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- rdf:value = " El señor CONTRERAS LABARCA.-
- Esta materia dice relación con la situación de un esforzado y modesto gremio de trabajadores: los suplementeros.
El Parlamento aprobó en favor de ellos una disposición muy diferente a la que aparece en el veto. Las ideas esenciales del artículo despachado por el Congreso eran dos: la primera declaraba exentos del pago del impuesto sobre la renta a todos aquellos suplementeros que percibieran una renta anual inferior a dos sueldos vitales del departamento de Santiago y trabajaron con un capital inferior a medio sueldo vital anual del mismo departamento. La segunda consistía en condonar los impuestos a la renta, intereses, multas y otros recargos que a la fecha de la presente ley adeudaran estos trabajadores; o sea, los ponía al amparo de la persecución del Servicio de Impuestos Internos, cuyas sanciones, como saben los señores Senadores, suelen ser, en especial para los más modestos, muy duras y penosas.
¿Qué ideas propone ahora el Ejecutivo con respecto a estos formidables "capitallistas", entre comillas, a los cuales se quiere someter a una legislación especial en materia tributaria?
La observación del Gobierno contiene también dos ideas, en reemplazo de las que acabo de mencionar.
La primera consiste en gravar a los suplementeros con un impuesto único sobre la renta, equivalente a un octavo de sueldo vital mensual.
La segunda consiste en liberarlos de llevar contabilidad. ¡ Miren el descubrimiento que hizo el Ejecutivo! Los suplementeros no tendrán que llevar contabilidad. Esa es la ventaja que les ofrece el Gobierno.
¿ Cómo es posible que se intente gravar a estos trabajadores con un impuesto que, según nos informaron en las Comisiones unidas los funcionarios competentes, será
a lo menos de 46 escudos anuales? Podrá argüirse que se trata de una suma pequeña, pero es fabulosa para un vasto sector de suplementeros que no disponen de capital alguno y perciben rentas ínfimas, que apenas les permiten subsistir.
No me parece justo ni conveniente dictar una legislación de esta naturaleza, para castigar con el látigo del tributo a un sector que, como digo, es muy modesto y, al mismo tiempo, realiza una labor sumamente penosa.
Gomo no tengo tiempo el señor Presidente me indica que sólo me resta un minuto para hacer una crítica completa de la disposición, que adolece de muchos vacíos y defectos, me limito a pedir al Senado que rechace esta legislación improvisada, que produciría perjuicios considerables a los suplementeros.
Los Senadores comunistas rechazaremos el veto, para que no' haya ley en esta materia. Es preferible esta situación y que el Ejecutivo, o el Congreso, durante la legislatura ordinaria, estudien seriamente el problema y plantee una solución que sea realmente beneficiosa para este gremio.
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