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"Nº 1310.- Santiago, 16 de septiembre de 1968.
En contestación al Oficio Nº 15.402 del 31. VIL 1968, de esa Corporación, por el cual el señor Diputadodon Hugo Robles ha solicitado se informe sobre algunos aspectos relacionados con el personal de las Fuerzas Armadas en retiro, puedo proporcionar a US. las siguientes informaciones entregadas por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional:
El reajuste dispuesto por la Ley 16.840, como igualmente la bonificación profesional concedida por el Art. 9º de la citada Ley, se están pagando a partir del mes de Julio. Las diferencias adeudadas, se pagarán junto con las pensiones del presente mes de Septiembre.
Respecto al pago de la diferencia de quinquenios, esto está aún pendiente por cuanto debe ingresar, previamente, al Fondo especial, el pago de la primera diferencia por el reajuste de pensiones y montepíos, fondos que la misma ley destina para cancelar dicho reajuste.
Saluda atentamente a US.
(Fdo.): Tulio Marambio Marchant."
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