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- rdf:value = " 3.-PRORROGA DEL IMPUESTO SOBRE RENTA MINIMA PRESUNTA DURANTE EL AÑO 1968.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVOEl señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En el Orden del Día continúa la discusión de las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto que prorroga el impuesto sobre renta mínima presunta durante el año 1968.
Quedó pendiente el debate de la observación al artículo 15 del proyecto.
Estaba con la palabra el Diputado señor Gustavo Lorca.
A Su Señoría le resta un minuto de su primer discurso.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, decía que en el artículo que contiene el veto sustitutivo enviado por el Ejecutivo, en la Comisión Redactora del proyecto de Estatutos de la Fundación de Beneficencia Pública Universidad Técnica Federico Santa María, a cinco representantes de la Federación de Estudiantes de la Universidad. Y agregaba que es de toda conveniencia dejar establecido en la historia de la ley la circunstancia de que el Parlamento interpreta este veto en el sentido de que los representantes universitarios deben ser elegidos en votación democrática, ya que es necesario que todos los estudiantes universitarios puedan participar en la designación de sus delegados en esta Comisión, tanto más cuanto que el período de la actual directiva, de acuerdo con los estatutos, venció a fines de noviembre de 1967...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
Ha terminado el tiempo del primer discurso de Su Señoría; puede continuar en el de su segundo discurso.
El señor LORCA (don Gustavo).-
...por lo cual no ha habido pronunciamiento, desde esa fecha, de todos los alumnos de la Universidad Santa María. Por lo tanto, lo justo y natural sería que los representantes de la Federación de Estudiantes de esta Universidad fueran elegidos en votación libre y soberana, de acuerdo con los mismos principios que se señalan en el inciso segundo de esta disposición, que dice que la designación de los profesores que integrarán la Comisión se hará por votación directa dentro de cada Facultad. Y en el inciso sexto se establece que el Rector provisional será designado por el Presidente de la República de una quina elegida por la asamblea de profesores universitario. En consecuencia, el espíritu de la disposición indica que todas estas designaciones han de hacerse a través de votaciones libres, democráticas y soberanas.
Nosotros formulamos esta aclaración, señor Presidente, porque creemos necesario que los personeros de todos los sectores que van a quedar incorporados en el Consejo sean efectivamente representativos tanto del profesorado como del alumnado. Pero, como decía esta mañana, existe un gran número de elementos universitarios, los del Grupo Universitario Libre, GUL, que agrupa a más de un 35% del alumnado, que no han sido tomados en cuenta por la actual directiva. Y mantengo esta afirmación, por cuanto algunos de los actuales dirigentes -digo y repito que el plazo de su mandato está vencido y sólo podían mantenerse en sus cargos hasta noviembre de 1967, a pesar de lo cual no han querido realizar elecciones para que pueda sustituirse esta directiva-, han manifestado que estos representantes serán designados exclusivamente por la directiva actual. Esto sería una infracción clara y flagrante al espíritu de la nueva disposición, que pretende que los delegados sean lo más representativos, que todos los integrantes de la llamada comunidad universitaria tengan sus legítimos representantes.
Señor Presidente, con todo, los Diputados Nacionales, aunque apoyamos esta justa interpretación del veto, nos abstendremos de votar esta disposición.
Creemos que no es posible, ni con la antigua disposición que ha sido vetada, ni con la nueva, que se infrinja tan seriamente a través de la legislación la autonomía universitaria. Creemos que es indispensable poner término al conflicto que se ha suscitado en la Universidad Santa María, de Valparaíso, pero estimamos que ello pudo hacerse con mucho mayor prontitud, si las autoridades de Gobierno, interpretando cabalmente el sentido de esa situación producida, hubiesen actuando con mayor diligencia. Estimamos que las autoridades de Gobierno no actuaron con la agilidad ni con la celeridad necesarias, lo que habría evitado que a través de la legislación se atropellara el principio de la autonomía universitario, como aquí ocurre. Creemos, que esto es nefasto, porque significará introducir la política en los claustros universitarios, ya que vemos que las designaciones se van a hacer en muchos aspectos con criterio político. Todo esto es la culminación de una serie de irregularidades producidas a través de estos movimientos universitarios, que han significado que el partido de gobierno, inspirador de este conculcamiento del principio de autoridad, no haya podido, ahora, impedir aquello que inicialmente impulsó. Nosotros estimamos que esto tendrá repercusiones lamentables.
Creemos que el nivel universitario, si se procede en la forma como se está haciendo, se verá rebajado en términos tales que tendremos que lamentar después los resultados de ello. Ya estamos viendo las desastrosas consecuencias que situaciones similares han provocado en otras universidades particulares donde no se ha respetado ese principio básico para resolver los problemas que se han planteado.
Estimamos que este conflicto universitario pudo solucionarse por cauces más precisos y en forma más rápida por el Supremo Gobierno, que ha intervenido tardíamente. Como se desprende del fundamento del veto, con el que todos estamos de acuerdo, esta solución pudo alcanzarse sin necesidad de recurrir a la ley ni desconocer el principio de autoridad, como se está haciendo en este momento.
Quiero dejar constancia, además, de nuestro repudio a la actitud que algunos estudiantes universitarios, no todos, como lo acabamos de manifestar, tuvieron con el Rectordon Cerlos Cerutti, al cual rendí esta mañana el homenaje que se merece por sus actuaciones y condiciones. A él, incluso, le prohibieron la entrada a su propio domicilio. Así se comportaron algunas estudiantes que sólo habían recibido de él demostraciones de simpatía y de adhesión a la causa universitaria y, sobre todo, distinciones.
Creo que debe quedar constancia de estos antecedentes en la discusión del veto propuesto por el Ejecutivo para solucionar el conflicto que se ha planteado. Sostenemos que esta fórmula no es la mejor que se pudo haber encontrado y tememos que, si la política llega a las aulas universitarias, ello perjudicará las actividades docentes.
Por eso, hemos querido exponer nuestra opinión respecto al veto y reiterar lo que dijimos esta mañana sobre el magnífico pie en que se encontraba la Universidad Santa María. Repetimos que sus profesionales han actuado responsablemente en la vida técnica y profesional del país y que su Rector, el señor Cerutti, ha dado pruebas de una extraordinaria capacidad, que le ha significado el reconocimiento de toda la ciudadanía de Valparaíso.
Esperamos que estas modificaciones estatutarias, que van a significar un cambio en la composición del Consejo Universitario de la Universidad Federico Santa María, sean para mejor, y que la política no se introduzca en este organismo, porque ello significará, evidentemente, su deterioro total.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la observación del Ejecutivo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 21 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación.
En discusión la observación del Ejecutivo al artículo 16, que consiste en suprimirlo.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor De la Fuente; a continuación, el señor Ramón Silva Ulloa.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el artículo 16 establece que los inmuebles que se encuentren eximidos del pago de contribuciones a los bienes raíces, pagarán siempre la contribución municipal y la parte de la contribución fiscal que se destina a los cuerpos de bomberos.
