. "23.-"^^ . . . . "OFICIO DEL SE\u00D1OR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO"^^ . " 23.-OFICIO DEL SE\u00D1OR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO \n\"N\u00BA 67.- Santiago, 16 de enero de 1968. \nHa recibido este Ministerio su oficio N\u00BA 12.562, de 29 de noviembre de 1967, por el cual V. E. solicita, a nombre del Honorable Diputadodon Alberto Jaramillo B\u00F3rquez, se modifique el Plano Regulador de la ciudad de Bulnes, con el prop\u00F3sito de permitir un aumento del sistema de autoconstrucci\u00F3n que solucione el problema habitacional de esa zona del pa\u00EDs. \nAl respecto, debo informar a V. E. que de acuerdo al art\u00EDculo 96 del Decreto Supremo N\u00BA 880, de 1963, del Ministerio de Obras P\u00FAblicas, los Planos Reguladores y sus modificaciones, deben ser estudiados por los Municipios y revisados y aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con el art\u00EDculo 99 del mismo Decreto y de la ley 16.391, sin perjuicio de la facultad concedida a la Corporaci\u00F3n de Mejoramiento Urbano en el art\u00EDculo 43 de la misma ley que le permite modificaciones directamente al Ministerio cuando los planes de vivienda as\u00ED lo requieren. \nPor otra parte, esta Secretar\u00EDa de Estado no tiene conocimiento de ninguna solicitud en este sentido, que haya sido presentada por las Institutos pertinentes. \nDios guarde a V. E.- (Fdo.): Juan Hamilton Depassier.\" \n \n " . . . . .