esa actividad en locales de los que sean arrendatarios, no dueños.
En virtud del inciso segundo se exime del impuesto territorial a las personas que destinen a la explotación hotelera los edificios que ellas construyan, aun cuando esa explotación sea hecha por individuos distintos, o sea, mediante arrendamiento. En tal caso, la renta que los propietarios perciban por la entrega, a cualquier título, de los inmuebles o de su parte destinada a hoteles, estará exenta de 90% del impuesto a la renta que corresponda.
Voto a favor de la observación.
El señor LORCA.-
Deseo hacer una aclaración respecto de lo aseverado por la Honorable señora Campusano, quien, a mi juicio, se refirió a los hoteles de gran lujo.
En una ley especial se estableció que las importaciones de elementos destinados a habilitar hoteles de lujo gozarían de la referida exención. A ello se refirió el Honorable señor Bossay.
La señora Senadora debe comprender que, si en Magallanes se construyen hoteles, no serán de lujo, de cincuenta pisos, y que tampoco se alhajarán con artículos importados.
La disposición del Congreso establece que estarán exentos de impuesto a la renta quienes exploten la industria hotelera, aun cuando no sean dueños del inmueble en que desarrollan esa actividad. Con ello se tiende a fomentar en Magallanes la construcción de hoteles, pues en la actualidad sólo existe el que instaló la ENAP.
Voto en contra de la observación.
El señor CONTRERAS.-
La Honorable señora Campusano hizo presentes las dudas que le merece el otorgamiento de tales franquicias. El Senador señor Lorca sostuvo que Su Señoría se refirió a los hoteles de lujo.
La norma no hace distingos entre establecimientos lujosos y modestos. En una de sus partes dice: "Gozará de la exención de impuesto territorial a que se refiere el inciso primero de este artículo la totalidad de los inmuebles o la parte de ellos que se destine a explotación de industria hotelera, aun cuando sea explotada por personas distintas de sus dueños". En consecuencia, la franquicia ha de subsistir aun cuando el esfuerzo lo realicen trabajadores que dependen de un señor que puede vivir tranquilamente en Santiago, por ejemplo, y tener "esclavos" que le "amasen" riquezas en Magallanes.Voto que sí.
El señor PAPIC.-
Votaré a favor del criterio del Congreso.
En nuestro país se habla mucho de intensificar el turismo. Sin duda, su fomento implicaría grandes beneficios para Chile. Tenemos el privilegio de contar en la zona sur con inmensas riquezas naturales en este aspecto. Evidentemente, debemos dar facilidades para explotarlas, con el objeto de que algún día podamos decir que en esta nación existe el turismo.
Hemos observado que en la región de Llanquihue, por ejemplo, se carece de hoteles. Cientos de turistas, en vez de pernoctar en Valdivia, Osorno o Puerto Montt, lo hacen en la ciudad argentina de Bariloche, que tiene gran capacidad hotelera.
Ello reafirma mi aseveración de que es preciso dar las facilidades necesarias y otorgar las franquicias que se estimen convenientes, a fin de que en la zona más austral del país, en Magallanes, se intensifique la construcción o habilitación de hoteles. De esa manera se podrá llevar el turismo a esa zona del país tan alejada, pero al mismo tiempo muy bella.
Voto en contra de la observación.
El señor OCHAGAVIA.-
Adhiero a las palabras que pronunció el Honorable señor Papic. El precepto se funda exactamente en la razón aducida por Su Señoría: la provincia de Magallanes aspira a que uno de sus ingresos más importantes provenga del turismo.
Por desgracia, el único hotel de la zona -el llamado Cabo de Hornos, ubicado en Punta Arenases de lujo,...
El señor CHADWICK.-
Hay otros, señor Senador.
El señor OCHAGAVIA.-
...por lo cual está fuera del alcance de los ciudadanos de la clase media de nuestro país.
El señor CHADWICK.-
¡ Cómo puede sostener eso!
El señor OCHAGAVIA.-
Si no abrimos un canal que sea incentivo para la inversión de algunos capitales en la actividad hotelera, llevando a la práctica la interpretación del Servicio de Impuestos Internos, en el sentido de que quien explote esa industria también goce de la exención, no contaremos con la herramienta fundamental para que exista turismo en la zona.
En la actualidad, la persona que no tiene cabida en el hotel Cabo de Hornos debe ir a parar a otros de tercera categoría.