El Ejecutivo propone suprimir esta disposición. Nosotros estamos de acuerdo con el veto, porque este artículo afecta, en primer lugar -aun cuando podría desearse que los recursos se destinaran al Cuerpo de Bomberos- a las casas regidas por la Ley Pereira, que por un tiempo limitado no pagan contribuciones. Esto no sería tan grave respecto de ellas, porque hay muchas personas acomodadas que ocupan estas viviendas. Pero no ocurre lo mismo con las casas Corvi, las cuales son entregadas a modestos propietarios, quienes a duras penas pueden pagar sus dividendos. Y a quienes más afecta esta disposición es a los indígenas. Las reducciones indígenas no pagan contribuciones actualmente. Algunas de ellas han sido divididas, por lo que han quedado en manos de sus propietarios pequeños predios que no les permiten vivir, porque las tierras son malas y están deslavadas por el exceso de siembra. Ellos las han seguido trabajando, por regla general sin abonos, sin mejoras, sin un sistema técnico para arar. Por esta razón, las tierras están lavadas y ya no pueden ser replantadas.
Por otra parte, no son terrenos regados, porque sus propietarios no han tenido los medios necesarios para hacer verdaderas obras de arte para regarlos. La producción de estos predios indígenas es muy escasa; sólo permite vivir a los padres e hijos. El resto de la familia debe salir a trabajar afuera para subsistir.
Por estas razones, nosotros votaremos por la supresión del artículo 16, tal como lo propone el Ejecutivo.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ramón Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, el artículo 16 está destinado a solucionar un grave problema que afecta
a las municipalidades, el cual tuvo su origen en la promulgación de la ley Nº 15.021, que eximió del pago de impuestos a todos los bienes que, incluso por adherencia, estaban considerados en el avalúo de la propiedad territorial para los efectos de la contribución de bienes raíces.
Creo que el señor De la Fuente está equivocado en sus apreciaciones, porque las propiedades Ley Pereira y las viviendas construidas de acuerdo con el D.F.L. Nº 2 están exentas de la contribución fiscal y no la municipal.
En efecto, el artículo 14 del D.F.L. Nº 2 establece que "las viviendas económicas estarán exentas de todo impuesto fiscal que grave la propiedad raíz, con excepción de aquellos que correspondan a pagos de servicios, tales como pavimentación, alcantarillado, alumbrado y otros."
De tal manera que la contribución que corresponde a las municipalidades es la que se paga por los servicios, y esto grava en la actualidad tanto a las viviendas económicas construidas de acuerdo con la Ley Pereira, cuyo plazo de excepción está próximo a extinguirse, como a las regidas por el D.F.L. Nº 2, porque así expresamente lo dispone este texto legal.
Es tan grave la situación de las municipalidades que en la Ley de Presupuestos -no tengo el texto vigente este año, pero se repite el mismo caso en 1968- de la participación del 7% del impuesto a la renta que corresponde entregar a las municipalidades de acuerdo con la ley Nº 15.564, la cantidad que resulta se divide en tres rubros. Por el número uno se las subvenciona en conformidad a los avalúos urbanos, distribuyendo la suma más importante; por el número dos se hace una distribución en relación con el número de habitantes, y por el número tres se autoriza una distribución que hace el Ministerio de Hacienda entre aquellas comunas que disminuyeron considerablemente sus avalúos territoriales como consecuencia de las retasaciones de bienes inmuebles ordenadas por la ley Nº 15.021.
Quiero señalar que en el año 1967 la suma que correspondía distribuir de este 7% que produce el impuesto a la renta era del orden de 56.500.000 escudos, y la que se distribuyó en proporción a los avalúos urbanos fue de 44.500 escudos, por número de habitantes de 10.000 escudos y para aquellas comunas más perjudicadas de 2.000.000 de escudos.
Para el presente año esto está aumentado en un 20%, pero resulta que en nada va a resolver el problema especialmente de aquellas municipalidades donde están ubicadas industrias de gran importancia y que eran las que pagaban fuertes sumas por concepto de contribución de bienes raíces. Por ejemplo, las cinco municipalidades que existen en la provincia de Antofagasta han sido afectadas en forma dramática por la ley Nº 15.021. La Municipalidad de Calama pierde anualmente sobre 2.500.000 escudos en moneda de valor adquisitivo del presente año; la Municipalidad de Tocopilla sobre 800.000 escudos; la de Antofagasta, más de un millón de escudos; la de Taltal, una cantidad inferior, e igual sucede con la Municipalidad de Mejillones.
Este mismo -cuadro se repite en todo el país; pero, naturalmente, en forma más dramática en las provincias de O'Higgins y Atacama, donde están ubicados los minerales de El Teniente, Potrerillos y El Salvador, respectivamente. La verdad es que la ley Nº 15.021, prácticamente, eximió del pago de contribuciones a las empresas de la Gran Minería del Cobre. Por eso, no tiene ninguna razón el fundamento entregado por Su Excelencia el Presidente de la República, al formular el veto.
Dice el Ejecutivo que la mantención de esta norma obligaría al Servicio de Impuestos Internos a revisar la totalidad de las exenciones sobre impuesto territorial. Esto es falso, y en el hecho, aunque hubiera que hacerlo, sería eminentemente práctico, porque sabemos nosotros, como el país entero, que hoy día, los recibos de contribuciones de bienes raíces se elaboran mecánicamente y basta apretar un botón para que resulte la exención en aquellos bienes raíces que gozan de este beneficio. Esto pueden haberlo comprobado muchos de los colegas que son propietarios de viviendas construidas bajo el régimen de la Ley Pereira o del decreto con fuerza de ley Nº 2; porque, junto con determinarse en los respectivos boletines el total de las contribuciones a los bienes raíces, se consigna inmediatamente la parte exenta. La diferencia es la que paga el propietario por este concepto.
Señor Presidente, la verdad es que se han hecho varios intentos para resolver este angustioso problema que afecta a todas las municipalidades del país. Además, debemos reconocer que el artículo 16 aprobado por el Congreso Nacional es ya el producto de la experiencia de lo ocurrido con muchas indicaciones que perseguían este mismo fin y que han sido formuladas por parlamentarios de todas las tendencias políticas, incluso de la Democracia Cristiana. El veto, en realidad, carece de todo fundamento, porque no es efectivo que el artículo 16 del proyecto vaya a gravar propiedades que por leyes de carácter especial están exentas de] pago de contribuciones, como el caso de las reducciones indígenas, pues, como lo he señalado, las propiedades construidas de acuerdo con el D.F.L. Nº 2 están gravadas legalmente por las contribuciones municipales, y también lo están las construidas bajo el régimen de la Ley Pereira.
Los Diputados socialistas rechazaremos esta observación, porque queremos entregar a las municipalidades del país, y especialmente de las zonas que he señalado, un financiamiento que les permita afrontar la difícil situación económica que actualmente les afecta.
