REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 53ª, en martes 10 de septiembre de 1968 Especial. (De 11.13 a 11.35) PRESIDENCIA DEL SEÑOR SALVADOR ALLENDE GOSSENS, PRESIDENTE. SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO. INDICE. Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESION III.- LECTURA DE LA CUENTA IV.- ORDEN DEL DIA: Sesión secreta 2616 Observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley sobre empréstitos para la Municipalidad de San Pedro. (Se aprueban) Proyecto de ley, en tercer trámite, sobre ejecución de obras con motivo del centenario de Parral. (Queda despachado) Proposiciones de archivo. (Se aprueban) 2617 y 2619 Proyecto de ley, en primer trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Hualqui. (Se aprueba) 2617 Proyecto de ley, en segundo trámite, que cambia de nombre a una calle de Quillón (Ñuble). (Se aprueba) ... ... Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para las Municipalidades de Quillón, El Carmen y Pemuco. (Se aprueba) Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Cañete. (Se aprueba) 2618 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Ñuñoa. (Se aprueba) . 2619 Proyecto de ley, en tercer trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Peralillo. (Queda despachado) 2619 Proyecto de ley, en segundo trámite, que prorroga el plazo de la ley 16.742, relativa a la construcción de viviendas sin permiso municipal. (Se rechaza) ... 2619 Proyecto de ley, en segundo trámite, que concede franquicias de internación para elementos destinados al Hospital de San José, de Puerto Varas. (Se aprueba) ... 2620 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre carreras hípicas extraordinarias en beneficio de la Federación Ecuestre de Chile. (Se aprueba) 2620 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Proyecto de ley, en cuarto trámite, sobre empréstitos para las Municipalidades de Quilpué, Quintero, Panquehue, Casablanca, Freire, Cunco, Perquenco, Vilcún, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Pucón, Lumaco, Purén, Curacautín, Traiguén y Victoria 2622 2.- Proyecto de ley, en cuarto trámite, que modifica la ley Nº 14.512, sobre empréstitos para la Municipalidad de Chillán 3.- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto sobre carreras hípicas extraordinarias en beneficio de la Federación Ecuestre de Chile 2623 4.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el .proyecto sobre franquicias de internación para elementos destinados al Hospital San José, de Puerto Varas 2626 5.- Informe de la Comisión de Economía y Comercio recaído en el proyecto que modifica la ley Nº 12.146, con el objeto de invertir los fondos que indica en la instalación de un Matadero Frigorí fico Central en Puerto Chacabuco 2628 6.- Nuevo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto que beneficia a ex servidores de la ex Empresa de Transportes Colectivos S. A 2629 7.- Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto que otorga la calidad de empleados a los controladores de cines y espectáculos públicos . 8.- Moción de la señora Carrera y de los señores Allende, González Madariaga, Miranda y Teitelboim con la que inician un proyecto de ley que establece que la declaración de que una empresa o ser vicio es una industria vital o de utilidad pública deberá ser materia de ley ... 2634 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Aguirre D., Humberto; Allende, Salvador; Barros, Jaime; Bulnes, Francisco; Campusano, Julieta; Castro, Baltazar; Curtí, Enrique; Duran, Julio; Foncea, José; González Mu, Exequiel; Juliet, Baúl; Miranda, Hugo; Musalem, José; Noemi, Alejandro; Palma, Ignacio; Sepúlveda, Sergio; Teitelboim, Volodia ; Von Mühlenbrock, Julio.; Concurrió, además, el Ministro de Educación Pública y subrogante de Relaciones Exteriores. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 11.13, en presencia de 12 señores Senadores. El señor ALLENDE (Presidente.).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor ALLENDE (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor SECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensaje. Uno de Su Excelencia el Presidente de la República con el que solicita el acuerdo constitucional necesario para ascender a Capitán de Navio Auditor, al Capitán de Fragata Auditor don Sergio Rillón Romaní. -Pasa a la Comisión, de Defensa Nacional Oficios. Nueve de la Honorable Cámara de Diputados. Con los dos primeros comunica que ha tenido a bien aprobar, con excepción de las que señala, las modificaciones introducidas por el Senado a los siguientes proyectos de ley: 1) El que autoriza a las Municipalidades de Quilpué, Panquehue, Quintero, Casablanca, Freiré, Cunco, Perquenco, Vilcún, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Pucón, Lumaco, Purén, Curacautín, Traiguén y Victoria para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documento 1). 2) El que modifica la ley N° 14.512, que autorizó a la Municipalidad de Chillán para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documento 2). -Quedan para tabla. Con los siete siguientes, comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a los proyectos de ley que se indican a continuación: 1) El que autoriza a diversas Municipalidades de la provincia de Colchagua para contratar empréstitos; 2) El que autoriza a la Municipalidad de Pica para contratar empréstitos; 3) El que crea una Comisión pro erección de un monumento al huaso chileno; 4) El que declara monumento nacional la casa en que nació Arturo Prat; 5) El que libera de derechos la internación de un vehículo donado a don Luis González Miranda; 6) El que modifica la ley Nº 16.353, que autorizó a la Municipalidad de Puerto Natales para contratar empréstitos, y 7) El que exime del pago de contribuciones e impuestos a determinados inmuebles de propiedad del Vicariato Apostólico de Aisén. -Se manda archivarlos. Ocho, de los señores Ministros del Interior, Defensa Nacional, Obras Públicas y Transportes y de Trabajo y Previsión Social, y del señor Presidente del Banco del Estado de Chile, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señora Campusano (1) y señores Aguirre (2), Ahumana (3), Allende (4), Barros (4), Contreras Labarca (6), Chadwick (7), Enríquez (8), Juliet (9) y Teitelboim (10); 1) Aplicación del tarifado nacional de la construcción y concesión de personalidad jurídica para el Sindicato Profesional de Obreros Areneros y Ripieros del departamento de Chañaral; 2) Fondos para la terminación del Gimnasio cubierto de Chillán, e Instalación en el mercado de la ciudad de Chillán de un Retén de Carabineros; 3) Construcción de puente y ejecución de obras de agua potable en la localidad de Puente Negro, de la provincia de Colchagua; 4) Conflicto de los trabajadores del fundo San Esteban; . 