REPUBLICA DE CHILE CAMARADE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 34ª, en martes 23 de enero de 1968 (Ordinaria: de 16 a 19.13 horas) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES LORCA, DON ALFREDO PARETO Y STARK. SECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE; PROSECRETARIO, EL SEÑOR LARRAIN. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.Se califica la urgencia hecha presente para el despacho de un proyecto de ley 3199 2.Se aprueban las proposiciones de la Mesa respecto de un receso de la Corporación . . . 3200 3.Se amplía el plazo a la Comisión Investigadora de daños en Tocopilla para informar y se modifica el quórum para sesionar y adoptar acuerdos 3201 4.Continúa la discusión de las observaciones del Ejecutivo al pro­yecto que autoriza para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas que forman la población "20 de Agosto" de Chillán y otras de Traiguén, Angol y Collipulli 3201 5.El señor Sepúlveda, don Eduardo, se refiere al incendio en la Población Gómez Carreño de Viña del Mar 3208 6.La Cámara se ocupa del proyecto que concede recursos para la construcción de viviendas de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y donación de caballares chilenos al Ejército de Venezuela 3208 7.La Cámara se ocupa del proyecto que interpreta el artículo 42 de la ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas en lo relativo a la Delegación de atribuciones administrativas, y queda pendiente el debate 3212 8.El señor Secretario anuncia la Tabla de Fácil Despacho para las próximas sesiones 3221 9.El señor Zorrilla se ocupa de las obras de infraestructura de riego del tranque Digua de Parral (Linares) 3221 10.La señora Retamal se refiere al problema educacional de la comuna de Conchalí 3222 11.El señor Santibáñez se refiere a la catástrofe producida en Viña del Mar por el incendio ocurrido . ...... 3223 12.La señora Dip se ocupa de la terminación de las obras de urbanización en la población "Playas Blancas" de Cartagena 3225 13.El señor Fuentes, don César Raúl se refiere a las propuestas para suministrar energía eléctrica al Matadero Frigorífico en construcción en Chillán 3226 14.El mismo señor Diputado se ocupa de las atribuciones de ENDESA para fijar zonas de servicio a las Cooperativas Rurales Eléctricas 3228 15.El señor Clavel formula observaciones acerca de la reducción de los préstamos de auxilio en la Caja de Previsión de Empleados Particulares 3229 16.El señor Camus se ocupa de la situación producida con motivo del último incendio que afectó a poblaciones de Viña del Mar ... . 3231 17.El señor Basso se ocupa de la terminación de los trabajos de pavimentación del camino de Chillán a Recinto 3232 18.El señor Agurto se refiere a los problemas que afectan a la comuna de Hualpi (Concepción) 3233 19.El señor Aguilera se ocupa de la expropiación de la Hacienda "Limáhuida" y otros fundos de la provincia de Concepción . . . 3235 20.El mismo señor Diputado se ocupa de la transferencia de terrenos de la ENAMI 3236 21.El mismo señor Diputado se refiere a las pensiones impagas de la Caja de Accidentes del Trabajo 3236 22.El mismo señor Diputado se ocupa de los problemas y necesidades de la provincia de Coquimbo 3237 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1.Mensaje con el cual Su Excelencia el Presidente de la República somete a la consideración del Congreso Nacional un proyecto de ley que estructura el Servicio de Correos y Telégrafos 3172 2.Oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, con el que hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que consulta diversas medidas de fomento y desarrollo de la minería del oro 3185 3/4.Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, con los que retira las observaciones formuladas a los proyectos de ley que benefician a doña Laura Díaz Santana y a doña María Alicia Garrido Pereira, respectivamente 3185 5.Oficio del señor Ministro del Interior, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Ochagavía, relativo a la instalación de un equipo radiotransmisor en Caleta Hornopirén, ubicada en Río Negro 3185 6.Oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstruc­ción, con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Tejeda, respecto de las remuneraciones del personal de garzones que trabaja en los coches comedores de los trenes de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado 3185 7/41.Oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Di­putados que se expresan, acerca de las materias que se indican: Del señor Cabello, destinación de un equipo dental para el Liceo de Niñas de Talca 3186 Del señor Cantero, construcción de un nuevo edificio para el Instituto Superior, de Comercio de Valparaíso 3186 Del señor Castilla, habilitación de una escuela en el sector denominado El Colo, comuna de Colbún 3186 Del señor De la Jara, adopción de diversas medidas en favor de la Escuela Nº 4, de la comuna de Negrete 3186 Del señor Dueñas, edificación de un local para la Escuela Nº 38 de la provincia de Linares 3187 Del señor Fierro, ampliación del edificio que ocupa la Escuela Nº 7, de Curanilahue 3187 Del señor Garcés, habilitación de locales escolares en la provincia de Curicó 3187 Del mismo señor Diputado, construcción de un local para la Escuela de Vichuquén 3187 Del mismo señor Diputado, edificación de locales escolares en Isla de Lontué, Sagrada Familia, Lo Valdivia y Santa Rosa de Lontué 3185. Del señor González, equipamiento del taller de trabajos manuales de la Escuela Nº 96, de la Población Las Quillas de Temuco 3188 Del señor Guajardo, habilitación definitiva del local de la Escuela Nº 82, ubicada en Mirasol, departamento de Llanquihue 3188. Del señor Ibáñez, edificación de un local para la Escuela Nº 73, de Linares 3188 Del mismo señor Diputado, construcción de un nuevo edificio para la Escuela Rural Nº 38, de Loncomilla 3188 Del señor Jaque, creación de un 4º año de humanidades en el liceo de la localidad de Santa Juana 3189 Del señor Jaramillo, aumento de las plazas de profesores de la Escuela de Los Riscos, comuna de El Carmen 3189 Del señor Jarpa, habilitación de un local para la Escuela Nº 66, de El Huape, de la comuna de Chillán 3189 Del señor Martín, adopción de diversas medidas en beneficio de la Escuela Nº 31, de la población Rosita O'Higgins, de Chillán 3189 Del mismo señor Diputado, edificación de un local para el Liceo de Yumbel 3190 Del señor Montt, destinación de recursos para la construcción, de nuevas salas de clases y de un gimnasio en la Escuela Fiscal Nº 13, de Villa San Pablo, provincia de Osorno 3190 Del mismo señor Diputado, habilitación de un edificio para la Escuela Fiscal Nº 61, de Las Quemas 3190 Del señor Morales, don Raúl, edificación de un local para la Escuela Nº 15, de Huyar BajoCuraco de Vélez, provincia de Chiloé 3190 Del señor Ochagavía, ejecución de diversas obras en la Escuela "Endesa", de Puerto Natales 3191 Del mismo señor Diputado, construcción de un nuevo edificio para la Escuela Nº 21, de Huelao, departamento de Quinchao . . . 3191 Del señor Palestro, habilitación de una nueva Escuela en la Población Bélgica, de la comuna de La Granja 3191 Del señor Rodríguez, don Manuel, ampliación del edificio que ocupa la Escuela Consolidada de San Vicente de Tagua Tagua 3191 Del señor Rosales, construcción de edificio para la Escuela Nº 41, de La Cruz, de la Comuna de Rancagua 3191 Del mismo señor Diputado, construcción de nuevo edificio para la Escuela Nº 2 de San Vicente de Tagua Tagua 3192 Del señor Sívori, habilitación de un local para la Escuela Nº 20, de Tronicura, comuna de Los Sauces 3192 Del mismo señor Diputado, edificación de un local para la Escuela Nº 20, de Pemehue, departamento de Collipulli 3192 Del señor Stark, construcción de un edificio para la Escuela de la comuna de Nacimiento 3192 Del señor Tejeda, habilitación de un edificio para el funcionamiento de la Escuela Nº 46, de Villa Mercedes, provincia de Bío-Bío 3195 De los señores Agurto, Melo y Montes, conveniencia de dejar sin efecto el traslado del Liceo Fiscal que funciona en la ciudad de San Rosendo a la localidad de Laja 3193 De los señores Stark, Rioseco, Buzeta y Melo, edificación de nue­vos locales para la Escuela Industrial y la Escuela Nº 2, de Los Angeles 3193 De los mismos señores Diputados, continuación de trabajos construcción del Liceo de Hombres de Los Angeles 3193 De los mismos señores Diputados, necesidad de apresurar los trabajos de ampliación del Liceo de Niñas de Los Angeles . . . 3193 42.Oficio del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Rodríguez, don Manuel, relacionado con la instalación de servicio de alcantarillado y la reparación de los caminos de la comuna de Coltauco 3194 43.Oficio del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Acevedo, referente al conflicto colectivo que afectó al personal de la Sociedad Comercial e Industrial Los Gobelinos 3194 44.Oficio del señor Ministro de Minería, con que remite copia del informe emitido por el Servicio de Minas del Estado sobre el accidente ocurrido el 26 de octubre de 1967, en Mineral de "El Teniente" 3194 45.Un oficio del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre del señor Castilla, sobre la posibilidad de incluir en la "Operación Sitio", a la localidad de Copihue, comuna de Retiro 3194 46.Oficio del señor Contralor General de la República, con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Palestro, relativo a las irregularidades que se habrían producido en la Empresa Periodística La Nación 3195 47.Informe de la Comisión de Defensa Nacional, recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", que autoriza al Presidente de la República para donar al Ejército de Venezuela 18 caballares pertenecientes al Ejército de Chile 3195 48.Moción, con la cual el señor Buzeta inicia un proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Conchalí para transferir gratuitamente a la Comunidad Israelita Ashkenazi, de Santiago, el predio de su propiedad que se indica 3198 49.Oficio de la Excelentísima Corte Suprema, con el que se refiere al que se le remitió en nombre de las señoras Lazo y Allende; y de los señores Sepúlveda, don Francisco; Dueñas, Aguilera, don Luis; Marambio, Cademártori y Acevedo, relativo a la conveniencia de designar un Ministro en Visita que conozca de los antecedentes relacionados con el presunto homicidio cometido en la persona de doña Luisa del Carmen Donoso Quevedo y que se investiga en el Juzgado de Puerto Montt 3199 50.- Comunicación III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES No hubo declaración alguna al respecto. IV.- DOCUMENTO DE LA CUENTA 1.- MENSAJE DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cá­mara de Diputados: El Ejecutivo ha estimado conveniente someter a vuestra aprobación un proyec­to de ley destinado a perfeccionar las es­tructuras administrativas del Servicio de Correos y Telégrafos, para adecuarlas funcionalmente, de modo que las distintas dependencias puedan responder a los requerimientos que derivan de las necesidades que la repartición debe satisfacer. La determinación de las nuevas estructuras se ha afectado de acuerdo con pro­posiciones de asesores de las Naciones Unidas y de INSORA, teniendo presente, además, las recomendaciones de una Co­misión Tripartita, integrada por repre­sentantes del Gobierno, del Servicio y de la Asociación Postal Telegráfica. Los estudios de esta última Comisión también han servido de base para la elaboración de los demás artículos del presente pro­yecto de ley. Se ha considerado necesario posibilitar una racional descentralización administrativa., estableciendo Jefaturas Zonales y de Sector en un número apropiado, con­cordando con los planes de regionalización del país. En el ámbito de la adminis­tración central, se han configurado debi­damente las unidades superiores, median­te Subdirecciones y Departamentos, te­niendo presente, asimismo, finalidades que merecen una atención preferente, co­mo son las que se refieren a Bienestar y Capacitación del Personal, a las Relacio­nes Internacionales, a los Equipos, a la Filatelia, y a las cuestiones de orden técnico y comercial. El proyecto consulta ex­presamente la facultad de organizar o au­torizar el funcionamiento de Oficinas Fi­latélicas, para la venta, distribución y comercialización de especies nacionales o extranjeras, y permita, igualmente, que puedan designarse, para estos efectos, agentes filatélicos en el extranjero. El proyecto ha perfeccionado, además, las normas vigentes sobre delegación de funciones, para asegurar, en cualquier momento, una ágil y oportuna acción del Servicio. Por otra parte, se dispone la constitución de dos organismos consultivos, el Consejo Superior y el Consejo Na­cional, los cuales serán presididos por el Jefe Superior del Servicio e integrados, además, por los empleados de las más al­tas categorías de la Repartición, para que puedan asesorar a la Dirección respecto de los asuntos que estime de interés. También se han incluido en el proyec­to diversas normas que precisan y am­plían el concepto y la aplicación del sis­tema de monopolio imperante, en lo concerniente a la correspondencia postal y a las telecomunicaciones, sin que los nuevos preceptos signifiquen lesionar dere­chos adquiridos. A este respecto, especial importancia reviste la nueva disposición que garantiza la explotación exclusiva, por Correos y Telégrafos, del servicio de teleimpresores, télex y punto a punto, tan­to en las conexiones nacionales como en las internacionales. Los procedimientos conducentes a sancionar administra­tivamente las infracciones al régimen de monopolio han recibido una regulación adecuada, mediante el establecimiento de preceptos que determinen la competencia de los órganos sancionadores, el monto de las multas y las tramitaciones respectivas, tanto administrativas como judiciales. El sistema presupuestario del Servicio también ha merecido la debida atención en el proyecto, consultándose un mecanismo destinado a permitir, previa autorización escrita, otorgada por el Ministerio de Hacienda, que puedan efectuarse gastos derivados de situaciones de emergencia o de circunstancias extraordinarias, graves o urgentes, sin que medie decreto de fondo, hasta por los montos aprobados en el respectivo Presupuesto Corriente en Monada. Nacional, sin perjuicio de que las cantidades giradas se deduzcan posteriormente de los decretos de fondos que se cursen. Se han determinado, asimismo, los gastos que pueden efectuarse con cargo a los ingresos provenientes del servicio de teleimpresores y del arrendamiento de canales de telecomunicación. Se crea, además, un fondo especial para atender al funcionamiento y desarrollo de la Repartición, al igual que al bienestar de su personal, con los ingresos derivados de la aplicación de multas, de contratos de publicidad y propaganda, de las operaciones filatélicas, del remate de la correspondencia y encomiendas rezagadas, del producto del comiso de objetos de circulación prohibida, de las rentas por contratos referentes a máquinas franqueadoras y de las indemnizaciones por daños a bienes del Servicio. Se consultan, igualmente, normas adecuadas para obtener una oportuna atención respecto de las necesidades relativas a adquisiciones de bienes y al pago de los Agentes Postales y Valijeros. En el proyecto se instituye, asimismo, el "Día del Gremio Postal Telegráfico", el cual se celebrará el primer sábado del mes de diciembre de cada año. Se han incorporado, además, varias disposiciones, tendientes a permitir la ejecución de trabajos extraordinarios, de acuerdo con las necesidades de la Repartición; a establecer requisitos de ingreso y de promoción, acordes con la importancia y especialidad de las funciones; a regular el régimen aplicable a. los Agentes Postales y a los Viajeros, y a establecer cursos de Técnicos en Telecomunicaciones y de Administración Postal. Finalmente, se establece una Comisión, presidida por el Ministro del Interior e integrada por representantes del Ministerio de Hacienda., de la Dirección y de la Asociación Postal Telegráfica, para que estudie las bases referentes al establecimiento de un incentivo de producción, en beneficio del personal. Las conclusiones que formule dicha Comisión servirán de fundamento a un proyecto de ley sobre el particular. En mérito de lo expuesto, vengo en someter a vuestra aprobación, el siguiente: Proyecto de ley I.- Modifica la ley orgánica de Correos y Telégrafos. Introdúcense las siguientes modificaciones en el DFL. 171, de 1960, Ley Orgánica del Servicio de Correos y Telégrafos, cuyo texto definitivo fue fijado por Decreto Supremo Nº 5.037, de 6 de octubre de 1960: Artículo lºSustituyese en el inciso primero del artículo 1°, la denominación "Servicio de Correos y Telégrafos" por la de "Servicio Nacional de Correos y Telégrafos". Sustituyese, asimismo, en todas las disposiciones legales, generales o particulares, las denominaciones "Servicio de Correos y Telégrafos", "Dirección General de Correos y Telégrafos" y "Director General" por la ya indicada de "Servicio Nacional de Correos y Telégrafos", por la de "Dirección Nacional de Correos y Telégrafos" y por la de "Director Nacional", respectivamente. Artículo 2ºSustituyese en la letra e) del artículo 1º, las palabras "que tengan relación con", por la expresión "para su explotación por". "Artículo 3ºSustituyese el artículo 2º por el siguiente: "Artículo 2ºEl Estado ejercerá, por intermedio de Correos, el monopolio para la admisión, transporte y entrega de los objetos de correspondencia. Se denominan objetos de correspondencia, las cartas, tarjetas postales sencillas y con respuesta pagada, giros postales y telegráficos, papeles de negocio, diarios e impresos de toda naturaleza, comprendidos en ellos las impresiones en relieve para el uso de los ciegos, muestras de mercaderías, pequeños paquetes hasta de un kilo y fonopostales. Sin perjuicio de lo anterior, los particulares podrán hacer libremente el reparto local de diarios, revistas y periódicos." Artículo 4º Sustitúyense los incisos primero y segundo del artículo 3º por los siguientes: "El servicio público telegráfico dentro del territorio nacional es monopolio del Estado y su ejecución está confiada al Servicio Nacional de Correos y Telégrafos. Se entiende por servicio telegráfico el que se ejecuta mediante líneas físicas, vías radioeléctricas o cualquier otro medio de telecomunicación, incluyendo el que se efectúa en forma de partes telefónicos. El servicio de teleimpresores, telex y punto a punto, se explotará exclusivamente por Correos y Telégrafos dentro del territorio, tanto en las conexiones nacionales como en las internacionales. Los fondos provenientes de los ingresos de dicho servicio de teleimpresores y los producidos por arrendamiento de canales de telecomunicación se depositarán en una cuenta subsidiaria especial que se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre de la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos y sobre la cual podrá girarse para atender los gastos y adquisiciones que demanden el funcionamiento, mantenimiento y desarrollo de las telecomunicaciones. No regirá lo dispuesto en los incisos anteriores para las empresas telegráficas y cablegráficas que actualmente hacen servicio público interior e internacional en virtud de leyes especiales, concesiones u otros permisos, las que continuarán haciéndolo hasta el término de tales autorizaciones." Artículo 5°Sustituyese el inciso segundo del artículo 8° por los siguientes: "Para estos efectos el Director Nacional podrá ordenar las visitas de inspección que estime conveniente y las denuncias que se originen con motivo de ellas se ajustarán al procedimiento establecido en el párrafo 10 del Título IV de esta ley. Corresponde a la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos vincular al Gobierno con las administraciones extranjeras y organismos internacionales en materias de su incumbencia." Artículo 6ºSustituyese en el Título III la. expresión "De la Organización" por la siguiente: "Párrafo 1º. De la Organización del Servicio". Artículo 7ºSustituyese el artículo 9º por el siguiente: "Artículo 9ºEl Servicio Nacional de Correos y Telégrafos estará a cargo de un Director Nacional, a quien corresponderá la administración, coordinación y control superiores del Servicio." Artículo 8ºInclúyense como artículos 10, 11 y 12 los siguientes: "Artículo 10.El Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, se compondrá de Unidades Administrativas Centrales y de Unidades Administrativas Regionales. Constituyen la Administración Central del Servicio, las Subdirecciones de Correos, de Telecomunicaciones, del Personal, de Cuentas y Valores, la Inspección Nacional y la Oficina de Planificación, cuyos Jefes tendrán un mismo nivel jerárquico. Además integrarán la Administración Central la Secretaría General y la Asesoría Jurídica. La Administración Regional del Servicio, estará constituida por las Jefaturas Zonales, que serán los organismos del Servicio encargados de aplicar y realizar a nivel regional las directivas y decisiones de la Administración Central. Las respectivas Jefaturas Zonales, tendrán su asiento en las ciudades de Antofagasta, La Serena, Valparaíso, Santiago, Talca, Concepción, Temuco, Puerto Montt, Puerto Aisén y Punta Arenas". "Artículo 11.El Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, contará, además, con unidades funcionales, que bajo la denominación de Departamentos, tendrán la finalidad de colaborar directamente y asesorar a la Administración Central del Servicio en sus respectivas especialidades. Estos Departamentos estarán, cada uno, a cargo de un Jefe que tendrá la misma ubicación jerárquica que los Jefes de Zona". "Artículo 12.Existirán, además, dos organismos consultivos que el Director Nacional podrá convocar para oír a sus miembros acerca de asuntos que estime de interés para el Servicio y que juzgue conveniente incluir en la convocatoria: El Consejo Superior, que será presidido por el Director Nacional y estará compuesto por los Jefes de las Unidades Administrativas Centrales, y El Consejo Nacional, presidido también por el Director Nacional e integrado por los miembros del Consejo Superior y los Jefes de Zona. Este Consejo, que deberá reunirse por lo menos una vez al año, podrá integrarse además, con los Jefes de Departamentos." Artículo 9º Sustituyese la expresión "Párrafo lº. Del Director General", por la siguiente: "Párrafo 2º. Del Director Nacional". Artículo 10.Suprímese el artículo 10 y efectúense las siguientes modificaciones en los artículos que a continuación se indican: 1.El artículo 11, queda como artículo 13. 2.Reemplácese, en el artículo mencionado en el punto anterior, la expresión "Jefes de Departamento" por la siguiente: "Subdirectores, al Jefe de la Oficina de Planificación o al Jefe de Inspección Nacional". 3.Suprímese el artículo 12 e incluyese el siguiente como artículo 14. "Artículo 14.- Son atribuciones especiales del Director Nacional: La creación, supresión, cambio de categoría, modificación de límites de jurisdicción, de nombre y de ubicación de las oficinas y agencias postales y telegráficas; El establecimiento o supresión de estaciones de radiocomunicaciones y vías de enlace de telecomunicaciones del Servicio; Crear o suprimir recorridos para el transporte de objetos postales; Establecer oficinas postales y de telecomunicaciones de carácter temporal, en los lugares en que una necesidad lo justifique ; Celebrar contratos para el arrendamiento de locales destinados al funcionamiento de las oficinas; y contratos para la habilitación de locales, instalaciones o terrenos para las oficinas, dependencias e instalaciones del Servicio, comodatos, usos, habitaciones, usufructos y otros que no impliquen transferencia de dominio; Celebrar contratos para uso, concesión, o arrendamiento de postaciones, instalaciones, conductores, canales de telecomunicaciones y servicio telex, y autorizar conexiones telefónicas con las oficinas telegráficas del Estado, de acuerdo con el reglamento; Celebrar contratos de propaganda o difusión para efectuarse en locales, oficinas, dependencias, instalaciones, objetos o vehículos del Servicio o para efectuarse mediante los elementos de control de las comunicaciones como timbres, sellos máquinas franqueadoras, etc., o cualquier otro medio calificado de procedente; h) Celebrar contratos para la reparación, mantención o conservación de máquinas, equipos o especies del Servicio; i) Celebrar contratos por prestaciones o servicios especiales como telex, arriendo de máquinas telex y sus accesorios, máquinas franqueadoras, etc.; j) Celebrar contratos para la conducción de objetos postales, en la forma que determine el reglamento y para la conducción o transporte de personal, equipo, materiales u otras especies de Correos y Telégrafos ; k) Aplicar, administrativamente, las multas y penas que se estipulen en los contratos y ponerles término, con igual carácter en caso de incumplimiento; 1) Señalar los deberes y atribuciones del personal y las normas de funcionamiento del Servicio no especificados en la ley o en los reglamentos;. m) Proponer al Gobierno o efectuar, de acuerdo con la ley, el nombramiento y promoción de los empleados del Servicio; n) Nombrar y promover al personal de la Planta Auxiliar y de Servicies Menores, según lo fije el reglamento; ñ) Designar, aceptar y autorizar, de acuerdo con el Estatuto Administrativo, sus modificaciones y demás leyes vigentes sobre la materia, los interinatos, suplencias, permutas, renuncias, declarar vacancias y disponer u ordenar todo lo concerniente a la situación del personal; o) Aplicar al personal medidas disciplinarias, con sujeción a las leyes y reglamentos ; p) Conceder al personal las licencias, feriados y permisos en conformidad a la ley; q) Disponer las comisiones de servicio del personal y autorizar el pago de los viáticos que ellas causen, de acuerdo con el reglamento; r) Nombrar y remover al personal a contrata de la Dirección Nacional con remuneraciones equivalentes o inferiores al grado 5º de la Escala Administrativa, según lo establezca el reglamento; Sin embargo, el Director Nacional podrá contratar además, personal profesional, técnico o experto a honorarios para realizar labores especializadas, come instalaciones de télex, telecomunicaciones, centrales clasificadoras de correspondencia y otros casos calificados. La resolución respectiva deberá ser fundada; s) Celebrar con aprobación del Gobierno, contratos, acuerdos o convenciones, bilaterales o multilaterales con administraciones o empresas postales o telegráficas de otros países, de carácter público, oficial o particular, para el enlace y coordinación de las redes télex, gentex y demás medios de comunicaciones del Servicio; y acordar y poner en práctica, además, acuerdos relativos a la ejecución de dichos convenios y arreglos o aspectos de detalle que no afecten en su esencia a las materias de dichos contratos, acuerdos o convenciones, y t) Disponer las visitas de inspección que estimare conveniente realizar en cualquier parte del territorio postal telegráfico, delegando para ello, en el personal del organismo regular que le corresponda ejecutar dichas funciones, las facultades que a él le competen. Lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a otros jefes del Servicio, con arreglo a la presente ley y a su reglamento y de las delegaciones que puede hacer el Director Nacional. Sin embargo, las atribuciones contenidas en las letras a), b) y s) del presente artículo son indelegables. 4.El artículo 13 queda como artículo 15. 