Por eso, señor Presidente -repito- esperamos que todos los colegas...
El señor TUMA.-
¿Me concede una interrupción, señor Diputado?
El señor SILVA ULLOA.-
...nos acompañen en el rechazo del veto. . .
El señor CLAVEL.-
¿Me permite una interrupción?
El señor SILVA ULLOA.-
...y, naturalmente, en la insistencia, para que pueda ser ley el artículo 16.
El colega señor Clavel me ha pedido una interrupción.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
El señor Ministro ha pedido la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
El señor Clavel me ha pedido una interrupción, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿A quién le concede la interrupción Su Señoría?
El señor SILVA ULLOA.-
Al señor Clavel.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Diputado.
El señor CLAVEL.-
Fue muy claro el señor Silva Ulloa al concederme la interrupción.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No le entendí bien, señor Diputado.
El señor CLAVEL.-
El señor Silva Ulloa ha explicado en forma muy clara el problema que se presentará a las Municipalidades con respecto a la supresión del artículo 16, y en forma muy especial a las de la provincia que ambos representamos...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del primer discurso del señor Silva Ulloa. Su Señoría puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor CLAVEL.-
Es así como las Municipalidades de Tocopilla y de Calama han visto cercenadas sus entradas en sumas cuantiosas este último tiempo, casualmente por la ley de nuevo trato a las empresas del cobre, porque también quedan exentas del pago de contribución municipal. Y es tan grave la situación que estas dos Municipalidades y las que ha mencionado el señor Silva Ulloa, atraviesan por críticas condiciones para desenvolverse en lo más mínimo. Tanto es así, que las municipalidades de Calama y Tocopilla se encuentran desfinanciadas hasta para pagar los sueldos y salarios de sus empleados y obreros.
Por eso, creo que una manera de buena ordenación de la economía municipal, ya que en las distintas leyes que se han dictado no se ha dado a las municipalidades un financiamiento adecuado, sería insistir en la aprobación del artículo 16. La supresión de él, propuesta por el Ejecutivo, sería un golpe de gracia para estas corporaciones edilicias. Por lo tanto, creo que. con un mejor estudio de parte de la Cámara, deberíamos proceder a rechazar el veto del Ejecutivo, por cuanto coloca a las municipalidades y, como consecuencia, al propio Gobierno, en una situación muy crítica respecto de las obligaciones que éste tiene con las municipalidades, con sus comunas; y de la obligación que tienen ellas de prestar servicios a la comunidad entera.
Por estas razones, rechazaremos el veto del Ejecutivo al artículo 16.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, concedo una interrupción al señor Turna.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Diputado.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, deseo aclarar algo sobre el artículo 16.
Los predios indígenas están exentos de contribuciones de bienes raíces cuando se encuentran indivisos, incluso por 15 años después de que se dividan. El artículo 16 aprobado por el Congreso no hace ninguna discriminación, por lo cual quedarían afectos al pago de contribución municipal los predios indígenas, que en la provincia de Cautín, que represento en esta. Cámara, alcanzan a más de 200 mil hectáreas.
Por eso, si bien encuentro muy razonables los argumentos del colega señor Silva Ulloa en el sentido de que se estarían aprovechando las grandes empresas, las industrias que explotan grandes minerales, no se aclara el concepto del artículo 16 en cuanto a hacer una excepción con los bienes que corresponden a los títulos de merced, los que están regidos por la ley Nº 14.511. Por eso, voy a hacerle una pregunta al señor Silva Ulloa, ojalá la conteste, para que me diga si, de aprobarse este artículo 16 sancionado por el Congreso, o sea, rechazando el veto del Ejecutivo, quedarían o no exentas del impuesto municipal las comunidades indígenas. De ser así, yo me vería en la necesidad de votar por la supresión propuesta en el veto, ya que en ningún momento puedo aceptar un impuesto que signifique gravar a las referidas comunidades.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, con respecto a lo planteado por el señor Turna, yo podría sostener, ateniéndome a la historia fidedigna del origen y de la tramitación que ha tenido el artículo 16, que no se ha pretendido gravar a las propiedades indígenas. De tal manera que éste ha sido el criterio del legislador. En todo caso, si en la aplicación práctica de este precepto se presentara la menor dificultad en ese aspecto, nosotros seríamos los primeros en acompañar al colega Turna en una iniciativa que deje a estas reducciones indígenas en la misma situación en que se encuentran actualmente.
Nada más.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, el Diputado señor Silva Ulloa empezó su exposición haciendo una afirmación que es cierta, en cuanto a que esta disposición no afectaría a los bienes construidos de acuerdo con las normas del D. F. L. Nº 2 ó de la Ley Pereira, puesto que en la actualidad ellos también pagan impuesto municipal.
Pero si continuamos analizando la exposición del señor Silva Ulloa, en realidad él ha hecho afirmaciones erróneas, aunque no haya tenido esa intención, que no corresponden a la realidad.
El se ha referido al problema de la distribución de la contribución mobiliaria, a la participación que le corresponde a las municipalidades en el impuesto a la renta. ¿Por qué en la contribución mobiliaria aparece esta partida de Eº 2.000.000 a favor de las municipalidades que hayan sufrido los efectos de la baja del rendimiento de bienes raíces? Esto se estableció con motivo de la promulgación de la ley Nº 15.464, sobre reforma tributaria. Se fijó un impuesto sólo sobre los inmuebles, pero no sobre las maquinarias que asilaran esos inmuebles. Ello produjo, en algunas municipalidades, baja en el rendimiento efectivo de sus impuestos. En razón de eso y con el objeto de obviar esta dificultad, el Gobierno contempló, en el presupuesto de 1967 'la suma de dos millones de escudos, que se repite en el presupuesto del presente año, para seguir auxiliando a las municipalidades que fueran afectadas en el sentido indicado.
Sin embargo, el aceptar el artículo tal como fue aprobado aquí significaría un grave impacto tributario de innegables consecuencias, tanto en contra del Fisco como también de las instituciones semifiscales y de los clubes deportivos, ya que tendrían que pagar el impuesto de bienes raíces a las municipalidades. También se aplicaría este gravamen a las canchas y a las construcciones y los mismos Cuerpos de Bomberos tendrían que pagar este impuesto municipal por sus cuarteles. El Fisco tendría que pagar asimismo contribución de bienes raíces por todos los edificios públicos, ya sean hospitales, puertos, aeropuertos, es decir, tendría que pagar el impuesto municipal por todo el patrimonio fiscal de tipo de bien raíz.
Este gravamen también afectaría a una serie de empresas fiscales o semifiscales que tendrían que pagar una suma del orden del siete por mil sobre el avalúo de sus bienes raíces. Y como las inversiones fiscales son de alto monto y el costo de los edificios públicos son de gran valor, seguramente el impuesto sería, de un volumen bastante grande sobre el cual en este momento, no tengo datos precisos.