5) Créditos otorgados por el Banco del Estado de Chile; 6) Adquisición de camión para la Municipalidad de Corral; 7) Conflicto de los trabajadores del fundo San Esteban; 8) Paralización de la Compañía Industrial de Carburo y Metalurgia S. A., de Talcahuano; 9) Conflicto de trabajadores del fundo San Esteban, y 10) Conflicto de trabajadores del fundo San Esteban. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Informes. Uno de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio de la Federación Ecuestre de Chile. (Véase en los Anexos, documento 3). Uno de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de diversos elementos destinados al Hospital San José, de Puerto Varas. (Véase en los Anexos, documento 4). Otro de la Comisión de Economía y Comercio recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 12,146, con el objeto de invertir los fondos que indica en la instalación de un Matadero Frigorífico Central en Puerto Chacabuco. (Véase en los Anexos, documento 5). Nuevo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley 16.446, que concede pensión a los ex servidores de la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos S.A. (Véase en los Anexos, documento 6). Otro, de la misma Comisión, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que otorga la calidad de empleados a los controladores de cines y espectáculos públicos. (Véase en los Anexos, documento 7). -Quedan para tabla. Mociones. Una de los Honorables Senadores señora Carrera y señores Allende, González, Miranda y Teitelboim con la que inician un proyecto de ley que establece que la declaración de que una empresa o servicio es una industria vital o de utilidad pública deberá ser materia de ley. (Véase en los Anexos, documento 8). Otra, del Honorable Senador señor Jaramillo, con la que inicia un proyecto de ley que concede amnistía a doña Guillermina Cabello Branott. Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Ocho, de los Honorables Senadores señores Aguirre (1), Aylwin (2), Bossay (3), Jaramillo (4), Pablo (5) y Sepúlveda (6), con las que inician sendos proyectos de ley que benefician, por gracia, a las personas siguientes: 1) Celinda Morgan viuda de Silva, y José Cosme González Olave; 2) Septimio Antonio Agurto Agurto; 3) Yolanda Ugarte Labbé viuda de Pacheco ; 4) Sara Pemjean viuda de Nordenflycht y Rosa Rivera viuda de Olmedo ; 5) Andrés Marianjel Bórquez, y 6) Ricardo Heatley Larrondo. Pasan a la Comisión de Asuntos de Gracia. El señor ALLENDE (Presidente).- Terminada la Cuenta. El señor ALLENDE (Presidente).- Solicito autorización de la Sala para empalmar esta sesión con la siguiente. Acordado. -Se va a constituir la Sala en sesión secreta. IV.- ORDEN DEL DIA. SESION SECRETA. Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 11.17, y se aprobaron los mensajes del Ejecutivo relativos a las siguientes designaciones de Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios: ante el Gobierno de la República Dominicana, a don Miguel Garay Figueroa; ante el Gobierno de Méjico, a don Carlos Valenzuela Montenegro, y ante el Gobierno de la República Arabe Unida, a don Humberto Díaz Casanueva. -Se reanudó la sesión pública a las 11.26. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO. VETO. El señor ALLENDE (Presidente).- Continúa la sesión pública. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto que autoriza a la Municipalidad de San Pedro para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Chadwick, Pablo y Von Mühlenbrock, recomienda por unanimidad aprobarlas en la misma forma en que lo hizo la Cámara. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 37ª, en SO de agosto de 1967. En cuarto trámite, sesión 1ª, en 4 de octubre de 1967. Observaciones en segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informes de Comisión de Gobierno, sesión 42ª, en 6 de septiembre de 1967. Gobierno (veto), sesión 51ª, en 5 de septiembre de 1968. Discusiones: Sesiones 48ª, en 13 de septiembre de 1967 (se aprueba en segundo trámite); 8ª, en 11 de junio de 1968 (se aprueba en cuarto trámite). -Se aprueba el veto. EJECUCION DE OBRAS CON MOTIVO DEL CENTENARIO DE PARRAL. TERCER TRAMITE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley aprobado por la Cámara, en tercer trámite, con las enmiendas que figuran en el boletín Nº 23.847, que destina recursos para conmemorar el centenario de la fundación de Parral. Las modificaciones consisten en sustituir el inciso primero del artículo único, que pasa a ser 1°, y agregar un artículo 2º. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (Moción de los señores Aylwin, Foncea, Juliet y Tarud) : En primer trámite, sesión 11ª, en 19 de junio de 1968. En tercer trámite, sesión 52ª, en 5 de septiembre de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 24ª, en 16 de julio de 1968. Discusiones: Sesión 26*, en 23 de julio de 1968. (Se aprueba en segundo trámite). -Se aprueba el proyecto con las enmiendas señaladas. PROPOSICIONES DE ARCHIVO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proposición de la Cámara para enviar al Archivo, por haber perdido su oportunidad, el informe de la Comisión Mixta de Senadores y Diputados acerca de la cuestión de límites suscrita entre Chile y Argentina en la región de California Río Encuentro. Se accede a lo solicitado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proposición de la Cámara para remitir al Archivo, por haber perdido su oportunidad, las materias que a continuación se indican y que tuvieron su origen en el Senado: Oficio por el cual se remiten antecedentes relativos a ventas de dólares efectuadas por el Banco Central de Chile. Oficio con el que invita a la Cámara de Diputados, con el fin de visitar la zona de Palena, en Chiloé continental. Proyecto de ley que modifica el régimen de otorgamiento de indultos particulares. Proyecto de ley que concede amnistía a don José Eugenio Ravinet García. Proyecto de ley que concede amnistía a don Ciro Sepúlveda Quezada. Proyecto de ley que rehabilita la nacionalidad chilena a don Luis Elgueta Pacheco, y Proyecto de ley que concede amnistía a determinados miembros del Cuerpo de Carabineros que, en el ejercicio de sus funciones, hubieren cometido delitos en contra de las personas. -Se accede a lo solicitado. