. . . . . "REDUCCION DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION QUE SE CONSULTAN EN LOS CODIGOS CIVIL, DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DE COMERCIO Y EN OTROS TEXTOS LEGALES-QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONAL"^^ . . . . . . . . . . "13.-"^^ . " 13.-REDUCCION DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCION QUE SE CONSULTAN EN LOS CODIGOS CIVIL, DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DE COMERCIO Y EN OTROS TEXTOS LEGALES-QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONALEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \n Entrando al Orden del D\u00EDa, corresponde tratar el proyecto, en quinto tr\u00E1mite constitucional, que reduce los plazos de prescripci\u00F3n que se consultan en los C\u00F3digos Civil, de Procedimiento Civil, de Comercio y otros textos legales. \n \n \n-Las modificaciones del Senado, impresas en el bolet\u00EDn N\u00BA 10.520-S bis, son las siguientes: \n \nARTICULO 1\u00BA \n \nArt\u00EDculo 271 \nHa sustituido la expresi\u00F3n \"cinco a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 272 \nHa reemplazado la frase \"Supr\u00EDmese el inciso segundo.\", por lo siguiente: \"Sustit\u00FAyese el inciso segundo por el siguiente: \n\"No podr\u00E1 intentarse acci\u00F3n fundada en las causales de los n\u00FAmeros 3\u00BA y 4\u00BA del art\u00EDculo anterior en contra de persona casada no divorciada perpetuamente, a menos que el hijo, atribuy\u00E9ndose a la vez la calidad de hijo natural de la mujer y del marido, demandare a ambos a un tiempo.\". \nEn seguida, ha rechazado los ac\u00E1pites que dicen: \n \nArt\u00EDculo 312 \nSustit\u00FAyense las palabras \"diez a\u00F1os\" por \"cinco a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 319 \nReempl\u00E1zanse las palabras \"cinco a\u00F1os\" por \"tres a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 882 \nHa rechazado la frase que dice: \n\"Reempl\u00E1zanse, en el inciso segundo, las palabras \"cinco a\u00F1os\" por \"tres a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 962 \n \nHa sustituido la expresi\u00F3n \"cinco a\u00F1os por \"diez a\u00F1os\". \nA continuaci\u00F3n, ha rechazado los ac\u00E1pites que dicen: \n \nArt\u00EDculo 975 \nSustit\u00FAyense las palabras \"cinco a\u00F1os\" por \"tres a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 977 \nReempl\u00E1zanse las palabras \"cinco a\u00F1os\" por \"tres a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 1.269 \nHa sustituido la modificaci\u00F3n propuesta a este art\u00EDculo, por la siguiente: \nSustituyese por el siguiente: \nArt\u00EDculo 1.269.- El derecho de petici\u00F3n de herencia expira en diez a\u00F1os. Pero el heredero putativo, en el caso del inciso final del art\u00EDculo 704, podr\u00E1 oponer a esta acci\u00F3n la prescripci\u00F3n de cinco a\u00F1os.\".\". \n \nArt\u00EDculo 1.683 \nHa sustituido la expresi\u00F3n \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 1.692 \nHa reemplazado la expresi\u00F3n \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 2.508 \nHa rechazado la frase que dice: \"Se reemplazan, en el inciso primero, las palabras \"cinco a\u00F1os\", por \"tres a\u00F1os\"; y,\", y ha redactado la frase final en los siguientes t\u00E9rminos: \"Der\u00F3ganse los incisos segundo y tercero.\". \n \nArt\u00EDculo 2.510 \nHa sustituido la expresi\u00F3n \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 2.511 \nHa reemplazado la expresi\u00F3n \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 2.512 \nHa sustituido las palabras \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nArt\u00EDculo 2.520 \nHa sustituido las palabras \"ocho a\u00F1os\" por \"diez a\u00F1os\". \n \nARTICULO 4\u00BA \nHa rechazado el ac\u00E1pite que dice: \n \nArt\u00EDculo 180 \nSustit\u00FAyense, en el inciso primero, las palabras \"dos a\u00F1os\" por \"un a\u00F1o\".\". \n \nARTICULO 6\u00BA \nHa sido rechazado. \n \nArt\u00EDculos transitorios \n \nArt\u00EDculo 1\u00BA \nHa rechazado la inclusi\u00F3n de los siguientes art\u00EDculos del C\u00F3digo Civil en esta enumeraci\u00F3n: 312, 319, 882, 975, 977 y 2.508; y 180 de la Ley de Quiebras. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \n Si me permite la Honorable C\u00E1mara, se encuentra en quinto tr\u00E1mite constitucional este proyecto que reduce los plazos de prescripci\u00F3n a que he hecho referencia. La insistencias del Senado en las modificaciones que se introdujeron al proyecto de la C\u00E1mara, hacen que sean inoperantes los acuerdos de esta Corporaci\u00F3n respecto de nueve disposiciones, porque no producir\u00E1n ning\u00FAn efecto, cualquiera que sea el pronunciamiento que adopte esta Sala. \nCon respecto de diez insistencias del Senado, no se producir\u00E1 ley sobre la materia si la C\u00E1mara insistiera, a su vez, en sus primitivos acuerdos. \nEn consecuencia, la Mesa propone en esta oportunidad que, mediante una sola votaci\u00F3n, se acuerde no insistir en ninguno de los acuerdos adoptados con anterioridad por la C\u00E1mara y explicados recientemente. \nSi le parece a la C\u00E1mara, as\u00ED se proceder\u00E1. \nAcordado. \nTerminada la discusi\u00F3n del proyecto. \n " . .