5.Reemplácese, en el artículo mencionado en el número anterior, las letras a) y c) por las siguientes: "a) Mantener expeditas y eficientes las comunicaciones postales y telegráficas y velar por la preparación administrativa, cultural y técnica y el fiel desempeño de todos los empleados del ramo, sin perjuicio de las responsabilidades de otros jefes del Servicio establecidas en esta ley y su reglamento;" "c) La administración superior de los fondos de Correos y Telégrafos y la vigilancia, hasta su ingreso en arcas fiscales, de los recaudados por el Servicio siendo responsable de 3a legal y acertada inversión de los fondos que se pongan a su disposición, sin perjuicio de las responsabilidades .de otros jefes del Servicio establecidas en esta ley y su reglamento:" 6.Suprímese el artículo 14 e incluyese el siguiente como artículo 16: "Artículo 16.El Director Nacional podrá delegar una o varias de sus facultades en les Subdirectores o los Jefes Zonales. La delegación podrá hacerse para fines determinados o generales, por motivos fundados y deberá aprobarse por el Supremo Gobierno. Asimismo, los Subdirectores y los Jefes Zonales, podrán delegar algunas de sus facultades, temporal o permanentemente, en otros jefes de sus respectivas jurisdicciones, por motivos fundados y previa aprobación del Director Nacional." Artículo 11.Suprímense los párrafos 2º a 7º del Título III y los artículos 15 a 29, ambos inclusive. Artículo 12.Incluyese, a continuación del artículo 16, como párrafo 3º, "De la Administración Central." Artículo 13.Inclúyense como artículos 17, 18 y 19, los siguientes: "Artículo 17.Los Subdirectores del Servicio, serán los Jefes Superiores de sus respectivas ramas y dependerán directamente del Director Nacional. Les corresponderá, fundamentalmente dirigir la operación, explotación y desarrollo del Servicio con arreglo a las normas y planes vigentes y la supervigilancia y control de estas materias. Para los fines expresados, tendrán las atribuciones, facultades y obligaciones señaladas en el reglamento." "Artículo 18.La Oficina de Planificación y la Inspección Nacional dependerán directamente del Director Nacional. Serán funciones principales de la Oficina de Planificación, la realización de estudios, ejecución de proyectos y asesoramiento para la modernización y desarrollo de los servicios. El Jefe de la Inspección Nacional tendrá a su cargo el control de las funciones de inspección. "Artículo 19.La Secretaría General y la Asesoría Jurídica dependerán directamente del Director Nacional. Al Secretario General le corresponderá interelacionar las funciones de las Subido regiones y Asesorías, la atención de la correspondencia del Director Nacional, las comunicaciones internas, la organización y mantención del archivo del Servicio y las relaciones públicas. El Secretario General tendrá el carácter de ministro de fe para todos los efectos legales. Corresponderá especialmente a 3a Asesoría Jurídica, informar en derecho sobre las cuestiones de orden legal que se le planteen por los Jefes Superiores del Servicio ; intervenir en la preparación y ejecución de los reglamentos, instrucciones, proyectos de ley y actos y contratos relativos al Servicio. El Jefe de esta oficina será el Asesor Jurídico y deberá poseer el título de abogado." Artículo 14.Incluyese a continuación del artículo 19, como párrafo 4º, "De los Departamentos". Artículo 15.Inclúyense como artículos 20 y 21, los siguientes: "Artículo 20. Los Departamentos o Unidades Funcionales del Servicio, dependerán de las Subdirecciones, según sus respectivas especialidades. Les corresponderá especialmente la elaboración de proyectos de resoluciones e instrucciones sobre métodos y procedimientos de servicio; materias que se les encarguen específicamente por el Director o los Subdirectores y demás que señale el reglamento. Cada Departamento se dividirá en Secciones, cuya finalidad principal será la de realizar en forma especializada alguno de los cometidos o funciones propios del Departamento del cual dependen." "Artículo 21.Existirán los siguientes Departamentos que dependerán: De la Subdirección de Correos: Los Departamentos de Equipos y Transportes, Internacional, Técnico, de Explotación y Filatélico-Comercial; De la Subdirección de Telecomunicaciones: los Departamentos de Equipos, Internacional, Técnico, de Explotación y Comercial; De la Sub dirección del Personal: Los Departamentos de Administración y Bienestar del Personal y de Capacitación; De la Subdirección de Cuentas y Valores : Los Departamentos de Presupuesto y Contabilidad; De la Inspección Nacional, los Inspectores Nacionales, y Be la Oficina de Planificación: El Departamento de Construcción y la Oficina de Organización y Métodos. La organización en secciones de los Departamentos, sus funciones, atribuciones y obligaciones específicas se fijarán por el reglamento." Artículo 16.Incluyase, a continuación del artículo 21, como párrafo 5º, "De la Administración Regional". Artículo 17.Inclúyense como artículos 22 y 23, los siguientes: "Artículo 22.Las Jefaturas Zonales serán los organismos regionales descentralizados del Servicio y les corresponderá la administración, control y supervigilancia de las actividades de la división regional a su cargo. Los Jefes Zonales dependerán directamente de las Subdirecciones de Correos y Telecomunicaciones, respectivamente, sin perjuicio de la dependencia de las Subdirecciones del Personal, Cuentas y Valores, Oficina de Planificación, Inspección Nacional y Secretaría General, en las materias de la competencia específicas de estas últimas." "Artículo 23. Las Jefaturas Zonales que serán las Unidades Regionales de Administración del Servicio, se dividirán en Jefaturas de Sector, que bajo la directa tuición de los Jefes Zonales, tendrán la finalidad de matener la explotación del Servicio. Las Jefaturas de Sector serán 50 y estarán ubicadas en los siguientes puntos: I Zona (Antofagasta), Sectores de Arica, Iquique, Tocopilla, Antofagasta Postal y Antofagasta Telecomunicaciones; II Zona (La Serena,), Sectores de: Copiapó, Vallenar, La Serena Postal, La Serena Telecomunicaciones, Coquimbo, Ovalle e Illapel; III Zona (Valparaíso), Sectores de: San Felipe, Los Andes, Valparaíso Postal, Valparaíso Telecomunicaciones, Viña del Mar y Quillota; IV Zona (Santiago), Sectores de: Santiago Postal, Santiago Telecomunicaciones, San Antonio, San Bernardo y Rancagua; V Zona (Talca), Sectores de: San Fernando, Curicó, Talca Postal, Talca Telecomunicaciones, Cauquenes, Constitución y Linares; VI Zona (Concepción), Sectores de: Chillán, Concepción Postal, Concepción Telecomunicaciones, Talcahuano, Lebu y Los Angeles; VII Zona (Temuco), Sector de: Angol, Temuco Postal, Temuco Telecomunicaciones, Valdivia y La Unión; VIH Zona (Puerto Montt), Sectores de: Osorno, Puerto Montt Postal, Puerto Montt Telecomunicaciones y Ancud; IX Zona (Puerto Aisén), Sectores de: Puerto Aisén Postal, Puerto Aisén Telecomunicaciones y Coihaique, y X Zona (Punta Arenas), Sectores de: Punta Arenas Postal y Punta Arenas Telecomunicaciones." Artículo 18.Los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 quedan como 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50, respectivamente. Artículo 19.Introdúcense las siguientes modificaciones en los artículos que se indican: 1.Sustituyese en los artículos 33 y 35 la expresión "inciso 1º del artículo 38" por la siguiente: "inciso 1º del artículo 32". 2.Sustituyese en el inciso tercero del artículo 35 la expresión "artículos 38 y 39" por la siguiente: "artículos 32 y 33". 3.Sustituyase en los artículos 34, 35, 36, 39, 41, 42, 43 y 44, la palabra "efectos" por la expresión "objetos". 4.Sustituyese en el artículo 38 la expresión "que no excederá de un sueldo vital anual del departamento de Santiago", por la siguiente: "cuya cuantía determinará el Director Nacional". 5.Sustituyese en el inciso segundo del artículo 48, el punto por una coma (,) a continuación de la palabra "establezca", y agregúese la siguiente frase: "reservándose la Dirección Nacional el número de especies que estime necesario para fines filatélicos". Artículo 20.Incluyese como artículo 51, el siguiente: "Artículo 51.El Director Nacional podrá organizar o autorizar el funcionamiento de Oficinas Filatélicas, para la venta, distribución y comercialización de cspecies filatélicas nacionales o extranjeras. Estará facultado, además, para designar agentes filatélicos en el extranjero. Para estos efectos, no regirá lo dispuesto en el artículo anterior." Articulo 21.Los artículos 57, 58, 59, 60 y 61 quedan como 52, 53, 54, 55 y 56, respectivamente. Artículo 22.Derógase el artículo 62 y demás disposiciones legales y reglamentarias generales o particulares, que otorgan liberaciones de porte postal o telegráfico. Artículo 23. Incluyese como artículo 57 el siguiente: "Artículo 57.Los objetos postales no franqueados o insuficientemente franqueados serán multados por el Correo. Sin embargo, cuando se deposite una gran cantidad de piezas no franqueadas o con insuficiente franqueo, el Correo tendrá la . facultad de devolverlas al expedidor." Artículo 24.Los artículo 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74 quedan como 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69, respectivamente. Artículo 25. El artículo 75 queda como 70 y sustitúyense en este artículo los incisos segundo y tercero por los siguientes: "Los jefes o encargados de oficinas suspenderán la transmisión de comunicaciones o informaciones que contravengan dicha prohibición y procederán a enviar en el acto una copia de la información o comunicación retenida al Intendente o Gobernador respectivo. Si el Intendente o Gobernador estimare que la comunicación o información no queda comprendida en dicha prohibición ordenará darle curso. Sin embargo, si en el plazo de dos horas el Intendente o Gobernador no ordenare darle curso, se remitirá una segunda copia al Juez del Crimen correspondiente, quien breve y sumariamente resolverá si niega o da curso a la transmisión. El Intendente o Gobernador adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto por el Juez del Crimen, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26 de la ley 12.927," Artículo 26.Los artículos 76, 77, 78, 79 y 80 quedan como 71, 72, 73, 74 y 75, respectivamente. Artículo 27.Suprímese el artículo 81 e inclúyense como artículos 76, 77, 78, 79, 80 y 81, los siguientes: "Artículo 76.Los infractores al monopolio postal serán sancionados con multa de cinco a quince sueldos vitales mensuales. En caso de reincidencia, podrá duplicarse el monto de dicha multa. El sueldo vital a que se refiere el presente artículo y los demás de este párrafo, es el correspondiente a la escala "A" de los empleados particulares del Departamento de Santiago." "Artículo 77.Las multas serán aplicadas por el Director Nacional de Correos y Telégrafos, mediante resoluciones administrativas, con el mérito del informe y antecedentes que le proporcione el Jefe Zonal respectivo." "Artículo 78.Corresponderá a los Jefes Zonales, dentro de sus respectivas jurisdiciones, conocer de las denuncias que se les formulen por infracciones al monopolio postal y disponer de oficio las investigaciones que estime necesarias para verificarlas. Reunidos los antecedentes se oirá al infractor en una audiencia de la cual se levantará acta que se remitirá al Director Nacional. Si el infractor no asistiera, se dejará constancia de ello." "Artículo 79.Las denuncias de infracciones al monopolio postal, podrán presentarse ante cualquier funcionario del Servicio, verbalmente o por escrito, las que se pondrán en conocimiento del Jefe Zonal de inmediato. Los objetos de correspondencia comprendidos en la violación al monopolio postal serán requisados por la autoridad administrativa. Para los efectos de comprobar los hechos constitutivos de la infracción, el Jefe Zonal podrá disponer visitas de inspección. Los funcionarios que las realicen tendrán, para, estos efectos, la calidad de Ministros de Fe y podrán requerir directa y previamente el auxilio de la fuerza pública con sólo el mérito de la orden expedida por el Jefe Zonal." "Artículo 80.Las citaciones y notificaciones a los infractores o a sus representantes se harán por carta certificada dirigida a su domicilio o residencia, dejándose constancia en los antecedentes y entendiéndose notificada tres días después de su envío." "Artículo 81.El infractor que pagara la multa dentro de los diez días siguientes a la notificación del fallo, podrá reclamar de ella ante el Juez en lo Civil de Mayor Cuantía del Departamento en que tenga su asiento la Jefatura Zonal respectiva. La reclamación se tramitará conforme al Juicio Sumario, se conocerá y fallará en única instancia y la prueba se apreciará en conciencia, tanto en el procedimiento judicial como, en el administrativo. Actuará como parte en el juicio el Abogado Procurador Fiscal y, donde no lo hubiere, el Secretario Abogado de la Intendencia que corresponda. Si el infractor no pagare la multa dentro del plazo señalado el Abogado Procurador Fiscal o el Secretario Abogado de la Intendencia en su caso, actuando como parte en representación del Fisco, podrán demandar al infractor en juicio ejecutivo. El Juez despachará el mandamiento de ejecución que dispuso la multa. No se admitirán otras excepciones que las de pago y prescripción." Artículo 28.Sustituyese el artículo 82, por el siguiente : "Artículo 82.Cada infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 3º y 6º será sancionada con una multa de cinco a veinte sueldos vitales mensuales, que se aplicará con sujeción a lo prescrito en los artículos 76 a. 81 precedentes." Artículo 29.Sustituyese en el artículo 88 la expresión "instalaciones telegráficas o telefónicas" por la siguiente: "instalaciones de telecomunicaciones ocupadas por el Servicio Nacional de Correos y Telégrafos." Artículo 30.Agregúese en el artículo 89, intercalada entre la. palabra "impone"' y la locución "el párrafo 3°", la siguiente expresión: "Título II y." Artículo 31. Sustituyese al final del inciso primero del artículo 90 la expresión "multa de un décimo de sueldo vital mensual a un sueldo vital mensual", por la siguiente: "multa de un sueldo vital mensual a. diez sueldos vitales mensuales." Artículo 32.Sustituyese el artículo 91 por el siguiente: "Artículo 91. El infractor a la disposición del artículo 50 incurrirá en una multa de cincuenta veces el valor de la especie vendida. Una mitad de ¡a multa será a beneficio del denunciante. La multa de que trate este artículo será aplicada de acuerdo a lo prescrito en los artículos 76 a 81 de este párrafo." Artículo 33.Sustituyese en el artículo 84 la locución "artículo 78" por la expresión "artículo 73.". Artículo 34. Suprímese en el artículo 95 la frase: "ingresará en arcas fiscales y la otra." "Artículo 35. Suprímese el artículo 97 e incluyese como artículos 97, 98 y 99, 100 y 101, los siguientes : "Artículo 97. Para ingresar al Servicio, en calidad de empleado, en cualquiera de las nomenclaturas de la Planta Administrativa "A", deberán reunirse, además de los requisitos generales, los siguientes: a) haber rendido satisfactoriamente el 6º año de humanidades o estudios equivalentes, y b) haber aprobado el curso respectivo en la Escuela Postal Telegráfica. Los aspirantes egresados de la Escuela Postal Telegráfica percibirán una asignación mensual equivalente a un sueldo vital correspondiente al departamento de Santiago. Para ingresar a la Planta Administrativa "B" se requerirá además de las exigencias generales, haber rendido satisfactoriamente el 3er año de humanidades o su equivalente. Sin embargo, será necesario acreditar: a) los mecánicos de Telégrafos, haber egresado con el grado de oficios, en la especialidad de mecánica o electricidad, de escuelas industriales o de minas, reconocidas por el Estado; b) los mecánicos choferes, estar en posesión de licencia de chofer profesional y habar egresado con el grado de oficios en la especialidad de mecánica de escuelas industriales y politécnicas reconocidas por el Estado, o bien, de cursos de mecánica de automóviles seguidos en dichos establecimientos, y c) los guardahilos, que deberán aprobar un examen de competencia sobre la especialidad en la forma que determina el reglamento. "Artículo 98. Para optar a la Planta Directiva, Profesional y Técnica, el personal de la Planta Administrativa "A" del Servicio de Correos y Telégrafos, deberá haber aprobado previamente los cursos de capacitación y perfeccionamiento organizados por la Escuela Superior del ramo. Esa misma exigencia regirá para ser promovidos a cargos superiores y para optar a cambios de nombramiento. Para estes efectos se entenderá por cargos superiores los empleos directivos de 2ª, 3ª y 4ª categoría. El régimen y modalidad de estos cursos se establecerán en el reglamento correspondiente. El requisito exigido en los incisos anteriores no regirá para el funcionario que a la fecha de publicación de la presente ley esté ubicado en grado 2° o superiores." "Artículo 99. Los funcionarios del Servicio que fueren ascendidos o promovidos sólo devengarán la mayor renta a que tienen derecho por dicho concepto, si asumieren efectivamente en sus nuevas destinaciones dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que el decreto o resolución respectivo hubiere quedado totalmente tramitado, sin perjuicio de las excepciones legales." "Artículo 100. Los Agentes Postales gozarán, de acuerdo con el tráfico que atiendan, de un subvención fiscal, en conformidad con la legislación vigente." "Artículo 101. Los valijeros del Servicio harán imposiciones como obreros en el Servicio de Seguro Social y tendrán derecho a la asignación familiar obrera. Las remuneraciones imponibles de este personal no podrán ser inferiores al salario mínimo obrero vigente." Artículo 36. Los 98, 99 y 100 quedan como 102, 103 y 104, respectivamente. Artículo 37. Sustituyese la expresión "Párrafo 12 otras disposiciones", por la siguiente: "Párrafo 12 del Presupuesto del Servicio". Artículo 38. Incluyese en el Párrafo 12 del Presupuesto del Servicio, como artículos 105, 106 y 107, 108, 109 y 110, los siguientes: "Artículo 105. Créase un fondo especial que se formará con los ingresos provenientes de: El producto de todas las multas de carácter Penal y Administrativo, establecidas en la presente ley, por infracciones a normas relativas al servicio postal y telegráfico; El producto de los contratos de publicidad y propaganda; Los fondos provenientes de operaciones filatélicas; El producto del remate de la correspondencia y encomiendas rezagadas; El producto del comiso establecido en el Nº 3 del artículo 69, de esta ley; El producto de los contratos relativos a máquinas franqueadoras, y g) Las indemnizaciones por daños a bienes del Servicio. Estos fondos se depositarán en una Cuenta de la Tesorería General de la República, a nombre de la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos, y sobre la cual podrá girarse para atender los gastos y adquisiciones que demande el funcionamiento, mantenimiento, desarrollo de los Servicios y bienestar del personal. Con estos fondos, además, podrán cancelarse los gastos derivados de la celebración de congresos y atención de delegados de organismos de comunicaciones extranjeros, como asimismo, la celebración de la Semana Internacional de la Carta. El Director Nacional deberá rendir cuenta trimestral del uso de los fondos respectivos; no pudiéndose pagar remuneraciones con cargo a ellos." "Artículo 106. Con autorización escrita del Ministerio de Hacienda, el Director Nacional del Servicio de Correos y Telégrafos podrá girar, sin que medie decreto previo de fondos, hasta los montos aprobados en el Presupuesto Corriente en monada nacional, para atender gastos provocados por accidentes, sismos, temporales, incendios o cualquiera situación de emergencia que produzca alteraciones y aumento de tráfico en las operaciones del Servicio o por circunstancias extraordinarias, graves o urgentes. Las cantidades giradas se deducirán de los decretos de fondos que se cursen en el ejercicio." "Artículo 107. Autorízase al Director Nacional del Servicio para emitir giros globales contra. Tesorería, a fin de cancelar los derechos estatutarios adeudado al personal." "Artículo 108. Autorízase al Director Nacional del Servicio para adquirir bienes de consumo sin la intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, hasta por un máximo equivalente a tres sueldos vitales anuales del departamento de Santiago." "Artículo 109.El Servicio de giros postales y telegráficos se hará con los fondos de la propia emisión, pero la Tesorería General de la República y el Banco del Estado podrán facilitar las operaciones de acuerdo con las disposiciones que regulen la materia." "Artículo 110. El Ministerio de Hacienda podrá autorizar al Director Nacional de Correos y Telégrafos que gire, sin necesidad de decreto supremo, en los meses de enero y febrero de cada año, hasta un valor equivalente a dos duodécimos de las sumas consultadas en el Presupuesto del Servicio en los rubros para atender el pago de valijeros y para pagar a los agentes postales, mientras se tramitan los decretos de autorización de fondos correspondientes y aun cuando no se encuentren totalmente tramitadas las respectivas designaciones." Artículo 39. Suprímese el párrafo 12 Otras Disposiciones e incluyese a continuación del artículo 110, el siguiente: "Párrafo 13 Otras Disposiciones." Artículo 40. Suprímeme los artículos 101, 102 y 103. Artículo 41. El artículo 104 queda como artículo 111. Suprímese en este artículo el inciso segundo. Artículo 42. Los artículos 105 y 106 quedan como artículos 112 y 113, respectivamente. Artículo 43. Suprímense los artículos 107 y 108 e inclúyense como artículos 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125 y 126, los siguientes: "Artículo 114.Facúltase al Presidente de la República, para que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 22 a 25, de la ley 15.113, pueda adquirir terrenos para la construcción de edificios destinados a la habilitación de oficinas, dependencias o habilitaciones para el Servicio y su personal y para adquirir, además, con arreglo a lo previsto en los artículos 24 y 25 de la misma ley, casas, locales o edificios prefabricados o de construcción ligera. Asimismo, tratándose de la adquisición para el Servicio Nacional de Correos y Telégrafos de inmuebles o parte de ellos por construir, el Presidente de la República queda facultado para anticipar una cuota inicial al vendedor, tan pronto se celebre la respectiva promesa de venta. Esto se aplicará siempre y cuando hubiese fondos disponibles en los ítem respectivos y previa aprobación del Ministerio de Hacienda". "Artículo 115.El Ministerio de Obras Públicas o el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo en su caso podrán por Decreto Supremo fundado autorizar al Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, para que contrate obras de ampliaciones, reparaciones e instalaciones sin su intervención". "Artículo 116. Los trabajos extraordinarios que efectúe el personal del Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, previamente autorizado por el Ministerio de Hacienda, no estarán sujetos a la limitación de horario nocturno o de días, festivos establecidos en el artículo 79 del D.F.L, Nº 338 de 1960". "Artículo 117.Autorízase al Presidentt de la República para poner a disposición de la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos, por una sola vez con carga a los recursos que crea la presente ley, una suma equivalente a dos duodécimos de los fondos consultados en el Presupuesto Corriente en moneda nacional para el pago de viáticos, correspondiente al año respectivo, con el objeto de incrementar el fondo especial creado por el artículo 22 de la Ley 11.867, de 1955. Mantiénese en todas sus partes lo establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 22 de la ley antes mencionada". "Artículo 118.Instituyese, en beneficio de los miembros activos de la Asociación Postal Telegráfica de Chile, la celebración del "Día del Gremio Postal Telegráfico", el primer sábado de diciembre de cada año. El día señalado anteriormente, el Servicio de Correos y Telégrafos atenderá sólo la correspondencia postal telegráfica urgente, para lo cual, la Superioridad del Servicio deberán disponer turnos mínimos de emergencia". "Artículo 119.La Escuela Postal Telegráfica dictará periódicamente cursos de Técnicos en Telecomunicaciones y de Administración Postal para el personal del Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, los que tendrán una duración mínima de tres años, debiendo ser aprobados los programas respectivos por decreto supremo firmado por los Ministros de Interior y de Educación Pública. Obtendrán el título de Técnicos de Tetelecomunicaciones o de Técnicos en Administración Postal solamente, aquellos alumnos que egresen satisfactoriamente del curso y aprueben una memoria especializada que será calificada por la Escuela Postal Telegráfica. Los alumnos egresados satisfactoriamente de los cursos Técnicos anteriores, serán reconocidos por la Escuela y recibirán el título correspondiente. Los egresados a que se refieren los dos incisos anteriores serán reconocidos en su calidad de Técnicos por el Colegio de Técnicos". "Artículo 120.El personal de Ambulantes de Correos y Telégrafos, percibirá mensualmente una asignación de línea del 50% de su sueldo base, en carácter de fija y permanente, siempre que baya cumplido a. lo menos 210 horas de trabajo en el mes desempeñando las funciones específicas de ambulante. El personal de Guarda hilos que tenga a su cargo sectores de líneas, también tendrá derecho a la asignación anterior cuya forma y condiciones de pago se regirá por un reglamento". "Artículo 121.El personal del Servicio Nacional de Correos y Telégrafos que disponga de bicicletas o motocicletas y vehículos similares percibirá una asignación mensual del 15% y 25%, respectivamente, de un sueldo vital del Departamento de Santiago, a condición que estos vehículos se utilicen en las funciones específicas de estos funcionarios". "Artículo 122.Autorízase al Director Nacional para regular la explotación postal y telegráfica a través de manuales o instrucciones internas, que indiquen con precisión y detalle los métodos y procedimientos de trabajo. Para tal efecto, se entenderán derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes relativas a esta materia una vez que entren en vigencia las nuevas instrucciones". "Artículo 123.Declárase que para todos los efectos legales, los funcionarios de Correos y Telégrafos, que jubilaron o jubilaren en grados tope de sus respectivos escalafones y que posteriormente sufrieron c sufrieren modificaciones, tendrán los derechos previsionales establecidos en el inciso primero del artículo 132 del D.F.L. 338, de 1960". ''Artículo 124.En lo que, no sean contrarios a la presente ley, serán aplicables las disposiciones del D.F.L. Nº 4, de 24 de julio de 1959, en materias que tengan relación con el Servicio Nacional de Correos y Telégrafos". "Artículo 125. Deróganse todas las disposiciones legales y reglamentarias contrarias a la presente ley o incompatibles con ésta". Disposiciones transitorias. Artículo 1º Autorízase al Presidente de la República para fijar el texto definitivo de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Correos y Telégrafos, con las modificaciones introducidas por las leyes 14,582, 15.113 y la presente ley. Asimismo, se le faculta para dictar en el plazo de 90 días, el reglamento correspondiente. Artículo 2ºDesígnase una Comisión, que presidirá el Ministro del Interior e integrarán un representante del Ministerio de Hacienda, dos representantes de la Dirección Nacional del ramo y dos dirigentes nombrados por la Asociación Postal Telegráfica de Chile, con el objeto de que en el término de un año estudie las bases para el otorgamiento de un incentivo de producción que perciba el personal de las plantas del Servicio. El Supremo Gobierno deberá presentar a la consideración del Congreso Nacional, un proyecto de ley que se fundamente en las conclusiones de la Comisión designada en este artículo. Santiago, 18 de enero de 1988. (Fdo.) : Eduardo Freí Montalva. Bernardo Leighton Guzmán". 2.- OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Nº 00021.Santiago, 18 de enero de 1968. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para, el despacho del proyecto de ley que consulta diversas medidas de fomento y desarrollo de la minería del oro. (Boletín Nº 10.834 de la H. Cámara de Diputados). Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.Bernardo Leighton Guzmán". 3.- OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 68.Santiago, 19 de enero de 1968. Tengo el agrado de poner en conocimiento de V. E. que se ha resuelto retirar la observación formulada por oficio Nº 1005, de 16 de octubre de 1967, al proyecto de ley de gracia de doña Laura Díaz Santana, comunicado por oficio Nº 2287, de 1967. En consecuencia, agradecería, a V. E. disponer se devuelva al Ejecutivo el referido proyecto de ley de gracia. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Freí Montalva. Sergio Molina Silva". 4.- OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 69.Santiago, 19 de enero de 1968. Tengo el agrado de poner en conocimiento de V. E. que se ha resuelto retirar la observación formulada por oficio Nº 1007, de 16 de octubre de 1967, al proyecto de ley de gracia de doña María Alicia Garrido Pereira, comunicado por oficio Nº 2307, de 1967. En consecuencia, agradecería a V. E. disponer se devuelva al Ejecutivo el referido proyecto de ley de gracia. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Sergio Molina Silva". 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR "Nº 95. Santiago, 18 de enero de 1968. Por oficio Nº 9872, de fecha 9 de mayo último, V. E., a petición del Honorable Diputado señor Fernando Ochagavía Valdés, solicitó obtener la instalación de un equipo radiotransmisor en Caleta Hornopirén, ubicada en Río Negro. Al respecto, me es grato remitir, para conocimiento de V. E. y del Honorable Parlamentario mencionado, el oficio Nº 241, de 16 de enero del año en curso, de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, por el que se informa sobre el particular. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán". 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES. "Nº 137. Santiago, 22 de enero de 1968. Me refiero al oficio Nº 12.229 de fecha 7 de noviembre pasado de la Honorable Cámara de Diputados, por el cual se solicita a esta Secretaría de Estado adoptar las medidas pertinentes, a fin de aumentar las remuneraciones del personal de garzones que trabajan en los coches-comedores de los trenes de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, petición hecha por el Honorable Diputado Luis Tejeda Oliva. Consultada la mencionada Empresa al respecto, ha informado a este Ministerio que la explotación de los coches comedores tanto de la Red Norte como los de la Red Sur, están entregados en concesión al señor Francisco Nocentino y a la Organización Nacional Hotelera S. A., respectivamente, y que las bases por las cuales se rigen esas concesiones no permiten a esa Empresa determinar cuál será la remuneración que los concesionarios deban pagar a su personal. No obstante, la. Empresa debe hacer cumplir a sus concesionarios, las leyes y disposiciones reglamentarias que les afecten, especialmente en las obligaciones con su personal; para esto los afectados deben denunciar el incumplimiento de la ley o disposición respectiva, indicando en qué consiste el incumplimiento; sin embargo el oficio de la referencia no dice que se está infringiendo alguna ley, razón por la cual esa Empresa no puede intervenir. Es cuanto puedo informar a U. S. Dios guarde a US. (Fdo.) : Sergio Ossa Pretot." 