Voto negativamente la observación del Ejecutivo.
El señor CHADWICK.-
A medida que se van despachando las observaciones, surge, sin que uno pueda contenerse, la protesta por esta manera de desarticular cuanto puede ser el conjunto de una política racional para abordar los problemas del país.
Existe una política hotelera, un conjunto de medidas relativamente bien graduadas, que significan un sacrificio del país a favor de los industriales o comerciantes dedicados a la explotación de ese ramo. Ahora, por motivos en absoluto insostenibles, se pretende extender la exención del impuesto que grava las rentas personales, en determinados puntos del país, para estimular la actividad hotelera.
Si cada impuesto que se deja de pagar es reemplazado en último término por otro que recae ordinariamente en las personas más menesterosas, por medio de la tributación indirecta, del gran recurso de aumentar las tasas de los impuestos a las compraventas, ¿por qué no ha de pagar impuesto a la renta quien está explotando un buen negocio? ¿Por qué se extiende eso mucho más allá de lo que el propio Gobierno -que ha estado estimulando una política a nuestro juicio equivocada considera que es el límite?
¿Se construirán grandes hoteles? No. Lo que se hará será favorecer a dos o tres personas aisladas, permitirles escapar a una legislación común en la sociedad civilizada: la que obliga a contribuir a los gastos del Estado en la proporción y progresión que determina la ley con sentido equitativo.
Me parece que nosotros, en el despacho de estas observaciones, estamos justificando lo que con tanta ligereza se sostiene a veces, pero que no carece de algún fundamento, en el sentido de que el Congreso procede en forma irresponsable.
Es absolutamente extraño a toda explicación racional que se pretenda aprobar esta disposición con el pretexto de favorecer la industria hotelera. Esta se necesita en todo el país: no hay lugar donde no se reclame el desarrollo del turismo. Las observaciones hechas respecto de Magallanes son válidas para la provincia de Coquimbo y para cualquier otro lugar de Chile.
Es necesario estimular la industria hotelera. Para eso se han hecho sacrificios. Pero agregar nuevos beneficios y exenciones irracionales, sin más fundamento que la mera emotividad de tipo local, me parece absurdo.
Por estas consideraciones voto a favor de la observación del Ejecutivo.
El señor LUENGO.-
Concuerdo ampliamente con lo expuesto por el Honorable señor Chadwick. No obstante,' deseo reiterar que, como dijo el señor Senador al final de su intervención, el hotelero es un problema que existe a lo largo de todo Chile, en especial en aquellas provincias que son extraordinariamente interesantes para el desarrollo del turismo. No sólo es el caso de Magallanes. En lo relativo a esta situación, en más de una oportunidad hemos estado reclamando un trato especial para el turismo a fin de que los extranjeros puedan visitar con cierta facilidad las bellezas de nuestro país.
La disposición en debate otorga exenciones tributarias exclusivamente para la zona de Magallanes, lo que no se justifica. Lo que sí podría aceptarse es la implantación de una política general del Gobierno, mediante la cual se establecieran condiciones para favorecer el turismo en Chile, y la construcción de nuevos hoteles y hosterías en el territorio. En tal eventualidad, estoy dispuesto a acompañar al Ejecutivo o a algún colega en una indicación que permita que a lo largo de todo el país existan esas facilidades, pero de ninguna manera para aprobar una disposición que favorezca únicamente a Magallanes. Sé que esa zona necesita desarrollo, pero que se fomente por otra vía. En todo caso, el incremento turístico es necesidad imperiosa de todo el país.
Voto a favor de la observación.
-Se aprueba la observación (14 votos contra 6 y 2 pareos).
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo de la Sala para prorrogar el Orden del Día hasta el despacho del total de las observaciones?
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente observación consiste en suprimir la parte final del inciso segundo que se agrega por el número 9. La Cámara la rechazó e insistió. Igual criterio recomiendan las Comisiones.
-Se rechaza el veto y se insiste, con la misma votación anterior.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara de Diputados rechazó la observación consistente en suprimir el número 10). Igual procedimiento recomiendan las Comisiones.
El señor CHADWICK.-
¿Qué alcance tiene la disposición?
El señor LUENGO.-
Traspasa facultades de la Dirección de Industria y Comercio a la Corporación de Magallanes.