Afectaría, a su vez, a todas las órdenes religiosas, de cualquier tipo de credo, puesto que tendría que cobrarse este tributo a las iglesias y sus dependencias. También afectaría a los colegios y a una serie de instituciones de beneficencia que esta misma Cámara de Diputados y el Congreso Nacional, en general, ha eximido del pago de todo impuesto.
Como representantes del Poder Ejecutivo, nosotros hemos estado de acuerdo, y así lo hemos hecho en todos los proyectos de ley despachados últimamente, en eximir de gravamen a algunas instituciones particulares. Así, por ejemplo, se ha eximido a la mayoría de las asociaciones gremiales del pago del impuesto de los bienes raíces que ocupan sus sedes; y nosotros mismos hemos sido partidarios de que se les exima del impuesto fiscal, pero no del municipal.
Creo, sí, que en un proyecto futuro podrían revisarse los impuestos sobre los bienes de tipo particular, es decir, que pertenezcan a organizaciones de tipo particular, para dejarlas exentas de todo impuesto fiscal y afectas al pago del impuesto municipal. Pero creo que sería de gravísimas consecuencias el rechazo de este veto, porque, como digo, ello provocaría un grave impacto tributario, al obligarse al Fisco, como también a las instituciones semifiscales, y a las empresas autónomas del Estado, a pagar impuesto por todos los bienes raíces que ellas poseen.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me concede una interrupción?
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Muy bien.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que pueda hacer uso de la palabra el señor Silva Ulloa, porque ha hecho uso de los dos discursos que le permite el Reglamento.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, la verdad es que la intervención del señor Ministro ha venido a robustecer lo que yo afirmaba.
En efecto, lo que se ha pretendido con la promulgación de la ley Nº 15.021, que modificó a su vez la ley sobre impuesto territorial, es eximir a los particulares del pago de impuesto de bienes raíces a la parte o al total de la propiedad destinada a la industria y al comercio. Esto ha creado una situación extraordinariamente difícil a todas las comunas del país, y el día en que los comerciantes e industriales ejerzan esta facultad establecida en la ley Nº 15.021 en toda su plenitud, no sólo las municipalidades que he señalado, sino todas las del país, van a estar prácticamente en quiebra.
He solicitado el texto de la ley Nº 15.021 en la cual está la disposición qué establece esta exención. No quiero abusar, señor Presidente, de la generosidad de la Cámara que me ha concedido el privilegio de volver a hablar sobre esta materia; pero, indudablemente, la búsqueda de la disposición me va a demandar unos instantes. Si hubiera acuerdo para darme más adelante una interrupción, la ubicaría y la daría a conocer a la Sala, para demostrar que tenemos la razón.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Terminó el señor Diputado?
El señor SILVA ULLOA.-
Sí, señor Presidente; pero, por su intermedio, he solicitado que, cuando yo ubique la disposición, la Cámara me permita darla a conocer.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Mientras ubica la disposición que Su Señoría señala, podría continuar el señor Ministro de Economía,
El señor SILVA ULLOA.-
Sí, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, creo que el Diputado señor Silva Ulloa no va a encontrar una disposición como la que él cree, en la ley Nº 15.021. Lo que sucede es que, cuando se dieron las bases para hacer la retasación general de los bienes raíces del país, se dijo que en ella no se tomaría en cuenta la maquinaria adherida al suelo o que, si no estuviera adherida, fuera asimilada dentro de una industria o mina. Con anterioridad a la dictación de la ley Nº 15.021, esa maquinaria era tasada y pagaba impuesto de bienes raíces. Con la modificación de esa ley Nº 15.021 y de la Nº 1.5.564, se eliminó ese impuesto de bienes raíces sobre la maquinaria mencionada. Algunas municipalidades sufrieron deterioro en sus ingresos por concepto de impuesto de bienes raíces y, como muy bien decía el DiputadoSilva Ulloa, esto ocurrió en las de Calama, Tocopilla y Penco, en Concepción, en que se ha producido una baja por este concepto. Para paliar esos efectos, en la ley de Presupuestos se ha destinado el dinero correspondiente: 2 millones de escudos en la del año pasado, y en el presupuesto de este año no recuerdo la cifra exacta.
Como digo, la disposición no afecta a toda la industria ni a todo el comercio, sino a la maquinaria de las industrias o de las empresas mineras, cualesquiera que ellas sean. Si se llegara a rechazar el veto a esta disposición, tal como aparece aprobada por el Congreso, no afectaría precisamente a los bienes inmuebles, sino directamente a los otros bienes que he señalado anteriormente; es decir, a los hospitales, las escuelas, los puertos, aeropuertos, al edificio del Ministerio de Hacienda, y a todos los edificios fiscales, como también a los de las instituciones semifiscales y las empresas de administración autónoma, a los templos y sus dependencias y, también, a los bienes raíces de instituciones fiscales que persigan fines de beneficencia y a los de organizaciones gremiales, a los cuales el mismo Congreso Nacional ha eximido del impuesto de bienes raíces.
Si acaso se quiere revisar esta tributación, nosotros somos partidarios de que se revise la que afecta a aquellos bienes de particulares que se encuentran exentos del pago de contribución de bienes raíces. En este caso podría estar el de una asociación gremial con un bien raíz, por el cual tendría que pagar impuesto, o la sede de un club deportivo, que también tendría que pagar impuesto municipal, porque recibe beneficios de tipo municipal, como son el aseo, el alumbrado, el mantenimiento de avenidas y calles, etcétera. Pero no podríamos afectar a todos los bienes de tipo fiscal.
Esa es la razón del veto, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra el señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, el señor Ministro tiene razón, al decir que esta situación se originó por la forma en que se aplicó la tasación, ya que les bienes raíces se dividieron en dos categorías: los agrícolas y los no agrícola.
En esta parte, dice el articulo 7º de la ley Nº 15.021: "Comprenderá todos los bienes no incluidos en la serie anterior, o sea todos los bienes que no son agrícolas, con exclusión de las minas y de las maquinarias destinadas al giro del comercio, de la industria o de la minería, aun cuando estén adheridos. Se excluirá, asimismo, del valor de las tasaciones, aquella parte de los edificios que se construye para adaptarla a las referidas maquinarias, en forma que, separadas éstas, dicha parte pierde su valor o sufre un grave detrimento en el mismo."
Hemos venido señalando la forma cómo se han reducido los avalúos: los practicados por Impuestos Internos, recién dictada la ley Nº 15.021, fueron correctos, y sólo por la vía de la reclamación se ha producido esta situación.
Ella afecta no sólo a la Municipalidad que he señalado, sino, eventualmente, a todas ellas, porque no se trata sólo de las industrias y del comercio, por las maquinarias que están destinadas a su giro. De acuerdo con el texto de la ley citada, esa parte del edificio podría estar exenta de tasación y, naturalmente, exenta de pagar contribuciones. Esto puede afectar y afecta a todas las municipalidades del país.