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE HUALQUI. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley iniciado en moción del Honorable señor Aguirre Doolan, que autoriza a la Municipalidad de Hualqui para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Carrera y Gumucio, recomienda aprobarlo en los mismos términos que señala. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley {Moción del señor Aguirre Doolan) : En primer trámite, sesión 40ª, en 23 de agosto de 1968. Informe de Comisión de: Gobierno, sesión 51ª, en 5 de septiembre de 1968. Se aprueba en general y en particular por no haber sido objeto de indicaciones. CAMBIO DE NOMBRE A CALLE DE QUILLON (ÑUBLE). El señor FIGUEROA (Secretario).Proyecto de la Cámara que denomina "Avenida Francisco Mora Vargas" a la Avenida Cayumanqui, de Quillón. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Carrera y Gumucio, recomienda aprobarlo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 31ª, en 6 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 51ª, en 5 de septiembre de 1968. -Se aprueba. EMPRESTITOS PARA LAS MUNICIPALIDADES DE QUILLON, EL CARMEN Y PEMUCO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que autoriza a las Municipalidades de Quillón, El Carmen y Pemuco para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Carrera y Gumucio, recomienda aprobarlo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 51ª, en 5 de septiembre de 1968. -Se aprueba. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE CAÑETE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que autoriza a la Municipalidad de Cañete para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Carrera y Gumucio, recomienda aprobarlo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Gobierno sesión 51ª en 5 de septiembre de 1968. -Se aprueba. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que autoriza a la Municipalidad de Ñuñoa para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Chadwick, Pablo y Von Mühlenbrock recomienda aprobarlo con la modificación que aparece en el boletín Nº 23.692. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 31ª, en 6 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 52ª, en 5 de septiembre de 1968. -Se aprueba en general y en particular por no haber sido objeto de indicaciones. PROPOSICION DE ARCHIVO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proposición de la Cámara para enviar al Archivo el proyecto de ley iniciado, en el Senado que autoriza la cesión de un predio fiscal a la Asociación de Fútbol de Talca, que se encuentra en segundo trámite, por haberse legislado sobre la materia. -Se accede a lo solicitado. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE PERALILLO. TERCER TRAMITE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley en tercer trámite que autoriza a la Municipalidad de Peralillo para contratar empréstitos. La Cámara le introdujo dos modificaciones. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (Moción del señor Jaramillo Lyon): En primer trámite, sesión 9ª, en 20 junio de 1967. En tercer trámite, sesión 49ª, en 4 de septiembre de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 18ª, en 11 de julio de 1967. Discusión: Sesión 21ª, en 18 de julio de 1967. (Se aprueba en segundo trámite). -Se aprueba el proyecto con las modificaciones. CONSTRUCCION DE VIVIENDAS SIN PERMISO MUNICIPAL. PRORROGA DE PLAZO OTORGADO POR LEY Nº 16.742. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley de la Cámara que prorroga el plazo otorgado por el artículo 59 de la ley Nº 16,742. La Comisión de Obras Públicas, en informe suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Campusano, González Madariaga y Pablo, recomienda rechazarlo, por haberse legislado sobre la materia. -Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informe de Comisión de: Obras Públicas, sesión 52ª, en 5 de septiembre de 1968. -Se rechaza el proyecto. FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA ELEMENTOS DESTINADOS A HOSPITAL SAN JOSE, DE PUERTO VARAS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que libera de derechos de internación a diversos elementos destinados al Hospital San José, de Puerto Varas. La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por la Honorable señora Carrera (presidenta), y los Honorables señores Bossay y Von Mühlenbrock, recomienda por unanimidad aprobarlo con las enmiendas que constan en el boletín respectivo. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Hacienda, sesión 53ª, en 10 de septiembre de 1968. -Se aprueba en general y particular el proyecto. PROPOSICION DE ARCHIVO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Economía y Comercio por el que propone enviar al Archivo, por haber perdido su oportunidad, el proyecto de ley de la Cámara que modifica la ley Nº 12.146, que destina recursos para la construcción de diversos frigoríficos en el extremo sur del país. -Se accede a lo solicitado. CARRERAS HIPICAS EXTRAORDINARIAS EN BENEFICIO DE LA FEDERACION ECUESTRE DE CHILE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley de la Cámara que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio de la Federación Ecuestre de Chile. La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Aguirre Doolan (presidente), Chadwick, Pablo y Von Mühlenbrock, recomienda aprobarlo con las modificaciones que figuran en el boletín Nº 23.693. Los antecedentes sobre este proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 41ª, en 27 de agosto de 1968. Informe de Comisión de Gobierno, sesión 53ª, en 10 de septiembre de 1968. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión general. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto. El señor BARROS.- Con mi oposición. La señora CAMPUSANO.- Con la abstención de los Senadores comunistas. El señor ALLENDE (Presidente).- También me abstengo. El señor VON MÜHLENBROCK.- Entonces, nosotros seremos los pecadores. El señor ALLENDE (Presidente).- Se aprueba en general el proyecto con el voto en contra del Honorable señor Barros y la abstención de los Senadores comunistas y del que habla. Queda aprobado en particular por no haber sido objeto de indicaciones. Por haberse despachado los asuntos en tabla, se levanta la sesión. -Se levantó a las 11.35. Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción. ANEXOS. DOCUMENTOS 1 PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUTORIZA A LAS MUNICIPALIDADES DE QUILPUE, PANQUEHUE, QUINTERO, CASABLANCA, FREIRE, CUNCO, PERQUENCO, VILCUN, GALVARINO, CARAHUE, LONCOCHE, TEMUO, PUCON, LUMACO, PUREN, CURACAUTIN, TRAIGUEN Y VICTORIA PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que autoriza a las Municipalidades de Quilpué, Panquehue, Quintero, Casablanca, Freire, Cunco, Perquenco, Vilcún, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Pucón, Lumaco, Purén, Curacautín, Traiguén y Victoria para contratar empréstitos, con excepción de las siguientes, que ha rechazado: Artículo 1º Las que consisten en suprimir las letras k), o), p) y q) de este artículo. Artículo 3º Las enmiendas al plan de inversión de la Municipalidad de Pucón. Las que tienen por finalidad suprimir los planes de inversión consultados para las Corporaciones Edilicias de Curacautín, Traiguén y Victoria. Artículos 4º y 8º Las que tienen por objeto suprimir en estos artículos las menciones a las Municipalidades de Loncoche, Curacautín, Traiguén y Victoria, intercalando la conjunción "y" antes del nombre "Purén", suprimiendo la coma (,) que la precede. Artículos 10, 11, 12 y 13 Las que consisten en suprimir estos artículos. Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 4.771, de fecha 30 de agosto del año en curso. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Héctor Valenzuela Valderrama.Amoldo Kaempfe Bordalí. 2 PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY Nº 14.512, QUE AUTORIZO A LA MUNICIPALIDAD DE CHILLAN PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto que modifica la ley Nº 14.512, que autorizó a la Municipalidad de Chillán para contratar empréstitos, con excepción de las siguientes, que ha desechado: Artículos 2º, 4º y 8º Todas las que se introducen a estos artículos. La que tiene por objeto consultar un artículo nuevo signado con el número 12. Lo que tengo a honra decir a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 4600, de fecha 12 de agosto del presente año. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Héctor Valenzuela Valderrama.Amoldo Kaempfe Bordalí. 3 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DE CARRERAS EXTRAORDINARIAS EN BENEFICIO DE LA FEDERACION ECUESTRE DE CHILE. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Gobierno tiene a honra entregaros su informe al proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio de la Federación Ecuestre de Chile. La escasez de recursos que afecta a las actividades deportivas se hace notoriamente palpable en el caso de la Federación Ecuestre de Chile, que, aún cuando ha logrado galardones de indiscutible prestigio en el extranjero, no obtiene en el país sino el débil apoyo que pueden prestar algunas instituciones, como la Dirección de Deportes del Estado y el Ejército. Durante el desarrollo del Campeonato Internacional Ecuestre en Río de Janeiro, que se celebró el año pasado, el Congreso de Federaciones Ecuestres concedió a Chile la sede de un campeonato de categoría mundial, denominado "Campeonato Hípico Intercontinental de las Américas", al que concurrirán delegaciones de todo el mundo, incluyendo Europa, y que se realizará este año, coincidiendo con el vigésimo aniversario de la hazaña del Capitán Alberto Larraguibel, quien montando el caballo "Huaso" batió el record mundial de salto alto. Para financiar la realización de este evento, el proyecto de ley en informe autoriza la celebración de tres reuniones hípicas extraordinarias este año y de otras tres en el próximo, a celebrarse en los hipódromos centrales. Se estima que, en conjunto, ellas procurarán una utilidad de Eº 750.000, los que sumados al bordereau mínimo estimado del campeonato hípico, que efectuará diez reuniones en Sauzalito, totalizarán la suma de Eº 900.000. Desde el momento que el costo de este campeonato alcanzará a unos Eº 450.000, puede considerarse que los recursos provenientes de esta iniciativa son más que suficientes para saldar los compromisos contraídos por la Federación Ecuestre, por lo que es posible auxiliar también a otrsa instituciones, como las Federaciones de Tiro al Blanco y de Basquetbol, que están organizando sendos campeonatos internacionales que demandarán, igualmente, el apoyo financiero. Por estas razones, y a iniciativa de los Honorables Senadore señores Foncea, Aguirre y Pablo, tenemos a honra proponeros la aprobación de este proyecto de ley, con las siguientes modificaciones: Artículo 1º Agregar los siguientes incisos: "Del producto de las entradas que se obtenga de la celebración del "Campeonato Hípico Intercontinental de las Américas", se destinará el 80% a los gastos que demande dicha competencia y, el 20% restante a las Federación Ecuestre de Chile para sus necesidades futuras. Del remanente del producto total de esta ley, la Dirección de Deportes del Estado proporcionará Eº 100.000 a cada una de las Federaciones Nacional de Tiro al Blanco y de Basquetbol de Chile, para ubvenir los gastos que demanden los campeonatos internacionales que organizan. El