rdf:value = " 3.PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE UN IMPUESTO A LAS EMPRESAS ENVASADORAS DE AGUAS MINERALES.
Con motivo de la moción, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso tercero al número 16, letra k, del artículo 218 de la ley Nº
16.840:
"Las empresas envasadoras de aguas minerales que se acojan al beneficio establecido en el inciso anterior, pagarán de todas maneras a beneficio de la respectiva Municipalidad donde ellas existan, un impuesto de Eº 0,025 por botella de 285 cc. o en la proporción respectiva si se envasan en otra capacidad o a granel, debiendo la Municipalidad beneficiada ingresar dichos fondos para financiar un presupuesto extraordi-nación de obras de progreso comunal, de acuerdo con un plan que anualmente elaborará la Municipalidad respectiva."."
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Héctor Valenzuela Valderrama.-Arnoldo Kaempfe Bordalí.
"