El señor LORCA.-
Fue aprobada por unanimidad.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El número 10 propone sustituir el artículo 66 por el siguiente:
"La Corporación de Magallanes tendrá las facultades que los artículos 1º del DFL. Nº 375, de 1953, y 7º, letras c) y d), del DFL. Nº 242, de 1960, confieren a la Dirección de Industria y Comercio".- Se rechaza la observación y se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara de Diputados aprobó la observación consistente en sustituir en la letra a) la frase final: "En caso de mora, el interés penal será de 6% anual", por la siguiente: "En caso de mora, tratándose de cuotas vencidas o por vencer que se paguen con posterioridad a la fecha de vigencia de esta norma, el interés penal será de un 6% anual". Las Comisiones recomiendan aprobar la observación.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las Comisiones recomiendan, al igual que lo hizo la Cámara de Diputados, rechazar la primera observación recaída en el artículo 2º, consistente en suprimir la letra a) del número 1), e insistir en el texto aprobado por el Congreso.
El señor PABLO (Presidente).-
Se trata de un régimen de avalúo de bienes raíces situados al sur del canal Beagle, que ahora se hace extensivo a la Subdelegación de Navarino.
-Se rechaza el veto y se insiste.
En seguida, se rechazan las demás observaciones recaídas en el artículo 2°, y se acuerda insistir en el criterio del Congreso, al igual que lo hizo la Cámara de Diputados, con excepción de la que consiste en agregar un número al artículo 2º, que se aprueba.
Asimismo, se acuerda rechazar e insistir, al igual que lo hizo la Cámara, respecto de la observación que sustituye el artículo 3º.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara rechazó la observación consistente en suprimir el artículo 4º, e insistió. Igual criterio recomiendan las Comisiones.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobarían los informes.
El señor CHADWICK.-
Un momento, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
El señor OCHAGAVIA.-
Pero hay acuerdo, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
No lo hay, señor Senador.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor PABLO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, para fundar el voto.
- (Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
En conformidad a los antecedentes que se nos proporcionaron en la Comisión de Hacienda, la exención del impuesto de 15% que grava el azúcar en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, obedece al propósito de nivelar su precio con el del producto nacional, porque allí se consume azúcar importada que resulta más cara que la producida en el país.
Por eso voto contra la observación e insisto.
El señor CHADWICK.-
El azúcar queda liberada del impuesto a las compraventas.
-Se rechaza la observación y se acuerda insistir, con el voto contrario del señor Carmona.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara de Diputados rechazó la observación consistente en suprimir el artículo 5º e insistió. Igual criterio recomiendan las Comisiones.
El señor LUENGO.-
¿Por qué se aumenta esa contribución?
El señor PABLO (Presidente).-
Para destinar los fondos a la red de alumbrado público.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, para dar una explicación.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
De acuerdo con los antecedentes que se le proporcionaron, la Comisión de Hacienda estimó indispensable aprobar este artículo; sin embargo, debo dejar establecido que no existe contribución adicional a los bienes raíces.
En la actualidad, la contribución general, la que los grava en todo el país, es de 20 por mil. Se ha propuesto, en el proyecto de ley sobre remuneraciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros, un recargo del orden de 10%, o sea, 2 por mil. Tal vez fue eso lo que tuvieron en mente los autores de esta disposición; pero en realidad -repito-' no existe una contribución adicional permanente.
En todo caso, para la historia fidedigna de la ley, debo aclarar que se trata de agregar a ese 2 por mil -que se sabe que pronto será leyotro 2 por mil más, para atender el gasto de la extensión del alumbrado público en el departamento de Ultima Esperanza, en Magallanes. Sin embargo, la disposición está totalmente mal redactada.
Nos pronunciamos en contra del veto y por la insistencia, en la inteligencia de que los parlamentarios de la zona presentarán en su oportunidad un proyecto de ley modificatorio, a fin de hacer operante esta disposición.
El señor LORCA.-
El artículo vetado por el Ejecutivo tuvo su origen en una petición concreta hecha por la Municipalidad de Puerto Natales.
Todo el mundo sabe que los organismos municipales están desfinanciados y que los recursos que perciben son insuficientes para sus necesidades. La Municipalidad de Puerto Natales -integrada por regidores de todas las tiendas políticas-, las juntas de vecinos e instituciones gremiales de la zona pidieron a los Senadores que apoyáramos esta disposición, la única forma de que dicho municipio financie los gastos que demanda la instalación de alumbrado público.