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1910. Santiago, 10 de enero de 1968. Esta Secretaría de Estado ha recibido de esa Honorable Corporación el oficio de la referencia que dice relación con la petición del Honorable Diputado don Jorge Cabello Pizarro, formulada en orden a obtener para el Liceo de Niñas de Talca un equipo dental. Al respecto, me es grato manifestar a US. que la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas se encuentra preocupada de la importación de algunos equipos dentales, los que llegarán al país dentro del año en curso. En caso de realizarse esta importación se acogerá favorablemente la petición por la Junta de Auxilio Escolar y Becas ya citada. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1918. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 11840 de 10 de octubre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Manuel Cantero Prado, en el sentido de que se le informe acerca de la construcción de un nuevo edificio para el Instituto Superior de Comercio de Valparaíso, me permito informar a US. que esta obra está en estudio en la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 9.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1904. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al Oficio Nº 11665, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Guido Castilla Hernández, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la instalación de una escuela en el sector denominado El Colo, de la comuna de Colbún, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios para construir una escuela en dicho sector, en una futura programación de construcciones escolares para la provincia de Linares. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 10.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1890. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al Oficio Nº 10879 de 1º de agosto ppdo., relacionado con la petición formulada por el H. Diputado don Renato Emilio de la Jara Parada, en el sentido de adoptar diversas medidas en favor de la Escuela Nº 4 de comuna de Négrete, provincia de BíoBío, me permito informar a US. lo siguiente: 1.Se ha tomado debida nota de las necesidades de nuevas creaciones de plazas de profesores para la Escuela Nº 4 de comuna de Negreta, a fin de considerarlas en el presente año. 2.Se ofició a la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares a fin de que estudie la posibilidad de atender la petición de construcción y habilitación de una clínica médico dental y el aumento de salas de clases. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 11.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1894. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al Oficio Nº 12469, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Mario Dueñas Avaria, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción de un nuevo local para la. Escuela Nº 38 de la provincia de Linares, me permito informar a US. que se harán los estudios pertinentes para incluir la construcción de dicha escuela en futuros planes de construcciones escolares. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 12.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1895. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12493 de 22 de noviembre de 1967, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Fermín Fierro Luengo, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción de 7 nuevas salas de clases en el edificio que ocupa la Escuela Nº 7 de Curanilahue, del departamento de Arauco, me permito informar a US. que se harán los estudios correspondientes para incluir la ampliación de dicha escuela, en una próxima programación de construcciones escolares, para esa provincia. Saluda atentamente US. (Fdo.) : Juan Gómez Milla." 13.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1914. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 11257 de 22 de agosto ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Garcés Fernández, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener diversas construcciones de locales escolares en la provincia de Curicó, me permito informar a US lo siguiente: La Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios escolares hará los estudios correspondientes para incluir las ampliaciones de las Escuelas Nº 10 de Rauco, Nº 5 de La Huerta, Nº 27 de Barbarrubia, Nº 15 de Orilla de Navarro y las reparaciones de la Escuela N° 8 de Hualañé en futuros planes de construcciones escolares para la provincia de Curicó. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 14.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1905. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al Oficio Nº 11676, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Garcés Fernández, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener que, a la brevedad posible, se construya un local para la escuela de Vichuquén, de la provincia de Curicó, me permito manifestar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios correspondientes para incluir la construcción de dicha escuela en una próxima programación de construcción escolar para esa provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.): Juan Gómez Millas." 15.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1903. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al Oficio Nº 11877, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Garcés Fernández, en el sentido de adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener a la brevedad posible, la construcción de locales para las escuelas de La Isla de Lontué, Sagrada Familia, Lo Valdivia y Santa Rosa de Lontué, de la provincia de Talca, me permito manifestar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares ha informado que hará los estudios correspondientes para incluir las construcciones de dichas escuelas, en una futura programación de construcciones escolares para la provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 16.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1919. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11796 de 10 de octubre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Víctor González Maertens, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener el equipamiento del Taller de Trabajos Manuales de la Escuela Nº 96 de la Población "Las Quilas" de la ciudad de Temuco, como asimismo se provea a dichos establecimientos de materiales escolares, me permito informar a US. que se ofició a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, por ser a esta entidad a quien le corresponde atender la mencionada petición. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 17.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1932.Santiago, 19 de enero de 1968. El Honorable Diputado don Ernesto Guajardo Gómez ha pedido a esta Secretaría de Estado por intermedio de US. y por oficio de la referencia, se arbitren las medidas necesarias para obtener la habilitación definitiva del local de la Escuela Nº 82, ubicada en Mirasol, del Departamento de Llanquihue, como asimismo se la dote de personal docente y auxiliar necesarios. Al respecto, me es grato informar a US. que a contar desde el mes de marzo próximo la referida escuela funcionará en un nuevo local y se le dotará del personal que se solicita, de acuerdo con la estadística escolar correspondiente. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 18.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1893.Satiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12.510, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Jorge Ibáñez Vergara, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción de la Escuela Nº 75 de Linares, me permito informar a US. que se harán los estudios pertinentes para incluir la construcción de dicha escuela en futuros planes de construcciones escolares. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 19.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1891.Santiago, 19 de enero de 1988. En atención al oficio Nº 12.513, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Jorge Ibáñez Vergara, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción de un nuevo edificio destinado al funcionamiento de la Escuela Rural Nº 38 del departamento de Loncomilla, provincia de Linares, me permito informar a US. que se harán los estudios pertinentes para incluir la construcción de dicha escuela, en futuros planes de construcciones escolares para esa provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 20.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1898. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12.571, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Duberildo Jaque Aravena, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a crear el curso correspondiente a cuarto año de humanidades en el Liceo de la localidad de Santa Juana, de la provincia de Concepción, lamento manifestar a US. que por el momento no se cuenta con profesorado idóneo para dichas clases, pero se estudiará la posibilidad de atender la petición, en el curso del presente año. Saluda atentamente a US. (Fdo.): Juan Gómez Millas," 21.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1889. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 12.400 de 15 de noviembre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Alberto Jaramillo Bórquez, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la creación de plazas de profesores en la Escuela de Los Riscos, comuna de El Carmen, provincia de Ñuble, me permito manifestar a US. que se ha tomado debida nota de las necesidades de nuevas creaciones de plazas de profesores para ¡a Escuela de Los Riscos, a fin de considerarlas en el presente año. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 22.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1912. Santiago, 19 de enero de 1988. En respuesta al oficio Nº 12.478 de 22 de noviembre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Miguel Jarpa Vallejos, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un local para el funcionamiento de la Escuela Nº 67 de "El Huape", de Chillan, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios pertinentes para incluir en futuros planes de construcciones la obra solicitada. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 23.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1892. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12.568, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Luis Martín Mardones, con el objeto de considerar la conveniencia de adoptar diversas medidas en beneficio de la Escuela Nº 31 ubicada en la Población "Rosita O'Higgins", de Chillán, me permito manifestar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios correspondientes para incluir la ampliación de dicha escuela en futuros planes de construcciones escolares para la provincia de Ñuble. Saluta atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 24.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1892. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12.484, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Luis Martín Mardones, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener que en el plan de construcciones correspondientes al año 1968 se consulte, en forma preferente, la edificación de un local para el funcionamiento del Liceo de Yumbel, me permito informar a US. que se harán los estudios correspondientes para incluir en una próxima programación, la construcción de dicho Liceo. Saluda atentamente a US. (Fdo.): Juan Gómez Millas." 25.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1901. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.192 de esa Corporación, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Julio Montt Momberg, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener que en la Ley de Presupuestos del año en curso, se consulten los recursos necesarios destinados a contruir nuevas salas de clases y un gimnasio en el edificio en que funciona la Escuela Fiscal Nº 13 de la lo calidad Villa San Pablo, de la provinciade Osorno, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios pertinentes para incluir la ampliación de dicha escuela en futuros planes de construcción. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 26.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1896.Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.331, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Julio Montt Momberg, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener que en el proyecto de ley de Presupuestos para el próximo año, se consulten los recursos necesarios destinados a la construcción de un nuevo edificio para la Escuela Fiscal Nº 61, Las Quemas, del departamento de Osorno, me permito informar a US. que se harán los estudios correspondientes para incluir la construcción de dicha escuela en futuros planes de construcciones para la provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 27.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1920.Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 12.573 de 29 de noviembre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Raúl Morales Adriasola, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un local para el funcionamiento de la Escuela Nº 15 de Huyar BajoCuraco de Vélez, de la provincia de Chiloé, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios correspondientes para que se incluya esta obra en una próxima programación para esa provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 28.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1931.Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 12.551 de 29 de noviembre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Fernando Ochagavía Valdés, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener que se ejecuten diversas obras en favor de la Escuela "Endesa" de Proyecto Natales, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios correspondientes para incluir estos trabajos en una próxima programación para la provincia de Magallanes. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 29.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1909.Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio N° 11.807 de 10 de octubre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Fernando Ochagavía Valdés, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un nuevo local para la Escuela Nº 21 de Huenao, departamento de Quinchao, tengo el agrado de informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios pertinentes para incluir esta obra en futuros planes de construcciones escolares para la provincia de Chiloé. Saluda atentamente a US. (Fdo.): Juan Gómez Millas." 30.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1907. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.691, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Mario Palestro Rojas, en el sentido de informar acerca de si se contempla en los programas de esta Secretaría de Estado, la construcción de una nueva escuela en la Población "Bélgica", de la comuna de La Granja, me es grato manifestar a US. que la construcción de dicha escuela no se encuentra consultada en los programas de construcciones escolares, por lo tanto, la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios necesarios para que sea incluida en una próxima programación. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 31.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1900. Santiago, 19 de enero de En atención al oficio Nº 11.314, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Manuel Rodríguez Huenumán, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la ampliación del edificio que ocupa la Escuela Consolidada de San Vicente de TaguaTagua, provincia de O'Higgins, me permito manifestar a US. que dicha escuela se transformará en un Centro de Educación Media que está considerado en el programa tentativo de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para el año en curso. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 32.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1897. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.406, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Rosales Gutiérrez, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción de un edificio para la Escuela Nº 41 de la localidad de La Cruz, de la comuna de Rancagua, me permito informar a US. que se harán los estudios para incluir la construcción de dicha escuela, en futuros planes de construcciones escalares para la provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 33.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1899. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.979 de 17 de octubre de 1967, relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Rosales Gutiérrez, en el sentido de adoptar las medidas tendientes a obtener la construcción del nuevo edificio en que debe funcionar la Escuela Nº 2 de la localidad de San Vicente de TaguaTagua, me permito informar a US. que la construcción de dicha escuela, se encuentra incluida en el plan tentativo de la S.C.E.E. para el año en curso con fondos del Consejo Consultivo del Cobre. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas". 34.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1908. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.762 de 10 de octubre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Sívori Alzérreca en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un nuevo local para la Escuela Nº 20 de Tronicura, comuna de Los Sauces, provincia de Malleco, me per mito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios pertinentes para incluir esta obra en futuros planes de construcciones escolares para esa provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 35.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1911. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.737 de 10 de octubre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Carlos Sívori Alzérreca en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un nuevo local para la Escuela Nº 20 de Pemehue, departamento de Collipulli, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios pertinentes para incluir esta obra en futuros programas de construcciones escolares para la provincia de Malleco. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 36.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 188. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 12.583 de 29 de noviembre ppdo., relacionado con la petición formulada por el Honorable Diputado don Pedro Stark Troncoso, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener la construcción de un local para la comuna de Nacimiento, provincia de BíoBío, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edicios Escolares hará los estudios correspondientes para incluir esta obra en un próximo programa para esa provincia. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 37.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA Oficio del señor Ministro de Educación Pública, con el que da respuesta al que se envió en nombre del señor Tejeda, sobre habilitación de un edificio para el funcionamiento de la Escuela Nº 46, de Villa Mercedes, provincia de BíoBío. 38.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1902. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 12.596, relacionado con la petición formulada por los Honorables Diputados señores Fernando Santiago Agurto, Galvarino Melo Páez y Jorge Montes Moraga, referente a la conveniencia de dejar sin efecto la medida que se habría adoptado en el sentido de trasladar el Liceo Fiscal que funciona en la ciudad de San Rosendo a la localidad de Laja, de la provincia de Concepción; como, asimismo, que se nombre al rector que debe dirigir dicho establecimiento educacional, me permito manifestar a US. que no se ha producido ningún traslado del Liceo de San Rosendo a la localidad de Laja y ya ha sido designado rector del mencionado establecimiento la profesora doña Norma Gallegos. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 39.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1917. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.481 de 14 de septiembre ppdo., relacionado con la petición formulada por los Honorables Diputados señores Pedro Stark Troncoso, Manuel Rioseco Vásquez, Fernando Buzeta González y Galvarino Melo Páez, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener las construcciones de nuevos edificios para la Escuela Industrial y la Escuela Nº 2 de Los Angeles, me permito informar a US. que se encuentra contratada la 1ª etapa de esta obra y la 2ª etapa está incluida en el plan de construcciones del año 1968 de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Saluda atentamente a US. (Fdo.): Juan Gómez Millas." 40.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1916. Santiago, 19 de enero de 1968. En atención al oficio Nº 11.485 de 14 de septiembre ppdo., relacionado con la petición formulada por los Honorables Diputados señores Pedro Stark Troncoso, Manuel Rioseco Vásquez, Fernando Buzeta González y Galvarino Melo Páez, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener que se continúen los trabajos de construcción del Liceo de Hombres de Los Angeles, me permito informar a US. que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares incluirá esta obra en una futura programación. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 41.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA "Nº 1915. Santiago, 19 de enero de 1968. En respuesta al oficio Nº 11.482 de 14 de septiembre ppdo., relacionado con la petición formulada por los Honorables Diputados señores Pedro Stark Troncoso, Manuel Rioseco Vásquez, Fernando Buzeta González y Galvarino Melo Páez, en el sentido de adoptar las medidas necesarias para obtener que se aceleren los trabajos de ampliación del Liceo de Niñas de Los Angeles, me permito informar a US. Que la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares hará los estudios correspondientes para incluir esta obra en una futura programación. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas." 42.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES "Nº 32, Santiago, 17 de enero de 1968. Me refiero al oficio de V. S. Nº 12.435, de 15 de noviembre de 1967, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado don Manuel Rodríguez H., se instale servicio de alcantarillado y se reparen los caminos de la comuna de Coltauco, provincia de O'Higgins. Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que en cuanto a la instalación de servicio de alcantarillado en la referida comuna, la Dirección de Obras Sanitarias no tiene incluido estos trabajos en sus programas de obras. Con, relación al mejoramiento y reparación de diversos caminos en Coltauco, la Oficina Provincial de Vialidad se preocupará de la mantención de éstos en conformidad a su programa de trabajo. Es cuanto puede informar a V. S. al respecto. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Sergio Ossa Pretot." 43.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL "Nº 59. Santiago, 22 de enero de 1968. En contestación al oficio de V. E. mencionado al rubro, por medio del cual el señor Diputado Juan Acevedo Pavez, solicita informes sobre el conflicto colectivo que afectó al personal de la Sociedad Comercial e Industrial Los Gobelinos, tengo el agrado de transcribir a V. E. parte del informe emitido por la Dirección del Trabajo: "En el Departamento de Negociación-Colectiva de la Dirección del Trabajo, fue firmada con fecha 20 de noviembre de 1967, el Acta de Avenimiento que puso término al conflicto colectivo de "Comercial e Industrial Los Gobelinos S. A." Según dicho documento, al personal afectado por el mencionado conflicto se le aumentan las remuneraciones vigentes al 14 de septiembre de 1967, en un 23%, desde el 15 de septiembre de 1967 y hasta el 14. de septiembre de 1968. El Acta de avenimiento tiene una duración de un año." Es todo cuanto puedo informar a V. E., sobre el particular. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : William Thayer Arteaga." 44.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA "Nº 67.Santiago, 18 de enero de 1968. Adjunto, remito a V. S., para conocimiento de esa Honorable Corporación, copia del informe emitido por el Servicio de Minas del Estado sobre el accidente ocurrido el 26 de octubre de 1967 en el Mineral de "El Teniente" y en el cual perecieron dos personas, quedando otra gravemente herida. De conformidad con la legislación sobre Policía Minera se ha aplicado a la Sociedad Mineral "El Teniente" S. A., propietaria del Mineral, la sanción correspondiente. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Alejandro Hales Jamarne." 45.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO "Nº 88. Santiago, 18 de enero de 1968. En relación a la Nota Nº 11.588 de esa Honorable Cámara, por la cual solicita a nombre del señor Diputado don Guido Castillo Hernández, que se estudie la posibilidad de incluir en Operación Sitio a la localidad de Copihue de la Comuna de Retiro, provincia de Linares, cúmpleme informar a V. E. que no habría inconveniente alguno en incluir a esa localidad en la Operación, siempre que los pobladores interesados se inscriban y cumplan con los requisitos exigidos. Es conveniente que los pobladores acudan a la Delegación de la Corporación de Servicios Habitacionales correspondiente o den a conocer sus aspiraciones al señor Intendente, quien es el Presidente de la Comisión Provincial y quien está a cargo de la coordinación de la Operación Sitio de Linares. Saluta atentamente a V. E. (Fdo.) : Juan Hamilton Depassier." 46.- OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA "Nº 3072. Santiago, 18 de enero de 1968. Por oficio Nº 12.624, de 23 de noviembre recién pasado, se ha servido V. E. comunicar las observaciones formuladas por el Honorable Diputado, don Mario Palestro Rojas, acerca de presuntas irregularidades que se habrían producido en la Empresa Periodística "La Nación", de Santiago, con el objeto de que esta Contraloría General se abocara a investigar los hechos denunciados. Sobre el particular, el Contralor General infrascrito informa a V. E. que la Empresa Periodística "La Nación" S. A. es una entidad particular, constituida como una Sociedad Anónima, en cuyo carácter se encuentra sometida legalmente al control y supervigilancia exclusiva de la Superintendencia de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio. La circunstancia de que el Fisco, como accionista, tenga intereses, no autoriza a este Organismo para ejercer ninguna labor de fiscalización pues ella, como ya se dice, está radicada en la Superintendencia respectiva. Por la razón expresada, no es posible acceder a la investigación de los hechos denunciados por el Honorable Diputado, señor Mario Palestro Rojas. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Héctor Humeres." 47.- INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA. NACIONAL, EDUCACION FISICA Y DEPORTES "Honorable Cámara: La Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes, pasa a informaros el proyecto de ley, de origen de un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", que destina recursos de la ley Nº 16.258 para financiar créditos internos o externos que se emplearán en la construcción de viviendas a través de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, y autoriza al Presidente de la República para donar caballares fiscales al Ejercita de Venezuela. Durante la discusión de este proyecta de ley, la Comisión contó con la presencia del señor Subsecretario de Guerra, don Carlos Gardeweg Costa. La Caja de Previsión de la Defensa Nacional, frente al problema habitacional que existe en el país, ha realizado un estudio con el objeto de dar solución al anhela de sus imponentes, tanto en servicio activo como jubilados, de poder contar con un bien raíz, mediante la adquisición de una casa habitación o construcción en terrenos de su propiedad o en predios que pertenezcan a Cooperativas formadas por ellos mismos. Por no contar con los recursos necesarios para llevar adelante estos planes, este instituto de previsión ha negociado un préstamo en el extranjero por US$ 3.000.000, con el objeto de destinarlo, exclusivamente, a financiar las obras proyectadas. Por el artículo lº de esta iniciativa legal en informe, se autoriza a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para destinar los recursos del Fondo de Auxilio Social, creado por la ley Nº 16.258 y el producto del préstamo a que hemos hecho mención, para depositarlo en las Asociaciones de Ahorro y Préstamo o para invertirlos en pagarés extendidos por la Caja Central de Ahorros y Préstamos o adquirir créditos hipotecarios en esas mismas instituciones, inversiones que están contempladas en el artículo 79 del D.F.L. Nº 205, de 1960. Asimismo, este artículo autoriza a este instituto de previsión para destinar los fondos a la compra de viviendas, a la adquisición de terrenos, a la edificación en ellos o en predios pertenecientes a Cooperativas de Viviendas formadas por imponentes activos o pasivos. La Caja de Previsión de la Defensa Nacional, de acuerdo con su Reglamento Interno o las disposiciones que puedan dictarse en el futuro, podrá transferir, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de esta iniciativa, las viviendas adquiridas o edificadas con los fondos destinados o que se obtengan de préstamos contratados. En la noche del sábado 29 de julio de 1967, la República hermana de Venezuela se vio afectada por una de las catástrofes más grandes de su historia, sismo que originó destrucciones y pérdidas humanas y materiales. Entre las Instituciones que sufrieron daños irreparables figura el Ejército de ese país. Son tradicionales y de todos conocidos los vínculos de amistad y solidaridad que existen entre las Fuerzas Armadas de nuestro país y las de la República hermana. El Ejército de Chile, como una manera de contribuir a paliar en parte las grandes pérdidas materiales sufridas, ha estimado del caso obsequiar al Ejército venezolano caballares adiestrados que podrán ser utilizados en actividades ecuestres de instrucción. Con el objeto de poder legalizar esta donación que quiere hacer el Ejército y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4, Nº 3, de la Constitución Política del Estado, el artículo 39 autoriza al Presidente de la República para donar dieciocho caballares fiscales al Ejército de Venezuela. El Hospital Militar, uno de los centros hospitalarios más importantes del país, tiene serias dificultades para ' mantener su Servicio de Urgencia ya que los sueldos de los médicos de esa institución están asimilados al de las Fuerzas Armadas, y sus rentas son inferiores a las que gozan estos mismos profesionales, desempeñando funciones similares en servicios de urgencia, dependientes del Servicio Nacional de Salud. La Dirección de ese establecimiento, frente a la necesidad de tener que suprimir el Servicio de Urgencia tan indispensable en un Hospital o alterar su normal funcionamiento y evitar que sus profesionales buscaran mejores expectativas en otras reparticiones, canceló, previa autorización del Ministerio de Hacienda, una asignación extraordinaria con cargo a sus recursos de Operación y Mantenimiento, como una manera de compensar, en parte, ¡a diferencia de sueldos que tiene con otras reparticiones públicas o semifiscales. Por informaciones que proporcionó el señor Subsecretario de Guerra, el gasto total de esta asignación asciende a Eº 30.899,20, que se descompone en Eº 13.020, pagado al personal médico y Eº 17.879,20, al personal paramédico. Por el artículo 4º de esta iniciativa y con el objeto de legalizar esta situación, se declaran bien efectuados los pagos de las asignaciones efectuadas por el Hospital Militar, entre los meses de mayo y diciembre de 1967, con cargo a sus propios recursos, a los médicos de urgencia y al personal paramédico de este establecimiento. La organización que últimamente se ha dado al Ministerio de Defensa Nacional, hace necesaria la creación de una Sección que recopile datos estadísticos y estudie el alcance e implicancias que tienen con ese Ministerio las leyes y los proyectos de ley que se encuentren pendientes en el Congreso Nacional. La Sección que está proyectada para funcionar bajo la dependencia de la Subsecretaría de Guerra hace necesario introducir modificaciones al D.F.L. Nº 8, de 1966, que fijó las Plantas permanentes de Oficiales y Empleados Civiles de las Fuerzas Armadas. La modificación que se contempla en el artículo 5º, no significa mayor gasto para el erario nacional y consiste en trasladar el cargo de "Asesor Estadístico" de la Dirección del Personal del Ejército, 4º Categoría, que en la actualidad se encuentra vacante, a la Planta de la Subsecretaría de Guerra, como Jefe de Sección, 4º Categoría. El artículo 105 del D.F.L. Nº 4, de 11 de octubre de 1966, que fija la clasificación, nombramientos, ascensos y calificación de las Fuerzas Armadas, forma parte! del Capítulo IV que se refiere a la "formación del Escalafón de Complemento y Lista Anual de Retiros" y dice relación con la dictación de los Decretos Supremos de los Oficiales y Empleados Civiles que deben acogerse a retiro y el número y grado de Oficiales que deben pasar al Escalafón de Complemento. Establece, asimismo, que una vez que los Decretos queden totalmente tramitados, pueden llenarse las vacantes producidas. Más adelante esta misma disposición manifiesta que el Decreto Supremo, que llame a retiro al personal afectado, deberá fijar la fecha en que éste debe hacerse efectivo, la que no podrá ser posterior en más de seis meses a la fecha de dicho Decreto, gozando el personal de Oficiales de una permanencia de seis meses más en las filas de las Fuerzas Armadas. Por el artículo 69 de este proyecto se concede a los Oficiales Generales los mismos beneficios que el D.F.L. Nº 4 otorga a los Oficiales y Empleados Civiles de las Fuerzas Armadas que deben acogerse a retiro por disposición de la Junta Calificadora de Oficiales, franquicias de las que éstos no gozan por ser miembros de la Junta Calificadora de Oficiales. Finalmente, la Comisión prestó su aprobación a una disposición que establece que los preceptos que benefician a los Oficiales Generales regirán desde el 1° de enero de 1968. La fecha de vigencia que se fijó fue para no perjudicar a los Oficiales Generales que, por disposiciones legales vigentes, deben acogerse a retiro por haber cumplido con el tiempo máximo de permanencia en las filas de las Fuerzas Armadas. Por las consideraciones antes mencionadas, la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes recomienda la aprobación de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes términos Proyecto de ley: "Artículo lºLa Caja de Previsión de la Defensa Nacional podrá destinar los recursos del Fondo de Auxilio Social creado por la ley Nº 16.258, y el producto de los créditos internos o externos que obtenga, a inversiones de las señaladas en el artículo 79 del D.F.L. Nº 205, de 1960, como asimismo, a la compra de viviendas y a la adquisición de terrenos y edificación de ellos, construcción en predios pertenecientes a Cooperativas de Viviendas formadas exclusivamente por sus imponentes. Artículo 2°Las viviendas adquiridas o edificadas de acuerdo con la autorización a que se refiere el artículo anterior, podrán ser transferidas, de acuerdo a la reglamentación vigente de la Caja o a la que se dicte en el futuro, a sus imponentes y/o al Fisco, para ser destinadas al Ministerio de Defensa Nacional. Artículo 3ºAutorízase al Presidente de la República para hacer donación al Ejército de Venezuela de 18 caballares fiscales del Ejército de Chile. Artículo 4°Se declaran bien efectuados los pagos hechos durante el año 1967 por el Hospital Militar, con cargo a sus fondos propios de operación y mantenimiento, a los médicos de urgencia de la Guardia Médica y al siguiente personal paramédico con título profesional que prestan servicios en dicho establecimiento hospitalario: Enfermeras Universitarias, Matronas, Kinesiólogos, Técnicos Laborantes y Dietistas. Artículo 5°Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. Nº 6, de 27 de agosto de 1966, publicado en el Diario Oficial Nº 26.588, de 11 de noviembre del mismo año: En la letra c) del Nº 7 de la letra B) del artículo 4, suprímese el cargo de "Asesor Estadístico, Dirección del Personal del Ejército" (IV. Categoría) y reemplázase en la suma total el guarismo "32" por "31", y En la letra A Nº 1, del artículo 4, sustituyese el guarismo "5" de "Jefes de Sección" por "6" y en la misma total "17", por "18". Artículo 6º Agrégase al artículo 105 del D.F.L. Nº 4, de 11 de octubre de 1966, los siguientes incisos: "Los Decretos Supremos que conceden retiro a los Oficiales Generales fijarán la fecha en que éstos se harán efectivos, la cual no podrá ser posterior en más de seis meses a la fecha de retiro. Desde el momento en que estos Decretos queden totalmente tramitados, se podrán ocupar las vacantes que dejen los Oficiales Generales. Los dos incisos precedentes regirán desde el 1º de enero de 1968.".". Sala de la Comisión, a 17 de enero de 1968. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Pareto (Presidente), Acevedo, Dip, doña Juana, Dueñas y Martín. Se designó Diputado informante a la señora Dip, doña Juana. (Fdo.) : Patricio Goycolea Lira, Secretario de la Comisión." 48.- MOCION DEL SEÑOR BUZETA La Municipalidad de Conchalí ha solicitado del Gobierno el patrocinio de un proyecto de ley que autorice a esa Corporación para transferir gratuitamente un predio de su propiedad, ubicado en la población Venezuela, a la Comunidad Israelita Ashkenazi de Santiago (Kehila) para que ésta construya una Policlínica que prestará atención gratuita a la Población de dicha comuna. Como dato informativo cabe señalar que dicho predio se encuentra inscrito a fojas 337, Nº 373 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1967. La finalidad que se persigue con la petición expresada es digna de todo encomio, ya que con ello se beneficiará a un gran número de personas que, carentes de recursos, podrán tener, en forma oportuna y adecuada, atención de servicio médico de urgencia dentro del territorio comunal al cual pertenecen. Atendido lo expuesto, el Ejecutivo ha estimado que la cesión de que se trata llegue a materializarse en breve plazo y es por ello que vengo en someter a vuestra consideración a fin de que tengáis a bien tratarlo en el actual período de sesiones extraordinarias el siguiente Proyecto de ley: Artículo lº.- Autorízase a la Municipalidad de Conchalí para transferir gratuitamente a la Comunidad Israelita Ashkenazi de Santiago (Kehila) el predio de su propiedad ubicado en la Población "Venezuela", ex "El Hogar", inscrito a fjs. 337, Nº 373, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 1967. Articula 2º.- La Comunidad Israelita Ashkenazi de Santiago (Kehila) destinará el predio a que se refiere el artículo anterior a la construcción de una Policlínica que prestará atención gratuita a la población de la comuna de Conchalí. Artículo 3º.- La transferencia a que se refiere el artículo lº estará exenta del pago de impuestos, derechos y gravámenes, y del trámite de la insinuación previsto en el artículo 1.401 del Código Civil. Artículo 4º.- Si por cualquiera causa el predio individualizado en el artículo 1° se destinara a fines diversos a los que señala esta ley, o no se diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29, o si desapareciere la Institución beneficiada, o dejare de prestar los servicios la Policlínica, por más de un año, por el solo ministerio de la ley quedará sin efecto la transferencia gratuita y el dominio del predio volverá a la Municipalidad de Conchalí. (Fdo.) : Fernando Buzeta G." 49.- OFICIO DE LA CORTE SUPREMA. "Nº 0218. Santiago, 20 de enero de 1968. Acuso recibo del Oficio Nº 12.841 de 26 de diciembre de 1967, recibido en esta Secretaría el 18 del actual, por el que se solicita del Tribunal la designación de un Ministro en Visita para que conozca de los hechos cuyos antecedentes aparecen consignados en los documentos que en copia se agregan al indicado oficio, relacionados con el presunto homicidio cometido en la persona de doña Luisa del Carmen Donoso Quevedo y que se investiga en el Juzgado de Puerto Montt. Esta Corte, en acuerdo de hoy día, ha dictado la resolución que a continuación se transcribe: "Santiago, veinte de enero de mil novecientos sesenta y ocho. "Remítase a la Corte de Apelaciones de Valdivia, a fin de que si no lo hubiera hecho, proceda a designar a uno de sus Ministros para que se constituya en Visita Extraordinaria en el Juzgado de Puerto Montt para el conocimiento y fallo del proceso incoado con motivo de la muerte de Luisa del Carmen Donoso Quevedo. "Acúsese recibo, transcribiéndose lo resuelto. (Fdo.) : O. Manes Benítez. Ramiro Méndez B. José Ma. Eyzaguirre E. M. Eduardo Ortiz S.- Bórquez M. Ricardo Martín D. Rafael Retamal L. Luis Maldonado B. Urbano Marín Rojas. Alfredo Bascuñán Puga. Sea Sub.". Dios guarde a V. S. (Fdo.): Osvaldo Illanes Benítez. Alfredo Bascuñán Puga". 50.- COMUNICACION. Del señor Embajador de la República Oriental del Uruguay con la que agradece el homenaje rendido en esta Cámara por el fallecimiento del ex Presidente de esa Nación, General don Oscar D. Gestido. V.- TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 16. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor LARRAIN (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Terminada la Cuenta. 1.- CALIFICACION DE URGENCIA. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que consulta diversas medidas de fomento y desarrollo de la minería del oro. Si no se pide otra calificación, declararé calificada de "simple" la urgencia hecha presente. El señor SOTA.- "Suma" urgencia. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Su Señoría pide "suma" urgencia? El señor SOTA.- Ojalá, señor Presidente. Es por la minería del norte. ¿Si me permite, señor Presidente? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor SOTA.- Señor Presidente, el señor Penna y los Diputados del Norte Chico han hecho ver cuán necesaria es la aprobación de este proyecto de ley. Dentro de las posibilidades de la Tabla, y ya que el señor Penna no está en la Sala, yo le rogaría que se acordara "suma" urgencia para este proyecto, que contó con el voto favorable de todos los parlamentarios de la Comisión de Hacienda. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, ¿me permite un minuto para explicar una cosa? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Quiero hacer saber que el señor Penna, uno de los autores del proyecto, no vendrá a la Cámara por unos días, y como ésta seguramente entrará en receso en fecha próxima, no se podrá calificar este proyecto con "suma" urgencia. El señor ACEVEDO.- Solicito un minueto para dar una explicación. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, en verdad, lo que hace notar el colega Sota, es efectivo. Ha habido interés general por el pronto despacho del proyecto. Pero lo más importante era facultar al Banco Central de Chile para poner a disposición de la Empresa Nacional de Minería las diferencias de precios de la moneda acuñada durante el año 1967, y la disposición respectiva ya está en la Ley de Presupuestos. En consecuencia, para el resto del proyecto ya no se requiere la misma urgencia, y con eso queda salvada la inquietud del colega Vicente Sota. Es todo, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Si les parece a los señores Diputados, se declarará de "simple" la urgencia hecha presente. Acordado. 2.- RECESO DE LA CORPORACION. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- El señor Secretario dará lectura a una proposición de la Mesa. El señor KAEMPFE (Secretario).- La proposición de la Mesa es la siguiente: 1°Suspender las sesiones de la Corporación y de las Comisiones durante el período comprendido entre los días jueves 25 del presente y lunes 4 de marzo próximo, ambas fechas inclusive; 2ºAutorizar a la Mesa para conceder durante dicho lapso los permisos constitucionales que soliciten los señores Diputados o Ministros de Estado; y 3ºFacultar a la Mesa para citar a la Cámara con no menos de 72 horas de anticipación, a lo menos a sesiones destinadas a legislar y a sesiones de fiscalización cuando así la soliciten tres Comités Parlamentarios de distintos partidos, por lo menos. El señor SILVA ULLOA.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor MORALES (don Carlos).- ¿Podría repetir la primera parte? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Silva Ulloa; a continuación, el señor Carlos Morales. El señor SILVA ULLOA.- Señor Presidente, estoy de acuerdo en la forma en que la Mesa ha presentado la proposición. Pero a la disposición que permite citar con 72 horas de anticipación, debería agregarse otro párrafo, con el fin de que se pueda citar en el lugar en que se encuentren a los Diputados que viajan a provincia. Los parlamentarios tendrían que dejar inscrita su dirección. El señor ACEVEDO.- Se les cita por telegrama. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Me parece muy bien la idea insinuada por Su Señoría; pero como una recomendación al señor Secretario y no como parte del acuerdo. Tiene la palabra el señor Carlos Morales. El señor MORALES (don Carlos).- Señor Presidente, deseo que se lea otra vez la primera parte de la proposición. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- El señor Secretario le dará lectura. El señor KAEMPFE (Secretario).- Dice el número primero de la proposición: "Suspender las sesiones de la Corporación y de Comisiones durante el período comprendido entre los días jueves 25 del presente y lunes 4 de marzo, ambas fechas inclusive. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿ Habría acuerdo ? Acordado. 3.- AMPLIACION DEL PLAZO A LA COMISION INVESTIGADORA DE DAÑOS EN TOCOPILLA PARA INFORMAR, Y MODIFICACION DEL QUORUM PARA SESIONAR Y ADOPTAR ACUERDOS El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Se va a dar lectura a otra solicitud de acuerdo. El señor KAEMPFE (Secretario).- Los señores Silva Ulloa, Víctor Galleguillos y Pedro Muga han propuesto lo siguiente: "Los abajo firmantes, miembros de la Comisión Especial Investigadora encargada de verificar los daños causados por el movimiento telúrico en el departamento de Tocopilla y los trabajos de reconstrucción que se realizan en el puerto de Taltal, solicitamos al señor Presidente se sirva recabar de la Honorable Cámara los siguientes acuerdos: lºRebajar a cuatro el quórum para sesionar y adoptar acuerdos; y 2ºQue los plazos, tanto fijados para informar a la Cámara como el al que se refiere el inciso segundo del artículo 56 del Reglamento, o sea el informe parcial dando cuenta del estado en que se encuentra la investigación, se cuenten a contar del lº de marzo del año en curso o desde el día en que la Cámara acuerde su primera sesión después de la suspensión de sesiones." El señor LORCA, den Alfredo (Presidente).- Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. 4.- TRANSFERENCIA A SUS ACTUALES OCUPANTES DE LAS VIVIENDAS QUE FORMAN LA POBLACION "20 DE AGOSTO" DE CHILLAN Y OTRAS DE ANGOL, TRAIGUEN Y COLLIPULLI. OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- En Fácil Despacho, corresponde discutir y votar las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto que autoriza al Presidente de la República para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas que forman la Población "20 de Agosto", de la ciudad de Chillán, y otras de las ciudades de Traiguén, Angol y Collipulli. Las observaciones están impresas en el boletín Nº 10.736O. Está con el uso de la palabra el señor Rosales, a quien le restan tres minutos de su primer discurso. Puede continuar Su Señoría. El señor ROSALES.- Señor Presidente, en relación con la materia en debate, estaba narrando durante la sesión pasada un episodio que me tocó vivir y presenciar en la ciudad de Angol, con motivo de la última elección complementaria en la zona de Bío-Bío, Malleco y Cautín, y que se desarrolló, precisamente, en la población "Huequén" que se menciona en el artículo 1° de este proyecto. Decía que con motivo de la proclamación de la candidatura de nuestro colega señor Lavandero, realizada en esa población "Huequén", el Senador democratacristiano por esa zona, el señor Renán Fuentealba, prometió a los habitantes de esta población que. . . El señor SIVORI.- ¿Me permite, colega? El señor ROSALES.- Con todo gusto. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Con la venia del señor Rosales, tiene la palabra Su Señoría. El señor SIVORI.- Su Señoría está aseverando algo que el Senador señor Fuentealba no ha expresado. El dijo que la Corporación de la Vivienda tenía facultad para entregar títulos de poblaciones que se encuentran en la misma situación de la población "Huequén", no así de las que estén en otras condiciones como son las poblaciones que figuran en las observaciones del Ejecutivo. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Puede continuar el señor Rosales. El señor ROSALES.- Me alegro mucho de la interrupción del colega, porque viene a confirmar lo dicho. Tengo entendido que las demás poblaciones que figuran en este proyecto, están en las mismas condiciones de la población "Huequén" de Angol. Tengo a mi disposición una notacircular, que seguramente deben haber recibido todos los señores Diputados, que está fechada en Chillán. . . El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¿Me permite? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar Su Señoría en el de su segundo discurso. El señor ROSALES.- ...y firmada por los dirigentes del Comité de la Población "20 de Agosto", de la ciudad antes mencionada. Esta nota dice lo siguiente: "En nombre de la Junta de Vecinos de esta población, nos permitimos dirigirnos respetuosamente a usted, con el objeto de solicitarle tenga a bien rechazar el veto consignado se refiere al veto del Ejecutivo a estas tres poblaciones que figuran en el artículo 1° de este proyecto." Dice más adelante esta nota de los dirigentes de la Junta de Vecinos de esta población: "Abonan antecedentes a nuestra petición, el hecho de que en los trámites de Comisiones y de Sala, tanto en la Cámara como en el Senado, este proyecto contó con el voto unánime de los señores parlamentarios, y usted, señor Diputado, en virtud de las consideraciones que en el proyecto se hicieron valer y posesionado de su reconocido espíritu de justicia, tuvo a bien apoyarnos en nuestro más caro anhelo.". En el último párrafo se dice textualmente : "No agregamos otras razones, por cuanto al aprobarse por unanimidad, se conocieron en detalle los motivos que nos asisten para que las casas de emergencia que habitamos desde el terremoto de 1961 y que fueron construidas por erogaciones nacionales y extranjeras, sobre las cuales desde hace años estamos pagando arriendo, sean de nuestra propiedad". Ese es el texto de la nota de la Junta de Vecinos de la Población "20 de Agosto" de Chillán. Dicha población está en las mismas condiciones que la Población "Huequén" de Angol, donde vive gente muy pobre, mirmodesta, incluso campesinos que han sido lanzados de los fundos y que han buscado allí un sitio para levantar sus viviendas. En consecuencia, no puede hacerse valer la razón que da el Ejecutivo para vetar esta iniciativa: "Esta disposición dice el Ejecutivo vulnera el principio de la "no gratuidad". Señor Presidente, acabo de decir y de confirmarlo con la nota de los dirigentes de la Junta de Vecinos de Chillán, que estas poblaciones se construyeron con aportes nacionales e internacionales. Nosotros creemos de justicia que aquella gente que lo perdió todo en un terremoto, en un sismo como acaba de ocurrir en Taltal y en Tocopilla; gente que, como la de Viña del Mar, ha perdido también todos sus enseres en un siniestro, reciba ayuda. Estimamos que esa gente necesita que el Gobierno la proteja, merece que se le entreguen casas gratuitamente. Por lo demás, están pagando arriendo desde el año 1961. Por eso, quería hacer ver esta contradicción tan grande entre lo que se promete en un acto electoral o en una concentración pública y lo que efectivamente se le da a la gente. Por eso, no es extraño lo ocurrido en esa zona en la última elección complementaria de un Senador. No es extraño, incluso, lo sucedido en la ciudad de Angol. En esa comuna, el Partido Demócrata Cristiano tiene cinco Regidores, es decir, mayoría absoluta. El señor VALDES (don Arturo).- ¡Muy buenos! El señor ROSALES.- Sin embargo, allí fue derrotado el candidato de Gobierno. . . Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ROSALES.- ...y triunfó el candidato de las fuerzas populares, el señor Alberto Baltra. Esto demuestra que en la provincia de Malleco, y en toda la zona, hay descontento por la enorme cesantía que existe y que se pretendió negar. Nosotros pudimos comprobarla en las ciudades, en los pueblos, en las aldeas y villorrios de esa provincia. Por ejemplo, en Curacautín hay una industria que antes trabajaba con 3 mil ó 4 mil personas y que ahora lo hace sólo con 500 trabajadores, muchos de los cuales están amenazados de despido, de cesantía. Esta es la situación. Se prometió tierra a los campesinos. Debo manifestar que en la provincia de Malleco no se ha expropiado ni una pulgada de terreno; no se han tocado los intereses de los grandes latifundistas. Y allí hay grandes y poderosos hacendados. Al señor Presidente le consta que en esa región la reforma agraria ha quedado solamente en el papel. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ROSALES.- Lo mismo ha ocurrido en Magallanes, zona que el señor Presidente también conoce, porque la ha recorrido muchas veces. El señor SIVORI.- Entonces, hablemos también de Pisagua. El señor ROSALES.- He estado revisando las estadísticas publicadas por la Corporación de la Reforma Agraria y he pedido observar que en la provincia de Magallanes no se ha efectuado ni una sola expropiación, tampoco en la provincia de Aisén. Creo que estas contradicciones son las que han determinado la derrota del candidato de Gobierno y el triunfo del abanderado de las fuerzas populares en la zona de Bío-Bío, Malleco y Cautín, del Senador Electo de la República, profesor don Alberto Baltra. Voy a terminar mis observaciones repitiendo el argumento, tan convincente, que nos entregaron los dirigentes de la Junta de Vecinos de la Población "20 de Agosto" de Chillán. Ellos dicen: ¿cómo es posible que un proyecto de ley, que una iniciativa que beneficia a pobladores, a gente modesta, a gente humilde; que aprobó el Congreso por unanimidad, es decir, tanto la Cámara de Diputados como el Senado, sea vetada por el Ejecutivo? Entonces quiere decir que todos los Diputados y todos los Senadores se equivocaron. El único que no incurrió en error fue el funcionario que informó al Presidente de la República, o sea, el que determinó este veto, porque, seguramente, el Primer Mandatario no conoce exactamente la situación de estos pobladores. El no puede conocer en sus detalles todo lo que ocurre en el país. Seguramente el funcionario quiso tomar venganza por lo ocurrido en Angol, donde fue derrotado el candidato de Gobierno y triunfó el candidato del FRAP. Ha tomado venganza en contra de modestos pobladores, en contra de gente indigente, de personas realmente pobres que necesitan ayuda. Por eso, nosotros rechazaremos este veto del Ejecutivo por considerarlo injusto y atentatorio a los derechos de la gente pobre: de tener un sitio y una vivienda. Además, porque lo consideramos como una venganza política, que no puede ser aceptada por el Congreso ni mucho menos por esta Corporación. Eso es todo, señor Presidente. El señor GUAJARDO (don Ernesto).- Pido la palabra. El señor LORCÁ, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GUAJARDO (don Ernesto).- Señor Presidente, nosotros también vamos a votar en contra del veto del Ejecutivo, porque acogemos el pensamiento del Comité de Vecinos de la población antes referida y por que estimamos injusta esta medida. Nosotros debemos considerar lo que cuesta a los vecinos el esfuerzo realizado a través de varios años, que no ha sido comprendido suficientemente por el Gobierno, el cual a través de este proyecto de ley tiene en sus manos las herramientas necesarias para dar solución a los problemas de los vecinos de estas poblaciones. En realidad, considero contradictoria la política del Poder Ejecutivo en este sentido. A propósito de ello, quiero señalar, en esta oportunidad, que antes de las elecciones municipales, el señor Ministro de la Vivienda se trasladó a la provincia de Magallanes a entregar títulos gratuitos, con el fin de obtener, seguramente, beneficios electorales con esa acción. Esto contrasta con la actitud que se adopta en estos instantes, que sería la de no dar este beneficio a dicha población. Además, en aquella ocasión, cuando el señor Ministro de la Vivienda llegó a Punta Arenas y se dedicó a visitar las poblaciones, reiteró, una vez más, el deseo del Gobierno de legalizar la situación de los pobladores en todo el país. En aquella oportunidad, el señor Ministro de la Vivienda, para demostrar su interés por servir a los pobladores modestos, se hizo sacar más fotografías que las que se hace tomar el Presidente de la Cámara cuando visita la provincia de Magallanes. Quisiera que los parlamentarios democratacristianos, ahora, ante la difícil situación por la que atraviesan estos vecinos, rechazaran el veto del Ejecutivo para solucionar este problema y así satisfacer el anhelo de esta gente. Nada más. El señor ARAVENA (don José Andrés).- Pido la palabra. El señor BASSO.- Pido la palabra. El señor CLAVEL.- Pido la palabra. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Aravena; a continuación el señor Basso y, después, el señor Clavel. El señor ARAVENA (don José Andrés).- Señor Presidente, en el mes de septiembre recién pasado, los habitantes de varias poblaciones del país, entre ellas tres de la provincia de Malleco, recibieron con gran alegría y satisfacción, la ley por medio de la cual se les entregaban títulos gratuitos por los terrenos que han ocupado desde hace muchos años. Consideraron que, por fin, había llegado a esos hogares una migaja de tranquilidad y felicidad, ya que no se puede decir lo mismo en relación con los otros aspectos fundamentales de la vida, como por ejemplo, en materia de trabajo, educación y salud. Por el proyecto en referencia les llegó algo siquiera, que ellos valorizaron intensamente. Pero, con el transcurso de algunos meses, ese poco de felicidad que había llegado a esos hogares humildes, modestos, fue destruido por este veto del Ejecutivo. La verdad es que, si analizamos la historia de muchas poblaciones del país, encontraremos que se ha incurrido en grandes contradicciones. En la exposición de motivos del veto se argumenta que la entrega gratuita de los sitios atentaría y vulneraría el principio de "no gratuidad" de la vivienda. Pues bien, cuando se trata de proyectos presentados por parlamentarios de Gobierno, resulta que no se aplica veto alguno a las entregas gratuitas de terrenos; en cambio, si estas disposiciones son presentadas por parlamentarios de Oposición, por distintas causas, no se vacila un instante en rechazar estos beneficios que, con toda justicia, se quiere entregar a los pobladores. Creo que la provincia de Malleco está siendo castigada cada vez más por este Gobierno. Ya el colega Rosales se refirió al drama intenso que vive esa provincia. A pesar de ser eminentemente agrícola y de existir en ella grandes propiedades con características; acentuadas de latifundio, no se ha realizado una sola expropiación en beneficio de los miles de trabajadores del campo. No hay siquiera industrias medianas, y las pequeñas que existían han empezado a cerrar sus puertas, aumentando con ello la inmensa cesantía que reina ahora en esa provincia. Por estas razones, Malleco lleva, entonces, una vida bastante negra y sombría. Todas sus actividades están prácticamente paralizadas y el veto que en este momento estudia la Cámara, naturalmente acentúa más este drama que vive la provincia. Comprendemos que estas medidas del Gobierno son injustas; con ellas se está lesionando a centenares de familias modestas, muchas de las cuales ni siquiera encuentran dónde trabajar porque hasta ahora y durante muchos años han vivido en estos pedazos de terrenos donde con su esfuerzo, han construido sus pequeñas y modestas casas, en las cuales han logrado instalar luz y agua potable, organizándose en Comités y arreglando ellos mismos las calles y veredas; porque después de muchos años, en que ellos consideraban que eran los legítimos propietarios de esta tierra, se les viene a negar el derecho cíe serlo, adquirido a través de esfuerzos y sacrificio, los Diputados socialistas populares votaremos, con indignación, en contra de este veto que significa atentar en contra de los derechos y contra los intereses de centenares de pobladores humildes y modestos. Nada más, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Basso. El señor BASSO.