. . . " 5.-REDUCCION DE PLAZOS DE PRESCRIPCION ESTABLECIDOS EN EL CODIGO CIVIL Y OTROS TEXTOS LEGALES.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONALEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n En el Orden del D\u00EDa, corresponde continuar discutiendo y votando el proyecto que reduce los plazos de prescripci\u00F3n que se consultan en el C\u00F3digo Civil, C\u00F3digo de Procedimiento Civil, C\u00F3digo de Comercio y otros textos legales. Est\u00E1 en tercer tr\u00E1mite constitucional. \nEn el art\u00EDculo 5\u00BA, est\u00E1 con la palabra el Diputado se\u00F1or Turna, a quien le restan 6 minutos. \n \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Tejeda, en su segundo discurso. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, al ponerse en discusi\u00F3n este art\u00EDculo, anticip\u00E9 que los Diputados comunistas votaremos favorablemente la enmienda del Senado. \nActualmente, la acci\u00F3n penal contra los obligados al pago de un cheque prescribe seg\u00FAn las reglas generales, si bien se estima, con bastante fundamento -y esa es mi opini\u00F3n, avalada por fallos de los tribunales de justicia-, que transcurridos cuatro a\u00F1os habr\u00EDa desaparecido la acci\u00F3n penal. \nPor iniciativa del Diputado que habla, la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia resolvi\u00F3 reducir el plazo de prescripci\u00F3n de la acci\u00F3n penal proveniente del cheque protestado y no pagado, a 2 a\u00F1os. El Senado estim\u00F3 que un a\u00F1o era suficiente, en lo que estamos de acuerdo, ya que \u00E9se fue nuestro pensamiento inicial. \nLa Ley de Cheques, en especial en el delito formal de giro doloso de cheques, ha llevado a la c\u00E1rcel a much\u00EDsimos inocentes. Se ha abusado de este medio de pago, transform\u00E1ndolo en una verdadera prenda humana, que garantiza el pago del cheque con la privaci\u00F3n de libertad del girador, haciendo as\u00ED revivir \u00A1a prisi\u00F3n por deudas. \nEs m\u00E1s f\u00E1cil y menos oneroso exigir un cheque de garant\u00EDa para realizar cualquier negocio, que otorgar una prenda o una hipoteca. El cheque de garant\u00EDa no paga ninguno de los tributos que pesan sobre las obligaciones prendar\u00EDas o hipotecarias. El cheque de garant\u00EDa, que para la ley no existe, ha pasado de facto a tener valor y los tribunales de justicia hacen extensivas a este llamado \"cheque de garant\u00EDa las sanciones penales que el legislador estableci\u00F3 para el cheque de pago. \nSe ha hecho habitual en el comercio el que las casas mayoristas env\u00EDen mercader\u00EDas contra cheque en blanco, so pretexto de que el precio es inestable, que fluct\u00FAa con el valor del d\u00F3lar, etc\u00E9tera, de modo que el comerciante, cliente de esas firmas, ni siquiera sabe cu\u00E1l ser\u00E1 el precio que se le asignar\u00E1 a la mercader\u00EDas y, de consiguiente, ignora por qu\u00E9 suma habr\u00E1 de llenarse el cheque. \nLa usura ha encontrado un amplio campo de proliferaci\u00F3n en los pr\u00E9stamos a intereses exorbitantes con garant\u00EDa de cheques y los prestamistas en todas estas operaciones eluden, por supuesto, sus obligaciones tributarias. \nAgrava esta situaci\u00F3n la circunstancia de que para obtener la libertad bajo fianza en los procesos por el llamado \"giro doloso\" de cheques, se exige o el previo pago del cheque o una garant\u00EDa en efectivo equivalente a su valor, m\u00E1s el monto de la fianza, de tal modo que el girador de un cheque que cae a la c\u00E1rcel porque no puede pagarlo, tampoco puede salir si no dispone del dinero necesario para el pago, quedando en un callej\u00F3n sin salida. \nActualmente pende del conocimiento del Congreso el proyecto de reforma a la Ley de Cheques en lo que se refiere a la excarcelaci\u00F3n, de que soy autor y que, desgraciadamente, no est\u00E1 incluido en la convocatoria. \nEn 1965 se protestaron 599. 568 cheques; en 1966, 894. 996 cheques; y en el reci\u00E9n pasado a\u00F1o 1967, el n\u00FAmero de cheques protestados subi\u00F3 a 1. 