saldo, si lo hubiere, se destinará en un 60% a proseguir la construcción de la Casa del Deporte de la Municipalidad de Chillán, y en un 40% al Cuerpo de Bomberos de Talca, para la adquisición de material. Si alguna de las instituciones señaladas en el inciso primero no hiciere uso de la autorización que se le concede, la reunión o reuniones extraordinarias, que dejare de realizarse en ella, podrá celebrarse, a petición de la Dirección de Deportes del Estado, en cualquiera de los otros hipódromos autorizados y para los fines de esta ley.". Artículo 2ª Reemplazar la frase: "los artículos 2º, números 1, 2 y 12 y 5º, letras e), i) y m) del Decreto de Hacienda Nº 1.995", por esta otra: "los artículos 2º, números 1 y 2, y 5º, letras e), f), i) y m) del Decreto de Hacienda Nº 1.995". Artículo 3ª Reemplazar la frase: "será entregado a la Federación Ecuestre de Chile, respecto de cada una de las reuniones autorizadas en las mismas condiciones establecidas en", por esta otra: "se destinará a incrementar los recursos a que se refiere". Con las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Autorízase al Club Hípico de Santiago, al Hipódromo Chile y al Valparaíso Sporting Club para realizar, cada uno de ellos, una reunión extraordinaria de carreras, en días no festivos, durante el año en curso y otra en el primer semestre del año 1969, cuyo producto se entregará, por intermedio de la Dirección de Deportes del Estado, a la Federación Ecuestre de Chile, para la realización del "Campeonato Hípico Intercontinental de las Américas". Del producto de las entradas que se obtenga de la celebración del "Campeonato Hípico Intercontinental de las Américas", se destinará el 80% a los gastos que demande dicha competencia y, el 20% restante a la Federación Ecuestre de Chile para sus necesidades futuras. Del remanente del producto total de esta ley, la Dirección de Deportes del Estado proporcionará Eº 100.000 a cada una de las Federaciones Nacional de Tiro al Blanco y de Basquetbol de Chile, para subvenir los gastos que demanden los campeonatos internacionales que organizan. El saldo, si lo hubiere, se destinará en un 60% a proseguir la construcción de la Casa del Deporte de la Municipalidad de Chillán, y en un 40% al Cuerpo de Bomberos de Talca, para la adquisición de material. Si alguna de las instituciones señaladas en el inciso primero no hiciere uso de la autorización que se le concede, la reunión o reuniones extraordinarias, que dejare de celebrarse en lla, podrá celebrarse, a petición de la Dirección de Deportes del Estado, en cualquiera de los otros hipódromos autorizados y para los fines de esta ley. Artículo 2º.- En estas reuniones se destinarán íntegramente a la entidad mencionada las entradas de boletería que en ellas perciban los hipódromos y el total de la comisión de apuestas mutuas simples y combinadas que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin otros descuentos, en los hipódromos de Santiago, que los contempldos en los artículos 2º, números 1 y 2, y 5º, letras e), f), i) y m) del Decreto de Hacienda Nº 1.995, de 23 de septiembre de 1966; y, en el Valparaíso Sporting Club, de los enumerados en los artículos 10, números 1, 2 y 5, y 12º, letras e), i), y m) del Decreto referido. Artículo 3º.- El producto del impuesto que establecen los artículos 47 y 48 de la ley Nº 14.867, de 4 de julio de 1962, se destinará a incrementar los recursos a que se refiere el artículo 1º de esta ley. Artículo 4º.- Reemplázase en el inciso segundo de] artículo único de la ley Nº 16.217, de 27 de marzo de 1965, la frase "hasta US$ 50.000 al año", por la siguiente: "hasta US$ 300.000 al año". La Federación Chilena de Automovilismo Deportivo dispondrá, por el plazo de dos años, de US$ 60.000 al año, del total autorizado por el inciso anterior, para internar vehículos de alta velocidad y repuestos para los mismos.". Sala de la Comisión, a 3 de septiembre de 1968. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Aguirre (Presidente), Chadwick, Pablo y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Luis Valencia Avaria, Secretario. 4 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE LIBERA DE DERECHOS LA INTERNACION DE DIVERSOS ELEMENTOS DESTINADOS AL HOSPITAL SAN JOSE, DE PUERTO VARAS. Honorable Senado: "Vuestra Comisión de Hacienda ha estudiado el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de diversos elementos destinados al Hospital San José, de Puerto Varas. La mencionada institución es una fundación sin fines de lucro, con un establecimiento de 14 camas, que presta servicios a una población de aproximadamente treinta mil personas. Recientemente ha adquirido equipo para renovar el que actualmente tiene y para modernizar sus técnicas de atención. La inversión es de Eº 200.000. El proyecto en informe concede franquicias para la internación de dichos elementos. Vuestra Comisión, por unanimidad, aprobó en general y en particular el referido proyecto. En seguida, discutió una indicación de la Honorable Senadora señora Carrera, para agregar un artículo nuevo que establece que la Corporación de Servicios Habitacionales destinará un mínimo de cien casas de las que está construyendo en la población "Nicolasa Toro", de Rancagua, a los profesores primarios y secundarios de dicha ciudad. El aumento de la población de Rancagua ha provocado un grave problema habitacional, que ha repercutido especialmente en los profesores, por el desnivel de sus sueldos respecto de los demás trabajadores de la zona. Por ello, se han visto obligados a trasladarse a otras zonas del país creándose así dificultades para la educación de la población infantil y adolescente de la ciudad. La población 'Nicolasa Toro" tiene 1.400 casas y está destinada principalmente al personal de la Sociedad Minera "El Teniente", con un excedente de libre disposición para la mencionada Corporación. Los maestros de Rancagua han solicitado que parte de dichas viviendas les sean adjudicadas. Vuestra Comisión, para solucionar el problema relacionado, aprobó la indicación por unanimidad. Por último, se estudió una indicación del Honorable Senador señor Von