rdf:value = " El señor AHUMADA.-
Quiero dejar constancia de la posición de nuestro partido.
Esta disposición existe en otro proyecto de ley, y fue aprobada en el Senado. Nosotros hemos mantenido igual actitud tanto en aquel proyecto como en este artículo 185, en toda su tramitación, en especial cto mira a las aspiraciones que me han expresado en fecha reciente y en forma muy reiterada los sindicatos industriales de la Sociedad Minera El Teniente, sobre la necesidad de que los años discontinuos de servicios sean considerados como continuos para los efectos de las indemnizaciones. Para tal efecto, ese beneficio existe en muchos convenios colectivos de otras compañías.
Por lo demás, se trata de un principio y norma fundamental de la seguridad social, y en tal sentido la Confederación de Trabajadores del Cobre nos ha hecho llegar su opinión, mediante diversas peticiones dirigidas a nuestro partido.
Por esas consideraciones, insistimos en el artículo 185.
Los minutos que restan a nuestro Comité son para el Honorable señor Gómez.
"