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"Nº 67.- Santiago, 16 de enero de 1968.
Ha recibido este Ministerio su oficio Nº 12.562, de 29 de noviembre de 1967, por el cual V. E. solicita, a nombre del Honorable Diputadodon Alberto Jaramillo Bórquez, se modifique el Plano Regulador de la ciudad de Bulnes, con el propósito de permitir un aumento del sistema de autoconstrucción que solucione el problema habitacional de esa zona del país.
Al respecto, debo informar a V. E. que de acuerdo al artículo 96 del Decreto Supremo Nº 880, de 1963, del Ministerio de Obras Públicas, los Planos Reguladores y sus modificaciones, deben ser estudiados por los Municipios y revisados y aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con el artículo 99 del mismo Decreto y de la ley 16.391, sin perjuicio de la facultad concedida a la Corporación de Mejoramiento Urbano en el artículo 43 de la misma ley que le permite modificaciones directamente al Ministerio cuando los planes de vivienda así lo requieren.
Por otra parte, esta Secretaría de Estado no tiene conocimiento de ninguna solicitud en este sentido, que haya sido presentada por las Institutos pertinentes.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Juan Hamilton Depassier."
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