Si el señor Ministro propone una solución como la que él ha indicado, en el sentido de que, cuando se beneficie a particulares con exención del pago de contribuciones de bienes raíces, esta exención sea exclusivamente sobre la parte que corresponde al Fisco, sería naturalmente aceptable. Lo que hay que lamentar es que, habiendo tenido el Ejecutivo los medios para haber corregido en el veto la redacción de este artículo, no lo haya hecho y haya optado por el expediente más simple : llegar a suprimir esta disposición, en circunstancias que el señor Ministro sabe y lo saben todos los hombres que tienen responsabilidad de gobierno, que esa suma de poco más de dos millones de escudos con que se quiere compensar a algunas Corporaciones municipales por la disminución de ingreses debida a la aplicación de la ley Nº 15.021, es insuficiente, puesto que una sola Municipalidad, la de Calama, tal como lo indiqué anteriormente, ha perdido más de dos millones de escudos de ingresos en el presente año. Y para citar otras municipalidades, no ya de la provincia de Antofagasta, la misma situación ocurre en la Municipalidad de Machali, en la Municipalidad de Iquique y, en fin, en todas aquellas municipalidades donde hay grandes industrias mineras y salitreras.
Señor Presidente, considero difícil que prospere nuestra indicación de rechazar el veto; pero, en todo caso, creo que el debate ha sido saludable, y quiero recoger el compromiso -porque así lo he entendido- que en este momento ha contraído el señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de que en una próxima ley -si es que llegara a ser suprimido este artículo por intermedio del veto- apoyará una indicación que se limite exclusivamente a reponer la situación de las municipalidades, en relación con las contribuciones que deben pagar las empresas privadas.
Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor DE LA FUENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro; a continuación, el señor De la Fuente.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, solamente deseo recalcar una cosa ante el señor Silva Ulloa, para que no se cree una confusión en torno de esta materia. De la 'lectura del texto del artículo se desprende que sólo está exenta la maquinaria, no los bienes raíces, o sea, los edificios. Lo que está exento es la maquinaria destinada a la industria, al comercio o a la minería. Y por las razones que he dado anteriormente, si acaso se quiere revisar la materia, indiscutiblemente, esta revisión tiene que referirse a los particulares y a la contribución municipal, porque, en muchos casos, quedan exentos, en circunstancias que debieran pagar, por 'lo menos, la parte municipal, por la atención que dichos inmuebles reciben de la Municipalidad.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Terminó el señor Ministro?
El señor ZALDIVAR (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Sí, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor De la Fuente.
El señor DE LA FUENTE.-
Señor Presidente, el señor Ramón Silva ha manifestado que no desea él ni los parlamentarios de su partido, cargar las contribuciones de los indígenas; y el señor Turna ha expresado que tiene temor de que los indígenas puedan pagar. No hay ninguna duda respecto a esto último, porque la palabra "inmueble" es un concepto genérico que afecta a lo rural como a lo urbano. Luego, afecta directamente a la propiedad rural, que es la que mantienen los indígenas. Por eso, los Diputados nacionales vamos a votar por la supresión del artículo 16.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Los parlamentarios comunistas estamos en desacuerdo con el veto.
Este artículo, en verdad, no tiene nada que hacer con casa ley Pereira, ni casa CORVI, ni con ningún tipo de vivienda popular, como tampoco con aquellas propiedades que por su monto demasiado exiguo de tasación están exentas del pago de contribución de bienes raíces. Todos estos inmuebles pagan contribuciones municipales. O sea, este artículo no tiene nada que ver con la situación de estos contribuyentes modestos.
Es cierto que afecta a algunas instituciones a las cuales se les otorgan exenciones generales de contribuciones por ser sus edificios sedes sociales, por la función que desempeñan. Pero, indudablemente, a estas instituciones sólo las afecta en muy pequeña cantidad, exclusivamente en cuanto al servicio municipal, que, por lo demás, es absolutamente lógico y equitativo que se pague, ya que no se trata del concepto mismo de contribuciones para el financiamiento del Estado, sino de efectuar un pago por servicios municipales.
Lo fundamental del artículo 16, ya que las exenciones son muy especiales, muy pocas, por lo que no revisten mayor trascendencia como tampoco la reviste lo que correspondería pagar por concepto municipal, lo que verdaderamente importa de este artículo es la situación expuesta por el colega Silva Ulloa en relación con las empresas de la gran minería.
O sea, se trata de inmuebles propiamente tales, definidos por nuestra legislación como inmuebles, pero que actualmente están exentos de la contribución de bienes raíces, y que es lógico que siquiera paguen los derechos municipales, porque el que no lo hagan, significa un desfinanciamiento, una situación extremadamente grave para las municipalidades respectivas. Por eso, los parlamentarios comunistas estamos con el criterio de mantener el artículo 16.
He dicho.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Aprobada la observación del Ejecutivo.
En discusión la observación al articulo 17, que consisto en sustituirlo por uno nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a los señores Diputados y no se pide votación, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la observación al artículo 20, que consiste en sustituirlo por uno nuevo.
El señor GALLEGUILLOS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GALLEGUILLOS.-
Señor Presidente, el Ejecutivo reemplaza este artículo por otro que, en el hecho, es igual a uno ya aprobado en la ley 16.735. Claro que ahora en su nueva iniciativa elimina los ingresos que se concedían para los años 1969 y 1970, que es la aspiración de los sectores afectados por el sismo de Tocopilla, como lo es también de Taltal, que hasta la fecha es innegable que no ha recibido ayuda alguna...
El señor SILVA ULLOA.-
¿En qué artículo estamos?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En el artículo 20, página 28.
El señor GALLEGUILLOS.-
En realidad, estoy equivocado. Dejo pendiente mis observaciones.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Sí les parece a los señores Diputados, se aprobará la observación del Ejecutivo.
Aprobada.
En discusión la observación al artículo 1º transitorio, que consiste en sustituirlo por otro nuevo.
El señor GALLEGUILLOS.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GALLEGUILLOS. -
Señor Presidente, manifestaba que aún no se ha visto la efectividad de la ayuda ofrecida por el Gobierno a los afectados por el sismo de diciembre de 1967. Recientemente, en compañía del Diputado señor Clavel, he tenido oportunidad de recorrer algunas poblaciones de Tocopilla, y a pesar de que se entregaron cuatrocientas "mediaguas", no ha habido nada que permita dar la seguridad de una ayuda efectiva de autoconstrucción o reconstrucción por parte de la CORVI, como fue el ofrecimiento anterior. Cuando estuvo en la zona el Subsecretario del Interior, señor Krauss, con su equipo de técnicos, se entregaron varios antecedentes y se recogieron otros de los pobladores. Hubo ofrecimientos muy concretos; entre otros, acelerar los préstamos de autoconstrucción de la CORVI, que son de 13, 18 y 28 millones de pesos, en tres escalas, como forma de ir rápidamente en ayuda de los afectados.