Mühlenbrock para agregar un artículo nuevo que declara que la Municipalidad de Puerto Varas ha podido modificar el destino de los recursos que le otorgó la ley Nº 13.289 según las disposiciones de la ley Nº 13.982. La ley Nº 13.289 aumentó los impuestos que se pagan en la comuna de Puerto Varas para financiar ciertas obras. Por otra parte, facultó a la Municipalidad para contratar empréstitos cuyos recursos debían destinarse al mismo fin. La ley Nº 13.982 autorizó a las Municipalidades de diversas provincias, entre ellas a las de Llanquihue, para modificar el destino de los recursos que hubieren obtenido por empréstitos. La Municipalidad de Puerto Varas interpretó esta última ley en el sentido de que la facultad para modificar las inversiones que podía efectuar según lo dispuesto por la ley Nº 13.289, incluía a las obras que se financiaban con cargo al aumento de impuestos en la comuna de Puerto Varas. La Contraloría General de la República sostuvo que la inclusión en la mencionada facultad de esta última atribución estaba en contradicción con lo establecido en las referidas leyes y, en consecuencia, formuló reparos' a la rendición de cuentas respectivas. Esta situación ha traído por consecuencia la paralización de las obras, que se encuentran inconclusas, como también el no poder pagar ciertos trabajos ya realizados. Vuestra Comisión concordó con la necesidad de solucionar el referido problema y, en consecuencia, por unanimidad, aprobó la indicación. En mérito de los antecedentes relacionados, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto en informe, con las siguientes modificaciones: Artículo único. Pasa a ser artículo 1°, sin otra enmienda. A continuación, agregar los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 2º.- La Corporación de Servicios Habitacionales destinará un mínimo de 100 casas de las que actualmente está construyendo en la población "Nicolasa Toro" en la ciudad de Rancagua, para adjudicarlas a los profesores primarios y secundarios dependientes del Ministerio de Educación Pública, que presten servicios en Rancagua y deben residir en dicha ciudad. La selección de los beneficiarios se hará dando preferencia a los con mayor número de cargas familiares y con mayor antigüedad, según las normas que establezca el Reglamento. Artículo 3º.- Se declara para todos los efectos legales que la Municipalidad de Puerto Varas ha podido ejercer la facultad contemplada en la ley Nº 13.982, desde la fecha de publicación de ese texto legal, e igualmente podrá ejercerla en el futuro, respecto de los fondos e inversiones señalados en la ley Nº 13.289.". Sala de la Comisión, a 5 de septiembre de 1968. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señora Carrera (Presidente), y señores Bossay y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Iván Auger Labarca, Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE ECONOMIA Y COMERCIO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY Nº 12.146, QUE DESTINO RECURSOS PARA LA CONSTRUCCION DE DIVERSOS FRIGORIFICOS EN EL EXTREMO SUR DEL PAIS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Economía y Comercio ha estudiado el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 12.146, que destinó recursos para la construcción de diversos frigoríficos en el extremo sur del país. La referida iniciativa de ley, que se encuentra pendiente desde el 22 de julio de 1958, ha perdido su oportunidad porque modifica el destino de fondos que se concedieron para un fin determinado en el año 1956 y que, por tanto, ya se encuentran invertidos. n consecuencia, tiene el honor de proponeros que acordéis solicitar a la Honorable Cámara de Diputados su archivo. Sala de la Comisión, a 5 de septiembre de 1968. Acordado en sesión del día de ayer, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Miranda y Palma. (Fdo.): Iván Auger Laharca, Secretario. 6 NUEVO PRIMER INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY Nº 16.446, QUE CONCEDE PENSION A LOS EX SERVIDORES DE LA EX EMPRESA NACIONAL DE TRANSPORTES COLECTIVOS S. A. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social, de acuerdo con lo que acordasteis en sesión de fecha 27 de agosto ppdo., tiene a honra emitir un nuevo primer informe respecto del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 16.446, que concede pensión a los ex servidores de la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos S. A. A la sesión en que se consideró esta materia, asistió el señor Carlos Briones, Superintendente de Seguridad Social. Luego de un debate, en el que intervinieron todos los miembros exponiendo los diversos criterios que existen para resolver de manera más justa los inconvenientes que ha ocasionado la aplicación de la ley Nº 16.446, la unanimidad llegó al acuerdo de aprobar la iniciativa en estudio pero sustituyendo sus disposiciones por otras, que reproducen el texto de la ley señalada, con las siguientes ideas nuevas: Primera. Conceder una pensión mensual de un monto equivalente al de las pensiones mínimas de vejez del Servicio de Seguro Social a los empleados y obreros que, entre el 1° de enero de 1940 y el 31 de diciembre de 1952, cesaron en los cargos que desempeñaban en la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos S. A. o en las que con anterioridad a ella realizaban la misma función. Con esta norma se suprimió la exigencia de la cesación de funciones motivada por la supresión del servicio de tranvías a tracción eléctrica, extendiéndose el beneficio de modo general a los trabajadores que cesaron en sus cargos entre las fechas señaladas, sea que sus servicios los hubieren prestado en la citada empresa o en cualquiera otra anterior. Se fijó la fecha 1° de enero de 1940 a fin de incluir entre los beneficiados al pequeño grupo de trabajadores que desde entonces dejó de prestar servicios en las antecesoras de la Empresa Nacional de Transpostes Colectivos S. A. Segunda. Exigir el mismo requisito de 55 años de edad de la ley Nº 16.446, pero referido' a la fecha de publicación de la ley a que dé origen este proyecto. De esta manera, se armonizan las proposiciones tendientes a