103. 983. Esto da un total, en s\u00F3lo los tres \u00FAltimos a\u00F1os, de aproximadamente 2. 600. 000 cheques protestados. \nEs decir, dada la grave crisis econ\u00F3mica que el pa\u00EDs soporta y la angustia y la miseria de los hogares, casi no existen cuenta-correntistas que no hayan tenido uno o m\u00E1s cheques protestados. Y todas estas personas quedan a merced del tenedor del cheque protestado, quien puede extorsionarlas o enviarlas a la c\u00E1rcel. \nReduci\u00E9ndose el plazo de la acci\u00F3n pena!, en algo se reduce la angustia de estos giradores, que no han podido cumplir su obligaci\u00F3n de pagar el cheque en tiempo oportuno. \nEstas son, en s\u00EDntesis, las razones que tenemos para votar favorablemente la enmienda del Senado, sin perjuicio, naturalmente, de las reformas substanciales que habr\u00E1 que hacer en la Ley de Cheques. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSe va a llamar a los se\u00F1ores Diputados, porque no hay n\u00FAmero en la Sala. \n \n \n-Despu\u00E9s de transcurridos dos minutos: \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n En votaci\u00F3n la modificaci\u00F3n del Senado al art\u00EDculo 5\u00BA. \nSi no se pide votaci\u00F3n, se dar\u00E1 por aprobada. \n \nEl se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n Muy bien. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Aprobada. \nEn discusi\u00F3n la modificaci\u00F3n introducida por el Senado que consiste en rechazar el art\u00EDculo 6\u00BA. \n \n \nEl se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Morales, don Carlos. \n \nEl se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n Se\u00F1or Presidente, el art\u00EDculo 6\u00BA aprobado por la Honorable C\u00E1mara solamente agreg\u00F3 la frase \"o de una patente\" al actual texto del inciso final del art\u00EDculo 31 de la Ley sobre Propiedad Industrial. \nEste art\u00EDculo 31, inciso final, establece un plazo de dos a\u00F1os para solicitar la nulidad del registro de una marca comercial. Como en esta ley no se se\u00F1ala ning\u00FAn plazo para solicitar la nulidad de una patente de invenci\u00F3n y \u00E9sta, seg\u00FAn el art\u00EDculo 7\u00BA, se puede conceder por cinco, por diez o por quince a\u00F1os, hemos querido enmendar este olvido del legislador, esta deficiencia, con el prop\u00F3sito de darles a los titulares de las patentes de invenci\u00F3n la certeza de que, pasados dos a\u00F1os desde la fecha de su registro, no podr\u00E1n anularse los privilegios que les ha concedido el Estado despu\u00E9s de todos los tr\u00E1mites e informes t\u00E9cnicos a que se someten las patentes de invenci\u00F3n. \nPor estas consideraciones presentamos esa enmienda, esa ampliaci\u00F3n, en el primer tr\u00E1mite constitucional. Actualmente, la ley dice: \"En ning\u00FAn caso se podr\u00E1 solicitar la nulidad del registro de una marca, despu\u00E9s de haber transcurrido un plazo de dos a\u00F1os desde la fecha de su registro. \" O sea, el plazo de prescripci\u00F3n se cuenta -y as\u00ED siempre se ha entendido- desde la fecha del registro de la marca comercial. Se exige solamente que la marca se haya usado para que pueda hacer valer la excepci\u00F3n de prescripci\u00F3n frente a una eventual demanda de nulidad de ese registro. Nosotros tambi\u00E9n queremos entregarle al titular de una patente de invenci\u00F3n la seguridad de que si ha inscrito una patente, sea por cinco, por diez o por quince a\u00F1os, no pueda ninguna persona anular ese privilegio pasado dos a\u00F1os, que deben contarse, del mismo modo como lo se\u00F1ala ahora el art\u00EDculo 31, desde el registro de esa patente. \nPor estas consideraciones, estimamos de mucha importancia entregar esta herramienta del plazo de prescripci\u00F3n a nuestra legislaci\u00F3n vigente, para resolver problemas que afectan, justamente, a modestos chilenos que efect\u00FAan estos registros de sus patentes de invenci\u00F3n. No encontramos ahora un plazo de prescripci\u00F3n, que es lo que queremos entregar en la modificaci\u00F3n que hemos propuesto. