-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595548/seccion/akn595548-ds2-ds16
- bcnres:numero = "14.-"^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- dc:title = "OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES"^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Oficio
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdf:value = " 14.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
"Nº 174.- Santiago, 4 de marzo de 1968.
Me refiero al oficio de V. S. Nº 12.675, de 26 de diciembre de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Alberto Jaramillo B., se destinen los recursos necesarios a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nº 15.840.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que la Superintendencia de Seguridad Social por oficio Nº 1.608, de 9 de mayo de 1965, ha declarado que el artículo 80 de la Ley Nº 15.840 es inaplicable, debido a que en la citada ley no se estableció el financiamiento necesario para otorgar los beneficios que concede. Estos beneficios dicen relación con jubilación y desahucio de un mes por años de servicio.
En consecuencia, mientras no se superen los reparos formulados por dicho organismo, no se podrá dar cumplimiento a la citada norma.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.): Sergio Ossa Pretot."
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595548/seccion/akn595548-ds2
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595548