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- rdf:value = " El señor AYLWIN.-
Votaremos favorablemente la indicación, por creer que ella configura en mejor forma que el texto del proyecto, el derecho de los sindicatos de trabajadores de constituirse en federaciones, y el de éstas, en confederaciones.
Los sindicatos constituyen uniones o federaciones, y son éstas las que, a su vez, se reúnen y forman confederaciones.
Al respecto, el convenio sobre libertad sindical y derecho a. sindicación, suscrito en 1948 en la conferencia de la Organización Internacional del Trabajo, prescribe, en su artículo 5º, que las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de constituir federaciones y confederaciones. Esta terminología nos parece más adecuada.
En seguida, creemos que nuestra indicación es preferible, pues establece que las federaciones, confederaciones o centrales gozarán de personalidad jurídica; o sea, consagra ese derecho para tales organismos y abre un camino expedito para el reconocimiento de la personalidad jurídica de la CUT dentro de ese molde.
Voto que sí.
"
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