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n O sea, \u00BFSu Se\u00F1or\u00EDa solicita el rechazo? \n \nEl se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n S\u00ED, se\u00F1or, el rechazo de la modificaci\u00F3n del Senado. \n \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi les parece a los se\u00F1ores Diputados y no se pide votaci\u00F3n, se rechazar\u00E1 la modificaci\u00F3n del Senado que consiste suprimir el art\u00EDculo 6\u00BA. \nRechazada. \nEn discusi\u00F3n la modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 7\u00BA, que consiste en rechazarlo. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Tejeda. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, tengo la impresi\u00F3n de que el Senado rechaz\u00F3 este art\u00EDculo porque va a ser inaplicable. Se trata de determinadas condiciones que iban a regir mientras estuviera vigente un art\u00EDculo transitorio de la ley sobre legitimaci\u00F3n adoptiva. Ese plazo transitorio era de dos a\u00F1os. Como la ley fue promulgada el 20 de octubre de 1965, habr\u00EDa sido \u00FAtil, si esta ley se hubiera promulgado antes del 20 de octubre de 1967. De tal modo que esto no tendr\u00EDa objeto, porque ser\u00EDa ineficaz. Estamos por la enmienda del Senado, entonces, porque el art\u00EDculo no tendr\u00EDa aplicaci\u00F3n. \nNada m\u00E1s. \n \n \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n la modificaci\u00F3n del Senado. \nSi les parece a los se\u00F1ores Diputados, se aprobar\u00E1. \nAprobada. \nEn discusi\u00F3n la modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 1\u00BA transitorio. \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Tejeda. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, el Senado modific\u00F3 el art\u00EDculo 1\u00BA transitorio aprobado por la C\u00E1mara, esencialmente, para que coincidiera con las enmiendas que el Senado hizo al proyecto de ley en el segundo tr\u00E1mite. Pero, adem\u00E1s, salv\u00F3 tres omisiones en que incurri\u00F3 la C\u00E1mara. Consisten en la falta de una letra \"y\" entre los n\u00FAmeros 2. 515 y 2. 520 y en incluir los art\u00EDculos 739 y 837 del C\u00F3digo Civil, ya que se trata de se\u00F1alar desde cu\u00E1ndo empiezan a regir las reformas para estos art\u00EDculos. Agreg\u00F3 tambi\u00E9n el Senado el art\u00EDculo 887, que corresponde a una enmienda de ese art\u00EDculo aprobado ya tambi\u00E9n por la C\u00E1mara. \nDe este modo, para que este art\u00EDculo se amolde a la t\u00E9cnica jur\u00EDdica y concuerde con el resto del articulado, proceder\u00EDa aceptar la enmienda del Senado \u00FAnicamente en cuanto reemplaza la coma que hay despu\u00E9s del art\u00EDculo 2. 515 por una \"y\" y en cuanto incluye, antes del art\u00EDculo 882, del texto de la C\u00E1mara, el 739, y antes del art\u00EDculo 975, los art\u00EDculos 887 y 962, y rechazarla en lo dem\u00E1s, insistiendo en lo aprobado por la C\u00E1mara, con estas modificaciones que he expresado. \nPido al se\u00F1or Presidente que solicite el acuerdo de la C\u00E1mara para proceder de esta manera o indique la forma reglamentaria de hacerlo, porque, si no, la ley va a quedar convertida en un verdadero berenjenal. \nNada m\u00E1s. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Solicito el asentimiento un\u00E1nime de la Sala para hacer la votaci\u00F3n como lo ha planteado el Diputado se\u00F1or Tejeda. \n \nEl se\u00F1or MORALES (don Carlos).- \n \n Tiene toda la raz\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or LORCA, don Alfredo (Presidente).- \n \n Acordado. \nSi les parece a los se\u00F1ores Diputados, se aprobar\u00E1 la modificaci\u00F3n como lo ha expresado el se\u00F1or Tejeda. \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo? \nAcordado. \nTerminada la discusi\u00F3n del proyecto. \n \n " . . . . . . 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