redueir el mínimo de edad. Tercera. Permitir que el interesado pueda completar el mínimo de 10 años de servicios sumando todos los períodos de trabajo que haya realizado, en forma continua o discontinua, ante una misma empresa o en empresas distintas, sea antes o después del 1º de enero de 1940, ya que esta fecha marca el comienzo del período en que el empleado u obrero ha debido cesar en sus funciones. Cuarta. Mantener la incompatibilidad consultada en la ley Nº 16.446, pero otorgando a los beneficiarios de pensiones de gracia, asistenciales o previsionales o que tuvieren ingresos tributables superiores a dos sueldos vitales, escala a), del departamento de Santiago, el derecho de optar por seguir percibiendo estas pensiones e ingresos o renunciar a estos beneficios y recibir únicamente la pensión que concede este proyecto de ley. Esta norma obedece al deseo de evitar la injusticia que provocó la ley Nº 16.446 al no permitir a los ex tranviarios, que gozaban de una "reducida pensión,, optar al beneficio por ella concedido; e impedir, además, que una persona reciba dos pensiones de gracia en razón de una misma causal. Quinta. Otorgar un nuevo plazo de 180 días, contado desde la publicación de la ley, para que los interesados puedan acogerse a sus disposiciones. En lo demás, se mantiene sin variaciones el régimen de la ley Nº 16.446. Por las, razones, expuestas, la unanimidad de vuestra Comisión tiene a honra recomendaros la aprobación del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, sustituido por el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Concédese, por gracia, a los empleados y obreros que, entre el 1° de enero de 1340 y el 31 de diciembre de 1952, cesaron en los cargos que desempeñaban en la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos S. A. o en las que con anterioridad a ésta realizaban la misma función, una pensión mensual de un monto equivalente al de las pensiones mínimas de vejez del Servicio de Seguro Social, siempre que tengan 55 años de edad a la fecha de publicación de esta ley y que acrediten 10 o más años de servicias a la fecha de la cesación en sus cargos. Para completar el mínimo de 10 años de servicios, podrán acumularse los períodos trabajados en cualquiera de las empresas mencionadas. El requisito de años de servicios no será exigido al personal a que se refieren los incisos anteriores cuando tenga 60 o más años de edad. En caso de que el empleado u obrero hubiere fallecido o fallezca, su cónyuge e hijos tendrán derecho a las pensiones mínimas de viudez y orfandad del régimen del Servicio de Seguro Social. Las pensiones que concede esta ley se regularán por el régimen orgánico del Servicio de Seguro Social. Asimismo, serán incompatibles con cualquiera otra de carácter previsional, asistencial o de gracia y con ingresos tributables equivalentes al monto de dos o más sueldos vitales, escala a), del departamento de Santiago). Sin embargo, en estos casos, el interesado podrá optar por seguir percibiendo estas pensiones e ingresos, o. renunciar a ellos' y recibir únicamente la pensión que otorga la presente ley. Estos derechos deberán ser ejercidos en el plazo, de 180. días. El gasto que irrogue el pago de los beneficios anteriores se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto: del Ministerio de Hacienda.". Sala de la Comisión, a 4 de septiembre de 1968 Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señora Campusano (Presidente) y señores Aguirre, Allende y Foncea. (Fdo.): Rodemil Torres Vásquez, Secretario. 7 INFORME DE LA COMISlON DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE OTORGA LA CALIDAD DE EMPLEADOS A LOS CONTROLADORES DE CINES Y ESPECTACULOS PUBLICOS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de informaros acerca del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que otorga la calidad de empleados a los controladores de cines y espectáculos públicos. Durante el estudio de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración del señor Carlos Briones, Superintendente de Seguridad Social, y escuchó a dos representantes del Sindicato de Controladores de Cines, De los antecedentes proporcionados, se desprende que estos trabajadores prestan servicios a las diversas compañías distribuidoras de películas y que su labor consiste en controlar la venta de entradas y el público que asiste a las funciones de cines y en dar cuenta diaria de este control a la respectiva compañía, señalando el número de boletos vendidos, la recaudación obtenida y las observaciones que en general les merezca la inspección realizada. Y que estos controladores, que son más o menos 200 en Santiago y 300 en provincias, no están acogidos a ningún régimen previsional. El proyecto de ley en informe les otorga la calidad de empleados particulares, y consta de tres artículos permanentes y uno transitorio. El artículo 1° concede la referida calidad a las personas que se desempeñan en las labores señaladas. A indicación del señor Foncea, se precisó que la calidad conferida es la de empleado particular y que la tendrán también los controladores de espectáculos públicos que no sean deportivos. A indicación del mismo señor Senador, se suprimieron los artículos 2º y 3º. El primero, porque se consideró innecesaria la creación de una Comisión Permanente del Tarifado Nacional que señale anualmente las condiciones de trabajo y remuneraciones de estos personales, por cuanto su renta mínima no podrá ser inferior a un sueldo vital. El segundo, porque se desechó la idea de fijar plazo para que el Presidente de la República dicte un reglamento que rija las condiciones de trabajo de estos empleados y, además, porque dicho reglamento debía indicar las atribuciones de la Comisión Permanente nombrada, que fue suprimida. Como los beneficiarios de la iniciativa en informe han desempeñado las funciones de controladores durante muchos años, el inciso primero del artículo transitorio dispone que las compañías distribuidoras de películas y los empresarios independientes deberán, reconocer la calidad de empleados a quienes hayan trabajado a su servicio. A indicación de la