En esa oportunidad manifesté a las autoridades la necesidad de que, ante la actual emergencia, los materiales de construcción, como fierro y cemento, fueran transportados al norte en barcos de la Armada o en camiones del Ejercite, a fin de abaratar los costos y evitar la especulación que se hace con estos materiales. Así fue acogido por el Subsecretario del Interior y públicamente, por radio, se dijo que se estudiaría el problema y que se daba por hecho, porque era posible realizarlo. Pero el pueblo de Tocopilla sigue esperando esa ayuda, que no ha llegado. Lo único efectivo, que es como una irrisión para los imponentes, es el acuerdo tomado por el Servicio de Seguro Social de conceder un préstamo previsional de 300 mil pesos, suma que ni siquiera alcanza para comprar unas cuantas bolsas de cemento.
Por otra parte, la gente de la nueva población "21 de Diciembre", realizada como operación sitio, en la que viven 400 familias, a las que deben agregarse otras 200 más, que como consecuencia del terremoto quedaron en condiciones muy desventajosas, no sabe todavía en concreto cuál es la ayuda que le va a entregar el Gobierno. Se habla de venta de casas prefabricadas o de una posible autoconstrucción. En todo caso, nadie sabe nada.
Los pobladores han concurrido a la Gobernación y han mandado notas a la COR-VI, pero no han tenido ninguna respuesta satisfactoria.
Por eso, consideramos que este artículo, en la forma en que salió del Congreso, resolvía en gran parte el problema habitacional de construcción o autoconstrucción de viviendas, a la que hacía justicia a un puerto que se ha caracterizado por el aporte que durante muchos años ha hecho al erario nacional. Sin embargo, como consecuencia de la mecanización del embarque del salitre, sufre el azote de ver aumentados sus problemas económicos. Con este artículo se daba la perspectiva de que, dentro de los años 68, 69 y 70, se entregara parte de los fondos de la ley del Cobre para la reconstrucción de Tocopilla y el desarrollo de la industrialización que permitiera la expansión del trabajo.
Parece increíble, pero en Tocopilla se da el caso de que hay sectores con alcantarillado, pero que carecen de agua potable. En otras partes se ha logrado extender la red ele agua potable, pero no hay alcantarillado. A las nuevas poblaciones que están surgiendo como consecuencia del terremoto, a toda esta gente que busca una forma más estable donde vivir, se le presenta toda esta serie de dificultades: que no hay agua potable, que no hay alcantarillado, que no hay luz eléctrica, y que no hay pavimentación. Y estas poblaciones, compuestas por más de cuatrocientas familias, tienen otro grave problema para 1968: el problema educacional. De allí que hayamos solicitado que se construyan escuelas rápidas, de emergencia.
También pedimos que se trasladen los retenes de carabineros de los campamentos mineros que están paralizados, retenes que aún siguen existiendo con su personal. Pero las autoridades encargadas de mejorar el problema social no hacen ninguna labor en beneficio de los pobladores. El veto del Ejecutivo al artículo 1º transitorio lesiona y daña los intereses y esperanzas de la gente de Tocopilla y de Taltal. Por eso vamos a rechazarlo, porque es restrictivo y perjudica a un sector tan vapuleado, al que se le ha ofrecido tanta ayuda, pero que hasta la fecha no ve ninguna promesa cumplida.
Nada más.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, cuando la Cámara conoció este proyecto en su quinto trámite constitucional, por la unanimidad de sus miembros aprobó este artículo 1º transitorio, porque el hecho solucionaba el problema que habían creado los artículos 102 y 103 de la ley 18.735.
Yo debo recordar que esta ley es la de los presupuestos; que el sismo que afectó a Tocopilla ocurrió el 20 de diciembre del año pasado, y que los Senadores de la primera agrupación provincial, frente a esa emergencia, en el último momento presentaron una indicación, que fue aprobada, pero que en el hecho su aplicación se ha prestado para múltiples dificultades.
Por otra parte, los perjuicios que ha sufrido el departamento de Tocopilla son de extraordinaria magnitud. Así lo han podido comprobar Su Excelencia el Presidente de la República, que visitó la ciudad de Tocopilla hace un tiempo atrás, varios Ministros de Estado, el Subsecretario del Ministerio del Interior y muchos altos funcionarios de Gobierno.
Indudablemente, la ley Nº 16.735, que es la ley de Presupuesto de 1968, no puede regir nada más que por este año, pero se ha estimado que, por lo menos, durante tres años, debe disponerse de los recursos que otorgan los artículos 26, 27 y 51 de la ley Nº 16.624 para financiar las necesidades del departamento de Tocopilla y de la localidad de Pueblo Hundido, en el departamento de Chañaral.
La Honorable Cámara, comprendiendo la magnitud de la catástrofe ocurrida a fines del año pasado, designó de su seno una Comisión Especial con el objeto de que estableciera la cuantía de estos perjuicios, Comisión que debe funcionar dentro de poco, porque no pudo constituirse debido al receso parlamentario, y que tendrá que comprobar, fatalmente, lo que hemos venido sosteniendo los parlamentarios que representamos a la provincia de Antofagasta.
La sustitución propuesta limita, reitero, la disposición de los recursos sólo al presente año. Hay que considerar que la sola construcción del muelle del puerto de Tocopilla requiere una inversión del orden de los 30 ó 40 millones de escudos y que esta obra no puede postergarse, porque, desgraciadamente, los demás puertos de la región, incluido el de Antofagasta, serán materialmente incapaces de movilizar toda la carga que debe entrar y salir pollos puertos de la provincia.
La reconstrucción de Tocopilla, en relación con las viviendas, significa también que se necesitan recursos extraordinarios, que no alcanzarían a solventarse si sólo se destinaran a este objeto los contemplados en la ley 16.735. Porque la verdad es que, después de los estudios técnicos hechos por el Ministerio de Obras Públicas y por el Ministerio del Interior, se ha llegado al convencimiento de que más del 60% de la propiedad urbana está deteriorada y debe ser reparada de urgencia o incluso reemplazada.
Por otra parte, la aplicación del artículo 103 de la ley 16.735, que obliga a las cajas de previsión a otorgar préstamos de hasta diez sueldos vitales a los imponentes que viven en el departamento de Tocopilla y en el de Chañaral, ha resultado francamente absurda. Las instituciones más generosas han establecido que los imponentes solteros tienen derecho a un préstamo de sólo tres sueldos vitales; los imponentes casados y los solteros con cargas familiares, a un préstamo de hasta cinco sueldos vitales; y sólo los imponentes propietarios cuyas viviendas han sido destruidas tendrían derecho al préstamo de diez sueldos vitales.
Señalando, en sumas redondas, lo que esto significa, tiene que llegarse a la conclusión de que el imponente que vio destruida su casa va a recibir, en virtud del artículo 103 de la ley 16.735, 4 mil escudos. Con 4 mil escudos, con los precios que tiene el material en la zona norte y con el valor de la mano de obra, resulta que no alcanzan a construir una muralla de una pieza de 4 por 4.