- Señor Presidente, este proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, a sus actuales ocupantes, las viviendas de la población "20 de Agosto", de Chillán, y otras de poblaciones de emergencia constituidas en Traiguén y Collipulli contó en todos sus trámites, como aquí se ha dejado establecido, con la unanimidad de los votos de los parlamentarios de la Democracia Cristiana cuando esta moción fue presentada en la Comisión Especial de la Vivienda. Ninguno de sus miembros objetó el proyecto. Por el contrario, lo apoyaron e incluso intervinieron en su favor durante el debate desarrollado en la Comisión. Cuando este proyecto llegó a la Sala, nuevamente contó con los votos unánimes de los señores Diputados del partido de Gobierno. En efecto, no se levantó aquí una sola voz, absolutamente ni una sola voz en contra de este proyecto. El señor SIVORI.- ¿Cuándo se hicieron las indicaciones, señor PresidentEº El señor BASSO.- Ni siquiera, señor Presidente, se levantó, en contra del proyecto, la voz del Diputado señor Carlos Sívori, que en sesiones pasadas y en esta misma sesión se ha dedicado a visitar en cada asiento a los Diputados democratacristianos ... El señor SIVORI.- ¡No sea chismoso! El señor BASSO.- ...para pedirles que voten favorablemente este veto. El señor SIVORI.- Su Señoría fue Gobierno en el período pasado. ¿Por qué no le dio los títulos de dominio en ese Gobierno? No haga demagogia ahora. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡Señor Sívori, le ruego guardar silencio! El señor BASSO.- El Diputado señor Sívori, desde hace varias sesiones está dando espectáculo aquí en la Sala. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Señor Basso, le ruego referirse a la materia en debate. Puede continuar Su Señoría. El señor BASSO.- Como decía, señor Presidente, ni siquiera la voz del señor Carlos Sívori se escuchó en la Cámara para oponerse a este proyecto, y él fue aprobado por unanimidad en esta Sala. Pasó al Senado, y en su Comisión de Obras Públicas, me parece, el Senador Renán Fuentealba también lo apoyo. Por eso, me extraña... El señor SIVORI.- Eso no es efectivo. El señor BASSO.- El señor Carlos Sívori no estuvo presente en esa sesión de la Comisión del Senado, así es que no puede afirmar que no es efectivo. El señor SIVORI.- No es efectivo. El señor BASSO.- Lo que afirmó el señor Carlos Rosales tiene que ser efectivo. Y si el Senador Renán Fuentalba, en una de las proclamaciones del señor Lavandero efectuada en un pueblo de la zona que representa el señor Sívori, manifestó estar de acuerdo con el proyecto, como se ha hecho mención aquí, se justifica que haya expresado con su voz y con su voto su apoyo a la iniciativa que autoriza al Presidente de la República para otorgar títulos gratuitos de dominio a los ocupantes de la población "20 de Agosto" de Chillán y de otras. El señor ESCORZA.- Esa fue promesa de Su Señoría. El señor BASSO.- Aun más, el Senador Tomás Pablo... El señor ESCORZA.- Ahora le está echando la culpa al Senador Tomás Pablo. El señor BASSO.- Señor Presidente, ¿por qué no llama la atención al señor Escorza? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡Señor Escorza! El señor ESCORZA.- Está equivocado. El señor BASSO.- El señor BASSO.- Que me deje desarrollar tranquilo mis ideas, señor Presidente. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Señor Escorza, ruego a Su Señoría guardar silencio. El señor ESCORZA.- Con todo agrado. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Puede continuar El señor Basso. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Señor Escorza, voy a llamar al orden a Su Señoría. El señor BASSO.- Decía que el Senador Tomás Pablo no sólo apoyó en el Senado este proyecto, sino que le formuló indicaciones. Y con motivo. .. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO.- ¿Cómo puede usar ese léxico el señor Escorza? El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡ Señor Acevedo! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Señor Escorza, voy a amonestar a Su Señoría. El señor ESCORZA.- Amoneste al señor Acevedo, que me está provocando. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- La Mesa sabe a quién debe amonestar. El señor BASSO.- El señor ESCORZA.- -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡Señor Acevedo! El señor BASSO.- ...aquí en la Cámara, . . . -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- ¡ Señor Escorza! El señor BASSO.- Decía que el Senador Tomás Pablo le hizo indicaciones a este proyecto, que volvió a la Cámara en tercer trámite. Y nuevamente, señor Presidente, ... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PARETO (Vicepresidente).- Señor Escorza, ruego a Su Señoría guardar silencio. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PARETO (Vicepresidente).- ¡ Señor Sepúlveda, don Eduardo! Puede continuar el señor Basso. El señor BASSO.- Y nuevamente, en el tercer trámite, no se levantó una sola voz de parte de los Diputados de la Democracia Cristiana para oponerse a este proyecto; es decir, fue aprobado por la unanimidad del Congreso y, en esas condiciones, llegó al Ejecutivo. Ahora bien, ¿el Gobierno ha declarado en interdicción a los Diputados democratacristianos? Porque primero aprueban por unanimidad un proyecto, y después deben olvidarse de esta unanimidad y borrar con el codo lo que han escrito con la mano. . . El señor CLAVEL.- ¡Es que ahora es Presidente del Partido el señor Castillo! El señor BASSO.- ...por orden del Ejecutivo, del Presidente de la República, y, aquí en la Sala, por orden del Diputado Carlos Sívori, quien, por situaciones de carácter personal en la zona, quiere oponerse a este proyecto. Este proyecto cumple no ya sólo una función social, sino también una función humanitaria. En Chillán quedaron sin casa 160 familias con motivo del terremoto del año 1961, y 160 familias estuvieron durante meses y meses albergadas en las escuelas fiscales de Chillán. Posteriormente lo hicieron en la población de emergencia que en estos momentos podríamos decir está total y absolutamente entregada y que, como se ha afirmado aquí y como lo dice la circular enviada a cada Diputado por la Junta de Vecinos de la población "20 de Agosto" de Chillán, se levantó con erogaciones recibidas del extranjero y del país que recaudó primero, el Ministerio del Interior en aquella época y después, "El Mercurio", "La Nación", y varios otros diarios. Con esos dineros se construyó esa población de emergencia, que en estos momentos está casi destruida; desde aquella época hasta la fecha estas 160 familias han pagado arriendo y, si tuviéramos que contabilizar las sumas que han pagado, llegaríamos a la conclusión. . . El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Me permite? Ha terminado el tiempo de su primer discurso; puede continuar en su segundo discurso. El señor BASSO.- ...de que estas casas están total y absolutamente pagadas. No es posible que, en estos momentos, la Corporación de Servicios Habitacionales quiera cobrar 7, 8 ó 10 millones de pesos por estas ranchas. Allí es precisamente donde está la injusticia de este Gobierno. El señor SIVORI.- ¡ Del Gobierno pasado ! El señor BASSO.- El Gobierno pasado las construyó. El señor CLAVEL.- ¡Y el anterior era suyo! El señor BASSO.- Por esta razón, señor Presidente, a mí me parece una incongruencia y una falta total y absoluta de justicia, que los colegas democratacristianos vayan a votar favorablemente el veto del Presidente de la República. El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).- Ha terminado la hora de Fácil Despacho. 5.- INCENDIO EN LA POBLACION GOMEZ CARREÑO, DE VIÑA DEL MAR. OFICIO El señor PARETO (Vicepresidente).- Solicito la venia de la Sala para conceder la palabra, por tres minutos, al señor Eduardo Sepúlveda, que desea referirse a una importante materia de interés general. ¿Habría acuerdo? Acordado. Tiene la palabra el señor Sepúlveda. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Señor Presidente, como es de conocimiento público, ayer se originó en Viña del Mar uno de los incendios más grandes que registra la historia de Valparaíso. Afectó a un amplio sector de la comuna y ocasionó daños materiales cuantiosos, cuyo monto sólo se podrá establecer después de varios días. El fuego arrasó con 142 viviendas de los sectores 3, 4 y 5 de la población Gómez Carreño. También alcanzó algunas viviendas del recinto Granadilla e incluso el local social del club de golf que allí funciona. El incendio tuvo su origen en la parte alta del edificio del Valparaíso Sporting Club, el que, con la acción del fuerte viento y del intenso calor del día lunes, fue tomando incremento hasta transformarse en una tragedia nacional. En este momento hay 80 damnificado:, absolutos, o sea, gente que al perder su casa y todos sus enseres, sólo se ha quedado con lo que llevaba puesto. El Presidente de la República, las autoridades de Valparaíso y los parlamentarios de todos los sectores, se trasladaron al lugar de los hechos para imponerse en el terreno mismo de esta tragedia nacional. La abnegada labor realizada por los cuerpos de Carabineros y de bomberos, y por el personal municipal y los diversos grupos gremiales que se hicieron presentes, como el Sindicato de Transportes de camiones, mostró, una vez más, la calidad humana de estos servidores. Y este esfuerzo que destacamos, no sólo debe traducirse en el reconocimiento público más amplio, sino en el estudio de un proyecto que entregue los medios necesarios para cumplir con esta difíciles tareas, que no siempre son comprendidas. La representación parlamentaria de Valparaíso solicita de la Honorable Cámara que se dirija oficio al señor Ministro del Interior y al señor Presidente de la República para que, con cargo al llamado "2% constitucional" reservado para calamidades públicas, se vaya en ayuda inmediata de los damnificados. Y, además, se disponga, con preferencia, que los servicios del Estado doten de los elementos indispensables a la población Gómez Carreño, que tiene no menos de treinta mil habitantes. Desde luego, hay que establecer un servicio de emergencia, instalar una policlínica, tener una ambulancia y equipar al cuerpo de bomberos, a fin de atender y socorrer a las personas que fueron dañadas con la catástrofe de ayer. El señor PARETO (Vicepresidente).- Si le parece a los señores Diputados se enviará el oficio en nombre de la Corporación. Acordado. 6.- RECURSOS PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS DE LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL. DONACION DE CABALLARES CHILENOS AL EJERCITO DE VENEZUELA El señor PARETO (Vicepresidente).- En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto que autoriza la donación de caballares chilenos al Ejército de Venezuela, respecto del cual la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes solicita que se faculte a la Mesa para caratulado de nuevo, de acuerdo con las disposiciones que posteriormente fueron aprobadas. ¿Habría acuerdo para proceder así? Acordado. Diputada informante es la señora Juana Dip. El proyecto, impreso en el boletín Nº 10.841, es el siguiente: "Artículo 1° La Caja de Previsión de la Defensa Nacional podrá destinar los recursos del Fondo de Auxilio Social creado por la ley Nº 16.258, y el producto de los créditos internos o externos que obtenga, a inversiones de las señaladas en el artículo 79 del D.F.L. Nº 205, de 1960, como asimismo, a la compra de viviendas y a la adquisición de terrenos y edificación de ellos, construcción en predios pertenecientes a Cooperativas de Viviendas formadas exclusivamente por sus imponentes. Artículo 2° Las viviendas adquiridas o edificadas de acuerdo con la autorización a que se refiere el artículo anterior, podrán ser transferidas, de acuerdo a la reglamentación vigente de la Caja o a la que se dicte en el futuro, a sus imponentes y/o al Fisco, para ser destinadas al Ministerio de Defensa Nacional. Artículo 3º Autorízase al Presidente de la República para hacer donación al Ejército de Venezuela de 18 caballares fiscales del Ejército de Chile. Artículo 4º Se declaran bien efectuados los pagos hechos durante el año 1967 por el Hospital Militar, con cargo a sus fondos propios de operación y mantenimiento, a los médicos de urgencia de la Guardia Médica y al siguiente personal paramédico con título profesional que prestan servicios en dicho establecimiento hospitalario : Enfermeras Universitarias, Matronas, Kinesiólogos, Técnicos Laborantes y Dietistas. Artículo 5ºIntrodúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. Nº 6, de 27 de agosto de 1960, publicado en el Diario Oficial Nº 26.588, de 11 de noviembre del mismo año: En la letra c) del Nº 7 de la letra B) del artículo 49, suprímese el cargo de "Asesor Estadístico Dirección del Personal del Ejército" (IV Categoría) y reemplázase en la suma total el guarismo "32" por "31", y En la letra A), Nº 1, del artículo 49, sustituyese el guarismo "5" de "Jefes de Sección" por "6" y en la suma total "17", por "18". Artículo 6ºAgrégase al artículo 105 del D.F.L. Nº 4, de 11 de octubre de 1966, los siguientes incisos: "Los decretos supremos que conceden retiro a los Oficiales Generales fijarán la fecha en que éstos se harán efectivos, la cual no podrá ser posterior en más de seis meses a la fecha de retiro. Desde el momento en que estos decretos queden totalmente tramitados, se podrán ocupar las vacantes que dejen los Oficiales Generales. Los dos incisos precedentes regirán desde el lº de enero de 1968.".". El señor PARETO (Vicepresidente).- En discusión el proyecto. La señora DIP.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora DIP.- Señor Presidente, la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes me ha encargado informar el proyecto de ley, calificado como de simple urgencia, que destina recursos de la ley Nº 16.258 para financiar créditos internos o externos que se emplearán en la construcción de viviendas a través de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, y que autoriza al Presidente de la República para donar caballares fiscales al Ejército de Venezuela. El Ejecutivo formuló, durante la discusión del proyecto, diversas indicaciones tendientes a solucionar los problemas que más adelante se analizan. Consecuencia de ello es el texto de seis artículos que la Comisión propone aprobar, a cambio del artículo único que contenía el proyecto de ley original. Por el artículo 1º se autoriza la destinación de los recursos del Fondo de Auxilio Social, creado por la ley Nº 16.258, y del producto de los créditos internos o externos que obtenga la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, a la compra de viviendas, adquisición de terrenos y construcciones, como asimismo, a las inversiones que establece el artículo 79 del decreto con fuerza de ley Nº 205, de 1960. Por el artículo 2º, se dispone que la transferencia de las adquisiciones o construcciones referidas, se hará de acuerdo con la reglamentación vigente de la Caja. Estas disposiciones obedecen a un estudio realizado por la Caja y tienen por objeto dar solución al serio problema habitacional que afecta a sus imponentes, tanto en servicio activo como jubilados, para lo cual, entre otras medidas, ha tramitado un préstamo en el extranjero, por 3 millones de dólares, que se destinarán a conseguir las finalidades referidas. Por el artículo 3º se concede autorización al Presidente de la República para hacer una donación. Los vínculos de solidaridad y de amistad que siempre han existido entre las Fuerzas Armadas de la República de Venzuela y el nuestro, han llevado al Ejército chileno a tomar una actitud de comprensión hacia el país hermano que fue afectado por la catástrofe del 29 de julio recién pasado, que tantos daños ocasionó. Es así como se donan dieciocho caballares fiscales, adiestrados, que podrán ser utilizados en actividades ecuestres de instrucción del ejército venezolano. Por el artículo 4º se subsana la situación transitoria producida en el Hospital Militar durante 1967, con motivo de pagos efectuados al personal paramédico con título profesional. Por el artículo 5º se introducen al D.F.L. Nº 4, de 1966, con el objeto de crear una sección de recopilación de datos estadísticos y de estudios y alcances de leyes relacionadas con el Ministerio de Defensa Nacional, la que no significará mayor gasto, por cuanto se hará con simples cambios de ubicación y nominación en los escalafones. Finalmente, por el artículo 6º se concede a los Oficiales Generales los mismos beneficios otorgados a los Oficiales y empleados civiles de las Fuerzas Armadas que se acogen a retiro por resolución de la Junta Calificadora de Oficiales, lo que encierra una manifiesta justicia. Por las consideraciones expuestas, la Comisión recomienda, por mi intermedio, la aprobación del proyecto en los términos consignados en el informe que tienen los señores parlamentarios en su poder. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, el proyecto en discusión tiene por objeto salvar una dificultad de tipo legal presentada al Ministerio de Defensa Nacional, el que, por instrucciones de Su Excelencia el Presidente de la República, hizo una donación de caballares de fina sangre al Ejército venezolano. El decreto que oficializaba esta operación, fue objetado por la Contrataría General de la República, la que hizo presente que se trataba de especies de propiedad fiscal, las que sólo en virtud de ley podrían donarse. En consecuencia, como el hecho material en sí mismo ya se habría ejecutado, pues, por las informaciones que tengo, estos caballares ya habrían sido enviados a Venezuela, y como por olvido o falta de precaución no se observó previamente este requisito legal, el Ejecutivo ha enviado el proyecto que en estos instantes discutimos, y el cual, por acuerdo de la Cámara, se ha caratulado de nuevo. Nosotros estuvimos de acuerdo en dar nuestros votos favorables para resolver esta anomalía y evitar dificultades, sobre todo, tratándose de una acción de tipo internacional; más aún, de una relación entre nuestro Gobierno, en representación del. Ejército de Chile, y el Ejército de una de las Repúblicas hermanas de Latinoamérica. Aprovechando este mismo proyecto, el Ejecutivo ha enviado algunas indicaciones tendientes a dar un mejor uso a los recursos del Fondo de Auxilio Social de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, creado por la ley Nº 16.258, con un aporte de todos los imponentes, que voluntariamente estuvieron de acuerdo, porque estaba destinado a una sana finalidad. Ahora el Ejecutivo desea ampliar las posibilidades de este fondo, limitando la concesión de préstamo de auxilio, que evidentemente, en un momento dado, significan una ayuda inmensa para quienes lo solicitan. Pero la verdad es que, sin objetar ni impedir que esto pueda hacerse, también estos recursos pueden utilizarse con el objeto de responder al financiamiento de un préstamo adquirido en el extranjero por la suma que ha indicado la colega Dip, informante de este proyecto de ley. Esto, naturalmente, es mucho más beneficioso para los imponentes de la Caja, porque además de los recursos de que actualmente dispone para la construcción de viviendas, a través de los aportes que se hacen por la CORVI y el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, contará también con nuevos préstamos. Por eso, como este artículo nos parece de un alto contenido social, le daremos nuestros votos favorables. Después considera el proyecto un artículo, originado en una indicación del Presidente de la Comisión, que otorga a los Oficiales Generales, que se retiren por resolución de la Junta Calificadora, los beneficios del decreto con fuerza de ley Nº 4, que concede un plazo de seis meses para materializar el retiro, plazo que los Oficiales Generales, por ser integrantes de la Junta, por esta sola razón no tenían. Esto, evidentemente, es una manifiesta injusticia. Porque puede que un señor Oficial General, miembro de la Junta Calificadora, en el día de cumplirse el plazo para elevar su expediente de retiro, deba, de inmediato, desde su oficina, irse a su casa, cosa que el resto de los Oficiales que son llamados a retiro puede hacer, por disposición del decreto con fuerza de ley Nº 4, dentro del curso de seis meses. De ahí que la indicación del Presidente de la Comisión de Defensa nos pareció muy lógica, muy justa, y le dimos también nuestros votos favorables. En la Sala, tanto en la votación general como en la particular, los Diputados comunistas votaremos favorablemente este proyecto. Es todo, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Como este proyecto no ha sido objeto de indicaciones, solicito la venia de la Sala para omitir la votación secreta que corresponde en una disposición, la del artículo 5º. El señor ACEVEDO.- Cómo no. El señor PARETO (Vicepresidente).- Acordado. Si les parece a los señores Diputados, se aprobará en general y particular el proyecto, porque no ha sido objeto de indicaciones. El señor ACEVEDO.- Sí. El señor PARETO (Vicepresidente).- Aprobado. Terminada la discusión del proyecto. 7.- INTERPRETACION DEL ARTICULO 42 DE LA LEY 15.840, ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, EN LO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE ATRD3UCIONES ADMINISTRATIVAS El señor PARETO (Vicepresidente).- En segundo lugar, corresponde tratar el proyecto que interpreta el artículo 42 de la ley Nº 15.840, orgánica del Ministerio de Obras Públicas, en lo relativo a la delegación de atribuciones administrativas. Diputado informante de la Comisión de Vías y Obras Públicas es el señor Rosselot. El proyecto, impreso en el boletín Nº 10.838, es el siguiente: "Artículo único.- Interpretase el artículo 42 de la ley Nº 15.840, modificado por el artículo 19 de la ley Nº 16.582, en el sentido de que la responsabilidad del delegante, a que se refiere su inciso penúltimo, es la derivada de sus actuaciones propias en el acto de la delegación, sin perjuicio de su obligación de súper vigilar y fiscalizar el correcto ejercicio de las facultades que hubiere delegado. Declárase, asimismo, que la responsabilidad derivada del ejercicio de las facultades delegadas, recaerá exclusivamente, en el delegado, y que dichas facultades serán ejercidas con la misma responsabilidad por el personal a contrata." El señor PARETO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor ROSSELOT.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Rosselot. El señor ROSSELOT.- Señor Presidente, la Comisión de Vías y Obras Públicas me ha designado Diputado informante del proyecto de ley, de origen en una moción de los señores Garay y Mosquera, que interpreta el artículo 42 de la ley Nº 15.840, orgánica del Ministerio de Obras Públicas, en lo relativo a la delegación de atribuciones administrativas. Con el objeto de descentralizar las funciones administrativas en el Ministerio de Obras Públicas y ante la conveniencia de que sus altos jefes pudieran dedicar mayor tiempo a las funciones directivas, planificadoras y de súper vigilancia, se aprobó el artículo 42 de la ley Nº 15.840, de 9 de noviembre de 1964, que dice lo siguiente: "Artículo 42.- El Director General, con aprobación del Ministerio de Obras Públicas, podrá delegar en los Directores, el Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, los Subdirectores, en su caso, los Jefes de Departamento o los Delegados Zonales, las facultades que esta ley señala. "Los Directores, el Fiscal, los Subdirectores, en su caso, los Jefes de Departamento y los Delegados Zonales, podrán, con aprobación de su superior jerárquico, delegar alguna o algunas de sus atribuciones propias en funcionarios de su dependencia en la forma que indica la presente ley. "La delegación se hará bajo la responsabilidad del delegante, sin perjuicio de la que le corresponda al delegado. "El Presidente de la República, para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, establecerá en el Reglamento, las funciones y atribuciones que específicamente pueden delegar los funcionarios, a que se refieren los incisos precedentes." El Ministerio de Obras Públicas, frente a la imprecisión que envuelve la redacción dada al artículo 42 de la ley Nº 15.840, solicitó a la Contraloría General de la República un informe sobre el alcance de la norma prevista en su inciso tercero. La Contraloría estimó que la norma que encierra el inciso tercero modifica las reglas y principios generales sobre delegación de atribuciones y que la declaración que formula esa norma, en orden a que la delegación de atribuciones a que ella se refiere se hará "bajo la responsabilidad del delegante, sin perjuicio de la que le corresponda al delegado", tiene por objeto establecer, precisamente, que la delegación de facultades que este precepto contempla, no libera a los funcionarios que la confieran de responsabilidad por el uso ilegítimo de las atribuciones delegadas por parte de los empleados a quienes se hayan traspasado tales facultades, de modo que las irregularidades que cometieran los delegados comprometerían también la responsabilidad de aquellos funcionarios. La Comisión, frente al hecho de que la letra de la ley no es clara y a que la intención y espíritu del legislador no están claramente manifestados en ella o en la historia fidedigna de su establecimiento, acordó, por unanimidad, prestar su aprobación a la iniciativa legal que interpreta el artículo 42 de la ley Nº 15.840, en el sentido de que la responsabilidad del delegante es la derivada de sus propias actuaciones en el acto de la delegación, sin perjuicio de la obligación que debe tener en la supervigilancia y fiscalización del ejercicio de las facultades que hubiere delegado. Por las consideraciones antes mencionadas, la Comisión de Vías y Obras Públicas propone la aprobación de esta iniciativa legal. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, este artículo único tiene por objeto interpretar el artículo 42 de la ley Nº 15.840. La verdad es que a nosotros nos parece que el artículo 42 es suficientemente claro, en el sentido de que el delegar facultades no libera al delegante de la responsabilidad que le pueda caber al delegado. Tanto es así, que quienes tuvieron dudas respecto de la interpretación del artículo 42 consultaron a la Contraloría. Y la Contraloría ratificó este hecho, diciendo que hay responsabilidad tanto del delegante como del delegado. No se pueden coludir para una acción que afecte los intereses del servicio en que se desempeñan. Los colegas autores de este proyecto de ley han querido liberar de responsabilidad al delegante y hacer que toda ella recaiga exclusivamente en el delegado. Parece que han perdido el concepto de la jerarquía: han olvidado que sólo puede ser delegante un superior jerárquico y que, evidentemente, sólo puede ser delegado un subalterno. Lo que se quiere con este proyecto de ley es que sobre el subalterno recaiga toda la responsabilidad, que sea exclusivamente él el responsable. El delegante se lava las manos. No corre ningún riesgo; pero mantiene la jerarquía. Puede darle al subordinado una orden verbal, puede darle una orden telefónica, puede extorsionarlo, puede, evidentemente, inducirlo a firmar una cosa y a hacerlo responsable de algo de lo que él, cobardemente, no quiera hacerse responsable. Por eso, yo titularía este proyecto como "el proyecto de los cobardes", porque eso es lo que encierra en el fondo. El que tiene un cargo, tiene la responsabilidad de ese cargo, y no tiene por qué rehuirla. El artículo 42 de la ley Nº 15.840 es suficientemente claro. Dice: "Señor, si usted tiene mucho trabajo, si está muy ocupado y la Dirección del Servicio lo obliga a tener que firmar una serie de documentos, nosotros no hacemos cuestión de que alguno de esos documentos lo firme un empleado subalterno suyo, pero usted es el responsable de ese documento, de esa acción, de esa delegación que ha entregado." Pero, tal como está redactado este proyecto, el superior jerárquico no tiene ninguna responsabilidad. ¿Qué se quiere con esto? ¿Por qué no se dice en el informe qué es lo que se desea? ¿Ha sucedido algo en la Administración Pública durante la vigencia del artículo 42 de la ley Nº 15.840? ¿Hay alguna olla que destapar y no conviene que el que aparece firmando y responsable sea determinada persona? ¿Hay algún funcionario subalterno a quien pudiera hacerse culpable, el día de mañana, de un error, de un desfalco, de un acto censurable cometido en la Administración Pública, sobre todo en el Ministerio de Obras Públicas, que es donde opera la ley Nº 15.840, puesto que es la ley orgánica del nuevo Ministerio de Obras Públicas, después que fue desglosada la parte que corresponde al actual Ministerio de la Vivienda y Urbanismo? La verdad es que este proyecto tiene muchas interrogantes y a nosotros no nos parece bien. No nos parece que sea materia de interpretar el artículo 42. El informe mismo señala lo que dice el artículo 42. Dice: "El Director General, con aprobación del Ministro de Obras Públicas, podrá delegar en los Directores, el Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, los Subdirectores, en su caso, los Jefes de Departamento o los Delegados Zonales, las facultades que esta ley señala. "Los Directores, el Fiscal, los Subdirectores, en su caso, los Jefes de Departamento y los Delegados Zonales, podrán, con aprobación de su superior jerárquico, delegar alguna o algunas de sus atribuciones propias en funcionarios de su dependencia en la forma que indica la presente ley." Ahora se quiere que los funcionarios "de su dependencia" sean los que asuman exclusivamente la responsabilidad. En cambio, el superior jerárquico, en su calidad de delegante, no asume ninguna responsabilidad. Eso quiebra el concepto de la jerarquía, el concepto y el espíritu de la responsabilidad en toda organización, en toda empresa, en toda institución y, naturalmente, en el Ministerio de Obras Públicas, un Ministerio que tiene que ver, a lo largo de todo el país, con una inmensidad de obras, con capitales enormes, que se movilizan en propuestas públicas, en la adquisición de materiales. En la Comisión Mixta hemos aprobado, en el articulado de la ley de Presupuestos, disposiciones que permiten adquirir hasta 50 mil escudos en materiales vale decir, 50 millones de pesos para hacer reparaciones, y no por una sola vez, sino por muchas veces. De ello, el día de mañana, de acuerdo con este proyecto de ley, no tendrá ninguna responsabilidad al superior jerárquico, o sea, el delegante; solamente la tendrá el subalterno a quien se le delegue la facultad para firmar los documentos e invertir 50 millones de pesos, por ejemplo, tres, cuatro o cinco veces en algunas reparaciones. Después dice el artículo 42: "La delegación se hará bajo la responsabilidad del delegante es claro, no cabe ninguna interpretación "sin perjuicio de la que le corresponda al delegado." Tampoco libera al delegado, pero los amarra, los une... El señor MONCKEBERG.- Los aglutina. El señor ACEVEDO.- . . . los aglutina. Y continúa: "El Presidente de la República, para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, establecerá en el Reglamento las funciones y atribuciones que específicamente puedan delegar los funcionarios a que se refieren los incisos precedentes." Es decir, además de lo claro que es el artículo 42, se agrega en la parte final: "... establecerá en el Reglamento las funciones y atribuciones que específicamente puedan delegar los funcionarios a que se refieren los incisos precedentes." Más claro no puede ser el artículo 42. En consecuencia, no veo la razón por la cual los colegas señores Garay y Mosquera han presentado este proyecto de ley interpretativo del artículo 42 de la ley Nº 15.840. No están en la Sala, en estos instantes, los autores de esta iniciativa para preguntarles de qué se trata o si en las zonas que representan en esta Cámara hay algún problema relacionado con esto. Reitero que el proyecto de ley presentado por los Diputados señores Garay y Mosquera no corresponde a la realidad. El artículo 42 de la ley Nº 15.840 es perfectamente claro y, a mayor abundamiento, el informe o dictamen de la Contraloría General de la República a que ha hecho referencia el colega señor Rosselot ratifica su claridad. Por lo tanto, este proyecto es innecesario y la Cámara debe rechazarlo, para el buen funcionamiento del Ministerio de Obras Públicas en todas sus Direcciones Generales. Eso es todo. El señor CLAVEL.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, de las palabras pronunciadas por nuestro colega Acevedo se desprende que debemos meditar mucho en este proyecto de ley, porque, a mi modo de ver, de aprobarse esta moción, que interpreta el artículo 42 de la ley Nº 15.840, quiere decir que desde su dictación se debió haber actuado en la forma que señala esta iniciativa. Creo que no tenemos a la vista todos los antecedentes. El señor Acevedo se preguntaba qué se pretendía con este proyecto, cuál era su fondo, o si se quiere que la responsabilidad por algo recaiga en un funcionario o en otro y que el señor Ministro, en virtud de este artículo único, se lave las manos. ¿O lo que se quiere es que la responsabilidad de algo que se ha hecho faltando a la ley recaiga directamente, desde esa fecha, en algún funcionario y no en el señor Ministro? Creo que es muy grave entrar a interpretar una ley sin tener los antecedentes de qué es lo que se quiere o qué trae envuelto un proyecto de esta naturaleza. Tenemos la obligación de conocer los antecedentes. No vaya a suceder que, una vez aprobado este proyecto, hagamos víctima de alguna injusticia a algún funcionario que no ha tenido responsabilidad directa, por haber ejecutado algo por mandato no escrito sino por una orden o mandato dado por sus superiores. Además, para nosotros el artículo 42 es totalmente claro: no hay ningún problema en su aplicación, y, más que eso, la Contraloría General de la República ha emitido un dictamen que lo aclara más, que lo deja sin ninguna duda. Por lo tanto, estimo que con el artículo 42 de la ley Nº 15.840 y con el dictamen de la Contraloría, el Ministerio de Obras Públicas puede operar perfectamente en todo aquello a que se refiere esta ley. Por esas razones, votaremos en contra de este proyecto de ley, porque no tenemos antecedentes de qué se quiere hacer, qué es lo que se pretende con él; no vaya a perjudicar, como decía anteriormente, a algún funcionario o a varios funcionarios de esa repartición, que hayan obrado por mandato no escrito de parte de las autoridades y que esta iniciativa recargue todo el peso de la ley en ellos. Nada más. El señor FUENTES (don César Raúl).- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, no asistí a la Comisión donde se trató y despachó este proyecto de ley. Sin embargo, me parece que en la Sala se han hecho algunas afirmaciones que podrían, en definitiva, darle un alcance muy diferente a este artículo, en la eventualidad de que fuera aprobado este proyecto. Sumido si pudiera decirse así en esa responsabilidad, quiero precisar, por lo menos, el alcance y sentido de esta disposición legal, porque, reafirmo una vez más, si en la realidad diéramos la interpretación que los colegas Acevedo y Clavel le han dado a este artículo, el día de mañana nos encontraríamos con un grave problema, ya que permitiría, precisamente, al delegante según la interpretación de ellos y como lo han dicho lavarse las manos frente a cualquier acto en que, incluso, le correspondiera responsabilidad. Es un principio general que cada uno responda por sus propios actos, en la medida en que se está actuando dentro de la esfera de su competencia. Es evidente, que la responsabilidad nace precisamente de la facultad que se tiene y cuando ésta se delega, la persona que lo hace no es responsable y la persona delegataria, por cierto, adquiere responsabilidad al hacer uso de esa facultad. A mi juicio, ese es el principio general; pero, evidentemente, existe una primera responsabilidad, cual es saber en quién se delega, y creo que este proyecto de ley la deja bien resguardada cuando establece que el delegante es responsable de las actuaciones propias en el acto de la delegación. Es decir, hay un primer alcance, un primer punto de referencia, en cuanto a la responsabilidad del delegante, que precisamente guarda relación con la delegación de sus funciones en una persona que cumpla con los requisitos legales y, a mi juicio, también de eficiencia, para que la delegación pueda producirse. Por lo tanto, hay aquí una primera responsabilidad del delegante que, en la interpretación y en el alcance que los colegas que anteriormente han intervenido han dado a este precepto, queda de hecho derogada y limitada. En el hecho existe esa primera responsabilidad del delegante. Pero aún hay más, y creo que se han puesto varios ejemplos en que, precisamente, se produce una especie de avocación en la competencia que ya se había delegado. Es una especie de recuperación de esa competencia lo que sucede cuando el funcionario delegante da una orden, por ejemplo, que debe cumplir el delegatario. En este caso, evidentemente es responsable el delegante, pero los colegas Acevedo y Clavel han indicado que, en tal circunstancia, según lo dispone el proyecto de ley, no sería responsable el delegante. A mi juicio, ellos dan un alcance erróneo a este precepto legal, lo que quiero dejar aclarado para la historia fidedigna de la ley. En este caso y lo está diciendo el propio informe que tenemos a la mano, ha habido una avocación de competencia que, por cierto, también es de responsabilidad del delegante. Pero también existe otra responsabilidad del delegante, que se refiere al hecho preciso de la fiscalización que le corresponde en su calidad de delegante como lo dice este proyecto de ley y a la supervigilancia, que es un concepto doctrinario diferente del de fiscalización, ya que el primero va al cumplimiento estricto de la ley, y el segundo se relaciona mucho más con la eficiencia en el cumplimiento de las funciones. También le corresponde aquí al delegante una labor de supervigilancia sobre el delegatario en el ejercicio de las funciones. A mi juicio, es necesario delimitar la esfera de competencia y, en consecuencia, de responsabilidad. Y yo creo que este proyecto de ley se está refiriendo concretamente a aquella competencia delegada que se ejerce sin intervención alguna del delegante y sin perjuicio de sus deberes de fiscalización y de supervigilancia. Por lo tanto, cuando el ejercicio de la facultad del delegado se está realizando en un acto propio de la esfera de competencia del delegatario, evidentemente sólo existe responsabilidad del delegatario y no responsabilidad del delegante, sobre la base de ese principio fundamental de que cada uno es responsable de sus propios actos. Yo he querido intervenir en este debate, sin haber participado en la Comisión y haber conocido más en detalle este proyecto de ley, porque me parece fundamental que en la eventualidad de su aprobación no le demos un alcance tan restringido como el que señalaban los colegas Acevedo y Clavel, que en definitiva significa dejar extraordinariamente limitada la responsabilidad propia del delegante, mucho más allá de lo que ha planteado este proyecto de ley. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso. El señor ACEVEDO.- Yo comprendo el espíritu con que ha querido aclarar el colega Fuentes los conceptos del artículo único. Pero la verdad es que, si él lee el inciso segundo, se va a encontrar con que corresponde a la interpretación que le hemos dado en esta Sala durante la discusión. Ahora bien, él se refiere a aquellos casos en que el delegante prácticamente pierde el control sobre el delegado, cuando ya no funcionan los contactos, las relaciones, entre delegante y delegado, y el delegado debe, por si y ante sí, determinar. Esos son casos extremadamente aislados, pero es evidente que tienen que suceder, comprendemos que tienen que suceder. Pero ello no quiere decir que porque así sucede vaya a quedar liberado de responsabilidad el delegante. Y el inciso segundo lo libera, porque dice: "Declárase, asimismo, que la responsabilidad derivada del ejercicio de las facultades delegadas, recaerá exclusivamente, en el delegado, y que dichas facultades serán ejercidas con la misma responsabilidad por el personal a contrata". Es decir, también pueden delegarse facultades en el personal a contrata. Ya no se trata sólo de los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas que sean de planta. Se puede contratar personal a honorarios o a contrata y en los ítem del presupuesto de todas las Direcciones de ese Ministerio se destinan fondos para este efecto y en ese personal podrán delegarse determinadas responsabilidades. ¿Cuánto tiempo dura ese personal a honorarios o a contrata? ¿Un mes, dos meses, seis meses? Y si cuando los organismos contralores, como la Contraloría, o el funcionario delegante se dan cuenta de que el empleado en quien se han delegado facultades ha cometido un error, el delegatario ya no es funcionario de la Administración Pública, ¿no le cabe ninguna responsabilidad ? ¿ Dónde está. . . ? El señor CLAVEL.- En Venezuela. El señor ACEVEDO.- Frecuentemente, se delegan facultades para la adquisición de materiales para obras de reparación de edificios públicos por 50 millones de pesos, por ejemplo, o por sumas aun superiores. Y esto no sólo se puede hacer por una sola vez, sino por dos, tres, cuatro veces al año, y aun por cinco o diez veces al año. Si se hace por diez veces al año, las sumas comprometidas serán del orden de los 500 millones de pesos. Puede suceder que la persona autorizada para realizar esas inversiones sea un funcionario a contrata, y que lo sea exclusivamente para esa labor, y que el superior jerárquico o el delegante haya delegado en él la facultad de comprar esos materiales, poniéndole, podríamos decir, 50 millones de pesos en billetes en su bolsillo. Entonces, ese funcionario compra lo que quiere y cuando quiere. Bueno, ¿y si no lo compra todo, qué situación se produce? Evidentemente, una situación irregular, cuyas consecuencias, después de todo, las suelen padecer personas que nada tienen que ver con ello. Si se trata de reparar una escuela, de colocarle vidrios en sus ventanas, de agregarle una sala porque durante el invierno, sobre todo en la zona sur, la inclemencia del tiempo hace muy trágica la permanencia de los alumnos en escuelas que no reúnen las condiciones para contrarrestar el rigor del clima, las consecuencias de una irregularidad o malversación semejante evidentemente las sufren los niños, mientras tanto, esa persona se va. Por eso, quiero hacer presente que, no obstante, le encuentro la razón al colega Fuentes en esto de que cada uno asuma su responsabilidad. Pero, ¿cuándo y cómo asumirá su responsabilidad esa persona, si después ha operado el Estatuto Administrativo y ha quedado al margen de él? Sucede que los colegas Garay y Mosquera fueron mucho más allá de las posibilidades que tenemos los parlamentarios. Tal vez, como son integrantes del Partido de Gobierno, que aquí es mayoritario, no tienen problema para hacer aprobar en la Sala una norma de este tipo. Pero ella aparece prácticamente como una "pensión de gracia", como una medida encaminada a liberar a alguien. La Comisión contó con la presencia del Director General de Obras Públicas, don Alfonso Díaz Ossa, y del Subsecretario de Obras Públicas, cuyo nombre no recuerdo. Si este proyecto era tan necesario, ¿por qué no lo patrocinó en un Mensaje el Ejecutivo? ¿Por qué el Gobierno no se hace responsable de este proyecto de ley? ¿Por qué el Ejecutivo no dice que se pueden delegar facultades en personal a contrata? ¿Por qué no lo dice el Ejecutivo? -Un señor DIPUTADO.- No se atreve. El señor ACEVEDO.- ¿O es que el Ejecutivo está "sacando las castañas con la mano del gato", y ha buscado a dos parlamentarios que no conocen el proyecto y se los ha hecho firmar? Y ellos lo han presentado ingenuamente y, después, lo traen a la Sala, tratando de pasarnos "catas por loro". .. El señor VALDES PHILLIPS.- ¡No están aquí! El señor ACEVEDO.- No; creo que no puede ser así; ni puede ser esa su actitud. En consecuencia, debiéramos limitarnos á rechazar el proyecto de ley. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO.- Nuestra posibilidad, dentro del orden reglamentario, ha sido, enviar a la Mesa una indicación para suprimir el inciso segundo... El señor PARETO (Vicepresidente).- La indicación está en poder de la Mesa, señor Diputado. El señor ACEVEDO.- Exactamente... porque no parece demasiado atroz. El señor VALDES (don Arturo).- ¡ Tremendo! El señor ACEVEDO.- La verdad es que el colega Valdés Phillips no lo ha tomado el peso a esta disposición. El es abogado ... El señor VALDES (don Arturo).- ¿Me permite, colega? El señor ACEVEDO.- Con el mayor agrado, colega. El señor VALDES (don Arturo).- Me extraña que el Honorable colega diga que los Diputados Garay y Mosquera han presentado este proyecto de ley en la Comisión sin conocerlo, si ellos no están aquí. Por eso lo he "aportillado". Nada más. El señor BASSO.- ¡ Brillante intervención! El señor PARETO (Vicepresidente).- ¡ Señor Basso! El señor ACEVEDO.- De ahí que yo relacione el patrocinio de este proyecto de ley por los colegas Garay y Mosquera, con la presencia en la Comisión del Director de Obras Públicas y del Subsecretario. Y si, efectivamente, es un proyecto de ley que tiende a resolver un aspecto administrativo, ¿por qué no ha sido el Ejecutivo el que lo ha presentado derechamentEº ¿Por qué los colegas Mosquera y Garay han encontrado esta dificultad en la parte administrativa? ¿Por qué han sido ellos, estos Diputados? ¿Es esto producto de alguna investigación? El señor TUMA.- ¡Son "medios pollos" ! El señor PARETO (Vicepresidente).- ¡Señor Turna! El señor ACEVEDO.- ¿Es producto de la insinuación de algún funcionario? El señor VALDES (don Arturo).- ¡ Ellos no están presentes...! El señor ACEVEDO.- ¿Es producto de qué? ¿Por qué tomaron esta iniciativa, cuando ella correspondía realmente a una iniciativa del Ejecutivo? Es el Ejecutivo el que está operando con la ley Nº 15.840, porque la ley orgánica... El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Me permitEº Ha terminado el tiempo de su segundo discurso. El señor ACEVEDO.- Es lamentable... El señor MILLAS.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MILLAS.- Señor Presidente, a mayor abundamiento de lo expresado por el colega Acevedo, quiero hacer notar que, evidentemente, ha tenido la razón el colega señor Fuentes al afirmar que las normas generales sobre delegación son las que él señala y las que se indican en este proyecto de ley. Pero lo grave, aquí, es lo que la ley Nº 15.840, en forma muy expresa, autorizó una delegación en condiciones extraordinarias, que no son las condiciones jurídicas normales de otras delegaciones. Porque, en términos muy precisos, aquí no hay ambigüedad del texto legal. Esto se discutió ampliamente, durante la tramitación de la ley Nº 15.840, hace de ello unos tres o cuatro años. En aquella oportunidad, se consideró la conveniencia de la delegación; pero siempre que asumieran la total responsabilidad, que pudieran fiscalizar, supervigilar y responder, aquellos funcionarios que la hicieron. En estos mismos términos posteriormente se autorizó, en la ley Nº 16.582, para extender tal delegación a otras funciones y atribuciones otorgadas por la ley Nº 15.840. ¿Cuáles son los términos, muy precisos, en que la ley establece que se puede efectuar esta delegación? Dice el inciso tercero de la ley Nº 15.840: "La delegación se hará bajo la responsabilidad del delegante". Es clarísima la ley; no cabe respecto de ella vacilación alguna en su interpretación: "la delegación se hará bajo la responsabilidad del delegante, sin perjuicio de la que le corresponda al delegado." Así, aquí se han establecido normas de delegación para este tipo de delegación, que son limitadas y que permiten flexibilidad en el manejo administrativo, manteniendo las responsabilidades adecuadas. La Contraloría General de la República ha tenido que hacer valer tales responsabilidades. A los parlamentarios comunistas nos parece muy grave que, por la vía de la interpretación, se pretenda establecer que una ley dice absolutamente lo contrario de lo que ha dicho. Es clarísimo que la ley Nº 15.840 dice que esta delegación "se hará bajo la responsabilidad del delegante." En virtud de esta ley, en vigencia desde hace cuatro años, se han efectuado delegaciones. Y hay juicios contra delegantes en la Contraloría, y hay responsabilidades que hacer pesar contra funcionarios. Ahora se pretende interpretar la ley "a posteriori", en el sentido de que no tuvieron responsabilidad los delegantes ya que ése es el alcance que vendrían a tener esos hechos con la norma que aparece en el texto propuesto como interpretación de la ley Nº 15.840. O sea, se quiere precisar aquí que la ley Nº 15.840 dijo todo lo contrario de lo que cada uno puede entender, clara e inequívocamente, de su tenor literal: que "la delegación se hará bajo la responsabilidad del delegante". Pudo haberse propuesto por el Ejecutivo; o por los colegas autores de esta moción que, de aquí en adelante, se ampliarían estas facultades de los funcionarios autorizados para hacer tal delegación, que tales delegantes podrían hacerla, en adelante, bajo responsabilidad del delegado. Pudo haberse propuesto esto, y haberse dado razones en ese sentido. Y podríamos haber ponderado si convenía o no un régimen, que ya no es flexible, sino que puede hacer caer en cierta irresponsabilidad en el manejo de asuntos delicados. Pero, el asunto es más grave. Se interpreta la ley de hace cuatro años, salvando la responsabilidad de aquéllos a quienes la ley vigente les impuso tal responsabilidad en los términos más perentorios, claros, absolutos e indiscutibles. Además, cuando se establece tal régimen, que puede dar margen a una alta irresponsabilidad en la materia, se especifica que, en adelante, "dichas facultades" podrán ser "ejercidas con la misma responsabilidad" o sea, la responsabilidad sólo del delegado, y no del delegante "por el personal a contrata", con los peligros a que se ha referido ya el colega Acevedo, en el sentido de que pueda recaer la responsabilidad en quienes administrativamente no puedan ser responsabilizados por el hecho de ser su contrato transitorio, o haber caducado en un determinado período, antes de poder hacérsele efectiva tal responsabilidad. Por todo ello, es incuestionable que, en verdad, se trata de un mecanismo que no es regular en la legislación. Sobre un punto ya muy perentoriamente establecido en la ley, se aclara la ley diciendo que ella ha manifestado todo lo contrario. Y es delicado incurrir en este tipo de legislación, que es abusiva, indudablemente, porque es una manera de darle efecto retroactivo a una ley, salvando de responsabilidades cuando se trata de asuntos delicados, asuntos administrativos en los cuales ha debido intervenir la Contraloría General de la República. Por eso, estimo que esta iniciativa no ha sido feliz; y he querido agregar estas consideraciones, en vista de que ha terminado el tiempo del segundo discurso del señor Acevedo, quien no podrá continuar sus observaciones ni por la vía de la interrupción, para completar nuestros planteamientos negativos en relación con este proyecto. He dicho. El señor CLAVEL.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, di ya las razones por las cuales los Diputados radicales nos oponemos a este proyecto, y fuera de ellas, hay otras observaciones de carácter general tan graves como mis anteriores y las dichas, aquí, en la Sala, sobre el hecho de delegar facultades en personal a contrata. Jamás se ha visto un proyecto que consagre la delegación de facultades en dicho personal. No quiero decir, con estas razones de carácter general, que el personal a contrata no sea digno de confianza. Lo puede ser; pero, en términos estrictamente jurídicos, no es posible delegar atribuciones en un funcionario con contrato de plazo fijo, un mes, dos meses, seis meses, un año; en una persona que viene ingresando en la Administración Pública pues no es lo mismo hacerlo en el personal que ha hecho un apostolado de su carrera, en la institución en que presta sus servicios, ya que, durante muchos años, los jefes han conocido a este funcionario de planta, en quien delegarán facultades. No ocurre así con el personal a contrata, cuyo contrato vence en equis días más y que, después de haber cometido un error grave, se aleja del Servicio, sin poder imputársele posteriormente ninguna responsabilidad por su actuación en el tiempo que se desempeñó. La responsabilidad no puede tener efecto en un funcionario que ya no pertenece a determinada institución. Los colegas redactores de este proyecto no han tomado en cuenta todas estas circunstancias. Nos parece sugestivo... El señor PARETO (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Orden del Día. 8.- TABLA DE FACIL DESPACHO PARA LAS SESIONES PROXIMAS El señor PARETO (Vicepresidente).- El señor Secretario va a anunciar la Tabla de Fácil Despacho de la sesión de mañana. El señor KAEMPFE (Secretario).- En uso de sus facultades reglamentarias, el señor Presidente anuncia para la Tabla de Fácil Despacho de la sesión de mañana, los siguientes asuntos: 1.Observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza al Ejecutivo para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas que forman la Población "20 de Agosto", de la ciudad de Chillán, y otras de las ciudades de Traiguén, Angol y Collipulli; 2.Observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Algarrobo para contratar empréstitos ; 3.Observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a las Municipalidades de Tucapel, Yungay, San Ignacio y Pinto para contratar empréstitos; 4.Observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a la Municipalidad de La Calera para contratar empréstitos, y 5.Observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Viña del Mar para contratar empréstitos. 9.- OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO DEL TRANQUE DIGUA, EN PARRAL (LINARES) .OFICIOS El señor PARETO (Vicepresidente).- En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano. El señor ZORRILLA.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ZORRILLA.- Señor Presidente, quiero referirme a un problema que podría afectar gravemente al departamento de Parral. Se trata de la puesta en regadío del embalse de Digua. El tranque Digua está destinado a regar 24 mil 500 hectáreas en la primera etapa; y en la segunda, otras 6 mil hectáreas, cuando se construya el canal del río Perquilauquén al río Cato, obra que se piensa terminar esta próxima temporada. El proyecto consiste fundamentalmente en embalsar, durante el invierno, los ríos Cato y Longaví, que es muy caudaloso. El Fisco ha invertido cien millones de escudos, suma que incluye los trabajos ya efectuados durante seis años y la construcción que está por terminar, del tranque y de los canales derivados. He visitado, en muchas ocasiones, la zona de Digua, y he podido comprobar personalmente cómo ha ido caminando esta obra a cargo de la empresa constructora Longhi, en Parral; y la de los canales derivados, que ejecuta la empresa Figueroa y Alemparte. En suma, tenemos la esperanza de embalsar, el año próximo, 120 millones de metros cúbicos de agua para regar 24 mil 500 hectáreas en el departamento de Parral. Sin embargo, existe un problema, que consiste en la pronta puesta en regadío del tranque de Digua, o mejor dicho, en la construcción de una infraestructura de riego, la cual comprende la construcción de la red de los canales secundarios o internos de los fundos, drenajes, división de la tierra y cercos. Pues bien, me pregunto: ¿quién ejecutará estos trabajos? ¿Los actuales propietarios o la CORA? Porque si ésta declara la zona susceptible de reforma agraria, de acuerdo con ley, debe emprender los trabajos la Dirección de Riego, que es la que tiene competencia en esta materia. Tal declaración, en un sentido u otro, depende naturalmente, repito, de la decisión de la CORA. Se comprenderá la necesidad de que se defina con urgencia esta situación, por cuanto hasta ahora subsiste la incógnita, situación que amenaza el mejor aprovechamiento del agua, e incluso, la pérdida del año completo de regadío para Parral, lo que sería desastroso. Como tal pronunciamiento no se ha hecho y, por otra parte, ni los particulares ni el Estado han comenzado a construir estas obras, todo sugiere que podría perderse el capital agua y el riego potencial de Parral para el próximo año. Para comprender la magnitud del problema, basta saber que el solo costo de infraestructura ascenderá a mil escudos la hectárea obra que, de por sí no emprenderá ningún agricultor que no tenga la certeza de seguir siendo propietario. Si esos predios fueran declarados zona de reforma agraria, entonces, la CORA debe iniciar estos trabajos cuanto antes y obtener los recursos correspondientes para ese efecto. Como decía, esta zona de regadío abarca más de 30 mil hectáreas del departamento de Parral, y la obra ha significado al Fisco la inversión de cien millones de escudos, a los cuales habría que agregar treinta millones de escudos más, que serían de cargo del erario si la zona fuese declarada de reforma agraria, o de los particulares, en caso contrario, lo que representa un total de cuatro mil escudos la hectárea, en ambos casos. Todo aconseja aclarar con urgencia la incógnita, con el fin de que se inicie de inmediato, con cargo a los particulares o al Fisco, la construcción de esta obra de infraestructura, necesaria para la puesta en riego. Por éstas razones, solicito del señor Presidente que se envíe un oficio al señor Ministro de Agricultura, en el sentido de que la CORA se pronuncie sobre si declarará o no como zona de reforma agraria la regada por el tranque Digua; y, por otra parte, un oficio al Ministerio de Obras Públicas, para que se imponga de esta situación, que amenaza al departamento de Parral. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se enviarán, en su nombre, los oficios solicitados por Su Señoría. El señor ZORRILLA.- Nada más, señor Presidente. 10.- PROBLEMA EDUCACIONAL DE LA COMUNA DE CONCHALI, PROVINCIA DE SANTIAGO. OFICIO. El señor PARETO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra, dentro del tiempo del Comité Demócrata Cristiano. La señora RETAMAL.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora RETAMAL.- Señor Presidente, en Avenida Independencia, a la altura del Nº 29.000 y dentro de la comuna de Conchalí está ubicada la Escuela Nº 125 de Hombres. Pues bien, ayer se reunieron los padres y apoderados de los alumnos de este plantel educacional, bajo la dirección de su Presidente, don Ulises Hanke, y respaldados por el Director de la escuela, don Ernesto Vásquez Merino, y algunos profesores, para plantear a las autoridades, Regidores y Diputados, un problema que afecta a esa comunidad. Se trata de que la Escuela mencionada, durante el año recién pasado, trabajó solamente una jornada, en la tarde; en la mañana era ocupada por el Centro de Educación Básica Nº 1, que será trasladado a la población "Eneas Gonel". El alumnado del sector de que estoy hablando, ha aumentado considerablemente, a consecuencia de la creación de nuevas poblaciones, entregadas en este momento, como Villa La Palma, Palma Sur, Palma Nueva, y otras de los alrededores. Como esta Escuela quedará desocupada durante la jornada de la mañana, por la circunstancia ya anotada, los padres y apoderados de este establecimiento educacional, solicitan, en concreto, al señor Ministro de Educación Pública y a la señorita Directora General de Educación Básica, que tomen las medidas para dotar a dicha escuela de catorce plazas de profesores más, para que, en este local, funcione la Escuela en dos jornadas, con el objeto de solucionar el grave problema educacional creado, ahora último, por el aumento de la escolaridad en este sector, a causa de la habilitación de las poblaciones nuevas que he mencionado. Como el Ministerio de Educación está en receso hasta el 7 de febrero, dejo constancia de la imposibilidad de ir a exponer personalmente esta petición ante las autoridades, lo que sólo podré hacer después de transcurridas las dos próximas semanas. Por estas razones, solicito que se envíe un oficio al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que, a través de la Dirección General respectiva, ordene dotar del personal necesario a la Escuela Nº 125 de Conchalí, para que pueda absorber el mayor número de alumnos del sector. Nada más, señor Presidente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se enviará, al señor Ministro de Educación Pública, el oficio solicitado por la señora Diputada. 11.- CATASTROFE POR INCENDIO OCURRIDO EN VIÑA DEL MAR. INCLUSION EN LA CONVOCATORIA DE PROYECTO SOBRE DOTACION A CUERPO DE BOMBEROS. RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR INCUMPLIMIENTO ESPECIFICACIONES. OFICIOS. El señor SANTIBAÑEZ.- Pido la palabra. El señor PARETO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SANTIBAÑEZ.- Señor Presidente, en la tarde de ayer, un drama de extraordinarias proporciones afectó a la ciudad de Viña del Mar. Un incendio que se propagó por cuatro sectores diferentes, que amenazó la vida y los bienes de muchos miles de personas, terminó por destruir 142 habitaciones de una población nueva, dejando un rastro de desolación realmente aterrador. Frente a ello, aparte de la queja amarga por lo sucedido, es importante señalar los remedios para evitar en lo futuro estas cosas. En primer lugar, a raíz, justamente, de la desgracia que afecta a tantas familias viñamarinas, creo necesario, ahora más que nunca, llamar la atención, una vez más, sobre la necesidad de dotar a los cuerpos de bomberos de todo el país de los medios más modernos y adecuados para vencer al fuego. Existe un proyecto de ley, presentado por el señor Gustavo Lorca y el Diputado que habla, por medio del cual se pretende dotar a los Cuerpos de Bomberos de recursos superiores al doble de los que actualmente tienen. Esta iniciativa aprobada unánimemente por la Cámara y patrocinada por Diputados de distintas tiendas políticas, se encuentra pendiente en el Senado. Por este motivo, solicito que se envíe oficio a Su Excelencia el Presidente de la República para que se sirva incluir en la convocatoria este proyecto que tiene por objeto, como ya dije, dotar de recursos especiales a los Cuerpos de Bomberos. Solicito, también, que oportunamente se dirija oficio al Senado para que ojalá, por acuerdo unánime de sus Comités, resuelva despacharlo rápidamente. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por el señor Diputado. El señor SANTIBAÑEZ.- Señor Presidente, si bien es imposible sujetar los elementos desatados, si bien, como me lo decía el Comandante de uno de los Cuerpos de Bomberos, con 120 grados de calor, no se puede evitar que algo se queme, respecto de esta catástrofe creo que uno de los factores de la propagación del incendio fue la mala calidad de los materiales que se emplearon en la construcción. Estas casas, muy nuevas, se comenzaron a construir en 1963 en base a especificaciones que detenidamente estudió la Municipalidad de Viña del Mar en 1962, con conocimiento y bajo la supervigilancia de la Corporación de la Vivienda de esa época. Sin embargo, a simple vista y según el informe que solicité y que me fue entregado esta mañana, sus techos no eran del material que se especificó en los acuerdos y contratos de construcción, sino de calidad inferior, mucho más inflamable. Esta fue, sin duda, una de las causas de que, en vez de quemarse unas pocas casas, ardieran 142 viviendas. En segundo lugar, estaba establecida la obligación de construir un cortafuego entre las viviendas, lo que tampoco se cumplió por la firma "Pavi", que tuvo a su cargo la ejecución de estas obras. Yo comprendo que es difícil, "a posteriori", realizar este tipo de investigaciones que, normalmente, no conducen nunca a la comprobación de ninguna responsabilidad. Ya con motivo del terremoto último en Valparaíso, se creó una Comisión Especial Investigadora que funcionó durante varios meses, interrogó a un gran número de personas y recorrió las poblaciones afectadas, pero, en definitiva, no logró su objetivo, no pudo concretar responsabilidades. Además, hay que decirlo con mucha claridad, las disposiciones que contempla el Código Civil sobre esta materia son extraordinariamente anticuadas y no responden a la nueva mentalidad con que deben encararse estas contingencias. He entregado al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para su estudio, un proyecto de ley, de un solo artículo, para establecer la responsabilidad criminal de los constructores, arquitectos, ingenieros, etc., de todos aquellos que están vinculados a la ejecución de una obra, incluyendo a los que tienen que calcularla y revisarla, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos, que a veces aceptan la entrega de la obra sin hacer las comprobaciones correspondientes. El señor ROSALES.- ¡Muy buena iniciativa ! El señor SANTIBAÑEZ.- Por último, es usual que en los terremotos las casas que más sufren son las construidas, justamente, por organismos del Estado y las que menos deterioros experimentan son las edificadas por particulares, y a veces, incluso, por el sistema de autoconstrucción. Por eso, creo que es conveniente legislar sobre la materia y me permito solicitar que se oficie al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo para que a la mayor brevedad envíe el proyecto de ley a que he hecho mención. Naturalmente, puede corregirlo o agregarle algunas disposiciones, pero lo importante es que envíe un proyecto concreto para que podamos legislar sobre esta materia con el objeto de que en lo sucesivo sea fácil determinar las responsabilidades y aplicar a los culpables la sanción penal que corresponda. El señor PARETO (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por el señor Diputado, en su nombre. El señor SANTIBAÑEZ.- Además, quiero solicitar que se oficie a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que autorice o disponga que la Intendencia de Valparaíso efectúe una colecta general extraordinaria durante dos días consecutivos, para reunir fondos destinados a reparar las pérdidas de bienes materiales que han sufrido estas 142 familias, iniciativa que seguramente va a movilizar a toda la opinión pública de esa provincia. Sé que ya se han adoptado medidas para proceder de inmediato a la reconstrucción de las casas; pero no sólo se han destinado las viviendas, sino que hay muchos que también han perdido enseres valiosos. Para que los damnificados por esta catástrofe puedan recibir en alguna forma la ayuda que merecen, considero que deben tomarse las providencias del caso a fin de recolectar los dineros a que he hecho referenda, con los cuales la Intendencia de Valparaíso podría auxiliar a las víctimas. El señor STARK (Vicepresidente).- Se cursará el oficio en la forma solicitada por Su Señoría. El señor SANTIBAÑEZ.- Por último, no quiero dejar pasar esta oportunidad sin testimoniar públicamente mi gratitud y admiración a los pobladores que, con extraordinario valor y arriesgando su vida, defendieron su propiedad y la ajena contra el fuego; a los Carabineros de Chile y a las Fuerzas Armadas, presentes desde el primer momento de la tragedia, por la abnegación con que cumplieron sus servicios. Muchos de los afectados eran, precisamente, sus compañeros de armas. También, quiera expresar una vez más, mi reconocimiento al Cuerpo de Bomberos, que con tanta abnegación trabajó en la tarde de ayer. Eso es todo. 12.- TERMINACION DE LAS OBRAS DE URBANIZACION EN LA POBLACION "PLAYAS BLANCAS", EN CARTAGENA, PROVINCIA DE SANTIAGO.OFICIOS. La señora DIP.- Pido la palabra. El señor FUENTES (don César Raúl).- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra la señora Dip. El señor FUENTES (don César Raúl).- ¿Cuántos minutos quedan, señor Presidente? El señor STARK (Vicepresidente).- Veinte minutos, señor Diputado. La señora DIP.- Señor Presidente, hace 21 años, el 13 de enero de 1947, fueron aprobados por planos de "Playas Blancas", de Las Cruces, por la Ilustre Municipalidad de Cartagena y gracias a esto empezó, en aquel tiempo, la venta de sitios y se inició una urbanización rudimentaria. A pesar de que los loteadores no prosiguieron la urbanización, se reconoció, según el decreto Nº 197, del 6 de febrero de 1958, su iniciación y aquéllos quedaron liberados de terminarla. Al mismo tiempo, el decreto señaló la fórmula para completar la urbanización contemplada. Los compradores de sitios acudieron, en muchas oportunidades, a las autoridades, para exigir la urbanización; pero, por falta de estudios, fondos y energía suficientes, ellos se encuentran, después de 21 ¡años de espera, en la siguiente situación: 1.Hay más de 800 sitios con 180 casas construidas; pero sólo aproximadamente 30 casas se encuentran frente a senderos o calles transitables. 2.En toda la población no existen instalaciones de agua potable, luz eléctrica y alcantarillado. 3.La Ilustre Municipalidad, por ignorar aún la exacta ubicación de las calles y sitios, no se atreve a reconocer la existencia de senderos que desde hace 21 años están en servicio público, lo que impide cualquier adelanto definitivo. 4.Los pobladores de "Playas Blancas" tienen que soportar que por sus endebles calles de acceso, senderos y caminos, transiten millares de personas procedentes del camping oficial de la Ilustre Municipalidad, de los campamentos cite veraneo de las poblaciones Cardenal José María Caro, San Gregorio, Forcapreca, de Carabineros, Cooperativa de Empleados Particulares, Medalla Milagrosa, etcétera, y a miles de excursionistas durante la temporada. 5.La Ilustre Municipalidad, por no contar con materiales, fondos, maquinarias y obra de mano necesaria, deja los problemas da la mantención de los caminos sin resolver, lo que significa, para la única Junta de Vecinos de "Playas Blancas", una carga insoportable. 6.Tanto la Ilustre Municipalidad, como su Director de Obras y el Juez de Policía Local han acumulado antecedentes incansablemente y han estudiado el problema; pero sin encontrar, hasta ahora, una solución efectiva a esta situación. Por lo tanto, pido que se envíe oficios a los señores Ministros de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo, para que traten de solucionar estos problemas. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría. La señora DIP.- Eso es todo. 13.- PROPUESTAS PARA SUMINISTRAR ENERGIA ELECTRICA AL MATADERO FRIGORIFICO EN CONSTRUCCION EN LA CIUDAD DE CHILLAN. (ÑUBLE). El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor César Fuentes. El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, quiero plantear un problema que, a mi juicio, reviste extraordinaria gravedad. Si llegáramos a la conclusión de que, legalmente, no es posible, en la actualidad darle una solución diferente a la que se le ha dado hasta ahora, creo que estaríamos en la obligación de presentar el proyecto respectivo para resolverlo en forma adecuada. En este momento se construye en los alrededores de la ciudad de Chillán, al norte de ella y al lado de la Carretera Panamericana, un matadero frigorífico, por cuenta y responsabilidad del Comité de Mataderos de la CORFO. Para dotar de energía eléctrica a este matadero han presentado sus antecedentes dos postulantes: la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán y la Compañía General de Electricidad Industrial Sociedad Anónima. Estos organismos presentaron los presupuestos correspondientes, pero, la Dirección General de Servicios Eléctricos determinó que no se tomara en consideración la propuesta de la Cooperativa Rural de Electricidad de Chillán. ¿Cuál fue el pretexto que se invocó para ello? Se dijo que la zona donde está ubicado el matadero frigorífico es de concesión obligada de la Compañía de Electricidad Industrial Sociedad Anónima y que, en consecuencia, nadie más que ella podría suministrar energía eléctrica. La Compañía General de Electricidad Sociedad Anónima atiende esa zona desde hace muchos años, pero su atención es deficiente en este sector donde está ubicado el matadero frigorífico en actual construcción, no ha sido atendido por la Compañía General de Electricidad Industrial, sino desde hace dos años a la fecha, en circunstancias que tiene su red extendida en el sector de la comuna de Chillán, más o menos, desde 1926. Pero sucede, que la Cooperativa Rural Eléctrica atendió ese sector y proporciona energía eléctrica a partir del año 1951, o sea, 16 ó 17 años a la fecha. Cuando la Compañía General de Electricidad veía que no era negocio atender una zona de concesiones, en último término, no extendía sus redes ni proporcionaba servicios, la Cooperativa Rural Eléctrica que como su nombre lo indica, es un conjunto, exclusivamente, de beneficiarios que buscan nada más que el servicio y no la utilidad prestó servicios allí, como dije anteriormente, desde el año 1951. En esa oportunidad la Compañía no alegó que la Cooperativa pudiera otorgar servicios eléctricos ni tampoco lo hizo la Dirección General de Servicios Eléctricos. Pero lo curioso es que ahora, cuando hay en vista una obra grande, que reportará, eventualmente, una gran utilidad, por cierto, nace el interés y la alegación de que sólo la Compañía General de Electricidad Industrial puede otorgar servicios y nadie más que ella. Pero, ¿qué hay? Lo siguiente: el presupuesto de la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán para construir estas obras es de alrededor de 10.674 escudos; y el único dato que tenemos hasta este momento es que el presupuesto de la Compañía General de Electricidad Industrial es notablemente superior, porque, lamentablemente, en un informe emitido por la Dirección General de Servicios Eléctricos, al referirse a esta materia, sólo se expresa: "El presupuesto de la Compañía solamente consulta el valor del empalme en alta tensión que queda dentro del recinto, del equipo de protección y del equipo de medida en alta tensión. Este cobro está ajustado a reglamento." Pero no dice cuánto es. Sin embargo, se ha sabido que el presupuesto de la Compañía es muy superior al de la Cooperativa, aun cuando el de esta última incluye algunas instalaciones fundamentales, no consultadas en la cotización de la Compañía, tales como la totalidad de los transformadores necesarios, el equipo de medida y la línea de empalme. Pues bien, hay un problema más, señor Presidente. Resulta que la tarifa misma es muy diferente. Mientras el kilovatiohora entregado por la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán es de 150 pesos, la tarifa de la Compañía es más del doble, ya que alcanza a 355,90 pesos. Es decir, está a las claras que si postulan las dos instituciones, nadie se podría negar a entregarle el servicio del Matadero Frigorífico a la Cooperativa Rural Eléctrica; pero la forma de darlo a la Compañía, ha sido precisamente eliminar por secretaría a la Cooperativa. El año 1951, la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán podía dar servicio, como lo hace todavía en estos momentos, a la Cooperativa Lechera que está en el mismo sector; pero ahora, en el año 1967, se arguye una razón de orden legal para negarle precisamente la posibilidad de que proporcione un servicio mucho más barato, primero, en cuanto a las obras de instalación, y, en segundo lugar, en cuanto al cobro permanente que se haga del tarifado. ¿Quién es el perjudicado, si no es el Matadero Frigorífico, si no es, en definitiva, e! Comité que construye el matadero, por cuenta de la CORFO y, más tarde, quien va a administrarlo, que es la cooperativa lechera de la zona, formada por particulares de ese sector? Por eso creo que es imprescindible dejar en claro: primero, que no hay impedimento legal alguno para que la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán preste servicio en ese sector; y, segundo, que si existiera impedimento de orden legal lo que no existe, señor Presidente, porque frente a un caso similar, como es el aeródromo de Linares, ya se resolvió que no había impedimento legal para que así se hiciera, tendríamos que iniciar necesariamente la remoción de los obstáculos legales para que, en definitiva, se pueda entregar un servicio barato y adecuado que, al fin y al cabo, beneficiará a toda la ciudadanía e influirá ciertamente en el precio de la carne. Yo he querido formular en forma sucinta estas consideraciones en este hemiciclo para que la opinión pública y las autoridades de Gobierno comprendan cuan serio es el problema por resolver y que no nos podemos quedar solamente en la situación actual ya relatada, porque los principios que juegan en este caso evidentemente incidirán también en un sinnúmero de propuestas que pueden presentarse el día de mañana y en un sinnúmero de elecciones que deberán hacerse. Por eso, desde este hemiciclo, tribuna de una de las ramas del Poder Legislativo, debo expresar nuestra preocupación por estos hechos, pues, si existe un impedimento de orden legal, señalamos que estamos dispuestos a realizar todas las diligencias necesarias para realizar la expropiación de esas obras a la Compañía General de Electricidad Industrial y entregarlas a la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán, que va a prestar servicios mucho más baratos, en forma permanente. También debemos expresar nuestra voluntad de remover, a través de una ley, los posibles obstáculos legales, para que no vuelva a ocurrir en el futuro un caso como el que estamos tratando de solucionar en este momento. Yo pido que se envíen oficios a los señores Ministros del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción, solicitándoles que tengan en cuenta todos los antecedentes que he mencionado al dictar la resolución que, eventualmente, a través de las distintas vías, tuvieran ellos que adoptar. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios a los señores Ministros del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción, en la forma solicitada por Su Señoría. 14.- ATRIBUCIONES DE ENDESA PARA FIJAR ZONAS DE SERVICIO A LAS COOPERATIVAS RURALES ELECTRICAS. OFICIO. El señor FUENTES, (don César Raúl).- ¿Cuántos minutos me quedan, señor Presidente? El señor STARK (Vicepresidente).- Le quedan 7 minutos a Su Señoría. El señor FUENTES (don César Raúl).- Quiero también exponer a continuación una preocupación que tengo en cuanto al ejercicio de las atribuciones de ENDESA y sus relaciones con las cooperativas. Las cooperativas se rigen por la ley pertinente, por los estatutos que se dicten y no tienen más limitaciones que las establecidas en estos textos a que he hecho referencia. Ahora bien hay una especie de política de ENDESA por llamarla así que pretende en algunos casos concretos, sin fundamento legal o estatutario alguno, fijar las zonas hasta donde pueden extender sus servicios las cooperativas, e incluso decidir, en calidad de autoridad superior, la extensión o la zona geográfica que pueden abarcar las cooperativas cuando entre ellas existen algunos desacuerdos en esta materia. No deseo en esta oportunidad extenderme mucho en este problema, pues en mi opinión es grave lo que está envuelto en él. A través de un sinnúmero de proyectos que la ENDESA ha estado rechazando, y puede seguir rechazando otros, se está paralizando la actividad de las cooperativas eléctricas y se les está asfixiando económica y financieramente. El señor ROSALES.- Eso es grave. El señor FUENTES (don César Raúl).- Prefiero pensar que hasta este momento solo se ha tratado de una inadvertencia de orden legal y estatutario. Por eso, sólo quiero ahora llamar la atención sobre este aspecto, á fin de que la ENDESA, a través de los mecanismos legales correspondientes, sea la Corporación de Fomento de la Producción o el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en último término, nos responda de dónde saca las atribuciones para fijar los límites de extensión de las muchas cooperativas rurales eléctricas que existen en el país. Una vez que tenga esa respuesta, haré otras consideraciones que, a mi juicio, están envueltas en las graves aseveraciones que he hecho esta tarde. Un caso concreto de lo que expongo es el proyecto Cachapoal Norte, realizado por la Cooperativa Rural Eléctrica de Chillán, cuyo financiamiento, a través de créditos de la Corporación de Fomento de la Producción y de la AID, se solucionó a principios de agosto del año 1967. Sólo con fecha 12 de enero de este año, ENDESA responde que ese proyecto, que está ya realizado, ha sido anulado por estar proyectado en una zona que le corresponde a la Cooperativa Rural Eléctrica de Parral y no a la de Chillán. Más adelante indica este mismo obstáculo que impide el financiamiento de este proyecto diciendo: "El presente P. A. se rechaza pues las instalaciones están proyectadas en una zona asignada a la Cooperativa Parral, cuyo límite es una línea imaginaria 500 metros al norte del camino San Carlos Cachapoal". "2.Sin embargo, la ENDESA estaría llana a revisar esta determinación siempre que la Cooperativa Chillán llegue a un acuerdo con la de Parral para que este proyecto, aún cuando sobrepasa el límite acordado entre las cooperativas, sea ejecutado por la Cooperativa Chillán, bajo condiciones bien precisas que ellas podrían establecer como una excepción, que tendría que aceptar oficialmente la Cooperativa Parral, que es la perjudicada si se construyen ¡as obras en la forma en que vienen proyectadas." Termina aquí la nota de la ENDESA. Es decir, nos estamos encontrando con una ENDESA que por una parte es poder legislativo y, por otra parte, tiene facultades para modificar los estatutos a su amaño, con normas inspiradas en su propio criterio y discreción. A pesar de estimar como un paso bastante grave el dado por la ENDESA, deseo solamente que nos diga de dónde sacó el límite entre las dos cooperativas, de qué disposiciones legales o estatutarias, de qué acuerdo tomado por ellas o en virtud de qué atribuciones. No quiero pensar que estas actitudes sean un pretexto para ir, en definitiva, asfixiando económica, financiera y paulatinamente a las cooperativas que virtualmente pudieran constituirse en organizaciones que restaran utilidades a algunas empresas eléctricas filiales de la ENDESA. Digo solamente esto por ahora y solicito, a través de un oficio, la respuesta de la ENDESA a la pregunta concreta que he hecho: de dónde ha sacado las atribuciones que pretende tener para fijar los límites entre las cooperativas de Chillán y de Parral, en la forma en que lo ha hecho, a lo cual me he referido en esta intervención. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con la transcripción de las observaciones de Su Señoría. El señor ROSALES.- Y en mi nombre. El señor CAMUS.- Y en el mío. El señor MARTIN.- También en el mío. El señor STARK (Vicepresidente).- También se enviará el oficio en nombre de los señores Diputados que lo han solicitado. Le queda un minuto al señor Fuentes, don César Raúl. El señor FUENTES (don César Raúl).- He terminado. 15.- REDUCCION DE LOS PRESTAMOS DE AUXILIO EN LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES. OFICIO. El señor STARK (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Radical, ofrezco la palabra. El señor CLAVEL.- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, en ¡as sombras de la noche, eludiendo su publicación en el "Diario Oficial", ha nacido misteriosamente el decreto Nº 239, de 28 de noviembre de 1967, de la Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo, que limita arbitrariamente el monto de los préstamos de auxilio a que tienen derecho los imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. En un régimen de derecho como el que todavía estamos viviendo, es usual que los actos legítimos de la autoridad, sus resoluciones, decretos o acuerdos de trascendencia, se den a conocer a la ciudadanía; mediante su publicación en el "Diario Oficial" de la República. No obstante, los miles de afectados por este decreto 239 de la Subsecretaría de Previsión Social, en su calidad de imponentes de la Caja mencionada, se ha buscado la complicidad de las sombras y se ha eludido la claridad de la luz, para tramitar una resolución gubernativa de dudosa legalidad, que arrasa con un derecho adquirido por tan vasto sector de trabajadores de nuestra postergada clase media. El decreto mencionado, que ha producido alarma e inquietud entre los empleados particulares, dice textualmente: "La Caja podrá conceder (¡podrá conceder!) préstamos de auxilio a sus imponentes que tengan más de un año de antigüedad como tales. Estos préstamos estarán limitados al número de meses de sueldo imponible que determine el Consejo de la Caja y no podrán exceder de seis veces ese sueldo ni una cantidad equivalente al 50% de los fondos de retiro de propiedad del imponente.". Complementa este decreto la siguiente disposición: "El interés del préstamo se deducirá anticipadamente en el momento de su concesión.". Ya no basta usurpar a los imponentes empleados particulares sus legítimas expectativas a la distribución del excedente del Fondo de Asignación Familiar, como ha ocurrido recientemente. Ya no es suficiente fijar un escuálido sueldo vital de Eº 373 que determinó la Comisión Central Mixta de Sueldos para 1968. Ya no se conforman con reducir los sueldos de los empleados con el expediente del ahorro obligatorio, fondos que jamás volverán a ver los trabajadores. No ha sido suficiente reducir la imponibilidad de los sueldos al 70%, mermando consecuencialmente el monto de las pensiones de jubilación. El decreto 239 que nos preocupa, no es un acto aislado o rutinario de determinada autoridad de Gobierno, es un hecho sincronizado, que forma parte de un mecanismo premeditado, que tiende hacia el despojo previsional y de todo derecho adquirido por los trabajadores, a fin de allegar fondos a un Estado derrochador que ya no tiene medios para proporcionar bienestar y efectivo mejoramiento económico a los hogares de nuestros empleados y obreros. Señalo este decreto 239, dictado por el Presidente de la República y su Ministro del Trabajo, como una pieza más de ajedrez movida hábilmente en el tablero de la Reforma Previsional que acaricia el Gobierno, destinada a poner en jaque la estructura de todo un sistema de conquistas sociales y previsionales logradas por nuestros trabajadores en largos años de lucha. Comprendo que una labor de socavamiento para reducir paulatinamente el beneficio previsional es menos resistida que llevarla a efecto en forma integral, en una sola iniciativa. Tan inconsulto decreto, nacido en la penumbra, carece de todo principio de justicia social y desconoce la amarga realidad que vive el empleado particular, como exponente de la clase media, la que jamás en Gobierno alguno había sufrido un trato discriminatorio e injusto como en el actual. Mediante el decreto 239 se han derogado antiguas disposiciones reglamentarias que habían hecho del préstamo de auxilio en la Caja de Previsión de Empleados Particulares una verdadera institución de ayuda familiar en casos de apremio del imponente. Se deja al criterio del Consejo de esta Caja, el mismo que negó la distribución del excedente del Fondo de Asignación Familiar, la facultad soberana de dar o negar estos préstamos, y si este Consejo se digna graciosamente concederlos, podrá limitar arbitrariamente su monto a los meses de sueldo imponible que crea conveniente, todo de acuerdo con el Nº 2 de este decreto 239 que analizo. De igual manera, por anticipado se descontarán los intereses correspondientes, en el momento de otorgar estos préstamos. Si las organizaciones de empleados particulares han expresado públicamente su repudio a un acuerdo del Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, de no distribuir el excedente producido en el Fondo de Asignación Familiar, estas mismas entidades movilizarán mañana sus efectivos por el atropello de sus derechos que significa este decreto de la Subsecretaría de Previsión Social, al dejar el arbitrio de un organismo colegiado el otorgamiento de un beneficio que antes constituía un claro derecho. No entiendo cómo el Primer Mandatario llama á la concordia y a la tregua a los distintos sectores ciudadanos y precisamente sus actos como gobernante conducen a la intranquilidad social, llevan la inquietud hacia las organizaciones de empleados y pone alerta a todos los trabajadores que tendrán que movilizar sus efectivos para la defensa de sus derechos y conquistas sociales. Yo advierto al inmenso sector de imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares que paulatinamente se les está cerrando las puertas de su institución de previsión. Por ahora, sólo se ha limitado el monto de los préstamos de auxilio, para el caso eventual de que éstos le sean otorgados al imponente. Mañana, seguramente, se establecerán causales determinantes para la concesión de los préstamos de auxilio en esta Caja de Previsión, para terminar, finalmente, por erradicar este beneficio, que es el único que permite al empleado particular equilibrar semestralmente su escuálido presupuesto familiar. Estimo de justicia reparar este atentado que el Gobierno ha consumado en perjuicio de los empleados particulares y existe la conveniencia de evitar que tan funesto precedente siente sus reales en otras cajas de previsión, destruyéndose a la larga la institución del préstamo de auxilio, que cubre el empleado en sus angustias económicas, equilibra, muchas veces, su presupuesto, le financia sus gastos imprevistos de enfermedad, escolaridad de sus hijos, vacaciones, etcétera. Solicito al señor Presidente, se sirva recabar el acuerdo de la Honorable Cámara, y si ello no es posible que se haga en mi nombre, á fin de que se dirija oficio al señor Ministro del Trabajo, pidiendo la derogación del decreto 239, de 28 de noviembre de 1967, de ¡a Subsecretaría de Previsión Social, que limita los préstamos de auxilio, de tal manera que se restablezcan las anteriores disposiciones reglamentarias sobre el otorgamiento de este beneficio en forma amplia y discrecional. El señor STARK (Vicepresidente).