señora Campusano, se dio una nueva redacción a la parte final de este inciso con el objeto de dejar claramente establecido que el reconocimiento de la calidad de empleado particular se refiere a todo el tiempo que sirvieron estos controladores con anterioridad a la publicación de la presente ley, sin importar que a esta fecha estén o no en funciones. El inciso final dispone que la Caja de Previsión de Empleados Particulares deberá otorgar a estos empleados un préstamo para el integro de sus imposiciones. A indicación de la misma señora Senadora, se dio nueva redacción a este inciso para precisar que el préstamo a que alude se concederá únicamente a los empleados para el integro de la parte de las imposiciones que son de su cargo. Tanto la idea de legislar, como el articulado del proyecto e indicaciones formuladas, se aprobaron por la unanimidad de los miembros presentes, Honorables Senadores señora Campusano y señores Allende y Foncea. En consecuencia, con la votación anterior, vuestra Comisión tiene a honra recomendaros la aprobación del proyecto de ley en estudio, con las siguientes modificaciones: Artículo 1º Pasa a ser artículo único. Reemplazar la palabra "empleado" por las siguientes: "empleados particulares", seguidas de una coma (,); y la frase final que dice: "y espectáculos públicos" por esta otra: "y de espectáculos públicos no deportivos". Artículos 2º y 3º Suprimirlos. Artículo transitorio. Sus incisos primero y segundo pasan a ser incisos segundo y tercero, respectivamente, del artículo único, con las siguientes modificaciones : En el inciso primero, agregar, después de las palabras "espectáculos públicos", las siguientes: "no deportivos"; y, a continuación del sustantivo "empleados", el adjetivo "particulares", y reemplazar la parte final que dice: "y por todo el tiempo servido en la misma función, hasta la fecha de publicación de la presente ley", y la coma (,) que la precede, por la siguiente: "con anterioridad a la fecha de publicación de esta ley, y por todo el tiempo servido en la misma función". Reemplazar el inciso segundo por el siguiente: "La Caja de Previsión de Empleados Particulares otorgará a estos empleados, de acuerdo con las normas generales establecidas en la ley Nº 10.986, sobre continuidad de la previsión, un préstamo para el integro de la parte de las imposiciones que sea de su cargo.". Con las modificaciones anteriores, el proyecto queda como sigue: Proyecto de ley: "Articulo único.- Tendrán la calidad de empleados particulares, para todos los efectos legales, las personas que se desempeñan profesionalmente como controladores de cines y de espectáculos públicos no deportivos. Para los efectos de lo establecido en la presente ley, las compañías distribuidoras de películas, sean chilenas o extranjeras y los empresarios independientes, que ocupan los servicios de controladores de cines y espectáculos públicos no deportivos, deberán reconocer la calidad de empleados particulares a quienes hayan trabajado a su servicio en la actividad señalada con anterioridad a la fecha de publicación de esta ley, y por todo el tiempo servido en la misma función. La aCja de Previsión de Empleados Particulares otorgará a estos empleados, de acuerdo con las normas generales establecidas en la ley Nº 10.986, sobre continuidad de la previsión, un préstamo para el integro de la parte de las imposiciones que sea de su cargo.". Sala de la Comisión, a 6 de septiembre de 1968. Acordado en sesión de fecha 4 del mes en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señora Campusano (Presidenta) y señores Aguirre, Allende y Foncea. (Fdo.): Rodemil Torres Vásquez, Secretario. 6 MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA CARRERA Y SEÑORES ALLENDE, GONZALEZ, MIRANDA Y TEITELBOIM, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LA DECLARACION DE QUE UNA EMPRESA O SERVICIO ES DE UTILIDAD PUBLICA, DEBERA SER MATERIA DE LEY. Honorable Senado: La ley sobre Seguridad Interior del Estado y el Código del Trabajo, prohiben a los trabajadores que prestan servicios en empresas calificadas como de utilidad pública, hacer uso del derecho de huelga, con lo que resulta que estos personales si paralizan sus labores cometen delito y su movimiento en todo caso es calificado como de ilegal. En el último tiempo y por estimar que así lo disponen las leyes en vigencia, la Contraloría General de la República ha opinado que la declaración de si un servicio o empresa es o no de utilidad pública, sería facultad del Presidente de la República. El abuso a que se está llegando en esta materia por el camino de calificar empresas como de utilidad pública indiscriminadamente está teniendo como consecuencia en la práctica, que se ha suprimido 'la posibilidad de ejercer el derecho de huelga para sectores cada vez más amplios de trabajadores en el país. Se ha declarado, por ejemplo, que los trabajadores de las empresas distribuidoras de bencina, son de utilidad pública, con lo que se ha privado a los empleados y obreros de la Shell, de la Esso y de la Copec el ejercicio del derecho de huelga. Tal criterio, de seguirse aplicando, nos llevaría con mayor razón a estimar como de utilidad pública las empresas del cobre, del salitre, del carbón, las de la panificación, etc., con lo cual, evidentemente, en definitiva se privaría a todos los trabajadores de un derecho consagrado universalmente. En el desarrollo de la economía del mercado, es indiscutible que todas las empresas prestan servicios a la sociedad, y, por ende, todas son, en mayor o menor medida, de utilidad pública. Creemos que es necesario que el criterio que se aplique tenga a lo menos una posibilidad de ser revisado por un alto organismo tal como lo sería e1 Senado de la República, por lo que venimos en proponer el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- La declaración de que una empresa o servicio es una industria vital o de utilidad pública, para los efectos de la aplicación ate los artículos 11 y 38 de la ley 12.927, deberá ser materia de ley. (Fdo.): Volodia Teitelboim. Salvador Allende G. María Elena Carrera V. Exlquiel González M. Hugo Miranda.