Pero se ha ido más lejos en el otorgamiento de estos préstamos, debido a la forma en que se aprobó el artículo 103. En el caso de estos préstamos de reconstrucción, que están limitados a 10 sueldos vitales, se le entrega al imponente sólo el 15%, o sea, una suma del orden de los 400 mil pesos. Con esa suma tiene que iniciar la reconstrucción, buscar un contratista, pasar estados de pago, visados por la Corporación de la Vivienda o el Ministerio de Obras Públicas, para que la caja de la cual es imponente, parcialmente, le vaya entregando el saldo del préstamo.
En la práctica, se ha querido castigar, parece, a través de esta reglamentación totalmente injustificada, a los imponentes que han sido más afectados, a aquellos que han visto destruidas las viviendas que con mucho sacrificio les costó comprar o construir.
Por eso, la redacción propuesta por el Congreso, que ha sido objeto de esta observación, contempla la forma de regularizar el otorgamiento de este beneficio, que lo necesitan con urgencia los imponentes que viven, en la zona afectada por el sismo del 21 de diciembre pasado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor ULLOA.-
Nosotros hemos visitado constantemente la zona damnifica-da y hemos visto cómo los habitantes de Tocopilla, sobreponiéndose a la tragedia y haciendo grandes esfuerzos, como lo ha tenido que reconocer el propio Gobierno, han estado levantando viviendas de emergencia: las "mediaguas". Pero no creemos que se pretenda que Tocopilla, que tantos ingresos ha dado al país como el primer puerto exportador de salitre, esté destinado a convertirse en una gran población "callampa". Creemos que el país, y en este caso las provincias productoras de cobre, han de acudir generosas a entregarle los recursos que le permitan a ese puerto salir de esta emergencia.
Por eso, porque los artículos 102 y 103 de la ley 16.735 fueron producto de una iniciativa de emergencia y no tuvieron la perfección que tiene éste aprobado por el Congreso Nacional, creemos que es injusta la observación. Junto con anunciar los votos negativos de los Diputados de estos bancos, pedimos a los colegas de las diferentes corrientes políticas que tienen representación en esta Cámara que nos acompañen a mantener el precepto en la forma en que lo aprobó el Congreso.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, en la última sesión en que se trataron las insistencias al proyecto aprobado por el Senado, algunos parlamentarios de la provincia de Antofagasta hicimos ver las razones por las que apoyábamos las modificaciones introducidas en los artículos 102 y 103 de la ley 16.735.
En esa ocasión manifestamos que no era posible que dos departamentos de la importancia que tienen Taltal y Tocopilla estuvieran llevando una vida lánguida y sin ninguna esperanza hacia el futuro después de los sismos ocurridos en esa provincia.
Cuando nosotros rechazamos el veto a la ley que favorecía a Taltal, manifestamos que los recursos no iban a ser suficientes para reconstruir y poner en actividad a ese pueblo. El tiempo nos ha dado la razón. Los escasos recursos que destinó la ley para financiar la reconstrucción y la industrialización de Taltal han sido insuficientes. Y algo peor: los escasos recursos que se dieron en esa ocasión se han estado invirtiendo en cosas que el legislador nunca pensó que se iban a financiar de esa manera. Es así como gran parte del financiamiento se está desviando a mantener la planta salitrera Alemania, que sin duda alguna debió haberse financiado con otros recursos. Taltal está únicamente con sus carpas y mediaguas que llevó el Gobierno en los primeros días.
El señor CORVALAN.-
¿Me permite una interrupción?
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Señor Clavel, el señor Corvalán le pide una interrupción.
El señor CLAVEL.-
No puedo en este momento. En poco rato más, cuando desarrolle mis ideas, con el mayor agrado, podrá hacerlo.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
No desea ser interrumpido el señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
En este veto se repite la misma situación de Taltal. Se deja al departamento de Tocopilla sin financiamiento o con un financiamiento escaso. Con los recursos que se dan, nada efectivo se va a poder hacer en ayuda del puerto de Tocopilla, ya que el inciso primero del artículo 102 de la ley 16.735, que queda vigente con este veto, sólo da recursos por el año 1968.
En cambio, las indicaciones presentadas en el Senado por los señores Jonás Gómez y Víctor Contreras le otorgaban recursos suficientes, modificando el proyecto de ley y la indicación presentada por el señor Mauras, que no daban los fondos necesarios para la reconstrucción de Tocopilla...
El señor CORVALAN.-
¡Esa es la pelea, entonces!
El señor CLAVEL.-
Mediante el veto, se deja financiado sólo él año 1968, pues ese suprimen los recursos de los años 1969 y 1970 y se anulan los recursos que se dieron por el artículo 33 de la ley Nº 11.828.
Con tales recursos, nada podrá hacerse, salvo reconstruir uno que otro edificio público; de modo que planteles como el Liceo de Tocopilla y otros establecimientos educacionales estarán imposibilitados para acoger a todos los niños que deben matricularse en el transcurso de estos días. En consecuencia, la situación no es tan clara y no la ha abordado el Ejecutivo con sentido de responsabilidad, en favor de una parte de Chile que ha quedado total y absolutamente en ruinas.
También el veto del Ejecutivo deja en la misma forma los préstamos de auxilio y reconstrucción que se habían otorgado por la ley Nº 16.735. Es así como el Servicio de Seguro Social ha concedido, como préstamo total a sus imponentes, la suma de 300 escudos, lo que no podrá servir de ayuda a esta gente, que ha perdido no sólo sus enseres, sino el hogar donde vivía. Desgraciadamente, la gente que más ha sufrido en Tocopilla es la gente de condición más humilde, la de menos recursos. En consecuencia, ella va a quedar en peor situación, o en la misma que tenía el día del sismo.
Se ha dicho, y el propio Ejecutivo ha tenido antecedentes en este sentido, que un 60% de la población habitable de Tocopilla ha quedado destruida. En el inciso 5º del artículo 1º transitorio, aprobado por ambas ramas del Congreso, se establece lo siguiente: "Condónanse a los contribuyentes del departamento de Tocopilla afectados por el sismo del 21 de diciembre de 1967, la parte fiscal del impuesto a los bienes raíces correspondientes al año 1968." Porque, ¿qué va a pagar esta gante, si sus humildes casas quedaron destruidas? Lo justo habría sido, en esta ocasión, no cobrar esta contribuciones sobre los bienes raíces a las propiedades que resultaron destruidas. Sin embargo, el Ejecutivo ha vetado esa disposición.
Es de conocimiento de todas las autoridades y de los parlamentarios de la provincia de Antofagasta, que las viviendas construidas por la Corporación de la Vivienda...
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Su Señoría puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor CLAVEL.-
...que no sé qué contratista pudo haberlas hecho...
El señor CORVALAN.-
Es amigo de Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
No lo conozco. Dé el nombre.
El señor RIOSECO.-
Debe de ser democratacristiano.
