. . . . . . . . " El se\u00F1or FONCEA.- \n \n Del breve debate que se ha suscitado sobre esta iniciativa y de las cr\u00EDticas que a ella se han formulado, podr\u00EDan deducir quienes los escuchan que el Congreso Nacional no tiene injerencia ni intervenci\u00F3n alguna en materia de tributaci\u00F3n, en circunstancias de que todo el mundo sabe que los proyectos sobre impuestos se aprueban precisamente en el Poder Legislativo. A\u00FAn m\u00E1s, muchos de ellos son originados en mociones de parlamentarios. \nEn m\u00E1s de una oportunidad he se\u00F1alado que el pa\u00EDs ya no resiste mayor tributaci\u00F3n. En ello estamos todos de acuerdo. Pero cuando se trata de iniciativas que, en el fondo, significan otorgar mayores beneficios absolutamente desfinanciados, por encima de las posibilidades econ\u00F3micas del pa\u00EDs, nuestras modestas palabras no son escuchadas y, en definitiva, aquellas disposiciones se aprueban casi en forma un\u00E1nime por el Congreso. \nSin ir m\u00E1s lejos, en estos d\u00EDas he estado librando -podr\u00EDa decir- una verdadera batalla en la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social, de la cual formo parte y en la que constituyo minor\u00EDa. All\u00ED suelen presentarse mociones contrarias al criterio sustentado por t\u00E9cnicos del Gobierno, quienes exhiben informes lapidarios para demostrar su improcedencia. Pese a todos nuestros esfuerzos, en definitiva este tipo de iniciativas prospera, y lo dem\u00E1s es letra muerta. \nPor lo tanto, jam\u00E1s debemos formular cargos de esta naturaleza, pues, en \u00FAltima instancia, nos los hacemos a nosotros mismos, por cuanto nosotros legislamos sobre el particular. Yo dir\u00EDa que la mayor\u00EDa de las leyes sobre la materia vigentes en Chile corresponden a proyectos originales del Congreso Nacional. \n \n " .