. . . . . . . . " El se\u00F1or CARMONA.- \n \n He escuchado con mucha atenci\u00F3n las observaciones sobre la inconstitucionalidad del proyecto y de la disposici\u00F3n en estudio en estos momentos. Al respecto, me parece que deben distinguirse los dos aspectos. \nRecuerdo perfectamente que, durante la discusi\u00F3n general de la iniciativa, el Honorable se\u00F1or Altamirano plante\u00F3 la inconstitucionalidad del proyecto, por el hecho de que el Ejecutivo propon\u00EDa un conjunto de disposiciones que implicaban gasto y que, a su juicio, no estaban financiadas. Se le contest\u00F3 que dicha inconstitucionalidad podr\u00EDa existir una vez que el Ejecutivo dictara los decretos con fuerza de ley respectivos, si no tuvieran financiamiento; pero que ya se ver\u00EDa si tales decretos estaban o no estaban financiados. \n \n " .