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El señor RODRIGUEZ.-
Como se ha dicho, firmé la indicación para los efectos reglamentarios, pero también lo hice por cortesía hacia el Honorable señor Víctor Contreras.
No comparto esa nueva fórmula, .porque me parece que en la Comisión hubo acuerdo unánime, al que concurrió el Honorable señor Pablo, y en que estuvo conforme el personero del Gobierno -un abogado cuyo nombre no recuerdo-, para aprobar el sistema que proponemos, tendiente a no excluir ningún sector o tendencia en las juntas de vecinos que se proyectan. El criterio contrario podría implicar que una minoría, cualquiera que fuera su actitud, quedara excluida absolutamente de esas juntas.
Por eso, se pensó que el sistema de votación directa puede unificar las tendencias en esos organismos. Y hubo acuerdo unánime en este sentido, en la Comisión de Gobierno.
El señor GUMUCIO.-
Todos tienen derecho a voto en las organizaciones comunitarias.
El señor RODRIGUEZ.-
Me refiero al concepto, en general, con relación al inciso segundo, de que el directorio esté compuesto "por nueve miembros que serán elegidos en forma directa, libre y proporcional. El voto será secreto". Este es el sistema.
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