- A nombre de Su Señoría, y de los señores Acuña, Basso, Galleguillos y Aguilera, que también lo han pedido, se enviará el oficio solicitado. 16.- SITUACION PRODUCIDA CON MOTIVO DEL ULXIMO INCENDIO QUE AFECTO A CIERTAS POBLACIONES, BOSQUES Y JARDINES DE LA CIUDAD DE VIÑA DEL MAR. OFICIO. El señor CLAVEL.- He concedido una interrupción al señor Camus, señor Presidente . El señor STARK (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Camus. El señor CAMUS.- Señor Presidente, deseo expresar el sentimiento y el pesar con que los Diputados radicales nos hemos impuesto de la calamidad que ha afectado a la ciudad de Viña del Mar a causa de incendios que han destruido no sólo una reserva forestal, sino bosques y jardines que le dan, justamente, el aspecto que caracteriza a este balneario, al primer balneario del Pacífico. Dichos incendios no sólo han afectado estos lugares de turismo y de belleza de la ciudad de Viña del Mar, sino que, además, las viviendas de muchos de sus pobladores, la gente humilde que vivía en la población "Gómez Carreño", principalmente. Sin embargo, no se trata sólo de lamentarnos de esta calamidad, sino de fijar criterios para buscar ¡algún sistema de prevención de males y desgracias de tal naturaleza que podrían, incluso, haber ocurrido más frecuentemente y haber afectado en mayor número de oportunidades a Viña del Mar, por no haberse adoptado ninguna clase de medidas para impedir que se produzcan incendios de este tipo. Necesariamente tenía que pensarse que ellos se propagarían con rapidez a causa de la configuración topográfica de Viña del Mar, y por la circunstancia de que la ciudad está rodeada de bosques que, en verano, son pasto fácil de las llamas. En consecuencia, es indispensable que consideremos para Viña del Mar estas medidas, las que deberá impulsar el Ministerio del Interior a través de un plan coordinado de prevención de incendio en las ciudades, especialmente en los balnearios, y en particular, de medidas necesarias para apagar el fuego cuando se presente. En relación con el problema de los Cuerpos de Bomberos, planteado anteriormente por el Diputado señor Santibáñez, considero también necesario que exista una legislación especial que les proporcione nuevos medios, lo que podrá ser muy útil siempre que sea dictada en forma rápida, inmediata y expedita. Creo que las subvenciones que antes se otorgaban a través del Presupuesto de la Nación a los Cuerpos de Bomberos han sido eliminadas, para dar subvenciones a otros sectores cuyas labores resultan menos importantes, menos necesarias y útiles, como son las efectuadas a favor de distintas organizaciones de tipo social que no tienen la trascendencia e importancia de aquéllos. Los Cuerpos de Bomberos han sido privados de esta clase de subvenciones que, en realidad, significaban una ayuda y una contribución para la compra de materiales y la mantención de sus servicios en buenas condiciones. Sería necesario volver a este sistema de subvenciones para los Cuerpos de Bomberos del país, a fin de que ellos contaran con una ayuda eficaz para adquirir material y disponer de los servicios necesarios de auxilio a las poblaciones, en caso de incendios. Finalmente, solicito que se envíe oficio al Ministerio del Interior, pidiéndole que informe acerca de las medidas adoptadas en Viña del Mar a raíz de este incendio y sobre la posibilidad de organizar, a través de la oficina especializada para atender esta clase de calamidades y siniestros, el programa que deberá trazarse para coordinar la acción de las autoridades, de los bomberos y de otras entidades que pudieran contribuir a prevenir los incendios de bosques en Viña del Mar y demás ciudades-balnearios, expuestas a ellos. Asimismo, las medidas que puedan tomarse de inmediato para contrarrestar los incendios de bosques de las proporciones y características de los que han afectado a dicha ciudad como a otras. Creo que eso sería, concretamente, lo que podríamos sacar como una experiencia de este siniestro, que ha causado tanto dolor y que sin duda va a afectar la afluencia de turistas a Viña del Mar, así como ha perjudicado seriamente a muchas familias humildes de escasos recursos que perdieron sus casas y enseres. Eso es todo. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará oficio al señor Ministro del Interior con la transcripción de las observaciones de Su Señoría. 17.- TERMINACION DE LOS TRABAJOS DE PAVIMENTACION DEL CAMINO QUE UNE A CHILLAN CON RECINTO. OFICIO. El señor BASSO.- ¿Cuántos minutos quedan al Comité Radical, señor Presidente? El señor STARK (Vicepresidente).- Un minuto y medio, señor Diputado. Puede usar de la palabra Su Señoría. El señor BASSO.- Señor Presidente, hace más o menos un año usé de la palabra en esta Cámara, con el objeto de que se hicieran llegar mis observaciones al señor Ministro de Obras Públicas respecto de la terminación del camino que une Chillán con el pueblo de Recinto, del cual se construyó un tramo de más o menos 36 kilómetros hasta un lugar denominado "El Rosal". Pero entre esta localidad y Recinto existen otros 36 kilómetros, en que trabajó la empresa Delta. En este tramo, sólo quedó preparado el terraplén para vaciar el asfalto y se paralizó el trabajo totalmente. Hoy día esta parte del camino es prácticamente intransitable; y peor todavía, los terraplenes son muy angostos por lo cual existe un peligro evidente para los vehículos que por allí transiten. Por estas razones, pido que se hagan llegar una vez más mis observaciones al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de que se tomen las medidas del caso para terminar la pavimentación del tramo "El Rosal" a Recinto y, además, para que se ensanchen los terraplenes, pues en su condición actual constituyen un peligro para los vehículos y sus ocupantes. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría. Ha terminado el tiempo del Comité Radical. 18.- PROBLEMAS QUE AFECTAN A LA COMUNA DE HUALPI, PROVINCIA DE CONCEPCION. OFICIOS. El señor STARK (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Comunista. El señor AGURTO.- Pido la palabra. El señor STARK (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor AGURTO.- Señor Presidente, el 29 de octubre del año pasado, la Municipalidad de Hualqui, junto con las instituciones que representan las fuerzas vivas de esa localidad, convocaron a un cabildo a sus habitantes, con el objeto de analizar los principales problemas que afectan a esa importante comuna e impulsar su solución. Este cabildo era la culminación de un programa de realizaciones que había elaborado el municipio con motivo de la celebración de los 210 años de vida de ese pueblo. A este acto fueron invitados los parlamentarios de la provincia, el señor Intendente y los jefes de los principales servicios de la región. Yo diría que fue un acto muy interesante, porque sirvió para reactualizar una serie de peticiones que, tanto las autoridades como los pobladores y los maestros de esa localidad, oportunamente habían planteado al Supremo Gobierno. Entre los problemas que allí se plantearon debe destacarse, en forma muy especial, el que se refiere a la pavimentación del camino que va desde Hualqui hasta Chiguayante. Quiero recordar que, en estos momentos, la obra total, es decir, el camino que une a la ciudad de Concepción con Hualqui, se encuentra inconclusa, lo que es bastante lamentable, ya que este pueblo por su clima y las bellezas que ofrecen las riberas del BíoBío, constituye una verdadera delicia para las numerosas personas que en este tiempo desean visitar esa localidad, lo que ahora se hace imposible, por el mal estado del camino. También deseo hacer presente que en este cabildo el que habla se comprometió a plantear estos problemas en esta Cámara, ya que los parlamentarios de Izquierda no siempre contamos con buena acogida de parte de los señores Ministros cuando vamos a formular personalmente una petición. Por tal motivo, no nos queda otra cosa que tener la satisfacción de plantear el problema en el seno de esta Corporación y de solicitar que se envíen a los señores Ministros los correspondientes oficios, los cuales generalmente son respondidos un tiempo después, a través de algún oficio también, en el sentido de que se está preocupado del problema; pero, finalmente, observamos que no se realizan las obras que los pueblos y las provincias que representamos desean. Los parlamentarios comunistas venimos desde el año pasado formulando indicaciones en la Comisión Mixta de Presupuestos, con el objeto de que se destinen los fondos necesarios para terminar una obra que consideramos indispensable: la pavimentación del camino que unirá la ciudad de Concepción con la localidad de Hualqui. Sin embargo, nuestras indicaciones fueron rechazadas. Este año hemos reactualizado estas indicaciones; pero sabemos que fueron rechazadas una vez más. Por esta razón, en esta oportunidad, me permito solicitar que se dirija un oficio al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que informe a esta Cámara si en el presupuesto de Obras Públicas para 1968, que sin duda ya se ha elaborado, se ha consultado alguna partida para terminar este camino que unirá, como he dicho, dos ciudades importantes. Otro problema planteado en el cabildo es el que se refiere a la construcción de locales escolares. Con motivo de los sismos del año 1960, la Escuela Nº 24, de la localidad a que me refiero, quedó en estado ruinoso y prácticamente fuera de uso por las numerosas grietas que sufrió el edificio donde funciona. De manera que ingenieros y arquitectos del Servicio respectivo informaron que no se podía continuar trabajando ahí. A causa de esto la Escuela Nº 24 empezó a funcionar en el local de la escuela Nº 21, que es de madera, con muy pocas salas y con muy pocos servicios higiénicos. Pero lo más curioso es que en ese local funcionan numerosas escuelas y numerosísimos establecimientos educacionales. Tengo en mis manos un documento de la Directora de la Escuela Nº 24, que en su parte pertinente dice que en el mismo local de la Escuela Nº 21 funcionan "otros seis establecimientos educacionales, a saber, la propia Escuela 21, el Anexo de! Liceo Fiscal Nº 3, el Liceo Particular de Hualqui, la Escuela Nocturna Fiscal, la Escuela Nocturna Particular, y un Séptimo Año de la misma Escuela 21. Todos ellos se distribuyen y comparten cada día once salas con que cuenta el local de la Escuela 21, y sus tres servicios sanitarios; todo ello para un total de 1.500 alumnos". Si existe allí un problema de suma gravedad, es, justamente, el que estoy detallando. No es posible que en un local con tan pocas salas de clase, con tres servicios higiénicos, reciban la enseñanza correspondiente 1.500 alumnos. Yo se que numerosas autoridades de Concepción, incluso algunos parlamentarios, han realizado gestiones a nivel ministerial, con el objeto de acelerar la construcción de un nuevo local para la Escuela Nº 21. Sin embargo, ellas no han prosperado. En esta oportunidad, yo también me permito solicitar que se envíe un oficio al señor Ministro de Educación, con el objeto de que se informe concretamente a la Cámara acerca de los programas y los fondos destinados para construir el local definitivo que necesitan los establecimientos educacionales de la localidad de Hualqui. Además de los problemas que he mencionado, en el cabildo a que me estoy refiriendo se planteó otro de suma gravedad, como es el del agua potable. Parece inexplicable que, en un pueblo con 210 años de vida, con la importancia que tiene y ubicado a pocos metros de ese hermoso río que es el BíoBío, los pobladores carezcan de ese vital elemento que es el agua potable. Según informó el Ingeniero Provincial de Obras Sanitarias, el problema reside en el hecho de que las cañerías matrices que allí existen son insuficientes para abastecer el consumo de las poblaciones. La solución de este problema también es una vieja aspiración de sus habitantes. Hay allá poblaciones donde la gente ni siquiera cuenta con pilones, donde la operación emergencia no se ha visto y donde tampoco se han visto las obras realizadas con los recursos que con nuestros votos se han destinado en el Presupuesto de la Nación para que sean entregados a Intendentes y Gobernadores, con el objeto de que puedan atender este tipo de problemas. Por esa razón, pido que se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole informar a esta Sala acerca de los planes que existen para el año 1968 con el objeto de que esa importante localidad, como he dicho, pueda contar con servicio de agua potable, que es un elemento vital para las poblaciones. También me quiero referir al problema habitacional. Allí la Corporación de la Vivienda no ha construido ni una sola casa. Son muchas las personas que han debido construir con sus propios medios, en las condiciones que, ya sabemos, lo hace nuestro pueblo. Pido que se envíe oficio al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo en el que se le solicite que nos informe acerca del programa elaborado para esta comuna, porque ella es importante repito y porque hay necesidad de atender sus problemas. Se encuentra a un paso de la ciudad de Concepción y, si se solucionaran sus problemas, especialmente en materia de urbanización, llegaría a ser un centro de atracción turística, por las cualidades que ya he mencionado. Además, señor Presidente, sé que, a través del Ministerio del Interior, a veces se soluciona el problema de falta de teléfonos para algunas localidades. Este problema constituye, también para Hualpi, algo muy grave. Resulta curioso, pero creo que no hay más de dos teléfonos en toda esa localidad, que son, sin duda, el de Carabineros y el de la Municipalidad. No hay teléfono público y la compañía ha solicitado a las autoridades respectivas que, al usar el teléfono, lo hagan dentro del menos tiempo posible. Desconozco las razones de carácter técnico que puedan exitir para producir esta situación. Solicito que también se dirija oficio al señor Ministro del Interior, haciéndole presente la necesidad de que se tomen las medidas correspondientes para que esta localidad pueda contar con un teléfono público. Resulta inconcebible que, estando tan cerca de una ciudad tan importante como Concepción, esta localidad de Hualpi no cuente con este medio de comunicación. Recuerdo una frase con que el Alcalde de esa comuna se refirió al problema telefónico: "Resulta mucho más fácil hablar desde Concepción a Moscú que hablar desde Concepción a Hualpi". Y esto es lógico que así ocurra, si no hay en esta última ciudad, más de uno o dos teléfonos. ¡Imagínense los señores Diputados el problema que existe! Finalmente, porque veo que mi tiempo está terminando, me quiero referir. . . El señor STARK (Vicepresidente).- ¿Me permite Honorable colega? Ha terminado el tiempo del Comité de Su Señoría. Se enviarán los oficios solicitados a los señores Ministros de Obras Públicas, de Educación Pública, de Vivienda y Urbanismo y del Interior. 19.- EXPROPIACION DE LA HACIENDA "LIMAHUIDA" Y FUNDOS "LAS CAÑAS" Y "CHILLEPIN", DE LA PROVINCIA DE COQUIMBO. OFICIOS. El señor STARK (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Democrático Nacional, que ha cedido siete minutos al señor Aguilera. Tiene la palabra el señor Aguilera. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, voy a aprovechar estos minutos que me ha cedido el Comité Democrático Nacional para solicitar que se envíe oficio al señor Ministro de Agricultura a fin de que dé cumplimiento a un oficio enviado a esta Cámara el 8 de septiembre de 1967. ¿Qué dice este oficio? Dice el señor Ministro. "Al respecto y de acuerdo con lo manifestado por la Corporación de la Reforma Agraria, puedo comunitar a US., que la Hacienda "Limáhuida" fue expropiada por el Honorable Consejo de esa Corporación el 17 de febrero de 1966, y actualmente se encuentra para la toma de posesión material, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º transitorio de la ley. Nº 16.540 sobre Reforma Agraria. El Fundo "Chillepin" por su parte, fue expropiado con fecha 23 de septiembre de 1965". Sobre el particular, hasta este instante no se ha cumplido con el decreto del Ministerio de Agricultura, como lo prueba una nota que tengo en mi poder, firmada por los señores David Salas, Lorenzo Barraza y Francisco Vargas, por la que solicitan al señor Ministro de Agricultura y al señor Rafael Moreno, lo siguiente: "En vista de la dificilísima situación económica en que nos encontramos nosotros y nuestros hogares, y habiendo transcurrido bastante tiempo de tanta tramitación y en mérito de la justicia que nos asiste, rogamos al señor Ministro quiera tener a bien ordenar se proceda a la mayor brevedad posible a la expropiación total de la Hacienda Limáhuida, ya que necesitamos trabajar y producir para el país". Desde 1966, en que se tomó la resolución de expropiar el fundo Limáhuida de Illapel, ya han transcurrido dos años. Creo que es un mal precedente del Gobierno, que incluso envió un oficio a esta Corporación, no llevar a la práctica las resoluciones que se toman por sus organismos. Esta es la razón que me asiste para pedir por oficio, al señor Ministro de Agricultura, el cumplimiento de la aspiración de esta gente y lo dispuesto en la ley Nº 16.640. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará el oficio, en nombre de Su Señoría, con la transcripción de sus observaciones. 20.- TRANSFERENCIA DE TERRENOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE MINERIA.- OFICIOS. El señor STARK (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor AGUILERA.- Gracias. Señor Presidente, en el Diario Oficial de 21 de octubre de 1966, se publicó el reglamento de la ley Nº 16.392, cuyo artículo segundo, para la aplicación del artículo 29 de dicha ley, dice: "Para los efectos del citado artículo 29, tendrán la calidad de ocupantes de los terrenos a que se refiere el artículo precedente aquellas personas que bajo juramento declaran ante notario de que ocupaban materialmente esos terrenos el 16 de diciembre de 1965". ¿A qué se refiere este artículo 2º del reglamento? A que el artículo 29 de la ley Nº 16.392 dejó establecido que la Corporación de Servicios Habitacionales, previo informe de la Empresa Nacional de Minería, procedería a levantar un plano de individualización y subdivisión de los terrenos de propiedad de la empresa, ubicados en el pueblo de Guayacán de la comuna y departamento de Coquimbo, terrenos que deberán ser transferidos gratuitamente a sus ocupantes para dar cumplimiento a la ley. Como en el artículo 1° del reglamento se dice que la Corporación de Servicios Habitacionales "procederá a levantar un plano de individualización...", y en el artículo 29 de la ley Nº 16.392, que se deberá hacer la entrega material y gratuita a sus actuales ocupantes, entiendo que la palabra "procederá" es imperativa y, por lo tanto, una obligación. Sin embargo, hasta este instante, desde octubre de 1966, no se La hecho nada, a pesar de que ha transcurrido más de un año. Sería conveniente que el Gobierno hiciera cumplir las disposiciones que él mismo firma. Y ha firmado una ley y ha firmado un reglamento. Sé que no es el Presidente el que tramita a esta gente, pero tiene la responsabilidad de que sus funcionarios apliquen y hagan cumplir las leyes. Pido que se transcriban mis observaciones al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo y, también, al Presidente de la República, para que ordenen, nuevamente, hacer la entrega material de estos terrenos, que benefician a más de 150 personas. De esta manera se estaría cumpliendo con las leyes que se dictan, porque incluso a la gente se le ha hecho sacar declaraciones notariales y entregar sus libretas de familia. Y a pesar de la entrega de estos documentos, no sé qué espera la Corporación de Servicios Habitacionales para hacerles entrega de los terrenos. Por eso, solicito que se exija el cumplimiento de la ley y del reglamento firmado por el Presidente de la República. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviarán oficios al Presidente de la República y al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo. 21.- PENSIONES IMPAGAS DE LA CAJA DÉ ACCIDENTES DEL TRABAJO.OFICIOS. El señor STARK (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, hace poco estuve en la oficina local de la Caja de Accidentes del Trabajo, conversando con la señorita Vicepresidenta. Logré comprobar que hay más o menos 160 expedientes, totalmente aprobados, que benefician a los silicosos de todo el país. Muchos de ellos han fallecido esperando que la. Caja les pague. Ciento se senta personas tienen sus solicitudes, de pensión aprobadas, pero no se pagan porque la Caja no ha recibido el 1% del aporte patronal para "tonificar" la ley Nº 15.477, que es la que mantiene la previsión de todos los silicosos. Así, nos hemos encontrado con que en la Caja hay una crisis económica que tiene que solucionarse, porque la gente silicosa se está muriendo sin siquiera recibir sus pensiones. El señor STARK (Vicepresidente).- ¿Me permite señor Diputado? Ha terminado el tiempo concedido a Su Señoría. Puede continuar en el tiempo del Comité Socialista. El señor AGUILERA.- Gracias. Como todos los silicosos tienen la vida casi limitada, porque después que dejan su trabajo no duran más de dos o tres años, lo menos que se puede hacer es pagarles sus pensiones a tiempo. Solicito, en consecuencia, que se dirija oficio a los señores Ministros de Hacienda y del Trabajo para que, incluso sobre la base de un préstamo, se paguen las 160 solicitudes aprobadas, a las que también habrá que agregarles las diferencias por concepto de reajustes. En caso contrario estaríamos haciéndonos solidarios de la injusticia que se comete contra esta gente a la que le queda pocos días de vida. El señor STARK (Vicepresidente).- En nombre de Su Señoría, se enviará oficio a los señores Ministros de Hacienda y del Trabajo. 22.- PROBLEMAS Y NECESIDADES DE LA PROVINCIA DE COQUIMBO.OFICIOS. El señor STARK (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, hace pocos días estuve en el departamento de Illapel, que, como otros, sigue sufriendo la aguda y natural sequía que siempre ha tenido el norte chico. Pero ahora se han sumado a ella los trabajos de agua potable, actualmente en ejecución, con lo que ha aumentado la escasez de este elemento indispensable para la población. Este problema es extraordinariamente grave, porque incluso Aconcagua y Valparaíso han sido declaradas zonas de emergencia. Y al calor y a la sequía que favorecen hasta los incendios de esos sectores, porque el norte es muy caluroso, ahora se presenta la falta de agua, que puede hasta desencadenar una epidemia. La gente de estos lugares se amanece juntando agua, pero ni las autoridades locales ni provinciales han tomado medidas de emergencia para socorrerlas aunque sea trayendo agua de vertientes en camiones del Ejército. En esa atención, solicito que se envíe oficio al señor Ministro del Interior para que frente a esta calamidad pública, ordene proporcionar agua a toda la gente no sólo de Illapel, sino de los sectores de Mincha y Canela, y para que la Dirección de Riego tome algunas medidas, instalando provisionalmente algunas bombas de extracción de agua. En fin, que se haga algo, para no tener después que lamentarnos de los perjuicios que puede acarrear esta sequía. Para qué hablar de arborización. Se está perdiendo casi toda. Y es tan grave la situación que entre los regantes se han llegado a producir peleas por la falta de agua de riego. Solicito, señor Presidente, que se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas, para que se tomen algunas medidas de emergencia tendientes a paliar la sequía y a concluir los trabajos de instalación de agua potable, exigiendo a los contratistas su pronta terminación, porque, a pesar de que ya venció el plazo fijado para ello, esta gente no se apura ni le preocupa hacerlo. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará oficio a los señores Ministros del Interior y de Obras Públicas. Puede continuar Su Señoría. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, obra en mi poder, y seguramente en el del resto de los colegas parlamentarios que representan a la provincia de Coquimbo, un telegrama del señor Alcalde de Canela, en que dice que se permite comunicarnos que, con fecha 20 de los comentes, ha sido notificado por el Director General de Carabineros que el retén de Canela, que es cabecera de la comuna de Mincha, será levantado en el curso de la presente semana, llevándose el personal de su base a Illapel. ¿Cómo es posible que se ordene levantar un retén de una comuna que tiene más de 15 mil habitantes y que está totalmente abandonada y alejada de los puntos urbanos, por no decir, arrinconada? Ahora le quitan dos o tres carabineros, que por lo menos mantenían el orden y la vigilancia de la zona. Y nos sorprende esta medida, porque no se da ningún otro motivo. Hace dos años se aumentó la dotación de carabineros en 1.070 plazas. Bien, pero que se envíen carabineros a las provincias, porque aquí en Santiago los vemos a veces por las calles en grupos de a 10 ó de a 15. Por eso, lo menos que podemos pedir es que se mantengan los que actualmente hay en los retenes del resto del país. De ahí que solicite que se envíe oficio al señor Ministro del Interior para que no retire los carabineros del retén Canela de la comuna de Mincha, en atención a ¡os miles de habitantes que hay en ella, haciéndole presente que este retén fue instalado en 1932, y que por los años transcurridos no se justifica su retiro. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro del Interior. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, aparte de los problemas locales que he planteado, quiero pedir que se envíe oficio al señor Ministro que corresponda, para saber concretamente en qué ha quedado el anuncio hecho por el Gobierno, incluso por los parlamentarios democratacristianos de Coquimbo, por el señor Intendente y por todas las autoridades, sobre la creación de un barrio industrial en la provincia. Hasta el momento sólo se han expropiado los terrenos, se los ha urbanizado, pero nada más. Y a pesar de que se dice a los cuatro vientos que se van a instalar barrios industriales, hasta el momento sólo un galpón ha aparecido; ni siquiera "aflora" la fábrica de neumáticos, que es lo principal, puesto que permitirá ocupar alrededor de mil hombres. Como hasta estos instantes nada se vislumbra y como el Gobierno no ha dicho cuándo se iniciará la construcción de la fábrica de neumáticos, que creo será la Firestone, solicito, que se envíe oficio al Ministro que corresponda, con el fin de que se nos diga cuándo se va a iniciar esta obra. El señor STARK (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría el señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, en la sesión pasada solicité la remisión de un oficio al señor Ministro de Obras Públicas, para que nos informara cuando se iniciará la pavimentación del camino Illapel-Salamanca-Los Vilos. Como hasta la fecha no ha habido respuesta, ruego que se reitere mi oficio. El señor STARK (Vicepresidente).- Al señor Ministro de Obras Públicas, será reiterado el oficio. Puede continuar Su Señoría. El señor AGUILERA.- He terminado, señor Presidente. El señor STARK (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Independiente, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 19 horas 13 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.