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- rdf:value = " El señor ALLENDE.-
Señor Presidente, la iniciativa en debate tiene bastante trascendencia desde el punto de vista pecuniario, de costo, para el Servicio de Seguro Social. Y me refiero a este organismo por cuanto he estado estudiando la materia. En verdad, en lo referente a regímenes de subsidio no existe criterio uniforme. Así, los afiliados a la Caja de Empleados Particulares tienen subsidio desde el primer día de enfermedad, pero también este beneficio es limitado en cuanto a su vigencia.
Cuando se discutió el proyecto destinado a dar atención médica a los empleados particulares -hoy día el Servicio Médico Nacional de Empleados, SERMENA-, me correspondió presentar una indicación que tenía por objeto modificar el Código del Trabajo y establecer el subsidio por enfermedad. Sin embargo, después de aprobarse mi indicación, se ha desatado una campaña tendiente a convencer a los empleados de que ellos sufren perjuicio con mi iniciativa. Es así como en "El Mercurio" del martes 8 de septiembre aparece un comentario referente a la modificación del subsidio por enfermedad.' En él, se deja entrever -parece que se han reproducido parcialmente las opiniones del Subsecretario de Salud- que habría serio descontento de parte de los empleados por el hecho de que el subsidio no se les pagaría desde el primer día de enfermedad.
¿Cuál era la realidad anterior? ¿Cuál es la situación actual? El Código del Trabajo concedía subsidios de hasta cuatro meses de duración en casos de licencia por enfermedad a los empleados con un año de antigüedad.
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