Por esas consideraciones, yo, por lo menos, votaré contra la observación.
El señor CARMONA.-
Acepto el veto, porque el precepto aprobado por el Congreso está mal redactado. Dice: "Auméntase a un cuatro por mil. . .", lo que hace suponer que ese porcentaje es un tope. Este no fue el espíritu del Congreso. Lo que se pretendía era aumentar en cuatro por mil las contribuciones a los bienes raíces, y no a cuatro por mil. O sea, de no aceptarse el veto, quedaría vigente una disposición inoperante.
Voto que sí.
El señor LUENGO.-
Como se ha dicho, la disposición está mal redactada. Aun así, está claro que con ella se quiere aumentar las contribuciones de bienes raíces en el departamento de Ultima Esperanza.
No hay ninguna razón para modificar el sistema en actual vigencia para las contribuciones de los bienes raíces, logrado después de muchas dificultades. En la actualidad, existe 20 por mil del impuesto, que se paga en forma pareja. Dicho porcentaje se aumenta todos los años en conformidad al alza del costo de la vida, por decreto del Ministerio de Hacienda. De manera que, en forma regular, se produce un alza de dicho impuesto. Por lo tanto, no creo que se justifique aumentar ese gravamen para el departamento de Ultima Esperanza, en circunstancias de que mediante estas disposiciones se pretende otorgar ciertos beneficios a la zona sur. Ello no procede, por mucho que lo hayan solicitado las municipalidades para instalar los servicios de alumbrado público. Creo que a los habitantes de esa zona les costará más que a los que viven en el centro del país pagar ese aumento de contribuciones.
Por esas consideraciones, acojo el veto.
El señor HAMILTON.-
Votaré favorablemente la observación.
Hace poco tiempo, se aprobó una indicación tendiente a dar facilidades a los contribuyentes de esa zona para pagar las contribuciones de bienes raíces, más los impuestos que estaban adeudando. Por lo tanto, un recargo adicional de tal naturaleza -aun cuando lo hayan solicitado las municipalidades es demasiado oneroso para los habitantes de esa región.
Voto que sí.-
Se aprueba la observación (13 votos contra i y 1 pareo).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación recaída en el artículo 7º consiste en intercalar en el primer inciso, entre la Coma que sigue a la palabra "dueños" y los vocablos "sin pago de gravámenes", la frase "dentro de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes".
La Cámara la aprobó e igual predicamento adoptaron las Comisiones.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone suprimir el artículo 8º. La Cámara rechazó la observación e insistió. Igual criterio recomiendan las Comisiones de Hacienda y de Agricultura.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor SILVA ULLOA.-
El artículo 8° establece que las asignaciones o viáticos de zona percibidos por el personal de la Empresa Nacional de Electricidad Sociedad Anónima (ENDESA), no sean considerados rentas. Esta empresa es sociedad anónima, pero en realidad es de propiedad estatal. Los viáticos de los trabajadores del sector público, en general, no constituyen renta. Mediante este artículo se trata de que los del personal de la ENDESA tampoco tengan ese carácter.
-Se rechaza la observación con el voto contrario del Honorable señor Carmona, y se acuerda insistir.
-Sin debate, se rechaza la observación al articulo 9° y se acuerda insistir en el precepto aprobado por el Congreso.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación al artículo 10 suprime la frase final del inciso primero. La Cámara la rechazó e insistió. Igual predicamento adoptó la Comisión de Agricultura. Sin embargo, la de Hacienda propone aprobarla.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
El señor SILVA ULLOA.-
Quisiera una explicación sobre esta materia, porque me parece que ha habido una omisión.
Recuerdo que respecto del artículo 9º se dividió la votación, como consta en el informe de la Comisión de Hacienda, con el objeto de que existiera una regla general en el país sobre la construcción de locales comerciales. En las grandes ciudades, como Santiago, Valparaíso, Concepción y Antofagasta, hay sectores comerciales donde forzosamente debe superarse el 20 % que, conforme a la ley, puede destinarse a locales comerciales para gozar de las franquicias del D.F.L. Nº 2. Mediante este artículo, tal norma se aplicaría sólo en la provincia de Magallanes.
