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- rdf:value = " El señor BOSSAY.-
Señor Presidente, deseo plantear el problema relativo al inciso del artículo 1º que otorga una asignación especial de 7,5%, fundamentalmente desde el punto de vista de la manera como se ha desarrollado el estudio y el despacho de la disposición.
Lo hago, ante todo, porque soy autor de ella, en nombre del Partido Radical. Por supuesto, conozco su nacimiento, y también la forma en que fue tratada y despachada.
Me referiré al aspecto estrictamente constitucional, en vista del planteamiento que se ha hecho, de la manera más breve y sencilla que me sea posible. Y explicaré, en especial, el desarrollo de la indicación misma.
Tan dudoso es el aspecto constitucional por el cual se han rasgado vestiduras en esta Sala, que el propio informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, tantas veces citado en esta sesión, reconoce lo sutil de las diferencias que pueden hacer admisible, en un caso, la división de la votación y, en otro, improcedente. Dice en uno de sus párrafos finales: "Es posible que en algunos casos surjan dudas y haya controversia en lo que en sí constituye o debe entenderse por una observación, ya que en un mismo artículo es posible que se presenten ideas independientes que pueden subsistir por sí solas y que implican la existencia de varias observaciones. Sería necesario considerar en esas oportunidades la situación particular en que se encuentran las observaciones del Ejecutivo."
Ahora bien, esas consideraciones inducen a pensar, en un caso dudoso como éste, que se trata de uno de esos vetos susceptibles de dividirse, por dos razones: en primer lugar, por ser evidente que las palabras que se pretende suprimir constituyen una idea intercalada en el total de la observación, puesto que el inciso vetado puede subsistir perfectamente sin ellas; y porque, además, no existe inconstitucionalidad desde el punto de vista de la falta de patrocinio para aumentar el gasto, ya que el proyecto aprobado por el Congreso es idéntico, en este particular, al despachado por la Cámara en el primer trámite constitucional. Y esa iniciativa, aprobada por la unanimidad de la Cámara de origen y propuesta en esa forma por el Presidente de la República, daba a la asignación de 7,5% el carácter de imponible.
Tal se desprende claramente de lo expuesto en el segundo informe de las Comisiones unidas, que, en su página 17, expresa: "Posteriormente/al tratarse el artículo 103 del proyecto de la Cámara de Diputados, se suscitó la cuestión de si la asignación de 7,5% que se consulta en el inciso segundo del artículo lº del proyecto era o no imponible. Varios señores Senadores opinaron en el primer sentido y en igual forma lo hizo el señor Superintendente de Seguridad Social. En cambio, los Honorables Senadores democratacristianos y el Honorable señor Bulnes consideraron que dicha asignación es no imponible y, en tal sentido, expresó el Honorable señor Bulnes, Presidente de las Comisiones unidas, es que declaro procedente la indicación del Honorable señor Bossay que reemplazó el inciso segundo del artículo primero."
En otras palabras, ese planteamiento se efectuó en su oportunidad; la mayoría de los miembros de las Comisiones unidas estimó que la asignación era imponible, y así consta en el respectivo informe.
Debo también expresar que la censura que nos ha comunicado el Honorable señor Musalem; mejor dicho, que ha hecho pública en la Sala, y que en su oportunidad hizo al presidente de las Comisiones unidas, nuestro colega el Honorable señor Aguirre Doolan, es, a mi juicio, extraordinariamente injustificada, porque el presidente de las Comisiones expresó claramente que, por asaltarle dudas, la Mesa formulaba la consulta del caso. Y fueron las Comisiones las que aceptaron dividir la votación.
Con posterioridad se produjo igual problema, pero no suscitado por nosotros, los opositores, sino por nuestro Honorable colega el señor Palma, quien, en el artículo 278, solicitó dividir la votación y suprimir una serie de palabras y frase, lo cual, según nuestro criterio, desvirtuaba completamente el alcance primitivo de la indicación. En efecto, en ese artículo el Honorable señor Palma pidió quitar del primer inciso esta frase: "Todas las importaciones de mercaderías a las cuales el Comité Ejecutivo del Banco Central les hubiera señalado tal exigencia". Esa supresión cambiaba totalmente el contenido del inciso. Y, al final, pidió eliminar del inciso segundo sólo los términos "o para actividades especiales". Tales enmiendas dejaban el artículo totalmente distinto de cómo había sido redactado.
Señor Presidente, sintetizaré mis observaciones, pues no deseo ocupar largo tiempo en esta cuestión previa planteada por el Honorable señor Musalem.
Como autor de la indicación, debo expresar que, tal como lo advertimos oportunamente la mayoría de los miembros de las Comisiones, en aquélla estaba considerada la imposición previsional, pues lo que pretendíamos era un reajuste que estuviera de acuerdo con el alza del costo de la vida. Si los señores Senadores revisan los debates en especial, el que consta en el segundo informe, verán que así queda claramente establecido en todas las intervenciones, que ése fue nuestro propósito. Y entendimos que de esa manera fue despachado el precepto tanto por la Cámara como por el Senado.
Es decir, al aceptar la Mesa lo que la mayoría de las Comisiones planteó, nosotros sólo quisimos volver a lo primitivo, a lo que en el hecho habría resuelto el Senado.
Comprendo que haya controversia, porque el caso es dudoso y permite sostener posiciones encontradas. En las propias bancas de nuestro partido existe una interpretación constitucional, que ha sido expresada privadamente no sé si también en público, de algunos colegas que discrepan de nuestro pensamiento. Pero en mi calidad de autor de la indicación y como miembro de la mayoría que la despachó, puedo afirmar que, para nosotros, no cabe duda: quisimos que los empleados no perdieran en su previsión. Estimamos que la asignación era sueldo. Luchamos porque así fuera, a fin de que en lo futuro les sirviera para la jubilación.
Por desgracia, las condiciones en que se nos presenta el veto nos colocan en un disparadero, pues de manera alguna refleja el propósito de quienes patrocinamos la indicación y que inspiró tanto al presidente como a la mayoría de las Comisiones, es decir a todos los que intervinimos para despacharla de modo que favoreciera las personas, que en virtud de ella, esperaban obtener el reajuste total.
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