El señor CLAVEL.-
Las casas de la población "Sotomayor" quedaron total y absolutamente destruidas, pues las que resultaron con dos o tres murallas en pie debieron ser demolidas. La gente está viviendo en unas "mediaguas", cuyo material de tablas le fue cedido por la CORVI. Esos pobladores, con sus propias manos, hicieron sus piezas, y ahora están viviendo al pie de las casas que habían comprado hace algunos años, mediante escrituras que ellos tienen...
Un señor DIPUTADO.-
Las compraron en 1960.
El señor CLAVEL.-
El año en que fueron adquiridas no me interesa. Lo que sí me interesa es que esas casas fueron mal construidas. Y debiera entablarse un sumario contra el contratista que las hizo, sea amigo mío o no, porque es un crimen la forma cómo se hizo la construcción de esas casas. No hay una sola casa de las que se cayeron que haya tenido amarras, Así, resultaron destruidas como si hubieran sido hechas de polvo. Y, más que eso, a pesar de que esta gente tiene sus escrituras, la Corporación de la Vivienda los ha amenazado con quitarle lo único que le quedó...
El señor MUGA.-
¡El polvo!
El señor CLAVEL.-
...el terreno. Es así como está notificada de que debe trasladarse a otro sitio, sin urbanización, sin luz y sin nada. En cambio, en el proyecto aprobado por ambas ramas del Congreso se establecía que la Corporación de la Vivienda deberá construir o reparar a su costa, las viviendas que hubiere enajenado en el departamento de Tocopilla y que sufrieron daños con ocasión del sismo aludido."
En esta disposición no hay ninguna exageración. Tampoco hay desfinancia-miento para el Ejecutivo.
Como decía el colega Ramón Silva Ulloa, las provincias productoras de cobre han cedido generosamente a estos dos departamentos nuestros Una parte de lo que legítimamente les corresponde. Son ellas las que en un momento dado, debieron haber levantado su voz, porque se estaba dañando sus intereses. Los parlamentarios de la provincia de Antofagasta agradecemos y reconocemos, en todo su valor, este gesto para un pueblo que ha sido tan trágicamente azotado por la naturaleza.
Espero, en esta ocasión, si el partido único de Gobierno no nos apoya, ver por lo menos la parte viril y humana de los Diputados de la Democracia Cristiana representantes de la provincia de Antofagasta rebelándose ante este veto, que, sin duda alguna, atenta contra esa gente humilde, que ha quedado sin nada para vivir.
Muchas gracias.
El señor CORVALAN.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Corvalán.
El señor CORVALAN.-
Señor Presidente, he escuchado, con mi habitual atención, al colega señor Clavel. Y lamento, por el respeto que le tenemos, ya que es el decano de la representación parlamentaria de Antofagasta, que haya deslizado algunos errores en su exposición. Por ejemplo en el deseo de...
El señor FIERRO.-
No le quite la medalla.
El señor CORVALAN.-
...embarrar a la administración actual y de magnificar los errores que, naturalmente, se cometen en todo proceso político, ha dicho que el Gobierno les ha quitado a los taltalinos sus recursos, sus fondos, para entregarlos a la oficina salitrera "Alemania", con el fin de que este establecimiento salitrero pueda continuar en marcha.
En las últimas semanas, junto con el colega señor Víctor Galleguillos, hemos visitado ese sector de la oficina "Alemania". En lo que a mí respecta, he tenido la suerte de salir del error en que está el colega Eduardo Clavel, porque, realmente, la crisis del sistema "Shanks" de producción en la oficina "Alemania", donde hay un grupo de chilenos que está viviendo momentos de desesperación, permite suponer que, al término de la vigencia de la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo, estos establecimientos no podrán continuar. Nosotros creíamos que era así el problema: que esta empresa estaba en gran falencia y que, si se mantenía, era por el puntal económico del Gobierno; pero su administrador, que es un técnico respetable, nos ha hecho ver, hace alrededor de 3 días, que él no ha recibido ningún aporte del Fisco para mantener en funciones esta salitrera del departamento de Taltal, la oficina "Alemania", durante 7 meses. Además, que era voluntad del Gobierno, expresada por el Ministrocoordinador, don Juan de Dios Carmona, que esta oficina salitrera...
El señor CLAVEL.-
¿Coordinador de qué?
El señor VALDES (don Arturo).-
De muchas cosas.
El señor CORVALAN.-
Les agracedería a los colegas que me escucharan, porque les resultará un poco "exótico" hablar de estas cosas industriales a muchos de ellos que, a lo mejor, las necesitan para que su misma labor opositora sea un poco más seria.
El señor NAUDON.-
¿Qué insinúa?
El señor CORVALAN.-
Su Señoría sabe lo que digo.
La oficina "Alemania", del departamento de Taltal, mediante un pequeño arbitrio administrativo, como ha sido conseguir con los directores fiscales de la COVENSA el pago anticipado de su producción trimestral por medio de documentos, ha podido funcionar 7 meses. Así enterará el año. Y el Diputado que habla espera que continúe funcionando, sin tomar un centavo de los fondos del cobre, ni de las arcas fiscales, ni de otros rubros...
El señor CLAVEL.-
Pero estaba tomándolos...
El señor CORVALAN.-
Le estoy diciendo que no, colega, apelando al nombre de este administrador, que es un técnico extranjero que está en Chile haciendo negocios, no más.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¡Señor Muga! ¡Señor Clavel!
El señor CORVALAN.-
Señor Presidente, para los parlamentarios que hemos ido a la oficina "Alemania", esta noticia ha sido muy halagüeña; pero creemos que esta Cámara y el Gobierno van a tener que hacer justicia a sus trabajadores, y no decretar ni autorizar su paralización. Ha sido halagüeño saber que el proceso marcha, sin necesidad de pedir recursos fiscales, ni echar mano a aquellos fondos mencionados por el Diputado señor Clavel.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Entonces, no conoce el problema.
El señor CORVALAN.-
Se ha dicho en esta Sala que las necesidades de Taltal y Tocopilla son inmensas. Es importante dejar constancia de que los Diputados de Gobierno o de mayoría así lo reconocemos: que la atención de la reconstrucción en este departamento ha ido lenta. Naturalmente, nosotros deseamos que se acelere; pero no podemos aceptar que de la miseria y de la necesidad de esta gente también se haga un instrumento de politiquería...
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
Ha terminado el Orden del Día.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para prorrogarlo hasta votar el resto de las observaciones del ejecutivo a este proyecto.
El señor PHILLIPS.-
Sin discusión.
El señor STARK (Vicepresidente).-
...sin debate, con el objeto de no citar a una sesión extraordinaria.
El señor CORVALAN.-
Señor Presidente...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Varios señores Comités han solicitado que se despachen sin debate, en esta sesión, las observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Iquique para expropiar los terrenos de diversas poblaciones y transferirlos a sus actuales ocupantes.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No hay acuerdo.
El señor STARK (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
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