Por eso, cuando la Comisión de Hacienda estudió el veto, acordó dividir la votación en esta parte.
Me agradaría que el señor Secretario proporcionara una explicación al respecto.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para reabrir debate sobre el artículo 9º?
El señor SILVA ULLOA.-
Se trata de una omisión.
El señor LORCA.-
Se ha incurrido en error.
El señor PABLO (Presidente).-
Para discutir nuevamente el artículo 9º, se requiere el asentimiento unánime de la Sala.
El señor LORCA.-
Estamos tratando el artículo 10.
El señor PABLO (Presidente).-
El Honorable señor Silva Ulloa se refirió al artículo 9º, que ya fue votado.
El señor LORCA.-
Ese fue el criterio de la Comisión.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En realidad, parece que no hay error alguno, pues tanto el texto del informe como el resumen final de la Comisión, recomiendan rechazar e insistir.
El señor OCHAGAVIA.-
Se produjo acuerdo unánime porque, de no procederse en esa forma, no habría ley sobre la materia.
El señor PABLO (Presidente).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para reabrir debate sobre el artículo 9º.
No hay acuerdo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara rechazó la observación recaída en el artículo 10 e insistió, e igual criterio adoptó la Comisión de Agricultura. Sin embargo, la de Hacienda recomienda aprobarla.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor LORCA.-
El precepto observado faculta a la Corporación de la Vivienda para otorgar créditos a no más de cuatro años plazo, con el fin exclusivo de construir "viviendas económicas" en las áreas de remodelación urbana de Magallanes. Si se elimina la frase que el veto propone suprimir, dicho organismo deberá conceder esas facilidades a lo largo de todo el país, y como sabemos que sus recursos no son abundantes, la verdad es que, en ese caso, no podrá facilitar crédito alguno.
Por esas razones, votamos en contra de la observación.
-Se acuerda rechazar el veto e insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara rechazó la observación recaída en el artículo 11, que propone suprimirlo, e insistió en la aprobación del texto primitivo. Las Comisiones, por unanimidad, recomiendan igual criterio.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor LORCA.-
Se trata de hacer extensivos a los empleados públicos ciertos beneficios relativos a feriado de que gozan los empleados particulares.
El señor OCHAGAVIA.-
Como dijo él Honorable señor Lorca, a tal razón se debe que hayamos votado a favor de la disposición, pues sólo se iguala la situación de los servidores fiscales con la de los empleados particulares. No existe ningún fundamento para establecer una discriminación y dejar en inferioridad de condiciones al sector público.
El señor GORMAZ.-
Pero los empleados públicos no trabajan los sábados.
El señor SILVA ULLOA.-
Somos partidarios del artículo y votaremos en contra de la observación del Ejecutivo, por conocer el sacrificio que significa vivir y trabajar en esa zona.
Por otra parte, el sector privado cuenta con esta franquicia. De modo que sólo se trata de nivelar una situación.
-Se rechaza la observación (12 votos por la, negativa y 7 por la afirmativa).
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación no se insistirá.
El señor OCHAGAVIA.-
Pido votación, señor Presidente.
-El Senado acuerda insistir (17 votos por la afirmativa y 2 por la negativa).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone sustituir por otro el número 4 del artículo 23 de la ley 6.152. La Cámara aprobó la observación e igual criterio recomiendan ambas Comisiones.
-Se aprueba.
-Sin debate, se aprueba la observación consistente en agregar una frase al inciso tercero del artículo 25 de la ley 6.152, y la que agrega el siguiente artículo nuevo en el mismo texto legal:
"Artículo...- En lo no previsto por esta ley se aplicarán las normas del Título XI del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 751 y 752 del mismo cuerpo legal."
-Con el voto en contrario del Honorable señor Chadwick, se aprueba la observación consistente en suprimir el artículo 15.
-Sin debate, se aprueba la observación consistente en agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo...- Agrégase al artículo 35 de la ley 13.039, reemplazado por el artículo 238 de la ley 16.617, a continuación del inciso noveno, después del punto aparte, lo siguiente:
" "Para el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros la rebaja adicional por cada año o fracción superior a seis meses será de un veinte por ciento, pero la rebaja por este concepto no podrá exceder de un cuarenta por ciento"."
El señor PABLO (Presidente).-
terminada la discusión del proyecto.
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